picture_as_pdf 2025-10-15

COMUNA DE ALCORTA

JUZGADO COMUNAL DE FALTAS


NOTIFICACION


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Comuna de Alcorta se informa a los titulares registrales y/o propietarios y/o poseedores y/o responsables de las motocicletas que a continuación se detallan que se encuentran en depósito en terreno comunal, que, atento el tiempo transcurrido sin que se haya reclamado su devolución, estando debida y fehacientemente notificados los presuntos infractores, se los intima a ellos y/o titulares registrales y/o poseedores y/o propietarios y/o responsables para que en el término de 30 días procedan al retiro de los rodados, previo pago de la multa respectiva y de la compensación de gastos, bajo apercibimiento de entregar los mismos a un desarmadero local o a instituciones de bien público, según detalle:

- Motocicleta marca Yamaha de color rojo- Acta de infracción Nro.006082 de fecha 02/04/2014-Expediente administrativo Nro. 109/14 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Girotto, Erica Macarenas/ Inf. Art. 1º Ord. 1703/07, art. 5° Ord. 1274/04”.

- Motocicleta marca Guerrero de color gris - Acta de Infracción Nro. 1566 de fecha 21/09/2018- Expediente administrativo Nro. 592/2018 caratulado: “Comuna de Alcorta c/Gomez, Diego Alejandro s/Inf. Art. 3° y 34° Ord. 1274/04, art. 1° Ord. 1703/07 y art. 1° inc. 30 Ord. 1875/10”.

- Motocicleta marca Appia de color negro-Acta de infracción Nro. 1724 de fecha 22/01/2019 - Expediente administrativo Nro. 36/19 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Leguizamón, Pablo s/Inf. Art. 1° inc. 29 y 30º Ord. 1875/10, art. 3º Ord. 1274/04 y art. 1º Ord. 1703/07”.

- Motocicleta marca Guerrero de color negro -Acta de infracción Nro. 04007 de fecha 09/08/2019 - Expediente administrativo Nro. 138/19 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Garcilazo Emanuel s/ Inf. Art. 3° Ord. 1274/04, art. 1º Ord. 1703/07, art. 1º inc. 30 Ord. 1875/10.

- Motocicleta marca Guerrero de color rojo - Acta de infracción Nro. 04033 de fecha 30/08/2019 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Valdez, Noelia s/ Inf. Art. 1º Ord. 1703/07, art. 3º Ord. 1274/04”.

- Motocicleta marca Olmo de color negro y rojo - Acta de infracción Nro. 1868 de fecha 23/10/2019- Expediente administrativo Nro. 213/19 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Medina Sebastián s/ Inf. Art. 6º y art. 3º Ord. 1274/04, art. 1º inc. 30º Ord. 1875/10”.

- Motocicleta marca Guerrero de color negro - Acta de infracción Nro. 04106 de fecha 11/01/2020 - Expediente administrativo Nro. 029/20 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Balcarce, Tomás s/ Inf. Art. 1º Ord. 1703/07”.

- Motocicleta marca Insa de color negro-Acta de infracción Nro. 04090 de fecha 30/03/2020 - Expediente administrativo Nro. 091/20 caratulado: “Comuna de Alcorta c/Castillo, Cristian s/Inf. Art. 3º Ord. 1274/04, art. 1º inc. 30º Ord. 1875/10”.

- Motocicleta marca Maverick de color rojo - Acta de infracción Nro. 04099 de fecha 04/04/2020- Expediente administrativo Nro. 086/20, caratulado: “Comuna de Alcorta e/ Cotelesso, Sebastián s/ Inf. Art. 1º inc. 30º Ord. 1875/10”.

- Motocicleta marca Guerrero de color azul - Acta de infracción Nro. 1890 de fecha 07/04/2020 - Expediente administrativo Nro. 094/20 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Fernández, Nicolás Fabricio s/ Inf. Art. 3º Ord. 1274/04, art. º inc. 30º Ord. 1875/10”.

- Motocicleta marca Brava de color rojo y negro -Acta de infracción Nro. 04355 de fecha 03/05/2020 - Expediente administrativo Nro. 105/20 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Sosa Mauricio s/ Inf. Art. 1º inc. 30º Ord. 1875/10 y DNU 297/20”.

- Motocicleta marca Appia de color rojo - Acta de infracción Nro. 04553 de fecha 01/01/2021 - Expediente administrativo Nro. 003/21 caratulado: “Comuna de Alcorta c/ Richezzi José Gabriel s/ Inf. Art. 1º inc. 30º Ord. 1875/10, art. 3º Ord. 1274 04”.

Publíquese por tres días en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe. Fdo. Mariel Di Fonzo, Jueza Juzgado de altas Comuna de Alcorta - Héctor Granetti, Secretario.

$ 250 550496 Oct. 15 Oct. 17

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COLEGIO ARQUITECTURA Y URBANISMO

PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DSP

del CAPSF Nº 749/25

del 5/09/25


CONVOCATORIA 37º ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, ASAMBLEA ORDINARIA DE DISTRITO DE MATRICULADOS/AS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y CONVOCATORIA ELECCIONES PERÍODO: 2026-2027


VISTO

Lo dispuesto por el Directorio Superior Provincial en su Reunión DSP Nº 379/25 de fecha 5 de septiembre de 2025 en la ciudad de Rosario, en la que se determinó la fecha de la Convocatoria a la Asamblea General Ordinaria de la Provincia de Santa Fe, Asamblea Ordinaria de Distrito y Convocatoria a elecciones período 2026/2027, para todos/as los/as matriculados/as


CONSIDERANDO:

Que en razón del vencimiento de los períodos de mandatos de las actuales autoridades provinciales y de distrito; de los/as integrantes del Tribunal de Ética y Disciplina Profesional; de la Comisión Revisora de Cuentas y de los Cuerpos de Asesores/as y Jurados de Concurso, se procede, de conformidad con las disposiciones de la legislación vigente y su estatuto, convocar a elecciones de autoridades para el Período 2026/2027 conforme a las disposiciones de la Ley Nº 10.653 y su modificatoria Ley Nº 13.199, normas correlativas y concordantes del Estatuto y el Reglamento Electoral y del Reglamento de Concursos de Arquitectura y Urbanismo, y resoluciones vigentes de este Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe.

Que, por imperio de dichas normas, corresponde convocar a la 36º Asamblea General Ordinaria de la Provincia de Santa Fe y a las respectivas Asambleas Ordinarias de Distritos, conforme a los artículos 44°, 45°, 46°, 47°, 49°, 50°, 68° y 92º, correlativos y concordantes de la Ley Nº 10.653 y su modificatoria Ley Nº 13.199, a todos/as los/as matriculados/as.

POR ELLO,


EL DIRECTORIO SUPERIOR PROVINCIAL DEL

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:


Artículo 1º- Convocar a elecciones de Autoridades Provinciales y de Distrito, Titulares y Suplentes; de los cuerpos ejecutivos del CAPSF, miembros del Tribunal de Ética y Disciplina, de la Comisión Revisora de Cuentas y de los integrantes de los Cuerpos de Asesores/as y Jurados de Concurso para ejercer el mandato conferido por las normativas vigentes, durante el período: 2026-2027, el día 2 de diciembre de 2025 en el horario de 9.00 a 18.00 hs., habilitándose las mesas receptoras de votos en las sedes de los respectivos Colegios de Distrito o en los lugares que determine oportunamente la Junta Electoral Provincial. Se deberán elegir:

a) Un/a (1) Presidente, un/a (1) Vicepresidente, un/a (1) Secretario/a y un/a (1) Tesorero/a, para constituir la Mesa Ejecutiva del Directorio Superior Provincial (Art. Nº 64 de la Ley Nº 10653);

b) Seis (6) Vocales Titulares y seis (6) Vocales Suplentes, uno/a (1) por cada Colegio de Distrito, para integrar el Directorio Superior Provincial (Art. Nº 64 de la Ley N°10653);

c) Un/a (1) Presidente, un/a (1) Vicepresidente, un/a (1) Secretario/a, un/a (1) Tesorero/a, dos (2) Vocales Titulares y dos (2) Vocales Suplentes, para integrar los Directorios de los Colegios de Distrito 3, 4, 5 y 6 (Art. Nº 69 de la Ley Nº 10.653);

d) Un/a (1) Presidente, un/a (1) Vicepresidente, un/a (1) Secretario/a, un/a (1) Tesorero/a, cuatro (4) Vocales Titulares y cuatro (4) Vocales Suplentes, para integrar el Directorio de los Colegios de Distrito 1 y 2 (Art. Nº 69 de la Ley Nº 10.653);

e) Seis (6) miembros para integrar la Comisión Revisora de Cuentas, uno/a (1) por cada Colegio de Distrito (Art. Nº 74 de la Ley Nº10653);

f) Seis (6) Jueces/zas Titulares, uno/a (1) por cada Colegio de Distrito y seis (6) Jueces/zas Suplentes, uno/a (1) por cada Colegio de Distrito, respectivamente, para integrar el Tribunal de Ética y Disciplina Profesional del CAPSF. (Art. Nº 79 de la Ley Nº10653);

g) Miembros para integrar los Cuerpos de Asesores/as y Jurados de Concurso de Arquitectura y Urbanismo, según el Reglamento respectivo vigente.

Artículo 2º- Habilitar al DSP para la designación de los/as integrantes de la Junta Electoral Provincial para actuar en las elecciones de renovación de autoridades, a realizarse el día 2/12/25 y establecer como horario de consulta de los padrones, todos los días hábiles de 08 a 12 hs., en la sede del CAPSF, Av. Belgrano 646 de la ciudad de Rosario, en las sedes de los Colegios de Distrito correspondientes y en los medios informáticos oficiales del CAPSF. Establecer como plazo para la presentación de listas y sus respectivos/as fiscales el 14/11/25.

Artículo 3º- Recomendar la convocatoria unificada para la celebración de la Asamblea Ordinaria de Matriculados/as de Distrito, para el día 10 de diciembre de 2025 a las 18.00 hs, en los domicilios constituidos de las respectivas sedes a saber: Distrito 1- Santa Fe; Distrito 2- Rosario; Distrito 3- Venado Tuerto; Distrito 4- Casilda; Distrito 5- Rafaela y Distrito 6- Reconquista.

Artículo 4º- Convocar a Asamblea General Ordinaria de Matriculados/as de la Provincia de Santa Fe para el día 12 de diciembre de 2025, a las 15 hs., a realizarse en el Auditorio de la Sede del CAPSF, Av. Belgrano 646, de la ciudad de Rosario, en los términos del Art. 45 y 46 de la Ley Nº 10.653 y su modificatoria Ley Nº 13.199, la que deberá contar con el quórum determinado en el Estatuto. Si a la hora fijada no se reuniera el quórum necesario, se esperará treinta minutos y se abrirá la sesión con los/as miembros presentes, transcribiendo en la convocatoria las disposiciones del art. 33° el Estatuto, para tratar el siguiente:


ORDEN DEL DIA:

a) Designación de dos (2) asambleístas para suscribir el acta.

b) Lectura y aprobación del Acta de la trigésima sexta Asamblea General Ordinaria de Matriculados de la Provincia, del 6 de diciembre de 2024. En las Asambleas Distritales lectura y aprobación del Acta de la Asamblea Ordinaria de los Matriculados de los Distritos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del día 3 de diciembre 2024.

c) Consideración de la Memoria del Directorio Superior Provincial, del período comprendido entre el 01 de enero de 2025 hasta el día de la fecha. En las Asambleas Distritales, consideración de la Memoria de Distrito del período comprendido entre el 01 de enero de 2025 hasta el día de la fecha.

d) Consideración del Balance Anual del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe del ejercicio comprendido entre el 01 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 inclusive.

e) Consideración de los montos por derechos de Matriculación e Inscripción Anual para el año 2026, en un todo de acuerdo a lo establecido por el Art. 89°, inc. a) y b) correlativos y concordantes de la Ley Nº 10.653 y su modificatoria Ley Nº 13.199.

f) Consideración de los montos por Contribuciones Especiales para el año 2026, conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 10.653, su modificatoria Ley Nº 13.199 y su respectivo Estatuto.

g) Consideración de las sanciones disciplinarias a matriculados/as en caso de ser remitidas por el Tribunal de Ética y Disciplina para ser sometidas a consideración de la Asamblea.

h) Homologación de las Resoluciones de la Mesa Ejecutiva del CAPSF y del Directorio Superior Provincial dictadas durante el año 2025.

i) Donación de bienes inventariados del Patrimonio del Colegio.

j) Aprobación del Acto Electoral del día 2 de diciembre de 2025 y proclamación de las autoridades electas de los distintos órganos de gobierno, y de los integrantes de los/as Cuerpos de Asesores/as y Jurados de Concurso.

k) Informe de Presidencia.

Artículo 5º- Instruir y encomendar a los/as Vocales Titulares del DSP y a los Directorios de los Colegios de Distrito .para que en sus respectivas jurisdicciones difundan la presente convocatoria.

Artículo 6º- Ordenar la publicación de esta Convocatoria en los diarios de mayor circulación de la provincia, para conocimiento de los/as matriculados/as.

Artículo 7º- Publíquese en la Página Web del CAPSF para su conocimiento y cumplida, archívese.

Ley Nº 10.653 -Art. 45°: La Asamblea General Ordinaria de Matriculados de la Provincia, se integrará únicamente con miembros titulares de los Directorios de los Colegios de Distritos, quienes asumirán el rol de representantes de los mismos. Tendrán voz y voto conforme la siguiente escala:

1. Distritos de hasta trescientos cincuenta (350) matriculados habilitados, un (1) voto por cada representante;

2. Distritos de trescientos cincuenta y uno (351) hasta mil (1000) matriculados habilitados, dos (2) votos por cada representante;

3. Distritos de más de mil (+ de 1000) hasta dos mil (2000) matriculados habilitados, tres (3) votos por cada representante;

4. Distritos de más de dos mil (+ de 2000) hasta tres mil (3000) matriculados habilitados, cuatro (4) votos por cada representante;

5. Distritos que superen los tres mil (+ de 3000) matriculados habilitados y por cada mil matriculados habilitados que se sume, tendrá derecho a un voto más por cada fracción;

En la Asamblea General Ordinaria de Matriculados de la Provincia de Santa Fe, ningún Colegio de Distrito puede poseer la mayoría absoluta de la representación.

Ley Nº 10.653 - Art. 46°: La Asamblea General Ordinaria de Matriculados de la Provincia, sólo podrá constituirse válidamente y sesionar, cuando hayan acreditado su presencia en la misma, representantes de los Colegios de Distrito, que totalicen no menos de los dos tercios del total de votos, calculados conforme a la escala del Art. 45° de esta Ley. En caso contrario, deberá efectivizarse una nueva convocatoria en la forma que se establezca estatutariamente.

Estatuto del CAPSF -Art. 33º.- QUORUM: El quórum, cuando la Ley no disponga otra cosa, se forma con representantes que sumen dos tercios (2/3) de votos en las Asambleas Ordinarias y la mitad más uno de los matriculados habilitados en /as Extraordinarias. Si a la hora fijada no se reuniera el quórum necesario, se esperará treinta (30) minutos y se abrirá la sesión con los miembros presentes, lo que se indicará siempre en la convocatoria.

Arq. RUBÉN PALUMBO

Presidente

Arq. GRACIELA LAUSERO

Secretaria

$ 3600 550522 Oct. 15 Oct. 17

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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. - PILAY S.A. - PILARES


AVISO


Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominado Grupo: F06 Nº: 276 suscripto en fecha 19/08/2024 entre BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares y los Sres. Daniel Omar Bonifacino, DNI: 13.502.949 y Marta Andrea Iannuzzo, DNI: 13.691.386, ha sido extraviado por el mismo.

$ 500 550532 Oct. 15 Oct. 21

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