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DECRETO N° 2454


SANTA FE, 29 SEP. 2025


VISTO:

El expediente N° 01907-0020298-0 y sus agregados a cuerda floja Nos 01907-0018291-8, 01907-0019185-7, 01907-0019058-2 y 01907-0019451-1, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con la intervención al Comité de Cuenca Canal Principal San Eugenio y Canal Irigoyen; y


CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto DEC-2024-00001889-APPSF-PE de fecha 09 de octubre de 2024 se autorizó la intervención del Comité de Cuenca Canal Principal San Eugenio y Canal Irigoyen por el plazo de 06 (seis) meses, prorrogable automáticamente por otros 06 (seis) meses;

Que mediante Nota de fecha 03 de septiembre de 2025 el Sr. Interventor solicita la prórroga de la intervención al Comité de Cuenca Canal Principal San Eugenio y Canal Irigoyen fundamentando su pedido en la necesidad de darle continuidad a procesos iniciados durante el periodo de intervención tanto de índole administrativa, jurídica, técnica y de proyecto a fin de retomar el normal funcionamiento del Ente;

Que la Dirección General de Comité de Cuenca y Talleres y el Representante Técnico de la Jurisdicción realizan un informe técnico considerando técnicamente justificada la ampliación de la intervención al Comité;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción manifesta que en lo relativo al encuadre legal del trámite se debe estar a lo normado por el Artículo 27 de la Ley N° 9830 que prevé: “El Poder Ejecutivo podrá intervenir en forma transitoria los Comités de Cuenca que no cumplieren o que desvirtuaren los objetivos que dieron origen a su constitución”;

Que asimismo expresa que el Sr. Gobernador así como pudo determinar la intervención, puede ahora prorrogarla;

Que por otra parte y teniendo en cuenta los fundamentos de los informes obrantes en autos, surgiría prima facie, y con suficiente verosimilitud, que están dadas las condiciones requeridas por la Ley;

Que han tomado intervención la Secretaría de Recursos Hídricos, la Dirección General de Comité de Cuenca y Talleres, la Dirección Provincial de Gestión Territorial;

Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción, mediante Dictamen Nº 026301/2025;

Que el Subsecretario Legal y Técnico de la jurisdicción manifiesta que la intervención se hará por término de 3 (tres) meses desde la fecha de su vencimiento y prorrogable automáticamente por igual período, debiendo el Sr. Interventor realizar un informe pormenorizado (administrativo, contable, financiero, etc) de las tareas efectuadas durante el proceso de intervención;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1°: Prorróguese por el término de 3 (tres) meses desde la fecha de su vencimiento, prorrogable automáticamente por igual período, la intervención al Comité de Cuenca Canal Principal San Eugenio y Canal Irigoyen, dispuesta por DEC-2024-00001889-APPSF-PE de fecha 9 de octubre del 2024.

ARTÍCULO 2°: Ordénese al Sr. Interventor Abog. Alejandro Darío BOCHENEK D.N.I. Nº 22.280.513 a realizar un informe pormenorizado de las tareas y acciones efectivamente llevadas a cabo (administrativas, contables, financieras, económicas, jurídicas y técnicas), durante el período de intervención dispuesto por DEC-2024-00001889-APPSF-PE de fecha 9 de octubre del 2024, el que deberá ser elevado al Sr. Secretario de Recursos Hídricos del Ministerio de Obras Públicas.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Enrico Lisandro Rudy

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