picture_as_pdf 2025-09-17

CEPRO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de la ciudad de Rosario, se hace saber por un día la cesión de cuotas de "CEPRO S.R.L." y consecuente modificación del contrato social que, en lo pertinente ha quedado redactado de la siguiente forma: "ARTICULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de pesos Ciento Noventa Mil ($190.000) dividido en Diecinueve Mil (19.000) cuotas de Pesos Diez ($10) cada una de las mismas, las cuales se encuentran totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: a) el socio Carlos Eduardo Promanzio la cantidad de nueve mil quinientas (9.500) cuotas sociales, que representan la suma de noventa y cinco mil pesos ($95.000); b) el socio Nicolás Promanzio la cantidad de cuatro mil setecientas cincuenta (4.750) cuotas sociales, que representan la suma de cuarenta y siete mil quinientas ($47.500); b) el socio Francisco Promanzio la cantidad de cuatro mil setecientas cincuenta (4.750) cuotas sociales, que representan la suma de cuarenta y siete mil quinientas ($47.500)".

Fecha del acto: 06 de Noviembre de 2023.

$ 100 548659 Sep. 17

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CENTRO PRIVADO DE ALTA COMPLEJIDAD S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición de Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados: CENTRO PRIVADO DE ALTA COMPLEJIDAD S.A. S/ PRORROGA DEL PLAZO DE DURACIÓN Y MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL (ART. 2 Y ART. 5 AL 17)– CUIJ N° 21-05397694-5 - Expediente Nro. 460/2025, se ha ordenado la siguiente publicación:

Mediante Acta de Asamblea N° 22 de fecha: 30 de abril del año 2024, los Sres. HÉCTOR HUGO GOMEZ, C.U.I.T. N° 23-13502251-9; MARIO ALBERTO FRANCO, C.U.I.T. N° 20-12388734-5; VICTOR OSCAR ROSSO, C.U.I.T. N° 20-16838438-7; ORLANDO HUGO ANTONIO ZENOBI, C.U.I.T. 20-10636364-2; MARTA ALICIA SCALENGHE, C.U.I.T. N° 27-06154528-5; EMANUEL ANIBAL DUPOUY, C.U.I.T. Nº 20-28301129-2; LUCIANO MARTIN ZENOBI, C.U.I.T. N° 20-25512424-3; quienes comparecen por sí, y el Sr. Emanuel Anibal Dupouy en nombre y representación de DIEGO GABRIEL DUPOUY, C.U.I.T. N° 20-32488212-0 han dispuesto la reforma parcial del estatuto social (artículo 2°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15° y 16° agregando el 17°) los que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 2.- PLAZO: Su duración es de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de la Provincia de Santa Fe. Este plazo se prorrogará por disposición de los socios por iguales lapsos de tiempo y también podrá disolverse si así lo convinieren los socios.

Articulo 5.- ACCIONES: Las acciones serán ordinarias, nominativas no endosables. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho a un voto. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se puede emitir títulos representativos de más de una acción.

Artículo 6.- MORA: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio podrá aplicar cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo “193” de la ley 19.550.

Artículo 7.- PREFERENCIAS: Los socios tendrán preferencia y derechos de acrecer en las suscripciones de las nuevas emisiones de acciones en proporción a sus respectivas tenencias, salvo el caso de emisiones con destino especial en interés de la sociedad, en las condiciones que establece el artículo “197” de la ley 19.550. El derecho de preferencia deberá ejercerse dentro del plazo de treinta días siguientes al de la última publicación, que por tres días se efectuará en el Boletín Oficial.

Artículo 8.- COPROPIEDAD DE ACCIONES: En caso de copropiedad de acciones la Sociedad podrá exigir la unificación de la representación. Hasta tanto ello no ocurra no podrá ejercitar sus derechos.

Artículo 9.- ADMINITRACION: La dirección y la administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cuatro (4), quienes podrán ser únicamente accionistas y durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe elegir igual o menor número de suplentes, por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección de uno o más directores suplentes será obligatoria. Si no hubiere ejercido este derecho, previamente, la asamblea, los directores en su primera reunión deberán designar un presidente y en caso de pluralidad de miembros, un vicepresidente, este último remplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio se reunirá por lo menos una vez cada tres meses y sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes, en caso de empate, el presidente desempatará votando nuevamente. Sus deliberaciones se transcribirán en un libro de acta llevado al efecto. La asamblea fija la remuneración del directorio. En garantía de sus funciones, cada uno de los directores depositarán en la caja social la suma de cien mil pesos ($ 100.000,00) o su equivalente en títulos valores oficiales.

Artículo 10.- FACULTADES DEL DIRECTORIO: El directorio tiene las facultades necesarias para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento del objeto social, pudiendo efectuar a tal fin todos los actos, operaciones y contratos, incluso las que requieren poder especial, conforme el articulo 375 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y articulo 9 y concordantes del Decreto Ley Nº 5965/63 y según lo dispuesto por los art. 58, 59, 157 y concordantes de la ley 19.550. La firma solo podrá obligarse en operaciones que se relacionen con el giro social, quedando prohibido comprometerla con fianza a favor de terceros. A tal efecto, el directorio queda facultado para: 1.- Adquirir y/o enajenar, el dominio, condominio y/o cualquier otro derecho sobre toda clase de bienes, sean estos inmuebles, muebles, semovientes y/o automotores, sea por compraventa, permuta, cesión, dación en pago, donación, adjudicación o por cualquier otro contrato nominado o innominado, de carácter oneroso. 2.- Dar y/o a tomar en locación y/o arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles, con contratos con o sin garantía y según los plazos legales. 3.- Gestionar y/o peticionar ante autoridades nacionales, provinciales, municipales y/o comunales, sus dependencias y reparticiones públicas en general, Administración Provincial de Impuestos, Dirección General de Rentas, AFIP, A.N.Ses: toda clase de asuntos de competencia de dichas oficinas y/o reparticiones. 4.- Intervenir personalmente y/o por medio de apoderados, en todo asunto judicial, contencioso, concursal o de jurisdicción voluntaria, que deban sustanciarse en cualquier fuero o jurisdicción y que tengan como causa fuente cualquier acto o contrato, relacionado con el objeto social con las facultades de los artículos “41” y “44” y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de esta provincia y/o artículos “46”, “51” siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y/o del Código de Procedimiento aplicable, sin limitación alguna y realizar cualquier actividad jurisdiccional, conforme a las leyes procesales. 5.- Conferir poderes y revocarlos. Formular protestos, protestas y protocolizar documentos. 6.- Otorgar y/o suscribir los instrumentos públicos y/o privados que fueren necesarios a los efectos de dar cumplimiento al objeto social y/o firmar la totalidad de los formularios del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. 7.- adquirir todos los bienes, servicios e insumos necesarios para el desarrollar el normal funcionamiento de operaciones ordinarias y habituales de la sociedad anónima, tales como la compra, reparación, mantenimiento, renovación de equipos médicos especializados, materiales de uso clínico, mobiliario y elementos necesarios para la prestación de servicios de diálisis; contratación de personal médico y técnico, servicios de mantenimiento y reparación de equipos, servicios de transporte médico, entre otros relacionados con la operatoria de la empresa; suministros médicos, productos farmacéuticos, productos de limpieza y desinfección, y cualquier otro insumo necesario para garantizar la calidad, seguridad, eficiencia y eficacia en la prestación de servicios del objeto social. 8.-Librar, aceptar, endosar, o descontar en los Bancos y/o entidades financieras: letras de cambio, pagarés, cheques, vales, bonos, cupones y/o cualquier otra clase de documentos negociables, sin límite de tiempo ni de cantidad. Girar en descubierto, hasta las cantidades autorizada. Solicitar préstamos, con o sin garantías (reales y/o personales) en las Instituciones Bancarias, oficiales y/o privadas (casa central y/o sucursales), en especial en el Banco de la Nación Argentina y/o Nuevo Banco de Santa Fe S.A., pactando las condiciones y/o intereses, en un todo conforme a la legislación y/o reglamentación vigente, facultándolo a hipotecar y/o prendar los bienes de propiedad de la sociedad, en garantía de los mismos. Constituir en dichos establecimientos bancarios depósitos de dinero o valores y/o extraerlos, total o parcialmente, librar cheques sobre cuentas corrientes y/o hacer depósitos en las mismas y/o abrir cuentas corrientes y/o cajas de ahorro. Depositar y/o retirar de cajas de ahorro y/o plazos fijos, sumas de dinero; abrir, operar y cerrar cuentas comitentes en agentes bursátiles nacional e internacionales. 9.- Inscribir a la sociedad en el Registro de Proveedores del Estado, hacerla intervenir en licitaciones públicas y/o privadas. 10.- Entendiéndose que la presente mención de las facultades del directorio es meramente enunciativa y no taxativa.

Limitaciones a las facultades del directorio:

Operaciones extraordinarias:

Se establece una restricción económica para todas aquellas operaciones que pueden considerarse extraordinarias si se encuentran fuera del giro normal y habitual de la empresa, tales como la compra, reforma y/o adquisición de equipos e inmuebles, esta limitación será efectiva cuando el importe a erogar por todo concepto vinculado a cada operación exceda los treinta mil dólares estadounidenses (USD 30.000,00) o su equivalente en moneda de curso legal, requerirá la aprobación expresa de los Accionistas mediante Asamblea Extraordinaria convocada a tal efecto, en dicha asamblea se discutirá y decidirá sobre la conveniencia y viabilidad de la operación en cuestión.

Artículo 11.- REPRESENTACION: La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente del Directorio, sin perjuicio que para facilitar el cumplimiento de sus funciones la asamblea de socios podrá autorizarlo a delegar en algún otro miembro del directorio, el desarrollo de determinas actividades específicas.

Artículo 12.- PRESCINDENCIA DE LA SINDICATURA: La sociedad prescinde de la sindicatura, conforme lo autoriza el artículo 284 de la ley 19.550. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere los artículos “55” y “284” de dicha ley.

Artículo 13.- EJERCICIO SOCIAL: Se fija como fecha de cierre del ejercicio social el treinta y uno de diciembre (31-12) de cada año. A esa fecha, se confeccionarán los estados contables, conforme a las disposiciones vigentes y normas técnicas de la materia. La asamblea podrá fijar otra fecha para el cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándolo a la autoridad de control.

Articulo 14.- GANANCIAS: Las ganancias realizadas y liquidas se destinan: a) un cinco por ciento (5%) para el fondo de reserva legal, hasta cubrir el veinte por ciento (20%) del capital suscripto; b) remuneración del Directorio; c) El saldo, en todo o en parte a dividendos de las acciones ordinarias o a fondo de reserva facultativo o de previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.

Artículo 15.- CONVOCATORIA: Deberá convocarse anualmente y dentro de los cuatro (4) meses posteriores al cierre del ejercicio a una asamblea general ordinaria en los términos y plazos prescriptos por los artículos “234”, “236”, “237” y concordantes de la ley Nº 19.550. Igualmente deberá llamarse a asamblea general ordinaria o extraordinaria cuando lo juzgue necesario el directorio o cuando lo requieran los accionistas que representen como mínimo el cinco por ciento (5%) del capital social.

Las convocatorias a asambleas generales, ordinarias o extraordinarias, se realizarán mediante publicaciones en el Boletín Oficial con la anticipación y en los términos de los artículos “236” y “237” de la ley Nº 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime.

Artículo 16.- QUORUM – ASISTENCIA: Rigen el quórum y mayoría determinadas por los artículos “243” y “244” de la mencionada ley, según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.

Para poder asistir, a las asambleas los accionistas deberán depositar o comunicar su presencia de acuerdo a lo prescripto en el artículo “238” de la citada ley. Podrán hacerse representar en las asambleas, conforme lo dispuesto por el artículo “239” de dicha ley.

Artículo 17.- DISOLUCION Y LIQUIDACION: La sociedad se disolverá por las causales del artículo “94” de la ley Nº 19.550. Su liquidación puede ser efectuada por el directorio actuante al momento de concretar tal decisión o por un liquidador designado por la asamblea, a tal efecto. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas, a prorrata de sus respectivas integraciones.

Lo que se publica a los afectos de ley

Rafaela, 05 de Septiembre de 2025. Verónica H. Carignano, Secretaria.

$ 1973,07 548740 Sep. 17 Sep. 19

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LA CONSTANCIA AGRO S. A.


AUMENTO DE CAPITAL


Por estar así dispuesto en el Expediente Nº 11702-00004985-9 tramitado ante el REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS, EMPRESAS Y CONTRATOS de la provincia de Santa Fe, se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de la sociedad N.º 33 de fecha 04 de julio de 2024, ratificada por Asamblea General Extraordinaria Unánime N.º 35 de fecha 19 de junio de 2025, se resolvió aumentar el capital social de LA CONSTANCIA AGRO SOCIEDAD ANÓNIMA de dos millones de pesos ($ 2.000.000,00) a doscientos dos millones de pesos ($ 202.000.000), representándose el aumento por la emisión de veinte millones (20.000.000) de acciones ordinarias nominativas, no endosables, de valor nominal de diez pesos ($ 10,00) cada una, de clase “A” con derecho a cinco (5) votos por acción, modificándose consecuentemente el artículo cuarto del Estatuto Social, el que quedó redactado de la manera siguiente: “Artículo cuarto – Capital Social: El capital social es de pesos doscientos dos millones ($ 202.000.000) representados por veinte millones doscientas mil (20.200.000) acciones de diez pesos ($ 10,00) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley 19.550”. Asimismo, se ha ordenado íntegramente el texto del Estatuto Social a tenor de la reforma realizada. Lo que se publica a sus efectos por el término de un día.

Santa Fe, 28-08-2025.

$ 95 547979 Sep. 17

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ALARIEL S.A


REFORMA – CAMBIO DE JURISDICCION


Por Disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto DRA MARIA CELESTE ROSSO, Secretaria de la Dra. M. JULIA PETRACCO, en autos caratulados: “ALARIEL S.A.” S/ REFORMA – CAMBIO JURISDICCION ( Expte 174/2025) según decreto de fecha 12-09-2025 se ordena la siguiente publicación de edictos:

Según ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Nº 2 de fecha 22-06-2023, y ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Nº 3 de fecha 12-12-2024 se resolvió la REFORMA - CAMBIO DE JURISDICCION DE ALARIEL S.A

SOCIOS. Diego Manuel Ricci Lapaz, DNI: 27.419.849, CUIT: 20-27419849-5, argentino, nacido el día 09/05/1979, empresario, casado, con domicilio en 25 de mayo N°1281, Venado Tuerto, General López, Santa Fe. .

Melina Nieves Ramos, DNI: 27.419.969, CUIT: 27-27419969-0, argentina, nacida el día 18/09/1979, empresaria, casada, con domicilio en 25 de Mayo N°1281, Venado Tuerto, General López, Santa Fe.

DENOMINACION – DOMICILIO º: La sociedad ALARIEL S.A tiene su domicilio en la Jurisdicción en ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, República Argentina. -DURACION º: La duración de la Sociedad se establece en Noventa y nueve (99) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Córdoba el día 29-07-2010 en MATRICULA 10096-A – FOLIO 106 – AÑO 2010. .--

Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero a:

a) Comercialización, representación, compra venta, distribución, alquiler y consignación de productos y servicios relacionados con: máquinas viales, maquinaria agrícola, vehículos, casillas rodantes, acoplados; y cualquier tipo de productos relacionados con éstos y con las actividades agrícolas como repuestos, aditivos, accesorios, tanques de agua, fertilizantes, etc.;

b) Construcción, reparación y remodelación de bienes inmuebles propios o para terceros:

c) Locación de bienes inmuebles propios;

d) Producción agrícola en Inmuebles propios o de terceros y comercialización de cereales oleaginosas. Para el cumplimiento de su objeto la soledad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y este estatuto. Podrá ejercer representaciones, mandatos, comisiones, intermediaciones, gestiones de negocios, prestaciones de servicios de técnicos de asesoramientos relacionados con las actividades previstas en este objeto, Así mismo podrá realizar eventos tanto nacionales como internacionales relacionados con las actividades comprendidas en el presente objeto.

Podrá para cumplir con su objeto, establecer sucursales en todo el país, como así también otorgar franquicias de todo tipo relacionada con su objeto.

CAPITAL: El capital social es de pesos treinta mil ($ 30.000,00), representado por trescientas (300) acciones de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables de la clase "A" con derecho a Cinco (5) votos por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al Art. 188 de la Ley 19.550.

ACCIONES °: Las acciones que se emitan podrán ser ordinarias nominativas no endosables, escriturales o preferidas.

ADMINISTRACION °: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de Uno (1) y un máximo de Cinco (5), electo/s por el término de Tres (3) ejercicios. -

GARANTIA: Los Directores deberán prestar la siguiente garantía: Depositar en la Sociedad en efectivo, o en títulos públicos, o en acciones de otra/s sociedad/es una cantidad equivalente a la suma de Pesos Un Mil o constituir hipoteca, prenda o fianza otorgada por terceros a favor de la sociedad con el visto bueno del Síndico Titular, en su caso. Este importe podrá ser actualizado por la Asamblea Ordinaria conforme al índice de Precios Mayoristas del INDEC.

REPRESENTACION LEGAL °: La representación legal de la sociedad, corresponde al Presidente del Directorio. El uso de la firma social, estará a cargo del Presidente o del Vicepresidente del Directorio de manera indistinta.

FISCALIZACIÓN: prescinde de la Sindicatura,

BALANCE: 31 de Diciembre de cada año.

DIRECTORIO :

Presidente: Diego Manuel Ricci Lapaz, DNI: 27.419.849, CUIT: 20-27419849-5, argentino, nacido el día 09/05/1979, empresario, casado, con domicilio en 25 de mayo N.º 1281, Venado Tuerto, General López, Santa Fe.

Vice-Presidente: Melina Nieves Ramos, DNI: 27.419.969, CUIT: 27-27419969-0, argentina, nacida el día 18/09/1979, empresaria, casada, con domicilio en 25 de Mayo N°1281, Venado Tuerto, General López, Santa Fe.

Director Suplente: Valentino Ricci Ramos, DNI: 44.345.916, CUIT: 20-44345916-3, argentino, nacido el 28/09/2002, estudiante, soltero, con domicilio en 25 de Mayo N° 1.281, Venado Tuerto, General López, Santa Fe.

FIJACION SEDE SOCIAL: la sede social quede establecida en calle Marcos Ciani N°3615, Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, República Argentina.

Venado Tuerto, 15 de Septiembe 2025.-

$ 280 549199 Sep. 17

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ESPERANZA OUTDOOR S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados “ESPERANZA OUTDOOR S.R.L. S/CONSTITUCION DE SOCIEDAD”, Expediente Nº 1035 Año 2.025, de trámite por ante el Registro Público; los integrantes de la Entidad: los Señores JOSE MARIA CHEVALIER, argentino, D.N.I. Nº 25.276.354, Divorciado, Maestro Mayo de Obra, nacido el 1º de Junio de 1.976, C.U.I.T. Nº 20-25276354-7, domiciliado en calle Almafuerte 767 de la ciudad de Esperanza, Departamento La Colonias, Provincia de Santa Fe; el Señor SCOTTI DANIEL HORACIO, Argentino, D.N.I. 21.412.529, Soltero, comerciante, nacido el 15 de Enero de 1970, C.U.I.T. Nº 20-21412529-4, domiciliado en la calle Dr. Galvez 1780, de la ciudad de Esperanza Departamento La Colonias, Provincia de Santa Fe y la Señor DELLA SAVIA RODRIGO ARIEL argentino, D.N.I. Nº 26.064.333, Soltero, Veterinario, nacido el 11 de Octubre de 1.977, C.U.I.T. Nº 23-26064333-9 domiciliado en la Calle Terragni 1150 de la ciudad de Esperanza, Departamento La Capital Provincia de Santa Fe; en Contrato de 15 de Mayo del año 2025, han resuelto lo siguiente:

Socios: JOSE MARIA CHEVALIER, argentino, D.N.I. Nº 25.276.354, Divorciado, Maestro Mayo de Obra, nacido el 1º de Junio de 1.976, C.U.I.T. Nº 20-25276354-7, domiciliado en calle Almafuerte 767 de la ciudad de Esperanza, Departamento La Colonias, Provincia de Santa Fe; el Señor SCOTTI DANIEL HORACIO, Argentino, D.N.I. 21.412.529, Soltero, comerciante, nacido el 15 de Enero de 1970, C.U.I.T. Nº 20-21412529-4, domiciliado en la calle Dr. Galvez 1780, de la ciudad de Esperanza Departamento La Colonias, Provincia de Santa Fe y la Señor DELLA SAVIA RODRIGO ARIEL argentino, D.N.I. Nº 26.064.333, Soltero, Veterinario, nacido el 11 de Octubre de 1.977, C.U.I.T. Nº 23-26064333-9 domiciliado en la Calle Terragni 1150 de la ciudad de Esperanza, Departamento La Capital Provincia de Santa Fe

Fecha de Constitución: 15 de Mayo del año 2025

Denominación: ESPERANZA OUTDOOR S.R.L.

Domicilio Legal: Calle Almafuerte 767, Esperanza, Las Colonias, CP 3080, Provincia de Santa Fe.-

Plazo de Duración: Su duración es de 30 (Treinta) años, contados a partir de la Inscripción del presente.-

Objeto: Tiene por objeto: Compra, venta, distribución, representación, consignaciones, alquiler, fabricación e industrialización, fraccionamiento, importación y exportación de: a) Artículos de Pesca, Caza, Camping, Armas, accesorios y partes de Armas, Municiones, Recarga, Arquería, Deportes Náuticos, Ferretería, Indumentaria deportiva, táctica y de trabajo, Cuchillería. Electrónica. b) Embarcaciones, Cuatriciclos, Motores náuticos, Motos, Generadores Eléctrico. c) Prestación de Servicios de Reparación de Armas, afilado de Cuchillos y tijeras, Recarga de cartuchos comercial, Asesoramiento técnico, Gestoría..

Capital Social: $ 2.000.000.- (Pesos dos Millones), dividido en 100 (Cien) Cuotas de $20.000.- (Pesos Veinte Mil) de valor nominal cada una.-

Administración: Estará a cargo del gerente JOSE MARIA CHEVALIER.-

Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 (treinta y uno) de Diciembre de cada año.-

SANTA FE, 05 de Septiembre 2025

$ 200 548684 Sep. 17

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ARMISH S.A.S.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados ARMISH S.A.S. s/Constitución de Sociedad (Expte. Nº 1613 - Año 2025), de trámite ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber:

1) Datos de los Socios: Brahim Nadim Jorge – DNI: 38.335.085 – CUIT: 23-38335085-9 – Argentino – Fecha de Nacimiento 27/04/1995 – Masculino – Soltero – Empleado en relación de dependencia – Domicilio Rioja 3323 – Santa Fe – Santa Fe.

2) Fecha de constitución: 17 de julio de 2025.

3) Razón social: ARMISH S.A.S..

4) Domicilio legal: Rioja 3323 - Santa Fe - Provincia de Santa Fe.

5) Duración: 50 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, importación, exportación, fabricación, elaboración, distribución, comercialización mayorista o minorista de productos alimenticios, bebidas, insumos y mercaderías en general, con o sin procesamiento, en forma presencial o mediante plataformas de comercio electrónico, b) La prestación de servicios gráficos, de impresión, diseño, comunicación visual, cartelería, packaging, diseño web, diseño publicitario y afines, c) La prestación de servicios logísticos, de transporte, fletes, mudanzas, distribución, carga y descarga de mercaderías, tanto por medios propios como contratados, d) La compra, venta, importación, exportación, distribución, reparación, mantenimiento y alquiler de vehículos automotores, maquinarias, herramientas, repuestos y accesorios de todo tipo, e) La comercialización, importación, exportación, reparación, armado, mantenimiento y actualización de equipos informáticos, computadoras, notebooks, periféricos, aparatos eléctricos y electrónicos en general, tanto en formato físico como a través de canales digitales o plataformas online, f) Explotación directa o indirecta, por si o por tercero, en establecimientos rurales, ganaderos, avícolas, hortícolas, agrícolas, frutícolas, forestales, tabacaleros y vitivinícolas, acopio, compra venta de hacienda, granos y cereales y productos agropecuarios, g) La prestación de servicios profesionales, técnicos, informáticos, administrativos, contables, jurídicos, comerciales, de consultoría y asesoramiento en general, a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, h) La realización de inversiones, administración y gestión de activos y bienes propios o de terceros; la adquisición, tenencia, alquiler y explotación de bs muebles e inmuebles.

7) Capital social: $ 2.000.000 (pesos Dos millones) dividido en 2.000.000 cuotas de $ 1 (pesos un) valor nominal cada una, suscriptas de la siguiente manera: Brahim Nadim Jorge 2.000.000 (Dos millones de cuotas) de valor nominal un peso cada una. Monto Integrado $2.000.000

8) Administración y Representación: Estará a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no. Administrador titular: Brahim Nadim Jorge DNI: 38.335.085, CUIT: 23-38335085-9, Domicilio: Rioja 3323 – Santa Fe y administrador suplente: Brahim Iazmin Rocio DNI: 40.644.743 CUIT: 27-40644743-5, Domicilio: Rioja N°3323 – Santa Fe

9) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.

10) Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.

Santa Fe, 27 de Agosto de 2025. Liliana Guadalupe iana Secretaria.

$ 250 548448 Sep. 17

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VIDEO CABLE BERABEVÚ S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez de 1º Instancia del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, y según resolución de fecha 19 de agosto de 2025, se ordena la inscripción del contrato social de “VIDEO CABLE BERABEVÚ S.R.L.” según lo reglado por la Ley 19.550 en su artículo 10:

1- Socios: HEBER XAVIER ZACNUN, DNI Nº 24.577.861, CUIT: 23-24577861-9, argentino, nacido el 03 de julio de 1975, casado en primeras nupcias con Paula Gianuzzo, comerciante, domiciliado en calle General Paz Nº 885 de la localidad de Berabevú, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico heberzacnun@yahoo.com.ar; y HERNAN JORGE LUJAN ZACNUN, DNI Nº 23.084.504, CUIT: 20-23084504-3, argentino, nacido el 08 de febrero de 1973, casado en primeras nupcias con Natalia Gorr, comerciante, domiciliado en calle General Paz Nº 851 de la localidad de Berabevú, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico hzacnun@yahoo.com.ar.

2- Fecha de instrumento de la constitución: 18 de agosto de 2025.

3- Razón social: VIDEO CABLE BERABEVÚ S.R.L..

4- Domicilio: General Paz Nº 867 – Berabevú – Pcia de Santa Fe.

5- Objeto Social: 1) La prestación de servicios de telecomunicaciones de todo tipo, incluyendo telefonía local, larga distancia nacional e internacional, transmisión de datos, servicios de acceso a Internet, video conferencia, de señales de radiodifusión y demás servicios de telecomunicaciones; instalación y/u operación de medios, enlaces, equipos y/o sistemas de telecomunicaciones y/o telefonía, así como la obtención, operación y usufructo de licencias, permisos y/o autorizaciones para el desempeño de tales actividad. 2) Explotación del negocio de publicidad y propaganda pública o privada, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, a través de la prensa escrita y/o digital, radial, televisiva, vía internet, y otros métodos de comunicación audiovisual; la creación de spots publicitarios, campañas, estrategias de ventas, programas, documentales, cortometrajes y de otros medios de difusión existentes o a crearse; la compraventa, representación, importación, exportación y distribución de elementos, artículos y/o productos relacionados directamente con las actividades de publicidad y marketing. Y 3) Venta, distribución, importación y exportación, mantenimiento y servicio de todo tipo de productos y servicios relacionados con la informática y las telecomunicaciones, redes y sistemas de seguridad.

6- Duración: 50 años.

7- Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000,00) divididos en veinticinco mil (25.000) cuotas de pesos un mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: HEBER XAVIER ZACNUN suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000,00) que integra: la suma de pesos tres millones ciento veinticinco mil ($ 3.125.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos nueve millones trescientos setenta y cinco mil ($ 9.375.000,00), también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio; y HERNÁN JORGE LUJAN ZACNUN suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000,00) que integra: la suma de pesos tres millones ciento veinticinco mil ($ 3.125.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos nueve millones trescientos setenta y cinco mil ($ 9.375.000,00), también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

8- Administración: conforme a la cláusula sexta del Contrato Social, se resuelve por unanimidad designar como gerentes a: HEBER XAVIER ZACNUN, DNI Nº 24.577.861, CUIT: 23-24577861-9, argentino, nacido el 03 de julio de 1975, casado en primeras nupcias con Paula Gianuzzo, comerciante, domiciliado en calle General Paz Nº 885 de la localidad de Berabevú, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico heberzacnun@yahoo.com.ar; y HERNAN JORGE LUJAN ZACNUN, DNI Nº 23.084.504, CUIT: 20-23084504-3, argentino, nacido el 08 de febrero de 1973, casado en primeras nupcias con Natalia Gorr, comerciante, domiciliado en calle General Paz Nº 851 de la localidad de Berabevú, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico hzacnun@yahoo.com.ar, quienes actuarán de acuerdo a lo reglado en la cláusula sexta.

9- Cesión de acciones: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desistiese de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios, a través de la gerencia, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

10- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de marzo de cada año.

$ 307 547259 Sep. 17

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TRASPORTO REALI NAZARETTO S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez de 1º Instancia del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Marcelo Ferraro, secretaría a cargo de la Dr. Federico Bertram y según resolución de fecha 02 de septiembre de 2025 se ordena la inscripción del contrato social de “TRASPORTO REALI NAZARETTO S.R.L.” según lo reglado por la Ley 19.550 en su artículo 10:

11- Socios: ALEJANDRA MARIELA REALI, DNI Nº 23.641.280, CUIT: 27-23641280-1, argentina, nacida el 15 de julio de 1974, divorciada según Resolución Nº 167 de fecha 26 de febrero de 2019 en autos Reali Alejandra Mariela c/Denari Roberto José s/Divorcio (Expte 1629/2018) tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 16 de la ciudad de Firmat, comerciante, domiciliado en calle Córdoba Nº 47 bis de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico alejandramreali@icloud.com; y GIOVANNI LIONEL DENARI, DNI Nº 47.038.352, CUIT: 27-47038352-1, argentino, nacido el 09 de marzo de 2006, soltero, comerciante, domiciliado en calle Córdoba Nº 47 bis de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico giovannilioneldreali@icloud.com.

12- Fecha de instrumento de la constitución: 28 de agosto de 2025.

13- Razón social: TRASPORTO REALI NAZARETTO S.R.L.

14- Domicilio: Córdoba 47 bis de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe.

15- Objeto Social: 1) Servicio de transporte de cargas, por cuenta propia o de terceros, por vía terrestre mediante la utilización de todo tipo de camiones propios o de terceros contratados al efecto; en todo el ámbito del país o del extranjero. 2) Servicio de operador logístico relacionado con el transporte de cargas.

16- Duración: 50 años.

17- Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000,00) divididos en veinticinco mil (25.000) cuotas de pesos un mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: ALEJANDRA MARIELA REALI suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000,00) que integra: la suma de pesos tres millones ciento veinticinco mil ($ 3.125.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos nueve millones trescientos setenta y cinco mil ($ 9.375.000,00), también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio; y GIOVANNI LIONEL DENARI suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000,00) que integra: la suma de pesos tres millones ciento veinticinco mil ($ 3.125.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos nueve millones trescientos setenta y cinco mil ($ 9.375.000,00), también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

18- Representación: GIOVANNI LIONEL DENARI, DNI Nº 47.038.352, CUIT: 27-47038352-1, argentino, nacido el 09 de marzo de 2006, soltero, comerciante, domiciliado en calle Córdoba Nº 47 bis de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe.

19- Organización de la representación legal: Usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. El o los socios-gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Art. 375 del Código Civil y Comercial, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

20- Cesión de cuotas: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desistiese de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios, a través de la gerencia, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

21- Fecha de cierre de ejercicio: 30 de septiembre de cada año.

$ 280 548575 Sep. 17

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URVIG S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES


Por disposición del Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Liliana Piana, en los autos caratulados: URVIG S.R.L. s/ modificación al contrato social, Expte Nº 1705/25, en fecha 29/08/25 se ordenó la publicación del presente edicto a los efectos legales que pudieran corresponder. Se hace saber a terceros que con fecha 4 de julio de 2025, el Sr. Celso Joaquin Daniel HANG, argentino, nacido el 21 de enero de 1936, DNI Nº 6.226.526, CUIT Nº 20-06.226.526-5, poseedor de 909 cuotas representativas del 50,5 % del capital social de la empresa, y la Sra. Amanda Edicta SATTINO, argentina, nacida el 5 de junio de 1951, DNI Nº 6.714.261, CIUIT Nº 27-06.714.261-1, poseedora de 90 cuotas representativas del 5 % del capital social de la empresa, ambos domiciliados en calle San Martín 2261 de la localidad de Franck, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, donaron la totalidad de las cuotas a favor de sus hijos: María Fernanda HANG, argentina, nacida el 13 de febrero de 1975, DNI Nº 24.317.767, CUIT Nº 27-24.317.767-2, domiciliada en calle San Martin 2261 de la localidad de Franck, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, Adrián Gustavo HANG, argentino, nacido el 5 de junio de 1972, DNI Nº 22.394.899, CUIT Nº 20-22.394.899-6, domiciliado en calle Mitre 2378 de la localidad de Franck, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, y Hernán Celso HANG, argentino, nacido el 22 de setiembre de 1982, DNI Nº 29.625.364, CUIT Nº 20-29.625.364-3, domiciliado en calle San Martín 2261 de la localidad de Franck, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, quienes aceptaron la donación. Como consecuencia de dicha cesión, por reunión de socios del 16/07/25 se decidió modificar la cláusula cuarta del contrato social.

Santa Fe, a los veintinueve días del mes de agosto de 2025. Dr. Liliana Piana – Secretaria.

$ 300 548370 Sep. 17

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MADERERA LOS PINOS S.R.L.


RENUNCIA Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial - Primera nominación- a cargo del Registro Público de Reconquista, Dr. Juan Manuel Rodrigo; Secretaria de la Dra. Corina Serricchio, en autos caratulados: “MADERERA LOS PINOS S.R.L. S/ RENUNCIA Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES” (Expediente N° 281/AÑO 2025) - (CUIJ Nº 21-05293277-4), se ha ordenado la siguiente publicación: Según Acta de Reunión de Socios N° 37 de fecha 11 de Agosto de 2025, se reúnen los socios de MADERERA LOS PINOS S.R.L. en la sede social, ubicada en Almirante Brown Nº 1346; el socio FABBRO FRANCISCO MARCOS, FABBRO ARNOLDO ADOLFO, y FABBRO DEOMAR ANDRES. También se encuentra presente el Sr. MOSCHEN NELSON GABRIEL, quienes acuerdan y resuelven: a)RENUNCIA DEL GERENTE, ACEPTACIÓN DE LA MISMA Y APROBACIÓN DE SU GESTIÓN: El Sr. Fabbro Francisco Marcos, D.N.I. 14.531.947, presenta formalmente su renuncia al cargo de gerente. La misma es aceptada por unanimidad. Se realiza un análisis de su desempeño y se procede a aprobar por unanimidad la gestión realizada por Fabbro Francisco Marcos a cargo de la gerencia. b)DESIGNACIÓN DE NUEVO GERENTE DE LA FIRMA: el Sr. Fabbro Arnoldo Adolfo propone designar como gerente de la firma al Señor Moschen Nelson Gabriel, D.N.I. Nº 32.476.825, C.U.I.L. Nº 20-32476825-5, argentino, fecha de nacimiento 10 de Julio de 1986, edad 39 años, empleado, profesión profesor en Administración, Domicilio Legal General Guemes 1356, ciudad de Malabrigo, provincia de Santa Fe, Domicilio Real Rivadavia Nº 1066, ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe. Dicha propuesta es puesta a consideración de los socios, quienes aprueban por unanimidad la designación del cargo de gerente de la firma Maderera Los Pinos S.R.L, al señor Moschen, Nelson Gabriel. El mismo, presente en este acto, ACEPTA y asume a partir de este momento el cargo de Gerente. Reconquista, 04 de Septiembre de 2025.- CORINA SERRICCHIO SECRETARIA

$ 1000 548521 Sep.. 17