picture_as_pdf 2025-09-15

COMUNA DE GOLONDRINA


ORDENANZA Nº 01/2024



VISTO:

La necesidad de contar con la Ordenanza Tributaria para el periodo de Enero a Diciembre 2024 y;


CONSIDERANDO:

Que su disposición que deben ordenarse a las normas institucionales vigentes Código Fiscal Uniforme Ley 8173 y sus modificaciones.

Que para percibir los tributos es necesario fijar alícuotas y/o cuotas fijas de los servicios que presente la Comuna para el año 2024

POR ELLO:


Dentro del marco legal vigente la Comuna de Golondrina, sanciona y promulga la Ordenanza Tributaria 2024;

TITULO 1° INTERESES RESARCITORIO:

1- Se fija interés resarcitorio previsto en el ART. 41 del Código Fiscal Uniforme (C.F.U.) en el tres porcientos mensual

TITULO 2º TASA INMUEBLE:

2- En el ámbito de esta tasa queda encuadrada en la disposición del ART.18 y sus hechos imponibles en el ART.69 DEL C.F.U Ley 8173 y sus modificaciones;

3- Se fija notificación en el ART.71 del C.F.U según se detalla para el cálculo de la tasa general del inmueble (T.G.I).

4- A} Zona Urbana y Zona Suburbana de Golondrina. Se fija como tasa de inmueble

$600 mts lineal por mes.

A) 2- Zona Rural el equivalente (en pesos al litro de gasoil por hectárea por año al valor de plaza al momento del pago del impuesto. Al respecto los impuestos serán bimestrales.

TITULO 2º C.F.U DERECHO DE REGISTRO DE INSPECCION:

5- La alícuota de derecho de inspección revista en el ART 33 del C.F.U se fija al 6% fijándose como fecha de vencimiento del 10 del mes posterior

TITULO 3º DERECHO CEMENTRIO

6- Se fija los siguientes impuestos previsto en ART.83 C.F.U para los derechos de inhumación, traslado del resto del mismo cementerio $40.000 pesos y $50.000 pesos impuesto por traslado a cargo de la familia; hacia a otras jurisdicciones y/o otras recepciones $70.000 pesos.

7- Se establece la gratuidad por sepultura bajo de tierra por diez años.

Los derechos en el artículo 6 deben abonarse con la prestación del mismo.

TITULO 4º DERECHO A ESPECTACULOS PUBUCOS:

8- Se establece una alícuota de 15% porciento aplicable al valor de la entrada según fija en el Art.100 C.F.U con vencimientos dentro de las 48 horas posteriores a la realización.

Los organizadores deberán comunicar la realización del espectáculo a la comuna con 48 horas de anticipación

TITULO 5º ABASTO

9- Por la matanza de animales se cobrará $10.000 pesos por animal vacuno se efectuará liquidación mensual con vencimiento del 1 al 10 del mes siguiente. La introducción de carne de otra jurisdicción tendrá un a gravamen de $100 peso por kg, cualquiera sea la especie permitida, la liquidación y vencimiento igual para la matanza de vacuno.

TITULO 6º PERMISO DE USO:

10- Para el uso de maquinaria propiedad de la Comuna se cobrará:

A) Tractor con pala 35 litros de Gasoil por hora

B) Tractor con acoplado 30 litros de Gasoil por hora

C) Tractor solo 30 litros de Gasoil por hora

D) Motoniveladora 50 litros Gasoil por hora.

La comisión podrá contratar de acuerdo a las necesidades, personas aptas y capacitadas para el manejo de tractor y motoniveladora de acuerdo a las necesidades que puedan presentarse.

TITULO 7° TASA ACTUALIZACIONES ADMINISTRATIVA:


11- Vendedores ambulantes $3000por día.

12- Autorización de apertura de negocio $30.000.

La presente Ordenanza será de aplicación durante el año 2024 a partir de enero del 2024.

Regístrese, comuníquese y archívese.

$ 1800 545776 Sep. 15 Sep. 17

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INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA


Expte. Letra I Nº 323698/1 “MI SUELO - DNI 43005014 - ENRIQUEZ MILAGROS – SUPLENTE 142” el Instituto Municipal de la Vivienda (en adelante IMV) comunica a ENRIQUEZ MILAGROS, DNI: 43.005.014 y SEQUEIRA JEREMIAS, DNI: 39.456.848 en su carácter de suplentes sorteados del loteo “Mi Suelo” realizado el día domingo 19 de mayo de 2024, que no habiéndose presentado en el término establecido en la Resolución Nº 11 del Directorio del IMV se ha procedido a dar de baja su condición de preadjudicatarios como “suplentes”.

Se le hace saber que podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente, dentro del término de diez (10) días de notificada la presente por ante el Directorio del IMV, de conformidad a lo preceptuado por el art. 34 y ss. del Decreto Nº 3197.

Para consultas deberá presentarse en nuestras oficinas, sita en Güemes 365, de 7:30 a 12:30 hs..

$ 50 548538 Sep. 15

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN

DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA DELEGACIÓN SUDOESTE DE SANTA FE


NOTIFICACIÓN


SE NOTIFICA A LA SRA. SALTEÑO JESICA BELÉN, D.N.I. 53.358.816


Dentro del Expediente Administrativo N.º 1258 referido a la niña Laia Salteño en trámite por ante la Delegación Sudoeste de la Dirección Provincial de Promoción de los derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, sita en calle 2 de abril y J.B. Justo de la ciudad de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, a cargo de la Delegada Dra. Daniela Bravo, se ha dispuesto NOTIFICAR mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL a la Sra. SALTEÑO JESICA BELÉN, D.N.I. 53.358.816, la siguiente Resolución Administrativa dictada por la Delegación mencionada, a saber: “Nro. 40. VENADO TUERTO, 30 DE MAYO DE 2025. Y VISTOS:... RESULTA:... Y CONSIDERANDO:... SE RESUELVE: 1.- Disponer el cambio del lugar de alojamiento de SALTEÑO ABIGAIL LAIA, DNI Nº 58.729.096, disponiendo su permanencia actual en el domicilio de la Sra. Laura Gutiérrez, tía abuela materna, DNI 22.206.583, sito en calle Pasaje “A” 1584 de la ciudad de Venado Tuerto 2.- Disponer que se mantiene en lo demás la resolución definitiva de la medida excepcional en la urgencia dispuesta por Acto Administrativo nro. 21/2025 y la continuación del trabajo a fin del fortalecimiento familiar y restitución de los derechos vulnerados de la niña. 2.- Notificar a las partes. 3.- Informar al Juzgado interviniente la presente resolución. Agréguese copia y hágase saber..” Firmado: Dra. Daniela Bravo, Delegada.

Asimismo se les notifica que tienen derecho a recurrirlas conforme lo dispuesto en el art. 62 de la Ley Pcial. 12.967 y su decreto reglamentario.- Venado Tuerto, Septiembre de 2025. Daniela Bravo, Delegada.

$ 1 548553 Sep. 15 Sep. 19

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COLEGIO DE MARTILLEROS – ROSARIO


AVISO


A los fines previstos en el Art. 7º de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que la señorita BRISA ANALÍA PEREYRA, D.N.I. Nº 42.560.697, Argentina, soltera, nacida el 04/11/2000, de apellido materno ROMEO, con domicilio real y legal en calle C. Colón N° 229 de la localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno Nº 1546 de la ciudad de Rosario, a los veintisiete días del mes de agosto de 2025. Firma: Miriam L. Seery- Secretaria.

$ 100 548579 Sep. 15 Sep. 16

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AVISO


A los fines previstos en el Art. 7º de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que la señora JESICA TAMARA VALLEJO, D.N.I. Nº 32.803.415, Argentina, casada, nacida el 31/12/1986, de apellido materno CHIS, con domicilio real y legal en calle Monte Flores N° 7072 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno Nº 1546 de la ciudad de Rosario, a los dos días del mes de septiembre de 2025. Firma: Miriam L. Seery - Secretaria.

$ 100 548581 Sep. 15 Sep. 16