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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
RODRIGO E. ZARATE RUIZ
Por disposición Señor Juez Primera Instancia, Laboral 1º Nominación Rosario, secretaria suscripta hace saber que en autos “RAMIREZ NICOLAS GUSTAVO LUJAN C/ OCHOA LILIANA ZULEMA S/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES”; ha dispuesto que el Martillero Rodrigo E. Zarate Ruiz (CUIT 23-23964010-9), venda en pública subasta el automóvil marca DOMINIO FVM 713. AÑO 2006, CHEVROLET CORSA CLASSIC 4P SUPER 1.6N, el día 23 de Septiembre de 2025, a las 13:30 hs, en el Colegio de Martilleros Rosario, sita en calle Moreno 1546, Rosario. El bien saldrá a la venta, con la base de $5.000.000.- El mismo saldrá a la venta en el estado de uso y utilidad en que se encuentre, No se admitirá reclamos posteriores de ninguna naturaleza. Seguidamente, si no hubiere postores, se sacará en segunda y última base con la suma de $3.500.000. siendo las posturas mínimas de $ 100.000.-, no aceptándose reclamos de ningún tipo posteriores a la fecha de realización de subasta. Atento lo dispuesto por la comunicación "A" 5147 y "A" 5212 del Banco Central de la República Argentina, el comprador deberá abonar en el acto de remate la suma de $ 30.000, a cuenta del 10% del precio alcanzado, más la comisión al martillero; el importe de la diferencia para completar el 10% del precio obtenido, deberá abonarse mediante transferencia interbancaria a la cuenta judicial abierta para estos actuados en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80, Caja de Abogados a la orden de este Juzgado, dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta, mientras que el saldo total del 90% deberá ser transferido de igual manera dentro de los cinco días posteriores a la aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de perder los importes entregados a cuenta de precio, todo sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto por el art. 497 CPCC, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. Una vez cumplimentado el precio total de venta y acreditada la transferencia se procederá a la entrega del rodado al comprador con expresa prohibición de circular hasta tanto se efectivice la inscripción constitutiva del dominio, siendo a cargo del comprador el retiro, traslado, la totalidad de las deudas por multas, tasas y patentes e impuestos que correspondieren, como así también los gastos y honorarios e impuestos que graven la transferencia de dominio, e IVA de corresponder. Se deja constancia que se subasta el vehículo embargado en las condiciones en que se encuentra según acta de constatación, no aceptándose reclamos de ninguna índole o naturaleza con posterioridad a la subasta (ni por su estado, falta de componentes de los que pudiera adolecer la unidad, modelo, año, tipo, etc.), haciéndose constar que el rodado se entregará oportunamente para su tenencia bajo las responsabilidades de ley, hasta que se formalice la transferencia de dominio. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal a la A.F.I.P. Para el caso de compras por terceros, se fija como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada; transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. A los fines de la exhibición del rodado respectivo, fíjese el día hábil anterior a la subasta, 23 de Septiembre de 2025, en el horario de 13:15 hs. A 14:00 hs., en calle LAVALLE 2167, de la ciudad de Rosario (Cochera). Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, de Septiembre de 2025.
$ 1000 548755 Sep. 10 Sep. 12
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POR
DANIEL BONIFAZI
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario Dr. Ricardo Ruiiz (Juez), y el secretario suscribiente Dr. Arturo Audano hace saber que en los autos caratulados “Cargill S.A.C.I c/ Avaty S.R.L y otros s/ juicio Ejecutivo. Cuij nº 21-02852087-2”. Ordenase la venta por licitación pública del inmueble individualizado como un lote de 1334,13 m2, inscripto en Matrícula 102.373 Plano nº 7544 part. Prov. nº 91.817 Localización: Departamento San Salvador. Municipio de San Salvador. Prov. de Entre Ríos. Planta Urbana. Concesión 221 Manzana 3 Lote 2. Domicilio Parcelario Calle Misiones a dist. 30,25 m a Boulevard Concordia y a 20 m de calle Eva Perón, cuyas medidas y linderos resultarían ser: Lote de 14 metros de frente por 100 metros de fondo, lindando al Noreste: Recta (2-3) alambrada al rumbo S 45° 39´ E de 14 metros divisorias con Daniel Amado Gerard y Otro; Sureste: Recta (3-4) amojonada al rumbo S 44° 21´O de 100 metros divisoria con Carina Leonor Raviol, Diego Alberto Barragán, José Luis Loker y otra, Ana Paulina Ledesma, Analía Beatriz Raviol, José Luis Salina Rey y Carlos Rubén Raviol; Suroeste: Recta (4-5) amojonada al rumbo N 45° 39´ O de 14,00 metros divisoria con calle Misiones y Noroeste: Recta (5-6) amojonada al rumbo N 44° 21´ E de 100 metros divisoria con Javier Roberto Golden y otra, Carina Leonor Raviol y lote 1 de Carina Leonor Raviol. Ubicado en la ciudad de San Salvador, provincia de Entre Ríos, República Argentina. de Titularidad dominial de la Srta. Carina Leonor Raviol, D.N.I nº 22.678.675, Cuit nº 27-22678675-8. Embargos: 1) Embargo trabado en autos. “ Cargill SACI c/Avaty SRL y otra s/ Juicio Ejecutivo 1º Inst, de Distrito C y C de 1º Nom. de Rosario. Sec. Dra. Sauan of. Nº 386 (14/03/2016) Ent. Nº 620 (14/06/17) Monto U$S 32.500,00 U$S 9.750,00. Se toma razón sobre el remanente de 1334,13 m2.- 2) Reinscripción Embargo Asto B-1. s/ oficio nº 607 del 26/05/2022, librado en los mismos autos y Juzgado y mismo monto. Ente. 637 del 14/06/2022 sobre el remanente de 1334,13m2. Condiciones de la licitación, a saber: 1. La audiencia de apertura de ofertas se realizará el día 9 de Octubre de 2025 a las 10:00 horas, en la sede de este Juzgado, con intervención del Martillero y los oferentes cuyas ofertas superen la base propuesta. Participarán del acto vía plataforma digital ZOOM. 2. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, siendo este DESOCUPADO, conforme acta de constatación que se encuentra agregada en autos mediante cargo Nº 5194/2025, no admitiéndose reclamos posteriores al acto, y con una base única de $ 30.000.000.3. Los interesados en la adquisición del bien licitado deberán presentar sus ofertas por escrito firmado y escaneado que deberán enviar al correo electrónico del Juzgado: civil1ros@justiciasantafe.gov.ar con datos que se describe a continuación: Tratándose de personas físicas: apellido, nombre, número y fotocopia del documento, domicilio real y uno especial dentro de la ciudad, celular de contacto, dirección de correo electrónico, constancia de CUIT, situación ante AFIP, datos de CBU y de cuenta corriente abierta a su nombre. Tratándose de personas jurídicas: copia certificada del contrato social, poder para comprar en licitación y/o subasta, así como decisión societaria para la realización de oferta, Nº de CUIT, situación ante AFIP, datos de CBU y cuenta corriente abierta a su nombre. Ello, desde que quede firme el edicto hasta el día 06/10 de 2025 a las 12:45 horas. Todas aquellas ofertas, que ingresen con posterioridad a la hora indicada no serán consideradas. El oferente deberá depositar como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado, en sobre cerrado, la suma de $3.000.000. El depósito deberá ser realizado en la cuenta judicial abierta en el Banco Municipal, sucursal del Colegio de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, debiendo acompañarse con la oferta constancia del comprobante del mismo. Toda oferta que no esté acompañado del comprobante del depósito de la mencionada suma de $ 3.000.000, será automáticamente descartada.4. En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, el bien objeto de licitación se retirará de la venta.5. El día y hora de audiencia de apertura de ofertas se procederá a dar comienzo al acto con presencia física del Actuario y el martillero, mientras que los oferentes deberán conectarse a la misma por la plataforma ZOOM con DNI en mano para ser exhibido ante el Actuario y con su nombre correctamente configurado y consignado de manera que resulte visible para todos los participantes conectados. El enlace de conexión se informará a los interesados luego de la presentación de la oferta. Una vez comenzado el acto se cotejarán las ofertas presentadas separando, en primer lugar, las ofertas que no llegan a superar el monto mínimo las cuales quedarán descartadas automáticamente.6. Se encuentra prevista la mejora de ofertas únicamente entre las tres (3) mayores ofertas, en cuyo caso el martillero actuante procederá a tomar el mejoramiento, solo entre dichos oferentes, adjudicándosele al último y mejor postor. El bien será adjudicado a quien realice la mejor oferta y, una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida. Asimismo, se labrará acta de todo lo actuado y se incorporará al expediente. Se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a $ 100.000. 7. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá declararse tal situación en el acto de subasta y los demás datos del comitente deberán denunciarse en el término de tres días, dentro del expediente, bajo apercibimientos de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate.8. Se hace saber que la descripción y la situación jurídica del inmueble surgen de las constancias del expediente y se pueden observar a través de la web en la página del Poder Judicial de Santa Fe con la presente carátula y clave del expediente Nº 2134. De este modo, no se aceptarán reclamos algunos cuyo fundamento sea no haber tenido acceso al expediente. La presentación de ofertas implica la conformidad con las presentes condiciones de venta.9. Quien resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más de un 3% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del Banco Central de la República Argentina. Por tanto, deberá efectuarse por transferencia interbancaria dentro de las 48 horas de realizada la subasta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados en la cuenta judicial n° 51741366, CBU 06500801 03000517413668 para estos autos y a la orden de este Tribunal.
10 El saldo de precio deberá ser pagado íntegramente dentro del plazo de diez días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando por correo electrónico boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos. A partir de dicho momento el adjudicatario podrá solicitar la posesión del inmueble.11. Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto, ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.12. Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judicialmente así se determine, se adjudicará el inmueble al postor de la penúltima mejor oferta, con todas las obligaciones y derechos de adjudicatario.13. Dentro de las 72 horas siguientes a la audiencia de apertura de ofertas, se restituirá a los interesados que no resultaren adjudicatarios, el importe depositado como garantía de oferta en el Banco Municipal de Rosario, sucursal Caja de Abogados mediante transferencia a la cuenta bancaria denunciada al momento de la presentación de la oferta. 14. Déjese constancia que los impuestos, tasas, contribuciones, IVA si correspondiere que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente a partir de la adjudicación del bien, como así también la regularización y/o confección de planos de mensura y/o construcción de ser necesarios. Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de adjudicación de esta venta a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. El comprador deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resulte pertinente. Todo conforme a la disposición del BCRA Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010. Asimismo, el comprador podrá requerir la posesión del inmueble una vez aprobada la venta por licitación.15.Hágase saber que los impuestos y tasas que se adeudaren por la adquisición del inmueble por licitación, conforme las condiciones enumeradas en el edicto, así como los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (ITI) y provinciales -particularmente, impuesto de sellos (art. 19 inc 11 LIA)- quedarán a cargo exclusivo de quien resultare adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que graven la transferencia, asumiéndolo expresamente al momento de aceptación del cargo. Deberá corroborar que se cumpla con la debida reposición impositiva, previo a la respectiva escrituración.16. Se dejara establecido conforme lo normado en el art. 500 CPCC que el acreedor hipotecario o el ejecutante que adquiera la cosa ejecutada sólo estarán obligados a consignar el excedente del precio de compra sobre sus respectivos créditos o la suma, prudencialmente estimada por el juez, que faltare para cubrir los impuestos y gastos causídicos cuando éstos no pudieren ser satisfechos con aquél excedente debiendo manifestarlo en autos 48 horas hábiles anteriores de la apertura del sobre de la licitación. Notifíquese si correspondiese con la debida antelación conforme establece el art. 488 CPCC.17. Las constancias obrantes en autos servirán de suficiente título para esta venta, no admitiéndose reclamos posteriores.18. Queda en cabeza de cada ofertante controlar tanto la recepción cargo y escaneo del escrito presentado como en el día de la audiencia tener acceso a la plataforma ZOOM gratuita, contar con WIFI o red que permita el ingreso a la audiencia y entrar en el día y horario fijados. ES IMPORTANTE REMARCAR QUE DEBE INGRESARSE A ZOOM CON PUNTUALIDAD Y CON EL NOMBRE QUE FIGURA EN EL DNI.19. De ser necesaria alguna información estrictamente procedimental que no pueda evacuarse por sistema, se informa como datos de contacto: civil1ros@justiciasantafe.gov.ar o 4721700 internos 4161 y 5161. En tanto, para consultas relativas al remate en sí y al inmueble se hace saber que el martillero actuante es Daniel Bonifazi contacto: +54 3465653746 email:bonifazidaniel@gmail.com.20. Se deberá publicar edictos con el contenido del presente pliego por tres días en el Boletin Oficial, como así también propaganda correspondiente en el diario La Capital de Rosario y similar de la ciudad de San Salvador, Provincia de Entre Rios, volantes, cartel y demás que se crea conveniente. Secretaria, Rosario ….. de septiembre 2025. Dr. Arturo Audano
$ 4500 548658 Sep. 10 Sep. 12