picture_as_pdf 2025-09-08


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA DE ROSARIO


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición Administrativa N° 51/25 de Fecha 18 de Febrero de 2025, el Director Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N.º 17.463 referenciados administrativamente como “ MARTINEZ, VALENTINO NEMIR – DNI N.º 59.815.204 – s/ Medida de Protección Excepcional de Derechos”, que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, sírvase notificar por este medio al SR. MIGUEL ANGEL NOGUERA - DNI N.º 24.241.405 – CON DOMICILIO EN CALLE LA YERRA N.º 6417 DE LA LOCALIDAD DE ALVEAR - PROVINCIA DE SANTA FE - que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 18 de Febrero de 2025, DISPOSICIÓN Nº 51/25 VISTO... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR el acto administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación al niño VALENTINO NEMIR MARTINEZ- DNI 59.815.204 – Nacido en Fecha 08 de Abril de 2023 - hijo de la Sra. Noelia Emilse Martinez - DNI 32.287.628 - con domicilio en calle Pasaje Swift N.º 900 (primera casa antes de cruzar del puente entrando para Mangrullo del lado izquierdo) de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, sin filiación paterna acreditada.- 2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional a la progenitora y/o representantes legales y/o guardadores del niño.- 3.- DISPONER la notificación la adopción de lo resuelto y solicitar el Control de Legalidad al Juzgado Unipersonal de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art 62 de la Ley nº 12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Dr. Rodrigo Lioi - Director Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Rosario - Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano

Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de la provincia de Santa Fe y/o profesional de su confianza. Asimismo, se le hace saber que podrá concurrir con los profesionales mencionados a las entrevistas ante este organismo administrativo.- Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dec 619/10: Ley Nº 12.967 ART. 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ART. 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ART. 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Dto 619/10: ART. 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa sin que puedan ser retiradas.-ART 62: RECURSO. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.-Sin más, saluda muy atte.-

S/C 47044 Sep. 08 Sep. 10

________________________________________


MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN Nº 2649


SANTA FE, 04 de Septiembre de 2025


VISTO:

El expediente Nº   EE-2025-00016588-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital-PGD-“TIMBÓ”, en cuyas actuaciones se gestiona la actualización del monto referente al ofrecimiento de una recompensa dineraria a aquellas personas que aporten información relevante para contribuir a la captura del ciudadano JESUS MAXIMILIANO EUSEBIO (D.N.I. 37.580.808); y


CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 2255 de fecha 30 de julio de 2025 se fija la suma de $30.000.000,00 (pesos treinta millones), tramitada bajo expediente EE-2025-00012078-APPSF-PE, a los efectos mencionados en marras;

Que la presente gestión se motiva en la necesidad de actualizar dicho monto a la suma de $35.000.000,00 (pesos treinta y cinco millones), atendiendo que los hechos en los que está involucrado el señor Eusebio son de extrema gravedad con vínculo directo a la narcocriminalidad y despliegue de violencia altamente lesiva, contando con pedido de captura internacional, siendo el mismo sindicado como líder de una organización criminal de dichas características;

Que el incentivo que se procura mediante la actualización del monto a otorgar será conducente a los fines de poder dar con el efectivo paradero del nombrado;

Que se cuenta con la anuencia del titular de esta cartera ministerial;

Que por lo expuesto, siendo la presente una cuestión de oportunidad y conveniencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en los Artículos 39, 41 y 42 de la Ley Nº 13494, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo Nº 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º - Actualizar el monto establecido en la Resolución Ministerial Nº 2255 de fecha 30 de julio de 2025, a la suma de $35.000.000,00 (pesos treinta y cinco millones), como recompensa a aquellas personas que aporten información relevante para contribuir a la captura del ciudadano JESUS MAXIMILIANO EUSEBIO (D.N.I. 37.580.808), el cual se encuentra investigado en el marco del CUIJ N° 21-09168715-9 caratulado “S/ Asociación Ilícita”; a cargo de la Fiscal, Dra. Georgina Pairola.

ARTÍCULO 2º - La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarios de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el Artículo 44 de la Ley N° 13494.

ARTÍCULO 3° - La información y los datos relativos a la causa podrán ser aportados al correo electrónico institucional recompensas@mpa.santafe.gov.ar o en cualquiera de las sedes de las Fiscalías Regionales del Ministerio Público de la Acusación, a saber: Fiscalía Regional Nº 1: sita en Av. General E. López Nº 3302 de la ciudad de Santa Fe; Fiscalía Regional Nº 2: sita en calle Sarmiento Nº 2850 de la ciudad de Rosario, Fiscalía Regional Nº 3: sita en calle Alvear Nº 675 de la ciudad de Venado Tuerto, Fiscalía Regional Nº 4: sita en calle Iriondo Nº 553 de la ciudad de Reconquista o Fiscalía Regional Nº 5: sita en calle Necochea Nº 44 de la ciudad de Rafaela.

ARTÍCULO 4° - El pago de la suma fijada en el Artículo 1º de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público de la Acusación y de la Dirección Provincial de Protección de Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 5° - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el Artículo 1º de la presente entre dos o más personas, se requerirá informe al representante del Ministerio Público de la Acusación y a la Dirección Provincial de Protección de Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportaran al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 6º - Requerir a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública la difusión del presente decisorio.

ARTÍCULO 7º - Regístrese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.

S/C 47046 Sep. 08 Sep. 10

________________________________________


MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN Nº 2650


SANTA FE, 04 de Septiembre de 2025


VISTO:

El expediente Nº  EE-2025-00016590-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital-PGD-“TIMBÓ”, en cuyas actuaciones se gestiona la actualización del monto correspondiente al ofrecimiento de una recompensa dineraria a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de MENDOZA, ALEXIS EMANUEL (D.N.I. 38.903.113), quien se encuentra sindicado en investigación registrada bajo el CUIJ 21-09611760-1; y


CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 2254 de fecha 30 de julio de 2025, se fijó la suma de $25.000.000,00 (pesos veinticinco millones), tramitada bajo expediente Nº EE-2025-00012076-APPSF-PE, a los efectos enunciados en marras;

Que la presente gestión se motiva en la necesidad de actualizar dicho monto a la suma de $30.000.000,00 (pesos treinta millones), atendiendo que los hechos en los que está involucrado el señor Mendoza son de extrema gravedad con vínculo directo a la narcocriminalidad y despliegue de violencia altamente lesiva, contando con pedido de captura internacional, siendo el mismo sindicado como líder de una organización criminal de dichas características;

Que el incentivo que se procura mediante la actualización del monto a otorgar será conducente a dar con el efectivo paradero del nombrado;

Que se cuenta con la anuencia del titular de esta cartera ministerial;

Que por lo expuesto, siendo la presente una cuestión de oportunidad y conveniencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en los Artículos 39, 41 y 42 de la Ley Nº 13494, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo Nº 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º - Actualizar el monto establecido en la Resolución Ministerial Nº 2254 de fecha 30 de julio de 2025, a la suma de $30.000.000,00 (pesos treinta millones), como recompensa a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de MENDOZA ALEXIS EMANUEL (D.N.I. 38.903.113), el cual se encuentra sindicado en el marco de la investigación registrada bajo el CUIJ 21-09611760-1, respecto a un hecho de extorsión y usurpación cometido en fecha 29 de marzo del año 2025, a cargo de la Fiscal Dra. Juliana González, integrante del Equipo de Abordaje Estratégico sobre armas de fuego del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2º - La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarios de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el Artículo 44 de la Ley N° 13494.

ARTÍCULO 3° - La información y los datos relativos a la causa podrán ser aportados al correo electrónico institucional recompensas@mpa.santafe.gov.ar o en cualquiera de las sedes de las Fiscalías Regionales del Ministerio Público de la Acusación, a saber: Fiscalía Regional Nº 1 sita en Av. General E. López Nº 3302 de la ciudad de Santa Fe; Fiscalía Regional Nº 2: sita en calle Sarmiento Nº 2850 de la ciudad de Rosario, Fiscalía Regional Nº 3: sita en calle Alvear Nº 675 de la ciudad de Venado Tuerto, Fiscalía Regional Nº 4: sita en calle Iriondo Nº 553 de la ciudad de Reconquista o Fiscalía Regional Nº 5: sita en calle Necochea Nº 44 de la ciudad de Rafaela.

ARTÍCULO 4° - El pago de la suma fijada en el Artículo 1º de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público de la Acusación y de la Dirección Provincial de Protección de Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 5° - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el Artículo 1º de la presente entre dos o más personas, se requerirá informe al representante del Ministerio Público de la Acusación y a la Dirección Provincial de Protección de Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportaran al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 6º - Requerir a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública la difusión del presente decisorio.

ARTÍCULO 7º - Regístrese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.

S/C 47048 Sep .08 Sep. 10

________________________________________


MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN Nº 2651


SANTA FE, 04 de Septiembre de 2025


VISTO:

El expediente Nº EE-2025-00016589-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital-PGD-“TIMBÓ”, en cuyas actuaciones se gestiona la actualización del monto correspondiente al ofrecimiento de una recompensa dineraria a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de AGUIRRE, FACUNDO NICOLÁS (D.N.I. 41.217.909), quien se encuentra con pedido de captura activo; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 2393 de fecha 12 de agosto de 2025, se fijó la suma de $30.000.000,00 (pesos treinta millones), tramitada bajo expediente Nº EE-2025-00013160-APPSF-PE, a los efectos enunciados en marras;

Que la presente gestión se motiva en la necesidad de actualizar dicho monto a la suma de $35.000.000,00 (pesos treinta y cinco millones), atendiendo que los hechos en los que está involucrado el señor Aguirre son de extrema gravedad con vínculo directo a la narcocriminalidad y despliegue de violencia altamente lesiva, contando con pedido de captura internacional, siendo el mismo sindicado como líder de una organización criminal de dichas características;

Que el incentivo que se procura mediante la actualización del monto a otorgar será conducente a dar con el efectivo paradero del nombrado;

Que se cuenta con la anuencia del titular de esta cartera ministerial;

Que por lo expuesto, siendo la presente una cuestión de oportunidad y conveniencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en los Artículos 39, 41 y 42 de la Ley Nº 13494, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo Nº 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º - Actualizar el monto establecido en la Resolución Ministerial Nº 2393 de fecha 12 de agosto de 2025, a la suma de $35.000.000,00 (pesos treinta y cinco millones), como recompensa a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de AGUIRRE, FACUNDO NICOLÁS (D.N.I. 41.217.909), el cual cuenta con pedido de captura activo por las investigaciones CUIJ 21-08921644-0, 21-09064906-7, 21-09593985-3, 21-09283947-5, a cargo del Fiscal Dr. Alejandro Ferlazzo, Fiscal de la UFE Homicidios Dolosos del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2º - La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarios de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el Artículo 44 de la Ley N° 13494.


ARTÍCULO 3º - La información y los datos relativos a la causa podrán ser aportados al correo electrónico institucional recompensas@mpa.santafe.gov.ar o en cualquiera de las sedes de las Fiscalías Regionales del Ministerio Público de la Acusación, a saber: Fiscalía Regional Nº 1: sita en Av. General E. López Nº 3302 de la ciudad de Santa Fe; Fiscalía Regional Nº 2: sita en calle Sarmiento Nº 2850 de la ciudad de Rosario, Fiscalía Regional Nº 3: sita en calle Alvear Nº 675 de la ciudad de Venado Tuerto, Fiscalía Regional Nº 4: sita en calle Iriondo Nº 553 de la ciudad de Reconquista o Fiscalía Regional Nº 5: sita en calle Necochea Nº 44 de la ciudad de Rafaela.

ARTÍCULO 4º - El pago de la suma fijada en el Artículo 1° de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público de la Acusación y de la Dirección Provincial de Protección de Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 5º - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el Artículo 1º de la presente entre dos o más personas, se requerirá informe al representante del Ministerio Público de la Acusación y a la Dirección Provincial de Protección de Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportaran al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 6º - Requerir a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública la difusión del presente decisorio.

ARTÍCULO 7º - Regístrese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.

S/C 46047 Sep. 08 Sep. 10

________________________________________


MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN Nº 2648


SANTA FE, 04 de Septiembre de 2025


VISTO:

El expediente Nº  EE-2025-00016591-APPSF-PE de la Plataforma de Gestión Digital-PGD-“TIMBÓ”, en cuyas actuaciones se gestiona la actualización del monto referente al ofrecimiento de una recompensa dineraria a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de ESCALANTE, RAMIRO GASTON (D.N.I. 38.375.755), quien se encuentra con pedido de captura activo desde el 10 de diciembre de 2024; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 2392 de fecha 12 de agosto de 2025 se fija la suma de $20.000.000,00 (pesos veinte millones), tramitada bajo expediente EE-2025-00013159-APPSF-PE, a los efectos mencionados en marras;

Que la presente gestión se motiva en la necesidad de actualizar dicho monto a la suma de $25.000.000,00 (pesos veinticinco millones), atendiendo que los hechos en los que está involucrado Escalante son de extrema gravedad con vínculo directo a la narcocriminalidad y despliegue de violencia altamente lesiva, contando con pedido de captura internacional, siendo el mismo sindicado como líder de una organización criminal de dichas características;

Que el incentivo que se procura mediante la actualización del monto a otorgar será conducente a los fines de poder dar con el efectivo paradero nombrado;

Que se cuenta con la anuencia del titular de esta cartera ministerial;

Que por lo expuesto, siendo la presente una cuestión de oportunidad y conveniencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en los Artículos 39, 41 y 42 de la Ley Nº 13494, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo Nº 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º - Actualizar el monto establecido en la Resolución Ministerial Nº 2392 de fecha 12 de agosto de 2025, a la suma de $25.000.000,00 (pesos veinticinco millones), como recompensa a aquellas personas que aporten datos relevantes para contribuir a la captura de ESCALANTE, RAMIRO GASTÓN (D.N.I. 38.375.755), el cual cuenta con pedido de captura activo desde el 10/12/2024, en el marco del CUIJ 21-09168715-9 “S/Asociación ilícita”, investigado por la Fiscal Dra. Georgina Pairola, Fiscalía Regional 2° Circunscripción del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2º - La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarios de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el Artículo 44 de la Ley N° 13494.

ARTÍCULO 3° - La información y los datos relativos a la causa podrán ser aportados al correo electrónico institucional recompensas@mpa.santafe.gov.ar o en cualquiera de las sedes de las Fiscalías Regionales del Ministerio Público de la Acusación, a saber: Fiscalía Regional Nº 1 sita en Av. General E. López Nº 3302 de la ciudad de Santa Fe; Fiscalía Regional Nº 2: sita en calle Sarmiento Nº 2850 de la ciudad de Rosario, Fiscalía Regional Nº 3: sita en calle Alvear Nº 675 de la ciudad de Venado Tuerto, Fiscalía Regional Nº 4: sita en calle Iriondo Nº 553 de la ciudad de Reconquista o Fiscalía Regional Nº 5: sita en calle Necochea Nº 44 de la ciudad de Rafaela.

ARTÍCULO 4° - El pago de la suma fijada en el Artículo 1º de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público de la Acusación y de la Dirección Provincial de Protección de Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 5° - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el Artículo 1º de la presente entre dos o más personas, se requerirá informe al representante del Ministerio Público de la Acusación y a la Dirección Provincial de Protección de Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportaran al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 6º - Requerir a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública la difusión del presente decisorio.

ARTÍCULO 7º - Regístrese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.

S/C 47049 Sep. 08 Sep. 10

________________________________________

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


EDICTO


En la ciudad de Santa Fe, a los 5 días del mes de septiembre de 2025, se procede a notificar mediante el presente al señor IVÁN JESÚS LEGUIZAMÓN (Clase 1993 - CUIL 20-37333569-0), de la Resolución Nº 1497/25 del Ministro de Justicia y Seguridad (SIE : 00201-0259521-9), del cual se transcriben sus partes fundamentales:

ARTÍCULO 1º: Declarar abstracta la solicitud efectuada por la Jefatura de Policía de la Provincia mediante Resolución Nº 2763 de fecha 27 de octubre de 2023, habiendo sido aplicada la sanción disciplinaria de destitución al señor IVÁN JESÚS LEGUIZAMÓN (Clase 1993 - CUIL 20-37333569-0), mediante Decreto Nº 0358 del 18 de marzo de 2024; y, en consecuencia, disponer el archivo de las Actuaciones Nro. 00201-0259521-9, del registro del Sistema de Información de Expedientes (SIE). ARTÍCULO 2º: Regístrese, hágase saber y archívese. SANTA FE, 11 de junio de 2025. Fdo.: Pablo Cococcioni.

Asimismo se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y del Decreto Provincial Nº 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 5 de septiembre de 2025. Fdo. Comisario Supervisor Lic. María Verónica Mandar, Jefa de la División Personal de la Unidad Regional I (Dpto. La Capital).

S/C 47042 Sep. 08

________________________________________


POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


EDICTO


En la ciudad de Santa Fe, a los 5 días del mes de septiembre de 2025, se procede a notificar mediante el presente al señor CARLOS SEBASTIÁN PALLAVIDINI (Clase 1981 - CUIL 20-28736867-5), del Decreto Nº 1685/25 del Gobernador de la Provincia (SIE : 00201-0188622-2), del cual se transcriben sus partes fundamentales:

ARTÍCULO 1º: Recházase el recurso de revocatoria interpuesto, con patrocinio letrado, por el ex empleado policial CARLOS SEBASTIÁN PALLAVIDINI (Clase 1981 - CUIL 20-28736867-5), contra el Decreto Nº 3233 de fecha 28 de octubre de 2019, por el cual se le aplicó la sanción disciplinaria de destitución. ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese. SANTA FE, 4 de agosto de 2025. Fdo.: Maximiliano Nicolás Pullaro y Pablo Cococcioni.

Asimismo se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y del Decreto Provincial Nº 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 5 de septiembre de 2025. Fdo. Comisario Supervisor Lic. María Verónica Mandar, Jefa de la División Personal de la Unidad Regional I (Dpto. La Capital).

S/C 47043 Sep. 08

________________________________________


AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE SEPTIEMBRE 2025

(actualizado conforme lo dispuesto por Ley Provincial N.º13899)


En cuanto a lo establecido por el Articulo 84 de la Ley Nacional 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, y lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Provincial N.º 13899 por el cual se fijan como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF):


1UF= $ 731,50 (SETECIENTOS TREINTA Y UN PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS).

LEY PROVINCIAL N.º 13899- ARTÍCULO 1 - "Modificase el artículo 26 de la ley N° 13169, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 26.- Multas. El valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. En la sentencia, el monto de la multa se determina en cantidades UF, debiendo abonarse su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago. Las penas de multa previstas por la presente ley no pueden superar un monto máximo de diez mil (10.000) UF, ni siquiera en caso de reincidencia."

Que, a los fines de lo establecido por el art. 11 del Decreto Provincial N.º 869/09, conforme la modificación dispuesta por el art. 5º del Decreto Provincial N.º 409/13 y la Resolución N.º 074/13 de la APSV, respecto del Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, por el cual se fijan como valores para la U.F. el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor:

1 UF = $ 1463,00 (MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS CON CERO CENTAVOS)

Asimismo, a los efectos de la determinación de los valores de multas que fueran establecidos en unidades fijas equivalentes al valor del litro de gas oil ultra diesel; se fija el siguiente valor:

1 UF = $ 1558,00 (MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS CON CERO CENTAVOS).

Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.

S/C 47036 Sep. 08 Sep. 19

________________________________________


DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA MÉDICA


CLAUSURA

Ref.: Tr. 11.516

Establecimiento de calle 25 de Mayo N.º 1967

Santa Fe– Santa Fe


Hágase saber a: Sra. Diaz Elba encargado y/o responsable del alojado Dìaz María Teresa DNI N.º 1445560; Sra. Maria encargado y/o responsable del alojado Amauret Elsa DNI N.º 3938397; Sra. Monica encargado y/o responsable del alojado Ferrer Francisco DNI N.º 1726872; Sra. Ibarra encargado y/o responsable del alojado Izaguirre DNI N.º 3392086; Sra. Adriana Coggiola encargado y/o responsable del alojado Gimenenez Ma del carmen DNI N.º 7569996; ; Sra. Laura Del Val encargado y/o familiar de Giovanetti Analia DNI N.º 4700745; Sr. Gabriel encargado y/o familiar del alojado Sr. Esquivel Gabriel DNI N.º 6352084; Sr. Sergio familiar y/o encargado del alojado Sr. Fernandez DNI N.º 4241365; Sra. Analia encargada/familiar de la Sra. Galli Elvira DNI N.º 1122870; Sra. Betina encargada y/o familiar del alojado Sr. Bertone DNI N.º 6287463; Sra. Melina encargada y/o familiar del alojado Sr. Carmielo DNI N.º 5381656; Sr. Martinez encargada y/o familiar del alojado Sr. Bisseco DNI N.º 1839760; Sra. Carina encargada y/o familiar del alojado Sr. Colantti DNI N.º 3895414; Sr. Bargas encargado y/o familiar del alojado Sr. Caso DNI N.º 4823272; Sra. Laura encargada y/o familiar de la alojada Sra. Catalin DNI N.º 5071847; Sr. Mariano encargado y/o familiar del alojado Sr. Sarricho Enzo DNI N.º 7252759; Sra Rocio encargada y/o familiar del alojado Sr. Sureda Osvaldo dni n.º 10315172; Sra. Rosana encargado y/o familiar del Sr. Recaman Silvia DNI N.º 5802664; Sra. Ana encargada y/o familiar de la alojada Polato DNI N.º 4447312; Sr. Diaz encargado y/o familiar del alojado Taborda DNI N.º 3958976, Sr. Prado encargado y/o familiar del alojado Sr. Perot Edith DNI N.º 3496740; Sr. Patricio Orivares Enzo (hijo) encargado y/o familiar de la alojada Marega Marta DNI 2812166; Sra. Traverso Viviana encargada y/o familiar de la alojada Pauloni Elba DNI 6457803; a la encargada y/o familiar (sobrina) de la alojada Martinez Ediht DNI 1537069; al encargado y/o familiar (hijo) de la alojada Nosetti Blanca DNI 1911811; Sr. Nuñez Mario encargado y/o familiar de la alojada Luna Nélida DNI 5055379; al encargado y/o familiar de la alojada Massoni Clady DNI 911100; al encargado y/o familiar (Daniela Nuera) de la alojada Luciani Adela DNI 6093577; al encargado y/o familiar (Alberto-hijo) de la alojada Marcon Adela DNI 6562365; a la Sra. Silvia Rivas encargada y/o familiar de la alojada Lazzaroni Lilyam DNI 6606683; al Sr. Norberto encargado y/o familiar (hermano) de la alojada Vielazco Clyde DNI 3802960; al Sr. Silvio Anaces encargado y/o familiar de la alojada Villanueva Rosario DNI 6090695; a la Sra. Mendoza María encargada y/o familiar de la alojada Suarez María Julia DNI 5080555; al encargado y/o familiar (hermano) de la alojada Yori Marta DNI 5088303; al encargado y/o familiar (sobrino) de la alojada Sassio Ediht DNI 3748043; a la Sra. Viviana encargada y/o familiar de la alojada Picco Beatriz DNI 4758321; al encargado y/o familiar (hijo) de la alojada Haiek Erminia Ana DNI 6081072; al encargado y/o familiar ( Molina-hija) de la alojada Fernandez Noemí DNI 6045187; al Sr. Eduardo Cari encargado y/o familiar de la alojada Florez Zulma DNI 6129336; a la encargada y/o familiar (cuñada) de la alojada Canga Matilde DNI 3959697; a la Sra. Silvia Gonzalez encargada y/o familiar (hija) de la alojada Borderaux Nilda María DNI 4672153: al encargado y/o familiar de la alojada Alfaro Teresa DNI 3196074 y a la Sra. Patricia Aubertelli encargada y/o familiar (sobrina) de la alojada Aubertelli Amelia DNI 3201575; a los fines de poner en conocimiento, sobre la clausura del establecimiento de salud de calle 25 de Mayo N.º 1967 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, por Orden N.º 31 de fecha 17 de Mayo del año 2021, dispuesta por al Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.

S/C 47051 Sep. 08 Sep. 09