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SANTA FE
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
PEDRO BUSICO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “MARCUZZI ANDRES CARLOS C/OTRO S/APREMIO – CUESTIONES RELATIVAS HONORARIOS” ( CUIJ Nº 21-02044659-2 ) y su acumulado “ RODRIGUEZ ORTIZ DE ROZAS MIGUEL C/ OTRO S/APREMIO POR COBRO DE HONORARIOS” ( CUIJ Nº 21-02046645-3), se ha dispuesto que el Martillero PEDRO BUSICO, Mat. Nº 435, venda en pública subasta el 100% del bien embargado en autos, Inscripto en el Registro General de la Propiedad en el Tomo 203 impar, Folio nº0930, Numero 053002 y Tomo 170 Par, Folio nº 1526, Numero 114988, Departamento Las Colonias . el día 17 de Septiembre de 2025 a las 10 horas o el día siguiente hábil si aquél resultare feriado. La misma se realizará por ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Cululù. Hágase saber a los potenciales adquirentes que el inmueble carece de estado parcelario vigente, por lo que será a su cargo la regulación pertinente, previo a la inscripción de dominio. El bien saldrá a la venta con la base del capital reclamado en autos $20.250.000 de no existir postores seguidamente con la retasa en un 25 % y de persistir la falta de oferentes, a continuación sin base y al mejor postor. Quien resulte comprador, deberá abonar en dinero efectivo en el acto del remate, el 10% a cuenta del precio y la comisión de ley del martillero, 3%. Se hace saber al martillero interviniente, que el porcentaje a cargo del vendedor procederá en el supuesto de darse lo dispuesto por el art. 88 de la ley 7547. El adquirente deberá efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los 5 (cinco) días de quedar firme el auto que aprueba la subasta, mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales. Caso contrario, devengará un interés igual a la tasa activa del banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos comerciales a 30 días, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar número de documento de identidad, estado civil y domicilio real, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 del CPCC. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate, del nombre y domicilio de la persona para la que se adquiere el bien (comitente) debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos, dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador deberá conformarse con los títulos o constancias de autos y que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de título. Hágase saber que de corresponder el pago del IVA –que no está incluido en el precio- será a cargo del comprador y se depositará en el acto del remate en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales, para estos autos y a la orden de este juzgado. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta y que el mismo deberá hacerse cargo de los gastos que irrogue la inscripción del dominio a su nombre.- El bien a subastar es : Un lote de terreno señalado en el plano levantado por el agrimensor Amílcar JS Coba en Abril del año mil novecientos sesenta y uno, registrad en Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de esta Provincia en fecha tres de mayo de mil novecientos sesenta y uno , bajo el numero treinta y un mil novecientos siete, se individualiza con el numero I (en romano) ubicado en paraje denominado “Rincón de Pacheco”, Distrito Cululu, Departamento Las Colonias , de esta Provincia, cuyas medidas y linderos son: en el costado Norte, línea M-N un mil trescientos quince metros cuarenta y un centímetros; en el costado Este, que es irregular mide: a partir del punto N hacia el Sud, línea N-O trescientos ochenta y tres metros sesenta y tres centímetros, desde este punto hacia el Oeste, línea O-F trescientos cincuenta nueve metros veintisiete centímetros desde este último punto nuevamente hacia el Sud, línea F-G trescientos setenta y nueve metros; en su costado Sud, mide seiscientos cuarenta y tres metros cincuenta centímetros, línea G-H y su costado Oeste que es también irregular mide: a partir desde el ángulo Sud-Oeste, línea H-I quinientos cuarenta y siete metros y desde este último punto hacia el Oeste, cerrando la figura, línea I-M trescientos setenta y nueve metros sesenta y seis centímetros encerrando una superficie total de sesenta y ocho hectáreas y linda: al Norte, con Magdalena Vionnet de Alonso Criado; al Sud, en parte con Elisa Rosa F Gasser de Yunges y en parte con Doña Eva G de Koch, camino público por medio ; al Este en parte con el lote número II (en romano) de Don Dionisio Francisco Vanzini y en parte con Doña Elisa Rosa F Gasser de Yunges y al Oeste, camino por medio con Rosa E. Presser de Gunst, Mario A Tempo, Cooperativa Limitada Lechera Primero de Mayo, Edmundo Megevant. Según Constatación: procedo a informar a S.S:que se trata de una fracción de terreno rural, que a ambos lados del camino ingreso posee gran cantidad de árboles y vegetación. Al frente del ingreso, camino de por medio, se verifica una construcción cuyas paredes son de color bordo, con aberturas verdes, lo cual cuenta con una galería al frente de techo de chapa de zinc, y otra construcción que en su frente posee un letrero con la leyenda que dice: “Cooperativa limitada 1 ero De Mayo”. En cuanto al alambrado perimetral, si bien no fue posible recorrer todo el perímetro atento a las condiciones climáticas imperantes, ya que en el día de ayer se registraron lluvias, recorrimos gran parte del mismo, donde se observa que el alambrado perimetral se encuentra en mal estado de uso y conservación, sin poder precisar cantidad de hilos de alambre que posee por la gran cantidad de vegetación y maleza existente a la vera de los alambrados, como así también se verifican algunas varillas y postes de dicho alambrado rotas y caídas. Dentro del inmueble se puede observar una casa habitación, en estado de aparente abandono y muy mal estado de conservación, que posee la mayoría de las aberturas en estado de destrucción, y la pintura exterior se encuentra descascarada. No se verifica la existencia de ensenada. Se registra la existencia de lo que aparentemente podrá haber sido utilizado como un (1) corral y una (1) manga con sus instalaciones totalmente destruidas. Asimismo, se verifica la existencia de un (1) bebedero rectangular de cemento, el que se encuentra vacío; un molino con su bebedero, este último es circular, posee su circunferencia de chapa y dentro del mismo se observan restos de escombros, según manifestaciones del Dr. Rocha dicho molino si bien se encuentra en movimiento, no está en funcionamiento actualmente por encontrarse sin filtro, lo que no puede comprobar atento a carecer de conocimientos específicos para ello. No se observan aguadas, como así tampoco animales. En cuanto a la existencia de sembrados, no se observa en el inmueble en cuestión siembra alguna, registrándose la presencia de gran cantidad de malezas, cardos y espinillos, siendo algunos de ellos de aproximadamente un metros de altura. En lo que respecta a los alambrados internos, se verifica la existencia de algunos tramos de alambrados, algunos de ellos con cinco (5) hilos y otros con cuatro (4) hilos, siendo de alambre de púas y común, los que en su mayoría están oxidados, con algunas varillas y postes en regular estado de conservación, encontrándose algunos de ellos caídos. Se verifica la existencia de dos (2) portones internos, en mal estado de conservación, encontrándose alguno de ellos atados con alambres y con chapas. A continuación, se observan dos edificaciones, una de ellas, según lo que me manifiesta el Dr. Rocha, utilizada para tambo, en total estado de destrucción, con paredes de ladrillos derruidas y techo de chapas en el mismo estado, la que, a su vez, están oxidadas; y la otra edificación, según manifestaciones del profesional, utilizada como galpón, se encuentra en estado de destrucción con techo de chapas, las que están oxidadas y se encuentran caídos y paredes demolidas. Finalmente, dejo constancia que no se encuentra persona alguna en el inmueble objeto de esta medida. Inscripto en el Registro General de la Propiedad en el Tomo 203 impar, Folio nº0930, Numero 053002 y Tomo 170 Par, Folio nº 1526, Numero 114988, Departamento Las Colonias. Embargos: 1) Autos:” Marcuzzi Andrés Carlos c/ Combin Rosa María s/ Apremio – Cuestiones Relativas Honorarios” CUIJ nª 21-02044659-2, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 nominación, Aforo nº 037602 del 13/03/2024 Monto $20.250.000 (parte Indivisa); 2) Autos: “ Rodríguez Ortiz de Rosas Miguel Conrado C/ Combin Rosa María s/ Apremio por cobro de Honorarios. CUIJ nº 21-02046645-3, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 nominación, Aforo 194257 del 15/08/2024 (parte Indivisa)Monto: $0 ; 3)” Marcuzzi Andrés Carlos c/ Combin Rosa María s/ Apremio – Cuestiones Relativas Honorarios” CUIJ nª 21-02044659-2, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 nominación, Aforo nº 88875 del 03/04/2025 Monto $20.407.500 (parte Indivisa); 4)Jorge Ariel c/ Combin, Rosa María s/ apremi9o de cobro de honorarios 21-02047355-7 Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 nominación, Aforo nº 109460 del 23/04/2025 Monto $20.340.000 (parte indivisa), 5) “ Rodríguez Ortiz de Rosas Miguel Conrado C/ Combin Rosa María s/ Apremio por cobro de Honorarios. CUIJ nº 21-02046645-3, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 nominación, Aforo 161181 del 06/06/2025 (parte Indivisa)Monto: $0 .- Partida Impuesto Inmobiliario N°09-15-00-085002/0001-3. Deudas: API Impuesto inmobiliario $110.608,66, Deuda Comunal $ 465.700,48 .Publíquese edictos por el termino de ley en el Boletín Oficial conforme Ley 11287 y acordada respectiva de la Excma Corte. Firmado: DR. JOSE IGNACIO LIZASOAIN, Juez - DR. NESTOR ANTONIO TOSOLINI Secretario. Más informes en Secretaría del Juzgado o al Martillero en su oficina de calle San Lorenzo Nº 1533, Tel. (0342)-156142463, Santa Fe. Santa Fe, 03 de Setiembre de 2025 - DR. NESTOR ANTONIO TOSOLINI Secretario.-
$ 1700 548411 Sep. 05 Sep. 09
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POR
MCP JUAN E. PARGA
Por disposición del Sr/a Juez de la Oficina de Procesos Sucesorios, radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado que en los autos caratulados:”TABORDA JOSE CAMILO s/SUCESORIO- CUIJ 21-02037870-8”, que el MCP JUAN E. PARGA-Mat. 831, proceda a vender en pública subasta el día 26/09/2025, a las 11:00hs. o el día hábil inmediato posterior a la misma hora, si éste resultare inhábil en el Juzgado de Circuito Nº 17, de la ciudad de Coronda-Pcia de Santa Fe, LA 1/3 PARTE INDIVISA DE UN INMUEBLE, ubicado en calle San Jerónimo Nº 1579, de la ciudad de Coronda, el que saldrá a la venta con la base proporcional del Avalúo Fiscal de $ 5.244,44 (Pesos cinco mil doscientos cuarenta y cuatro con cuarenta y cuatro centavos), De no haber postores seguidamente, con la retasa del 25% o sea $3.933,33 (Pesos tres mil novecientos treinta y tres con treinta y tres centavos), y en caso de persistir la falta de los mismo saldrá a la venta Sin Base y Al Mejor Postor.- Inscripto en el Registro General dela Propiedad bajo el DOMINIO 8794-TOMO 116 PAR-FOLIO 323- DDPTO SAN JERONIMO, con la siguiente descripción: UN INMUEBLE con todas sus mejoras, ubicado en la manzana número ochenta y cuatro de las que forman éste Pueblo de Coronda, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, el que forma la esquina Nor-Oeste, de la citada Manzana, compuesta de sesenta y tres metros de frente al Norte, por Treinta y Tres metros diez centímetros de fondo, y lindando: Al Norte, calle San Jerónimo, por el Sud, herederos de Gumercindo Barcos, por el Este, con Manuel Córdoba y al Oeste , calle Pública sin nombre, hoy calle Belgrano.-Informa el Registro General que el demandado Posee Partes INDIVISAS DE DOMINIO PLENO.- No registra Hipotecas- Ni Embargos.-Ni Inhibiciones.- API informa que le corresponde la Partida Inmobiliaria Nº 10-05-00-149005/0006-0 y que adeuda la suma de $ 5.138,94 al 09/06/2025.- Municipalidad de Coronda informa que le corresponde la cuenta Nº 18380, propiedad ubicada en calle San Jerónimo 1579 de esta ciudad, registrando deuda desde el mes de junio de 2024 a la fecha Por TGI $ 11.747,17.- Por Tasa Urbana $ 11.747,17.-Total $ 144.888,56 al 11/06/2025.- Cooperativa de Servicios Coronda Limitada (COSERCO), al 04/06/2025, adeuda por Servicio de Agua Potable y Cloacas la suma de $ 65.749,11.-SCIT –Pre Certificación Catastral informa que tiene una superficie de terreno de 257,83 m2 y sup. Edificada 69 m2.- Avalúos correspondientes a la Le 11.626 de 1999.-Verificar si la superficie real edificada es la que indica en la Sup. Edificada, si no lo es, debe regular la situación ante SCIT empadronada a nombre de …LC 6117.412- …Lib. E Nº 6.195.716-Plano 055607/1969-Manzana 84 Lote 32.-Observaciones: No corresponde abonar sellado Fiscal por Cuij 21-02037870-8 Taborda Jose Camilo s/Sucesorio-Oficina de Procesos Sucesorios Primera Nominacion Santa Fe.- No repone por ser herencia vacante.-No se registran avalúos rectificatorios por mejoras-Parcela fuera de la Zona Contributiva.- 13/05/25.-CONSTATACION: realizada en fecha 03/06/2025, surge… me constituí en el inmueble ubicado en calle San Jerónimo 1579, de la ciudad de Coronda, donde luego de reiterados llamados no respondió persona alguna.-Seguidamente se hizo presente el vecino de la vivienda Ulises Brusa, quien habita la casa lindera oeste, y que expuso poseer llave de la propiedad y encargarse del cuidado de la misma y procedió a su apertura.- A continuación, se consta que el inmueble tiene frente al norte y se encuentra cercado en su totalidad por paredes medianeras de material.-Se ingresa al inmueble por una puerta en la pared norte que lleva al patio delantero.-Una vez dentro existe una vivienda de material que luce una construcción solida pero con algunos signos de deterioro propios de la falta de mantenimiento y de edad del inmueble.- La casa se compone de una cocina comedor, tres dormitorios y un baño completo.-La propiedad cuenta con un patio trasero de generosas dimensiones al que se accede por el pasillo lateral este de la vivienda.-La propiedad se encuentra deshabitada , siendo utilizada por el Sr. Brusa como depósito de cosas personales.-En cuanto a su ubicación, la misma está en una zona céntrica de la ciudad.-La calle está asfaltada y tiene acceso a servicios de agua, energía eléctrica entre otros.- Asimismo se ubica a sólo 4 cuadras de la plaza principal, a 5 de la playa céntrica, y a una de las arterias más comerciales de la ciudad.- Cabe destacar también que en la esquina existe parada de colectivos interurbanos.- (fdo) Dr. Pablo Agustin Cueto.-Oficial de Justicia.- MCP Susana Fassetta-Mat.284.- CONDICIONES: Hágase saber al que resulte comprador que deberá abonar en efectivo en el acto del remate el 10% del precio y la comisión del martillero como así estará a su cargo el I.V.A.-que no se encuentra incluído en el precio- y todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales que correspondieren en virtud del acto mismo dela subasta, como así también aquellos relativos al bien a subastar devengados con posterioridad a la aprobación de la subasta.- Asimismo, hágase saber al que resulte comprador que dentro de lo 5 días de ejecutoriado el auto aprobatorio del remate, deberá integrar el saldo del precio.- Dispónese que no admitirá la compra en comisión.-Publíquense edictos por el término de ley en el BoletinOficial y exhíbanse conforme lo disponen la ley 11287 y la acordada vigente.- Exhibición del inmueble: tendrá lugar dos días antes de le fecha de subasta en el horario de 10:00 a 12:00hs y de 16:00 a 17:00 hs. Mayores informes por Secretaría y/ al telf.. 3425030892 .- (fdo) DRA . CLAUDIA SANCHEZ.-SECRETARIA.- DRA . ANA ROSA ALVAREZ JUEZA a/c.- Santa Fe, de setiembre de 2025.- “
S/C 548388 Sep. 05 Sep. 09
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
DAVID BOSCHI
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación San Lorenzo, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “MUNICIPALIDAD PUERTO GENERAL SAN MARTIN C/ OTROS S/ OTROS APREMIOS FISCALES” (CUIJ Nº 21-25442921-7), se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. DAVID BOSCHI, (Mat. Nº 1929-B-179) (C.U.I.T. Nº 20-24918265-7) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 12 de Junio de 2.025, a las 9 hs., en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Puerto General San Martín sito en calle Mendoza 1102 de dicha localidad, de resultar inhábil la misma se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, la totalidad (100%); del siguiente bien inmueble, embargado en autos, sito en esquina de calles Saavedra 285/89/99 e Islas Malvinas 356 de Puerto General San Martín, Pcia. de Santa Fe, identificado como Lote 1 de la Manzana 29 Plano 23139/1959, CUENTA 2650/0 CAT. 1/05/029/001 (P.I.I. 1502-00702057/02294, DOMINIO Tº122 Fº438 Nº75719 DEPTO. SAN LORENZO, consistente en: el lote 1 de la manzana 29, situado en la Colonia Jesús María, actualmente Distrito Puerto San Martín, departamento San Lorenzo, el que según el plano del Ingeniero Antonio Hure, inscripto al número 23139/1959 se halla ubicado, en la esquina Nor-Oeste de la citada manzana, de forma irregular, de 14.77m. de frente al Oeste, por 25.31m. de fondo y frente al Norte, con un contrafrente de 14m., y 30m. en el lado Sud.- Linda, al Norte y al Oeste, con calles públicas sin nombre; al Este parte del lote Seis y al Sud, con el lote Dos, con una superficie de 387,17m2. No registra Hipotecas ni Inhibiciones, pero si el siguiente embargo: al Tº 132 E, Fº 716, Nº 178872, de fecha 15/06/2023 por $1.442.562,79.- por los autos que se ejecutan. Saldrá a la venta en el estado de OCUPACION que consta en autos, con una base de $ 6.000.000, para el caso de no haber postores con una retasa del 25% ($4.500.000) y de persistir la falta de oferentes saldrá a la venta en tercera subasta, con la última base del 25% ($1.800.000) de la base inicial. Quién/es resulte/n comparadores abonara/n en el acto de remate el 10% del importe total de la compra más la comisión de ley del martillero (3%) en dinero efectivo y/o cheque certificado y el saldo al aprobarse la subasta. Hágase saber a los interesados que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de 5 días de aprobada la subasta en el Nuevo Banco de Santa Fe sucursal San Lorenzo a la orden de este Juzgado y par estos autos, y si intimado no se efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro Gral. con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma sin que implique transferencia. Cumpliméntese con la publicidad de ley. Los edictos se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Ofíciese a los fines del art. 506 CPCC. El expediente permanecerá en Secretaría 5 días antes de la subasta a los fines de los arts.494 y 495 del CPCC. Hágase saber que el acceso a los inmuebles a los posibles adquirentes será dos días antes a la subasta en el horario de 10 a 12hs. Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones que adeudara el inmueble se deducirán del producido de la subasta, siendo a cargo del comprador los gastos de impuestos de transferencia e IVA si correspondiera. Gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia, como así también los que pudieran resultar de nuevas mensuras, regularizaciones de planos y/o medianeras en su caso. Hágase saber a los interesados que a los fines del pago del saldo de precio deberá observarse la COMUNICACIÓN “A” 5147 inc. 583 bajo la denominación “Depósito y otras acreditaciones” que dispone que la acreditación de los importes correspondientes a las causas judiciales ordenadas por los juzgados intervinientes se realizará mediante transferencias electrónicas desde cuentas a la vista abiertas en entidades financieras o a través de cualquier otro medio de pago distinto al efectivo cuando se trate de importes superiores a $30.000.- y preferentemente por esos medios, cuando se trate de depósitos menores o iguales a dicho monto. En autos se encuentran las copias de los títulos de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falto y/o insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, Junio de 2024.- Dra. LUZ MARIA GAMST - SECRETARIA.
$ 600 548216 Sep. 5 Sep. 9