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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
DAVID BOSCHI
Por disposición del Sr. Juez en suplencia y a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “CIRCULO DE INVERSORES S.A.U. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA” (Expte. Nº 21-02970435-7), se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. DAVID BOSCHI, (Mat. Nº 1929-B-179) (C.U.I.T. Nº 20-24918265-7) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 25 de Agosto de 2025 a las 15:15 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros, sito en calle Moreno 1546 de esta ciudad, el siguiente bien, propiedad de la demandada, consistente en un AUTOMOTOR usado, Dominio AD508AG, MARCA CITROEN, TIPO FURGON, BERLINGO FURGON HDI 92 BUSINESS MIXTO, AÑO 2019, MOTOR MARCA CITROEN, N° 10JBGR0017318, CHASIS MARCA CITROEN, N° 8BCGR9HPAKG517075, inscripto a nombre del demandado en el R.N.P.A. SECC. ROSARIO 15. Registra prenda en 1er. Grado de fecha 20/02/2019, re inscripta el 04/03/2024, por $464.127,20.- y Embargo de fecha 16/10/2024, por $3.573.681,80.-, todo por los autos que se ejecutan. El vehículo saldrá a la venta con una base de $14.500.000 – para el caso que no hubiera oferentes el vehículo saldrá a la venta con una retasa del 25% de la primera (segunda base $10.875.000).-, y para el caso que no hubiera oferentes, una última base de $5.000.000. En caso que no existieren oferentes por la última base, el bien será retirado de la venta. Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1) Los impuestos y multas que se adeudaren por el vehículo a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia (nacionales y provinciales) quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber en el acto de martillar a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 2) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en elacto de remate. 3) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar la totalidad del precio en el acto de subasta. En caso que sea en efectivo, podrá abonar hasta la suma de $30.000.- y el saldo por transferencia bancaria o mediante depósito, el que deberá acreditarse en la cuenta judicial abierta para este Juzgado y estos autos en el término de cinco días bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de dar por decaída la compra, perdiendo el comprador la suma consignada a cuenta; o bien, con cheque certificado o cheque cancelatorio. Todo ello conforme lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. 4) Asimismo, se hace saber si en el acto de la subasta el comprador acredita el pago total del automotor, la entrega será inmediata y directa por parte del martillero actuante, quien deberá dejar debida constancia en acta que a tal efecto deberá instrumentarse. Por el contrario, para el caso que no se abone el monto total del precio en el acto de la subasta, la entrega y posesión del automotor al adquirente se llevará a cabo por intermedio de Oficial de Justicia con intervención del martillero actuante, una vez que fuere acreditado en el expediente la cancelación del precio de venta. Hágase saber que, en todos los casos, el rodado será entregado para su tenencia, bajo responsabilidades de ley hasta tanto se formalice la transferencia del dominio del automotor. 5) Asimismo, el comprador deberá abonar en el acto del remate el 10% de la venta en concepto de comisión al martillero. 6) Hágase saber al martillero actuante que la suma percibida en efectivo deberá ser depositada en su totalidad en la cuenta abierta previamente en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, a nombre de este Tribunal y para los presentes autos, no pudiendo retenerse suma alguna en concepto de “gastos realizados” los cuales serán oportunamente abonados aprobada que fuere la planilla respectiva. Quedan exceptuados los gastos de la cochera donde se encontrare depositado el vehículo hasta el día de la subasta: las sumas correspondientes a dichos gastos podrán ser retenidas por el martillero, quien deberá acompañar en autos el respectivo ticket o factura que así lo acredite, en la respectiva rendición de cuentas. Asimismo, hágase saber que los gastos de la cochera generados a partir del día de la subasta y hasta la toma de posesión del vehículo quedarán a cargo de quien resulte comprador. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del C.P.C. y permanecerá en Secretaría. Los interesados podrán revisar la unidad los dos días hábiles anteriores a la fecha de subasta en el horario de 14 a 15hs, en el domicilio de calle Pascual Rosas 1236 de Rosario. En autos se encuentra glosado el informe de estado de domino y la verificación policial de motor y chasis, no admitiéndose reclamo alguno por faltas y/o insuficiencia de los mismos, con posterioridad al acto de subasta. Todo lo que se publica a los efectos legales, en Rosario, 12 de Agosto de 2025. Dra. MARIA SOL SEDITA – SECRETARIA.-
$ 1000 546772 Ag. 21 Ag. 25