COOPERATIVA AGRÍCOLA Y DE CONSUMOS LTDA. SANTA ROSA
REGULARIZACIÓN Y DEPURACIÓN DE PADRÓN
La Cooperativa Agrícola y de Consumos Ltda. Santa Rosa comunica a sus asociados que conforme se ha resuelto por unanimidad en Acta de Consejo de Administración Nº 1162 de fecha 22 de Julio de 2025, se ha iniciado un proceso de regularización y depuración del padrón de asociados. En virtud de lo anterior, se comunica que se excluirá del padrón a los asociados que a fecha 30 de junio de 2025 reúnan una o más de las siguientes condiciones 1) Tengan un periodo de inactividad con la cooperativa superior a 5 ejercicios consecutivos en relación a las actividades que son propias de su objeto; 2) No cumplieren con las condiciones estatutarias requeridas para ser asociados; 3) No tengan declarado una clave de identificación tributaria (CUIT inválida en la Cooperativa; 4) Consten como fallecidos y no se haya continuado la actividad como sucesión indivisa a la fecha indicada.
Por tal motivo, se invita a todos los asociados a que concurran a la sede de la cooperativa sita en calle Mitre N° 54 de la ciudad de San Guillermo, provincia de Santa Fe, para verificar la lista de asociados a excluir, que a tales fines se ha elaborado y consta en las instalaciones de la misma. Se hace saber que quienes se encuentren en la lista de exclusión y pretendan continuar en el carácter de asociados de la cooperativa deberán presentarse en un plazo máximo de 30 días a partir de la presente publicación, a manifestar su decisión de continuar como asociados, adjuntando la documentación que resulte necesaria. Respecto de quienes formen parte de la lista de personas a excluir y no se hayan presentado a expresar su voluntad en contrario en el plazo estipulado y/o que no hayan presentado la documentación solicitada, se hará efectiva su exclusión como asociados de la Cooperativa.
$ 225 546618 Ago. 19 Ago. 25
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Tribunal Municipal de Faltas
AVISO
La Municipalidad de Venado Tuerto, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nacional Nro. 26.348, Resolución Nro. 542/21 y la Ordenanza Nro. 5550/22, intima por el plazo de quince (15) dias a aquellas personas con algún derecho sobre material y/o vehículo retenidos en virtud del ejercicio del poder de la policía municipal y/o abandonados y/o destruidos y/o no aptos para rodar en los Depósitos Municipales de la ciudad de Venado Tuerto, en el horario de 08.00 a 12.00 horas, de Lunes a Viernes en calle Sarmiento Nro. 479 de la localidad de Venado Tuerto, debiendo presentar nota indicando sus datos personales, en el carácter que se presenta y adjuntar copia certificada de la totalidad de la documentación que acredite los derechos invocados, en relación a los dominios: VJl471-SUY204-TED183- ASC969-BWQ876-FBY101-DAU942-DOI433. Bajo los apercibimientos establecidos en el Art. 2 de la Ordenanza Nro. 5550/22 e ingresar al régimen de Pro.De.Ca.
$ 100 546823 Ago. 19 Ago. 25
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DIRECTORIO DEL COLEGIO DE MARTILLEROS
CONVOCATORIA A ELECCIONES
El Directorio del COLEGIO DE MARTILLEROS - LEY Nº 7547- ROSARIO, convoca a sus matriculados comprendidos en el art. 24 de la Ley Nº 7547, a comicios de autoridades, con mandato de dos (2) años, para la elección de: a) DIRECTORIO: Integrado por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Prótesorero, cuatro Vocales Titulares y cuatro Vocales Suplentes. b) TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Integrado por cinco Jueces Titulares y cinco Jueces Suplentes. c) TRIBUNAL ARANCELARIO: Integrada por cinco miembros Titulares y cinco miembros Suplentes Que segun lo establecido en el Reglamento Electoral se realizará el día 24 de octubre de 2025 dentro del horario de 8.00 a 18.00 hs. en la sede de la entidad, Moreno Nº 1546, Rosario, MIRIAM SEERY - SECRETARIA; LIDIA DOMÍNGUEZ LEGUIZAMÓN - PRESIDENTE. Del Reglamento Electoral: Art. 20: Para ser elector se requiere: a) Reunir los requisitos exigidos por el art. 24 de la Ley Nº 7547; b) Estar inscripto en el Padrón Electoral; c) No adeudar al Colegio suma alguna por las obligaciones previstas en los inc. a), b) y ch) del art. 12 de la Ley Nº 7547; d) No estar suspendido en el ejercicio profesional Art. 569: Vencido el término establecido en el art. 21 de este Reglamento y habiéndose oficializado una sola lista de candidatos, la Junta Electoral procederá sin más trámite a proclamar a sus integrantes como autoridades electas, no llevándose a cabo el acto comicial. MIRIAM SEERY - SECRETARIA; LIDIA DOMÍNGUEZ LEGUIZAMÓN – PRESIDENTE.
$ 200 546882 Ago. 19 Ago. 20