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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juez del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 4 de Rosario, se ha ordenado lo siguiente en autos: BAHAMONDE CRISTIAN ARIEL s/Adopción, CUIJ 21-11441019-2. ROSARIO, 11 de Junio de 2025. Advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 9.6.2025, revóquese por contrario imperio. En su lugar se dispone: Cítese al progenitor biológico, Jair Emanuel Andrada por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). NATALIA SCHMIDLIN GUSTAVO ADOLFO ANTELO, Secretaria Juez. Rosario, 26 de diciembre de 2024. Agréguese la reposición acompañada y el pliego de preguntas correspondiente a la prueba testimonial ofrecida en el escrito inicial, el cual, permanecerá no visible hasta el momento procesal oportuno. Habiéndose cumplimentado con lo requerido en el decreto que antecede, se provee la demanda a continuación en el siguiente sentido: Por presentadas, domiciliadas, en el carácter invocado a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Otórguesele la participación legal correspondiente. Por iniciada acción de adopción de integración. Desígnese Juez a Gustavo Adolfo Antelo. Imprímase a los presentes autos el trámite del juicio sumarísimo. Por ofrecida prueba. Téngase presente. Agréguense las constancias adjuntadas. Acompañe las partidas de nacimiento de Paloma y Santiago Bahamonde. Cítese al demandado, Sr. Jair Emmanuel Andrada, a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y ofrecer prueba, en el plazo de diez días, con prevención del artículo 413, inciso b), del C.P.C. Notifíquese con copia del escrito inicial mediante oficio Ley 22172. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir informes de quien lo atienda o de vecinos con el objeto de determinar si el demandado se domicilia allí y únicamente en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. Hágase saber a ambas partes que, en lo sucesivo, sus presentaciones deberán formularlas bajo el formato PDF. GUSTAVO ADOLFO ANTELO, Juez. Rosario, JULIO de 2025. Natalia Schmidlin, Secretaria.
$ 100 545597 Ago. 1 Ago. 5
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ANGEL FLORENCIO FRANZUTTI (DNI 3.686.842) y AGUSTINA MARTA GOMEZ (LC 1.907.569) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "FRANZUTTI, ANGEL FLORENCIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" C Y C 15" (CUIJ 21-02994933-3 ) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RAUL JUAN GIANNI (D.N.I. 6.106.205 Y/o CI 345.947) y ALBA NELVA CARGAGNO (DNI 3.967.063), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GIANNI, RAUL JUAN Y OTROS S/ SUCESORIO"( CUIJ 21- 02987189-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga , se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ANGELINA TRIFILLO, C.I. 884.184 y SECUNDINO JOSE RAFAEL SCARANO, C.I. 140.369 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SCARANO, SECUNDINO JOSE RAFAEL Y OTROS S/ SUCESORIO CYC 7" (CUIJ N°21-02993795-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante IRMA NELIDA GACRIA (D.N.I. 1.040.992) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GARCIA, IRMA NELIDA S/SUCESORIO/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02995128-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO JESUS FERNANDEZ DNI 6.076.150, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Autos caratulados: "FERNANDEZ ROBERTO JESUS S/ SUCESORIO" – CUIJ 21-02995351-9.-
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS JORGE SVETAZ DNI N° 6.080.017, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SVETAZ, CARLOS JORGE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 10 (CUIJ N° 21-02993760-2") Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimosegunda Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante "JOSE ATILIO TASSELLI" (DNI 03.683.055)), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TASSELLI JOSE ATILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02991874-8, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, de de 2025. Fdo.: Dra. Vanina C. Grande – Secretaria
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Teresa Poloni (DNI F.5.519.330 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "POLONI, Teresa S/ Sucesorio " (CUIJ N° 21-02989146-7). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GARCIA ROBERTO CESAR D.N.I. 11.672.555 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GARCIA, ROBERTO CESAR S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02995559-7). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria.
$ 45 Ag.- 01
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Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10º. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CARLA DANIELA ALORDA DNI 18.647.793 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ALORDA CARLA DANIELA S/ SUCESORIO" (CUIJ: 21-02994823-9). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DE LUCA, MARIO ARMANDO (DNI 12.521.905), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DE LUCA, MARIO ARMANDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 14,,21-02994274-6.-
$ 45 Ag. 01
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ENZO ALBERTO MARELLI, D.N.I. 6.165.654, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARELLI, ENZO ALBERTO S/ SUCESORIO CYC 10” (CUIJ N° 21-02995634-8). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Ago.01
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO ANGEL BARBOZA, D.N.I. Nº 6.181.203 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BARBOZA RICARDO ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-25447252-9). Fdo. DRA. STELLA MARIS BERTUNEJUEZ – DRA. MELISA PERETTI- SECRETARIA.-
4 45 Ag. 01
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ RAMIREZ CRECENCIO s/ APREMIO FISCAL”. Expte. N° 21-23488816-9, se ha dictado la providencia que dice: “Nº 530, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado.Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema- de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 9553) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 97.366,55 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado.”Firmado: Dr. Diogenes D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543584 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ REYNOSO PEDRO MARIA s/ APREMIO FISCAL”. Expte. N° 21-23488818-5, se ha dictado la providencia que dice: “Nº 527, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema- de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 7987) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 71.286,09 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado.”Firmado: Dr. Diogenes
D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543581 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ ROMERO EDUARDO IGNACIO Y SALVIRIA ELBA MARIA CRISTINA s/ APREMIO FISCAL”. Expte. N° 21-23488817-7, se ha dictado la providencia que dice: “Nº 531, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder- judicial/inicio/sistema-de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde- santa-fe/. (Clave: 9629). Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 41.518,98 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado.” Firmado: Dr. Diogenes D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543580 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ GIROLAMI DELFO HARALDO, GIROLAMI JOSE DOMINGO y GIROLAMI APIANI EDGARDO s/ APREMIOS” CUIJ: 21-23488885-1, se ha dictado la resolución que dice: “Nº 668, Villa Constitución, 30 de Mayo de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/ poder-judicial/inicio/sistema-de- autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 3670) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 69.752,93 en concepto de capital, con más la de $ 95.847,43 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado. Firmado: Dr. Diogenes D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543579 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN C/ SEQUEIRA HORACIO DANIEL y SEQUEIRA VIVIANA S. de S/ APREMIOS” CUIJ 21-23488887-8, se ha dictado la resolución que dice: “Nº 670, Villa Constitución, 30 de Mayo de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema- de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 5566) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 114.050,12 en concepto de capital, con más la de $ 95.847,43 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado. Firmado: Dr. Diogenes D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543577 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ LUNA SELVA s/ APREMIO FISCAL”. Expte. N°21-23488851-0, se ha dictado la providencia que dice: “Nº 532, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema- de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 4143) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 91.025,61 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado” Firmado: Dr. Diogenes
D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543583 Jul. 21 Jul. 23
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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ VERGARA REYNALDO OMAR Y ELIAS MARTA OFELIA s/ APREMIO FISCAL”. Expte. N° 21-23488819-3, se ha dictado la providencia que dice: “Nº 526, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025.- Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema- de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 8179) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 71.661,88 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado.” Firmado: Dr. Diogenes D. Drovetta – Juez - Dra. Analia N Vicente - Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.
$ 100 543582 Jul. 21 Jul. 23
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini –Juez-, Secretaría del autorizante, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Dona MC FARLANE DUNCAN DNI Nº 13.412.531 para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos " MC FARLANE DUNCAN S/ SUCESORIO " (CUIJ N° 21-24623810-0).- Venado Tuerto, .- Secretaría del Autorizante.-
$ 45 Ago. 01
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 2da nominación de la ciudad de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza al Sr. PLACIDO PALPEBRA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del tèrmino y bajo apercibimientos legales (una vez por mes durante el término de seis meses). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÌN OFICIAL Y hall de Tribunales. Secretaria, 12 de Febrero de 2025.- DRA. MARIA LAURA OLMEDO, Secretaria; DRA. MARIA CELESTE ROSSO, Jueza .-
$ 170 538545 Jul. 21
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Por disposición del Sr. Juez de primera instancia de Distrito de la 2da nominación de la ciudad de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza al Sr. PLACIDO PALPEBRA para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales (una vez por mes durante el término de seis meses). Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria,12 de Febrero del 2025. Dra. MARIA LAURA OLMEDO secretaría; Dra. MARÍA CELESTE ROSSO juez. Dra. Laura Olmedo, secretaria.
$ 200 540392 Jul. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini –Juez-, Secretaría del autorizante, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Dona MC FARLANE DUNCAN DNI Nº 13.412.531 para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos "MC FARLANE DUNCAN S/SUCESORIO " (CUIJ N° 21-24623810-0).- Venado Tuerto, .- Secretaría del Autorizante.
$ 45 Ag. 01