picture_as_pdf 2025-07-22

BANCO SANTANDER RIO SA


POR

WALTER FABIAN NARVÁEZ


El Martillero Walter Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, únicamente a través del Portal www.narvaezbid.com.ar , el día 7 de agosto de 2.025 a partir de las 11:00 horas 11 unidades por cuenta y orden de BANCO SANTANDER RIO S.A. (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962), y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: MOYA, MARIA ESTER BMW, SEDAN 4 PUERTAS, 320 D 2010 JHK104 BASE $ 4.166.800, DELMA, NICOLAS GABRIEL HYUNDAI, RURAL 5 PUERTAS, TUCSON 2WD 2.0 2013 MKN433 BASE $ 20.185.200, ULLOA, DAIANA ROMINA VOLKSWAGEN, SEDAN 4 PUERTAS, VOYAGE 1.6 2010 IXL129 BASE $ 5.103.800, MUGURUSA, JAVIER MARTIN CITROEN, SEDAN 4 PUERTAS, C4 LOUNGE HDI 115 MT6 FEEL PACK 2017 AA960BC BASE $ 9.418.600, PICCHIO, MAXIMO SANTINO BENELLI, MOTOCICLETA, 180 S 2023 A198TNS BASE $ 3.289.100, PABLI, GUILLERMO DAMIAN RENAULT, SEDAN 5 PUERTAS, DUSTER PH2 DYNAMIQUE 1.6 2015 PDH976 BASE $11.607.100, BULACIO, ERIC RENAULT, SEDAN 4 PUERTAS, FLUENCE PH 2.0 LUXE 2016 AA639XP BASE $ 2.508.500, RIOS, ANDREA NATALIA TOYOTA, SEDAN 4 PUERTAS, COROLLA XEI 1.8 6M/T 2014 OFF068 BASE $3.168.900, SOLIS, JUAN JOSE CHEVROLET, SEDAN 3 PUERTAS, CELTA 1.4 LT 2012 LNG396 BASE $3.466.400, NOGUERA, OLGA BEATRIZ SUZUKI, SEDAN 5 PUERTAS, FUN 1.4 2010 ILU967 BASE $2.424.500,CORREA, ALEJO RAFAEL FORD, SEDAN 5 PUERTAS, FOCUS 5P 1.6L N MT S 2014 NZU617 BASE $20.248.900, en el estado que se encuentran y exhiben del 31 de julio al 6 de agosto de 11 a 16 hs. en Hipermercado Carrefour de San Fernando, Panamericana Ramal Tigre y Ruta N°202- Primer subsuelo, San Fernando, Provincia de Buenos Aires. La puesta en marcha de todas las unidades se realizará únicamente de manera virtual (a través de video que se publicará de cada unidad en el sitio web mencionado). Condiciones de la Subasta y utilización del portal para cualquier usuario: Se deberá consultar las mismas en el portal www.narvaezbid.com.ar. Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben y en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos, video y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID. Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e IVA, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial digital e informe de dominio, están a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de gravado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. El informe de las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cuál la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La entidad vendedora y/o el martillero actuante no se responsabilizan por los plazos y demoras que se pudieran generar ante eventuales normas y/o disposiciones que establezca suspensiones en la posibilidad de inscripción de transferencias dominiales ante Registro de la Propiedad Automotor de unidades adquiridas en la subasta. El retiro de la unidad se realizará con turno previo confirmado por el martillero actuante. Transcurridos los 7 días corridos de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Banco Santander Rio S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 21 de julio 2025.- Walter Fabian Narvaez Martillero Publico Nacional. Mat 33 F 230 L 79.

$ 509,85 545014 Jul. 22

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BANCO COMAFI S.A.


REMATEPOR

MARCELO A MORO


Por cuenta y orden Acreedor Prendario BANCO COMAFI S.A.- CUIT: 30-60473101-8-Domicilio: R.S Peña N° 660-Ciudad Autónoma de B.Aires., se hace saber que Martillero Publico Sr Marcelo A Moro.(Matricula 1759-M-174)-(CUIT:20-14815546-2), venderá en pública subasta conforme normas Art. 39-Ley Nacional 12962 y Art.585 Código Comercio, FECHA 6 DE AGOSTO DE 2025, A LAS 11:00 Hs, en Colegio de Martilleros -sito en calle Moreno 1546-Rosario (SF), a la vista y estado en que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores a la subasta, con la base de $ 29.500.000; Retasa y ultima base 50% o sea la suma de $ 14.750.000 al mejor postor, lo siguiente : “Un Automotor FORD, , mod. Ranger DC 4x2 XLT AT 2.2L D.Tipo: Pick-UP, motor Nº QJ2SMJ231680, chasis N° 8AFAR22KXMJ231680-Año 2021- Dominio: AE795NQ”. Impuestos, patentes, multas adeudadas y gastos totales de transferencia a cargo del comprador. Pago 10% en el acto y saldo dentro 48 hs hábiles Transferencia Bancaria. Comisión 10%. (Efectivo o transferencia Bancaria) -Entrega una vez acreditado el pago total. IVA-si correspondiere- a cargo del adquirente,. Informa Registro Automotor 21001-Alcorta (SF) . Consta inscripto dominio a nombre de RICONDO RAUL MIGUEL (100%) DNI 13528951-CUIT 20-13528951-6 domicilio Falucho 932-Maximo Paz (SF) .---Prendas/ Medidas Cautelares: 1) Inhibición: Autos: AFB AVALESS.G.R C/ Participar sa Y Otros s/ Ejecutivo (Expte 24265/2024) Juzg Nacional Primera Instancia en lo Comercial 12-Secretaria 120-Sito: Marcelo T de Alvear 1840-PB-CABA.-(Reinscrita:No -Levantada: No.

2) Prenda: Acreedor: Industrial And Commercial Bank Of China (Argentina) SA .1er Grado.CUIT 30-70944784-6.Domicilio: Florida 99. Capital Federal.-Inscripcion: 18/05/2021-Monto: $ 1.000.000.-

3) Prenda: Banco Comafi SA .2do Grado.CUIT 30-60473101-8.Domicilio: Pte Roque S.Peña N° 660-CABA.-Inscripcion: 30/09/2024-Monto: $ 19.173.554.-

4) Prenda: Acreedor: Richetta y Cia SA SA .3er Grado.CUIT 30-57613383-5. Domicilio: Av Sabattini N° 422-Cordoba.-Inscripcion: 29/10/2024-Monto: $ 20.000.000.-Tramites Pendientes: Informe Multas por Infracciones de Transito -Fecha 08/07/2025.-Revisarlo: Dias 04 y 05 de AGOSTO de 2025 de 2025, de 15 a 17 Hs. En Deposito de calle El Payador 6781 (Ruta 18, Km 7) Alvear (SF). Informes a los Martilleros Moro Marcelo-Cel-341-3-394148 y/o De Genaro Ruben Cel: 341-3-046408. Se hace saber a sus efectos legales. Rosario (SF), Julio 21 de 2025.-Fdo. Martillero Moro Marcelo Antonio-DNI 14,815,546,-

$ 600 545002 Jul. 22 Jul. 28

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN

Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA DE ROSARIO,


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Disposición Administrativa N° 180/25 de Fecha 17 de Julio de 2025, el Director Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia – Rosario - Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N° 17.675, Nº 17.674, Nº 17.673 y Nº 17.676 referenciada administrativamente como: “ NANNINI, THIAGO DANIEL – DNI N.º 51.102.557 – NANNINI, NAIARA – DNI N.º 52.876.458 – CASCO, NAEL EZEQUIEL – DNI N.º 55.099.141 – CASCO, CAMILA MILAGROS – DNI N.º 55.935.619 - S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, sírvase notificar por este medio a la SRA. JOANA ROCÍO NANNINI - DNI 36.454.300 - y al Sr. JORGE DANIEL CASCO - DNI 27.036.937 – AMBOS CON DOMICILIO EN CALLE DANIERI N.º 3020 – PASILLO AL FONDO - DE LA CIUDAD DE ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE - que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 17 de Julio de 2025, DISPOSICIÓN Nº 180/25 VISTO... CONSIDERANDO.... DISPONE: 1.- DICTAR el acto administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a los niños THIAGO DANIEL NANNINI – DNI N.º 51.102.557 – Nacido en Fecha 09 de Enero de 2011 - NAIARA NANNINI – DNI N.º 52.876.458 - Nacido en Fecha 06 de Octubre de 2012 – hijos de la Sra. Joana Rocío Nannini – DNI N.º 36.454.300 – con domicilio en calle Danieri N.º 3020 – Pasillo al Fondo – de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, sin filiación paterna acreditada y los niños NAEL EZEQUIEL CASCO – DNI N.º 55.099.141 - Nacido en Fecha 11 de Febrero de 2015 – y CAMILA MILAGROS CASCO – DNI N.º 55.935.619 – Nacida en Fecha 10 de Diciembre de 2016 – hijos de la Sra. Joana Rocío Nannini – DNI N.º 36.454.300 – y del Sr. Jorge Daniel Casco – DNI N.º 27.036.937 – ambos con domicilio en calle Danieri N.º 3020 – Pasillo al Fondo – de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.- 2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional a los progenitores y/o representantes legales y/o guardadores de los niños.- 3.- DISPONER la notificación la adopción de lo resuelto y solicitar el Control de Legalidad al Juzgado Unipersonal de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art 62 de la Ley nº 12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente ARCHÍVESE.- Fdo. Dr. Rodrigo Lioi Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano.- Rosario.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de la provincia de Santa Fe y/o profesional de su confianza. Asimismo, se le hace saber que podrá concurrir con los profesionales mencionados a las entrevistas ante este organismo administrativo.- Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dec 619/10: Ley Nº 12.967 ART. 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ART. 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ART. 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Dto 619/10: ART. 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa sin que puedan ser retiradas.-ART 62: RECURSO. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.-

S/C 46633 Jul. 22 Jul. 24

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POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


EDICTO


En la ciudad de Santa Fe, a los 21 días del mes de julio de 2025, se procede a notificar mediante el presente a la señora TATIANA ESTEFANÍA PATIÑO (Clase 1991 - CUIL 27-40278922-6), del Decreto Nº 1255/25 del Gobernador de la Provincia (SIE : 00201-0201126-7), del cual se transcriben sus partes fundamentales: ARTÍCULO 1º: Recházase, por improcedente, el recurso de revocatoria interpuesto, a través de apoderado, por la ex empleada policial TATIANA ESTEFANÍA PATIÑO (Clase 1991 - CUIL 27-40278922-6), contra el Decreto Nº 2641 de fecha 26 de noviembre de 2021, por el cual se le aplicó la sanción disciplinaria de destitución. ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese. SANTA FE "Cuna de la Constitución Nacional", 17 de junio de 2025. Fdo.: Pablo Cococcioni y Maximiliano Nicolás Pullaro.

Asimismo se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y del Decreto Provincial Nº 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 21 de julio de 2025. Fdo. Comisario Supervisor Lic. María Verónica Mandar, Jefa de la División Personal de la Unidad Regional I (Dpto. La Capital).

S/C 46629 Jul. 22

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MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACION PUBLICA


RESOLUCION Nº 582/2025

SANTA FE

Lunes 21 de Julio de 2025


Referencia: 00101-0332089-9


VISTO:

El Expediente N° 00101-0332089-9 del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician en fecha 15/04/25 en virtud del pedido formulado por el Consejo Superior del Colegio de Escribanos al señor Secretario de Gestión de Registros Provinciales del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública respecto al Legajo Letra B-64 del año 2024 a los fines que, por su intermedio, el Poder Ejecutivo acepte la renuncia de la Escribana Paola Fernanda Bizzotto - DNI N° 29.387.337- y se declare vacante el Registro Notarial N° 608 con asiento en la ciudad de Santa Fe;

Que obran en las actuaciones nota de renuncia de la Escribana Bizzotto como titular del mencionado Registro, dirigida a la señora Presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 1ra. Circunscripción e informe de la Secretaría del Colegio de Escribanos, del cual se desprende que la misma se haya inscripta en la matricula profesional bajo el N° 929; y registra los siguientes antecedentes: el 4 de julio de 2018 tomó posesión como Titular del Registro Notarial N° 608 con asiento en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital y desde el 13 de septiembre de 2023 se encuentra suspendida preventivamente en sus funciones;

Que, además, se encuentra en el expediente la Resolución N° 2983/25 y el Acuerdo N° 011/25 mediante el cual los miembros del Consejo Superior del Colegio de Escribanos resuelven elevar al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe la renuncia presentada, aconsejando su aceptación y se declare la vacancia del citado registro, con la expresa salvedad que la renunciante continúe vinculada al proceso sumarial mencionado precedentemente y de merecer sanción expulsiva, se transformará la aceptación de la renuncia en suspensión por tiempo indeterminado o destitución, según corresponda;

Que, posteriormente, el Tribunal de Superintendencia del Notariado de la Circunscripción Judicial N° 1 ha dictado sentencia resolviendo la destitución de la Escribana Paola Fernanda Bizzoto como titular del Registro Notarial N° 608 con asiento en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe;

Que, en consecuencia, el Secretario de Gestión de Registros Provinciales del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, atento a la sentencia judicial, reencauza la gestión para proceder a la declaración de la vacancia del Registro mencionado ut supra, por destitución de su titular;

Que el Ministro de Gobierno e Innovación Pública se encuentra facultado para dictar el acto en virtud de lo establecido por el artículo 14 inciso 40) de la Ley de Ministerios N° 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:


ARTÍCULO 1°: Declárese la vacancia del Registro Notarial N° 608, con asiento en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, en virtud de la sanción de destitución de su titular, Escribana Paola Fernanda Bizzotto - DNI N° 29.387.337, emitida por el Tribunal de Superintendencia del Notariado de la Circunscripción Judicial N° 1.

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 46631 Jul. 22 Jul. 24

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MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACION PUBLICA


RESOLUCION Nº 581/2025


SANTA FE

Lunes 21 de Julio del 2025


Referencia: 00101-0333173-6


VISTO:

El Expediente N° 00101-0333173-6 del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, mediante el cual se gestiona la aceptación de renuncia presentada por la Escribana Alba Rosa Marozzi, como titular del Registro Notarial N° 593 con asiento en la ciudad de Santa Clara de Buena Vista, departamento Las Colonias, del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 1ra. Circunscripción; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician en fecha 04/07/25 en virtud del pedido formulado por el Consejo Superior del Colegio de Escribanos al señor Secretario de Gestión de Registros Provinciales del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, respecto al Legajo Letra M-20 del año 2025 a los fines que, por su intermedio, el Poder Ejecutivo acepte la renuncia presentada por la Escribana Alba Rosa Marozzi;

Que obran en las actuaciones nota de renuncia de la interesada al citado registro dirigida a la señora Presidenta del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 1ra. Circunscripción, informe de la Contaduría del Colegio de Escribanos de que la misma no posee deudas ni aportes pendientes de pago, informe del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos - 1ra. Circunscripción del cual se desprende que la escribana Marozzi se halla inscripta en la matrícula de la Primera Circunscripción bajo el N° 571 y registra los siguientes antecedentes: fue adscripta del Registro Notarial N° 471 de Santa Clara de Buena Vista, desde el 24 de noviembre de 1989 y hasta 06 de septiembre de 1995, fecha en que pasó a desempeñarse ininterrumpidamente como titular del Registro Notarial N° 593 con igual asiento; registrando una antigüedad en el ejercicio de la función notarial de 35 años, 6 meses y 10 días a la fecha del 02 de junio de 2025; como también copia de la Resolución N° 2990/25 del citado Consejo Directivo y del Acuerdo N° 020/25 de la Secretaría del Colegio de Escribanos, mediante el cual los miembros del Consejo Superior del Colegio de Escribanos resuelven elevar al Poder Ejecutivo de la Provincia, la renuncia presentada, aconsejando su aceptación y se declare la vacancia del citado registro;

Que el Ministro de Gobierno e Innovación Pública se encuentra facultado para dictar el acto en virtud de lo establecido por el artículo 14 inciso 40) de la Ley de Ministerios N° 14224;

POR ELLO:


EL MINISTRO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:


ARTÍCULO 1°: Acéptese la renuncia presentada por la Escribana Alba Rosa Marozzi DNI N° 5.269.029, como titular del Registro Notarial N° 593 con asiento en la ciudad de Santa Clara de Buena Vista, departamento Las Colonias, del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 1ra. Circunscripción.

ARTÍCULO 2°: Declárese vacante el Registro Notarial N° 593 con asiento en la ciudad Santa Clara de Buena Vista, departamento Las Colonias, provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 46630 Jul. 22 Jul. 24

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MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN


RESOLUCION Nº 11316/2025


SANTA FE

Lunes 21 de Julio de 2025


Referencia: EE-2025-00011316-APPSF-PE


VISTO:

El Expediente EE-2025-0001 1316-APPSF-PE del Sistema TIMBO, mediante el cual la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que la ley N° 14.224, en su artículo 14º, incisos 34 y 35, asigna al Ministerio de la Gobierno e Innovación Pública; las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, anteriormente Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se aprobó oportunamente su organigrama funcional por Decreto N° 173/15, creándose diversos órganos interministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1º transfirió a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gestión Pública a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4º inciso -b) “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido en relación con el costo que implique mantenerlo en el lenguaje original o cuando se encuentre dentro de la situación en la que no existan en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar el nivel de servicio requerido”, que es el caso en el que se encuentra el presente requerimiento;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismos no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe; en carácter de excepción, a usar el software propietario peticionado;

Por ello;


EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

- 7 (siete) licencias Windows 11 PRO o posterior.

- 7 (siete) licencias Adobe InDesign 2022 última versión.

- 7 (siete) licencias Microsoft office Profesional última versión.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C 46629 Jul. 22 Jul. 24

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MUNICIPALIAD DE SAN JUSTO


DECRETO Nº 107/2025


San Justo (Sta. Fe), 17 de Julio de 2.025.


VISTO:

La Ordenanza Nº3626/2025, y;

CONSIDERANDO:

Que tal normativa autoriza al Intendente Municipal a gestionar fondos no reintegrables para la adquisición de equipamientos y rodados para el Municipio.

Que para tal adquisición resulta necesario disponer el respectivo llamado a Licitación Pública, conforme así lo establece la Ordenanza Nº 1509 y sus modificatorias:

Por ello:


EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN JUSTO

DECRETA:


Art. 1°) Dispónese el llamado a Licitación Pública Nº 01/2025, para la Adquisición de una (1) Barredora Autopropulsora y de Cuatro (4) motocicletas eléctricas conforme a la documentación que integra el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.

Art. 2°) Fíjase el plazo límite para la presentación de las ofertas el día Jueves 21 de Agosto de 2.025, a las 10,00 hs. y para la apertura de ofertas a las 10,30 hs. del mismo día, en el Palacio Municipal de la Municipalidad de San Justo, Independencia 2525, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe.

Art. 3°) Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones disponibles en Secretaría de Hacienda del Municipio.

Art. 4°) Publíquese el correspondiente Aviso de llamado a Licitación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en medios de prensa locales.

Art. 5°) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y archívese.

$ 2000 544936 Jul. 22 Ago. 4

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COMUNA DE SAN FRANCISCO


REGISTRO DE OPOSICION


La Comuna de San Francisco solicita la publicación en el BOLETÍN OFICIAL durante 2 (dos) del:

REGISTRO DE OPOSICION – EXPEDIENTE Nº 16101-0184593-5

EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N.º 8896 y SU MODIFICATORIA

Ley 14.295 SE PROCEDERÁ A LA APERTURA DEL Registro oposición proyecto de obra: “Pavimentación R.P.Nº 7-S, tramo: San Francisco - Venado Tuerto” bajo el régimen de contribución de mejoras.

TIPO DE OBRA: PAVIMENTACIÓN DE 19,8 KM.

VALOR TOTAL ESTIMADO DE LOS TRABAJOS $ 20.910.000.000,00 (pesos veinte mil novecientos diez millones).

PLAZO ESTIMADO DE EJECUCIÓN: 18 MESES

MONTO TOTAL ESTIMADO DE LA CONTRIBUCIÓN: $ 3.800.000.000,00 (tres mil ochocientos millones)

MONTO ESTIMADO INDIVIDUAL POR PARTIDA: a consultar en planilla adjunta.

FORMAS DE PAGO DISPONIBLES: 1) PAGO ANTICIPADO; 2) HASTA EN 36 CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS (SUP. > 50 Ha); 3)HASTA EN 60 CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS (SUP. <::S 50 Ha)

FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE OPOSICIÓN:

- FECHA DE APERTURA: 26/05/2025

- FECHA DE CIERRE: 25/07/2025

- LUGAR DE FUNCIONAMIENTO: DPV - JEFATURA DE ZONA VII - VENADO TUERTO sita en R.P. N.º 33 KM. 630/631

- HORARIO DE ATENCIÓN: 7.00 a 12.00 hrs.

REQUISITOS PARA FORMULAR OPOSICIÓN:

Podrán registrar su oposición a la ejecución de la obra bajo el mecanismo de contribución por mejoras únicamente los titulares o poseedores de los inmuebles afectados, quienes deberán concurrir personalmente al sitio indicado, portando:

-DNI

- Copia certificada del título de propiedad o documento que acredite la posesión legítima del inmueble.

- Documento que acredite las facultades del firmante para formular oposición.


IMPORTANTE: las oposiciones manifestadas tendrán validez únicamente si cumple con los requisitos establecidos en la normativa mencionada. La información registrada será evaluada conforme a lo dispuesto por la autoridad competente.


NOTA: LOS ANEXOS SE PODRAN VER EN LA PAGINA DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

$ 90 544817 Jul. 22 Jul. 23

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INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA


NOTIFICACION


Exp. Letra INº 323698/1 “MI SUELO - ENRIQUEZ MILAGROS - SUPLENTE 142” el Instituto Municipal de la Vivienda (en adelante IMV) cita y emplaza a ENRIQUEZ MILAGROS, DNI: 43.005.014 y SEQUEIRA JEREMIAS, DNI: 39.456.848 en su carácter de suplente sorteado del loteo “MI SUELO” realizado el día domingo 19 de mayo de 2024, a que en cumplimiento de la Resolución 11/2024 del Directorio del IMV presente siguiente documentación:

1. DNI y fotocopia del titular y su grupo familiar (de corresponder).

2. Acta de Matrimonio o Certificado de Unión Convivencial debidamente actualizados, expedidos por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (de corresponder).

3. Documentación que acredite los diez años de residencia en la ciudad (pueden ser servicios, recibos de sueldo, libretas escolares u otra documentación que acredite un domicilio en Rafaela con 10 o más años de antigüedad).

4. Dos (2) últimos recibos de sueldo del aspirante y su grupo familiar (trabajadores en relación de dependencia) o dos (2) últimos comprobantes de pago de monotributo y/o declaración jurada de ganancia y/o declaración jurada del impuesto a los ingresos brutos para los autónomos.

5. Misma documentación mencionada en los incisos 1 y 4 del o los garantes solidarios que se presentarán.

- Asimismo, deberá informar su apellido materno a los fines de solicitar el informe respectivo en el Registro de la Propiedad de Inmuebles de la Provincia de Santa Fe a los fines de determinar si es propietario de bienes inmuebles en la Provincia de Santa Fe.

Se le hace saber que en caso de necesidad, desde el IMV se puede solicitar documentación complementaria y que la misma quedará sujeta a revisión por la comisión evaluadora.

Dicha documentación deberá ser presentada en el plazo perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles bajo apercibimiento de dar de baja su inscripción como suplente al citado plan.

Para consultas o presentación de documentación completa deberá presentarse en nuestras oficinas, sita en Güemes 365, de 7:30 a 12:30 hs..

$ 52,50 544902 Jul. 22

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PILAY S.A.


AVISO


POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, Nº0437 DEL GRUPO PV SUSCRIPTO EN FECHA 05/03/2015 ENTRE PILAY S.A. Y LA SRTA. ALINA LUCILA AÑON, D.N.I. Nº22.215.426, HA SIDO EXTRAVIADO POR LA MISMA.

$ 50 544900 Jul. 22

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AVISO


POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, Nº 0476 DEL GRUPO PV03 SUSCRIPTO EN FECHA 28/02/2013 ENTRE PILAY S.A. Y LA SRTA. MARIA GABRIELA AÑON, D.N.I. Nº 21.048.691, HA SIDO EXTRAVIADO POR LA MISMA.

$ 50 544898 Jul. 22

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POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, Nº 0857 DEL GRUPO PV01 SUSCRIPTO EN FECHA 28/02/2013 ENTRE PILAY S.A. Y LA SRTA. MARIA GABRIELA AÑON, D.N.I. Nº 21.048.691, HA SIDO EXTRAVIADO POR LA MISMA.

$ 50 544897 Jul. 22

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POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN Nº 0531 DEL GRUPO PV SUSCRIPTO EN FECHA 05/03/2015 ENTRE PILAY S.A. Y LA SRTA. MARIA GABRIELA AÑON, D.N.I. Nº 21.048.691, HA SIDO EXTRAVIADO POR LA MISMA.

$ 50 544899 Jul. 22