picture_as_pdf 2025-07-21


ROSARIO

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JUZGADO UNPERSONAL


Por disposición del Señor Juez a cargo del JUZGADO UNPERSONAL RESP. EXTRACONTRACTUAL – 8VA. NOM. Localidad: ROSARIO, DR. IGNACIO AGUIRRE, dentro de los autos caratulados "BOCCALANDRO, DIEGO ALBERTO Y OTROS C/ALBERTI, JUAN PABLO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. Nº CUIT Nº 21-11890583-8.- se ha resuelto lo siguiente: "ROSARIO, 15 de Septiembre de 2023 Por presentado, domiciliado y por parte a mérito de las copias de los poderes acompañados, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a la demandada ALBERTI JUAN PABLO y aseguradora denunciada ANTARTIDA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda y su adecuación dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reserva de plantear el Recurso de Inconstitucionalidad (Ley 7055) y el Recurso Extraordinario (Ley 48) ante las CSJ de la Provincia de Santa FE y de la Nación respectivamente. Acredite su nº de CUIT y su condición fiscal a los fines regulatorios. Ofíciese al RNPA a efectos de individualizar al titular del dominio DDM 664, MPA, AFIP, CENTRO MÉDICO IPAM, como lo solicita. Concédase al actor Sr. DIEGO ALBERTO BOCCALANDRO DNI N.º 32.968.134 y GISELA SAMANTA LUCERO DNI Nº 28.566.105, cuyos demás datos de identidad se encuentran acreditados en autos, el beneficio de litigar sin gastos contra los accionados en los presentes (arts. 332, 333, 335 y cons. Del CPCC). Córrase TRASLADO a la contraria por el término de tres días (art. 89 del CPCC) a los fines de la oposición que refiere el mencionado art. 333 del CPCC, debiendo ofrecer toda la prueba conjuntamente con dicha oposición (arg. Art. 333 2do. Párrafo del CPCC). Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro. 48/2017 y 8/2018.- En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma debiendo asentar en la diligencia efectuada dicha información a los fines pertinentes. (arts. 35 y 87 CPCC)." Y OTRO: "ROSARIO, 30 de Mayo de 2024 Agréguese el informe acompañado. Con noticia de parte, téngase por ampliada la demanda contra ROMINA PAOLA OLIVERA y notifíquese a la misma el proveído de fecha 15 de Septiembre de 2023 en el domicilio denunciado. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos, si la misma vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de Nulidad del mismo, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicha información a los fines pertinentes. (Expte. Nº 21-11890583-8)" Y OTRO: "ROSARIO, 1O de Diciembre de 2024 Hágase saber a las partes que, ante el comienzo de la vigencia de la ley 14264 el día 09 de diciembre del corriente año 2024, el presente proceso quedará radicado ante el Juzgado de Primera de Distrito de Responsabilidad Extracontractual Nº 8 de Rosario, a cargo del Dr. IGNACIO V. AGUIRRE (arts. 44, 45 y 46 de la ley 14264). Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese a la demandada OLIVERA ROMINA PAOLA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. NOTIFIQUESE. “FDO. DR. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez).- Por lo expuesto, se publican los presentes edictos a los fines de notificar a la demandada SRA. ROMINA PAOLA OLIVERA (DNI 28.536.373) a comparecer a estar a derecho en el término ley a contar desde la última publicación de los presentes edictos, dentro de los autos caratulados "BOCCALANDRO, DIEGO ALBERTO Y OTROS C/ALBERTI, JUAN PABLO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. Nº CUIJ Nº 21-11890583-8.- de trámite ante el JUZGADO UNPERSONAL RESP. EXTRACONTRACTUAL - 8VA. NOM. Localidad: ROSARIO. Dra. Valeria Bartolome, Prosecretaria.

$ 500 544667 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de Rosario, Dra. Mariana Silvia Varela, dentro de los autos caratulados "RIVEROS CABAÑAS, OSCAR Y OTROS C/ PEITI, FABIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ N.º 21-11880484-5.- se ha dictado lo siguiente: "ROSARIO, 28 de Abril de 2025 Por contestado oficio. Agréguense copias de legajo penal que se remiten. Hágase saber a las partes que por implementación de la Ley nro. 14.264 y aclaratoria, complementada por el punto 13 del Acuerdo Nro. 6 de fecha 4 de diciembre de 2024 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 con la Dra. Mariana S. Varela como Jueza de Trámite, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 a su cargo, siendo la Secretaria de trámite la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA.".- Y OTRO: "ROSARIO, 12 de Junio de 2025 Agréguense las constancias en copia acompañadas por el Dr. Manuel Palena. Atento lo solicitado: fijase fecha de audiencia de vista de causa (art. 555, CPCCSF) para el día 2 de julio de 2025 a las 13:00 hs., la cual se realizará en forma presencial. HAGASE SABER QUE PREVIO A LA CELEBRACIÓN DE AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA O EN SU DEFECTO AL MOMENTO DE CELEBRARSE LA MISMA DEBERÁ EL DR. MATÍAS MASTRANGELO ACREDITAR LA PERSONERÍA INVOCADA EN AUDIENCIA CELEBRADA EN FECHA 21 DE DICIEMBRE DE 2023 (CUYA ACTA OBRA A FS. 137 DEL EXPEDIENTE FÍSICO). NOTIFÍQUESE POR CÉDULA." FDO. DRA. MARIANA SILVIA VARELA (JUEZA) - DRA. ELIANA GUTIERREZ WHITE (SECRETARIA).

ARTICULO l 62 C.P.C.C.S.F.: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación 110 menores de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente.ARTICULO 559. Si el actor, sin causa debidamente justificada con anterioridad a la iniciación del acto, no concurriese a la audiencia, se lo tendrá por desistido de la demanda y se pondrán a su cargo las costas causadas. Si no lo hiciere el demandado, para el caso de que hubiere contestado la demanda, la recepción de las pruebas se limitará a las del actor. Si fueren ambas partes las inasistentes, se declarará caduco el proceso y se impondrán las costas por su orden. ARTICULO 563. El tribunal podrá disponer la conducción inmediata por la fuerza pública de testigos, peritos y fancionarios u otros auxiliares, cuya presencia fuera necesaria y que citados en forma no hubieran concurrido sin causa justificada, invocada y probada antes de la hora de la audiencia.

Por lo expuesto, se publican los presentes edictos a los fines de notificar al demandado SR. FABIO PEITI de la prueba confesional ordenada debiendo concurrir el día 02 de Julio del 2025 a las 13:00 horas muñido de su documento de identidad en el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de Rosario sito en calle Balcarce Nº 1651 1º piso a fin de tomársele audiencia confesional, BAJO APERCIBIMIENTOS DEL ARTICULO TRANSCRIPTO ANTERIORMENTE, es decir, que en caso de no concurrir a la Audiencia será tenido por confeso y por ciertos los hechos afirmados por la parte actora en el pliego de absolución de posiciones, dentro de los autos caratulados "RIVEROS CABAÑAS, OSCAR Y OTROS C/PEITI, FABIO S/DAÑOS Y PERJUICIOS”CUIJ N°21-11880484-5 de trámite ante el juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N°1, Localidad: ROSARIO. Rosario 23 de Junio 2025.

$ 300 544668 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de la ciudad de Rosario a cargo de: Dra Mariana Varela Juez), Secretaría: Ora Gutierrez White (Secretaria) en autos caratulados: FRANCISCO, JUAN MANUEL C/ LEWY, DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS 21-11894302-0" se ha dispuesto hacer saber mediante EDICTOS al demandado DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN LEWY que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días, ordenándose la publicación por el término de ley del siguiente edicto: ROSARIO, 19 de junio 2024. Únase por cuerda con el Expte. CUIJ Nº 21-12645719-4 (548/2024) "FRANCISCO, JUAN MANUEL C/ BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO Y OTROS S/ ASEGURAMIENTO DE PRUEBAS". Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a LEWY DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN, BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO y la citada en garantía LA SEGUNDA COOPERATIVA LTDA. SEGUROS GENERALES para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro. 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Hospital Italiano, al SIES y al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Mariana Varela. Fdo Dra. Várela juez)"...... ROSARIO, 23 de Diciembre de 2024 A lo solicitado: previo a todo trámite, acredítese notificación de decretos de fecha 19 de junio de 2024 y 2 de septiembre de 2024 al demandado DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN LEWY y, en su caso, peticione lo que corresponda en relación al mismo. Hágase saber a las partes que por implementación de la Ley nro. 14.264 y aclaratoria, complementada por el punto 13 del Acuerdo Nro. 6 de fecha 4 de diciembre de 2024 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 con la Dra. Mariana S. Varela como Jueza de Trámite, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nro. 1 a su cargo, siendo la Secretaria de trámite la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. Fdo Dr. Lanza (prosecretario)". ROSARIO, 12 de Junio de 2025 Notifíquese al demandado DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN LEWY (D.N.I. Nº 93.707.021) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en la nueva sección "Edictos" del sitio web institucional del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF y lo resuelto por la CSJSF en el Acuerdo celebrado en fecha 11/02/2025, Acta Nº 3. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado DAVID FLORENTINUS MAXIMILLIAN LEWY que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse los decretos de fecha 19-06-2024, 23/12/2024 y el presente proveído.- Fdo Dra Varela Juez). ROSARIO 17 de Junio de 2025.-


$ 500 544670 Jul. 21 Jul. 23

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de los Sres. Miembros de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial - Sala IV -, a cargo de los Dres. JUAN J. BENTOLILA, GERARDO F MUÑOZ y JUAN P CIFRÉ (Jueces) Secretaría de la Dra. M. LAURA GERVASONI dentro de los autos caratulados: MARTÍNEZ DANIEL CARLOS c/YOLISER SOCIEDAD EN Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ N° 21-25383259-9, se ha ordenado lo siguiente notificar por edictos en forma ordinaria debiendo publicarse tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación conforme lo dispuesto por el Art. 73 CPCCP del siguiente Acuerdo: T° 2024 Nº 397 – ROSARIO, 27/12/2024; Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... Por ello, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, RESUELVE: 1) Rechazar los recursos deducidos a fs. 260 por la demandada, contra la Sentencia N° 747, de fecha 31.05.2022, obrante a fs. 253 y ss. II) Imponer las costas a la actora. (II) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. IV) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: MARTÍÑEZ, Daniel Carlos c/Yoliser S.C.A. y Otros s/Prescripción adquisitiva; Expte. N° 312/2022, CUIJ N° 21-25383259-9). Fdo. Dres. JUAN J BENTOLILA - GERARDO E. MUÑOZ - JUAN P. CIFRÉ (Jueces); Dra. M. LAURA GERVASONI (Secretaria). Rosario, 28 de Julio de 2025. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.


$ 52,50 543330 Jul. 21 Jul. 23

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La Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Sala IIº) de Rosario, cita por el término de cinco días de la última publicación, a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CERRO NESTOR FABIAN, D.N.I. 16.728.324, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos HÁBITAT S.R.L. c/CERRO, NESTOR FABIAN s/EJECUCION HIPOTECARIA; CUIJ 21-02943652-2, bajo apercibimientos legales. Fdo. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, (Prosecretaria).

$ 100 542441 Jul. 21 Jul. 23

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral Nº 9 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: LEZCANO LUISA RAMONA c/BONAGLIA LIDIA CELESTINA s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-04188616-9, se cita y emplaza a los herederos de la causante LIDIA CELESTNA BONAGLIA, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Ello así, conforme decreto que en su parte pertinente se transcribe: ROSARIO, 27 de Noviembre de 2024. Con los autos a la vista, se agrega escrito cargo Nº 38603/24 y se provee: Atento lo informado por el Registro de Procesos Sucesorios y en virtud de las constancias de autos, diese por edictos a los herederos de la demandarla BONAGLIA LIDIA CELESTINA, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimiento que en caso de incomparendo se le designará un defensor ad-hoc -arg. art. 45, CPL. Notifíquese por cédula al domicilio de calle Jujuy 2876 de Funes conforme partida de defunción obrante a fs. 65. Fdo. BURGIO (JUEZ); OLAZARRI SECRETARIA). Lo que se publica, a sus efectos, en el BOLETIN OFICIAL, y se fija en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal conforme lo dispuesto en el artículo 45 CPL. Rosario, 30 de Mayo de 2025. Dra. Natalia L. Di Giorgio, Secretaria (S).

S/C 543269 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Laboral de la 8ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado informar por tres días consecutivos que se ha designado a la Dra. Cavallero Silvana como defensora ah hoc del actor fallecido Sr. VENTURA RODOLFO (DNI 12.520.341). Todo así como lo ordena en los Autos Caratulados: VENTURA RODOLFO c/LA SEGUNDA ART s/LEY 24557 CUIJ 21-03702493-4 de mayor abundamiento se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: ROSARIO, 25 de Febrero de 2025 Conforme designación por sorteo efectuada en autos, téngase presente la aceptación del cargo efectuada por la Dra. CAVALLERO SILVANA como defensora ad hoc del actor fallecido RODOLFO VENTURA. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. QUAGLIATTI SILVANA (Jueza). Dra. Romina Trivisonno, Secretaria.

S/C 542597 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Laboral 8ª Nominación de la ciudad de Rosario y en autos: FRANCOBIA SERGIO ANDRES c/FRIKLER JUAN VICTOR s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-04215022-0, Nº Expediente: 722/2023, se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 31 de Marzo de 2025; Téngase presente lo manifestado. En virtud de lo informado por el oficial notificador a fs. 67 y con el objeto de evitar futuras nulidades (art. CPCC), previo a todo trámite notifique por edictos al demandado FRIKLER JUAN VISTOR, bajo el apercibimiento contenido en el art. 45 del CPL. Fdo. Dra. Romina P. Trevisonno (Secretaría); Dra. Silvana L. Quagliatti (Juez), otro: Rosario, 07 de junio de 2023; Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado merito del poder especial que acompaña. Désele la participación que por derecho le corresponda. Acompañe la boleta de aporte inicial; Por iniciada la acción que expresa contra JUAN VICTOR FRIKLER, Cítese y emplácese a la demandada para que comparezca a esta a derecho, a contestar la demanda y ofrecer su prueba dentro del plazo de 10 día, bajo los apercibimientos contenidos en los art. 44 y 50 del CPL, (modificado por Ley N° 13039). Téngase presente la prueba ofrecida. La documental ofrecida para ser reservada en Secretaría quedará en poder del intensado hasta ser requerida por el Juzgado. A la documental intimativa, en ocasión de la audiencia de trámite. Proveyendo las pruebas adelantadas previstas por el art. 39 f del CPL (modificado por Ley N° 13039), y una vez firme el presente decreto que las ordena, dentro del precitado plazo: A la informativa, ofíciese. Téngase presentes lar reservas formuladas. Asimismo hágase saber a la contraparte que la clave de acceso para acceder al sistema es 7878. Es de estricta aplicación lo dispuesto por los arts. 25 del CPCC y 24 del CPL, a los fines de aplicar el trámite y aliviar el despacho diario. Así también lo dispuesto por el art. 49 bis del CPL. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Romina P. Trivisonno (Secretaria); Dra. Silvana I. Quagliatti (Juez), Otro: ROSARIO, 10 de Agosto de 2023; Por adecuada demanda. Téngase presente la prueba ofrecida. Notifíquese por cédula conjuntamente con el decreto de fecha 07/06/23, Fdo. Dra. Romina I. Trivisonno (Secretaria); Dra. Silvana L. Quagliatti (Juez). Cítese al Sr. FRIKLER JUAN VICTOR, titular del DNI 21.347.073, por el término de tres días a comparecer bajo apercibimientos de rebeldía. Rosario, 23 de Mayo de 2025. Dra. Romina Trivisonno, Secretaria.

$ 100 544086 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia Laboral de la 9ª Nom. de Rosario, se ha ordenado notificar a la demandada GRACIELA ELIZABETH ROMEA, titular del DNI 10.019.523, del siguiente decreto dictado dentro de los autos caratulados MONTIEL SANDRA LORENA DE LOS ANGELES c/ROMEA GRACIELA ELIZABETH Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-04190333-0: ROSARIO. 20 de Marzo de 2025. Al escrito cargo N° 6372/2025 se provee: A los mismos fines y apercibimientos que la anterior, designase audiencia art. 51 del C.P.L., para el día martes 12 de agosto de 2025 a las 09:30 hs. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. GUSTAVO A. BURGIO (JUEZ), Dra. LORENA GARCIA (PROSECRETARIA) haciéndole saber que fue citada a la audiencia del art. 51 C.P.L. fijada para el día martes 12 de agosto de 2025 a las 0930 ha. bajo los apercibimientos contenidos en los artículos 51, 52 y 66 del CPL que a continuación se transcriben:

ARTICULO 51 - (CPL DECRETO 741/19 - TEXTO ORDENADO LEY N° 7945) Audiencia de trámite. Contestada la demanda y, en su caso, la reconvención o vencido el término para hacerlo, el Juez proveerá la prueba ofrecida y fijará de oficio una audiencia que deberá realizarse en un plazo no mayor de treinta días. Las partes deberán comparecer personalmente para lo cual, además de la notificación en el domicilio procesal, se las citará en el real, con una anticipación no menor de tres días, bajo apercibimiento de que la inasistencia injustificada será sancionada con una multa que graduará prudencialmente el Juez, sin perjuicio de otros que en su caso correspondan. Tratándose de personas de existencia ideal, podrán ser representadas por los directores, socios, gerentes o empleados superiores con poder suficiente y debidamente instruidos sobre los hechos debatidos a los fines de asegurar el cumplimiento del objetivo de la audiencia, 1a citación a la audiencia del trámite se realizará con la prevención de que, en casos excepcionales de imposibilidad de concurrir a la misma, las personas físicas deberán hacerse representar en la conciliación por apoderado especial con instrucciones y mandato suficiente. Las notificaciones correspondientes se efectuarán con transcripción de este párrafo. El Juez, o Conciliador Laboral deberá tomar personalmente bajo sanción de nulidad la audiencia de trámite; la que se ajustará al ordenamiento que se dispone a continuación y, en lo pertinente a lo dispuesto en las normas del Título XII BIS, Capitulo III del Código Procesal Laboral: Conciliación: a) intentará conciliar a las partes, no significando prejuzgamiento las apreciaciones que pudiere formular en las tratativas correspondientes; b) la conciliación podrá promoverse en forma total o parcial respecto de las pretensiones deducidas y estará dirigida hacía los siguientes fines: 1. lograr el acuerdo de partes. Si ello se consigue, se concretarán las bases del acuerdo de manera que no afecten los derechos irrenunciables establecidos por las leyes: 2. simplificar las cuestiones litigiosas; 3. aclarar errores materiales; 4. reducir la actividad probatoria en relación a los hechos, tendiendo a la economía del proceso; 5. tenderá a la reducción de la carga documental del proceso, pudiendo restituir la que, en principio, considere innecesaria, dejando constancia en el acta de audiencia de aquella que fuere restituida, debidamente individualizada mediante sello, firma o inicial, debiendo las partes conservarla bajo su responsabilidad, sin perjuicio de que las mismas sean requeridas por la autoridad judicial hasta tanto recayese sentencia firme en el proceso. e) Obtenido un acuerdo entre las partes sobre cualquiera de los aspectos señalados, se hará constar en el acta de audiencia, debiendo ser homologado por el Juez en resolución fundada. La homologación producirá el efecto de cosa juzgada. II - Continuación del Debate: a) Si la conciliación hubiera sido parcial el trámite - proseguirá respecto de los puntos no avenidos, sin perjuicio del procedimiento de pronto pago que establece este Código; b) Si no hubiere conciliación, continuará el procedimiento del juicio en la misma audiencia, III Cuestión de Puro Derecho: Si la cuestión fuere de puro derecho, así se declarará por decisión inapelable, sin perjuicio de los recursos que correspondan contra la sentencia. En estos casos, las partes podrán alegar oralmente en el mismo acto, de cuyo contenido quedará constancia en acta, o presentar un memorial escrito dentro de los cinco días, La sentencia se dictará dentro de los diez días siguientes a la Celebración de la audiencia o, en su caso, de la presentación del memorial o de vencido el plazo para su presentación. IV - Actividad Probatoria: La prueba que hubiere sido ofrecida para su producción anticipada, de acuerdo a la facultad de los incisos “f” de los arts. 39 y 47, deberá proveerse en ocasión de la demanda o contestación. Sin perjuicio de ello, podrá ofrecerse, reiterarse o ampliarse su contenido en esta oportunidad. Cuando hubiere hechos controvertidos o de demostración necesaria en la cuestión principal, el termino de producción de [aprueba será de cuarenta días. Se recibirá la confesional de ambas partes y el reconocimiento de documental por parte del actor. Las partes ofrecerán de inmediato y por su orden toda la prueba de que intenten valerse y que no corresponda ofrecer o no haya sido ofrecida en la demanda, en la contestación, en la reconvención y su contestación. El Juez proveerá en el mismo acto, Cuando alguna diligencia hubiere de realizarse fuera de la Provincia o la naturaleza en la cuestión en debate lo justificara, el Juez, por resolución fundada podrá ampliar el plazo hasta un máximo de veinte días. ARTICULO 52 -(CPL DECRETO 741/19 - TEXTO ORDENADO LEY N° 7945) Casos de incomparecencia. I.- Regla General: La incomparecencia de una o ambas partes a la audiencia de trámite no suspenderá, en ningún caso, la realización de la misma, salvo acuerdo en sentido contrario presentado hasta el día anterior al fijado para su realización. No se podrá suspender la audiencia por este motivo más de una vez, II.- Apoderados: En ningún caso la ausencia de la parte dispensa a su apoderado de concurrir a la audiencia ni de realizar los actos procesales concernientes a la misma; salvo el supuesto contemplado en el párrafo anterior. Si el ofrecimiento de prueba fuera realizado por un abogado o procurador que patrocinó al litigante ausente en alguno de sus escritos anteriores, se tendrá por válido si fuera ratificado por el mismo hasta el tercer día hábil posterior a la audiencia. Dicha ratificación es independiente al hecho que finalmente se justifique o no su ausencia, III.- Justificación de Ausencia: En caso de que una o ambas partes justificaren su inasistencia a la audiencia hasta el tercer día hábil posterior a su realización, el Juez fijará una nueva fecha de audiencia, dentro del período de prueba, al solo efecto de la conciliación y de rendir la confesional del impedido, si esta prueba se hubiere ofrecido oportunamente. En caso contrario, se aplicarán los apercibimientos previstos en este Código para el ausente. ARTÍCULO 66- (CPL DECRETO 741/19 - TEXTO ORDENADO LEY Nº 7945) Notificación, Apercibimiento. Además de la notificación a su apoderado en el domicilio legal, el absolverte será citado en su domicilio real, con una anticipación no menor de tres días; al acto y con apercibimiento de que si faltare sin justa causa será tenido por confeso sobre los hechos expuestos en la demanda o tu contestación, salvo prueba en contrario. Fdo. Dr. GUSTAVO BURGIO (JUEZ), Dra. NATALIA DI GIORGIO (SECRETARIA), Rosario, 18 de Junio de 2025.

S/C 543599 Jul. 21 Jul. 23

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 10 de Rosario y en los autos ALVAREZ, NATALIA ANDREA c/FUENTES BELTRAN, CARLOS s/DIVORCIO; CUIJ 21-11440566-0, se hace saber que se procederá a notificar por edictos al demandado, y se declara el divorcio de los cónyuges, Carlos Marcelo Fuentes Beltrán DNI Español N° 51787439H / DNI N° 95.182.707 y Natalia Andrea Alvarez, Pasaporte Arg. AAC364938/ DNI N° 29.216.451. Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos. A mayor recaudo transcribo lo ordenado: Rosario, 26 de Mayo de 2025. Agréguese la cédula sin diligenciar acompañada. Atento a lo peticionado y las constancias de autos, notifíquese por edictos que se publicarán por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, venciendo el término veinte (20) días después de la última publicación, de conformidad al plazo para recurrir la sentencia. Fdo. Dra. Sibila Lanfranco (Secretaria), Dra. Valeria Viviana Vittori (Jueza). Y esta resolución: N° 25. T° 2025. Rosario, 04 de Febrero de 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Declarar el divorcio de los cónyuges, CARLOS MARCELO FUENTES BELTRÁN, D.N.I. Español N° 51787439H, D.N.I. N° 95.182,707, y NATALIA ANDREA ALVAREZ, Pasaporte arg. AAC364938, D.N.I. Nº 29.216.451, matrimonio inscripto el 3 de febrero de 2020 en la sección 2º del Registro Civil de Madrid, provincia Madrid, España, bajo tomo 00894 página 185. 2.- Oportunamente, ofíciese a la Dirección del Registro Civil que corresponda para - pertinente toma de razón, y expídase testimonio. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Sibila Lanfranco (Secretaria); Dra. Valeria Viviana Vittori (Jueza).

$ 100 543552 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 10 de Rosario y en los autos ALVAREZ, NATALIA ANDREA c/FUENTES BELTRAN, CARLOS s/ALIMENTOS; CUIJ 21-11440715-9, se hace saber que se ha dictado Auto de Alimentos Provisorios a favor de los beneficiarios ADRIEL MÁXIMO FUENTES ALVAREZ, DNI N° 53.774.790, y AINE ADARA FUENTES ALVAREZ, DNI N° 59.907.057, a cargo de su padre, CARLOS MARCELO FUENTES BELTRAN, D.N.I. N° 95.182.707. Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos. A mayor recaudo transcribo lo ordenado: N° 698 T° 2025, Rosario, 05 de Junio de 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Fijar una cuota alimentaria provisoria a favor de los beneficiarios, ADRIEL MÁXIMO FUENTES ALVAREZ, DNI N° 53.774.790, y AINE ADARA FUENTES ALVAREZ, DNI Nº 59.907.057, a cargo de su padre, CARLOS MARCELO FUENTES BELTRAN, D.N.I. N° 95.182.707, en la suma equivalente a dos (2) veces el monto establecido Salario Mínimo Vital y Móvil determinado por el Consejo Nacional del empleo, la productividad y el salario mínimo, vital y móvil del Ministerio de Capital Humano, con más el 50% de los gastos extraordinarios, quien deberá depositar dicho monto en cuenta abierta en el Banco Municipal de Rosario —Sucursal 80-, en el plazo de cinco días de notificada la presente a la orden de éste Tribunal y para estos autos. Se le hace saber que el plazo para el cumplimiento mensual de la cuota alimentaria es del 1 al 10 de cada mes. 2.- Hacer saber al demandado o dispuesto por el artículo 4° de la Ley 11.945, que se transcribe a continuación: Art. 4: Habilita la inscripción en el Registro de deudores alimentarios morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Valeria Viviana Vittori, (Jueza). Dra. Sibila Lanfranco, Secretaria.

$ 100 543023 Jul. 21 Jul. 23

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En los autos caratulados: ROMERO DANIEL c/SALOMON MARIA LUJAN Y OTROS s/Daños y Perjuicios; CUIJ 21-11878149-7, que tramitan ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la 5ª Nom. de Rosario, a cargo del Dr. EDGARDO BONOMELLI, Secretaria de la Dra. ARACELI STEFANELLI, se le hace saber al Sr. Romero Daniel, DNI 42.327.320 que se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 12.03.2025. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Hágase saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024. Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dr. Edgardo Bonomelli, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5, a su cargo Secretaria de la Dra. Araceli Stefanelli. Notifíquese por cédula. Proveyendo escrito cargo N° 43/25: Téngase presente desistimiento formulado respecto de la renuncia al mandato oportunamente formulada. Téngase presente el domicilio legal constituido. De la caducidad interpuesta, traslado a las partes. Notifíquese asimismo a la parte actora en su domicilio real (art. 62 inc. 3 CPCC). Previo informe de Mesa de Entradas. Dra. MAYRA IBAÑEZ (Secretaria). Araceli N. Stefanelli, Secretaria. Rosario, 29 de Abril de 2025.

$ 100 543365 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzgado Unipersonal N° 11 de Familia de Rosario Santa Fe Argentina, en los autos caratulados: SOTO, MARIA MAGDALENA c/NINO, ARNALDO ALFREDO s/FILIACIÓN; CUIJ 21-11401648-6. Se ha ordenado publicar la sentencia que a continuación se describe: ROSARIO, 7 DE MAYO DE 2025. RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar que ESPERANZA MIA ITATI SOTO, DNI N° 54.861.897, nacida en corrientes, el 26 de agosto de 2015, inscripta bajo acta N° 1339, Tomo 169 folio 97, año 2015, en el registro civil de Corrientes, departamento Capital, Provincia de Corrientes, con filiación materna respecto de MARIA MAGDALENA SOTO, DNI Nº 36.909.300, es hija de ARNALDO ALFREDO NINO, DNI N° 32.546.553. 2. Ofíciese a la oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente, acompañando fotocopia integra de la presente sentencia y el documento nacional de identidad del interesado a los efectos de emplazar al actor con tal filiación. 3. Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes durante el término de dos meses de conformidad a lo dispuesto por el art. 70 del CCC. 4. Imponer costas al demandado vencido. 5. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto los profesionales intervinientes acompañen constancia de Inscripción fiscal actualizada, Insértese y hágase saber. Fdo. (S) MA. FLORENCIA MARTINEZ BELLI; (J) ANDREA MARIEL BRUNETTLI.

$ 200 543214 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 4 de Rosario, Dr. GUSTAVO ADOLFO ANTELO (Juez), Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: RUDOLF SANDRA c/AQUINO MANUEL OSCAR s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL; CUIJ 21-11436823-4, se ha ordenado NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS, el siguiente decreto: Rosario, 05 de mayo de 2025. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente lo manifestado. Cítese al demandado por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). Fdo. Gustavo Adolfo Antelo (Juez). Rosario, Mayo de 2025.

$ 100 543281 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia DISTRITO en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, en autos: CAMPORINI ANDRES LISANDRO MARIA c/DI POMPO SERGIO ARIEL s/EJECUTIVO; CUIJ 21-02976498-8, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 23 de noviembre de 2023; Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio EJECUTIVO. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese la inhibición general del demandado, hasta cubrir la suma de $ 3.062.338,38, con más $ 1.000.000, para intereses y costas. Ofíciese al Registro General y al Registro de la Propiedad del Automotor, previo pago del impuesto de sellos art. 19 inc. 7 L.I.A. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos art. 19 inc. 7 L.I.A. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Acredite inscripción de APIP debidamente actualizada Previo a todo; acompañe documental original para ser reservada en Secretaria. Notifíquese. Fdo. Dr. LUCRECIA MANTELLO (JUEZ); Dra. SILVINA RUBULOTTA (SECRETARIA). Y OTRO: Rosario, 29 de noviembre de 2023. Por ampliada la demanda, si en tiempo y forma estuviera. Notifíquese por cédula juntamente con el decreto de fecha 23-11-23. Fdo. Dra. LUCRECIA MANTELLO, (JUEZ); Dra. SILVINA RUBULOTTA, (SECRETARIA). Rosario, 19 de Junio de 2025.

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, en los autos caratulados: SAAVEDRA GUSTAVO RAUL s/QUIEBRAS; 21-00753967-0 (1065/2006), se ha dictado lo siguiente: N° 388 Rosario, 04.10.2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Regular los honorarios de la Sindica CPN Hilda Amelia Gontin en la suma de $ 6.404.991,23, y/os del letrado del peticionante de la quiebra Dr. Juan Carlos Saavedra en la suma de $ 1.601.247,81 2) Notificar a cada titular. 3) Correr vista a Caja Forense y a Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores. 4) Publicar los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 2 días. Insértese y hágase saber. Firman: Dr. Ricardo Alberto Ruiz, (Juez); Dr. Arturo Audano, (Secretario).

S/C 543595 Jul. 21 Jul. 25

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El Sr. Juez de la 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: MIRANDA OSVALDO CESAR s/PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-01663843-6, hace saber que se ha dispuesto: Por presentada nueva liquidación de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la oficina por el término de ley. Notifíquese. A la regulación de honorarios: autos. y se ha dictado auto regulatorio de honorarios Nª 262 de fecha 27 de marzo de 2025. Y VISTOS... RESUELVO: Regular los honorarios del CPN Nahuel Santiago Cortes en la suma de $ 1.020.994,56 y de la Dra. Andrea Montani en la suma de $ 437569,10. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el BCRA (Fallo: “Taller Ecologista c/ Provincia de Santa Fe s/ Otras Diligencias de éste Tribunal). Insértese y hágase saber.) Fdo. Dra. Gueiler (Juez); Dra. Beade (Secretaria). Rosario, 25 de Junio de 2025. Dra. Melisa A. Lobay, Prosecretaria.

S/C 544001 Jul. 21 Jul. 22

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El Sr. Juez de la 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: REGUNASCRI FRANCISCO CLAUDIO s/QUIEBRA; EXPTE. CUIJ Nº 21-01545504-4, hace saber que se ha dispuesto: Por presentada adecuación al proyecto de distribución complementario presentado por la sindicatura, en los términos del art. 218, 222 ss y cc LCQ debiendo tener particularmente presente lo manifestado por la Sindicatura en cuanto a que el monto definitivo en dólares de SEDESA dependerá directamente de la cantidad de dólares que deban convertirse a pesos y el cambio vigente al momento de dicha conversión con el fin de atender las acreencias, reservas y demás conceptos que deban ser cancelados en moneda local conforme el informe y proyecto anteriormente presentado como así también el pago de los honorarios y gastos a su cargo. Regulados que fueren los honorarios falenciales, póngase de manifiesto por el término de ley -10 días-, publique la Sindicatura los edictos respectivos, en los que se deberá incluir la regulación de honorarios efectuada. A la regulación de honorarios: autos... y se ha dictado auto regulatorio de honorarios Nº 171 de fecha 18 de junio de 2025. Y VISTOS..., y CONSIDERANDO:... RESUELVO: RESUELVO: Regular los honorarios de la CPN ELSA ALICIA LOPEZ, CPN LUIS MARIA PARRELA y de la Dra. ANDREA MONTANI en $ 34.989.582,32 para cada uno, con noticia a las Cajas respectivas. Publicado que fueren los edictos de ley, elévense los presentes a la Excma. Cámara de Apelaciones de conformidad con el art. 272 LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Quaglia (Juez) - Dra. Beltrame (Secretaria). Rosario, 25 de Junio de 2025.

S/C 544002 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; a cargo de Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Secretaria de la Dra. Elisabet Felippeti de la ciudad de Rosario, Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: NIGRO ROBERTO ARMANDO sobre QUIEBRA; CUIJ 21-01457524-0 (Expte. Nº 984/1998), por Resolución 104, Tomo: 2025 de fecha 04 de abril de 2.025 se ha dispuesto la conclusión de la quiebra, conforme seguidamente se transcribe: Nº 104. Rosario, 04 de abril de 2.025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la CONCLUSIÓN de la presente quiebra del Sr. Roberto - Armando Nigro en los términos del Art. 231 tercer párrafo LCQ; 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente, dejándose constancia que se envía en este acto vía SISFE; 3) Oficiar al Registro General de la Propiedad de Rosario y de Santa Fe, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o a los que corresponda a los fines de anotar el levantamiento de la inhibición general de quien fuere fallida, si tales diligencias no se hubieren ya realizado; 4) Ordenar el cese de la intercepción de la correspondencia dirigida a quien fuere fallida, oficiándose a tal efecto, sí tales diligencias no se hubieren ya realizado; 5) Levantar la prohibición de salida del país, oficiándose a tal efecto a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/ o quien corresponda, si tales diligencias no se hubieren ya realizado; 6) Ordenar la publicación de edictos comunicando la presente en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley, haciendo saber que todas las comunicaciones a las que refiere la presente habrán de librarse vencida que sea tal publicación; 7) Correr vista al deudor a efectos de que solicite el libramiento de las demás comunicaciones que estime pertinente; 8) Previo retiro de la documental y culminación de las labores residuales que pudieren tener lugar, dar por concluida la intervención de la Sindicatura; 9) Insértese y hágase saber. (Autos: NIGRO ROBERTO ARMANDO sobre QUIEBRA; CUIJ 21-01457524-0 (Expte. Nº 984/1998). Fdo. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez), Dra. Elisabet Felippetti (Secretaria). Rosario, 24 de Junio de 2025.

S/C 544047 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la Ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados UNIÓN PROVINCIAL ASOCIACIÓN MUTUAL s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ Nº 21-02978141-6, se ha dictado la resolución Nº 602 de fecha 03/07/2025 en la que se resolvió: Y VISTOS:... y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) 1. Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Concursada. 2. Hacer lugar al pedido conjunto de prórroga solicitado por la Concursada y el Banco BMA SAU, y por consiguiente, fijar como fecha de finalización del periodo de exclusividad el día 19 de agosto de 2025; estableciéndose la audiencia informativa (art. 45 de la L.C.Q.) para el día martes 12 de agosto de 2025 a las 11.30 horas. 2) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Nicolás Villanueva (Juez); Dra. Daniela Jaime (Secretaria). Rosario, 4 de Julio de 2025.

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En autos: VISACHIA, MARTA BEATRIZ c/BUSMAIL, ERNESTO JESUS s/DIVORCIO; CUIJ 21-11415752-7 en trámite ante el Juzgado Unipersonal de Familia N° 4, se ha ordenado notificar a ERNESTO JESUS BUSMAIL mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial la Resolución que se transcribe: N° 17. Rosario 09 de Febrero de 2025, Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y declarar el divorcio de los cónyuges, ERNESTO JESUS BUSMAIL, D.N.I. N° 10.380.826, y MARTA BEATRIZ VISACHIA, D.N.I. N° 10.864.460, -matrimonio inscripto en las Oficinas del Registro Civil de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, Acta Nº 526, Año 1979-. II) Declarar disuelta la comunidad de ganancias al día 30 de julio de 2024. Insértese, hágase saber y ofíciese. NATALIA SCHMIDLIN (Secretaria); GUSTAVO ADOLFO ANTELO (Juez).

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La Sra. Jueza de Tramite Dra. JORGELINA ENTROCASI del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 6 de la ciudad de Rosario hace saber que en los autos: ORELLANO, EDGARDO DANIEL Y OTROS c/GRUPO MING S.R.L. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS 21-02971502-2 y a los fines de notificar fehacientemente el siguiente proveído: ROSARIO, 25 de octubre de 2024. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que los demandados NICOLOSSI GABRIEL JULIO y LOPEZ EMILIANO OSCAR no comparecieron a estar a derecho ni contestaron la demanda pese a encontrarse debidamente notificados, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. Asimismo, atento que los demandados WOELPLIN GUILLERMO y BERGAGLIO CARLOS MARCELO no comparecieron a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes, y firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde y por CÉDULA a las partes intervinientes. A la solicitud de rebeldía respecto de los codemandados Gómez y Maidana, no encontrándose diligenciadas las cédulas acompañadas de conformidad con lo dispuesto en el decreto inicial, proceda como por derecho corresponda. Fdo. Dr. CHRISTIAN BITETTI (Secretario); Dra. JORGELINA ENTROCASI (Jueza). Rosario, 27 de junio de 2025.

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La Sra. Jueza de Tramite Dra. JORGELINA ENTROCASI del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 6 de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos: ORELLANO, EDGARDO DANIEL Y OTROS c/GRUPO MING S.R.L. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS 21-02971502-2, y a los fines de notificar fehacientemente el siguiente proveído: ROSARIO, 19 de diciembre de 2024. Hágase saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024. Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dra. Jorgelina Entrocasi, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6, a su cargo Secretaría del Dr. Christian Bitetti. Notifíquese por cédula. Poveyendo escrito cargo N° 32909/224: Suscríbanse los edictos acompañados, como lo solicita. Proveyendo escrito cargo N° 32658/2024: Atento el pedido de rebeldía formulado, no habiendo el demandado Grupo Ming S.R.L. comparecido a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado, haciendo efectivos los apercibimientos decretados decláreselo rebelde. Notifíquese por edicto. Fdo. Dr. CHRISTIAN BITETTI (secretario); Dra. JORGELINA ENTROCASI (Jueza).

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El Sr, Juez de la 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: BARRETO, PABLO DANIEL s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIJ Nº 21-02948266-4, hace saber que se ha dispuesto: Rosario 06 de mayo de 2025. Por presentado informe final y proyecto de distribución (art. 218 LCQ), póngaselo a disposición de los interesados por el término de ley. Publíquense edictos, sin cargo en el Boletín Oficial, por el término de dos días. A la regulación de honorarios, autos. Fdo. Dr. Luciano D. Carbajo (Juez); Dra. Noelia E. Mondini (Prosecretaria), y se ha dictado auto regulatorio de honorarios N° 362 de fecha 06 de mayo de 2025. AUTOS Y VISTOS: RESUELVO: Regular los honorarios del sindico C.P.N. MARCELO CLAUSEN BOSIO en la suma de $ 4.751.416,90 y los de su patrocinante Dra. ANDREA MONTANI en la suma $ 1.187.854,20, quien deberá acompañar boleta colegial. Córrase vista al Consejo Profesional de Cs. Económicas, a la Caja Forense y Caja de Jubilaciones y Pensiones. Cópiese, insértese y hágase saber. Fdo. Luciano D. Carbajo (Juez); Dr. Sergio A. González (Secretario). Rosario, de mayo de 2025.Noelia Mondini, prosecretaria.


S/C 543134 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, en los autos caratulados TARTAGLINI, LUIS NAZARENO s/Declaratoria De Herederos; CUIJ 21-01565716-9, Expte. N° 575/1982, se ha ordenado notificar por edictos el Auto N° 137/2025, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: N° 137. Rosario, 19 de mayo de 2025. ANTECEDENTES:... Fundamentos:... RESUELVO: Declarar la prescripción del derecho a cobrar los honorarios del Dr. Marcelo Rossello. Notificar a Caja Forense y Caja de Seguridad Social. Insértese y hágase saber, Fdo. Dr. Marcelo Quaglia(Juez); Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 3 de junio de 2025.


$ 100 542962 Jul. 21 Jul. 23

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En los autos caratulados: AGRONEGOCIOS JEWELL SA c/LE SERBALL SA s/Cobro de pesos; Expte. N° 21-02932922-9, que tramitan ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo de la Dr. Mauro R. Bonato, Secretaria de la Dra. Marianela Maulion, se le hace saber a LE SERBALL SA, CUIT 30709453463 que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 26 de Mayo de 2025. Resolución N° 427. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVE: Regular los honorados profesionales de los Dres. Zanchi Julia, Amuchastegui Miguel y Candia Fernando Andrés, por el actor, en la suma de $ 6.325.930,38, (equivalente a 66 jus), más aportes de ley e I.V.A. en caso de corresponder. Los honorarios regulados devengarán desde la mora un interés que se fija en una vez y media la tasa activa sumada que publica el Nuevo Banco de Santa Fe SA. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Marianela Maulión (Secretaria): Dr. Mauro R. Bonato (Juez).

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1ª Inst. Civil y Comercial 12ª Nom. SEC.UNICA, se ha ordenado en los autos RODRIGUEZ, JOANA ROCIO c/RODRIGUEZ, CESAR OSVALDO s/Sumaria Información; CUIJ 21-11435693-7, cita y emplaza por 30 días a toda persona a que se crea con derecho a formular oposición respecto del cambio de nombre de JOANA ROCIO RODRIGUEZ, DNI 40.315.299, por ROCIO MORICHETI DNI 40.314.299; El presente deberá publicarse una vez al mes. Rosario, Santa Fe, 12 de mayo de 2025. Fdo. Dr. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA. Elisabet Felipetti, secretaria, Subrogante.


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Por disposición de la Jueza 1ª Inst. Civil y Comercial 1ª Nom. de Rosario, en autos DI MAURO, ALEJANDRO DANIEL c/BARRIENTOS, RODOLFO MARIO Y OTROS s/Escrituracion; CUIJ 21-02993281-3, se ha ordenado citar y emplazar por edictos a los herederos de los codemandados fallecidos, RODOLFO MARIO BARRIENTOS y AMELIA MARIA BARRIENTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 597 del CPC). Insértese en el protocolo digital y hágase saber. Dr. Arturo Audano, Secretario.

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: TUROLDO, ROMINA SOLANA c/ABSOLON S.A. s/DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO; CUIJ 21-02976267-5, se ha declarado la rebeldía de ABSOLON S.A., CUIT 30-71606678-5 y se ha ordenado su notificación por edictos. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 15/05/2025. Cargo Nº 4272/25 y 4273/25: Agréguese el informe acompañado. Atento las constancias de autos, no habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declarasela rebelde. Notifíquese por edictos que deberá publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y en Buenos Aires atento el domicilio informado de la demandada. Fdo. Dra. MARIANELA GODOY (Secretaria) y Dra. MONICA KLEBCAR (Jueza).


$ 100 543231 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Octava Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar: Resolución: 542. Rosario, 03 de Junio de 2025. Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: SAVIA JOSE LUIS c/MATA SCA s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02940818-9, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, venidos a despacho para el dictado de sentencia. CONSIDERANDO... Por tanto, FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda y, en consecuencia, declarando adquirido por JOSÉ LUIS SAVIA DNI N° 11.446.644 -mediante usucapión el 6 de diciembre de 2019-, el derecho de dominio sobre el inmueble ut supra descripto objeto de los presentes; ordenando otorgarle el titulo supletorio sobre el mismo y librando oficio al Registro General de Rosario a fin de hacer efectivo lo aquí resuelto sobre el bien inmueble descripto en los considerandos. 2) Cúrsense cédulas de notificación. Asimismo, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. 3) Costas a la actora. 4) Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Susana Gueiler (Jueza), Dra. Patricia Beade (Secretaria). Autos caratulados: SAVIA, JOSE LUIS c/MATA S.C.A s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02940818-9. Rosario, 5 de Junio de 2025.Dra. Melisa Lobay, prosecretaria.


$ 100 543230 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de 1ª Inst. Civil y Comercial 1ª Nom de Rosario, se hace saber a los herederos de Ana Palmira Gramenga, DNI 2.817.371, que se los cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Conforme siguiente decreto. Rosario 01/04/2025. ROSARIO, Agréguense las constancias adjuntadas. Cítese y emplácese por edictos a los herederos de: Ana Palmira Gramenga para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Lorena S. Piedristei Prosecretaria. Autos caratulados: GONZÁLEZ, OFELIA MARIA DEL CARMEN c/GRAMEGNA, ANA PALMIRA y OTROS s/Escrituración; 21-02895315-9. Rosario, 10 de Junio de 2025.Dr. 10 de Junio, secretario.

$ 100 543712 Jul. 21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 5º nominación de Rosario, y en autos MOREL ANGELA C/RÍOS, ALICIA BEATRIZ Y OTROS S/ESCRITURACIÓN CUIJ 21-02847814-0. Se hace saber que se dictó lo siguiente: "Nº 721: Rosario, 27 de diciembre de 2024: Y VISTOS: Los presentes caratulados: "Morel, Angela c/Ríos, Alicia Beatriz y otros s/ escrituración" expte. CUIJ 21-02847814-0, venidos a despacho para resolver, de los que resulta; (...) Y CONSIDERANDO:(...) RESUELVO: l.Tener presente el desistimiento de la acción contra Juan Santos Ríos. II. Tener presente el allanamiento del codemandado Jorge Raúl Fernández. III. Rechazar la demanda interpuesta, conforme los fundamentos expuestos ut supra. III. Costas a la actora (art. 251 CPC y acuerdo mediación). Insértese y hágase saber." Fdo: Dra. Lucrecia Mantello (Jueza) Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 26/06/25.

$ 100 544661 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 16 de Rosario que se encuentra vacante, Secretaría de la autorizante, y dentro de los autos caratulados BARRIOS, RAUL ROBERTO s/CREMACIÓN (AUTORIZACIÓN PARA CREMAR) CUIJ 21-02994046-8, se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 27 de Mayo de 2025. Al escrito cargo N° 3967/25 se prevee: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado, el que se agrega a los presentes. Por iniciada la presente sumaria información. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por dos días citando a la audiencia del día miércoles 25 de junio a las 09:00 ha. a toda aquella persona que quiera formular observaciones respecto del acto que intenta formalizar. Hágase saber que también se publicarán en la página web del Poder Judicial. Requiérase la conformidad de otros familiares con eventual interés al respecto; y notifique por cédula el presente decreto a Marcelino Barrios. Téngase presente la prueba ofrecida. Acompañe las actas N° 606 y 3235 debidamente escaneadas a los fines de su correcta lectura. Ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios a los fines de que informe si figura iniciado Juicio eje Declaratoria de Herederos. Vista al Sr. Fiscal. Fdo. Dra. MA. SOL SEDITA (Secretaria); Dr. LUCIANO CARBAJO (Juez en suplencia). 10 de Junio de 2025.

S/C 543307 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo primera Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo, en autos caratulados: Cabiale, Claudia Patricia y Otros c/Bugnone, Alejandro s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. CUIJ N° 21-02928324-6), se ha ordenado notificar por edictos, por el término y bajo apercibimientos de ley, a los herederos y/o sucesores de Alejandro Cornelio Bugnone, DNI 2.142.957 y/o quien resulte actual propietario, la Sentencia dictada en los autos referidos bajo N° 1158, de fecha 22 de noviembre de 2024, y su aclaratoria bajo N° 1198, de fecha 29 de noviembre de 2024. Se transcriben partes pertinentes de ambas resoluciones: N° 1158. Rosario, 22 de noviembre de 2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por usucapión a favor de las actoras Norma Graciela Cabiale, DNI 16.064.369 y Claudia Patricia Cabiale. DNI 20.355.145, el inmueble que se describe como: “Lote “A” correspondiente a la Sección 5º, manzana N° 240, gráfico 23, se ubica sobre la calle Callao, entre las calles Sánchez de Bustamante y H. de la Quintana, a los 32.61 metros de la calle S. de Bustamante en dirección al Norte y a los 51.67 metros de la calle H. de la Quintana en dirección al Sur y mide 9,52 metros en su costado Oeste, igual medida en su contrafrente al Este y 33,77 metros en sus lados Sur y Norte, lindando al Oeste con la calle Callao, al Norte con Rubén Carlos Allocca, al Este con Arnaldo Bagnis y ot. y un pasillo en condominio, siendo sus ángulos interiores todos de 90º, siendo la superficie del polígono ABCD (lote N° A) de 321.49 metros cuadrados, el cual se encuentra empadronado bajo la partida inmobiliaria N° 160305252037/00283, e inscripto al Registro General al Tomo 77B Folio 60 vto. N° 1255 y Tomo 106A Folio 577 N° 22645 Departamento Rosario. 2. Imponer las costas de conformidad con lo expuesto en los considerandos. 3. Declarar en los términos del art. 1905 CCyC, que el derecho real Fue adquirido por las actoras el día 24/12/2006 por cumplimiento del plazo de prescripción veinteñal. 4. Regular los honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano D. Carbajo, Juez; Dr. Sergio González, Secretario. N° 1198. Rosario, 29 de noviembre de 2024. y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Aclarar la Sentencia Nº 1158, de fecha 22 de noviembre de 2024, en el sentido que el nombre correcto de la co actora es Nora Graciela Cabiale, y no como por error se consignó. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano D. Carbajo, Juez; Dr. Sergio González, Secretario. Rosario, de junio de 2025.


$ 300 543278 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 16 de Rosario que se encuentra vacante, Secretaría de la autorizante, y dentro de los autos caratulados: BARRIOS, RAUL ROBERTO s/Cremación (AUTORIZACIÓN PARA CREMAR) CUIJ 21-02994046-8, se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 27 de Mayo de 2025. Al escrito cargo N° 3967/25 se provee: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado, el que se agrega a los presentes. Por iniciada la presente sumaria información. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días citando a la audiencia del día miércoles 25 de junio a las 09:00 ha. a toda aquella persona que quiera formular observaciones respecto del acto que intenta formalizar. Hágase saber que también se publicarán en la página web del Poder Judicial. Requiérase la conformidad de otros familiares con eventual interés al respecto; y notifique por cédula el presente decreto a Marcelino Barrios. Téngase presente la prueba ofrecida. Acompañe las actas N° 606 y 3235 debidamente escaneadas a los fines de su correcta lectura. Ofíciese el Registro de Procesos Sucesorios a los fines de que informe si figura iniciado Juicio de Declaratoria de Herederos. Vista al Sr. Fiscal. Fdo. Dra. Ma. Sol Sedita, secretaria; Dr. Luciano Carbajo, Juez en suplencia.10 de Junio de 2025.

S/C 543307 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1ª Nom. de Rosario y en autos DE MARTIN, YAMILA BELEN c/BAY BIENVENIDO EXEQUIEL -SUCESORES- s/Filiacion Extramatrimonial; CUIJ 21-02986017-0, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Bienvenido Exequiel Bay (D.N.I. N° 36.246.171), para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Arturo Audano, secretario.

$ 100 543311 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos ANTONIC ALBERTO JORGE s/CONCURSO PREVENTIVO; Expte. N° 177/2011, CUIJ 21-01638238-5, por Resolución Nº 429 de fecha 17 de junio de 2025, se ha dispuesto declarar la conclusión del concurso preventivo y disponer el levantamiento de la inhibición general. Fdo. Dra. María Silvia Beduino, Jueza; Dra. Maria Florencia Di Rienzo, Secretaria. Secretaria, 24 de Junio de 2025. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

$ 100 543735 Jul. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 3 Secretaria 1 de Rosario a cargo de la Dra. CECILIA A. CAMAÑO (Jueza), Secretaría a cargo de la Dra. ANA BELEN CURA y en autos TROANES, EVANGELINA SOLEDAD Y OTROS c/BENITEZ, FERNANDO ARIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-12644829-2, se hace saber que se ha declarado rebelde al Sr. Fernando Ariel Benítez, DNI 23.061.387 y que proseguirá el juicio sin su representación. Se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 15 de Abril de 2025. Agréguense. Informando verbalmente la Actuaria que el demandado: FERNANDO ARIEL BENITEZ no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el Juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Ana Belén Curá (Secretaria); Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza).

$ 100 543200 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación, Dr. Luciano D. Juárez, se ha ordenado publicar la siguiente sentencia: N° 387. Rosario, 30 de mayo de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia, condenar a los herederos de Mario Leonardo Ducler, su esposa Alma Lucía Bonotto (DNI 4.438.468, y su hijos Virginia Ducler (DNI 18.258.542), Sebastián Ducler (DNI 21.521.410), Federico Ducler (DNI 23.674.677), Leonardo Ducler, (DNI 25.648.005), Yazmín Ducler (DNI 38.901.515), en las proporciones en las que recibieron la herencia y con las limitaciones indicadas según arts. 2280 in fine y 2317 CCyC, a abonar a la actora Ana Liliana Luna (DNI 18.547.026), en el plazo de diez (10) días de encontrarse ejecutoriada la presente, los rubros que resultaron acogidos de acuerdo a los considerandos precedentes que deberán ser liquidados mediante la planilla correspondiente, con más los intereses indicados, desde la mora y hasta el efectivo pago. 2) Comunicar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en la etapa de cumplimiento de sentencia y conforme lo establecido por el art. 58 de la Ley 26.844, lo aquí decidido a los fines previstos en la misma. 3) Rechazar los incidente de tacha de testigos que fueran promovidos. 4) Imponer las costas del juicio principal y de las mencionadas incidencias, de conformidad a lo señalado en la motivación precedente. 5) Los honorarios se regularán una vez practicada la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Luciano D. Juarez (Juez); María José Casas (Secretaria). Fdo, Dra. María José Casas, secretaria; Dr. Luciano D. Juárez, Juez. DATOS DEL CAUSANTE: Mario Leonardo Ducler (D.N.I. N° 6.043.356) Autos caratulados: LUNA, Ana Liliana c/DUCLER, Mario Leonardo s/Cobro De Pesos; CUIJ 21-04091380-4.

S/C 543028 Jul. 21 Jul. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, en autos caratulados: DOMINGUEZ, PATRICIA EDIT c/AYRES ARGENTINA SRL s/Demanda de Derecho de Consumo CUIJ 21-02894152-5, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 29 de mayo de 2025. Nº 450. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... III. Por lo precedentemente expuesto, RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenar o la demandada Ayres Argentina S.R.L. a abonar a la actora la sama que surge de los considerandos can más sus intereses; 2. Imponer las costas a la demandada; 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto los profesionales intervinientes hayan acreditado su condición fiscal. Insértese, déjese copia y hágase saber. (Autos: Domínguez, Patricia Edit c/Ayres Argentina S.R.L. s/demanda de derecho de consumo; CUIJ Nº 21-02894152-5). Fdo. Dra. Marianela Maulión, secretaria; Dr. Mauro R. Bonato, Juez.

$ 100 543700 Jul. 21 Jul. 23

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El Juzgado de Familia Nº 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Campanella, Secretaría a cargo del Dr. Fuster, sito en calle Balcarce Nº 1651, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: GIMENEZ FRANCISCO c/LARA MARIA ISABEL s/Divorcio CUIJ 21-11309492-0, se han dictado los siguientes decretos: ROSARIO, 04 de abril de 2017. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite Subrogante: Dra. Siemenczuk, Astrid. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora Agréguense las constancias acompañadas. De la petición de divorcio: Hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. Hágase saber a las partes que ante la falta de contestación a la propuesta efectuada las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio deberán ser articuladas por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la ley 13.151 De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. Notifíquese con copia de la propuesta. y otro decreto: Rosario, 13 de marzo de 2025. Cargo 2834: por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Téngase presente lo expuesto. Por notificada. Hágase saber al peticionante que los autos se encuentran a su disposición. Prosigan según su estado. Atento el tiempo transcurrido: ratifique o denuncie el domicilio real de las partes conforme lo dispuesto por el art. 38 y ccdtes. del CPCC. Previo al dictado de la sentencia, notifique el presente a las partes. Notifíquese por cédula haciéndose saber que de no ser hallada la actora en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad del mismo, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Cargo 2723: por recibidas las presentes actuaciones del Archivo General de Tribunales. Jueza de Trámite: Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA. Notifíquese. y Otro: ROSARIO, 29 de Mayo de 2025 Agréguese la cédula sin diligenciar y el informe del RENAPER que acompaña. Atento el domicilio desconocido del Sr. Giménez, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC. Fdo. Dra. Campanella jueza y Dra. Biancardi prosecretaria. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal Nº 5. Secretaría de 2025.27 DE Junio de 2025.Dr. Sergio Luis Fuster, secretario.

S/C 543969 Jul. 21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de Rosario y en autos: BIGUERA LILLO, MAGALY SOLANGE c/LUNA, EZEQUIEL Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11860337-8, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario 22/05/2025: Hágase saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024. Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dra. Jorgelina Entrocasi, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6, a su cargo Secretaría del Dr. Christian Bitetti. Notifíquese por cédula. Proveyendo escrito cargo Nº 3798/2025: Previamente, a los fines de reordenar el procedimiento cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de CIRILO LUNA para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos establecidos en el art. 47 del C.P.C.C. por medio de edictos a publicarse en el diario “Boletin Oficial”. Fdo. Dr. Christian Bitetti, Dra. Jorgelina Entrocasi.2 de Junio, de 2025.

$ 100 544094 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza en Suplencia del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 4 de la ciudad de Rosario. Secretaria de la Dra. Mayra Ibáñez, en autos caratulados SCOLARIS, ALAN c/MENCHIÑI, NAZARENO DAVID s/Daños Y Perjuicios; EXPTE. CUIJ 21-11895691-2, se ha ordenado publicar edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de PB de Tribunales, y por lo que se los cita y se los emplaza a los herederos y/o sucesores de RODOLFO SILVIO MENCHINI para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos establecidos en el art. 47 del C.P.C. por medio de edictos a publicarse en el diario BOLETÍN OFICIAL. ROSARIO, 06 de junio de 2025. Al escrito cargo N° 3630/25: Téngase presente el fallecimiento del demandado denunciado. Hágase saber a la actora a sus efectos. Cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de RODOLFO SILVIO MENCITINI para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos establecidos en el art. 47 del C.P.C. por medio de edictos a publicarse en el diario Boletín Oficial. Ofíciese al Registro de procesos Sucesorios y a la MEU a los fines de que informe si se ha iniciado declaratoria de herederos y/o sucesión respecto del mismo. Al escrito cargo N° 3748/25: Como lo solicita. Hágase saber que se remitirá correo electrónico al MPA de Casilda a sus efectos. Fdo. Dra. MAYRA IBAÑEZ (SECRETARIA): Dra. LUCIANA PAULA MARTÍNEZ (JUEZA EN SUPLENCIA).

$ 100 544083 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzg. Unipersonal de Respons. Extrac. N° 8 De Rosario, Dr. IGNACIO V. AGUIRRE, Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados SILVA, JULIETA JAEL c/BAZAN, MARIO ALEJANDRO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11889850-5, se notifica por edicto el siguiente decreto: ROSARIO, 28 de mayo de 2025 Desígnese fecha de realización de audiencia para DESIGNAR DEFENSOR en los términos del art. 597 del CPCC para el día 23 de JULIO del 2025 a las 12:30 horas. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA Y POR EDICTOS. Fdo. Dra. VALERIA BARTOLOME (Prosecretaria); Dr. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez).Secretaria, 03/06/2023.

$ 100 544090 Jul. 21 Jul. 23

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En los autos caratulados GAEDE, WALTER ESTEBAN Y OTROS c/SOTO, ANGEL JOSE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - 21-11864166-0, en trámite ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8 de Rosario, a cargo del Juez Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaria de la Dra. María Guadalupe Gordillo, se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 23 de junio de 2025. Con los autos a la vista, advirtiéndose la proximidad de la fecha de audiencia oportunamente fijada y a los fines de cumplimentarse con la notificación correspondiente, designase nueva fecha de realización de audiencia para DESIGNAR DEFENSOR DE OFICIO para el día 13 de AGOSTO del 2025 a las 12:30 horas. Hágase saber al presentante que los edictos se encuentran a disposición para su retiro por Mesa de Entradas. NOTIFÍQUESE POR CEDULA Y POR EDICTOS. Fdo. Dra. MARIA GUADALUPE GORDILLO, Secretaria; Dr. IGNACIO V. AGUIRRE, Juez. Rosario,23 de junio de 2025.

$ 100 544078 Jul. 21 Jul. 23

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EN LOS AUTOS CALVO. FERNANDO ANDRES Y OTROS c/MOREIRA, MARIA NORBERTA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios 21-11886437-6 Juzg. Unipersonal de Respons. Extrac. N° 4. De Rosario SE HACE SABER QUE SE DICTÓ LO SIGUIENTE: ROSARIO, 06/06/2025; Agréguese. Atento que el demandado IVAN BOJANICH no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde y por CÉDULA a las partes intervinientes. Dra. MAYRA IBAÑEZ, (SECRETARIA).

$ 100 544077 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzg. unipersonal de Familia Nº 3 de Rosario, e cargo de la Dra. MA. JOSÉ CAMPANELLA (Jueza de Trámite) Secretaria del autorizante, en autos MURNO ROMIMA EDITH c/IRUSTA GONZALO s/Otras Acciones No Nomencladas; CUIJ 21-11422285-9, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Nº 558 Tomo: 2025 ROSARIO, 28/05/2025. Y VISTOS... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, I) ordenar la rectificación de la partida de nacimiento de la niña Valentina Agostina Irusta Munro DNI 55.656.001, nacida el 5 de mayo de 2016 (partida inscripta en el Tomo III. año 2018. bajo el Acta Nº 716, del Registro Civil de Rosario, Sección 3ra., II) disponer la supresión del apellido paterno IRUSTA, e III) inscribir a la joven como VALENTINA AGOSTINA MURNO. 2) Imponer las costas al demandado. 3) Librar oficio al Director del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a fin de que proceda a dar cumplimiento a lo ordenado en el punto 1) de esta sentencia y a cualquier otra institución pública o privada que resulta necesaria luego de acreditar el pago de los aportes a las cajas profesionales. 4) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. JULIETA BIANCARDI (Prosecretaria); Dra. MARIA JOSE CAMPANELLA (Jueza).27 de Junio de 2025.

S/C 543940 Jul. 21 Jul.23

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El Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 4 SEC. UNICA de Rosario, Juez vacante, Secretaría (subrogante) a cargo de la Dra. Mayra Ibañez, cita y emplaza a la demandada Sra. IESARI, ANALIA VERONICA, DNI 31.393.443 a los fines de comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. en los autos: GARCIA, MARIA MILAGROS Y OTROS c/IESARI, ANALIA VERONICA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios - CUIJ 21-11886572-0. El presente edicto deberá publicarse por el término de ley en el Boletín Oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. ROSARIO, 09/10/24. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese a la demandada IESARI, ANALIA VERONICA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Dr. CHRISTIAN BITETTI (Secretario). Dr. EDGARDO BONOMELLI (Juez en suplencia).16 de mayo de 2025.

$ 100 542443 Jul. 21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 8 de Rosario, en autos caratulados: CASAFU, DORIAN MIQUEAS c/GAMARRA, MARIANA GABRIELA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-11871206-1, se hace saber ala demandada la Sra. Marian Gabriela Gamarra, que se ha ordenado lo siguiente: N° 49. Rosario, 7 de marzo de 2025. Y VISTOS: Los presentes caratulados: CASAFU, DORIAN MIQUEAS c/GAMARRA, MARIANA GABRIELA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11871206-1, venidos a despacho a fin de dictar sentencia, y de los que resulta:... CONSIDERANDO... RESUELVE: 1. hacer lugar a la demanda instaurada en autos y, en consecuencia, condenar a MARIANA GABRIELA GAMARRA para que en el término perentorio de diez días, abone al actor la suma de pesos diez millones cuatrocientos treinta mil ($ 10.430.000), correspondientes a capital con más los intereses fijados en los considerandos; 2. Hacer extensivos los efectos de la condena a la citada en garantía Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada. 3. Imponer las costas a la demandada (art. 251 CPCC). 4. Los honorarios serán regulados oportunamente. 5. No encontrándose las partes para la lectura de la sentencia, notifíqueselas por cédula. Insértese, Déjese copia. Autos: CASAFU, DORIAN MIQUEAS c/GAMARRA, MARIANA GABRIELA Y O s/DAÑOS Y PERJUICIOS, expediente CUIJ N° 21-11871206-1. Secretaría, Rosario, Certifico que el Hall de Tribunales se ha publicado un edicto de igual tenor a la presente. Fdo. Dra. Guadalupe Gordilllo Secretaria; Dr. Ignacio Aguirre, Juez. Secretaría, 28 de Mayo de 2025.

$ 200 542444 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. Milca Mileva Bojanich, secretaria de la Dra. Agustina Sueiras Munuce, en los autos VITANTONIO, CLARISA MARTINA c/VITANTONIO, MIRIAM LILIANA s/IMPUGNACION Y CAMBIO DE FILIACION; CUIJ 21-11430669-7, se notifica el siguiente decreto: Rosario 09 de Diciembre del 2024. Por iniciada la acción que expresa. Juez de trámite: Dra. Milca Bojanich. Imprímase a los presentes el trámite de juicio oral. Téngase presente la prueba ofrecida. Dese intervención al Sr. Defensor General. Cítese a los demandados Myriam Vitantonio, Wilfredo Gonzalez Brunet, Josefina Victoria Gonzalez y Mariana Gonzalez, para que en el término de 20 días comparezcan a estar a derecho, contesten demanda y ofrezcan prueba bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. De no ser hallados los requeridos en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí viven los mismos y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Fdo. Dra. Agustina Sueiras Munuce, Secretaria; Dra. Milca Mueva Bojanich, jueza. En consecuencia, queda la Señora MARIANA GONZALEZ y/o sus sucesores, debidamente notificados del decreto que antecede, debiendo comparecer y contestar demanda en los presentes dentro del término de ley y bajo apercibimientos de declarárselos rebeldes, prosiguiendo la presente causa sin dárseles representación.

$ 100 542440 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual - Nº 4 de Rosario, Juez Vacante, secretaria del autorizante, dentro de los autos caratulados: ANDRADA, JOEL NICOLAS c/PRADO, GUSTAVO DAVID Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. 21-11895045-0, se dispuso: Atento que la demandada BUSTOS VANESA, no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificada por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde y por CÉDULA a las partes intervinientes. Rosario, 23/05/2025. Fdo. Dra. Ibañez (secretaria) - Dra. Varela (Juez e/s.)

$ 100 543672 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8 de la ciudad de Rosario a cargo de: Dr. Ignacio Aguirre (Juez), Secretaria: Dra. Ma. Guadalupe Gordillo (Secretaria) en autos caratulados: IBARRA, ARIEL DARIO c/RUGGIERO, EZEQUIEL NICOLAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-11865270-0, se ha dispuesto ordenar la publicación por el término de ley del siguiente edicto: ROSARIO, 29 de noviembre de 2024 Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese al demandado RUGGIERO EZEQUIEL NICOLAS a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dr. Aguirre (Juez); Dra. Gordillo (Secretaria). Dra. Valeria Bartolomé, prosecretaria.

$ 100 544080 Jul. 21 Jul. 23

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El juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5 de Rosario, a cargo del Dr. BONOMELLI (Juez) Dra. STEFANELLI (Secretaria) dentro de los autos caratulados: CONDOLUCHI, RENATA ABRIL y OTROS c/ACOSTA LORENZO DANIEL Y OTROS s/DAÑOS y PERJUICIOS; CUIJ 21-11887581-5´, NOTIFICA AL DEMANDADO ACOSTA LORENZO DANIEL, que atento no haber comparecido a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado por edictos, hace efectivos los apercibimientos de ley y se lo declarara rebelde. Firme que estuviere el presente, se procederá al sorteo de Defensor de Oficio. Asimismo se hace saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024, Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dr. Edgardo Bonomelli, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5, a su cargo Secretaría de la Dra. Araceli Stefanelli. Fdo. Dr. BONOMELLI, JUEZ; Dra. STEFANELLI.15 de mayo de 2025.

$ 100 544079 Jul. 21 Jul. 23

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Rosario, 12 de mayo de 2025. No habiendo comparecido los herederos de la parte demandada - DIONICIO ARGENTINO AMARILLA, a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un Defensor de oficio (cfrme. art. 78 CPCC). Notifíquese por edictos. Autos caratulados: ÑANCUFIL, ANDREA NOEMI c/AMARILLA, DIONICIO ARGENTINO s/ESCRITURACION; (CUIJ Nº 21-02985923-7). Fdo. Dra. M. FLORENCIA DI RIENZO, (SECRETARIA); Dra. M. SILVIA BEDUINO (JUEZA).

$ 100 544093 Jul. 21 Jul. 23

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario dentro de los autos CAÑAS SILVIO c/D’AGOSTINO CARMELA Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02924072-5, ha dictado el siguiente decreto: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE. Acta N° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee (29/05/2025): En tanto en autos se demanda a: 1. D’Agostino SA. 2. D’Agostino Carmela (rebelde) 3. D’Agostino Cayetano (rebelde) 4. D’Agostino José (rebelde) 5. D’agostino Salvador (rebelde) 6. herederos de D’Agostino Vito (rebeldes): 1. Ernestina Vignati (cónyuge fallecida) e hijos: 2. Lidia Maria Victoria 3. Norberto Ramón José 4. Victor Juan Hugo 5. Maria Ester Ana 6. Maria Concepción 7. Stella Maris todos D’Agostino y Vignati. Previamente, a los fines ordenatorios, sin perjuicio de la disolución de la firma demandada, declárese rebelde a la misma y extiéndase la representación al defensor de oficio designado en autos. Notifiquese por edictos. Asimismo, notifíquese por cédula primer decreto de trámite y rebeldía a los herederos referenciados más arriba. Fdo. Lucas Menossi (Secretario) - Dra. Verónica Gotlieb (Jueza).


S/C 542447 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. NICOLÁS VILLANUEVA, Secretaria de la Dra. DANIELA A. JAIME, caratulado: GIARDINI, ANGEL y OTROS c/DISTEFANO, LYSANDRO s/Usucapión; CUIJ 21-01161841-0, Expte. Nº 729/11, se cita a LYSANDRO DISTEFANO a comparecer a estos obrados, por el término y bajo apercibimiento de ley. Rosario, 19 de mayo de 2025. Dra. DANIELA A. JAIME, secretaria.

$ 33 544230 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, Prov. de Santa Fe, se hace saber que en los autos LEZCANO YOLANDA BEATRIZ c/CESPEDES FERNANDO ANTONIO ROSARIO s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (CUIJ N° 21-04106646-3), se cita y emplazas que comparezca a estar a derecho, en el término de ley, bajo apercibimiento de decláraselo rebelde, en los autos citados y por ante este tribunal, a los herederos de CESPEDES FERNANDO ANTONIO ROSARIO. Seguidamente, se transcriben los decretos que constan en los autos de referencia. ROSARIO, Al cargo N° 3791/2025: Por recibidos. Procédase a ordinarizar las presentes actuaciones las que continuarán el trámite según su estado. Tómese razón en el sistema informático de la conexidad de los presentes con los autos sucesorios CESPEDES, FERNANDO ANTONIO ROSARIO s/Declaratoria De Herederos; CUIJ 21-02978354-0 de tramitación digital ante este Juzgado. Atento constancias de autos, siendo que no se remitió la documental reservada para los presentes, ofíciese -vía correo electrónico por Secretaria- al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 3ª Nominación de esta ciudad a los fines de que remita toda la documental reservada en su Secretaría para los presentes autos. Cítese y emplácese a los herederos de Fernando Antonio Rosario Cespedes (DNI N° 12.379.176) por el término de diez días para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento del art. 597 C.P.C.C. Notifíquese a los mismos en los domicilios reales y legales que surjan de los autos sucesorios. Sin perjuicio de ello, publíquense edictos en el Boletín Oficial en la forma ordinaria. OTRO: ROSARIO. Al cargo N° 4148/2025: Téngase presente. Resérvese el sobre acompañado en Secretaría. Fdo. Dr. MAURO BONATO (Juez en suplencia). Dra. MARIA SOL SEDITA, (Secretaria). Rosario, 18 de junio de 2025. Dra. MARÍA SOL SEDITA, Secretaria.

$ 200 544095 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación, a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio, Secretaria de la Dra. Verónica A. Accinelli, en los autos caratulados HURT, FABIANA MIREYA c/MUNILLI, AURELIO AGUSTIN Y OTROS s/Escrituración, CUIJ 21-02903300-2, se ha ordenado publicar por edictos la sentencia dictada en autos. N° 114. Rosario 13/03/2025. Y VISTOS... CONSIDERANDO... FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenando a los herederos de Aurelio Agustín Munilli y de Nellis Dinorah Carranza a elevar a escritura pública el boleto de compraventa de fecha 21.12.1988, por el que Munilli vende el inmueble a Osvaldo Vicente Goro y el instrumento de fecha 03.04.2002, por el que éste cede el lote descripto en autos a la actora Fabiana Mireya Hurt, ello en el término de veinte días por ante el escribano que propondrá la accionante, bajo apercibimiento de hacerlo el Tribunal en su nombre, de ser ello material y registralmente posible. 2) Imponiendo las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.). 3) Honorarios, oportunamente. Insértese y hágase saber. En fecha 26/03/2025 se ha decretado lo siguiente: Téngase presente el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 114 de fecha 13/03/25 (fs. 165). Concédase el mismo libremente y con efecto suspensivo, debiendo elevarse las presentes actuaciones por ante el superior con atenta nota. Hágase saber. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. MARÍA FABIANA GENESIO (Jueza); Dra. VERONICA A. ACCINELLI (secretaria).

$ 300 542743 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Menores de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Estanislao Surraco, Secretaría Penal a cargo del Dr. Carlos Alvarez, se ha dispuesto poner en conocimiento, a los efectos que pudiera corresponder lo siguiente: ROSARIO, 05 de junio de 2025. Y VISTOS: La existencia en esta sede de documental correspondiente a causas remitidas al Archivo General de Tribunales y ante la proximidad de la puesta en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal Adolescente con el traspaso de causas al Ministerio Público de la Acusación, siendo necesario adoptar medidas administrativas acordes a una gestión racional de las causas en trámite que eviten la acumulación innecesaria de documentos. Y CONSIDERANDO: A los fines enunciados precedentemente, resulta oportuno disponer la destrucción de documental reservada en Secretaría correspondiente a expedientes que ya han sido remitidos al Archivo General de Tribunales por hallarse en estado “terminados”, es decir, con sentencia firma. A tal fin y el de evitar posibles cuestionamientos futuros, se procederá a publicar edictos en el Boletín Oficial dando a conocer el presente decisorio, con el objeto de que los posibles interesados -que pudieran acreditar interés legítimo- se presenten al Juzgado de Menores de la 2ª Nominación de Rosario de lunes a viernes de 8 a 12 hs, a fin de efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 19/06/2025, inclusive. Por lo expuesto, RESUELVO: 1) Disponer la destrucción de la documental reservada en Secretaría correspondiente a expedientes que ya han sido remitidos al Archivo General de Tribunales. 2) Hacer saber el presente decisorio, a fin de que los posibles interesados en la documental reservada -que pudieran acreditar interés legítimo- se presenten al Juzgado de Menores de la 2ª Nominación de Rosario de lunes a viernes de 8 a 12 a fin de efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 19/06/2025, inclusive. 3) Publicar edictos en el Boletín Oficial dos veces en cinco días. 4) Remitir copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y a la Excma. Corte suprema de Justicia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Estanislao Surraco, Dr. Carlos Alvarez.

S/C 542544 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Mauro R. Bonato, se ha dispuesto la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL a los fines de comunicar el siguiente decreto: Rosario, A lo peticionado oportunamente si correspondiere. Atento el estado de autos y lo informado por el Registro de Procesos Universales, encontrándose el demandado fallecido, cítese y emplácese por edictos a los herederos y/o sucesores de VIZZARI HECTOR ALBERTO, a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley, y conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Fdo. Dra. Marianela Maulion (SECRETARIA), Dr. Mauro R. Bonato (JUEZ).

$ 100 542586 Jul. 21 Jul. 23

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Por lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 2 de Rosario (SF), a cargo del Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA (Juez), secretaría a cargo del Dr. JAVIER MATÍAS CHENA en los autos caratulados "LOPEZ, ADELAIDA SUSANA C/ LOPEZ, JUAN BAUTISTA Y OTROS SIUSUCAPIÓN", CUIJ: 21-02971691-6, se ha declarado la rebeldía de los demandados JUAN BAUTISTA LÓPEZ, ROSA LÓPEZ, RAFAEL EUGENIO LÓPEZ, JOSEFA VIRGINIA LOPEZ, SARA SUSANA LÓPEZ, DELIA LÓPEZ, LIZARDO LÓPEZ, NÉLIDA LÓPEZ, EMILIA LÓPEZ y a CARLOS LÓPEZ y/o sus herederos universales o singulares y a quien resulte propietario o se considere con derechos sobre el inmueble sito en Av. Ferreyra Nº 1261 de Rosario, Peía. de Santa Fe. Todo por lo dispuesto por decreto: "ROSARIO, 26 de Junio de 2025. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebel­ de. Para sorteo de Defensor de Oficio oportunamente se remitirá correo electrónico a Presidencia de Cámara. Notifíquese por edictos por el término de ley". Juez: DR. EDUARDO H. ARICHULUAGA. Secretaría: DR. JAVIER MATIAS CHENA". A publicarse por dos días. Rosario, 27 de Junio de 2025.

$ 200 544663 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civivl y Comercial de la Décimo Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, Secretaría de quien suscribe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: DAVACA, ELSA INES c/QUISPE ENRIQUEZ, JOSE CRUZ s/DEMANDA MERE DECLARATIVA; (CUIJ Nº 21-02902623-5), se ha dictado la siguiente sentencia: ROSARIO, 25 de abril de 2025. Tomo: 2025 Folio: Resolución: 150. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO; 1) Admitir la demanda mere declarativa de certeza impetrada, haciendo cesar con ella la incerteza y declarándose así el carácter propio del bien inmueble adquirido por la actora Elsa Inés Davaca mediante Escritura Nº 202 de fecha 01/09/1992, en la parte que a ella le corresponde; 11) Costas al vencido, sin perjuicio de lo establecido en los precedentes “Considerandos” en cuanto a los honorarios de la defensora de oficio; III) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se adjunten las copias de inscripción frente a A.F.I.P del profesional actuante; IV) Insértese y hágase saber. (Autos: DAVACA, Elsa Inés c/QUISPE ENRIQUEZ, José Cruz s/Demanda Mere Declarativa - Trámite Oralidad; CUIJ 21-02902623-5). Fdo. Dr. Fabián E. D. Bellizia (Juez); Dra. Elisabet C. Felippetti (Secretaria).7 de mayo de 2025.

$ 100 542603 Jul. 21 Jul. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo C. M. QUAGLIA comunica por dos días que en los autos: CUART NORBERTO ENRIQUE s/Concurso Preventivo; Expte. 372/2005, se ha declarado la finalización del concurso preventivo por cumplimiento total del acuerdo homologado: Tomo 2025 - Resolución N° 41 - Rosario, 14 de marzo de 2025. ANTECEDENTES: Los presentes caratulados CUART NORBERTO ENRIQUE s/CONCURSO PREVENTIVO; Expte. 372/2005, y, FUNDAMENTOS... En consecuencia, deberá darse por finalizado el presente concurso preventivo por cumplimiento total del acuerdo homologado, con los efectos previstos en la Ley Concursal. En mérito a lo expuesto, RESUELVO: 1) Disponer la finalización del concurso preventivo por cumplimiento total del acuerdo homologado, con los efectos previstos en la Ley Concursal, debiendo cesar respecto del concursado los limitaciones previstas en los arts. 15 y 16 LCQ ; 2) Téngase por concluida la intervención del síndico actuante 3) Ordenar la publicación de la presente resolución por edictos. 4) Fecho, comunicar al Registro de Procesos Universales la conclusión del concurso, oficiándose y levantar la inhibición trabada en autos, librándose los despachos pertinentes. Insértese y hágase saber. VALERIA BELTRAME - PROSECRETARIA - Dr. MARCELO C. M. QUAGLIA - JUEZ.2 de junio de 2025.

$ 200 542630 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del juzgado de Circuito Civil, y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: AGUIRRE, NATALIA FERNANDA c/TITULAR DEL INMUEBLE CALLE CHACABUCO 3468 DE ROSARIO Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUIJ: 21-02952443-9, se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 05 de Diciembre de 2022. Por presentado, en el carácter que invoca y con domicilio procesal admitido, con patrocinio letrado. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada formal DEMANDA DE USUCAPIÓN sobre el inmueble de calle Chacabuco Nº 3468 (Nomenclatura Catastral 03/209/047/001/000, Sección 3., Manzana 209, Parcela 35-36, Partida Inmobiliaria 16-03-03 236345/003 y 16-03-03 236345/004. de Rosario lote 48 b el cual se encuentra inscripto en el Registro de Prop. Inmueble T 212 C F 1847 Nº 81826 de 23/07/54, a nombre de DIONISIO ANDINO a la que se le imprime el trámite previsto para el juicio sumario (art. 540 y 408 del CPCC SFE). Previamente: ... 7.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial. (THD Nº 100004 T 438 Folio 21 (2/01/86), CELESTINA ROGIN Y NORMA RITA ANDINO Y JORRIN y T 498 F 258 TDH 236356 (23/05/1994) a nombre de RITA ANDINO y ROGIN. Fdo. Dra. Ragonese Claudia, secretaria; Dra. Heltner Paula.

$ 100 542632 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, en autos RODRIGUEZ. EUGENIO ANTONIO Y OTROS c/MARTINEZ, BIENVENIDO Y OTROS s/Usucapión; CUIJ 21-02911283-2 Expte. N° 54/2019, se ha dispuesto notificar a HEREDEROS DEL SR BIENVENIDO ROBERTO MARTINEZ, DNI 5.988.111, hijo de Jaime Martínez y Carmen y de Rosa Bruque, su declaración de rebeldía, mediante el siguiente decreto: ROSARIO, 21 de Mayo de 2025. Informando verbalmente la Actuarla, en este acto, que los herederos de la parte codemandada BIENVENIDO ROBERTO MARTINEZ no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificados, decláraselos rebeldes y siga el juicio sin su participación. Publíquense los edictos respectivos. A los fines del sorteo de Defensor de Oficio, líbrese despacho electrónico a la Alzada, notificada y firme que estuviera la presente. Fdo. Dra. DANIELA A. JAIME, Secretaria; Dr. NICOLÁS VILLANUEVA, Juez. Se deja constancia que el presente goza de beneficio de gratuidad conforme art. 333 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe, conforme declaración jurada de fecha 28/08/2019 otorgada ante la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial de Santa Fe. Rosario, 02/06/25.

$ 100 542636 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dra. M. SILVIA BEDUINO, se ha ordenado citar a comparecer a estar a derecho en las actuaciones caratuladas “INSPECTORIA SALESIANA ARGENTINA NORTE “BEATO ARTEMIDES ZATTI” c/TITULAR REGISTRAL INMUEBLE Tº 336B F° 1145 N° 145795 s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-029726725, a la Sra. ROSA CASSINA DE ZANETTI de nacionalidad italiana, nro de pasaporte italiano 7.599.396, de apellido materno Fattorini, bajo apercibimiento de declararla rebelde y nombrarse defensor de oficio. Se transcriben los decretos dictados en las referidas actuaciones que ordenan la presente citación: “En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/20 pto. XV) No habiendo comparecido la parte demandada - ROSA CASSINA DE ZANETTI- a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un Defensor de oficio (cfrme. art. 78 CPCC). Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. M. SILVIA BEDUINO, Jueza; Dra. M. FLORENCIA DI RIENZO, Secretaria.

$ 100 542648 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Distrito en lo Civil y Comercial 10ª Nominacion de Rosario y en autos BANCO MACRO SA c/BUCHARDO DIEGO RUBEN s/Ejecutivo 21-01405740-1, Nº Expediente: 1319/2014 se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO 23/05/2025, Por practicada planilla, póngase de manifiesto por el término y bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por cédula con expresión de montos ($ 447.939,36). A la cautelar, auto. Dra. MARIANELA MAULION (Secretaria).

$ 100 542588 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 1ª Nom. de Rosario, dentro de los autos: DANESI, ALEJANDRA MARIEL Y OTROS c/MOLINA, ARGENTINA Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; CUIJ 21-02935333-3, se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO 11 de junio de 2025, No habiendo comparecido a estar a derecho los herederos de MARIANO PIETRO a pesar de encontrarse debidamente notificados por edictos y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos por el término de ley. Fdo. Dr. Arturo Audano (secretario); Dr. Ricardo Alberto Ruiz (Juez).

$ 100 544085 Jul. 21 Jul. 23

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El Juzg. lra. Inst. Civil y Comercial 12da. Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Fabián E. Daniel Bellizia(Juez), hace saber que dentro de los autos "Nuevo Banco Santa Fe S.A c/Rivero, Bruno Gabriel Matías s/Juicio Ejecutivo" CUIJ: 21-01481243-9 Expte. 1162/2022, se dictó lo siguiente: "Resolución 640. Rosario, 11/12/2024. Y VISTOS: ... Y CONSIDERADO: ... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la revocatoria planteada, dejándose sin efecto la tasa de interés impuesta en la resolución Nº 488 del 05/03/2015, obrante a fs. 53 y, en su lugar, ha de fijarse la tasa de interés entendida como UNA VEZ y ½ LA TASA ACTIVA (SUMADA) del BANCO de la NACIÓN ARGENTINA, estándose esta última como facultad morigeratoria de este suscripto para el caso de que las partes no hayan pactado los mismos, encontrándose dicha tasa disponible para consultas en la publicación de usus foris denominada “Agenda Económica”; dándose tratamiento en esta instancia a la solicitud de adecuación presentada por la actora según escrito cargo Nº 9232 del 10/09/24 (fs. 66/68); 2) Declarar devenido en abstracto el tratamiento de la apelación en subsidio, atento haberse hecho lugar al recurso de revocatoria interpuesto; 3) Insértese y hágase saber. (AUTOS: ··NUEVO BANCO de SANTA FE S.A. c/RIVERO, Bruno Gabriel Matias s/ Juicio Ejecutivo" Cuit Nº: 21-01481243-9).-" Fdo. Dr. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia(Juez)- Dra. Elisabet Felippetti (Secretaria Subrogante) OTRO SI: "Rosario, 07/02/2025. En virtud de las facultades conferidas por los arts. 49 y 21 del C.P.C.C. y a los fines de evitar futuras y/o eventuales nulidades, se revoca el decreto precedente, dejándoselo sin efecto y en su lugar se provee: De la revocatoria interpuesta: Traslado la parte demandada. Acreditese notificación de la Resolución Nº 640/24 (fs. 76/77) conjuntamente con el qresente mediante la Publicación de edictos" Fdo. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez)- Dra. Elisabet Felippetti (Secretaria Subrogante. Rosario, 23 de Junio de 2025.

$ 300 544664 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Dra. MONICA KLEBCAR, Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, y de la Dra. MARIANELA GODOY (secretaria), en el Expte. 415/2024, CUIJ N° 21-02984287-3, caratulado SANTOS COSTA SA s/REPOSICIÓN DE LIBRO DE ACCIONISTAS, en virtud del trámite de solicitud de reposición del Libro de Registro de Accionistas N° 1 de la sociedad SANTOS COSTA S.A., CUIT 30-61512818-6, no autorizada para realizar oferta pública de títulos valores, por extravío, mediante proveído de fecha 23/10/2024, se ha dispuesto: En virtud de lo dispuesto por el art. 1877 del Código Civil y Comercial de la Nación, procédase a la publicación de edictos respectivos. A tales efectos, publíquense por el término de CINCO (5) días edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en los diarios “El Ciudadano” de Rosario y “El Sur” de Villa Constitución. Atento al estado de autos, cítese a quienes pretendan derechos sobre las acciones de la sociedad mencionada para que se presenten dentro del plazo de TREINTA (30) días ante la perito contador CPN VERONICA ANALIA LIZZI, DNI 27.229.998, Matricula Nº 15.053, con domicilio fijado en calle ITURRASPE N° 4208 de la ciudad de Rosario, a fin de alegar y probar cuanto estimen pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a las actuaciones, de acuerdo a lo previsto por el art. 1877 del CCyC.


$ 500 544111 Jul. 21 Jul.25

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Por disposición del Juzgado de Circuito 4 de Rosario y en autos: RODRIGUEZ, CARLOS ALBERTO c/CUELLO, MARIA CECILIA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS, CUIJ 21-12650006-5. Se hace saber a SANCUEZ, GUSTAVO ANDRES, DNI 23170613, QUE SE DICTO LO SIGUIENTE: ROSARIO, 20 de Septiembre de 2024. Agréguese el ticket de foja cero acompañado. Por presentada, en el carácter que invoca y con domicilio procesal admitido, a mérito del poder especial acompañado. Désele la participación que en Derecho le corresponde. Por iniciada formal DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS que tramitará según las normas del proceso sumario (arts. 40$ y siguientes del CPCC). Citase y emplácese a Maria Cecilia Cuello ya Gustavo Andrés Sánchez para que dentro del término de diez días comparezcan a estar a derecho y tomen la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss,. CPCC). Cítese en garantia a Triunfo Coop. De Seguros Ltda., en los términos del ar. 118 de la ley 17.418, bajo los apercibimientos de ley. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente transitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 del 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Denúnciese correo electrónico a los fines de la notificación electrónica mediante cédula digital. FIRMO: Dra. PAULA MARINA HELFNER, Secretaria, Dra. CLAUDIA A. RAGONESE, Jueza. ROSARIO, 18 de Junio de 2025. Puestos los autos a despacho el día de la fecha, se provee: Agréguese la cédula acompañada. Atento a lo manifestado y constancias de autos, y sin perjuicio de lo actuado al respecto, emplácese al co-demandado Gustavo Andres Sánchez por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por Iras (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. FIRMO: Dra. PAULA MARINA HELTNER, Secretaria; Dra. CLAUDIA A. RAGONESE, Jueza.

$ 200 544108 Jul. 21 Jul.23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. LOPEZ, MARCOS GUSTAVO (ONI Nº 23.526.006) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/LOPEZ, MARCOS GUSTAVO s/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936168-4): "ROSARIO, 17/10/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CITESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-0ese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F.. 3-Resérvese la documental acompañada. 4-Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Designase a la/s parte/s cornpareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, corno depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE -AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora corno a la demandada que compareciere en autos. --Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE-- Firmado: PEREYRA SILVINA LOPEZ (SEC.), MARTINEZ MARIANA (JUEZ).


$ 100 544713 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr. LAVENA, LAURA MARCELA, DNI Nº 30.1 73.023, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LAVENA, LAURA MARCELA s/ EJECUTIVO (CUIT Nº 21-02911379-0): Nº 63. ROSARIO, 19/02/2025. Ordenando llevar adelante la ejecución contra Laura Marcela Lavena (DNI 30.1 73.023), hasta que se pague a CFN SA la suma de $72.818,46 con más intereses moratorias y punitorios a una tasa del 9% nominal mensual entre ambos, todos desde el 05 /09 /18, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, en caso de corresponder, y siempre que la suma de los dos tipos de intereses no supere la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Los intereses devengados desde la mora, ocurrida el 05 /09 /18, hasta la fecha de la notificación de la demanda, que data del 06/10/23, se capitalizarán por única vez, en los términos del art. 770 inc. b CCC. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Retire la documental de autos oportunamente acompañada y reservada en Secretaría, bajo el correspondiente recibo y en carácter de depositario judicial de la misma. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. FIRMA: DRA. VE ICA A. ACCINELLI Secretaria, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO Jueza. 22 de Mayo de 2025.


$ 100 544718 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Circuito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado, citase y emplácese a los herederos y/o legatarios de MATEO SINESIO FRANOLICH, a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCC. Fdo. Dra. Cecilia CAMAÑO, Juez Dra. Ana Belén Cura, secretaria. Autos caratulados: VEGA, MIGUEL ANGEL c/HEREDEROS DE FRANOLICH, MATEO SINESIO s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N° 21-12647358-0.

$ 100 544097 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, en los autos: SOTELO, NORBERTO FABIAN c/SCHWIETERS, ANDREA VERONICA s/APREMIO 21-02978869-0, se ha dispuesto notificar por edictos la citación de remate por el término de 3 días y bajo los apercibimientos de llevar adelante la ejecución sin más trámite a la demandada Andrea Verónica Schwieters. Imprímase el trámite del art. 507 y ss. del C.P.C.C.

$ 100 544084 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, se ha decretado dentro de los autos caratulados SANTORO MIGUEL ÁNGEL Y OTROS c/SÁNTORO, NOBERTO ESTEBAN s/NULIDAD; CUIJ 21-02988293-9, ROSARIO, 23 de Junio de 2025. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. SILVINA L. RUBULOTTA, (Secretaria).Rosario, 26/6/15.

$ 100 544082 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: CAFFA NEBY NELLY s/ACUER. PREVENTIVOS EXTRAJ. Y CONC. PREVEN. CUIJ 21-01241807-5 Nº Expediente: 780/2012, se ha resuelto mediante auto N° 463 de fecha 26/05/2025, Revocar parcialmente la parte resolutiva del Auto Nº 867 de fecha 13/4/18 obrante a II 427 y en su lugar regular los honorarios profesionales de la perito calígrafa Silvana Marisa Tabbaj en la suma de $ 4.000.000,00 equivalente a 41,73 unidades jus por los trabajos realizados (Art. 12 de la Ley 6767 y sus modificatorias) dejando vigente todo lo demás. De esa manera, los honorarios de la Perito Silvana Marisa Tabbaj han quedado regulados en la suma de $ 4.000.000,00 equivalente a 41,73 unidades jus los que devengarán un interés equivalente a la tasa activa sumada publicada por el Banco de la Nación Argentina S.A. siendo la notificación de la presente suficiente intimación de pago. Asimismo, mediante decreto de fecha 29 de mayo de 2025 V.S. dispuso declarar rebelde a los herederos de Neby Nelly Caffa, prosiguiendo el juicio sin su, representación, y librarse oficio al Registro de Procesos Universales, a los fines de que informen si se encuentra abierta sucesión de NEBY NELLY CAFFA, teniéndose presente el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en subsidio contra la regulación de honorarios Nº 867. Sabrina Mercedes Rocci, Secretaria.


$ 100 544023 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª nominación de Rosario, se ha ordenado notificar la sentencia dictada dentro de los autos: WEBER, CLAUDIA MARCELA c/IBAÑEZ, JUANA BEATRIZ y OTROS s/Escrituración; CUIJ N° 21-00765319-8: N° 357 ROSARIO, 19 de septiembre de 2024. y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO. 1) Rechazar la demanda de escrituración deducida por Claudia Marcela Weber. 2) Imponer las costas a la actora. 3) Diferir la regulación de honorarios a la aprobación de la planilla de liquidación que determine la cuantía del juicio. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Ricardo Ruíz (Juez); Dr. Arturo Audano (Secretario). Asimismo, se notifica el siguiente decreto: ROSARIO, 16 de octubre de 2024. Por notificadas. Concédase el recurso de apelación y nulidad, interpuesto por la parte (actora mediante cargo N° 11367/2024, contra la sentencia N° 357/2024, en modo libre y con efecto suspensivo (Art. 351 CPCC), debiendo elevarse los presentes por ante el Superior, con atenta nota de estilo y remisión. Fdo. Dr. Ruiz (Juez); Dr. Audano (Secretario).

$ 100 543946 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: ALTAMIRANO, FLAVIA J. Y OTROS c/KANTIER S.A.I.C.I.A.F., Y/O TITULARES REGISTRALES DEL INMUEBLE s/ESCRITURACION; CUIJ 21-02975555-5, se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 30 de mayo de 2025 Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que el demandado KANTIER S.A.I.C.I.A.F haya comparecido a estar a derecho, se lo declara rebelde siguiendo el juicio sin dársele representación, Ofíciese al superior a fin que proceda a los fines de proceder al sorteo de Defensor de oficio. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Sergio A. González (secretario), Dr. Luciano D. Carbajo (juez).

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 16 de la ciudad de Rosario, a cargo del Sr. Juez en suplencia Dr. Marcelo Quaglia, Secretaria correspondiente de la Dra. María Sol Sedita, y por estar asi dispuesto en la causa: CARDOZO, LUIS ALBERTO Y OTROS c/PIÑERO PACHECO SARA s/USUCAPIÓN; (C.U.I.J. N° 21-0291?695-7), que tramita por ante el referido; se cita, llama y emplaza a la demandada: SARA PIÑERO PACHECO Y/o sus HEREDEROS Y/O SUS SUCESORES UNIVERSALES Y/O SINGULARES, conforme previsiones de los arts. 73 y 597 del C.P.C.C., para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos legales de rigor. Descripción del inmueble objeto de usucapión -según plano de mensura para adquisición de dominio por usucapión judicial confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Rodolfo Carlos Dobboletta aprobado por la Dirección de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T.) de la Provincia de Santa Fe, y registrado en fecha 19/01/2018 bajo el N° 5634-11: LOTE 1 Un lote de terreno, situado en el pueblo Piñero, Departamento Rosario de esta Provincia, ubicado en la calle Sara Piñero Pacheco, entre las calles 9 de Julio y 25 de Mayo, en la Manzana N° 10, a los 69.00 M. hacia el Este de la calle 9 de Julio y a los 32.50 m. hacia el Oeste de la calle 25 de Mayo, compuesto de 15.40 m. frente al Sur, línea AB; 50 m, de fondo línea AD; 15.40 m. de contrafrente al Norte, línea DC y 50 m, de fondo, línea CB. Todos los ángulos forman 90º, Encierra una superficie de 770.00 m2.; lindando por su frente al Sur con la calle Sara Piñero Pacheco; al Norte con Sara Piñero Pacheco (lote en posesión de Miguel Oscar Bahio; al Oeste con Stipich Debora y otros y al Este con el Sr. Rodolfo Macedo (sucesión) y con Raul Martinich. Rosario, 14 de Octubre de 2024. Dra. María Sol Sedita, Secretaria.9 de junio de 2025.

$ 100 543128 Jul. 21 Jul. 23

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En autos GARCIA ISABEL BENIGNA s/Sucesión; CUIJ 21-01548401-9 de trámite ante Juzgado de 1ª Inst, Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia Secretaria de la Dra. María Karina Arreche se ha dictado lo siguiente: Rosario, 11/11/2024. Con los autos a la vista, proveyendo el escrito cargo N° 15229/24 y N° 15230/24: Agréguese. A los fines ordenatorios del proceso, a lo peticionado oportunamente. Atento el fallecimiento del coheredero ROBERTO MIGUEL GARCÍA, sin perjuicio de la copia certificada de declaratoria de herederos obrante en autos a fs, 84vta./85. PREVIO a todo trámite emplácese por edictos a los herederos del mencionado para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley (art. 597 CPCCSF). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de ROBERTO MIGUEL GARCIA DNI N° 5.969.811 para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Dra. María Karina Arreche (Secretaria Subrogante).13/3/25.

$ 33 543636 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados VILLA CASSINI ASOCIACION MUTUAL c/MARQUEZ, ARNALDO RUBEN s/JUICIO EJECUTIVO; (Expte. Nº 306/23, CUIJ 21-02976599-2), se ha ordenado notificar por edictos al demandado, Sr. ARNALDO RUBEN MARQUEZ (DNI Nº 27.693.076, a los efectos de notificarlo de la rebeldía decretada en autos. Se transcribe a continuación el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 08 de Mayo de 2025. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y venado el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Ma. Eugenia Sapei, (Secretaria), Dr. Ricardo Ruiz (Juez en suplencia). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. María Eugenia Sapei. Rosario, de mayo de 2025.


$ 52,50 543593 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Daniel Juarez, notificar a los herederos del Sr. Eduardo Cesar Porcel, DNI N° 6.037.424, lo siguiente Rosario, 5 de junio de 2025. Téngase presente lo informado por el abogado patrocinante respecto del fallecimiento del codemandado. Cítese y emplácese a los herederos de Eduardo César Porcel a los fines de comparecer a estar a Derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley, y ofíciese al Registro de Procesos Universales a fin de que informe acerca de la apertura de su juicio sucesorio. Sin perjuicio de la notificación por cédula, publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial (art. 597, CPCC), por un día. Autos caratulados: TEVEZ MIGUEL ANGEL c/REMOLINS EDUARDO JAIME Y OTROS s/Escrituración; (CUIJ N° 21-01321071-0). Fdo. Dr. Luciano Daniel Juarez (Juez), Dra. María José Casas (Secretaria).

$ 100 543630 Jul. 21 Jul. 20

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: CORIGLIANO, VICTOR HUGO c/GLOTER SAS Y OTROS s/COBRO DE PESOS; Expte. CUIJ Nº 21-12647898-1, se proveyó lo siguiente: 1 1er Decreto: Rosario, 16/04/2025. Estando debidamente notificado y no habiendo la codemandada Gloria Esther Souza comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. LUCIANO JUAREZ (Juez en suplencia); Dr. Federico Lema (Secretario). 2º Decreto: Rosario, 26/05/2025. Atento lo manifestado y advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 16/04/2025, revóquese por contrarío imperio en cuanto requiere la notificación por cédula y en su lugar se provee: Notifíquese por edictos, quedando subsistente en lo demás. Fdo. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez); Dr. Federico Lema (Secretario).


$ 100 543628 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado Primera Instancia civil y Comercial 10ª Nom. SEC. ÚNICA de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. MAURO R. BONATO, dentro de los autos caratulados QUIROGA GERMAN MARTIN c/ESPLUGAS RICARDO JUAN MAGIN Y OTROS s/USUCAPIÓN (CUIJ 21-01393644-8) por decreto de fecha 26 de Mayo del 2006 se dispuso la iniciación de demanda de usucapión, respecto del inmueble sito en calle Montevideo 5290 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripto el dominio en Tomo 321 9 Folio 1267 Número 129757, Departamento Rosario, contra el Sr. Esplugas Ricardo Juan Magin y otros; y por decreto de fecha 4 de Mayo de 1007 se citó y emplazó a los requeridos demandados a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Rosario, 15 de septiembre de 2021. Fdo. Dr. MAURO R. BONATO (Juez); Fdo. Dra. MARIANELA MAULION (Secretaria).

$ 100 543608 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, en autos: MERCAU IBAR EBASTRAIN c/SANATORIO PARQUE SA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; 21-01564988-4 Nº Expediente: 264/2015: se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, estese a la fecha que surge del SISFE. Proveyendo el escrito cargo N° 4510/25: No habiendo comparecido a estar a derecho los herederos del demandado WENCESLAO PEDRO TEJERINA a pesar de encontrarse debidamente notificados por edictos y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Ofíciese a los fines del sorteo de Defensor de Oficio, líbrese comunicación electrónica a Presidencia de Cámara de Apelaciones. Notifíquese por edictos por el término de ley. Fdo. Dr. MARCELO QUAGLIA, Juez Y Dra. MARIA KARINA ARRECHE, secretaria subrogante.

$ 100 543607 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SOTO, PATRICIA MIRNA AIDA c/RODRIGUEZ, GERVASIO O. s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-02884494-5, se ha dictado la Sentencia Nº 155 de fecha 30/04/2025, que se transcribe en su parte resolutiva FALLO: 1. Haciendo lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarando operada la prescripción adquisitiva respecto del in mueble descripto en los considerandos, por imperio de lo normado en los arts. 4015, 4016 y cc. del Código Civil y 1899 del Código Civil y Comercial, a favor de Patricia Mirna Aida Soto. 2. Declarando que la adquisición del derecho real se produjo el 23 de Febrero de 1993 (Ley 26.994), debiendo oficiarse al Registro General de la Propiedad, una vez que quede firme la presente y si fuera material y registralmente posible, a fin de que proceda a inscribir el dominio a favor de la actora. 3. Imponer las costas en la forma indicada en los considerandos. Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. LORENA A. GONZALEZ (SECRETARIA), Dr. MARCELO N. QUIROGA (JUEZ).Dra. Dulce Rossi, prosecretaria.

$ 100 543620 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ª Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo A. Ruíz, Secretaría del Dr. Arturo Audano, ordena: ... Cítese y emplácese a los herederos del demandado ALEJANDRO REBLES para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley, según lo normado por el art. 597. Autos: PROLA, ADRIAN VICTORIO c/REBLES, ALEJANDRO s/Resolución Contractual Daños Y Perjuicios; EXPTE. nº 168/12, CUIJ N° 21-00761397-8. Rosario, Secretario.19 de Junio de 2025.

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Se hace saber que en los autos caratulados: MACKEY, IGNACIO c/FRESIA, CELLESTINO NORBERTO s/USUCAPIÓN, CUIJ 21-02983244-4 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de circuito N° 2, de Rosario se ha dictado el siguiente Decreto: ROSARIO, 12 de Junio de 2025 Informándose verbalmente por Secretaria en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde, siguiendo e/juicio sin su representación. Oportunamente, para sorteo de Defensor de Oficio, oficiase a la Presidencia de Cámara Civil. Notifíquese por edictos en los términos y bajo los apercibimientos de ley (atte. 67, 73y 78 del CPCC). Fdo. Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez); Dr. Javier Matías Chena (Secretario). ARTICULO 67.- Las notificaciones por edictos se harán en el Boletín Oficial. Los edictos serán redactados con los mismos requisitos de las cédulas, en forma sintética, reemplazando la transcripción de la providencia por una enunciación abreviada de su parte esencial. Las notificaciones que se practiquen por edictos, deberán ser fijadas en un espacio especial habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, conforme lo determine la Corte Suprema de Justicia. ARTICULO 73. Si el domicilio fuese desconocido o la persona incierta, el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación. ARTICULO 78. Notificada la rebeldía, el proceso seguirá sin dársele representación al rebelde, al cual se le tendrá por notificado de cualquier resolución o providencia, desde su fecha. Si no fuere conocido el domicilio, se le nombrará defensor, por sorteo de entre los abogados de la lista. En el primer caso, siempre que se decrete traslado al rebelde, se reservarán los autos en secretaria y las copias quedarán a disposición de aquél hasta el vencimiento del término, que se contará también automáticamente desde la fecha de la providencia que ordene el traslado o la vista. El defensor tendrá derecho a cobrar honorarios al rebelde y debe hacer llegar a conocimiento de éste, la noticia del pleito. Deberá asimismo, recurrir de la sentencia dictada contra el rebelde. Dr Javier Chena, secretario.

$ 200 543616 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 18 de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. SUSANA SILVINA GUEILER, Secretaría a cargo de la Dra. PATRICIA BEADE, se ha dispuesto dentro de los obrados: NAVAS, SEBASTIAN IGNACIO c/DUCK, RUBEN EZEQUIEL s/Medida Previa Ejecutivo, CUIJ Nº 21-02984882-0, que se sustancian ante este Juzgado, notificar por edictos las siguientes providencias: Rosario, 27/8/2024. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado por derecho propio. Désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciadas medidas preparatorias de juicio EJECUTIVO. Emplácese a la parte demandada a comparecer a la audiencia que se celebrará e1 día 16 de septiembre de 2024 a las 9.30hs. a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documentación reservada en Secretaria. Resérvese en Secretada la documental acompañada. Notifíquese con una antelación de 10 días bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido si no comparece o se niega a declarar conforme lo regulado por el art. 450 del C.P.C.C. A las demás medidas de prueba ofrecidas, no ha lugar por no corresponder al trámite de los presentes, debiendo ser las mismas ofrecidas en el principal para su oportunidad y si correspondiere. Otro: Rosario, 14/3/25 Atento lo informado por el RENAPER y a fin de evitar futuras nulidades, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C.: otro: Rosario, 18 de Marzo de 2025. Atento lo solicitado, se amplia el decreto que antecede y se provee: Emplácese a la parte demandada a comparecer a una nueva audiencia que se celebrará el día lunes 21 de abril de 2025 a las 8:30hs. a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documentación reservada en Secretaría. Notifíquese con una antelación de 10 días bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido si no comparece o se niega a declarar conforme lo regulado por el art. 450 del C.P.C.C. Notifíquese el presente por edictos conjuntamente con el decreto de fecha 27/8/24 y de fecha 14/3/25.: otro: Rosario, 22 de Abril de 2025. Emplácese a la parte demandada a comparecer a una nueva audiencia que se celebrará el día 2/6/2025 a las 8:30 hs. a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documentación reservada en Secretaría. Notifíquese con una antelación de 10 días bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido si no comparece o se niega a declarar conforme lo regulado por el art. 450 del C.P.C.C. Notifíquese por edictos. Otro: Rosario, 23 de mayo de 2025. Emplácese a la parte demandada a comparecer a una nueva audiencia que se celebrará el día 21/7/2025 a las 8:30 hs. a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documentación reservada en Secretaria. Notifíquese con una antelación de 10 días bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido si no comparece o se niega a declarar conforme lo regulado por el art. 450 del C.P.C.C. Notifíquese por edictos. Fdos. Dra. SUSANA SILVINA GUEILER, JUEZ; Dra. PATRICIA BEADE, SECRETARIA. Rosario,26 de mayo de 2025 Dra. Melisa Lobay, Prosecretaria.

$ 200 542439 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, y dentro de los autos caratulados LAS ACEQUIAS DESARR. INMOB. SRL c/OSCAR STRALLA SRL s/Daños Y Perjuicios; (CUIJ 21-0l523142-1), que allí tramitan, se ha ordenado lo siguiente: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE. (CSJSF, Acta N° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Agréguense las copias simples acompañadas las cuales, oportunamente, deberá certificar. Téngase presente el fallecimiento denunciado y lo demás manifestado continuando la representación de la sociedad demandada en el modo que prevé el contrato social y normas aplicables (ley 19550). Cítese y emplácese a los herederos o sucesores de Oscar Cayetano Stralla a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 597, CPCC). Líbrese despacho electrónico al Registro de Procesos Universales a fin de que a fin de que sirva informar si se registra sucesión abierta respecto del causante mencionado supra, la identidad de herederos declarados si los hubiere y todo otro dato de utilidad que pudiera brindar al respecto. Líbrese igual despacho a la MEU a fin de informar sucesión iniciada a nombre del mencionado. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza) - Dr. Lucas Menossi (Secretario); Rosario, 05/03/2024. Previo a lo solicitado, certifíquense la copia de poder general acompañada a fs. 756 y la copia de poder especial acompañada a fs. 756, otorgados a la Dra. Vacca. Acompañe constancia de sellado de fs. 812 en original, conforme decreto de fecha 813. Certifíquese la copia de contrato acompañada a fs. 824-827 y la partida de defunción de fs. 828. Certifíquese copia de poder general acompañada a fs. 832 otorgado a la Dra. Vacca. Cumpliméntese con la publicación de edictos cf. art. 597 CPCC conforme decreto de fs. 831. Fdo. Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza) - Dra. Patricia Beade (Secretaria).22 de mayo de 2025.

$ 200 542442 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JUANA GRISELDA MEDINA (D.N.I. 14.938.818), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MEDINA, JUANA GRISELDA s/Sucesorio - CYC 9; (CUIJ N° 21-02994464-1). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Jul.21

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FONTANELLA MIRTA BEATRIZ, D.N.I. 16.286.962, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FONTANELLA, MIRTA BEATRIZ s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02945308-7. Fdo. Dra. MARIA BELEN MORAN, Secretaria Dra. SUSANA S. GUEILER, Jueza.

$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejadas por el causante VICTOR HUGO BARRAZA (DNI 6.133.753), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BARRAZA, VICTOR HUGO s/SUCESIÓN C y C 18; CUIJ 21-02982483-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul.21

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo civil y comercial de la l0 Nominación de Rosario, DR. Mauro Bonato, notifica al Sr. JOSE, JUAN MANUEL, DNI Nº 38.448.852, lo declarado en autos: CFN SA c/ JOSE, JUAN MANUEL s/EJECUTIVO (CUIT Nº 21-02952797-8) Nº 353. ROSARIO 08/05/2025. Ordenar seguir adelante la ejecución contra JOSE, JUAN MANUEL hasta tanto el actor CFN S.A. se haga íntegro cobro de la suma reclamada de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA CON TREINTA Y SEIS CVOS. ($149.070,36.-), con más los intereses indicados en los considerandos de la presente e IVA sobre intereses, si correspondiere. Costas a la accionada (art. 2 51 C.P.C.). Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. FIRMA: Dra. Marianela Maulión Secretaria, Dr. Mauro R. Bonato Juez.

$ 100 544719 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 1ra Nominación de Rosario, a cargo del Juez Dr. Daniel Humberto González, Secretaría a cargo de la Dra. Gabriela Maria Kabichian, dentro de los autos caratulados: “PUJOL, JAIME MARIANO Y OTROS C/RODRIGUEZ ARAYA, KARINA VALERIA Y OTROS S/APREMIOS” CUIJ Nro. 21-12645405-5, se hace saber al Sr. José María Bertiche (DNI 20.604.660) que se lo ha emplazado a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Se trascribe los decretos: “ROSARIO, 29 de Julio de 2024. Puesto a despacho en el día de la fecha, se provee: Por interpuesta demanda de Apremio, tramítese como incidente de los principales. Cumpliméntese con el sellado de la demanda en el transcurso del proceso o, en su defecto, en el momento procesal oportuno conforme art. 279 de CPCC. Cítese de remate a la accionada KARINA VALERIA RODRIGUEZ ARAYA, FEDERICO TURIELLA y JOSE MARIA BERTICHE, con la prevención de que si dentro del término improrrogable de tres días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. (art. 473 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe). A la cautelar peticionada, auto”.Fdo. Dra. Gabriela Maria Kabichian (Secretaria), Dr. Daniel Humberto González (Juez). Y otro “ROSARIO, 07 de Diciembre de 2023. Por ampliada la demanda contra JOSE MARIA BERTICHE. Tómese razón en el SISFE. Previamente, cumpliméntese con lo ordenado en la providencia que antecede respecto de la notificación a JOSE MARIA BERTICHE del Auto N° 730 de la causa principal.” Fdo. Dra. Gabriela Maria Kabichian (Secretaria). Y otro: “ROSARIO, 06 de Mayo de 2025 Atento las constancias de los presentes y de los autos conexos, emplácese al codemandado JOSE MARIA BERTICHE por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese conjuntamente con la providencia de fecha 07/12/2023 (cfr. fs. 23) y el primer decreto de trámite (cfr. fs. 35).” Fdo. Dra. Gabriela Maria Kabichian (Secretaria), Dr. Daniel Humberto González (Juez). Rosario, … de junio de 2025. Dra. Rosa Ines Kaminsky, Prosecretaria Suplente-

$ 300 543809 Jul. 21 Jul. 23

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El señor Juez de Juzgado de 1º Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, ha ordenado citar y emplazar al demandado LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA. por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76,-y ss., CPCC) dentro de los caratulados:/GIRARD SANDRA MONICA C/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA S/ESCRITURACION CUIJ 21-02986348-9. Todo ello ha ordenado mediante decreto de fecha 16 de diciembre de 2024. Cargo Nº 16523/24: agréguese. Proveyendo cargo Nº 12669/24: Por presentado, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Por iniciada formal DEMANDA DE ESCRITURACIÓN que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts. 398 y concordantes del CPCC). Cítese y emplácese al demandado por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. En los demás oficios que el profesional, estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que en caso de existir hechos controvertidos o de demostración necesaria las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la competencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive y/o funciona allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Firmado Dra. Monica Klebcar (Juez) Dra. Marianela Godoy (Secretaria). La presente publicación de edictos ha sido ordenado mediante Decreto de fecha 23 de mayo de 2025. Cargo N° 5344/25: Atento a que las cédulas a los domicilios que surgen de informe del Registro de Comercio (de fs. 39/40 del expediente digital), informan no conocer a la requerida (fs. 89/90 exp. digital) y la otra fue devuelta (fs. 93/94 exp. digital), a los fines evitar futuras nulidades, cítese a la demandada LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA por edictos. Firmado Dra. Monica Klebcar (Juez) Dra. Marianela Godoy (Secretaria)".-

$ 500 544669 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, DR. FERNANDO MECOLI, notifica al Sr. BECERRA NAJAYA, JAIME, DNI Nº 94.954.195, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE SA c/BECERRA NAJAYA, JAIME s/EJECUTIVO (Cuit Nº 21-02960475-1): ROSARIO, 01 de Diciembre de 2022. Habiéndose cumplido con lo requerido en fecha 1/09/2022 se provee el primer decreto de trámite: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado en copia certificada, désele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida demanda de JUICIO EJECUTIVO contra JAIME BECERRA NAJAYA. Cítese y emplácese a la accionada para que comparezca a estar a derecho en el término de 3 (TRES) días bajo apercibimientos de declarársela en rebeldía. Trábese embargo sobre las remuneraciones que perciba el demandado, Sr. JAIME BECERRA NAJAYA (DNI 94.954.195) como dependiente de PECAM S.A., en proporción de ley, hasta cubrir la suma de $120.871, 73 con más un 35% (TREINTA Y CINCO POR CIENTO) estimados provisoriamente para intereses y costas. Los fondos retenidos deberán ser depositados en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal Caja de Abogados- con domicilio en calle Montevideo 2076 de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado. Previa reposición fiscal, líbrese despacho como lo solicita. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación, bajo apercibimientos de nulidad de la misma (art. 35, 63 y 87 CPCC). FIRMA: DRA. SABRINA ROCCI SECRETARIA, DR. FERNANDO A. MECOLI JUEZ. 04 de Julio de 2025.


$ 100 544711 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, DR. MARCELO N. QUIROGA, notifica al Sr. ROMERO, VICTOR ABRAHAM, DNI Nº 23.790.611, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ ROMERO, VICTOR ABRAHAM s/ EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-02961350-5): “Rosario, 07.05.2025.- Agréguese la constancia acompañada. Atento lo solicitado, las demás constancias de los autos citados precedentemente, lo normado por el art. 772 .C.C.C. y lo decidido por la C.S.J.S.F. en autos "Munic. de Santa Fe c/Bergagna" (A. y S. T. 276, F. 294/326) y "Pereyra c/Munic.deRafaela" (A.y S, T. 287, F.452/455) regúlanse los honorarios de la Dra. Roxanna Noemi Knafel (CUIT 27-21307016-4, resp. inscripto) en la suma de $191.694,86.- (2 Jus) (cfm. art. 7, inc. 2, subinc. b, Ley 6.767 y modif.). Establécese que el ajuste por unidad Jus (cfm. art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual capitalizable del B.N.A. Córrase vista a Caja Forense y Caja de Jubilaciones, mediante cédula digital que deberá diligenciar el profesional interviniente.Póngase de manifiesto, por el término de ley, la planilla practicada en la suma de $895.316,38.Notifíquese por cédula. Firmado: GONZALEZ LORENA (SEC.), QUIROGA MARCELO N. (JUEZ).

$ 100 544715 Jul. 21 Jul. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 2 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario- Santa Fe, en los autos caratulados "PEREZ, MARISOL ANDREA S/ QUIEBRA" CUIJ 21-02990766-5 se ha dispuesto lo siguiente: "ROSARIO, 27/06/2025. VISTOS:.....CONSIDERANDO: ... RESUELVO: l. Fijar el 01/09/25 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación ante la sindica Nancy Cristina Ortiz con domicilio en calle Corrientes 631 Piso 4 Oficina C de la ciudad de Rosario, teléfono 341 2413997, correo electrónico: ncortiz@hotmail.com, con dlas y horas de atención de Lunes a Viernes de 9 a 16 horas. 2. Fijar el 30/09/25 para la presentación por parte de la sindicatura del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.- 3. Fijar el 03/11/25 para la presentación del informe general por el Sindico.- 4. Hacer saber que el periodo de exclusividad vencerá el 11/05/26 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 04/05/26 a las 10:00 horas, o al dla siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil.- 5. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el Boletín Oficial. Insértese y hágase saber" Firmado: DRA. MARIANELA GODOY Secretaria ORA. MONICA KLEBCAR Jueza.

Rosario, JULIO 10 DE 2025

S/C 544586 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición de Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala III) de Rosario, se ha ordenado la publicación de edictos de la Resolución Judicial N° 153 de fecha 27/05/2025, dictada dentro de los Autos caratulados: “BARBERO EDUARDO JOSE S/SUCESORIO” (CUIJ N°21-26024164-5) la cual se transcribe a continuación: “RESUELVE: Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por José Ricardo Barbero y, en consecuencia, revocar la sentencia de primera instancia en cuanto declara heredera del Sr. Eduardo José Barbero a su hermana María Teresa Barbero. Insértese y hágase saber. (“BARBERO EDUARDO JOSÉ s/ SUCESORIO”, CUIJ. 21 26024164-5)”. Fdo.: Dres. Cinali; Molina; Lotti (Jueces); Dra. Sabrina Campbell (Secretaria).-

$ 100 543917 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. MIÑO, MIRTA MARCIA (DNI Nº 29.200.852) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ MIÑO, MIRTA MARCIA s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936487-9): Rosario, 23/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F... 3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 1 1. Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Auto consulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. ---Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE--- Juzgado de I a. lnst. De Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A BALLARINI - Juez Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria- circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar Dra. CAROLINA AYMO -Prosecretaria.

$ 100 544720 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, DR. FERNANDO MECOLI, notifica al Sr. GARCIA, KEVIN AGUSTIN, DNI Nº 42.926.481, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A c/ GARCIA, KEVIN AGUSTIN s/ EJECUTIVO (CUIT Nº 21-02963839-7): ROSARIO, 22 de Febrero de 2023. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado en copia simple que deberá certificar ante la Actuaria. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida demanda de JUICIO EJECUTIVO contra KEVIN AGUSTIN GARCIA. Cítese y emplácese a la accionada para que comparezca a estar a derecho en el término de 3 (TRES) días bajo apercibimientos de declarársela en rebeldía. Trábese embargo sobre las remuneraciones que perciba el demandado, Sr. KEVIN AGUSTIN GARCIA -DNI 42.926.481- como dependiente de PULMEN SERVICIOS EMPRESARIOS SA, en proporción de ley, hasta cubrir la suma de $250.038,80 con más un 35% (TREINTA Y CINCO POR CIENTO) estimados provisoriamente para intereses y costas. Los fondos retenidos deberán ser depositados en una cuenta judicial en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal Caja de Abogados- con domicilio en calle Montevideo 2076 de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado. Previa reposición fiscal, líbrese despacho como lo solicita con indicación del número de cuenta judicial correspondiente a los presentes. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación, bajo apercibimientos de nulidad de la misma (art. 3 5, 63 y 87 CPCC).FIRMA: DRA. SABRINA ROCCI SECRETARIA, DR. FERNANDO A. MECOLI JUEZ.

$ 100544712 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzg. 1ra. lnst. Civil y Comercial 7ma. Nom. de Rosario y en autos "CHAVEZ, MERCEDES C/FRANOLICH, MATEO SINESIO S/USUCAPIÓN" CUIJ: 21-02936774-1, se hace saber que se dictó lo siguiente: "ROSARIO, 18 de Junio de 2025. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su participación. Una vez efectuada la notificación del presente, vengan los autos para sortear defensor de oficio. Notifíquese por edictos (cfm. art. 77 y ce CPCC). DR. MARCELO N. QUIROGA (Juez);_DRA LORENA A. GONZALEZ (Secretaria)".-

$ 100 544666 Jul. 21 Jul. 23

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Por lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 2 de Rosario (SF), a cargo del Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA (Juez), secretaría a cargo del Dr. JAVIER MATÍAS CHENA en los autos caratulados "LOPEZ, ADELAIDA SUSANA C/LOPEZ, JUAN BAUTISTA Y OTROS SI USUCAPIÓN", CUIJ: 21-02971691-6, se ha declarado la rebeldía de los demandados JUAN BAUTISTA LÓPEZ, ROSA LÓPEZ, RAFAEL EUGENIO LÓPEZ, JOSEFA VIRGINIA LÓPEZ, SARA SUSANA LÓPEZ, DELIA LÓPEZ, LIZARDO LÓPEZ, NÉLIDA LÓPEZ, EMILIA LÓPEZ y a CARLOS LÓPEZ y/o sus herederos universales o singulares y a quien resulte propietario o se considere con derechos sobre el inmueble sito en Av. Ferreyra Nº 1261 de Rosario, Peía. de Santa Fe. Todo por lo dispuesto por decreto: "ROSARIO, 26 de Junio de 2025. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Para sorteo de Defensor de Oficio oportunamente se remitirá correo electrónico a Presidencia de Cámara. Notifíquese por edictos por el término de ley". Juez: DR. EDUARDO H. ARICHULUAGA. Secretaría: DR. JAVIER MATIAS CHENA". A publicarse por dos días. Rosario, 27 de Junio de 2025.

$ 200 524663 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la /2ominación de Rosario, se ha ordenado citar a comparecer a estar a derecho al propietario del inmueble inscripto al Tomo 369B Folio 25 nº 188983 de fecha 14/11/1975 individualizado como Lote A o Lote 2 de la manzana O, cuya PII es 160400 336655/0640. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: "Rosario, 14 de abril de 2025......Cítese y emplácese al propietario del bien que se pretende usucapir, para que comparezcan a estar a derecho dentro del plazo y bajo los apercibimientos de ley..." Autos caratulados: "DIAZ ALBERTO ARISTIDES C/ADALID JUAN ANGEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA" CUIJ 21-02986635-7. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), 26-06-25.

$ 100 544665 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1ra. lnst. de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de "Rosario, 17/06/2025.- No habiendo comparecido la parte demandada -SITER S.A.C.I.F.J y/ o SITER SA a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un Defensor de oficio (conforme. art. 78 CPCC). Notifíquese por edictos. Firmado Dra. M. FLORENCIA DI RIENZO Secretaria Dra. M. SILVIA BEDUINO Jueza. Autos caratulados: GABRIEL, ROBERTO CESAR C/ SITER SACIFI Y OTROS SI PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA CUIJ 21-02982508-1.

$ 100 544662 Jul. 21 Jul. 23Ç

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10ma Nominación, DR. MAURO RAUL BONATO (JUEZ), Secretaria DRA. Dra. Marianela Maulion, dentro de los autos caratulados “RULLO, AGUSTINA S/ SUMARIA INFORMACIÓN” CUIJ 21-02991891-8 se hace saber que la Sra. AGUSTINA RULLO, argentina, mayor de edad, DNI 39.119.963 , nacida el 23 de Enero de 1996, hija de ANIBAL SALVADOR RULLO DNI 16.561.244 y de ROSANA PAVIOLO DNI 16.716.403, con domicilio en calle Pascual Rosas 1187 PA , de la localidad de Rosario, Santa Fe, solicita su inscripción en la matrícula de Escribanos de esta circunscripción judicial. Rosario de Junio de 2025.-


$ 100 543810 Jul. 21 jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 33 de Villa Gobernador Gálvez, DR. SEBASTIAN JOSE RUPIL, notifica al Sr. LISERRE, JESSICA SABRINA, DNI N.º 37.755.044, lo declarado en autos: CFN SA e/ LISERRE, JESSICA SABRINA s/EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-22899716-9): Villa Gobernador Gálvez, 27 de Febrero de 2025.- Agréguese edicto acompañado. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde JESSICA SABRINA LISERRE - D.N.I. N.º 37.755.044. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por edicto. FIRMADO: Dr. SEBASTIAN JOSE RUPIL (JUEZ). Dr. FEDERICO SVILARICH (SECRETARIO).

$ 100 544727 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA (DNI Nº 37.145.648) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. e/ ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21- 13927340-8): Nº 634 Rosario, 23/04/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I. Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de ESPINDOLA, MARIELA ALEJANDRA hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $125.463,29 (Ciento veinticinco mil cuatrocientos sesenta y tres pesos con 29/ 100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). - III-Regular los honorarios del/la Dr./a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164- I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $93.968,07 equivalentes a I JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más LV.A si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Juzgado I a, lnst. Ejecución civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A BALLARINI -Juez- Juzgado I a, lnst. 1ecución Civil de Circuito 2. Nom. - Rosario, 12 de mayo de 2025.


$ 100 544725 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, ORA Dra. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. CARRIZO, GUSTAVO DANIEL, DNI Nº 27.320.745, lo declarado en autos: ROSARIO, 10 de Abril de 2025 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Roulotte (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). EN LOS AUTOS CARATULADOS ELECTRONICA MEGATONE SA C/ CARRIZO GUSTAVO DANIEL S/ EJECUTIVO CUIJ N 21-01205789-7. Rosario,15-05-2025.

$ 100 544724 Jul. 21 Jul. 23

El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la r Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. CABRAL, DALMIRA ELEONORA (DNI Nº 26.086.815) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. e/ CABRAL, DALMIRA ELEONORA s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21- 13932457-6): Nº 632 Rosario, 23/04/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de CABRAL, DALMIRA ELEONORA - D.N.I. / C.U.I.T./L: 26086815 hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $392.756,57 (Trescientos noventa y dos mil setecientos cincuenta y seis pesos con 57/ I 00 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- 11-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). - 111-Regular los honorarios del/la Dr. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-1.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $260.291,55 Equivalentes a 2,77 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más LV.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Co_!1dición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI -Secretaria Juzgado Ia, lnst. Ej Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A. BALLARINI

-Juez- Juzgado 1 lnst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario

$ 100 544723 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. PILLACAMPO, MARIA ISABEL (DNI Nº 17.756.034) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. e/ PILLACAMPO, MARIA ISABEL s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13933961-1): ROSARIO, 11 de Abril de 2025. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a derecho, declárese rebelde. ORA.MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria DR. LUCIANO A BALLERINI Juez.

$ 100 544722 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. ALARCON, AILEN MAGALI (DNI Nº 38.374.924) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ ALARCON, AILEN MAGALI s/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936124-2): "ROSARIO, 09/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec.484/87), por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO- conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este Juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERÁ VERIFICAR PREVIO AL DEPÓSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar el depósito en la cuenta judicial, puede CONSULTAR el INSTRUCTIVO ingresando en https://www.bmros.com.ar/uploads/pdfs/1661787232982.pdf . El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida. A tal fin podrá enviar la RESPUESTA o realizar CONSULTAS mediante correo electrónico dirigido a circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar . 3-Parte Demandada: ALARCON, AILEN MAGALI . 4- D.N.I.Nro: 38374924 . 5-EI MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA,en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $459.520,33 (Cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos veinte pesos con 33/100 cent.). 6-Líbrese OFICIO en soporte PAPEL o DIGITAL y/o MANDAMIENTO a fin del cumplimiento de lo ordenado. Se encuentran facultados para el diligenciamiento, el/la profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164. 7-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F... 8-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Desígnase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE – AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos.

Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE Firmado: LONGHI MARIA ELVIRA (SEC.), BALLARIN LUCIANO ALBERTO (JUEZ).

$ 100 544728 Jul. 21 Jul. 23

El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. BOGADO, JOSUE ALBERTO (DNI Nº 39.569.914) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ BOGADO, JOSUE ALBERTO s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13937081-0): Rosario, 09/09/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F... 3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSULTA ONLINE. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. ---Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE--- Juzgado de I a. lnst. De Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A BALLARINI - Juez Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria- circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar Dra. CAROLINA AYMO -Prosecretaria.

$ 100 544730 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. SAUCEDO, BRIAN EZEQUIEL (DNI Nº 41.218.115) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/SAUCEDO, BRIAN EZEQUIEL s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936473-9): Rosario, 22/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec. 484/87), por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO- conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este Juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERÁ VERIFICAR PREVIO AL DEPÓSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar el depósito en la cuenta judicial, puede CONSULTAR el INSTRUCTIVO ingresando en https://www.bmros.com.ar/uploads/pdfs/ 1661787232982.pdf. El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida. A tal fin podrá enviar la RESPUESTA o realizar CONSULTAS mediante correo electrónico dirigido a circuitoeje2prorossecI@justiciasantafe.gov.ar. 3-Parte Demandada: SAUCEDO, BRIAN EZEQUIEL. 4-D.N.I.Nro: 41218115. 5-EI MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA, en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $510.784,05 (Quinientos diez mil setecientos ochenta y cuatro pesos con 05/ 100 cent.). 6-Líbrese OFICIO en soporte PAPEL o DIGITAL y/o MANDAMIENTO a fin del cumplimiento de lo ordenado. Se encuentran facultados para el diligenciamiento, el/la profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164. 7-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F... 8-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSUL TA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. ---Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE--- Juzgado de 1a. lnst. De Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. De Rosario a cargo de Dr. LUCIANO A. BALLARINI - Juez Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI –Secretaria circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar Dra. CAROLINA AYMO -Prosecretaria.

$ 100 544731 Jul. 21 jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. SANCHEZ, DOMINGO FAUSTINO (DNI Nº 7.861.374) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ SANCHEZ, DOMINGO FAUSTINO s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936420-9):'ROSARIO, 20/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta N° 21, por la C.S.J.S.F... 3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. Desígnase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE – AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. -- Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE- Firmado: LONGHI MARIA ELVIRA (SEC.), BALLARINI LUCIANO ALBERTO (JUEZ).

$ 100 544732 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. CANTERO, DIANA SOLEDAD (DNI Nº 38.722.330) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/CANTERO, DIANA SOLEDAD s/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-139361 16-1): Rosario, 09/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 1 1.6.2024, Acta Nº 21, por la CS.J.S.F... 3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 1 1. Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto I} del Reglamento de PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSULTA ONLINE. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. ---Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE--- Juzgado de I a. lnst. De Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A BALLARINI - Juez Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria- circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar Dra. CAROLINA AYMO -Prosecretaria-

$ 100 544733 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. GOMEZ, CARLOS FRUTOS (DNI Nº 13.167.524) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/GOMEZ, CARLOS FRUTOS s/EJECUTIVO CUIJ N.º 21- l 3933518-7): "Nº 471. ROSARIO, 01/04/2025. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... FALLO: /-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de FRUTOS GOMEZ, CARLOS - D.N.I. / C.U.I.T./L: 13167524 hasta que la adora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $331.786,47 (Trescientos treinta y un mil setecientos ochenta y seis pesos con 47/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en /a parte considerativa de la presente desde la mora hasta e/ efectivo pago y las costas.- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). - Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-/.V.A. INSCRIPTO- en /a suma de $184.177,42 equivalentes a 1,96 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. /ley 12.851), más /.V.A. si correspondiere, y más e/ 73% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta e/ momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. lntímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese.----" FIRMADO: Dr. LUCIANO A. BALLAR/NI (JUEZ), Dra. MARIA ELVIRA LONGHI (SEC).

$ 100 544734 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. SALTEÑO, EMILIO (DNI Nº 35.691.569) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ SALTEÑO, EMILIO s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13932461-4): ROSARIO, 1O de Marzo de 2025. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. ORA.MARIA ELVIRA LONGHI Secretaria DR. LUCIANO A BALLARINI Juez

$ 100 544735 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. BAEZ, ZULMIRA RAMONA (DNI Nº 26.311.344) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. e/ BAEZ, ZULMIRA RAMONA s/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-13936733-9): "ROSARIO, 10/09/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES D[AS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F.3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11.Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE -AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. -Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE. Firmado: PEREYRA SILVINA LOPEZ (SEC.), MARTINEZ MARIANA (JUEZ).

$ 100 544736 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. GORDILLO, RAMON OSCAR (DNI Nº 14.328.509) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ GORDILLO, RAMON OSCAR si EJECUTIVO CUIJ Nº 21-139361 12-9): Rosario, 16/08/2024. 1-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Dese al presente la TRAMITACIÓN ÚNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 1 1.6.2024, Acta Nº 21, por la C.S.J.S.F... 3-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta Nº 7 p. 11. Designase a la/s parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta Sisfe (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto "13" del Reglamento de "PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE-AUTOCONSULTA ONLINE". Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. ---Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE--- Juzgado de I a. lnst. De Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. De Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A. BALLARINI - Juez Dra. MARÍA ELVIRA LONGHI -Secretaria- circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar Dra. CAROLINA AYMO -Prosecretaria-

$ 100 544738 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr. DUARTE, CELINA INES, DNI Nº 20.660.700, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ DUARTE, CELINA INES s/ EJECUTIVO (CUIJ Nº 21-02953512-1): Rosario, 01/09/2022. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Al escrito de demanda inicial, se provee: Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Celina lnes Duarte (DNI Nº20.660. 700), por cobro de la suma de $11 3.946,19.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de ley y bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Sanatorio de Niños en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 1 O % del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20 % del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma reclamada con más la de $56.973,09.- estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador con transcripción del presente decreto, y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, a la orden de este Juzgado. Hágase saber al profesional que previo librar el oficio de embargo deberá proceder a la apertura de una cuenta judicial en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, a nombre de estos autos y a la orden de Juez. Asimismo, hágase saber que: 1) Que las notificaciones previstas en el art. 61 CPCC se tendrán por producidas el primer martes o viernes posterior a la correspondiente carga del decreto o actuación en el sistema de Autoconsulta de este Poder Judicial, sin necesidad de notificación alguna por parte de los órganos jurisdiccionales a través de cédula ni la concurrencia de los profesionales a las dependencias de este Tribunal (Acta Nº 1 3 de fecha 05.05.2020, Pto. XI, CSJSF); y 2) Que se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital - Acta Acuerdo N°7, Punto 11 del 07.03.2019, CSJSF-. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el "aviso de cortesía", previsto en el artículo 6 del Reglámento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad. Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al artículo 14 de dicha normativa. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http: // iurixonIine.justiciasantafe.gov.ar:7782 / GE_INTERN ET/faces/ internet/ Inicio.jspx, con la clave: 5789. FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI (Secretaria), DRA. MARÍA FABIA GENESIO (Jueza).

$ 100 544739 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. GIMENEZ, FRANCO NICOLAS, DNI N° 40.553.036, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ GIMENEZ, FRANCO NICOLAS s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02948229-9). n° 61. Rosario, 19/02/2025. Ordenando llevar adelante la ejecución contra Franco Nicolás Giménez (DNI 40.553.036), hasta que se pague a ELECTRONICA MEGATONE S.A. la suma de $93.053,92 con más intereses moratorios a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días y punitorios a una tasa del 9% nominal mensual, ambos desde el 05/12/20, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, todo siempre que la suma de los mismos no supere la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Los intereses devengados desde la mora, ocurrida el 05/12/20, hasta la fecha de la notificación de la demanda, que data del 23/08/22, se capitalizarán por única vez, en los términos del art. 770 inc. b CCC. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Retire la documental de autos oportunamente acompañada y reservada en Secretaría, bajo el correspondiente recibo y en carácter de depositario judicial de la misma. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria - Dra. María Fabiana Genesio, Jueza.

$ 100 544708 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, DR, LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. PIZZIRUSSO, JONATAN ALBERTO (DNI N° 41.635.625) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PIZZIRUSSO, JONATAN ALBERTO s/EJECUTIVO - CUIJ N° 21-13927728-4): N° 633 Rosario, 23/04/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de PIZZIRUSSO, JONATAN ALBERTO - D.N.I. / C.U.I.T./L: 41635625 hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $117.116,96 (Ciento diecisiete mil ciento dieciséis pesos con 96/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). - III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164 - I.V.A. INSCRIPTO - en la suma de $93.968,07 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas©cajaforense.com. IV- En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. Rosario. Rosario, 12 de Mayo de 2025.

$ 100 544726 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 33 de Villa Gobernador Gálvez, DR. SEBASTIAN JOSE RUPIL, notifica a la Sra. LISERRE, JESSICA SABRINA, DNI Nº 37.755.044, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LISERRE, JESSICA SABRINA s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-22899716-9: Villa Gobernador Gálvez, 27 de Febrero de 2025. Agréguese edicto acompañado. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde JESSICA SABRINA LISERRE - D.N.I. Nº 37.755.044. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por edicto. Firmado: Dr. Sebastián José Rupil, Juez. Dr. Federico Svilarich (Secretario). Villa Gobernador Gálvez, 29 de Abril de 2025.

$ 100 544729 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. FRANCO, CATALINO ALBERTO (DNI N° 14.685.133) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ FRANCO, CATALINO ALBERTO s/ EJECUTIVO CUIJ N° 21- 13936514-0): Rosario, 26/08/2024. ¡-Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). 2-Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec.484/87), por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO- conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERA VERIFICAR PREVIO AL DEPOSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar el depósito en la cuenta judicial, puede CONSULTAR el INSTRUCTIVO ingresando en https://www.bmros.com.ar/uploads/pdfs/1661787232982.pdf. El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida. A tal fin podrá enviar la RESPUESTA o realizar CONSULTAS mediante correo electrónico dirigido a circuitoeje2prorossec1@justiciasantafe.gov.ar. 3-Parte Demandada: FRANCO, CATALINO ALBERTO. 4-D.N.I. Nro: 14685133. 5-El MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA; en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $396.887,19 (Trescientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y siete pesos con 19/100 cent.). 6- Líbrese OFICIO en soporte PAPEL o DIGITAL y/o MANDAMIENTO a fin del cumplimiento de lo ordenado. Se encuentran facultados para el diligenciamiento, el/la profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164. 7- Dese al presente la TRAMITACIÓN UNICAMENTE DIGITAL prevista en el Acuerdo del 11.6.2024, Acta N° 21, por la C.S.J.S.F... 8-Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRONICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.12019, Acta N° 7 p. 11. Designase a las parte/s compareciente/s y/o a su/s profesional/es, según la índole del instrumento, como depositario/s judicial/es de los originales de toda presentación y documentación escaneada realizada mediante Autoconsulta SISFE (cédulas, poderes, escritos con patrocinio, etc.), con la obligación de presentarlos en caso de serle requerido, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES INICIADOS Y EN TRÁMITE - AUTOCONSULTA ONLINE”. Ello tanto en relación a la parte actora como a la demandada que compareciere en autos. —-Fin del decreto firmado digitalmente conforme constancias obrantes en SISFE—- Juzgado de 1a. Inst. de Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. de Rosario a cargo de: Dr. LUCIANO A. BALLARINI, Juez. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI –Secretaria - circuitoeje2ros@justiciasantafe.gov.ar - Dra. CAROLINA AYMO, Prosecretaria. Rosario, 1 de Abril de 2025.

$ 100 544737 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, DRA. SUSANA SILVINA GUEILER, notifica al Sr. QUINTANA, PEDRO JULIAN, DNI Nº 17.666.590, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/QUINTANA, PEDRO JULIAN s/ EJECUTIVO (CUIT Nº 21-13924860-8): "N° 227. ROSARIO, 19/03/2025.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Declarar la Nulidad del pacto de intereses contenido en el pagaré ejecutado, tanto en relación a su capitalización como respecto a los montos fijados. Il.- Integrar los referidos documentos conforme lo dispuesto en el punto IV de los considerando y por tanto ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 160.978,67.- con más los intereses establecidos en una vez y media la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el BCRA para operaciones de préstamo y el l.V:A. correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. III.- Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). IV.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber.-" Firmado: DRA. SUSANA GUEILER (juez), DRA. PATRICIA BEADE (Sec.).

$ 100 544721 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ra. Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo A. Ruíz, Secretaría del Dr. Arturo Audano, ordena: " … Cítese y emplácese a los herederos del demandado ALEJANDRO REBLES para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley, según lo normado por el art. 597...". Autos: "PROLA, ADRIAN VICTORIO C/REBLES, ALEJANDRO S/RESOLUCIÓN CONTRACTUAL DAÑOS Y PERJUICIOS" - Expte. N°168/12 C.U.I.J. Nº 21-00761397-8.- Rosario,

$ 100 543614 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SALOMON, HECTOR MIGUEL (DNI 14.214.897), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SALOMON, HECTOR MIGUEL S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02963376-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Señor Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante EVA RUFINA ARANDA (D.N.I. 6.433.445) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ARANDA EVA RUFINA sobre DECLARATORIA DE HEREDEROS-SUCESIÓN” CIUJ Nº 21-02991698-2, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria. Rosario, …… de Junio de 2025.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 4ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUILLERMO ALFONSO COY FAJARDO (DNI Nro. 18.769.990 y/o D.N.I. 92.293.094), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados (COY FAJARDO, GUILLERMO ALFONSO S/ SUCESORIO Expte CUIJ Nro. 21- 02984652-6).

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUCAS ANDRES PROCOPIO (DNI Nº 38.448.271) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos PROCOPIO LUCAS ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº21-02971720-3 .). Fdo. .DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SILVANA VETTORAZZI (Carta D` Identità Nº 44578274), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "VETTORAZZI, SILVANA s/ SUCESORIO - CYC 15" – CUIJ Nº 21-02993721-1, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo.: DR. FERNANDO MECOLI (Juez en suplencia).

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante PALOMEQUE HECTOR ANDRES (DNI 6.054.788), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PALOMEQUE, HECTOR ANDRES S/ SUCESORIO - CYC 3" (CUIJ 21-02995166-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante COPES MIGUEL ANGEL (D.N.I. 12.324.361) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "COPES, MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02984369-1). Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NÉLIDA LÓPEZ (D.N.I. Nº 3.065.130) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LÓPEZ, NÉLIDA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – C.U.I.J. Nº 21-02994816-7"de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DIEGO MIGUEL ANGEL SETTIMO (D.N.I. 30.484.954), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SETTIMO, Diego Miguel Ángel s/ Declaratoria de Herederos" (CUIJ 21-02995288-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: SYTAR SERGIO (DNI 20.277.552), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SYTAR, SERGIO S/ SUCESORIO" (CUIJ NRO. 21-02995115-9). Fdo. Prosecretario. Rosario,

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARROÑADE, MARIA CELESTE TERESITA (D.N.I. 17.450.656), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ARROÑADE, MARIA CELESTE TERESITA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18" (CUIJ 21-02994267-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA MARIA POZZO (D.N.I. 1.827.511) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "POZZO, ANA MARIA S/SUCESORIO" (CUIJ N°21-02993971-0). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO JOSE BIANCUCCHI (D.N.I: 7.624.111.), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BIANCUCCHI, ALBERTO JOSE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 17", (CUIJ NRO. 21-02991809-8) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante REPETTO GUILLERMO CARLOS (D.N.I 6.064.166) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "REPETTO, GUILLERMO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02994154-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AMANDA KERN (D.N.I. 4.781.646), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "KERN AMANDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02994859-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FURNO LUCIANO (D.N.I. 28.999.510) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FURNO LUCIANO S/ SUCESORIO" (CUIJN°21-02993138-8) . Fdo. Dra. Salome Della Santina- Prosecretaría

$ 45 Jul. 21

Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante ELVA ADA MARIA TESSARO (D.N.I. 5.525.649) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TESSARO, ELVA ADA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02969122-0) . Fdo. Prosecretaría.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del/la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ma Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SCARINCI, RITA MONICA (D.N.I. 17.460.640) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: SCARINCI, RITA MONICA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 7 (CUIJ 21-02992329-6) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LUIS ALBERTO FIOR (D.N.I. 11.752.082) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FIOR, LUIS ALBERTO S/ SUCESORIO" CUIJ: 21-02994165-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RAUL JORGE ORDOÑEZ D.N.I. 6.063.987 y MONICA GRACIELA BERTOYA D.N.I. 6.210.514 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ORDOÑEZ, RAUL JORGE Y OTROS S/Declaratoria de Herederos" CUIJ 21-02993247-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria. SE DEJA CONSTANCIA QUE GOZA DE BENEFICIO DE GRATUIDAD POR SER EXPEDIENTE INICIADO POR DEFENSORIA ZONAL.



$ 45 Jul. 21

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Novena (9ª) Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Elena Concepción Aguirre (D.N.I. Nº 5.701.686) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "Aguirre, María Elena Concepción s/ Declaratoria de Herederos" (CUIJ. Nº 21-02984331-4). Firma Prosecretaria.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUCAS ANDRES PROCOPIO (DNI Nº 38.448.271) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos PROCOPIO LUCAS ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº21-02971720-3 .). Fdo. .DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Segunda Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. EDUARDO ERNESTO SANTAMBROSIO, titular del D.N.I. N.º 6.058.550 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SANTAMBRIOSIO, EDUARDO ERNESTO s/ SUCESORIO" CUIJ Nº 21-02995246-6. Dra. VANINA C. GRANDE - SECRETARIA


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CHIRDO, ERIC EZEQUIEL (D.N.I. 32.218.471) por un día, para que lo acrediten dentro de lostreinta días. Autos caratulados: "CHIRDO, ERIC EZEQUIEL s/ SUCESORIO", CUIJ 21-02995107-9. Fdo. Dra. Vanina C. Grande (Secretaria).

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LIMONTE, MONICA LILIANA (DNI 16.394.949.-) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LIMONTE, MONICA LILIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02992286-9 Juzg. -1ra. Inst. Civil y Comercial 12da. Nom Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-


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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUILLERMO SAUL ALVAREZ, DNI 6.040.156 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ALVAREZ, GUILLERMO S/SUCESORIO" CUIJ 21-02935454-2. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria.


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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. BARCO, - JUEZ; Secretaría a cargo del Dr. Federico SOLSONA en los autos caratulados: SCARMIATTI NATALI ELINA c/KARLEN GERMAN RUBEN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-26420648-8, se ha ordenado la siguiente publicación de Edicto: Firmat, 30/05/25. Proveyendo cargo Nº 7575/2025: Por notificado. Adjúntese Partida de Defunción del Sr. Aguirre Matías con cargo de incorporar los originales en autos cuando sea requerido por éste Juzgado. Cítese a los herederos del codemandado por edictos que se publicarán en el B.O. y se exhibirán dentro del Tribunal en lugar habilitado para tal fin por el término de 3 días venciendo el plazo 3 días después de la última publicación, a los fines de comparecer a estar a Derecho conforme lo dispuesto en los arts. 597 CPCC todo ello a los fines de integrar debidamente la litis, y en caso de no comparecer se nombrará un curador ad hoc con el cual se seguirá el procedimiento según los términos del articulo ut supra mencionado Notifíquese por cédula al domicilio real de la heredera denunciada. Fdo. Dra. Laura M. Barco, Juez; Dr. Federico Solsona, Secretario.27 de Junio de 2025.

$ 300 545261 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Distrito Judicial N° 16, Dra. LAURA BARCO, dentro de los autos caratulados VALERI, MARIO ENRIQUE, MASCAMBRONI, ANGELA ANA Y VALERI MASCAMBRONI, SANDRA DEL LUJAN s/Declaratoria De Herederos; CUIJ N° 21-26423490-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los extintos MARIO ENRIQUE VALERI (D.N.I. N° Mº 6.141.379); ANGELA ANA MASCAMBRONI (D.N.I. N° 5.759.737) y SANDRA DEL LUJAN VALERI MASCAMBRONI (D.N.I. N° 23.495.327), por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y en el Tablero del Juzgado. Firmat.

$ 45 Jul.21

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Por disposición de la Sra. Juez de primera instancia de distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados SANTARELLI ALICIA MARIA s/Declaratoria De Herederos 21-26425733-3; Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Doña SANTARELLI ALICIA MARIA DNI N° 6.384.804, para que comparezcan en este tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, (Jueza); Dr. Federico Solsona (secretaria).

$ 45 Jul.21

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Firmat, Distrito Judicial Nº 16, Dra. Laura Barco, Secretario; Dr. Federico Solsona, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Doña RUFFINI ELIZABETH RAQUEL SUSANA, DNI Nº 13.491.412, por el término de ley, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los Autos Caratulados RUFFINI ELIZABETH RAQUEL SUSANA s/SUCESIÓN TESTAMENTARIA; CUIJ 21-26425849-6. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día y se fijen en el tablero de Juzgado. Fdo. Dra. LAURA BARCO, JUEZA; Dr. FEDERICO SOLSONA, SECRETARIO. Firmat, junio de 2025.

$ 45 Jul.21

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 1ª Nominación, Distrito Judicial Nº 7 de Casilda, Dra. Celia C. Gómez -Jueza-, Secretaría de la Dra. Viviana M. Guida, y dentro de autos: FERNANDEZ EVANGELINA ANAHI Y OTROS c/ANDRES LEDESMA, JUAN LEDESMA E ISABEL LEDESMA s/USUCAPION; (Expte. N° 1115/2015) (CUIJ Nº 21-25803336-9), se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho, bojo apercibimientos de rebeldía, a los Sres. Andrés Ledesma, Juan Ledesma e Isabel Ledesma y/o quien tuviere derechos sobre el inmueble sito en Boulevard Mitre (actual Boulevard Las Colonias) N° 1168 de la localidad de San José de la Esquina, departamento Caseros, provincia de Santa Fe, consistente en: “Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado y demás adherido al suelo, ubicado en zona urbana de la localidad de San José de la Esquina, Departamento Caseros. Provincia de Santa Fe, parte de la manzana Nº 1 del Barrio Casado de dicho pueblo e identificado como lote “A” según plano de mensura para información Posesoria, archivado en el departamento topográfico, regional Rosario, Santa Fe, bajo el número DUOL. 970-Cas- de fecha 8 de Mayo de 2012, confeccionado por la Agrimensora Zulma L. Giampaoli, ubicado a los 60 metros de calle San Lorenzo hacia el Sud-Oeste cuyos rumbos, medidas y linderos son: Sud-Este: 10mt, linda con Bv. Las Colonias; Nord-Oeste: 10mt, linda con Calle Laprida; Nord-Este: 54.50mt, linda en parte con partida 394251/0007, Sarracco Claudio Alberto, Tomo: 330, Folio: 203, s/n, en parte con partida 394251/0005, De pauli Rogelio, tomo: 115, folio; 406, Nº 100.594, y Tomo 119, Folio 403, Nº 105.992 y en parte con partida 394.251/0006, Di Pangrazio Norma B. Tomo: 351, folio 10, Nº 350.493; y el Sud Oeste: mide 54.50mts, linda en parte con partida 394.253/0006, Bonetto Ramón Osvaldo, tomo: 205, folio. 264, N° 105301 y en parte con partida 394253/0003 Gili José C. y otros Tomo: 247, folio: 177, N° 138.061 y tomo: 247, Folio: 179, Nº 138062. Encierra dentro de esas medidas y linderos una superficie total de 545 metros cuadrados. Partida inmobiliaria N° 18-02-00-394252/0000-8, dominio inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo: 32, folio: 425, Nº 61327 y Tomo: 20, Folio: 102, N° 6477, del 02/05/1918, departamento Caseros. El presente edicto es reiteración y ampliación del publicado en el Boletín 0fcia1 de la Provincia de Santa Fe en fecha 30 de Agosto de 2022, dejando en claro que los autos se encuentran en la etapa de producción de prueba por lo que, conforme lo ordenado en la Audiencia celebrada en feche 21 de Mayo de 2025, en caso de comparecer persona interesada se retrotraerán los mismos a la etapa procesal correspondiente, cumplido el término sin que nadie compareciere, se continuará en el estado procesal en que se encuentran. Casilda, de Junio de 2025. Fdo. Dra. Clelia Carina Gómez (Jueza) - Dra. Viviana Mónica Guida (Secretaria). AUTOS; FERNANDEZ EVANGELINA ANAHI Y OTROS c/FRANCISCO LEDESMA Y RODELA s/Usucapión; Expte. Nº 1.115/2015 - CUIJ Nº 21-25803336-9.17 de Junio de 2025.

$ 4000 544225 Jul. 21 Ago.15

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Casilda, de Junio de 2025. Hágase saber que en el Juicio seguido por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 7 de la 2ª Nom. de Casilda, a cargo de la Dra. Celia Carina Gómez (Juez e/s), Secretaria a cargo de la autorizante, caratulado: PONTE, PAMELA ANAHI s/SUPRESION DE NOMBRE; CUIJ 21-25865391-9, se ha dictado lo siguiente: Casilda, 21 de marzo de 2025. Habiéndose cumplimentado con el sellado de demanda, se provee: Por presentado, con patrocinio letrado, con domicilio procesal y electrónico constituido y en el carácter invocado. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase al presente el trámite del juicio sumarísimo. Téngase presente la prueba ofrecida. Dése intervención a la Sra. Fiscal y córrase vista a la Asesoría Letrada del Registro Civil. Publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL según lo dispuesto por el art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. (Expte. Nº 9/2025). Fdo. Dra. Cledia C. Gómez JUEZ e/s); Dra. Aracelis Rosemburt (Secretaria).

$ 200 544205 Jul. 21

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La señora Jueza (en suplencia) de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Celia C. Gómez, Secretaria a cargo de la Dra. Aracelis Rosenburt, ha ordenado mediante decreto de fecha 02 de junio de 2025, en los autos caratulados: PEREYRA, GIULIANA ANAHI c/MORESSI, AGUSTIN ENRIQUE Y OTROS s/DEMANDA FILIACIÓN POST MORTEM; Expte. N° 537/2023 - CUIJ N° 21-25863776-0, citar y emplazar par el término y bajo apercibimientos de ley a los herederos del Sr. Agustín Enrique Moressi, para que comparezcan a estar a derecho. Casilda, 9 de Junio de 2025.Dra. Aracelis Rosenburt. Secretaria Subrogante.

$ 45 543199 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROGELIO RAUL ANTONIASSI DNI M 6.128.082. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias, Autos caratulados ANTONIASSI ROGELIO RAUL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (Expte. N° 77/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA JOSEFA BACALINI, DNI F2.385.431. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados BACALINI MARIA JOSEFA s/SUCESION TESTAMENTARIA; (Expte. N° 290/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.


$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VICTOR HUGO GIGLI DNI Nº 5.468.881. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GIGLI VICTOR HUGO s/SUCESION; 21-25865317-0 (657/2024). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GLAFIRA VIOLETA BOERI, DNI 5.828.203. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta cijas. Autos caratulados BOERI GLAFIRA VIOLETA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (Expte. N° 335/2024). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.


$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NÉSTOR JOSÉ CHIESSA, DNI M.6.179.640. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados CHIESSA NÉSTOR JOSÉ s/SUCESORIO; (Expte. N° 297/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.


$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CATALINA ROSA AYMAR, DNI 0.927.633. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados ENRIA ALDO ANGEL y Otros s/Sucesorio; (Expte. N° 447/2024). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.

$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EVA ANA CORREA, DNI F5.948.804. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados CORREA EVA ANA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (Expte. N° 156/2025). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.


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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO PABLO FERNANDEZ, DNI N° 10.059.360 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: FERNANDEZ ALBERTO PABLO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-25865886-5 (258/2025) Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).

$ 45 Jul. 21

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia del Distrito Judicial N° 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. Beatriz Liliana Favret (Juez), Secretaría del Dr. Hernán Andrés Julián, dentro de los autos caratulados DPPDNAYF (JAIME ELIAS ANDRES, CRISTIAN GABRIEL Y AINHOA NAIR) s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; (Expte. CUIJ N° 21-27908437-0), se publica el presente por dos (2) días a fin de poner en conocimiento de los señores CRISTINA JAIME, D.N.I. N° 43.124.630, y MATÍAS ALEXIS MIÑO, DNI Nº 40.054.453, del dictado de la Resolución N° 530 de fecha 17 de Junio de 2025 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva: VISTO:... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la medida definitiva propuesta por la Dirección Provincial de Niñez y, en consecuencia, privar a Cristina Jaime (DNI N° 43.124.630) de la responsabilidad parental de sus hijos Elias Andrés Jaime (DNI N° 55.357.118), nacido el 5 de diciembre del 2015, Cristian Gabriel Jaime (DNI N° 57.326.073), y Ainhoa Nair Jaime (DNI N° 57.326,072), nacidos el 23 de noviembre del 2018, y a Matías Alexis Miño (DNI N° 40.054.453), progenitor de éstos dos últimos. 2) Discernir a Marta Rosana Donaire (DNI N° 18.377.689) la tutela de Elias Andrés Jaime (DNI Nº 55.357.118), y a Mario Avelino Miño (DNI N° 27.109.979) y Cecilia Daniela Amprino (DNI N° 27.109.979), la tutela de Cristian Gabriel Jaime (DNI N° 57.326.073), y Ainhoa Nair Jaime (DNI N° 57.326.072); y requerirles que comparezcan cualquier día y hora hábil ante el Secretario de este Juzgado de Familia a fin de aceptar el cargo en debida forma. 3) Notificar a la Defensora General en su despacho y a la Dirección Provincial de Niñez. 4) Librar por Secretaria las comunicaciones pertinentes. 5) insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Beatriz Liliana Favret, (Jueza); Dr. Hernán Andrés Julián (Secretario).


S/C 544244 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia del Distrito Judicial N° 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. Beatriz Liliana Favret (Juez), Secretaría del Dr. Hernán Andrés Julián, dentro de los autos caratulados D.P.P.D.N.A.Y.F. (LONGO L.M.) s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; (Expte. CUIJ N° 21-23677900-6), se publica el presente por dos (2) días a fin de poner en conocimiento de la señora LUDMILA MILAGROS LONGO, D.N.I. N° 43.428.201, del dictado de la Resolución N° 568 de fecha 24 de Junio de 2025 que a continuación se transcribe en su parte resolutiva: Y VISTOS... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la medida definitiva propuesta por el Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario y, en consecuencia, privar a Ludmila Milagros Longo (DNI N° 43.428.201) de la responsabilidad parental de su hija Luz Milagros Longo (DNI N° 56.854.753), nacida el 7 de mayo del 2018. 2) Discernir la tutela de la niña a su tía materna, Estela Beatriz Longo (DNI N° 42.609.430), y requerirle que comparezca cualquier día y hora hábil ante el Secretario de este Juzgado de Familia o ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de su localidad a fin de aceptar el cargo en debida forma. 3) Notificar a la Defensora General en su despacho y a la Dirección Provincial de Niñez. 4) Librar por Secretaría las comunicaciones pertinentes. 5) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Beatriz Liliana Favret, (Jueza); Dr. Hernán Andrés Julián, (Secretario).

S/C 544242 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Maria Laura Aguaya, Secretaría del autorizante se ha dispuesto hacer saber que ante éste Juzgado y en autos MOLINENGO JUAN CARLOS c/RUBINI SOLEDAD MARIA DEL VALLE y otros s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; Expte. CUIJ 21-25984418-2, se ha dispuesto lo siguiente: Cañada de Gómez, Estese a la fecha de firma de SISFE (09/06/2025). Al cargo N° 17582/25: Atento a que la planilla practicada en autos ha sido puesta de manifiesto en la oficina por el término de ley y no ha sido objeto de impugnación alguna, pese a estar debidamente notificada, corresponde aprobar la planilla de honorarios, aportes e intereses que arroja un total de $ 4.539.716,70, (Autos: MOLINENGO JUAN CARLOS c/RUBINI SOLEDAD Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; Expte. 532/14). Fdo. Dr. MARIANO JESUS NAVARRO, (Secretario); Dra. MARIA LAURA AGUAYA, (Jueza).


S/C 543943 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ª Nominación, Dra. Julieta Gentile, Secretaria de la Dra. Carolina Lucia Kaüffeler; se cita, llama y emplaza a herederos del Sr. FORCHINO, RAUL ANTONIO, DNI N° 10.182.678, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, conforme disposiciones del Art. 597 del C.P.C.C. (Autos: FORCHINO, RAUL ANTONIO c/FORCHINO ARMANDO ERNESTO s/JUICIOS ORDINARIOS; CUIJ 21-25951160-4). Cañada de Gómez, Dra. Carolina Lucia Kaüffeler, Secretaria.

$ 33 543964 Jul.21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral 1ª Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. Julieta Gentile, Secretaria a cargo de la autorizante, se publica el presente a fin de hacer saber que dentro de los autos caratulados: “TOMASSETTI JUAN CARLOS S/CONCURSO PREV. HOY QUIEBRA; 21-25950380-6, se ha declarado por Resolución Nº 452 del 21/04/2025 la conclusión por Avenimiento (art. 225 y ss de la Ley N° 24.522) de la quiebra oportunamente declarada. Se fijan los honorarios por tareas desplegadas en $ 6.500.000 asignando el estipendio fijado en el 70% ($ 4.550.000) para la Sindicatura (60% para el C.P.N. Osvaldo Luis Depiante y 40% al Dr. Matías José Maragliano) el 30% restante ($ 1.950.000) para los peticionantes del concurso preventivo posterior quiebra, los Dres. Marianela Tomassetti y Hugo Argañaraz, en proporción de ley. Se ordena al Sr. Juan Carlos Tomassetti c/ depósito a la orden de este Juzgado y para estos autos, en el término de 30 días corridos contados a partir de la notificación de la presente, de la suma lijada para honorarios profesionales con más los aportes de ley correspondientes al profesional que se desempeñó como Síndico (10% según art. 42 inc. “e” de la Ley 8738), apodes (13%) respecto a los profesionales intervinientes y la lasa de justicia cuya liquidación web deberá ser presentada para su posterior pago (arts. 15 y 16 de la Ley Impositiva Anual y art. 240 L.C.Q.), bajo apercibimiento de continuar de inmediato con los trámites de la Quiebra (art. 226, última parte, Ley 24.522) Se ha ordenado la publicación de la presente por edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el lapso de tres días. Se tiene presente que no corresponde la elevación al Superior Tribunal a fin de que este revise la regulación practicada (art. 272 de la L.C.Q.).Dra. Carolina Lucía Kaüffeler, Secretaria.

$ 200 544523 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de 1ª Inst. Civil, Comerc. y Laboral de la 2ª Nom. de la ciudad de Cañada de Gómez, se ha ordenado citar por edictos a COSME LANDA, bajo apercibimiento de que si no se presenta, se declarará presumido su fallecimiento. Autos: LANDA COSME s/OTRAS DILIGENCIAS - CIVIL; CUIJ 21-26034153-4. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro, (Secretario); Dra. María Laura Aguaya (Jueza).

$ 33 543217 Jul. 21 Ago. 1

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Por disposición del Juzg.lra.Inst.Civil, Comerc. y Laboral - 2da.Nom. Sec. Única de Cañada de Gómez, en autos caratulados MARTINA SANTIAGO S/AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO" CUIJ Nº 21-26033126-1, se cita a Santiago Pedro Martina, de nacionalidad Italiano, número de documento de identidad desconocido, de estado ivil casad9, mayor de edad, con ultimo domicilio conocido en la ciudad de Las Rosas, mediante publicación a realizarse una vez por mes durante seis meses (Art. 88 CCCN). Líbrados estos edictos en Secretaría. Cañada de Gómez, 27/03/2025. Mariano Navarro, Secretario

$ 33 544644 Jul. 21

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Familia de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado: Correr traslado a por el término de tres días de la petición del alimentante a los alimentados Sr. Javier Alejandro Sosa y Sras. Andrea Lorena y Valeria Noemí Sosa, a los efectos que ejerzan su derecho de defensa e indiquen si existe motivo alguno para que subsista la obligación alimentaria a su favor, en su caso y de corresponder se les hace saber que podrá ordenarse el cese de la cuota de alimentos. Atento las constancias de autos, notifíquese por edictos. Autos caratulados SOSA, JACINTO SILVERO c/ZARATE, MARZA ROSA s/CESE DE CUOTA ALIMENTARIA; CUIJ 21-27882052-9. Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria). San Lorenzo, 5 de Junio de 2025.Dr. Marcelo Scola, de Junio de 2025.

$ 33 543334 Jul. 21 Jul. 23

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POR DISPOSICION DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 1ª NOMINACION DE SAN LORENZO, SE HA ORDENADO NOTIFICAR LA SIGUIENTE RESOLUCION AL SR. DAVID ANTONIO GIANONNE: TOMO 2025, RESOLUCION 742, SAN LORENZO, 9 DE MAYO DE 2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Mandar seguir adelante la Ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, actualizado conforme cláusula que reza: la suma adeudada por el demandado es reajustable tomando como base la variabilidad del precio del automóvil VOLKSWAGEN, del modelo suscripto y de acuerdo a lo expresamente establecido en la cláusula “Determinación del monto adeudado”, existente en el contrato de prenda que se ejecuta”; con más los intereses pactados en el contrato, desde la mora y hasta su efectivo pago. Con costas (Art. 51 del C.P.C.C.). Ordenándose la venta del bien prendado en subasta pública. Insértese y hágase saber. VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/GIANNONE, DAVID ANTONIO Y OTROS s/Ejecución Prendaria; 21-25445511-0. Dra. LUZ MARIA GAMST, SECRETARIA; Dr. ALEJANDRO M. ANDINO, JUEZ. SAN LORENZO, DE 2025.

$ 100 544091 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzg. 1ª Inst. Circuito de la Ciudad de San Lorenzo - Santa Fe- Se ha dispuesto publicar el presente edicto a fin de citar a comparecer a estar a derecho dentro de los caratulados BACLINI JULIAN TOMAS c/OJEDA RIOS, PEDRO FERNANDO Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02924885-8, se ha dictado el siguiente decreto San Lorenzo, 23 de Junio de 2025; Venidos los autos en la fecha, proveyendo escrito cargo Nº 4467/25: en corolario de lo dispuesto por los arts. 24 inc. 1) Ley 14.159 y 597 del CPCCSF, cítese y emplácese por edictos a quienes revistieren el carácter de herederos de los demandados y/o eventuales herederos no declarados a saber: 1) PASCUAL ROVELLO DI MARCO DNI N° 6.868.435, 2) DI MARCO JOSE GABRIEL DNI N° 6.060.107; 3) DI MARCO NORBERT ANTONIO DNI N° 6.018.199; 4) RIOS OJEDA PEDRO FERNANDO MI 3.348.022; 5) RIOS ENRIQUE SEGUNDO Mº 5.105.773, de quienes resultan titulares registrales de los inmuebles objeto de los presentes y/o de toda otra persona que se entienda con derechos de propiedad y/o posesión respecto de los lotes 13,14,15,16,17 Y 18 de la manzana “b” dominio inscripto en el Registro General bajo el Tomo 157 Folio 220 N° 122391, Plano Nº 56433/1968, Departamento San Lorenzo: todo con el objeto de que comparezca/n en autos, y eventualmente haga/n valer los derechos que en la hipótesis considere/n le/s corresponda/n o asista/n en la causa judicial de referencia y bajo los apercibimientos legales intitulados en la norma de rito civil y comercial santafesina (arts. 76 y 77 de CPC y C Santa Fe). Notifíquese por edictos de conformidad a lo dispuesto por el art. 73 CPCC. SECRETARIA: Dra. JIMENA MUÑOZ JUEZ; Dr. SEBASTIAN JOSE RUPIL. Se deja expresa constancia que deberá comparecer en los caratulados de referencia dentro de los 3 días de notificado bajo apercibimiento de rebeldía. El presente edicto deberá ser publicado 3 veces.

$ 100 544100 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 del Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez en Suplencia) - Secretaria de la Dra. MELISA V. PERETTI, dentro de los autos caratulados: ACOSTA, BARTOLOME c/LOPEZ, JUANA y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; Expte. Nº 459/2017, CUIJ Nº 21-25384575-6, se ha ordenado lo siguiente notificar por edictos en forma ordinaria debiendo publicarse tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, venciendo el término cinco días antes de la última publicación conforme lo dispuesto por el Art. 73 CPCCP de la siguiente Resolución: T° 2025 Fº — Nº 621 - SAN LORENZO, 29/04/2025 Y VISTOS... CONSIDERANDO... Por ello y de conformidad con lo normado por los arts. 2342, 2344, 4003, 4015 y cc del Código Civil, ley 14.159 art. 5 y cc decreto - ley 5756/58; arts. 398, 540 y ss del CPCC; Por lo tanto, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción a favor del Sr. BARTOLOMÉ ACOSTA, y sus herederos, el inmueble que se encuentra en el Municipio de Capitán Bermúdez, Departamento San Lorenzo, designado como “Plano de Subdivisión de los Vendedores Laura o Laura Juana Copello de Colombo Berra, que es designado como Lote Nº 18 ubicado en la calle Aida Copello de Ainsworth, entre las de Ingeniero Arturo Sallovitz y Wilfred Ainsworth, a los treinta y cinco metros, setenta y cuatro centímetros de esta última calle hacia el Este, compuesto de ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Norte por cuarenta y tres metros, treinta centímetros de fondo; encerrando una superficie de trescientos sesenta y cuatro metros, noventa y siete decímetros, ochenta centímetros cuadrados. Linda al Norte con la calle Aida Copello de Ainsworth; al Oeste con el lote número cuarenta y cuatro y fondos del lote número cuarenta; al Sud con parte del lote número treinta y nueve; y al Este con el lote número diecinueve; todos de la manzana y plano citado; el que obra inscripto en el Registro General (Rosario) al Tomo: 67 - Folio: 139 - Nº 54.348 - Departamento San Lorenzo y transferido por Declaratoria de Herederos a favor de la cónyuge supérstite Juana López y sus hijos Esther, Osvaldo Oscar y Luis Sánchez y López al Tomo: 134 - Folio 324 — Nº 94.739— Sección Declaratoria de Herederos - y según los registros de la Municipalidad de Capitán Bermúdez, se halla ubicado en la Sección: 6 - Lote: 18 - Manzana: T — 8 - Cuenta N° 612.190 del que resulta ser su Titular Don Sánchez, Francisco, estando empadronado por error en el SCIT a nombre de Sánchez Magaña Francisco al Tomo 271 — Folio: 440 — s/Nº en fecha 26.11.1987. 2) Imponer las costas a la demandada con la salvedad establecida en el Considerando respectivo. Insértese, agréguese y hágase saber. (Autos: ACOSTA BARTOLOME c/LOPEZ JUANA y otros s/PRESC ADQ; Expte. Nº 455/2017). Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, (Juez en Suplencia); Dra. MELISA V. PERETTI, (Secretaria).San Lorenzo, 10/6/2025.

$ 387 544358 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez/a de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los Sres. Maria VILA, Guillermo VILA, Salvador Juan VILA, Mercedes VILA y Susana Gladys VILA y/o sus sucesores o personas que se consideren con derechos en relación a los lotes, designados con el Nº 65 y 66 de la Manzana “V” ubicados en calle Berón de Astrada N° 890 esquina Avenida Dorrego de San Lorenzo, titulo inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 49, Folio 148, Nº 12318 de fecha 27/03/1943, Departamento San Lorenzo; a comparecer a estar a derecho en el término de 3 días bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados: BELTRAMINO BEATRIZ CECILIA c/VILA MARIA Y OTROS s/USUCAPIÓN; CUIJ N° 21-25446870-0, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo. Fdo. Dra. Luz Maria Gamst, (Secretaria).

$ 52,50 544357 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: MANSILLA RIOS A Y OTROS s/MEDIDA DEFINITIVA LEY 12.967 - 21-27882422-2, se notifico de forma gratuito a la Sra. ROSA NOEMI MANSILLA DNI 46.216.200 la siguiente disposición que se transcribe en su parte pertinente: N° 1215 SAN LORENZO, 23/06/2025. Y VISTOS:... DE LOS QUE RESULTA... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante la Disposición N° 07/2025 del 7 de marzo de 2025 y declarar en situación de adoptabilidad a A. N. e I. I. M. R. Líbrese oficio al RUAGA a sus efectos. 2) Continúen actuado los distintos equipos de la citada Delegación Regional e informen la situación y plan de trabajo. 3) Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. MARCELO EDUARDO ESCOLA, Juez.

S/C 544361 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12. Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: MANSILLA RIOS A Y OTROS s/MEDIDA DEFINITIVA LEY 12.967 - 21-27882422-2, se notifica de forma gratuita al Sr. NICOLAS EMANUEL RIOS DNI 44.289.731 la siguiente disposición que se transcribe en su parte pertinente: N° 1215; SAN LORENZO, 23/06/2025. y VISTOS:... DE LOS QUE RESULTA... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante la Disposición N° 07/2025 del 7 de marzo de 2025 y declarar en situación de adoptabilidad a A. N. e I. I. M. R. Líbrese oficio al RUAGA a sus efectos. 2) Continúen actuado los distintos equipos de la citada Delegación Regional e informen la situación y plan de trabajo. 3) Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. MARCELO EDUARDO ESCOLA, Juez.

S/C 544367 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escota, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: FERREYRA M S Y L s/MEDIA DEFINITIVA - LEY 12.967 - 21-27880747-6, se notifica -de forma gratuita- a la Sra. Jésica Verónica Ferreyra la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: N° 617. SAN LORENZO. 23/04/25. RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia. Delegación Regional San Lorenzo, mediante la Disposición Nº 61/2024 y la modificación efectuada por Disposición N° 63/2024 del 12 de agosto de 2024. 2) Designar a la Sra. Liliana Martínez tutora de L. E. y a la Sta. Marcela Patricia Moretti. tutora de M. S. F. debiendo aceptar el cargo por Secretaría, cualquier día y hora hábil de audiencia. 2) Suspender la responsabilidad parental a la Sra. Jésica Verónica Ferreyra y al Sr. Luis Alberto Grappa. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo Escola (Juez). SAN LORENZO, 27 de Junio de 2025. Venidos los autos en la fecha, se provee: Cítese a los progenitores Sres. Jesica Verónica Ferreyra (domicilio desconocido) y Luis Alberto Grappa con domicilio en calle San Lorenzo 4370 de Rosario, a comparecer a estar a derecho -con el debido patrocinio letrado-, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación -cuyo control de legalidad se efectuó mediante resolución N° 617— y/o la Privación de la Responsabilidad Parental -en los términos del art 700 inc d del CCCN-, debiendo en caso de considerarlo ofrecer prueba, dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación; todo ello conforme art. 66 bis ley 13237 modif de la ley 12967. Fijar -en caso de oposición de los progenitores a la resolución de mención- fecha de audiencia a los fines de ser oídos -cfr lo normado por el art. 609 inc b del CCCN para el día 14/8/25 a las 10:30 hs. Notifíquese a todas las partes y organismos intervinientes. Fecho, córrase vista al Ministerio Público, a sus efectos.

S/C 544130 Jul.21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, dentro de los caratulados ARROYO NOEMI ANGELA s/Información Sumaria; (21-25447078-0), se ha ordenado lo siguiente: SAN LORENZO, 02 de Junio de 2025. Cítese y emplácese a los herederos del Sr. MARIN JOSE ANTONIO, DNI N° 13.703.916 y/o a toda persona que se considere con derechos sobre el presente a comparecer a la audiencia designada el día 05 de septiembre de 2025 a las 8:00hs., publicándose edictos en la forma ordinaria (art. 73 CPCC). San Lorenzo.

$ 33 543332 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 2ª Nominación de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, se ha ordenado publicar edicto judicial, conforme lo normado por la Ley de Concursos y Quiebras N° 24.522, de la Resolución N° 573 de fecha 22/04/2025 dictada en los autos caratulados: BERGONZI GRACIELA JOSEFA s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-25384282-9, Nº Expediente: 162/2017, N° 573. San Lorenzo, 22 de abril de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Declarar el cumplimiento del Acuerdo Preventivo por parte del GRACIELA JOSEFA BERGONZI de conformidad a lo dispuesto por el art. 59, 2º párrafo, ley 24.522. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Alejandro M. Andino (Juez, en suplencia), Dra. Melisa V. Peretti, (Secretaria).

$ 33 543333 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito judicial N° 12 de San Lorenzo la Secretaria que suscribe, hace saber que en los autos caratulados: COMUNA ANDINO c/COLLADO ALBERTO s/Apremio; Expte. 863/2004 - CUIJ 21-23368699-6 se ha dictado la siguiente resolución que se publicará que se publicarán por tres (3) veces, en los términos del art. 73 del CPCCSF, en el BOLETÍN OFICIAL: PROTOCOLO 2025 N° SAN LORENZO, de mayo de 2025. Y AUTOS Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) ORDENAR LA RECONSTRUCCIÓN del expediente COMUNA DE ANDINO c/COLLADO, ALBERTO JOSE s/APREMIO; (Originalmente Expte. N° 863/04), CUIJ 21-23368699-6. 2) ESTABLECER que la presente resolución servirá de cabeza al proceso de reconstrucción del expediente, el cual se conformará con las constancias obrantes en el sistema SISFE, la documentación que se incorpore conforme se dispone seguidamente, y las copias certificadas ya remitidas por el Archivo General de Tribunales. 3) INTIMAR nuevamente, y por última vea, a las partes, COMUNA DE ANDINO (actora) y COLLADO, ALBERTO JOSE (demandado), y a todos los profesionales y auxiliares de justicia que hayan intervenido en autos, a saber: Dra. Eugenia García, Dr. Carlos Federico Garat, Dra. Andrea del C. Astrobi, Dr. Jose Victor Luna, Escribano Eduardo J. M. Lamarque, y al Martillero Marcelo Roldán, para que en el término de QUINCE (15) DÍAS presenten en este Juzgado todas las copias de escritos, documentos, constancias y demás elementos que obren en su poder pertenecientes al expediente extraviado, a fin de ser incorporados al sistema SISFE para su reconstrucción. Hágaseles saber que, vencido dicho plazo, precluirá la posibilidad de agregar documentación o invocar constancias del expediente original que no hubieren sido aportadas, y no podrán fundar en ellas defensas o derechos posteriormente. 4) TENER POR INCORPORADAS al presente proceso de reconstrucción las copias certificadas de las resoluciones judiciales remitidas por el Archivo General de Tribunales Provinciales de Rosario mediante comunicación de fecha 15 de abril de 2025, detalladas en los Vistos de la presente. Dispóngase su correcta agregación y digitalización en el sistema SISFE. En caso de resultar necesario, se podrán ordenar copias certificadas adicionales de otras actuaciones al mencionado Archivo. 5) DAR INTERVENCIÓN de las presentes actuaciones y de todos los antecedentes relativos al extravío del expediente al MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN (MPA) de esta Jurisdicción, a los fines que estime corresponder en orden a la posible comisión de delitos de acción pública. Líbrense las comunicaciones pertinentes. 6) HACER SABER a todas las partes, auxiliares de justicia y eventuales derechohabientes y/o accionantes, y demandado/s que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE y con la documentación agregada conforme los puntos anteriores, reemplazará en un todo al expediente originario extraviado. Las constancias obrantes en este expediente reconstruido serán las únicas válidas para la sustanciación de la causa y la declaración de los derechos que en ella se debaten. Toda defensa o articulación de derechos deberá basarse en las constancias del expediente reconstruido, bajo apercibimiento de que, transcurridos los plazos otorgados para la presentación de documentación y/o para comparecer según las notificaciones ordenadas, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior fundada en documentos o actuaciones del expediente original no incorporados al reconstruido. 7) NOTIFICAR la presente resolución por edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial por tres (3) veces, en los términos del art. 73 del CPCCSF, citando y emplazando a toda persona que se considere con derecho sobre las cuestiones debatidas, declaradas, adquiridas y/o extinguidas en el seno de los autos “COMUNA DE ANDINO c/COLLADO, ALBERTO JOSE s/apremio; CUIJ 21-23368699-6, para que en el término de VEINTE (20) DÍAS desde la última publicación comparezca a estar a derecho, articule las acciones y/o defensas que entienda le correspondan y presente la documentación pertinente. Hágase saber en dichos edictos que el presente expediente reconstruido en soporte SISFE reemplazará en un todo al expediente originario extraviado y que, vencido el plazo otorgado, precluirá toda posibilidad de revisión o impugnación posterior respecto de los derechos que pudieren corresponderle. 8) AGRÉGUENSE al presente expediente en reconstrucción todos los escritos y presentaciones que hubieren sido ingresados por las partes, sus letrados, auxiliares de justicia o terceros interesados, y que se encuentren pendientes de incorporación formal, en tanto guarden relación con el estado del expediente CUIJ 21-23368699-6, su extravío, y los intentos de recupero o manifestaciones sobre su paradero. Ténganse presentes las manifestaciones y documentación que contengan para ser consideradas en el proceso de reconstrucción y para que surtan los efectos legales correspondientes, todo a los efectos legales que hube ordenado. 9) NOTIFIQUESE la presente resolución a las partes y profesionales mencionados en el punto 3) mediante cédula judicial, y a la Dra. Eugenia García y al Escribano Eduardo J. M. Lamarque en los domicilios electrónicos constituidos y/o en los reales denunciados. Fdo. Dra. JIMENA MUÑOZ (Secretaria subrogante); Dr. SEBASTIAN JOSÉ RUPIL (Juez en suplencia).

$ 831 543329 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se hace saber al Sr. VICTOR HUGO ORONAO, que se ha dictado declaratoria de herederos del Sr. Héctor Enrique Oronao, en favor de sus hermanos: José Alberto y Elida Delia Oronao, y de sus sobrinos: Zulma Mabel y Betiana Carolina Oronao. San Lorenzo, 9/8/2024.. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Declarar en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Héctor Enrique Oronao, en favor de sus hermanos: José Alberto y Elida Delia Oronao, y de sus sobrinos: Zulma Mabel y Betiana Carolina Oronao, quienes comparecen en derecho de representación de su padre prefallecido, Rubén Carlos Oronao. Debiendo hacer saber a Víctor Hugo Oronao, heredero denunciado, que no ha comparecido. Téngase a los herederos en posesión de los bienes de la herencia que no estuvieren en poder de terceros, cese la intervención del Sr. Agente Fiscal si por otro motivo no fuera menester. Inscríbase en el Registro de Proceso Sucesorios. insértese y hágase saber. Fdo. Dra. LUZ M. GAMST (secretaria); Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez). Autos caratulados: ORONAO HECTOR ENRIQUE s/SUCESORIO; CUIJ Nº 21-25444281-7. Fdo. Dra. GAMST (Secretaria). San Lorenzo, de 2025.

$ 100 543298 Jul. 21 Jul. 23

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En los autos caratulados: GOLIN, ROBERTO VICTOR s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-02989668-9 JUZG. DE 1ª INST. CIVIL Y COMERCIAL - 1ª NOM. DE SAN LORENZO, se ha dictad: SAN LORENZO 13 de Mayo de 2025. Cumplimente en debida forma con el ticket de foja cero bajo apercibimiento de no decretarse ningún otro escrito que presente. Por presentado, por acreditada personería a mérito del poder acompañado que se agrega. Constituya el domicilio legal dentro del radio urbano del asiento del Tribunal, bajo apercibimientos de ley. Estando justificado el fallecimiento de ROBERTO VICTOR GOLIN (14/11/2024), dénse por iniciadas las presentes medidas sobre declaratoria de herederos. Glósese la documental acompañada. Cumpliméntese con lo dispuesto en art. 2340 CCN, debiendo el interesado expresar si el decreto que pretende es exclusivo o si concurren otros herederos. Cítese y emplácese a los herederos {por cédula si se conociera domicilio), acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edictos que se publicaran en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal (art. 67 CPCC modif. P ley 11.187) para que lo acrediten dentro del plazo de 30 días. Hágase saber a los interesados que en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. Asimismo se hace saber, que en caso de existir bienes, deberán proceder conforme Art. 2342 CCN. Dese intervención al Ministerio fiscal. Recábense los informes previstos por las leyes 8100 y 5110. Ofíciese al Registro de Actos de Última Voluntad. Hágase saber el Juez que va a entender. Fdo. Dra. LUZ M. GAMST, Secretario; Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, Juez.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Doña MAFALDA OLIVA GOBBL DNI N° 3.306.142 y de Don LUIS ALFREDO RASETTO, DNI Nº 6.165.465, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los términos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: GOBBI MAFALDA OLIVA y OTROS s/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-25446949-9). San Lorenzo.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ALTAMIRANO LUIS PIO, titular de la LE Nº 2304288 y VERGARA MARIA DALIA, titular del DNI Nº 6.004.928, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Fdo. Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, JUEZ; Dra. LUZ M. GAMST, SECRETARIA. Autos caratulados: ALTAMIRANO LUIS PIO Y OTROS s/SUCESORIO; CUIJ N° 21-25447292-9.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, a cargo del Dr. Marcos Andino (Juez); Secretaria de la Dra. María Luz Gamst, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Don BALMACEDA JUAN CARLOS y GRANDIS STELLA MARIS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que dentro del término de 30 días corridos, desde su primera publicación y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados BALMACEDA JUAN CARLOS Y OTRA s/Sucesión; Expte. N° 21-25447118-3.

$ 45 Jul. 21

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En los caratulados ANA MARÍA TRUBIANI s/SUCESORIO - CUIJ N° 21-25447212-0, que tramitan por ante éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA PRIMERA NOMINACIÓN de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría a cargo de la Dra. LUZ M. GAMST, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por don ANA MARÍA TRUBIANI D.N.I. N° 04.706.957, para que comparezcan ante éste Tribunal por el término de treinta días, a hacer valer sus derechos.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en los Autos caratulados PAOLIN ANGEL FRANCISCO s/SUCESORIO; CUIJ N° 21-25445924-8, se ha ordenado citar a los herederos y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANGEL FRANCISCO PAOLIN, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado a citar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS GONZALEZ, DNI N° 6.541.506 por un día pan que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos caratulados GONZÁLEZ, CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25447105-1. Juez en suplencia: Dr. Alejandro M. Andino Secretaria: Dra. Melisa Peretti. San Lorenzo, 24 de Junio de 2025.


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom. de San Lorenzo. se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BERGARA MIGUEL ANGEL DNI 8.112.049, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. AUTOS: BERGARA MIGUEL ANGEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-25447076-4. Fdo. Dr. Alejandro Andino, (Juez); Dra. Luz Gamst, (Secretaria). San Lorenzo, de Julio de 2025.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. ALEJANDRO CARLOS ANDINO, secretaria de la Dra. LUZ N. GAMST, se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios del causante, CRISTOLFO OCTAVIA MARIA MARCELA (DNI 17.052.247) y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten su carácter dentro del plazo de 30 días. Hágase saber a los interesados que, en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. Fdo. Dra. LUZ M. GAMST, Secretaria. Rosario, Julio 2025.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, atento a la incomparecencia de la demandada AMALIA ANDINO Y ZOLIA decláresela rebelde y notifíquese Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" CUIJ 21-25385144-6. San Lorenzo, 19 de Junio de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA.

$ 100 544687 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, atento a la incomparecencia del demando CLAUDIO EDUARDO ANDINO Y ANCA decláreselo rebelde y notifíquese. Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA Y OTROS SI PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUIJ 21-25385144-6. San Lorenzo 19 de Junio de 2025. DRA. MELISA V.PERETTI-SECRETARIA.

$ 100 544682 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, atento a la incomparecencia de la demandada MARIA INES ANDINO Y ANCA decláreselo rebelde y notifíquese . Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA Y OTROS S/ PRESCRIPCIO ADQUISITIVA"CUIJ 21-25385144-6. San Lorenzo, 19 de Junio de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-

$ 100 544684 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, cítese y emplazase a los herederos de MARIA FAUSTA ANDINO Y ZOLIA a comparecer a estar a derecho por edictos que se publicarán en el boletín oficial y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación "SANCHEZ, OLGA TERESA C/

PAULETIC, EL St Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"CUIJ 21-25385144-6. San Lorenzo 25-06 de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-


$ 100 544680 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, cítese y emplazase a los herederos de JULIO JOSE MANUEL ANDINO a comparecer a estar a derecho por edictos que se publicarán en el boletín oficial y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIV A"CUIJ 21-25385144-6. San Lorenzo,- de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-

$ 100 544681 Jul. 21 Jul. 23

Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe atento a la incomparecencia del demando RICARDO RAUL ANDINO Y ANCA decláreselo rebelde y notifíquese. Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/PAULETIC, ELSA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"CUIJ 21-25385146. San Lorenzo, 19 de Junio de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-


$ 100 544688 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº P NOMINACIÓN de la ciudad de SAN LORENZO, DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, notifica al Sr. RUIZ, SERGIO DANIEL, DNI Nº 36.477.710, lo declarado en autos: Nº 1695 San Lorenzo, 02/09/2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1-Hacer lugar a la demanda, ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés previsto en los considerandos. 2-lmponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 3 Diferir la regulación de honorarios de la Dra. Knafel hasta tanto se acompañen constancia de inscripción ante la Afip y se practique la planilla respectiva. 4- insértese dese copia y hágase saber. FIRMADO: DRA. LUZ M. GAMST (Secretaria) DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez).

OTRO: SAN LORENZO, 24 de Febrero de 2025 Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término de ci neo días y bajo apercibimientos de ley; notifíquese por edictos que se publicarán por tres días en el Boletín Oficial (conforme art. 73 C.P.C.C), bajo apercibimiento de rebeldía. FIRMADO: DRA. LUZ M. GAMST (Secretario) DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez). CFN S.A. C/ RUIZ, SERGIO DANIEL S/ EJECUTIVO CUIJ Nº 21-23401622-6


$ 100 544717 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, atento a la incomparecencia de la Demandada ELSA PAULETIC decláreselo rebelde y notifíquese. Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUIT 21-25385144-6. San Lorenzo, 19 DE Junio de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-

$ 100 544685 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, atento a la incomparecencia de la demandada MARIA ELENA ANCA decláreselo rebelde y notifíquese . Autos caratulados "SANCHEZ, OLGA TERESA C/ PAULETIC, ELSA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"CUI 21-25385144-6. San Lorenzo 19 de Junio de 2025. DRA. MELISA V. PERETTI- SECRETARIA-

$ 100 544683 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1ª NOMINACIÓN de la ciudad de SAN LORENZO, DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, notifica al Sr. SANCHEZ, ANA MARIA, DNI Nº 23.622.482, lo declarado en autos: SAN LORENZO, 08 de Agosto de 2022 Por presentada, domiciliada, por acreditada personería a mérito del Poder acompañado que se agrega. Por iniciada la presente demanda ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho en el término de 10 días y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula.- DRA. LUZ M. GAMST Secretario DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO Juez. OTRO: SAN LORENZO, 05 de Diciembre de 2024 Venidos los autos a despacho agréguese. Atento lo solicitado y las constancias acompañadas: Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco d s y bajo apercibimientos de ley; por edictos que se publicarán por tres días en el Boletín Oficial. (Art. 73 C.P.C.C.), bajo apercibimientos de rebeldía. FIRMADO: DRA. LUZ M. GAMST (Secretario) DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (juez). CFN SA C/SANCHEZ ANA MARIA S/EJECUTIVO CUIJ Nº 21-25441537-2.

$ 100 544716 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 12 Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, Secretaria a cargo del/a Autorizante, hace saber a los HEREDEROS de MARIA IRMA JOHONSON, ROBERTO GABINO OZAN, OSCAR CLAUDIO OZAN, NORMA ESTER OZAN y RICARDO HIPOLITO OZAN que dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN C/ BOBADILLA ESTEL Y OTROS S/ APREMIO FISCAL MUNICIPAL 21-25443712-0, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN LORENZO, 09 de Junio de 2025 Venidos los autos se proveé: atento lo manifestado se designa audiencia para el sorteo de defensor de oficio el día 28/07/2025 a las 9 horas, debiendo a tal fin estar el expediente en la oficina de quiebras el día hábil anterior a la fecha decretada, y comunicarse con el mismo a fin de noticiar, de lo contrario no se realizará la misma. Notifíquese.”. Publíquese sin cargo por el término de tres días. San Lorenzo, …. de ……………………….. de 2025.-

S/C 543777 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL N° 1ª NOMINACIÓN de la ciudad de SAN LORENZO, Dr. Alejandro Marcos Andino, notifica al Sr. SOSA, RODRIGO SEBASTIAN, DNI N° 37.592.076, lo declarado en autos: San Lorenzo, 13/02/2025. Téngase presente lo manifestado. Agréguense la cédula acompañada. Atento lo informado por la actuarla conforme el sistema SISFE, no habiendo comparecido a estar a derecho el demandado y haciendo efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebeldes y prosiga el juicio sin otorgársele representación. Firmado: Dra. Luz M. Gamst (Secretario) Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez).


$ 100 544714 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JUAN ALBERTO BLANCHE (DNI D.N.I. Nº 21.798.580), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BLANCHE, JUAN ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” ( 21-02987645-9) ) en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, Secretaría Única.

$ 45 Jul. 21

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom. de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agüeda María Orsaria, Secretaria del Dr. Alejandro Danino, en los caratulados: GOMEZ ERARDO s/CONCURSO PREVENTIVO; Expte. Nº 1037/13, CUIJ 21-25574844-8, ha dispuesto la publicación a los fines de informar que se ha dictado la Resolución N° 520 de fecha 25 de junio de 2025 que se transcribe en su parte resolutiva: Resolución Nº 520. Villa Constitución, 25 de junio de 2025. VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarando la CONCLUSIÓN y CUMPLIMIENTO - en los términos del Art. 59 LCQ, del Concurso Preventivo del Sr. Erardo Enrique Gómez DNI 8.353.962. 2) Oficiando al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente. 3) Ordenando la publicación de edictos comunicando la presente en el Boletín Oficial, por el término de ley. 4) Previo retiro de la documental y culminación de las labores residuales que pudieren tener lugar, dar por concluida la intervención de la Sindicatura. 5) Cumplimentados que sean los anteriores puntos, líbrense las comunicaciones que correspondan a efectos de proceder al levantamiento de la inhibición general anotada sobre el Sr. Erardo Enrique Gómez. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Agueda M. Orsaria, juez; Dr. Alejandro Danino, secretario. Rosario, /06/2025.

$ 100 544166 Jul. 21

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 14 Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados MENDEZ AXEL NICOLÁS c/CACCHIARELLI JOSE ANGEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ N° 21-25573455-2, se ha ordenado publicar edictos en la forma de ley, dando publicidad a la sentencia dictada en los autos indicados, que resuelve: N° 454, Villa Constitución, 12 de junio de 2.024. VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Rechazar la demanda interpuesta por Sebastián Alejandro Méndez y Jesica Beatriz Pierraccini, por si y en representación de su hijo Axel Nicolás Méndez, con costas a su cargo, conforme a los considerandos de la presente. 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto sean estimados y acreditada la situación de los profesionales intervinientes ante AFIP. 3) Incorporar la documental y sobres, por no revestir Utilidad su reserva en Secretaría. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. AGUEDA ORSARIA, Jueza; Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario.

$ 100 544353 Jul. 21 Jul. 53

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El Sr. Juez del Juzg. de 1ª Inst. de Circuito N° 14 de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos MONZA LEONARDO c/NIETO GONZALEZ FERNANDO s/JUICIO EJECUTIVO; Expte. CUIJ N° 21-23488081-8, ha resuelto: T° 2025 R° 637. VILLA CONSTITUCION, 26 de mayo de 2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra METO GONZALEZ FERNANDO hasta tanto MONZA LEONARDO EZEQUIEL, se haga íntegro pago del capital reclamado, él que asciende a la suma de Pesos Ciento Treinta y Cuatro Mil Cuarenta ($ 134.040), con más los intereses indicados precedentemente. Costas a la parte demandada (art. 251 del C.P.C.C.). Regular los honorarios profesionales de la Dra. Eliana Carolina Roberto en la suma de $ 95.847,43 equivalente a 1 Jus con vista Caja Forense. Los mismos se actualizarán automáticamente según el valor de la unidad JUS que establezca la CSJSF, convirtiéndose a su valor vigente en moneda de curso legal al momento del efectivo pago. Aplíquese a los mismos un interés moratorio del 8% anual, sobre el monto nominal, sin capitalización, desde la fecha de la notificación de la presente y hasta el momento del efectivo pago. Notifique el profesional electrónicamente a Caja Forense. Dese protocolo digital y publíquense edictos. Fdo. Dr. Diógenes Drovetta, (Juez); Dra. Analia N. Vicente, (Secretaria). 19 de Junio de 2025. ARTICULO 73. Si el domicilio fuese desconocido ola persona incierta. el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces. EL término vencerá cinco días después de la última publicación.19 d junio de 2025.

$ 100 544175 Jul.21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 1ª Nominación, Sec. única, de Villa Constitución y en autos CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/VAZQUEZ GUSTAVO ANDRES s/EJECUCIÓN PRENDARIA; 21-25657788-4, se hace saber que se dicto lo siguiente: VILLA CONSTITUCION, 18 de agosto de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia acompaña y se agrega, cuyo original deberá presentar para su cotejo por Secretaría. Por promovida ejecución prendaria conforme lo establecido por el art. 39 de la ley 12.962. Atento que el peticionante es uno de los sujetos indicados en el art. 5 inc. a) de la ley mencionada, procédase al secuestro y su entrega al acreedor del automotor dominio ACA427VY, marca Chevrolet, tipo sedan 5 puertas, modelo ONIX JOY 5 ptas. 1.4, motor marca Chevrolet Nº GFK093425, chasis marca Chevrolet Nº 9BGKL48TOJG270954, de propiedad de Gustavo Andrés Vazquez. A tal efecto, líbrense los despachos correspondientes con los recaudos de ley al Sr. Oficial de Justicia de estos Tribunales, haciéndose constar que la medida ha sido solicitada por el apoderado de la parte actora y que se encuentran facultados para su diligenciamiento los Dres. Sebastián Dogliani y/o Paula Gorgona. Líbrense los demás despachos solicitados. Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario; Dra. AGUEDA M. ORSARIA, Jueza. Otro decreto: VILLA CONSTITUCION, 10 de Febrero de 2023 Oficiase a efectos de reinscribir la prenda, conforme lo normado en el Art. 23 Ley 15.348146, y con las constancias peticionadas. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2— XV) Hágase saber que conforme surge de autos (vid. fs. 21 Vto) se suscribió oficio en fecha 16/02/2023. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Líbrese nuevo oficio, en cuyo texto deberá constar el libramiento por parte de este Juzgado de un oficio de fecha 16/02/2023, de idéntico contenido, extraviado. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario; Dra. AGUEDA M. ORSARIA, Jueza. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISEE (Acuerdo CSJSF N° 14 del 13/05/2020, punto 2— XV) Téngase presente. Atento a lo solicitado, ofíciese conforme fuera ordenado mediante auto Nº 853 de fecha 18/08/2022. Autorizase al Dr. Bielmann a intervenir en el diligenciamiento. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Previo a lo solicitado, acompañe mandamiento suscripto sin diligenciar en original por Mesa de Entradas de este Juzgado y se proveerá. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: VILLA CONSTITUCION, 01 de Agosto de 2024 Téngase presente. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario; Dra. AGUEDA M. ORSARIA, Jueza. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Previo a lo solicitado, acompañe informe del oficial notificador de la cédula respectiva, atento que lo manifestado no surge de las constancias acompañadas. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISEE (Acuerdo CSJSF Nº 14 del 13/05/2020, punto 2— XV) Atento lo informado por el Oficial Notificador, y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 20 y 21 C.P.C.C: líbrese oficio al Registro Nacional de las Personas o a la Secretaria Nacional Electoral, a fin de que informe el último domicilio de los demandados, Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISEE (Acuerdo CSJSE N° 14 del 13/05/2020, punto 2— XV) Téngase presente. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario. Otro decreto: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISEE (Acuerdo CSJSF N° 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Atento tratarse de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO, Secretario.

$ 300 544096 Jul. 21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 14 de la ciudad de Villa Constitución, a cargo del Dr. Diógenes O. Drovetta (Juez), Secretaría de la Dra. Analía N. Vicente, en autos caratulados: VILLALBA AURORA ELENA c/GIOME Y SALAZAR JOSÉ Y OTROS s/JUICIOS SUMARIOS; (C.U.I.J. 21-23487517-2), se cita y emplaza a los herederos de José Giome, L.E. N° 2.212.282 y Enrique Giome, L.E. N° 2.341.195, a comparecer a estar a derecho dentro del término de tres días bajo apercibimiento de designársele defensor con él que se entenderá el procedimiento (art. 597 del C.P.C.C.). Fdo. Dra. Analía N. Vicente, (Secretaria). 4 de Junio de 2025.

$ 100 542619 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE). Dr. DIOGENES D DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/BALBUENA MARIA BEATRIZ s/APREMIOS; CUIJ N° 21-23487220-3, se cita de remate a BALBUENA MARIA BEATRIZ titular del DNI N° 22652845 CUIJ N° 27-22652848-8 y/o sus sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en calle Pasteur n° 1650 de Villa Constitución, Padrón N° 16753/6 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en Los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Secretaria Dra. Analía Vicente. Villa Constitución, 4 de Julio de 2025.


S/C 544480 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de Villa Constitución (SFE), Dr. DIOGENES D DROVETTA, y de conformidad con lo ordenado por los arts. 7 y 28 de la Ley 5066, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/GLABOR MARIA ELENA Y OTROS s/APREMIOS; CUIJ N° 21-23487718-3, se cita de remate a GLABOR MARIA ELENA DNI N° 14587383 CUIJ Nº 27-14587383-0 y LENCINA ALBERTO ERNESTO DNI N° 11466745 CUIL N° 20-11466745-6 ambos con domicilio en Sector 4 casa 292 barrio Troilo dala ciudad de Villa Constitución, Pcia de Santa Fe y/o sucesores y/o quien/es resulte/n responsable/s fiscal/es actual/es del inmueble sito en Sector 4 casa 292 barrió Troilo de la ciudad de Villa Constitución, Padrón N° 14368/5 al tiempo en que se generó la obligación tributaria reclamada en los autos referidos, para que dentro del término de ocho (8) días opongan excepción legitima, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución sin más trámite. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo. Secretaria Dra. Analía Vicente. Villa Constitución, 4 de Julio de 2025.


S/C 544481 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ANTUÑA PEDRO RAFAEL s/Apremios; CUIJ 21-23488886-9, se ha dictado la resolución que dice: N° 669, Villa Constitución, 30 de Mayo de 2025. Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpore a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación fa clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web httos://www.justiciasantafe.gov.ar/index. php/poder-judicial/inicio/sistema-de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe, (Clave: 5850) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 88.127,54 en concepto de capital, con más la de $ 95.847,43 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble denunciado. Fdo. Dr. Diógenes D. Drovetta, Juez; Dra. Analía N. Vicente, Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.12 de Junio de 2025.Dra. Analía Vicente, secretaria.

$ 100 543576 Jul. 21 Jul. 23

El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/RAMIREZ CRECENCIO s/Apremio Fiscal; Expte. N° 21-23488816-9, se ha dictado la providencia que dice: N° 530, Villa Constitución, 30 DE Abril de 2025 - Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpore a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaria. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema-de-autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicialde-santa-fe/. (Clave: 9553); Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 97.366,55 en concepto de capital, con más la de $ 93.968,07 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor anímus domini del inmueble denunciado. Fdo. Dr. Diógenes D. Drovetta, Juez; Dra. Analía N Vicente, Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC.04 de Junio de 2025.


$ 100 543524 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez de Primera Instancia del JUZGADO DE CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, ha ordenado hacer saber que en los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/BEATRIZ ELVIRA CINGOLANI y JOSÉ MARÍA JORGE SILANO s/APREMIOS; CUIJ 21-23488884-3, se ha dictado la resolución que dice: N° 660, Villa Constitución, 28 de Mayo de 2025. Por presentada, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general, que se incorpora a este expediente digital y cuya copia certificada se encuentra reservada en Secretaría. Por iniciada la acción de Apremio Fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho (8) días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Incorpórese el certificado de deuda digitalizado. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/inicio/sistema-de - autoconsulta-de-expedientes-del-poder-judicial-de-santa-fe/. (Clave: 8753) Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes del demandado por la suma de $ 85.388,72 en concepto de capital, con más la de $ 95.847,43 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Al punto 5), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula en los domicilios fiscales (real del deudor) y en los lotes objetos de la acción. Además, publíquense edictos en el Boletín Oficial, a los fines que la sentencia tenga efectos contra los sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domíni del inmueble denunciado. Fdo. Dr. Diógenes D. Drovetta, Juez; Dra. Analía N. Vicente, Secretaria. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC. 18 de Junio de 2025.

$ 100 543585 Jul. 21 Jul.23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/FUNES NELIDA s/APREMIO FISCAL; Expte. Nº 21-23487400-1, se cita al Sr. FUNES NELIDA MARIA D.N.I. 5.583.415 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 78634 Partida Inmobiliaria Nº 19-18004182640055, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 22 de Mayo de 2025. Dra. Analía Vicente, Secretaria.22 de mayo de 2025.

$ 100 543290 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/LARES YANINA ANALIA s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23487404-4 se cita la Sra. LARES YANINA ANALIA D.N.I. 24.411.383 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 148163 Partida Inmobiliaria N° 1918004180530353, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 22 de Mayo de 2025. Dra. Analía Vicente, Secretaria. 22 de Mayo de 2025.

$ 100 543289 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/LEZCANO DARIO ALBERTO Y OTRA s/APREMIO FISCAL; Expte. Nº 21-23487406-0, se cita al Sr. LEZCANO DARIO ALBERTO D.N.I. 20.782.905 Y la Sra. VALDEZ LAURA CECILIA D.N.I. 23.115.275 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 76257 Partida Inmobiliaria N° 19-180041827003555, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 22 de Mayo de 2025. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

$ 100 543287 Jul. 21 Jul. 23

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dra. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/BAEZ HECTOR s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23437907, se cita a Sr. BÁEZ HECTOR MARTÍN D.N.I. 94.008.292 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón Nº 144022 Partida Inmobiliaria N° 19-18004182860189 a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud dé la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 22 de Mayo de 2025. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

$ 100 543284 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/PIERRACHINI GUSTAVO ARIEL s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23487415-9, se cita al Sr. PIERRACHINI GUSTAVO ARIEL D.N.I. 24.062.865 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 81992 Partida Inmobiliaria N° 19-18004182810165, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 22 de Mayo de 2025. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

$ 100 543285 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/DOSE CRISTIAN s/APREMIO FISCAL; Expte. Nº 21-23487079-0, se cita a Al Sr. DOSE CRISTIAN DARIO D.N.I. 26.631.919 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 136051 Partida Inmobiliaria Nº 19-18004182840218, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 4 de Noviembre de 2024. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

$ 100 543297 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ALDERETE VICTOR ORLANDO Y OTROS s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23487044-8, se cita a Al Sr. ALDERETW VICTOR ORLANDO D.N.I. 11.803.809, GOMEZ SUSANA TERESA, D.N.I. 14.165.602, GOMEZ WALTER ANGEL ALBERTO D.N.I. 16.163.736 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del Inmueble padrón N° 126433 Partida Inmobiliaria N° 19-18004182730255, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarte adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución, 4 de Noviembre de 2024. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

$ 100 543294 -Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/GOMEZ PEDRO s/APREMIO FISCAL; Expte. N° 21-23487054-5, se cita a Al Sr. GOMEZ PEDRO ROQUE DNI 10.748.690 y/o sucesores y/o actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 141309 Partida Inmobiliaria N° 19-18004182860039, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la Publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución. Dra. Analía Vicente, Secretaria.


$ 100 543295 Jul. 21 Jul. 23

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El Sr. Juez de Primera Inst. de DISTRITO Nº 14 Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Villa Constitución, JUEZ EN SUPLENCIA en los autos caratulados: PICCHIO ATILIO JUAN CARLOS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA: 21-25656386-7, hace saber lo siguiente: Se cita y emplaza a los herederos de Agustin, Alba Esther, Iluminado, José Agustín, Maria Emperatriz, Nélida, Raimunda Beatriz y Antonio Mauricio De La Llera, tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 597 y cc del CPCC. Villa Constitución, 11 de Abril de 2025. Secretario Dr. Darío Malgeri.

$ 100 543222 Jul. 21 Jul. 25

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Juzgado de primera Instancia de Circuito Nº 14 de la ciudad de Villa Constitución. Por disposición del autorizante, Secretaría del Dr. DARIO MALGERI, dentro de los autos caratulados: SAN JUAN ROCIO PAOLA c/DIEZ ROMINA MARIA GRACIELA s/Cobro De Pesos; CUIJ N° 21-23488375-2; Se han dictado los siguientes decretos: VILLA CONSTITUCION, 29 de mayo de 2025; Agréguese. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por cedula. (Fdo. Dr. Diógenes Drovetta (Juez); Dra. Analía Vicente, (secretaria). Secretaria, 24 de Junio de 2025.

$ 100 543838 Jul. 21 Jul. 25

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 14 Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución; ante el fallecimiento de los herederos ALFREDO LEZCANO (DNI N° 6.112.937) y WALTER MANUEL LEZCANO (DNI N° 22.170.703), se ha ordenado convocar a quienes pudieran tener legitimo interés en el patrimonio relicto, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos caratulados ESTEFANIA NILDA BEATRIZ s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-25575180-5, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución.

23 de Junio de 2025.Dr. Alejandro Danino, secretario.

$ 100 543740 Jul. 21 Jul. 23

El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 14 de la ciudad de VILLA CONSTITUCIÓN, DR. DIOGENES D. DROVETTA, notifica al Sr. BRANDI, BRAIAN NICOLAS, DNI Nº 37.903.571, lo declarado en autos: ELECTRONIC EGATONE S.A. c/BRANDI, BRAIAN NICOLAS s/EJECUTIVO (CUIJ Nº 21 -23483235-9): "N° 445. Villa Constitución, 16/04/2025. Y VISTOS: ...; RESUELVO: 1) Aprobar la planilla practicada en cuanto por derecho hubiere lugar. 2) Regular los honorarios profesionales de la Dra. Roxanna Knafel en la suma de Pesos$ 93.968,07 equivalente a Jus 1 (uno) con vista a Caja Forense. Los mismos se actualizarán automáticamente según el valor de la unidad JUS que establezca la CSJSF, convirtiéndose a su valor vigente en moneda de curso legal al momento del efectivo pago. Aplíquese a los mismos un interés moratorio del 8% anual, sobre el monto nominal, sin capitalización, desde la fecha de la notificación de la presente y hasta el momento del efectivo pago. 3) El profesional, deberá correr la vista a C:aja Forense en forma electrónica. Insértese, agréguese copia, hágase saber." Firmado: Dr. Diogenes Diosdado Drovetta (Juez), Dra. Analía N. Vicente (Secretaría). 09 de Mayo de 2025.


$ 100 544710 Jul. 21 Jul. 23

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EN LOS AUTOS CARATULADOS ELECTRONICA MEGATONE SA C/SKLATE, LAUTARO S/ JUICIOS EJECUTIVOS CUIJ Nª 21-23485947-9

El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 14 de la ciudad de VILLA CONSTITUCIÓN, DR. DIOGENES D. DROVETTA, notifica al Sr. SKLATE, LAUTARO, DNI Nº 40.366.005, lo declarado en autos: FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra LAUTARO SKLATE; hasta tanto ELECTRONICA MEGATONE S.A. se haga íntegro pago del capital reclamado, él que asciende a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Dos Mil Setecientos Setenta y Ocho con Ochenta Centavos ($ 162.778,80) con más los intereses indicados en los considerandos del presente más IVA. Costas a la parte demandada (art. 251 del C.P.C.C.). Practicada y firme que quede la liquidación definitiva, se regularán los honorarios profesionales. Dese protocolo digital y publíquense edictos. DRA. ANALÍA N. VICENTE Secretaría. DIOGENES D. DROVETTA Juez. 09 DE MAYO DE 2025.

$ 100 544709 Jul. 21 Jul. 23

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La Sra. Jueza de Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial N.º 14, 1ra Nominación de Villa Constitución ha ordenado en los autos “RIVERO SIXTO VIDAL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25563362-4 Nro. Expediente: 1270/2005 citar a Spolidori Nelida Josefina y/o sus herederos, acreedores y/o legatarios a la audiencia para la designación de perito inventariador, tasador y partidor para el día 28 de julio de 2025 a las 10 hs.

$ 100 543932 Jul. 21 Jul. 25

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En los autos caratulados: HECTOR OSCAR HERTZ S/DECLARATORIA DE HEREDEROS , Expte. N° 21- 25660490-3, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda Orsaria Juez, Secretaría del Dr. Alejandro Danino, se cita y emplaza por el término de Ley (Plazo de 30 días), a los herederos, legatarios o acreedores de don HERTZ HECTOR OSCAR, para que comparezcan ante éste tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, Julio 2025. Fdo.: Dr. ALEJANDRO DANINO (Secretario).

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil Y Comercial de la Segunda Nominación de Villa Constitución; Juzgado vacante, Secretaría: Dr. Dario Malgieri, dentro de los autos caratulados "FRANK DE ZAPATA ELENA Y OTROS C/SARTORI LEONARDO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ 21-25592716-4, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. PEDRO GABRIEL ZURITA DNI N° 04.693.336, por el término de 30 días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en el transparente habilitado al efecto, en la forma prescripta por el art. 67 CPCC reformado por ley 11.287. Firmado: Malgieri (Secretario).


$ 45 Jul. 21

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En los autos caratulados: HECTOR OSCAR HERTZ S/DECLARATORIA DE HEREDEROS , Expte. N° 21- 25660490-3, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda Orsaria Juez, Secretaría del Dr. Alejandro Danino, se cita y emplaza por el término de Ley (Plazo de 30 días), a los herederos, legatarios o acreedores de don HERTZ HECTOR OSCAR, para que comparezcan ante éste tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, Julio 2025. Fdo.: Dr. ALEJANDRO DANINO (Secretario).

$ 45 Jul. 21

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaria que suscribe, hace saber que dentro de los autos: BORKOWSKI WALTER LUDOVICO c/URIZ AGUSTIN Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-26366123-8, se ha dictado la siguiente providencia: Rufino, 10 de Junio de 2025; Informado verbalmente el Actuario en este acto que los herederos de Uriz Agustin y Uriz José Mari, no han comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificados, decláreselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Gastón Alejandro Epifano Secretario Subrogante; Dr. Luis Alberto Cignoli, (Juez). Rufino, 13 de Junio de 2025.


$ 225 543976 Jul. 21 Jul. 25

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 9 de la ciudad de Rufino, en los autos caratulados MENARVINO JORGE RAUL c/MARU S.A. s/DEMANDA LABORAL; CUIJ 21-26350843-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores de la Sra. María Isolina Menarvino, DNI 22.322.585, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Rufino, 2 de Julio de 2025.Dr. Jorge Espinoza, Secretario.

$ 135 544274 Jul. 21 Jul. 23

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, Secretada de la Dra. Lucia Ciarpella, en los autos caratulados CUIJ: 21-26410759-5 RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL c/FRANCO LUIS MARIA s/DAÑOS y PERJUICIOS se ha dictado el siguiente fallo: N° 62 MELINCUE, 14 de Febrero de 2024 Y VISTOS: Los autos caratulados RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL c/FRANCO LUIS MARIA s/DAÑOS y PERJUICIOS; Expte. CUIJ N° 21-26410759-5. Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Miguel Angel Rodríguez contra el Sr. Luis Maria Franco, condenándolo a pagar lo que arroje el practica planilla que oportunamente se practique, firme que quede la presente, en un plazo no mayor a diez días hábiles. II- El Capital devengará un interés moratorio que se calculará mediante la tasa activa que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuento a treinta días, sumada, a partir de la constitución en mora (la fecha del siniestro) y hasta el efectivo pago. Con las salvedades efectuadas en cada rubro en particular respecto al modo de calcular. IV- Imponer las costas en cabeza de la parte demandada en los términos del art. 251 del CPCC. V- Diferir la regulación de honorarios a la etapa procesal oportuna. Insértese, dese copia y hágase saber. Dra. ANALIA M. IRRAZABAL; Dr. ALEJANDRO H. LANATA, Secretaria ,Juez.06 de junio de 2025.Lucia Ciarpella, secretaria subrogante.

$ 100 544000 Jul. 21

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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, ha ordenado citar por edictos al demandado Sr. MARIANO SEBASTIÁN TOLOSA, DNI N° 32.075.560, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos: RUIZ MAGDALENA ISABEL c/TOLOSA MARIANO SEBASTIAN s/DIVORCIO; CUIJ N° 21-26473837-4. Melincué, 30 de Junio de 2025.30 de junio de 2025.Dra. Lucia Ciarpella, prosecretaria.


S/C 5444200 Jul. 21

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Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 Civil, Comercial y Laboral de la cuidad de Melincué en autos BUSTAMANTE CARLOS A. c/LEGUIZAMON JULIO s/JUICIOS ORDINARIOS; CUIJ Nº 21-26456055-4, se ha dictado el decreto del siguiente tenor: Tomo: 2025 Folio: Resolución: 118, Melincué, 28 de Febrero de 2025. Y VISTOS..., Y CONSIDERANDO:... FALLO: Rechazar la demanda interpuesta por el Sr. Carlos Bustamante contra el Sr. Julio Leguizamon. II- Imponer las costas en cabeza de la parte actora en los términos del art. 251 del CPCC. III- Diferir la regulación de honorarios a la etapa procesal oportuna. Fdo. Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaria Subrogante; Dra. Lucia B. Ciarpella. Junio 2025. Autos: BUSTAMANTE CARLOS A. c/LEGUIZAMON JULIO s/JUICIOS ORDINARIOS; CUIJ Nº 21-26456556-4. Melincué, 30 de Junio de 2025.


$ 165 544182 Jul. 21 Jul. 25

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dr. Alejandro LANATA (Juez) Secretaria del autorizante, en los autos caratulados TANONI HNOS. S.A. C/ISF SERGIO RUBEN s/Apremios; 21-26473990-7, se ha ordenado lo siguiente: MELINCUE, 20 de Septiembre de 2024. Por presentado, con domicilio legal constituido y por parte en el carácter invocado. Unánse las presentes actuaciones por cuerda floja al Expte. CUIJ Nº 21-26442382-9. Téngase por iniciada la presente EJECUCIÓN DE SENTENCIA. Cítese de remate al demandado, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquen empleados notificadores. Fdo. Dr. ALEJANDRO H. LANATA (Juez); Dra. LUCIA B. CIARPELLA, (Secretaria). Melincué, 23 de Junio de 2025.

$ 100 543496 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancias en los Civil y Comercial y Laboral de Distrito Nº 8 de Melincué a cargo de la Dr. Alejandro H. LANATA, (Juez); Secretaria del Dra. Lucia B. Ciarpella, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Fabián FERREYRA, para que comparezcan en los autos caratulados FERREYRA FABIAN s/SUCESIONES-INSC. TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT, 21-26474270-3, a hacer valer sus derechos y dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Melincué, 1 de Julio de 2025.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Distrito Nº 8 de Melincué, Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Alejandro Héctor Lanata, Secretaria de la Dra. Lucia B. Ciarpella, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Labañino, Rodolfo DNI 4.969.154, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por e1 término de ley. Conste. CUIJ 21-26174553-2). Melincué, 3 de Julio de 2025.


$ 45 Jul.21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº8 en lo Civil, comercial, y laboral de MELINCUE, a cargo del Dr. Alejendro Lanata, secretaria Dra. Analia M. Irazábal, se ha dispuesto en los autos caratulado BELLOLI MARIA DEL CARMEN S/SUCESIÓN.- Expte.- CUIJ 21-26472343-1, que tramita por ante este Juzgado, de Melincue, solicita a comparecer a los posibles herederos a hacer valer sus derechos por el termino y bajo apercibimiento de ley DE LOS CAUSANTES BELLOLLI MARIA DEL CARMEN Y OLMEDO MIGUEL ANGEL.- Melincue, de ABRIL del 2025.-

$ 45 Jul. 21

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial 2ª Nominación de Venado Tuerto en autos caratulados: SAVINO OSCAR MATIAS c/PAGLIARECCI ADOLFO HECTOR Y OTROS s/ESCRITURACION; (CUIJ 21-24612286-2), a cargo del Dr. GABRIEL ALBERTO CARLINI; Secretaría del Dr. ALEJANDRO WALTER BOURNOT, se ha dispuesto: VENADO TUERTO, 12 de junio de 2025. Proveyendo 7825/25: Téngase presente. - Informando el mismo, en este acto, que los herederos de JUANA VILA Y ECHEVERRIA DE COLOM; JOSE ANTONIO VILA Y ECHEVERRIA MARIA ESTHER ANGELA VILA Y ECHEVERRIA DE LUSSENHOFF y FRANCISCO MARINO VILA Y ECHEVERRIA; no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos a publicarse en el boletín Oficial por el término de ley. Fdo. Dr. GABRIEL ALBERTO CARLINI, juez; Dr. ALEJANDRO WALTER BOURNOT, Secretario. Venado Tuerto, 23 de Junio de 2025.

$ 100 544243 Jul. 21 Jul. 22

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Ma. Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. Ma. Laura Olmedo, dentro de los autos caratulados: FELICI DIEGO GASTÓN Y OTROS c/SUCESORES DE EGUREN ELOY ROGELIO ERNESTO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; (CUIJ N° 21-24621133-4), se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de ELOY ROGELIO ERNESTO EGUREN, DNI N° 6.114.583, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley en los autos de referencia que tienen como objeto el inmueble que a continuación se detalla: Cuatro lotes de terrenos situados en esta ciudad de Venado Tuerto, Dpto. Gral. López, Pcia. de Santa Fe, que forman parte de las chacras designadas en el plano oficial con los Nº 69 y 70, y en el plano practicado por el Ing. Civil don Benito c. Bologna archivado bajo el Nº 20.681, año 1958, se designan con los N° 1,2,3 y 16 de la manzana Nº 3, forman la esquina oeste de la manzana y unidos miden: 40m 82cm2 de frente al NO sobre calle pública sin nombre por 34m 20cm2 de fondo y frente al SO sobre ruta nacional N° 8. Encierra una superficie total de 1396m2 440cm2, lindando además: al NE con el lote 15 y al SE con el lote 4, ambos de la misma manzana y plano. Venado Tuerto, 9 de Junio de 2025.

$ 200 544189 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro W. Bournot, sito en calle San Martin N° 631, 1º piso, de la ciudad de Venado Tuerto, se ha dispuesto publicar dentro de los autos caratulados RASPI MATIAS EDUARDO s/CONVERSION EN CONCURSO, expediente N° 21-24621403-1, que el 18/03/2025, se decretó la conversión en Concurso Preventivo del Sr. Matías Eduardo Raspi DNI 29.754.531, inscripta en el Registro de Procesos Concursales bajo el N° 101/25 el 15/04/2025, se ha sorteado y designado como Sindicatura al C.P.N. Raúl Alfredo García que aceptó cargo, constituyó domicilio en calle Maipú N° 319, de la ciudad de Venado Tuerto (SE) y estableció como horarios de atención lunes a viernes de 07.00 a 15.00 hs. En este marco se ha fijado como nuevas fechas el día 29/08/2025 para la verificación tempestiva de créditos ante la Sindicatura Concursal; el día 31/10/2025 como fecha para que la Sindicatura interviniente presente los informes individuales; el día 05/12/2025 para la presentación del Informe General y el día 23/06/2026 a las 9.00 hs. para la Audiencia Informativa que dispone el art. 14 inc. 10 de la Ley de Concursos y Quiebras. Se hace saber que para la determinación de los vencimientos precedentes se han computado el plazo previsto en el Art. 14 LCQ. Venado Tuerto, 04 de Junio de 2025. Fdo. Dr. Gabriel Alberto Carlini, Juez; Dr. Alejandro Walter Bournot, Secretario. Venado Tuerto, 13 de Junio de 2025.

$ 52,50 544127 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Santa Fe, Dr Gabriel Carlini, Secretaria única a cargo del Dr. Alejandro Walter Bournot, en autos MARTINELLI, ITALIA s/PROTOCOLIZACIÓN DE TESTAMENTO OLÓGRAFO, (DIGITAL) CUIJ 21-24624098-9, se hace saber que se ha iniciado los presentes a los fines de la protocolización del testamento ológrafo otorgado por la causante. ITALIA MARTINELLI, DNI 93.629.587, fallecida el día 29 de septiembre de 2018 en Venado Tuerto, Santa Fe, con último domicilio en Dorrego 373, Venado Tuerto, citando por el presente a terceros interesado a presentar sus oposiciones dentro de estos caratulados. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. Notifíquese. Venado Tuerto, 24 de Junio de 2025.

$ 150 544029 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición del Juzgado de Primer Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. MARIA CELESTE ROSSO (Jueza) Secretaria de la Dra. MARIA LAURA OLMEDO, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don OSVALDO JOSE MAZZONI, DNI 8.566.904, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley. Autos: MAZZONI, OSVALDO JOSE s/SUCESORIO; CUIJ 21-24623532-9. Venado Tuerto, 25 de Junio de 2025. Santa Fe. Fdo. Dra. María Celeste Rosso, JUEZA; Dra. Maria Laura Olmedo, SECRETARIA.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ª Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de PORTILLA ISAIAS FRANCISCO, DNI M 6.106.528, y UGARTE ROSA AMERICA, DNI 1.110.124, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. PORTILLA ISAIAS FRANCISCO Y OTROS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-24623805-4). Venado Tuerto, 23 de Junio de 2025. Fdo. Dra. MARIA LAURA OLMEDO, Secretaria.

$ 45 Jul. 21

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Por disposición de Sr.: Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial de Venado Tuerto de 2da Nominación a cargo del Dr GABRIEL CARLINI= (juez), Dr. A. WALTER BOURNOT, (Secretario) en los autos caratulados "SANTUCHO JOSÉ LUIS C/SARACENI MARIA TERESA Y/U OTRO S/ JUICIO ORDINARIO ESCRITURACIÓN", (Expte. CUIJ: 21-24478949-5, no habiendo comparecido el heredero: de la Sra: MARIA TERESA SARACENI el Sr. AMADEO DI BENEDETTO, estando debidamente notificado por cédula decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación.-Dr: A.WALTER BOURNOT (secretario)=.VENADO TUERTO, 2 6 JUN 2025

$ 150 544645 Jul. 21 Jul. 23

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dr. Gabriel Alberto Carlini (Juez), Dr. A. Walter Bournot (Secretario), se cita y emplaza a los HEREDEROS, ACREEDORES O LEGATARIOS DE DON HORACIO FLORENTINO ALVAREZ D.N.I. 6.110.032 Y DOÑA MARGARITA MAGDALENA SOLJAN D.N.I. 2.309.154, para que en el termino de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley.- Autos caratulados: "ALVAREZ, HORACIO FLORENTINO Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)cuij 21-24624032-6, AÑO 2025.-


$ 45 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez de primera instancia de Distrito de la 2da nominación de la ciudad de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza al Sr. PLACIDO PALPEBRA para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales (una vez por mes durante el término de seis meses). Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria,12 de Febrero del 2025. Dra. MARIA LAURA OLMEDO secretaría; Dra. MARÍA CELESTE ROSSO juez. Dra. Laura Olmedo, secretaria.


$ 200 540392 Jul. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 2da nominación de la ciudad de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza al Sr. PLACIDO PALPEBRA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del tèrmino y bajo apercibimientos legales (una vez por mes durante el término de seis meses). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÌN OFICIAL Y hall de Tribunales. Secretaria, 12 de Febrero de 2025.- DRA. MARIA LAURA OLMEDO, Secretaria; DRA. MARIA CELESTE ROSSO, Jueza .-


$ 170 538545 Jul. 21