Subdirección General de Compras y
Gestión de Bienes
Dirección General de Administración
Ministerio de Justicia y Seguridad
INMUEBLE PARA ALQUILAR
EN LA CIUDAD DE SANTA FE.-
Expediente: 00201-0276197-1.
OBJETO: “LOCACIÓN DE UN INMUEBLE EN LA CIUDAD DE SANTA FE, DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE SECCIONAL 4TA DE LA UNIDAD REGIONAL I DE POLICÍA .”
CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: Deberá contar al menos con una superficie cubierta de 250 m², o una cantidad de (05) Oficinas, o habientes para conformación de puestos de trabajo, sala de recepción; (02) baños; sector de cocina comedor; disponibilidad de servicios en la zona (telefonía e internet); correcto estado de instalaciones eléctricas, preferentemente con climatizadores de ambiente instalados.-
UBICACIÓN DEL INMUEBLE: en el radio delimitado entre las calles Urquiza – Pje. Irala – Lamadrid – Juan de Garay.
PLAZO DE LOCACIÓN: 24 meses.-
PRECIO DEL ALQUILER: discriminado en pesos por cada período pretendido (mensual y total). El monto deberá cotizarse como precio final – No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.
Observaciones: El importe previsto para el segundo año locativo, no podrá ser superior a los porcentajes indicados por la reglamentación vigente (Decretos 1555/22 y 1178/25) https://www.santafe.gob.ar/normativa/.-
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS: 05 días a partir de la fecha de publicación de la presente.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes – DGA – Ministerio de Justicia y Seguridad, Prov. de Santa Fe, a traves del correo electrónico en formato PDF a la dirección: dga_alquileres@santafe.gov.ar.-
INFORMES
Subdirección General de Compras y Gestión de Bienes
Tel.: (0342) 4505100 – interno 6170
Correo Electrónico: dga_alquileres@santafe.gov.ar-
S/C 46901 Jun. 26 Jun. 27
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POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
EDICTO
En la ciudad de Santa Fe, a los 24 días del mes de junio de 2025, se procede a notificar mediante el presente, del Decreto Nº 4715/13 del Gobernador de la Provincia de Santa Fe (SIE : 00201-0040942-2 y agregados), de la cual se transcriben sus partes fundamentales, a los/las Sres/as nombrados en el mismo: ARTICULO 1°: Recházanse los reclamos interpuestos por los señores EDGARDO OSCAR CARNELLO (M.I. 10.863.172), JUAN CARLOS CREMÓN (M.I. 20.948.244), FACUNDO EMILIO CASTILLO (M.I. 14.830.613), DANIEL DANTE CÁCERES (M.I. 13.163.140), ÁNGEL DANIEL AGUIAR (M.I. 10.065.808), HERMINDO ALMADA (M.I. 11.832.645), ANDRÉS FRANCISCO AGUILAR (M.I. 16.178.181), OSCAR RAÚL AIDAR (M.I. 13.333.230), OSCAR ALBERTO AIMAR (M.I. 6.257.039), NÉSTOR DELMIRO ANDEREGGEN (M.I. 6.244.505), ALICIA HAYDEE SALAS (M.L 14.830.993), GABRIEL JOSÉ FUGA (M.I. 22.070.800), MANUEL ENRIQUE LENCINA (M.L 12.891.311), ALBERTO RAMÓN FRANCO (M.I. 14.837.091), JUAN ANTONIO SCIINEBERGER (M.I. 14.622.605), MARTÍN ATILIO LENCINA (M.I. 14.402.160), JOSÉ RAÚL TKACHUK (M.I. 16.455.348), HUGO RODOLF0 HUGÓN (M.I. 6.246.285), SERAFÍN LEÓN MIÑO (M.I. 5.272.436), CLAUDIA FELICE (M.L 20.296.767), MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA (M.I. 11.274.622), RICARDO ANTONIO FABRE (M.I. 8.507.972), ADRIÁN FABIO BUSTOS (M.I. 17.876.520), ÁNGEL ENRIQUE LÓPEZ (M.I. 6.264.158), OMAR DARÍO PASSADORE (M.I. 6.083.233), MIGUEL MARTÍNEZ (M.I. 10.714.005), FERNANDO ALCIDEZ MENDOZA (M.I. 8.502.366), NÉSTOR NICOLÁS PAVON (M.I. 8.379.774), JOSÉ ALBERTO ESPINOSA (M.I. 11.790.670), JORGE ANTONIO IBARRA (M.L 12.437.104), SANTIAGO BELFOR PÁZ (M.I. 10.715.138), M1GUEL ÁNGEL PUERTAS (M.I. 6.352.393), RAMÓN JOSÉ CAMPODÓNICO (M.I. 6.256.241), JUAN GREGORIO RETAMOZO (M.I. 12.452.458), RICARDO JOSÉ RUGLIO (M.I. 6.254.739), RAÚL OSCAR RODRÍGUEZ (M.I. 8.502.157), MARÍA ANGÉLICA RANZANI (M.I. 6.260.379), OSVALDO JOSÉ RODRÍGUEZ (M.I. 11.127.115), SUSANA BEATRIZ AGUIAR (M.I. 11.263.002), REINALDO HÉCTOR LEIVA (M.I. 17.716.860), HÉCTOR HUGO ASINARI (M.I. 6.246.989), GERARDO OSCAR GÓMEZ (M.I. 17.222.217), JUAN CAROS DÍAZ (M.I. 13.728.745), JUAN FERNANDO VEGA (M.I. 6.305.260), MARÍA DOLORES GÓMEZ (M.I. 20.254.519), EDGARDO RUBÉN VAN ISSELDYK (M.I. 18.574.544), GUSTAVO ADOLF0 KAUFMAN (M.I. 13.705.427), CARLOTA DOLORES FORNES (M.I. 6.841.784), ROBERTO BURGADT (M.I. 6.252.624), MARIO ÁNGEL CORDERO (M.I. 6.252.081), MÓNICA NOEMÍ SANDOVAL (M.I. 17.728.594), NÉSTOR RAMÓN RODRÍGUEZ (M.I. 12.215.569), NORMA BEATRIZ AGU1LAR (M.I. 16.863.620), PATRICIA BARBIER (M.I. 17.904.005), GUSTAVO BARINDELLI (M.I. 8.398.668), ALBINO CÓRDOBA (M.I. 12.642.820), JORGE ALFREDO PASELLI (M.I. 13.190.793), LUIS ÁNGEL PÉREZ (M.I. 6.083.505), BELKIS PEREYRA (M.I. 5.862.533), LUIS FRANCISCO REYNAUDO (M.I. 13.123.482), PABLO ANTONIO RUÍZ (M.I. 10.316.082), RICARDO RODELLI (M.I. 6.259.548), EDUARDO MARCELO SOBRERO (M.I. 17.461.696), JULIO CÉSAR SALVA (M.I. 6.254.707), TEODORO SANDOVAL (M.I. 12.891.711), RICARDO SABA (M.I. 14.681.175), JUAN DANIEL TOSOLINI (M.I. 12.871.728), JORGE ALBERTO URGORRI (M.I. 16.818.178), FABIO ANTONIO VEGA (M.I. 20.254.407), STELLA MARÍAS MARCHESE (M.I. 5.811.831), RAÚL ROQUE MACHADO (M.I. 13.333.378), EDUARDO EMILIO MONTENOVI (M.I. 10.204.014), ÁNGEL EDMUNDO MARTÍNEZ (M.I. 12.358.485), DANIIEL AQUILES LAVAGNA (M.I. 4.751.679), RODRIGO LÓPEZ CANDIOTI (M.I. 17.876.534), ARTURO IMAZ (M.I. 11.933.390), RUBÉN ÁNGEL GONZÁLEZ (M.I. 13.232.262), MIGUEL ÁNGEL GIMÉNEZ (M.I. 13.759.101) y LUIS DUARTE (M.I. 10.715.421), tendientes a obtener la correcta liquidación y pago en sus haberes de los adicionales creados por la Ley N° 9561; en razón de haberse producido la extinción de la acción por prescripción.
ARTICULO 2°: Declaránse extinguidos los reclamos administrativos relacionados con la liquidación y pago del haber no remunerativo de la Ley N° 9561 interpuestos por los señores RAFAEL ERNESTO CÓRDOBA (M.I. 12.141.611), CARLOS CORVALAN (M.I. 14.870.112), GRACIELA GUADALUPE MARIÓN (M.I. 16.401.413), JOSE RAMÓN MALDONADO (M.I. 6.305.153), SILVIA SUSANA OSMAN (M.I. 13.589.361), OSCAR RUBÉN IGNACIO (M.I. 21.412.453), JUAN CARLOS LÓPEZ (M.I. 17.728.468), JUAN RETAMAR (M.I. 6.303.868), OVIDIO RAÚL OJEDA (M.I. 6.303.868), DANIEL ANTONIO CHAPARRO (M.I. 16.613.136), HÉCTOR ROQUE CÁCERES (M.I. 6.305.283), JUAN MANUEL JOBSON (M.I. 13.070.797), RAÚL ALBERTO TUCHÍN (M.I. 13.163.261), MARIO ALBERTO MENDOZA (M.I. 18.108.461), JUAN RUÍZ DÍAZ (M.I. 18.163.757), MARÍA JULIA VERGARA (M.I. 17.339.731), RAÚL RENÉ JEANDERVEN (M.I. 13.163.960), ALBERTO G1MÉNEZ (M.I. 6.261.647), MARÍA DEL CARMEN ELETTI (M.I. 21.411.262), CARLOS BLESSING 6.251.322), CLAUDIO FABIÁN GIANNONE (M.I. 18.096.419), JUAN CARLOS BRAVO (M.I. 16.400.891), NÉSTOR OSVALDO ARESSI (M.I. 16.178.114), RAÚL ALCIDEZ AQUINO (M.I. 16.818.060), ALBERTO JOSÉ BETTINELLI (M.I. 6.231.962), FAUSTINO BETOSCHI (M.I. 11.670.370), CARLOS JOSÉ EDGARDO ROJAS (M.I. 11.845.477), MIGUEL ÁNGEL ROJAS (M.I. 18.108.312), RUBÉN ALFREDO ROBINET (M.I. 13.589.107), JOSÉ RODOLFO SOSA (M.I. 13.759.291), MIGUEL ÁNGEL SERVIDO (M.I. 22.087.357), JOSÉ FRANCISCO YODICE (M.I. 12.565.176), JOSÉ LUIS MARCIHONI (M.I. 13.589.939), CARLOS ANTONIO LAURÍA (M.I. 10.714.407) y JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ (M.I. 12.389.960), en razón de que adhirieron a la propuesta transaccional realizada por la Provincia de Santa Fe, correspondiendo hacer efectivas las consecuencias previstas en las respectivas Actas de Adhesión, teniendo presentes las renuncias contenidas en aquellos instrumentos.
ARTICULO 3°: Difiérase el pronunciamiento respecto de los reclamos relacionados con la liquidación y pago del haber no remunerativo de la Ley N° 9561 interpuestos por los señores AURELIANO MARSO (M.I. 6.256.842), ALFREDO PÉREZ (M.I. 7.880.203), LUIS GUZMAN (M.I. 10.863.809), NÉSTOR FRANCISCO PUJATO (M.I. 16.401.066), EDUARDO GAMARRA (M.I. 12.399.427) y JAVIER ANDRÉS PÁZ (M.I. 20.725.409), en tanto se encuentre vigente el plazo para adherir al sistema en los términos del Decreto N° 2227/10 y sus prórrogas, encontrándose los nombrados incluidos en el padrón respectivo.
ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese y archívese.
SANTA FE "Cuna de la Constitución Nacional", 30 de diciembre de 2013. Fdo.: Dr. Antonio Juan Bonfatti y Dr. Raúl Alberto Lamberto.
Asimismo se le hace saber que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12.071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del Art. 42º y del Decreto Provincial Nº 4174/15, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 24 de junio de 2025. Fdo. Comisario Supervisor Lic. María Verónica Mandar, Jefa de la División Personal de la Unidad Regional I (Dpto. La Capital).
S/C 46442 Jun. 26
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MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA
ALQUILER DE UN INMUEBLE EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE
OBJETO DEL LLAMADO: “ALQUILER DE UN INMUEBLE EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE, DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS - GOBERNACIÓN”
Tipo de inmueble: OFICINAS
Afectación: SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Localidad: SANTA FE
Metros cuadrados necesarios: No inferior a 300 m²
Número de empleados: 25 empleados de planta permanente más funcionarios (2 personas aprox.)
Zona (delimitar entre calles): Zona centro, entre calles Bv. Gálvez / Pellegrini al Norte, Av. J. J. Paso al Sur, Av. Freyre al Oeste y Av. Alem al Este
Conectividad: Fibra óptica
Mejoras: Sector de oficinas; núcleo sanitario para el personal; cocina para uso del personal, sanitario para uso del público, SUM para reuniones, recepción - sala de espera y sector adecuado para toma de denuncias. Servicios básicos (agua, electricidad con instalación adecuada para equipos de informática y equipos de climatización).
Plazo solicitado: 24 MESES
Observaciones: Acceso libre de barreras arquitectónicas.
Las propuestas serán recibidas mediante correo electrónico a comprasmgp@santafe.gov.ar hasta el día viernes 04 de julio inclusive.
INFORMES DE PLIEGOS
Servicio Administrativo Financiero – Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.
Teléfono: 0342-4506600 internos 1302 - 1593
Correo Electrónico: comprasmgp@santafe.gov.ar
Sitio Web: www.santafe.gov.ar
S/C 46444 Jun. 26 Jun. 27
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
RESOLUCIÓN Nº 1909
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 25 JUN 2025
VISTO:
El Expediente Nº 15201-0111274-9 y su agregado Nº 15201-0137811-6 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto la Unidad Habitacional identificada como: D. 268 – CALLE 3/1929 – (Vecchioli Nº 1929) - (2D) - Nº DE CUENTA 0097-0268-4 - PLAN Nº 0097 – 300 VIVIENDAS - RAFAELA - (DPTO. CASTELLANOS), asignada en locación a favor de la señora LÓPEZ, ELVIRA por Resolución Nº 3543/11, conforme contrato de fs. 93, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 138814 (fs. 94) manifiesta que según indica el Servicio Social a fs. 90/91, la unidad se encuentra ocupada por terceras personas quienes habrían convenido un alquiler con la adjudicataria;
Que si bien el término del contrato se encuentra vencido, dicha Asesoría Jurídica aconseja dictar resolución de estilo a través de la cual se disponga dejar sin efecto la adjudicación en locación por aplicación de los Artículos 34 y 39 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, notificando al domicilio contractual y por edictos. El decisorio ordenará el recupero de la unidad, mediante el procedimiento del Artículo 27 de la Ley Nacional Nº 21.581, a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11.102, autorizándose a esta Área Jurídica a llevar a cabo el mismo. Firme la desadjudicación dictada, el Servicio Social formalizará propuesta de cobertura;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.
de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
Resuelve:
ARTICULO 1º: Dejar sin efecto la adjudicación en locación dispuesta por Resolución Nº 3543/11, respecto la Unidad Habitacional identificada como: D. 268 – CALLE 3/1929 – (Vecchioli Nº 1929) - (2D) - Nº DE CUENTA 0097-0268-4 - PLAN Nº 0097 – 300 VIVIENDAS - RAFAELA - (DPTO. CASTELLANOS), a la señora LÓPEZ, ELVIRA (D.N.I. Nº 3.307.218), por aplicación de los Artículos 34 y 39 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso.-
ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:
“Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-
proceda a tomar los siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-
* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-
ARTICULO 3º: Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 4174/15 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, intereses legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dictó el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer el recurso será de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio. El recurso de revocatoria podrá interponerse también contra cualquier decisión que dicte la máxima autoridad de los entes descentralizados autárquicamente. La impugnación podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, mérito o conveniencia.- ARTICULO 54: El recurso de apelación procede contra las decisiones de las autoridades administrativas de la Administración Centralizada o de las máximas autoridades de los entes descentralizados autárquicamente que resuelvan recursos de revocatoria y puede ser interpuesto por los interesados alcanzados por el acto en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación respectiva, pudiendo también interponerse subsidiariamente con el recurso de revocatoria. Podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, mérito o conveniencia.- ARTÍCULO 58: Podrán interponer este recurso (jerárquico) por ante el Poder Ejecutivo quienes consideren que los órganos competentes de la Administración Centralizada o de los entes descentralizados autárquicamente han denegado tácitamente un derecho postulado o incurrido en retardación indebida en dictar la resolución, siempre que haya estado precedido del correspondiente pedido de pronto despacho.-....”.-
ARTICULO 4º: El presente decisorio se notificará en el domicilio contractual y por edictos conforme Artículos 21 inc. c) y 29 del Decreto N° 4174/15.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.-
S/C 46447 Jun. 26 Jun. 30
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RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR N° 6/2025
CATEGORÍAS DEL PERSONAL Y ESCALAS SALARIALES
VISTO:
El reparto de competencias que, en materia de recursos en personal, disponen las Leyes 8.738 (t.o.) y 11.085 (to.) y,
La Resolución N° 7/2009 del Consejo Superior que aprueba el Acuerdo Pluriindividual vigente desde el 1 de junio de 2009 y las competencias del Comité de Interpretación, Negociación y Capacitación y el valor actual de las remuneraciones del personal, y;
CONSIDERANDO:
Que conforme la cuantía de las remuneraciones del personal hoy vigentes y los análisis disponibles sobre evolución de éstas en diferentes ramas de actividades compatibles con las ejecutadas en ámbito del Consejo y de las variables de costos de bienes de uso y consumo, es menester adecuar los sueldos del personal y proporcionados a las magnitudes de los componentes de la economía particular de los trabajadores.
Que constituido el Comité según el procedimiento del Acuerdo Pluri individual ha celebrado reunión de fecha 21 de marzo en la forma y plazos estipulados, donde fue considerada la materia salarial concluyendo por consenso de sus integrantes ajustar con vigencia 1 de marzo de 2025, 1 de mayo de 2025 y 1 de junio de 2025 los Sueldo Básicos.
Que los delegados del Consejo ante el Comité han comunicado los acuerdos adoptados en el seno del órgano paritario y, en consecuencia, corresponde aplicar lo pactado en el ámbito de cada una de las Cámaras a fin de preservar la homogeneidad en los regimenes laborales en ambas jurisdicciones y observar el alcance provincial del ordenamiento convencional vigente.
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL
DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE
Artículo 1.°: Categorías, Escalas y Conceptos
Establecer las categorías y la escala salarial que ajustan al personal en relación de dependencia de ambas Cámaras del Consejo y de la Caja de Seguridad Social en conformidad a lo que indican las siguientes matrices:
ACA CUADRO RESOL.1
RESOL.2
Artículo 2.º: Calificación del personal
Cada Cámara conserva, en los límites del Acuerdo Pluriindividual, las atribuciones de disponer sobre las tareas asignadas a cada puesto y categoría profesional, la calificación del personal, las causas y modos de modificación de las categorías atribuidas y de la remuneración que corresponda en los limites de básicos mínimos y máximos establecidos en la escala expuesta en el artículo precedente.
Artículo 3.º: Vigencia y aplicación:
Esta resolución se aplica a partir de la liquidación de las remuneraciones correspondientes al mes de marzo de 2025, mayo de 2025 y junio de 2025, Las Cámaras expresarán el asentimiento al régimen de la presente y, en consecuencia, adecuarán sus estructuras de categorías y escalas salariales a las disposiciones de esta resolución. Quedan derogadas las normas de cualquier clase que se opongan á este acuerdo.
Artículo 4.º: Publicidad
Registrase, comuníquese a las Cámaras, a la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, hágase saber al personal y archívese.
Rosario, 21 de marzo de 2025.
$ 2400 543602 Jun. 26
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MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACION PUBLICA
RESOLUCION Nº 506/2025
SANTA FE
Lunes 23 de Junio de 2025
Referencia: 00115-0015142-8
VISTO:
El Expediente N° 00115-0015142-8 del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública -Delegación Rosario-, mediante el cual se gestiona la aceptación de renuncia presentada por la Escribana María Teresita Giménez, como titular del Registro Notarial N° 59 con asiento en la ciudad de Rosario, departamento homónimo, del colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 2da. Circunscripción; y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician en fecha 20/05/2025 en virtud del pedido formulado por el Consejo Superior del Colegio de Escribanos al señor Ministro de Gobierno e Innovación Pública, respecto al Legajo Letra G del año 2024 a los fines que, por su intermedio, el Poder Ejecutivo acepte la renuncia presentada por la Escribana María Teresita Giménez;
Que obran en las actuaciones informe de la Secretaría del Colegio de Escribanos, del cual se desprende que la escribana Giménez se halla inscripta en la matrícula de la Segunda Circunscripción bajo el N° 856 y registra los siguientes antecedentes: desde el 06 de abril de 2001 hasta 28 de noviembre de 2024 se desempeñó ininterrumpidamente como titular del Registro Notorial N° 59 con asiento en Rosario; registrando una antigüedad en el ejercicio de la función notarial de 23 años, 7 meses y 22 días a la fecha del 02 de diciembre de 2024; Acta N° 2524 de fecha 26/03/2025 y el Acuerdo N° 017/25 mediante el cual los miembros del Consejo Superior del Colegio de Escribanos resuelven elevar al Poder Ejecutivo de la Provincia, la renuncia presentada, aconsejando su aceptación y se declare la vacancia del citado registro;
Que el Ministro de Gobierno e Innovación Pública se encuentra facultado para dictar el acto en virtud de lo establecido por el artículo 14 inciso 40) de la Ley de Ministerios N° 14224;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Acéptese la renuncia presentada por la Escribana María Teresita Giménez, DNI N° 6.210.710, como titular del Registro Notarial N° 59 con asiento en la ciudad de Rosario, departamento homónimo, del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe - 2da. Circunscripción.
ARTÍCULO 2º: Declárese vacante el Registro Notarial N° 59 con asiento en la ciudad de Rosario, departamento homónimo, provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C 46441 Jun. 26 Jun. 30
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MUNICIPALIDAD DE CASILDA
Casilda, Cuna de la Agroexportación Argentina, 30 de Mayo de 2025.
DECRETO N° 048
VISTO:
El Expediente N° 3692/2025 iniciado por la Dirección de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que según la Ordenanza Municipal N° 3264 se faculta al Centro de Exámenes Psicofísicos a la actualización automática del costo de los mismos, tomando como base el incremento de los presupuestos que se soliciten cuando la prestación por su especificidad y complejidad, no pueda ser realizada por los profesionales del Centro.
Que resulta necesario realizar una actualización de los aranceles a efectos de continuar con la prestación del servicio.
Que la Dirección de Salud propone un reajuste del arancel actual de $73.500 del básico a partir de la publicación del presente.
Que ante la aprobación de la Secretaría Coordinadora de Bienestar y Desarrollo a cargo del Área Economía y Finanzas, con base en dicha previsión normativa y lo expresado por las dependencias municipales resulta necesaria una modificación de los valores, por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
DECRETA:
ARTICULO 1º) FÍJESE la tarifa de los exámenes exigidos por la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24557, sus modificatorias, Decreto reglamentario y Resolución 11° 37/2010 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 73.500).
ARTICULO 2º) FIJESE la vigencia de los valores expresados en el artículo anterior a partir de la publicación del presente.
ARTICULO 3°) EL presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria Coordinadora Área Bienestar y Desarrollo a cargo del Área Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º) NOTIFIQUESE al Área Economía y Finanzas, Área Bienestar y Desarrollo, Dirección de Salud, Contador General, Dpto. Tesorería, Dpto. Contaduría, Centro de Exámenes Psicofísicos, Tribunal Municipal de Faltas.
ARTICULO 5º) CÚMPLASE, comuníquese y dése al D.M.
$ 135 543487 Jun. 26 Jun. 30
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COMUNA DE OLIVEROS
AVISO
La Comuna de Oliveros, Departamento 14 – Iriondo, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional 21.477 (Texto según Ley 24.320) y Ley Provincial 12.115 Decreto Provincial 5050/77, respecto del Inmueble, ubicado en la manzana “A” de la Zona 3 - Suburbana del Distrito 04 - Oliveros del Departamento 14 - Iriondo, designado como Lote Nº 9 con frente al NorEste sobre Calle Larrea, entre Ruta Nacional Nº 11 y Calle Entre Ríos, a los 31 metros de la intersección de calle Larrea y Entre Ríos, en dirección al Suroeste. Tiene las siguientes dimensiones y linderos: en el frente sobre calle Larrea mide 19.00 metros, lado AB, formando un ángulo de 90º con el lado BC, que mide 40.00 metros y linda con Negretti, Norma Beatriz y García, Natalia Beatriz y forma un ángulo de 90º con el lado CD, que mide 19.00 metros y linda con Meotto Juan D.; formando un ángulo de 909 con el lado DA, que mide 40.00 metros y linda con Pérez, Oscar Alberto, y forma un ángulo de 909 con el frente; cerrando la figura. Encierra una superficie de 760 metros cuadrados, Posee P.I.I. Nº 14-04-00-189904/0019. PLANO Nº 83.875/75 del Pueblo Oliveros. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Oliveros, Provincia de Santa Fe, sita en calle Buenos Aires 395 de la localidad de Oliveros, de lunes a viernes de —— a —— hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado: MARTIN D. CALORI, Presidente Comunal.
$ 52,50 543331 Jun. 26 Jun. 30
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BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A.
REMATE
POR
AEANDRO ARIEL AGUSTI
El martillero Leandro Ariel Agusti comunica por 1 día que por cuenta y orden de Banco Santander Argentina S.A. (Art 39 Ley 12.962) y conf. Artículo 2229 del Código Civil y Comercial, subastará por ejecución de prendas, el 17/07/2025 a partir de las 11.30 horas en el portal de Agusti L. S.R.L. www.agustisubastas.com.ar, los automotores que se detallan, en el estado en que se encuentran y fueran exhibidos los días 14, 15 Y 16 DE JULIO DE 2025 de 10 a 12 y de 14 a 17 hs en POLO INDUSTRIAL EZEIZA AUT. CAÑUELAS SALIDA TRISTÁN SUAREZ KM 41 PUENTE DEL INCA 2450 EZEIZA CALLE 15 LOTE 5074, Provincia de Buenos Aires. Puesta en marcha virtual KAUTZ, LEANDRO MARTIN/ BAJAJ, MOTOCICLETA, ROUSER 200 / DOMINIO A206XEK/ AÑO 2024/ BASE $ 7273872,48/ FERNANDEZ, ERNESTO JAVIER/ CHEVROLET, SEDAN 4 PUERTAS, COBALT 1.8 N LT / DOMINIO NLE748 / AÑO 2013 / BASE $7445773,56 / BARRIOS, JONATAN / CHEVROLET, SEDAN 5 PUERTAS, CRUZE 2.0D LTZ A/T / DOMINIO MMC860 / AÑO 2013 / BASE $3746184 /ELIAS, GERMAN FRANCISCO / FIAT, SIENA FIRE 4P 1.4MPI 8V HP BZ / DOMINIO MFP098 / AÑO 2013 / BASE $ 9676291,63 / GONZALEZ, MALENA ISABEL / VOLKSWAGEN SEDAN 4 PUERTAS VIRTUS TRENDLINE 1.6 MSI 110CV /DOMINIO: AD753BR / AÑO 2019 / BASE $5081021,39 /BISSON, NORA BETRIZ / VOLKSWAGEN SEDAN 4 PUERTAS BORA TDI / DOMINIO KFQ737 / AÑO 2011 /BASE $15740159,53 / BALBI, DIEGO HERNAN / BAJAJ MOTOCICLETA ROUSER N 250 / DOMINIO A225NYM / AÑO 2024 / BASE $17576227/ VELAZQUEZ, TELEFORA RAQUEL / BAJAJ MOTOCICLETA ROUSER 200 / DOMINIO A209QQG / AÑO 2024 / BASE $14486698 /FESSIA, CARLOS SANTIAGO /PEUGEOT SEDAN 5 PUERTAS 208 ALLURE 1.5N TOUCHSCREEN / DOMINIO PPJ284 / AÑO 2014 / BASE $14622822,36 /LEDESMA, MARIANO NICOLAS / CHEVROLET, PRISMA JOY 4P 1.4 N LS MT+ /DOMINIO AD212GQ / AÑO 2018 / BASE $23169149,66/ TAMAGNONE, LILIANA BEATRIZ/ BAJAJ, ROUSER 250 /DOMINIO A227QOP/ AÑO 2024/ BASE $ 11725888/ DEL VALLE, RICARDO GABRIEL/ FIAT, PUNTO ATTRACTIVE 1.4 8V/DOMINIO MDO463/ AÑO 2013/ BASE $ 669421,82/ BOGNER, NORMA/ RENAULT, SANDERO PH2 LIFE 1.6 /DOMINIO AE687LF/ AÑO 2021/ BASE $ 4774885,34/ NUÑEZ, LUCAS AGUSTIN / HONDA, CB TWISTER/DOMINIO A071YXT/ AÑO 2018/ BASE $ 1914040//. Venta sujeta a aprobación de la vendedora. Es de responsabilidad exclusiva de los participantes cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes, debiendo concurrir al lugar de exhibición. De no existir ofertas se subastarán Sin base al mejor postor. Seña $160.000. Comisión 10% del valor de venta más TASA ADMINISTRATIVA MAS IVA sobre comisión; verificación policial digital e informe de dominio a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad, y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de grabado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. Saldo en 24 hs en efectivo en cuenta bancaria que se designará a tales efectos bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de la totalidad de las sumas entregadas por cualquier concepto a favor de la vendedora y del martillero actuante, sin interpelación previa alguna. Deudas de patente, impuestos e infracciones, como trámites y gastos de transferencia a cargo del comprador. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cual la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La unidad deberá ser retirada dentro del plazo que se anunciara en la plataforma web: www.agustisubastas.com.ar, vencido dicho plazo, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemne al Banco Santander Argentina S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se deberá concurrir con documento de identidad a la exhibición subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 23 de JUNIO de 2025.-Martillero Nacional M 894 – F 144 – T III-
$ 227,04 543729 Jun. 26
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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. –
PILAY S.A. - PILARES
AVISO
Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominado Grupo: f06 N°: 257 suscripto en fecha 30/09/2008 entre BAUEN ARQUITECTURA S.R.L. – Pilay S.A. - Pilares y la Sra. Veliz Caria Lorena, DNI 24289656, ha sido extraviado por la misma.
$ 500 543565 Jun. 26 Jul. 2
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AVISO
Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común actualmente denominado Grupo F08-126, suscripto con fecha 23/9/2011 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares y el Sr. Hernán Gabriel Clarich, DNI 23.390.520, ha sido extraviado por la misma. Rosario, Santa Fe, 12 de Junio de 2026.
$ 500 543566 Jun. 26 Jul. 2