REGISTRADA BAJO EL N.º 14407
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dispónese la donación a la Comuna de General Lagos, departamento Rosario, de lotes de terreno que se encuentran ubicados en la zona urbana de esa localidad:
1. PII: 16-17-00 348457/0000 Dominio: Tomo 94B - Folio 101V - Nro. 4512 de fecha 18/02/1933; y cuya descripción física es: Lote H de la Manzana 10 del Plano Duplicado N° 327-R con una superficie total de 1840,34 metros cuadrados.
2. PII: 16-17-00 348454/0000 Dominio: Tomo 94B - Folio 101V - Nro. 4512 de fecha 18/02/1933 y cuya descripción física es: Lote H de la Manzana 8 del Plano Duplicado N° 327-R con una superficie total de 1840,34 metros cuadrados.
3. PII: 16-17-00 348471/0000 Dominio: Tomo 94B - Folio 101V - Nro. 4512 de fecha 18/02/1933; y cuya descripción física es: Lote H de la Manzana 19 del Plano Duplicado N° 327-R con una superficie total de 1840,34 metros cuadrados.
4. PII: 16-17-00 995002/0000 Dominio: Tomo 94B - Folio 101V - Nro. 4512 de fecha 18/02/1933; y cuya descripción física es: Plaza Central s/Mz del Plano Duplicado N 327-R con una superficie total de 7238,23 metros cuadrados.
5. PII: 16-17-00 348449/0000 Dominio: Tomo 94B - Folio 101V - Nro. 4512 de fecha 18/02/1933; y cuya descripción física es: Manzana N° 5 del Plano Duplicado N° 327-R con una superficie total de 3607,00 metros cuadrados.
ARTÍCULO 2.- Las donaciones dispuestas en los artículos anteriores se realizan con el cargo de que la Comuna de General Lagos del departamento Rosario, proceda a la implantación del Centro Cívico de la localidad, a la relocalizacián de las oficinas administrativas comunales y a la construcción de viviendas sociales.
ARTÍCULO 3.- La transferencia se efectuará libre de deudas y gravámenes. Los gastos que esta ley genere serán a cargo de la Comuna de General Lagos.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
CLARA GARCÍA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
MARÍA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N.º 1103
SANTA FE, 29 MAY. 2025
VISTO: La aprobación de la Ley que antecede Nº 14407 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
PULLARO
Bastia Fabián Lionel
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