picture_as_pdf 2025-05-30

REGISTRADA BAJO EL N.º 14406


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública, interés general y sujetos a expropiación los terrenos ubicados en la localidad de General Lagos, departamento Rosario, que a continuación se describen:

Lote B. que cuenta con una superficie de 7.009,06 metros cuadrados, y el Lote C con una superficie de 1.920,30 metros cuadrados, en el anteproyecto de plano de mensura del inmueble empadronado con la Partida de Impuesto Inmobiliario 16-17-00 349015/0000, propiedad de SILVIO JOSE CAPRICCIONI, inscriptos en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tomo 446 5 Folio 429, ubicados en la localidad de General Lagos, Departamento Rosario.

ARTICULO 2.- Los inmuebles expropiados serán destinados a ser utilizados para ampliación y extensión de caminos rurales, en el Distrito de General Lagos, departamento Rosario, destino acorde con el interés público, de la localidad.

ARTICULO 3.- Autorízase a la Comuna de General Lagos, departamento Rosario, a promover y llevar adelante la acción expropiatoria correspondiente, en un todo conforme a lo dispuesto por el art. 3 inciso b) de la ley 7534.

ARTICULO 4.- Quedan a cargo de la Comuna de General Lagos, departamento Rosario, las erogaciones que se deriven de la presente ley y las generadas para la confección de los planos definitivos de mensura, y demás gastos relacionados con el trámite expropiatorio.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

CLARA GARCÍA

PRESIDENTA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

MARÍA PAULA SALARI

SECRETARIA PARLAMENTARIA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

AGUSTÍN C. LEMOS

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N.º 1102


SANTA FE, 29 MAY. 2025


VISTO: La aprobación de la Ley que antecede Nº 14406 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

PULLARO

Bastia Fabián Lionel

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