picture_as_pdf 2025-05-22

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ROSARIO

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Cámara de Apelaciones


Por disposición de la Sala IV de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que se ha dispuesto notificar por edictos en el BOLETIN OFICIAL el Acuerdo N° 69 de fecha 05.03.2025, a saber: En la ciudad de Rosario, a los 05 días del mes marzo del año 2025, reunidos en Acuerdo los Jueces de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, Dres. Juan José Bentolila, Gerardo Fabián Muñoz, y Marcelo José Molina, para dictar pronunciamiento en los autos caratulados GARINO, Oscar Horacio y otros c/Cooperativa Rosarina de Vivienda Limitada s/Usucapion; Expte. N° 152/2023, CUIJ N° 21-00755437-8, venidos del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, con recursos de nulidad y apelación deducidos a fs. 549 y ss. por la demandada, contra la Sentencia N° 890, de fecha 10.11.2022, obrante a fs. 542 y ss, aclarada por Resolución N° 906, de fecha 22.11.2022, obrante a fs. 551. Habiéndose efectuado el estudio de la causa. RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación deducido a fs. 549 y ss. por la demandada, contra la Sentencia N° 890, de fecha 10.11.2022, obrante a fs. 542 y ss, aclarada por Resolución N° 906, de fecha 22.11.2022, obrante a fs. 551. II) Imponer las costas a la parte actora. III) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. IV) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: GARINO, Oscar Horacio y otros c/Cooperativa Rosarina de Vivienda Limitada s/Usucapión; Expte. N° 152/2023, CUIJ N° 21-007554378). Fdo. Dr. JUAN J. BENTOLILA (Vocal), Dr. GERARDO E. MUÑOZ (Vocal), MARCELO J. MOLINA (Vocal) (art. 26, LOPJ), DRA M. LAURA GERVASONI (Secretaria); lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 6 de Mayo de 2025.Dra. Ana Barthaburu, prosecretaria.

$ 200 540815 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial (Sala 1), dentro de los caratulados “SACHI ADALBERTO L C/ BASLINI JOSEFINA Y OTROS s/ PRESQ ADQ” (Expte. N° 21-25382400-7) se ha resuelto lo siguiente: “Tomo: 2025 Folio: Resolución: 32.- Rosario, 19 de marzo de 2025.- RESUELVE: 1) Desestimar el recurso de nulidad. 2) Rechazar el recurso de apelación, con costas a la demandada vencida, sin perjuicio de que los honorarios del defensor de oficio sean soportados provisoriamente por el accionante, pudiendo éste eventualmente repetirlo abonado contra la parte condenada en costas en caso de ser hallada. 3) Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta sede en el cincuenta por ciento (50%) de lo que correspondiere regular en la primera instancia (art. 19 ley 6.767). Insértese, hágase saber y bajen. (Expte. N° 19312024, CUIJ N° 21-25382400-7). Fdo.: JUAN PABLO CIFRÉ Juez de Cámara (en disidencia) - IVÁN D. KVASINA Juez de Cámara - ARIEL C. ARIZA. Juez de Cámara - SIL VINA A. CESCATO Secretaria de Cámara.9 de abril de 2025.Dra. Barthaburu, prosecretaria.

$ 33 540594 May. 22 May. 26

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Por disposición de Cámara de Circuito de Rosario y en autos MARTINEZ, JUAN PABLO C/ BENABIDES, CIRILO GUILLERMO s/ Desalojo. CUIJ N° 21-23402148-3 se hace saber que mediante providencia de fecha 25.04.2025 dictada en los autos mencionados se ha dispuesto emplazar a los herederos del Sr. CIRILO GUILLERMO BENABIDES por edictos que se publicarán tres veces, cuyo término vencerá cinco dias después de la última publicación, bajo expreso apercibimiento de que si no comparecieren se nombra un curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes. Estése a lo dispuesto por el art. 47 del C.R.C.C”. Dr. Agustin M. Crosio (Secretario).

$ 100 540814 May. 22 May. 26

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N05 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos ((TORRES, JORGE MANUEL s/ Quiebra)) CUIJ: 21-01206424-9, por resolución N.° 158 de fecha 05/05/1986, se ha declarado la quiebra de Jorge Manuel Torres, DNI N.° 05.395.806, con domicilio 1 de Mayo 3931 de Rosario. Asimismo, por auto N.° de fecha se ha resuelto: 11) Fijar el día 13 de junio de 2025 como fecha tope para que 16s acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 20º de la LCQ.- 2.0) Fijar el día 22 de agosto de 2025 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 10 de octubre de 2025 como fecha límite para la presentación del informe general. La sindicatura se encuentra a cargo de la CPN Claudia Maffei, con domicilio en Riobamba 3298 de Rosario, horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hs. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Mariana Nallino, Prosecretaria. Rosario.

S/C 540464 May. 22 May. 28

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Por disposicion del juzgado en lo civil y comercial 6 de Rosario y en autos AM-ARILLO RODRIGUEZ, GIMENA S/ Solicitud Propia Quiebra se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 356 Rosario 23/04/2025: RESUELVO: 1) Señalar el día 06 de junio de 2025 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico sus peticiones de verificación de créditos. 2) Señalar el día 05 de agosto de 2025 para la presentación del Informe Individual y la del día 17 de septiembre de 2025 para la presentación del Informe General. 3) Hacer saber a la sindicatura que en el plazo improrrogable de diez días deberá informar sobre la composición del activo de la fallida y proponer la forma de liquidación de los bienes. A tales efectos se deberá proceder conforme lo regula el Art. 177 y sgtes. de la L.C.Q. 4) Hacer saber al síndico que mensualmente deberá informar sobre los trámites relativos a la liquidación de los bienes. 5)-Ptt1íquense edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. DRA. SABRINA ROCCI DR. FERNANDO MECOLI.Bitetti,secretario.

S/C 540685 May. 22 May. 26

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El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, hace saber que en los caratulados “MONREAL, SOFIA Y OTROS sobre PEDIDO DE QUIEBRA” 21-02988446-0 se dispuso 1) Declarar la quiebra de Sofía Monreal, DNI.30.831.771 con domicilio en calle Timbó N° 8.804 de la ciudad de Rosario y de 4 Gastronomía S.R.L. CUIT 33-71492735-9, con domicilio en calle Gallo 185 de la ciudad de Rosario, ambas de la Pcia. de Santa Fe. Disponer la formación de expediente separado correspondiente a la quiebra de 4 Gastronomía S.R.L. (Expte formado “4 GASTRONOMÍA S.R.L sobre PEDIDO DE QUIEBRA.” CUIJ 21-01287175-6). 2) Fijar el día 14 de mayo del 2025, para sorteo de síndico categoría “ B “. 3) Diferir la determinación de la fijación de las fechas de verificación de créditos hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. 4) Ordenar la inhibición de la fallida en los Registros correspondientes. 5) Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs. entregue a la Sindicatura la documentación relacionada a su actividad. 6) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 8) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina. 9) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de ésta provincia. 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines normados por el art. 132 L.C.Q. 11) Hacer saber a la fallida que solo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 L.C.Q., efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss. y concds. L.C.Q.). 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (arts. 177/79 y conc. L.C.Q.). 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C.Q. 15) Notificar al A.P.I. (cfme. art. 23 del Código Fiscal), a la A.F.I.P. Y MUNICIPALIDAD DE ROSARIO. 16) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. 17) Desígnese como funcionario para cumplimentar con las disposiciones del art. 177 y concs. L.C.Q., al martillero que resulte designado. 1 8) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la deudora en la forma que se establecerá oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga - 43ra. Lorena A. González. Dra. Rossi, prosecretaria.

S/C 540687 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 3era Nominación de la ciudad de Resano, Juez a cago Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaría única, se hace saber que, en los autos: “PIZZELLA GUSTAVO s/ SU PROPIA QUIEBRA - RECONSTRUCCIÓN” CUIJ 21-31093604-4, se ha dictado la siguiente providencia: “ROSARIO, 11/12/24. Téngase presente lo dictaminado. Hágase saber. Atento lo solicitado, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, haciendo saber a los acreedores lo peticionado por la fallida respecto a la prescripción de los créditos concursales, conforme escrito cargo n° 12893/24, a los fines que expresen lo que por derecho entiendan correspondiente. Fdo: Dr. Federico Lema (Secretario) Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez).

S/C 540573 May. 22 May. 26

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El Juzgado de Familia Nº 2 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. García, Secretaria a cargo de la Dra. Perrulli, sito en calle Balcarce Nº 1651, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados; MOLINA VALERIA NOUMI c/BREST MARCELO LEONARDO s/Divorcio; CUIJ 21-11438415-7, con fecha 30 de octubre de 2024 el siguiente decreto: Por recibidas las actuaciones del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 atento la conexidad denunciada. Por presentada, domiciliada, én el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. Silvina I. García. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense las constancias acompañadas. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, especifique el Sr. Bresi día, mes y año en que se produjo la separación de hecho. En caso de existir discordancia y/o incontestacion, se aplicará el primer párrafo del art. 490 del CCC. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dése intervención al Defensor General Civil (articulo 103 inciso a) del CCC). Notifíquese por cédula con copia y transcripción del articulo 438 del CCCN Hágase saber a las partes que la falta de contestación a la propuesta efectuada habilita la articulación por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151, de las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. y otro decreto de fecha 10 de abril de 2025: Agréguense la cédula acompañada. Citese a la parte interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL Y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). Fdo. Dra. Garcia Jueza. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal Nº 5. Secretaría de 2025.

S/C 540732 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 7 de Rosario a cargo de la Dra. Sabina Sansarricq (Jueza), secretaria de la autorizante y en autos caratulados: MAZZOLI FRANCO c/GIMENEZ NATALIA CRISTINA s/Apremios; CUIJ N° 21-11415994-5, se ha dispuesto notificar a NATALIA CRISTINA GIMENEZ DNI Nº 28.968.674 la siguiente resolución: N° 110. Rosario 28/02/2025: Y vistos... Y considerando... RESUELVO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada en la demanda, desde la mora hasta el momento del efectivo pago aplicándose a los presentes una tasa de interés igual al 12% anual. 2) Costas al vencido. 3) Regular los honorarios de Franco Mazzoli en la suma de pesos noventa y dos mil trescientos seis c/55/100 (1 JUS). Notifique la interesada a las cajas profesionales mediante comunicación electrónica a la casilla de correo mesadeentradascajaforense.com, vistasdelegacionrosariocapsantafe.org.ar y fiscalizacionrosariocapsantafe.org.ar. Los honorarios regulados deberán ser cancelados dentro de los treinta días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente. En caso de mora atento el dictado de la ley 27423 posterior al precedente Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna Edgardo s/Recurso de Inconstitucionalidad; expte. 578/11 del 01/08/2017, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, que evidentemente ha excepcionado los honorarios de los abogados entre otros, tanto de la prohibición de indexar de los arts. 7 y 10 Ley 23928 modificado por Ley 25561, como del mecanismo de conversión de las deudas de valor en deudas de dinero del art. 772 C.0 y C, creando un régimen especial. La ley 27423 ideó un mecanismo similar al del art. 32 Ley 6767 y modificatorias, llamando a la unidad de medida de los honorarios UMA (Unidad de Medida Arancelaria), y en ambos casos es un porcentaje del sueldo de un Juez. Conforme el art. 51 Ley 27423, con un contenido análogo al art. 32 Ley 6767, los honorarios contemplados en ambas layes cuentan con un régimen especial, que impone la cancelación con el pago de las unidades de medida contempladas en la ley, con independencia del momento en que la regulación adquiera firmeza. Si bien la ley 27423 esta dirigida a las actuaciones en la justicia nacional-federal y como lo ha señalado la Corte en el precedente citado, las provincias conservan la facultad de dictar sus propias leyes arancelarias, es evidente que siendo la ley 27423 dictada por el Congreso Nacional que también sancionó las leyes 23928, 25561 y 26994, es claro que creó un régimen especial para los honorarios y en razón del principio de igualdad (art. 16 de la C.N) se concluye que las limitaciones a la actualización monetaria de la ley 23928 y la posible interpretación del art 772 C.0 y C no son aplicables en esta materia en todo el país. Por tanto se admitirá bajo esa argumentación admitiéndose la actualización en cuanto al equivalente a la misma unidad JUS aplicando sobre ella una tasa activa equivalente al 12% anual desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, todo ello conforme al antecedente PRIASCO STELLA MARI c/PIERRI PABLO FACUNDO s/RENDICION DE CUENTAS Expte. N° 268/2015) Auto N° 43 del 18/03/2019 de la Cámara de Apelación en el Civil y Comercial de Rosario Sala 4ta. Insértese y hágase saber. Fdo. SABINA MARGARITA SANSARRICQ (Jueza).Dra. Wulfson, secretaria.

$ 300 540693 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Dra. MARIANA VARELA, Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario, dentro de los autos: BIGON, ARNALDO ARIEL c/ARMELLINI, IGNACIO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11887644-7 se ha declarado la rebeldía del Sr. ARMELLINI IGNACIO, y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. A continuación, se transcriben los decretos que se ordenan: Nº 141 ROSARIO 25/03/2025, VISTO Y CONSIDERANDO: los presentes caratulados BIGON, ARNALDO ARIEL c/ARMELLINI, IGNACIO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11887644-7), registros pertinentes existentes en Mesa de Entradas de los cuales no surge la existencia de escritos sueltos pendientes de agregación a los presentes, lo solicitado por el Dr. Patricio Eduardo Zampa mediante escrito cargo Nº 1910/2025 y surgiendo de constancias obrantes que el demandado IGNACIO ARMELLINI no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según constancia obrante a fs. 142 vta., haciendo efectivos los apercibimientos de ley; RESUELVO: Declarar REBELDE a IGNACIO ARMELLINI y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifiquese a IGNACIO ARMELLINI mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado IGNACIO ARMELLINI que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto. Insértese y hágase saber. Dra. ELIANA C. GUTIÉRREZ WHITE; Dra. MARIANA S. VARELA. Rosario, de abril de Secretaria, Dra. ELIANA C. GUTIERREZ WHITE.24 de abril de 2025.Dr. Lanza, prosecretario.

S/C 540686 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 1 SEC. UNICA de Rosario, Secretaria Dra. ELIANA C. GUTIÉRREZ WHITE, jueza Dra. MARIANA VARELA, se hace saber a BELTRAN ELIZABET CELIA que dentro de los autos caratulados: BELTRAN, ELIZABET CELIA Y OTROS c/DELGADO, CARMEN s/ Daños Y Perjuicios; (Expte. N° 21-11877428-8), se la declaro rebelde, dandósele por decaído su derecho dejado de usar. A continuación se transcribe la resolución dictada Nº 2455. Rosario, 6 de diciembre de 2024. VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados BELTRAN, ELIZABET CELIA Y OTROS c/DELGADO, CARMEN s/Daños Y Perjuicios; Expte N° 1781/2019, 21-11877428-8, lo solicitado, y constancias de autos; RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho BELTRAN, ELIZABET CELIA, decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Andrea G. Chaparro; Dra. Mariana Varela. Rosario, 27 de febrero de 2025.Gutierrez White, secretaria.

$ 100 540645 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 8 de Rosario, a cargo del Dr. Ignacio Aguirre (Juez), Secretaria a cargo de la Dra. María Guadalupe Gordillo, dentro de autos MOLINAS, HECTOR DARIO Y OTROS c/GALARZA, DANIEL RAMON Y OTROS s/Apremios; Expte. CUIJ N° 21-11886734-0 se ha ordenado publicar edictos a los fines de notificar al demandado Sr. Daniel Ramón Galarza, DNI N° 24.410.630 el auto de aprobación de planilla de costas N° 92 que a continuación trascribo: ROSARIO, 07/04/2025; N° 92. VISTO Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados MOLINAS, HECTOR DARIO Y OTROS c/GALÁRZA, DANIEL RAMON Y OTROS s/Apremios; Expte. N° 21-11886734-0, lo solicitado, y constancias obrantes, que la planilla de costas por apremio practicada conforme escrito cargo Nº 29333/24 que asciende a la suma de $ 1.847.505,75, no ha sido observada. RESUELVO: Aprobarla en cuanto por derecho hubiere lugar. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Ignacio Aguirre (Juez), Dra. Valeria Bartolome (Prosecretaria). Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Rosario, de abril de 2025.Dra. Valeria Bartolome, prosecretaria.

$ 100 540465 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 10 a cargo de la Dra. Valeria Vittori, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados RAMIREZ, ANGEL Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ N° 21-11429758-2, se ha dispuesto notificar por edictos a JUAN MANUEL RAMIREZ D.N.I. 32.672.846 y NICOLAS ALEXIS TORCIGLIANI D.N.I. 36.868.328 la siguiente resolución: Nº 509 Rosario, 6 de mayo de 2025 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto de JOSUÉ MATEO RAMIREZ D.N.I. 54.336.612 nacido en fecha 22 de octubre de 2013 y YOSELIN AIMARA TORCIGLIANI D.N.I. 57.039.164 nacida en fecha 16 de abril de 2018 hijos de la Sra. Bárbara Rocío Cristaldo D.N.I. 58.091.729, siendo Josué Mateo Ramírez también hijo de Juan Manuel Ramirez D.N.I. 32.672.846 y Yoselin Torcigliani es hija de Nicolás Alexis Torcigliani D.N.I. 36.868.328, mediante disposición Administrativa Nº 91 de fecha 29 de abril de 2024; 2) Hágase saber que conforme constancias de Cargo Nº 43.018/24 de fs. 30, el plazo de vigencia de la Medida de Protección Excepcional venció en fecha 3 de febrero de 2025 y su plazo máximo de vigencia venció en fecha 5 de mayo de 2025, por lo que deberá la Dirección Provincial presentar la resolución definitiva en forma inmediata; 3) Disponer la suspensión de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición Nº 91/24 respecto de AARÓN CRISTALDO D.N.I. 58.91.729 y hasta tanto el niño sea habido; 4) Intimar a la Dirección Provincial para que remita informe detallado de la situación actual de los menores de edad ANGEL ADRIAN RAMIREZ D.N.I. 48.606.422, ANAELI CATALINA RAMIREZ D.N.I. 50.241.105 en el término de tres días; 5) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo, a los fines del artículo 38 de la Ley 12.967. 6) Notifíquese a la DPPDNAYF, a los progenitores y a la Defensora General. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Vittori (Jueza); Dra. Bottini secretaria. Rosario, 8 de Mayo de 2025.

S/C 540762 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 1 de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra MARIA JOSE DIANA Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: MEDINA, MARISEL MICAELA c/BRITO, JORGE LUIS s/Medidas Cautelares Y Preparatorias 21-11447141-6 se ha ordenado NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS el siguiente decreto: ROSARIO, 03 de Abril de 2025 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Dese la participación legal que por derecho corresponda. Jueza: Dra. María José Diana. Téngase por interpuesta demanda de SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO, Imprimase el trámite de Juicio Sumarísimo. Citese al demandado para que comparezca a estar a Derecho, conteste demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimientos de ley. Notifiquese con copia. De no ser hallado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos el informe sobre si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. De conformidad a lo dispuesto por el Art. 70 CCCN, publiquense los edictos de ley una vez por mes, en el lapso de dos meses. Librese oficio al Registro Civil, al Registro General de la Propiedad y a la autoridad policial competente a fin de que informen la existencia o no de medidas precautorias. Fdo. Dra. DANIA CHIEMENTIN, Secretaria; Dra. MARIA JOSE DIANA Jueza. El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 9. Secretaria, Rosario de Abril de 2025.

S/C 540588 May. 22 May. 26

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Por disposición del JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 11 A CARGO DE LA Dra. ANDREA MARIEL BRUNETTI Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados RIQUEL, LAUREANO Y OTROS c/RIQUEL, LAURA MARIA DEL LUJAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ N° 21-11363561-1, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. LAURA MARÍA DEL LUJÁN RIQUEL D.N.I. 43.716.832 lo siguiente: Nº 391 Rosario, 9 de mayo de 2025 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1. Ratificar la Resolución definitiva dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, mediante Disposición N° 169, de fecha 24 de julio de 2024. 2. Declarar en situación de adoptabilidad a LAUREANO RIQUEL D.N.I. 56.959.518 nacido en fecha 2 de mayo de 2015 hijo de la Sra. Laura María de Luján Riquel DNI 43.716.832. 3. Firme que se encuentre la presente oficiar al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia a efectos de comunicar la presente y requerirle remita a este Tribunal en el plazo de cinco (5) días, informe de tres legajos de inscriptos en dicho registro, a efectos de acceder a la guarda preadoptiva de la persona menor de edad de autos, con proyecto adoptivo acorde a la situación de autos. 4. Reiterar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de cumplimentar y observar estrictamente los plazos establecidos en la ley 12.967 respecto de las prórrogas y vigencia máxima de las medidas excepcionales y conforme art. 607 CCC. 5. Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, a la progenitora y en su público despacho a la Defensora General interviniente en autos. 6. Hasta tanto se encuentre firme la presente resolución, continúe la autoridad de aplicación en su intervención. Insértese y hágase saber. Notifíquese a la Defensora General en su público despacho. Fdo. Dra. Brunetti (Jueza) Dra. Bottini (Secretaria). Rosario, 12 de Mayo de 2025.

S/C 541039 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual, N° 5 Nominación de Rosario y en los autos: CACCIN, RICARDO SILVIO LUIS c/DIP, MARTIN EZEQUIEL, Y OTROS s/Danos Y Perjuicios, CUIJ 21-11890767-9, se ha decretado lo siguiente: ROSARIO, 10 de marzo de 2025. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Hágase saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024. Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dr. Edgardo Bonomelli, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5, a su cargo Secretaría de la Dra. Araceli Stefanelli. Notifíquese por cédula y por edicto. Proveyendo escrito cargo N° 820/25: Agréguese. Dra. ARACELI STEFANEILI (Secretaria); Dr. EDGARDO BONOMELLI (Juez).05 de mayo de 2025.

$ 100 540508 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 18ª Nominación de Rosario y en autos CÁCERES, LUIS ALBERTO c/SCHONFELD, MARIO ÁNGEL Y OTROS s/Incidente De Apremio; CUIJ N° 21-02980188-3 se hace saber que se ha dictado el siguiente auto aprobatorio de planilla: N° 360. Rosario, 10/04/2025. Y VISTOS: Lo solicitado precedentemente y constancias de autos; RESUELVO: Aprobar, en cuanto por derecho hubiere lugar, la planilla practicada en autos la que asciende a la suma de $ 9.124.932,61. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. SUSANA GUEILER, Jueza; Dra. PATRICIA BEADE, SECRETARIA.

S/C 540819 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos: ANTONIC LUIS ERNESTO s/Concurso Preventivo; Expte. N° 181/2011, CUIJ 21-01638242-3, por Resolución N° 307 de fecha 7 de mayo de 2025, se ha dispuesto declarar la conclusión del concurso preventivo y disponer el levantamiento de la inhibición general. Fdo. Dra. María Silvia Beduino Jueza; Dra. María Florencia Di Rienzo, Secretaria. PUBLQUESE POR EL TÉRMINO DE UN DíA. Secretaria. Dr. Hernan Aguzzi, prosecretario. 13 de mayo de 2025.

$ 100 540922 May. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom. de Rosario, dentro de los autos: DANESI, ALEJANDRA MARIEL Y OTROS c/MOLINA, ARGENTINA Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO CUIJ 21-02935333-3, se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO, Previamente, cítese y emplácese por edictos a los herederos de Mariano Prieto, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dr. ARTURO AUDANO (secretario). Rosario, 14 de Abril de 2025.

$ 100 540817 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Circuito 3 de Rosario, dentro de los autos: LEALE, JORGE ALBERTO Y OTROS c/FRIDLAND SOFIA s/Otras Diligencias; CUIJ 21-02983176-6, se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO, 10 de marzo de 2025. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado conforme al poder especial acompañado que deberá certificar por ante la Actuaría, désele la participación de ley que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio sumario (art. 408 ss. y cc del CPCC). Cítese y emplácese a estara derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Ofíciese al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe respecto al estado de supervivencia y al último domicilio conocido de la titular registral informada por el Registro General de Propiedades. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Líbrese mandamiento para que por intermedio del Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda se proceda a identificar a los ocupantes del inmueble objeto de los presentes. Notifíquese por cédula. Dra. ANA BELÉN CURA, (secretaria); Dra. CECILIA A. CAMAÑO, (Jueza). DESCRIPCION DEL INMUEBLE: un lote de terreno situados en la localidad de Roldan, Dpto, San Lorenzo de

esta Pcia, el cual según plano provisorio 1114 S.I de SCIT de fecha 14 de Junio de 2010, confeccionado por la Agrimensora Patricia Mabel Sismondo, conforman la siguiente fracción de terreno: el inmueble se encuentra ubicado en la ciudad de Roldan, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, designada en el plano de mensura confeccionado en Octubre de 2009 como LOTE 21, está emplazada en calle Correa, encontrándose su vértice SUR a los 40.00m de la esquina formada con la calle San Lorenzo, hacia el Norte. Conforma el polígono ABCDA del mencionado plano, registrando las siguientes dimensiones y linderos: de frente al Oeste se encuentra determinado por el tramo AB: 20.00 metros lindando con la calle Correa, lado Norte AD: 59.30 metros lindando por este rumbo con Guido Ferrarese y Ot., lado Este DC: 20.00 metros lindando con Jorge Leale y ot.; y por último el lado Sur CB: 59.30 metros, lindando con Lucas Scaglia y Ot. Encerrando una superficie de 1186.00 metros cuadrados. Siendo los ángulos a = 90º 05’ (Vértices A Y C) Y B= 89º 55’ (Vértices D Y B) - PII: 15-11-00-212209/0069-7. Dominio inscripto en el Registro de la Propiedad al tomo 220, folio 340, Nº 143980 Año 1967, Fdo. Dra. Camaño Cecilia (Jueza) y Dra. Ana Belen Cura (secretaria).Dra. Maria Mure, prosecretaria.

$ 300 540816 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sta. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario y en autos: EL DELFIN BLANCO SA s/Concurso Preventivo, CUIJ 21-02992046-7, se hace saber que por resolución Nº 253 de fecha 15/04/2025 se ha declarado abierto el CONCURSO PREVENTIVO de EL DELFIN BLANCO S.A. con domicilio real en calle Cafferata N° 401 y con domicilio legal en calle Córdoba N° 1411, piso 2, oficina A, ambos de la ciudad de Rosario, categorizando la presente causa como “Gran Concurso” Asimismo se ha dictado la siguiente resolución: N° 310 Rosario, 07/05/2025. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Fijar el día 25/06/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a los síndicos designados MARIELA SILVIA BARBERO, MARCELO SAUL DRIZ y MARCELO EDGARDO HERNANDEZ con domicilio en calle Mendoza N° 3553, piso 3, “B”, de la ciudad de Rosario; 2) Fijar el día 21/08/2025 para la presentación por la Sindicatura del informe individual sobre los créditos, con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q.; 3) Fijar el día 02/10/2025 para la presentación del informe general por la Sindicatura; 4) Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el día 20/03/2026 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el día 13/03/2026 a las 9:00 horas, o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil; 5) Ordenar publicar edictos por el término y bajo apercibimientos de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el diario jurídico “El Forense”. Insértese y hágase saber. Ambas resoluciones fueron firmadas por la Dra. Ma. Silvia Beduino (Jueza) - Ma. Florencia Di Rienzo (Secretaria). Asimismo se hace saber que los Síndicos sorteados aceptaron el cargo el 05/05/2025, constituyendo domicilio legal en calle Mendoza 3553 Piso 3° 6”, Rosario; constituyen domicilio electrónico en mcijudicial@gmail.com y recibirán las solicitudes de verificación de créditos en el domicilio de calle Mendoza 3553 Piso 3º “B”, fijando horario de atención los días hábiles judiciales de 14hs. A 20hs. y atenderán las consultas pertinentes en el correo electrónico: mciverificaciones@gmail.com. Secretaría, 8 de mayo de 2025.Ma. Florencia di Rienzo, secretaria subrogante.

$ 300 540673 May. 22 May. 28

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito Nº 3 de Rosario, atento que no han comparecido a estar a Derecho herederos de la demandada fallecida NATALIA MARÍA SPECA, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado en escrito cargo N° 13389/2024, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes, dentro de los autos caratulados RODRIGUEZ, EMANUEL CRISTIAN Y OTROS c/HEREDEROS DE POSNER GUSTAVO JOSE Y OTROS s/Prescripcion Adquisitiva; CUIJ 21-02941752-8. Fdo. Dra. Cecilia Camaño (Juez); Dra. Ana Belén Cura, (Secretaria).Dra. Mure, prosecretaria.

$ 100 540784 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 5 de Rosario y en autos VIRGOLINI, EDMUNDO c/FROILAN LAGRAMPA, GABRIEL s/Juicios Sumarios; CUIJ Nº 21- 02959954-5 se hace saber que en fecha 07/03/2025 se dictó lo siguiente: Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifiquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fecho, oficiese a la Presidencia de Cámara a los fines del sorteo de Defensor de Oficio. Fdo. Dra. GABRIELA P. ALMARA, Secretaria; Dr. MAXIMILIANO N. COSSARI, Juez. Por lo cual, se hace saber que se ha decretado la rebeldía de María Susana Lagrampa, ordenándose la notificación por edictos y oficiar a la presidencia de Cámara para el sorteo del Defensor de oficio. Dra. Almara, secretaria.

$ 100 540679 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos de la Sra. Mercedes Colman, para que comparezcan dentro de los autos caratulados TORRES, FRANCISCA c/COLMAN, MERCEDES ISABEL s/Prescripcion Adquisitiva; (CUIJ 21-02924688-9), del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía, publicándose por tres (3) día en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. PAULA MARINA HELTNER, (Secretaria).

$ 100 540680 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 14 de Rosario y en autos MICHEJDA ESTANISLAO Y OTRA c/DARDI MARIA ERMINDA Y OTROS s/Prescripcion Adquisitiva; CUIJ N° 21-02861877-5, se hace saber que se dictó lo siguiente: Proveyendo el escrito cargo N° 902/25: Emplácese por edictos a los herederos de Valeria Cesira Dardi para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley (art. 597 CPCCSF) bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Valeria Cesira Dardi, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 03/04/25.Dra. Arreche, secretaria subrogante.

$ 100 540681 May. 22 May. 26

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 13 de Rosario y en autos AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS SCL c/BERRONE, CIRO NORBERTO Y OTROS s/Ejecución Hipotecaria; CUIJ 21-02986295-5 de hace saber que se dictó lo siguiente: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Téngase presente. Atento a lo manifestado rectifíquese el decreto de fecha 30-09-2024 dejando establecido que en donde dice: Ciro Norberto Berrone (DNI 16.773.816), debe leerse: Norberto Ciro Berrone (DNI 10.501.925). Agréguense los informes acompañados. Atento a lo solicitado y lo dispuesto por el artículo 511 del CPCC; y resultando del informe del Registro General que consta anotado el dominio a nombre de la parte demanda e inscripta también la hipoteca que se ejecuta; cítese a los deudores y terceros adquirentes si los hubiera, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia, o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL, por el término de cinco días, en cinco veces, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación, abonen el crédito que se reclama con más el treinta por ciento estimado provisoriamente para intereses y costas futuros u opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior. Sin perjuicio de la citación por cédula. Trábese embargo sobre el bien hipotecado hasta cubrir la suma reclamada más el treinta por ciento estimado provisoriamente para intereses y costas futuros. Previo pago del sellado de ley, líbrese despacho al efecto. FIRMADO DIGITALMENTE Por Dra. VERÓNICA GOTLIEB. Lucas Menossi, secretario.24 de abril de 2025.

$ 100 540682 May. 22 May. 26

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 5 de Rosario y en autos BARRAZA, RONALD ABEL c/CHIAROTTI, FRANCISCO s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02879310-0, Se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 07 de abril de 2025. Háganse efectivos los apercibimientos oportunamente ordenados y decláranse rebeldes a los herederos de Francisco Chiarotti. Procédase al sorteo de un Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). Rosario, 23/4/25.

$ 100 540683 May. 22 May. 26

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 8 de Rosario y en autos AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS SCL c/YACOMOZZI, JORGE EUGENIO s/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-02979874-2 seguido contra el Sr. Jorge Eugenio Yacomozzi DNI 11.544.369 se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 7 de abril de 2025: Resérvese el sobre acompañado por Secretaría. Cítese y emplácese a los herederos de Jorge Eugenio Yacomozzi a los fines de comparecer a estar a Derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Sin perjuicio de la notificación por cédula, publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL (art. 597, CPPC). Fdo. Dr. Luciano D. Juarez Juez, Dra. María José Casas Secretaria.

$ 100 540684 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, a cargo del Juez Dr. Fabián E. Daniel Bellizia y secretaria a cargo de la Dra. Elisabet Felippetti, se ha dispuesto publicar la Resolución N° 556, Rosario, 05 de Noviembre de 2024. Y VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes autos BOTICELLI ARMANDO s/Concurso Preventivo; CUIJ 21-01469566-1 (Expte. N° 1769/2003), en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Santa Fe, de lo que resulta precedentemente, los trabajos realizados y demás constancias en estos caratulados y a efectos de posibilitar la conclusión del concurso, resulta menester proceder a la regulación de honorarios, a efectos de determinar con precisión los gastos de justicia, para así permitir su pago por parte del concursado y liquidar los aportes de ley. En lo referente a los honorarios devengados por la sindicatura y los profesionales actuantes en el presente concurso son de aplicación las pautas establecidas en el Art. 266 de la Ley 24.522. En esa dirección, se ha dicho que “Se entiende que dicha operación queda librada al criterio del juez, quien debe velar por que los honorarios guarden entre si una debida armonía y proporción, con el conjunto de las labores efectivamente desplegadas en orden a su utilidad dentro del trámite.” y que “...puede verificarse una marcada tendencia a signar entre un treinta y un cuarenta por ciento para el letrado del concursado y los demás letrados intervinientes, y el resto para la Sindicatura. Ello particularmente como usus foris en la Provincia de Santa Fe.” En este sentido, se tomará como base de regulación un monto equivalente a dos (2) sueldos de Secretario de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial -según política salarial del mes de Agosto 2024 es de $ 2.668.746,41-. Los honorarios habrán de distribuirse en la siguiente proporción, pacíficamente receptada en el ámbito concursal: 70% a la Sindicatura (los cuales, a su vez, se repartirán en un 70% al Sindico y un 30% a sus patrocinantes, si los hubiera); y 30% al profesional por el concursado. Vale recordar que sólo podrá disponerse la conclusión del concurso en la medida que todos los gastos de justicia se encuentren satisfechos. Conforme lo expuesto, corresponde proceder a la regulación de honorarios. Fecho, cumplimentadas las formalidades de ley, corresponderá elevar los presentes a la Excma. Cámara de Apelaciones para que se expida sobre la presente regulación (conf. Art. 272 LCQ). En consecuencia, RESUELVO: 1) Regular los honorarios del Síndico CPN Emilio Horacio Silva en la suma de $ 2.615.371,48 con más el 10% de aportes de ley 8738 (modificación de ley 12.135) y a su patrocinante, Dra. Graciela Mabel Molina, en la suma de $ 1.120.873,49 con más los apodes de ley; y a los profesionales del concursado, Dr. Gerardo Martin Casadei y Dra. Verónica Bearzotti en la suma de $ 1.601.247,84 —en proporción de ley- con más aportes de ley. Se deja constancia que se prescinde del mecanismo de “Unidad JUS” (cf. Art. 32 Ley 6767) por tratarse de materia concursal, conforme pacífica jurisprudencia local; II) Notifíquese por cédula a los beneficiarios; III) Dése vista a la Caja Forense a efectos de recabar su conformidad, notificándose en este acto mediante correo electrónico; IV) Fecho, elévense los presentes a la Excma. Cámara de Apelaciones para que se expida sobre la presente regulación (conf. Art. 272 LCQ); V) Insértese y hágase saber. (Autos: BOTICELLI ARMANDO s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-01469566-1 (Expte. N° 1769/2003) Fdo. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez); Dra. Elisabet Felippetti (Secretaria). 29 de Abril de 2025.Elizabet Felippetti, secretaria subrogante.

$ 700 540480 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Fernando Mecoli, en los autos caratulados: GASPARRI JORGE OMAR c/PUEBLO ALVAREZ SAICYA s/Juicio De Escrituracion; CUIJ Nº 21-01220540-3, se hace saber que se ha ordenado por decreto de fecha 01 de abril de 2025: Estando acreditado el fallecimiento del actor JORGE OMAR GASPARRI cítese y emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a derecho, atento lo normado por el Art. 597 del CPCC, dentro del término de 5 (CINCO) días de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Publíquense los edictos citatorios por 3 (TRES) días y en la forma prescripta por el Art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Dr. Fernando Mecoli, (Juez); Dra. Sabrina Rocci, (Secretaria).Rosario, 8 de mayo de 2025.Bitetti, prosecretario.

$ 100 540572 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la l7ª Nominación de Rosario, se hace saber que dentro de los autos caratulados CHINNICI JUAN c/MASSARO NATALIO s/Escrituracion; CUIJ 21-01638945-2, se ha dispuesto que, no habiendo comparecido a estar a derecho los herederos de MASSARO NATALIO BERTOLO, declararlos rebeldes y proseguir el juicio sin su representación, librándose oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un defensor de oficio y curador ad hoc (cfrme. art. 597 CPCC). Fdo. Dra. Florencia Rienzo (Secretaria); Dra. María Silvia Beduino (Jueza). Rosario, 6 de mayo de 2025.Rienzo, secretaria Subrogante.

$ 100 540623 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, conforme las disposiciones del Art. 597 del C.P.C.C., cítese y emplácese a estar a derecho a los herederos de Irene Rosa García. Autos caratulados: CONSORCIO ROCHDALE IV c/GARCIA, ROSA IRENE s/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-02940448-5. Fdo. Prosecretaria.27 de diciembre de 2024.Dra. Melisa Lobay, prosecretaria.

$ 100 540644 May. 22 May. 26

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Dentro de los autos caratulados ARENA CAYETANOC c/SALDATI ANLO DEMETRIO Y OTROS s/Usucapion; CUIJ N° 21-02949324-, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Onceava Nominación de Rosario, por disposición del Dr. Luciano D. Carbajo (Juez) y le Dr. Sergio A. González (Secretario), cita y emplaza a los herederos del litigantes fallecido para que dentro de ley comparezca a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar defensor, todo atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C.S.F., publíquense los edictos por el término y bajo apercibimiento de ley en el BOLETIN OFICIAL. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la carátula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia auténtica de la resolución judicial respectiva. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, de Abril de 2025.Dr. Gonzalez, secretario.

$ 100 540461 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado: Rosario, estese a la fecha que surge del SISFE: 29/04/2025. Proveyendo el escrito cargo N° 4637/25: Agréguense las constancias acompañadas. Informada verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Líbrese comunicación electrónica a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial para sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Ma. KARINA ARRECHE; Dr. MARCELO QUAGLIA, Secretaría Subrogante Juez. Autos: FANTONE MARTIN MIGUEL c/PARODI, NATALIA s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-0292280-0, Nº Expediente: 801/2019.Rosario, 05/05/25.Dra. Ma. Karina Arreche, secretaria subrogante.

$ 100 540624 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 3° de Rosario, se cita y emplaza a Inmobiliaria del Litoral SCA, a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL conforme fuere así ordenado mediante decreto judicial que seguidamente se transcribe: ROSARIO, 11 de Abril de 2025. Atento lo manifestado y haber sido devuelta la cédula dirigida a la Inmobiliaria del Litoral SCA conforme constancia de fs 234/234 vta, cítese y emplácese a comparecer a la demandada por edictos, los que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar designado a tales efectos conforme lo previsto en el artículo 73 CPCC de conformidad con el primer decreto de trámite. Fecho, prosiga el trámite conforme lo previsto por el art. 77 y 78 del CPCC. Fdo. Dra. Cecilia Camaño, (Jueza); Dra. Ana Belén Curá, (Secretaria). autos: LUBRANI, PEDRO FRANCISCO RAUL c/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ Nº 21-12637166-4.Dra. Mure, prosecretaria.

$ 200 540617 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 14ª Nom. - Sec. 1 de Rosario, Dr. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/OJEDA LUIS MIGUEL s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-02845451-9, se ha dictado lo siguiente: Rosario, estese a la fecha que surge del SISFE. XV). 07/04/2025. Con los autos a la vista, al escrito cargo N° 2191/25 se provee: A lo solicitado, atento a que el término por el cual se puso de manifiesto mediante decreto de fecha de firma en el sistema de gestión SISFE 05/03/2025 (fs. 80) la planilla practicada mediante escrito cargo N° 1557/25 (fs. 79) se encuentra vencido sin que haya mediado oposición, procédase la misma a su aprobación en cuanto por derecho corresponde hasta la concurrencia de la suma de $ 48.886,67. Notifíquese. Conforme el artículo 32 de la Ley 6767, la regulación de honorarios será cuantificada en pesos y en jus, debiendo establecer la tasa de interés aplicable en caso de mora. Asimismo, conforme lo dispuesto por el artículo 772 in fine del Código Civil y Comercial de la Nación una vez que el valor de la deuda es cuantificado en dinero se aplican las disposiciones de la sección correspondiente a las obligaciones de dar dinero. En síntesis, la regulación de honorarios será la Unidad Jus hasta tanto la presente se encuentre firme, ocurrido lo cual, se le aplicará la tasa de interés establecida en los presentes. Por tanto: Regulase los honorarios profesionales del Dr. BLUMBERG CARLOS DIEGO en 1 jus, equivalente a la suma de $ 93.968,07 con más IVA si correspondiere. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro del plazo de 5 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere el presente, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del articulo 32 de la Ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco de Santa Fe S.A. capitalizada (artículo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Córrase vista a Caja Forense y la Caja de Seguridad Social de Abogados Y Procuradores de la Provincia de Santa Fe. Hágase saber a los profesionales intervinientes que en carácter de auxiliares de la justicia deben notificar electrónicamente a los organismos mencionados precedentemente a los fines solicitados. Fdo. Dra. Maria Karina Arreche - Secretaria. Dr. Marcelo C.M. Quaglia, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 200 540820 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de Ejecución 2º Nominac de Rosario - Sec. 1 de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/ROMERO CARLOS HECTOR ADRIAN s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-13916639-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 1007. Rosario, 19/05/2023 Y VISTOS. El presente juicio ejecutivo: CONFICRED S.A. c/ROMERO CARLOS HECTOR ADRIAN s/DEMANDA EJECUTIVA; Expte. Nº 21-13916639-3 (...). Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de ROMERO, CARLOS HECTOR ADRIAN, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 18.170,45 (Dieciocho mil ciento setenta pesos con 45/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. ... 11- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). Practicada que fuere la planilla respectiva, se regularán los honorarios profesionales. Insértese y notifíquese. (Expte. Nº 21-13916639-3). Fdo. Dr. Luciano A. Ballarini, Juez; Dra. Maria Elvira Longhi, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 100 540821 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 17ª Nom. - Sec. 1 de Rosario, Dra. M. Silvia Beduino, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/ECHAVARRIA LUCAS s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-02847892-2 se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 16/06/2017. VISTOS: Los presentes autos: CONFICRED SA c/ECHAVARRIA LUCAS s/JUICIO EJECUTIVO; CUIJ N° 21-02847892-2, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de esta ciudad, en los que el actor -por apoderado- promueve demanda ejecutiva contra Lucas Echavarria tendiente al cobro de la suma de $ 6.170,60, con más los intereses compensatorios y punitorios pactados, actualizaciones y costas. Afirma que el demandado le adeuda la suma pretendida proveniente del libramiento de cinco pagarés “sin protesto”, por la reclamada, que se encuentran vencidos e impagos parcialmente por no haber sido abonados a sus vencimientos en fechas 5 de diciembre de 2014 y 5 de enero de 2015. (...) CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra Lucas Echavarria, hasta tanto Conficred S.A. se haga íntegro el cobro de la suma $ 6.170,60 con más intereses expresados en los considerandos. 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Cecilia Camaño, Secretaria; Dr. Edgardo M. Bonomelli, Juez. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE 29/02/2024 (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/20 pta. XV) Al escrito cargo N° 1277/24, se provee: Por recibidos. Hágase saber que la Dra. María Silvia Beduino ha sido designada como magistrada a cargo de este Juzgado. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 3 CPPC). Venidos los autos en el día de la fecha, se agregan los escritos sueltos cargo N° 1076 y 1077/24 y se provee: Agréguese. Fdo. Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria; Dra. M. Silvia Beduino, Jueza. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE 18/04/2024 (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/20 pto. XV) Al escrito cargo N° 3446/24 se provee: Por practicada planilla. Póngase de manifiesto la misma en la oficina por el término de ley. Notifíquese por cédula con transcripción del monto. Fdo. Dr. Hernan Aguzzi, Prosecretario; Dra. M. Silvia Beduino, Jueza. Se deja constancia que la presente liquidación asciende a la suma de PESOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 90/00 ($ 4023390). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 200 540824 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 9ª Nom. - Sec. 1 de Rosario, Dra. María Fabiana Genesio, dentro de los autos caratulados: CONFICRED S.A. c/OVIEDO MARIA CELESTE s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 21-02841827-9 se ha dictado lo siguiente: Nº 212 Rosario, 14/04/2025; VISTOS: Los caratulados CONFICRED SA c/OVIEDO, MARIA CELESTE s/juicio ejecutivo - CUIJ N° 21-02841827-9, tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, de los que RESULTA: A fs. 6 la actora, mediante apoderado, promovió demanda ejecutiva contra María Celeste Oviedo (DNI 37.448.761) por cobro de la suma de pesos catorce mil seiscientos noventa y uno con sesenta centavos ($ 14.691,60), con más los intereses desde la mora, costas y gastos. El demandado libró a su favor un pagaré sin protesto el 24.02.2015 con vencimiento en fecha 05.03.2015 por la suma de $ 14.691,60 no abonándose la deuda en su totalidad pese a las gestiones tendientes a tal fin. A f. 10 fue citada la parte demandada (ver edicto f. 43) y la misma no compareció a estar a derecho. A f. 45 se la declaró rebelde, lo que se le notificó a f. 49. A f. 51 se citó de remate a la accionada sin que oponga excepción legítima. CONSIDERANDO:... FALLO: Ordenando llevar adelante la ejecución contra María Celeste Oviedo (DNI 37.448.761), hasta que se pague a CONFICRED SA la suma de $ 14.691,60, con más intereses punitorios del 6% nominal mensual y moratorios a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días, todo desde el 05.03.2015 y hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, en caso de corresponder, y siempre que la suma de los dos tipos de intereses no superen la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Retire la documental de autos oportunamente acompañada y reservada en Secretaría, bajo el correspondiente recibo y en carácter de depositario judicial de la misma. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Fdo. Dra. Veronica Accinelli, Secretaria; Dra. María Fabiana Genesio, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario.

$ 200 540822 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 17ª Nom. - Sec. 1 de Rosario, Dra. M. Silvia Beduino, dentro de los autos caratulados CONFICRED S.A. c/GARCIA ORLANDO ARIEL s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 21-02838936-9 se ha dictado lo siguiente: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/20 pto. XV) 21/05/2024. Al escrito cargo N° 4852/24 se provee: Agréguese la publicación de edictos acompañada. Informando verbalmente la actuaria que la planilla practicada mediante escrito cargo N° 1078/2024 que asciende a la suma de $ 42.732,09 no ha sido observada durante el término por el cual se puso de manifiesto en la oficina, apruébese en cuanto por derecho hubiere lugar. Notifíquese por cédula. A la regulación de honorarios, autos. Fdo. Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria; Dra. Maria Silvia Beduino, Jueza. Nº 260 ROSARIO, 23/05/2024 Y vistos y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales del Dr. CARLOS DIEGO BLUMBERG, CUIT 20-23928446-9, por los trabajos realizados en los presentes autos en la suma de $ 68.184,82 (1 JUS), mas IVA si correspondiere (art. 7 inc. 2 b y ccds. Ley 6767). Los honorarios regulados una vez que el presente auto adquiera firmeza se convertirán en deuda dineraria y devengará un interés moratorio equivalente a la tasa activa mensual capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe SA. para las operaciones de descuento de documentos en concordancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe en los autos PEREYRA, MARIO SIMON c/MUNICIPALIDAD DE RAFAELA -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION- s/INCIDENTE DE APREMIO POR HONORARIOS (REGULACION DE HONORARIOS, en fecha 18/12/2018, Cita 31/19. Córrase vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. M. Amalia Lantermo, Secretaria; Dra. Maria Silvia Beduino, Jueza. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 del 13/05/20 pto. XV) 21/03/2025. Al escrito cargo N° 2474/2025 se provee: Atento a encontrarse los autos en estado paralizado: continúen según su estado. Hágase saber a las partes. Notifíquese por edictos conjuntamente con el decreto de fecha 21/05/2024 y el Auto regulatorio de honorarios N° 260 de fecha 23/05/2024. Fdo. Dra. M. Florencia Di Rienzo, Secretaria; Dra. Maria Silvia Beduino, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el Boletin Oficial. Rosario.

$ 200 540823 May. 22 May. 26

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La Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Arroyo Seco, Dra. MARIANA ALVARADO, dentro de los autos caratulados PETTINARI, GUILLERMO NICOLÁS c/PEREYRA, GUILLERMO RAMÓN s/Juicios Ejecutivos; CUIJ 21-22769237-2 informa que se ha declarado en los presentes la rebeldía del Sr. PEREYRA, GUILLERMO RAMÓN, conforme al decreto de fecha 07.02.2025 el cual se transcribe textual a continuación: ARROYO SECO, 07 de Febrero de 2025. Téngase presente el domicilio ad litem constituido. Agréguese la cédula que en copia digitalizada acompaña. Informando verbalmente la actuaria que el demandado no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Suscribase oficio acompañado. Fdo. Dra. Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Sabina Cattani (Secretaria).23 de abril de 2025.

$ 200 540818 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUQUE HUGO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768643-7, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 691. Arroyo Seco, 28/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.433,01 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.929,90 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. LUQUE HUGO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006197-00, LOTE 011, MANZANA Q, RUTA 37. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 28 de Febrero de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.28 de febrero de 2025.

S/C 540447 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUQUE HUGO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768642-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 687. Arroyo Seco, 28/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.683,55 en concepto de capital, con más la suma de $ 2.005,06 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. LUQUE HUGO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A ITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006196-00, LOTE 010, MANZANA Q, RUTA 37. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 28 de Febrero de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 540446 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FERRETTI SANDRO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22767339-4, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1567. Arroyo Seco, 14/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.713,90 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.356,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a FERRETTI SANDRO y/o SUCESOR/Es y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002898-00, LOTE 020, MANZANA 1, RUTA 02. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 23 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 540445 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MACHUCA EDUARDO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768325-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 240. Arroyo Seco, 21/03/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.134,71 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.134,71 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de ¡levarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MACHUCA EDUARDO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DE LOS INMUEBLES CATASTRADOS EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LAS PARTIDAS 0002419-00 y 0006587-00, LOTES 007 y 00713, ambos de la MANZANA 001 de la RUTA 31. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 23 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 540444 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/NN Y/O TATANGELO DE GOROSITO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768337-3, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 239. Arroyo Seco, 21/03/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada, acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.383,09 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.691,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a NN y/o TATANGELO DE GOROSITO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007350-00, LOTE 011, MANZANA 004, RUTA 20. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 23 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 540443 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante De La Iglesia María (DNI 5.362.130), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados TIZIANO ANGEL HUMBERTO Y OT s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-02990447-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CECILIA CAROLINA ALONSO DNI 31.981.598), por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 dias. Autos caratulados: ALONSO, CECILIA CAROLINA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS C y C 18º CUIJ Nº 21-02903555-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Secesorios. Fdo. Dra. Susana Guesley Jueza.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SUSANA BRAVO (DNI 12.922.529) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BRAVO, SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02991703-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante OLGA DORA CACHERO, D.N.I. 1.766.831 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados. “CACHERO, OLGA DORA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02993334-8). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 May. 22

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la XIV° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante BONET ANTONIO MIGUEL (D.N.I. 6.078.130) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BONET, ANTONIO MIGUEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02988788-5)

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por la causante HILDA EDELBERG (D.N.I. 4.680.850), por un día para lo que acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “EDELBERG, HILDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21- 02992957-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO ALBERTO DURAN (D.N.I. N° 6.068.237) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DURAN, RICARDO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-02992853-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ª. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RISIGLIONE CARMELO (DNI 5.969.269), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RISIGLIONE, CARMELO S/ SUCESORIO”, (CUIJ 21-02979545-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TOMAS ANTONINO VALLEJOS, D.N.I. 16.186.959, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “VALLEJOS, TOMAS ANTONINO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02991735-0).

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CAMBIASSO OLGA ELENA D.N.I. 3.067.862 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CAMBIASSO OLGA ELENA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02991695-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios

$ 45 May. 22

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Laura M. Barco, Secretaria del autorizante, en autos caratulados RE HECTOR OSVALDO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; Expte. CUIJ Nº 21-26425354-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don HECTOR OSVALDO RE, para que comparezcan ante este Tribunal a hcer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Fdo. Laura M. Barco, (Juez); Federico J. Solsona, (Secretario).

$ 45 May. 22

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Laura M. Barco, Secretario del autorizante, en los autos caratulados PIONSI LUIS SANTIAGO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26425654-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don PIONST LUIS SANTIAGO, para que comparezcan ante este Tribunal a valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, (Juez); Dr. Federico Solsona, Secretario.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y laboral N° 16 de la Ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Juez, Secretaria del Dr. Federico J. Solsona, se ordena publicar edicto citatorio en el BOLETIN OFICIAL, por un dia para que dentro de los treinta días siguientes a su vencimiento se presenten en los autos caratulados: DI RADO, MARIA NICOLA s/SUCESORIO; (CUIJ 21-26425465-2), los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante: DI RADO MARIA NICOLA.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco (Jueza), Secretaria a cargo del Dr. Federico Solsona, en los autos caratulados: COLTRINARI, MIGUEL ANGEL s/Sucesorio (CUIJ N° 21-26425462-8) se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de don MIGUEL ANGEL COLTRINARI (DNI 6.142.394) para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, de mayo de 2025. Dr. Federico Solsona, Secretario.

$ 45 May. 22

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En los autos caratulados BOJANICH EDELINA MERCEDES s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-26425399-0 en trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Jueza: Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los legítimos herederos de la Sra. EDELINA MERCEDES BOJANICH, a fin de que COMPAREZCAN a hacer valer sus derechos en el término de ley. Dra. Laura M. Barco, Jueza; Dr. Federico Solsona, Secretario. Firmat.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco Secretario del Dr. Federico Solsona, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Giménez Jorge Carlos DNI N° 6.143.462, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: GIMENEZ JORGE CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ Nº 21-26425059-2).

$ 45 May. 22

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Por disposición de la sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat (SF), a cargo de la Dra. LAURA BARCO, secretaría a cargo del Dr. FEDERICO SOLSONA (Secretario), en los autos caratulados: BARLETTA ROSALIA ASUNTA s/Declaratoria De Herederos; (CUIJ 21-26425603-5), se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Doña BARLETTA ROSALIA ASUNTA, DNI Nº 1.035.073, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, de de 2025. Dr. FEDERICO SOLSONA, Secretario.

$ 45 May. 22

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Firmat, Distrito Judicial Nº 16, Dra. Laura Barco, Secretario; Dr. Federico J. Solsona, llama a los herederos, acreedores y legatarios de doña GIAGANTE EGLIS TERESA, DNI N° 4.434.520, por el termino de ley, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados GIAGANTE EGLIS TERESA s/Sucesorio; CUIJ 21-26425253-6. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día y se fijen en el tablero de Juzgado. Fdo. Dra. LAURA BARCO, JUEZA; Dr. FEDERICO J. SOLSONA, SECRETARIO. Firmat, de mayo de 2025.

$ 45 May. 22

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Por disposición del/la Juez/a del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5 Ta.- Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante PAOLI Guillermo Hugo - D.N.I. N°: 20.638.183 - por UN DÍA, para que lo acrediten dentro de los TREINTA DÍAS. Autos caratulados: "PAOLI, Guillermo Hugo s/SUCESORIO - C.U.I.J. N°: 21-02993451-4 de trámite ante OFICINA de PROCESOS SUCESORIOS de ROSARIO.-".-

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Cesar Emiliano Escalante DNI 17.790.377 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ESCALANTE, CESAR EMILIANO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 13 21-02986966-6" Fdo DRA. VERÓNICA GOTLIEB Jueza

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MIRTA BIBIANA RODRIGUEZ (DNI 14.392.927), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "RODRIGUEZ, MIRTA BIBIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02991396-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAIMUNDO RAMON GONZALEZ D.N.I. 6.001.764 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GONZALEZ, RAIMUNDO RAMON s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02985857-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.

$ 45 May. 22

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causantes PEDRO ALBERTO GODOY (D.N.I. 12.804.413) y ELVIRA CRISTINA ALLENDE (D.N.I. 5.336.299) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GODOY, PEDRO ALBERTO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21- 02992627-9) . Fdo. Prosecretaria.-

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Beatriz Elida Muzzio (DNI 1.721.540), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MUZZIO, BEATRIZ ELIDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 16" (CUIJ: 21-02993076-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MANSILLA ELDA (D.N.I.13.553.980), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MANSILLA, ELDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 16 (CUIJ 21-02992660-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LEDA SUSANA FANKHAUSER (DNI 23.651.287), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FANKHAUSER, LEDA SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 16 21-02993364-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante José Fernando Vargas Fernandez y/o José Fermando Vargas Fernandez (D.N.I. 92.323.097 y CI CHILENA 5860572-7) y la causante Fresia Modesta Leal Hernandez (D.N.I. 92.725.962 y CI CHILENA 6.956.223-K ), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LEAL HERNANDEZ, FRESIA MODESTA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02948296- 6)" de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes NASINI, ELISA ELSA, D.N.I. 3.205.049 y PEREZ, CARLOS ALBERTO, D.N.I 6.010.319 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "NASINI, ELISA ELSA Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 13" (Cuij. N° 21-02992712-7).

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUCAS LIONEL GODOY D.N.I. 43.492.370, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ".GODOY, LUCAS LIONEL S/ SUCESORIO", CUIJ. 21- 02992256-7, de trámite por ante esta Oficina de Procesos Sucesorios

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LOPEZ, RICARDO (DNI 13.509.246) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "LOPEZ, RICARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02987290-9" de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaría

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GOMEZ NORA LILIANA (DNI 11.445.947) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GOMEZ NORA LILIANA S/DECLARARATORIA DE HEREDEROSCYC 15" (CUIJ N° 21-02993421-2). Fdo. Prosecretaria.-

$ 45 May. 22

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante PAULO LUIS ROMEROS (DNI 18.371.952) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROMEROS, PAULO LUIS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 15 21-02993260-0. Fdo. Prosecretaría

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARÍA SABATÉ MIRET (DNI 93.462.339) por un día para que lo acrediten dentro de los 30 días corridos. Autos caratulados: "SABATÉ MIRET, MARÍA S. SUCESORIO CUIJ N° 21029740760."

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la  causante BATTEZZATI IRMA ILDA DNI 2.070.136, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BATTEZZATI IRMA ILDA S/ SUCESION TESTAMENTARIA" CUIJ 21-02992653-8 de  trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 22

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposicion de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo civil comercial y Laboral de la ciudad de Casilda, a cargo de la Dra. CLELIA CARINA GOMEZ, Jueza - Secretaria de la Dra. GUIDA, Viviana, dentro de los autos caratulados: DESIDERATO OSCAR c/NARDI FRANCISCO s/Prescripcion Adquisitiva; Expte. N° 764/2014- CUIJ N° 21-25802985-9 se dicta el siguiente decreto; Casilda1 14 de marzo de 2025. Atento a lo manifestado. Lo informado por Mesa de Entradas y habiendo vencido el termino de ley otorgado al Sr. Francisco Nardi, para que comparezca a estar a derecho sin que haya hecho uso del mismo. Declarese la rebeldía prosiguiéndose su juicio sin su participación. Notifiquese la presente mediante la publicación de edictos correspondientes en el BOLETIN OFICIAL. Insertese y hágase saber. (Expte. Nº 764/2014). Dra. Clelia C. Gomez, Jueza. Dra. Viviana Guida, secretaria.

$ 200 540491 May. 22 May. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VICTOR HUGO GIGLI DNI N° 5.468.861. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados GIGLI VICTOR HUGO s/Sucesion; 21-25865317-0 (657/2024). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt Secretaria.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RAIMUNDO RUBEN BARRIONUEVO, DNI N° 10.140.722 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “BARRIONUEVO RAIMUNDO RUBEN S/ SUCESORIO” CUIJ 21-25865782-6 (Expte. N° 212/2025). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante YOLANDA MARIA GIULI DNI N°5.843.797. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GIULI, YOLANDA MARIA S/ SUCESION 21-25865744-3 (193/2025) Fdo. Dra Aracelis Rosenburt Secretaria.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante WALTER PEDRO ROMAGNOLI DNI N°17.393.431. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados ROMAGNOLI WALTER PEDRO S/SUCESORIO 21- 25865773-7 (208/2025) )Fdo. Dra Aracelis Rosenburt Secretaria

$ 45 May. 22

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez (SF) se hace saber que en los caratulados GIACHE DAVID c/MOLINARI, RUBEN DARIO Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-26030111-7, se ha dispuesto lo siguiente: CAÑADA DE GONEZ, 27 de Marzo de 2025. Atento la consulta efectuada en el sistema informático de donde surge que no existen escritos sueltos pendientes de agregación; se provee: No habiendo comparecido la parte demandada (a saber los Sres. Molinari Rubén Darío, Aguilera Nicolas Carlos, Aguilera Pedro Nicanor, Bernasconi María Nieves, Romero Nélida Luisa María y Romero Justo Roberto) pese a estar debidamente notificada, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos en el BOLETIN OFICIAL. (L) Fdo. JULIETA GENTILE (Juez); Dra. CAROLINA KAÜFFELER (Secretaría). Cañada de Gómez, de Abril 2025.

$ 33 540488 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da Nominación del Distrito Judicial Nº 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “RAFFAELLI VICTOR JULIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-26034092-9), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes,   VICTOR JULIO RAFFAELLI (DNI N° 6.164.036 ) y OTILIA FRANCISCA FIORINA (DNI N° 2.393.784) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Jueza de Juzg.1ra.Inst.Civil, Comerc. y Laboral - 1ra.Nom. de Cañada de Gómez, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROUCO GUSTAVO ANDRES(DNI 92.525.019), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROUCO GUSTAVO ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-26032999-2). Fdo. Dra. Carolina Lucía Kauffeler.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "RUIZ ADRIAN JORGE s/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26034114-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADRIAN JORGE RUIZ, (DNI N° 8.112.839), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Carolina Kauffeler (Secretaria). Cañada de Gómez, .

$ 45 May. 22

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: LUJAN K Y OTROS s/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL LEY 12.967 - 21-27882499-0, se notifica -de forma gratuita- al Sr. Martin Belen Lencina Arce la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: N° 616. San Lorenzo, 23/4/25. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante la Disposición N° 16/2025 del 21 de marzo de 2025. 2) Continúen actuado los distintos equipos de la citada Delegación Regional e infórmen la situación y plan de trabajo. 3) Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo Escola (Juez).

S/C 540536 May. 22 May. 26

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Por disposición de Juez del Juzgado de Primera instancia de Circuito de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado...: en atención a lo manifestado, déjese sin efecto la audiencia testimonial fijada para el día 10/04/2025. En consecuencia, fijase audiencia del día 27 de junio de 2025 a partir de las 08;30 horas y con intervalos de 15 minutos por cada testigo ofrecido, a saber: Sra. NATALIA EVANGELINA PEDRAZA DNI 28.399.561, Sra. MARIA FLORENCIA PIGGINI DNI 25.531.585, Sra. YANINA SOLEDAD CORIA DNI 31.537.684, Sr. CARLOS EDWARS con domicilio en calle Santa Fe 1261 piso 6, oficina 602 de Rosario y CLAUDIO CESAR ARDUINO DNI 22.010.161, a los efectos de que los mismos comparezcan a este Juzgado a fin de responder a tenor del pliego abierto. Hágase saber. Cítese y emplácese a los herederos del Sr. CLAUDIO ALFREDO GOMEZ DNI 20.144.064 y/o a toda persona que se considere con derechos sobre el presente a comparecer a la audiencia designada, publicándose edictos en la forma ordinaria (art. 73 CPCC.) ... Autos caratulados SICA ARIADNA VALERIA s/SUMARIA INFORMACION; CUIJ Nº 21-23403883-1. Fdo. Dra. (Secretaria). San Lorenzo, de 2025.28 de abril de 2025.Jimena Muñoz, secretaria subrogante.

$ 100 540476 May.22

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Por disposición del Juzgado de Circuito de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados BRAVO RUBEN LUIS c/MOLINA JOANA GISEL Y OTROS s/Cobro De Pesos, CUIJ N° 21-23400045-1, se ha ordenado: SAN LORENZO, 14 de Marzo de 2025; Agréguese acta de audiencia. De conformidad a lo solicitado, fijase nueva fecha de audiencia en los mismos términos designados mediante decreto del 11/09/2024 para el día 06 de junio de 2025 a las 08:30hs para reconocimiento de documental. A fin de producir la absolución de posiciones de la demandada Sra. Joana Gisel Molina DNI N° 38.726.629 fijase audiencia para el día 06 de junio de 2025 a las 08:45hs para que responda a tener del pliego abierto.

Notifiquese por cédula con transcripción de los apercibimientos de ley en caso de incomparecencia (art. 162, 174 CPCCSF). Fdo. Dr. Sebastián José Rupil (Juez en suplencia), Dra. Jimena Muñoz (Secretaria Subrogante). A esos fines se transcribe el art. 162 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente. Art. 176 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe: Para el acto del reconocimiento se decretará una audiencia. La citación del que haya de llevar a cabo el reconocimiento se efectuará en el domicilio real de éste, con no menos de tres días de anticipación y con el de que si no compareciere sin justa causa o no concurriere a la que determine cuando ésta exista, se tendrá por reconocido el documento en la sentencia También, se notificará el decreto en el domicilio legal, en la forma ordinaria.

$ 52,50 540593 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, se llama y emplaza a los herederos y legatarios de la causante la causante ALVEZ LILIANA ESTHER DNI 30.002.208 y a todo el que tenga interés legítimo para que comparezca a estar a derecho por el termino y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los caratulados; ALVEZ LILIANA ESTHER s/Sucesorio CUIJ 21-25447031-4. lo que se publicara a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Secretaría de la Dra. Gamst.

$ 45 May. 22

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El Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación. Perteneciente al Distrito Judicial Nº 12, con cabecera en la ciudad de San Lorenzo, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, ha ordenado, citar, emplazar y llamar a comparecer a herederos, acreedores y/o legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, el fallecimiento de doña FRANCISCA LEONOR RAMOS (06/09/2016), DNI Fº4840036, para hacer valer sus derechos, por el termino y bajo apercibimientos de ley.

$ 45 May. 22

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El Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación. Perteneciente al Distrito Judicial Nº 12, con cabecera en la ciudad de San Lorenzo, Departamento san Lorenzo Provincia de Santa Fe, ha ordenado, citar, emplazar y llamar a comparecer a herederos, acreedores y/o legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, el fallecimiento de don PLASIDO RAMON LUBRANI o PLACIDO RAMON LUBRANI (08/04/2018), DNI 6.241.307, para hacer valer sus derechos, por el termino y bajo apercibimientos de ley.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, se llama y emplaza a los herederos de la causante DELGADO AMELIA LIDIA y a todo el que tenga interés legitimo para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los caratulados DELGADO AMELIA LIDIA s/SUCESORIO; CUIJ 21-25447077-2. Lo que se publicara a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Secretaría de la Dra. Gamst.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE RAUL RETAMAL D.N.I N° 6.185.665 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: RETAMAL JOSE RAUL/ SUCESIONES INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNTARIAS. Dra. DRA, LUZ M. GAMST Secretada. San Lorenzo. 16 de Mayo de 2025.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante AMPARO CARMEN IFRAIN D.N.I Nº 6.006.658 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días concurridos . Autos caratulados: IFRAIN AMPARO CARMEN S/ Sucesorio 21-25446832-8 Fdo. Dra. DRA. LUZ M. GAMST Secretaría. San Lorenzo, 16 de Mayo de 2025.

$ 45 May. 22

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, en autos: LH MONTAJES INDUSTRIALES S.A. s/Quiebra (POR ACREEDOR) - CUIJ 21-25659691-9, por Auto N° 311 de fecha 08/05/2025, se ha resuelto: 1) Fijar hasta el día 23 de Junio de 2025 como fecha tope hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación al síndico, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la LCQ. 2) Fijar el día 05 de Agosto de 2025 para que la Sindicatura presente los Informes Individuales ante este tribunal y el día 22 de Septiembre de 2025 para la presentación del Informe General (cf. Arts. 35, 39 y 200 L.C.Q.) 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETIN OFICIAL, haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico, así como su horario de atención y las fechas aquí dispuestas. 5) Insértese y hágase saber. (Fdo. Dra. Orsaria, Juez; Dr. Danino, Secretario. Asimismo, se hace saber que el Síndico designado en los presente autos es el C.P.N. HUGO MARCOS SAENZ, con domicilio en calle EVA PERÓN N° 138 de Villa Constitución; Horario de Atención: Dias hábiles de 08:00 hs. a 14:00 hs. Secretaria, Dr. Alejandro Danino. Villa Constitución, 09/05/2025.

S/C 540733 May. 22 May. 28

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El Sr. Juez de Primera Inst. de DISTRITO N° 14 Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Villa Constitución, JUEZ EN SUPLENCIA en los autos caratulados: PICCHIO ATILIO JUAN CARLOS s/prescripción adquisitiva; 21-25656386-7, hace saber lo siguiente: Se Cita y emplaza a los herederos de Agustín, Alba Esther, Iluminado, José Agustín, María Emperatriz, Nélida, Raimunda Beatriz y Antonio Mauricio De La Llera, tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 597 y cc del CPCC. Villa Constitución, 11 de Abri1 de 2025. Secretario Dr. Darío Malgeri.

$ 100 540756 May. 22 May. 28

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diogenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ DOSE CRISTIAN s/ Apremio Fiscal” Expte no 21-23487079-0 se cita a Al Sr. JOSE CRISTIAN DARIO D.N.I. 26.633.919 y/o sucesores Y/O actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 136051 Partida Inmobiliaria n° 19-18004182840218, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución. Dra Analia Vicente,Secretaria.25 de marzo de 2025.

$ 100 540562 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diogenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/FRUTOS MIGUEL ANGEL s/ Apremio Fiscal” Expte n° 21-23487082-0 se cita al Sr. FRUTOS MIGUEL ANGEL D.N.I. 22.757.773 y/o sucesores Y/O actual/propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 71308 Partida Inmobiliaria n° 1918004181110199, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución. Dra Analia Vicente, Secretaria 25 de marzo de 2025.

$ 100 540561 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de CIRCUITO N° 14 de Villa Constitución a cargo de la Dr. Diogenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/INSUA ADRIAN Y OTRA S/ Apremio Fiscal” Expte n° 21-23487083-9 se cita al Sr. INSUA ADRIAN SILVIO D.N.I. 18.429.212 Y TESTA BIBIANA NOEMI D.N.I. 21 .417.107 y/o sucesores Y/O actual propietario y/o actual poseedor animus domini del inmueble padrón N° 1 17887 Partida Inmobiliaria no 19-18004181350007, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución. Dra Analia Vicente, Secretaria.25 de marzo de 2025.

$ 100 540560 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Jueza del Juzgado ira. Instancia Civil Comercial 1ª Nom. De Villa Constitución, Dra. AGUEDA M. ORSARIA, jueza, DR. ALEJANDRO DANINO, secretario, se ha ordenado lo siguiente: En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISFE (Acuerdo CSJSF N° 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Atento haberse denunciado el fallecimiento del demandado JORGE LUIS ALTOLAOUIRRE, citese y emplácese a sus herederos a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en la forma establecida por el art. 597 CPCC. Notifiquesele a los herederos por cédula, para el caso que conociera sus nombres y domicilios, supuesto en el que corresponderá denunciar los mismos en autos. Oficiese al Registro de Procesos Universales, a efectos de que informe si existe sucesorio iniciado. Fdo. Dr. ALEJANDRO DANINO; Dra. AGUEDA M. ORSARIA Secretario Juez. Autos caratulados: MARTINEZ JORGE EZEQUIEL c/ALTOLAGUIRRE JORGE LUIS y Otros s/Daños Y Perjuicios; 21-25580887-4.

$ 100 540620 May. 22 May. 26

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en los autos caratulados: ““LUIS JUAN ARMANDO ARRIETA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CUIJ 21-25446932-4”, se cita, llama y emplaza por el término y bajo apercibimientos de ley a los herederos, acreedores y legatarios de la señor: LUIS JUAN ARMANDO ARRIETA, DNI: 06.172.784L, para que comparezcan por ante este Juzgado a los herederos, acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales (se hace saber que en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte; asimismo se hace saber, que en caso de existir bienes, deberán proceder conforme al art. 2342 del Código Civil Y Comercial). Se publica en el BOLETIN OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto en el art. 67 CPCC modif. P Ley 11.187. San Lorenzo, 06 de Mayo de 2025. Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez en suplencia, Fdo. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, llama a herederos, acreedores y/o legatarios del Sr. CARLOS ALFONSO ESTEVA, D.N.I. N° 16.439.059, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos “ESTEVA, CARLOS ALFONSO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (C.U.I.J. N°21-25446822-0).

$ 45 May. 22

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VILLA CONSTITUCIÓN

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 1 de Villa Constitución, se hace saber que en los autos caratulados CALLEGARI, NORBERTO DOMINGO Y OTROS S/SUCESORIO 21-25660102-5, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes de estos autos NORBERTO DOMINGO CALLEGARI y ALDA LUCIA MURIEL, por el término de treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución,

$ 45 May. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 1 de Villa Constitución, se hace saber que en los autos caratulados SPELTA, NORMA MABEL LILIANA S/ SUCESORIO 21-25660253-6, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante de estos autos NORMA MABEL LILIANA SPELTA, por el término de treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución,

$ 45 May. 22

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Rufino, Circunscripción judicial N° 3 , a cargo del Dr. Luis. A. Cignoli, Juez, Secretaria del Dr. Jorge Espinoza, en los autos caratulados: “PROTTI JESUS MARIA Y GROTTOLI LAURA INES s/ Homologaciones De Acuerdos 211-263611497- 3 se ordeno la notificación por edictos del Sr. Raúl Rodolfo Barrera DNI 39,289,712 con domicilio desconocido, del proveído del 16 de agosto de 2024: “...habiéndose informado el domicilio del progenitor Dilan, citese y emplacese a Raúl Rodolfo Barrera para que comparezca a estar a derecho a fin de imponerlo de lo actuado y manifieste cuanto considere menester a sus derechos en lo pertinente al pedido de prorroga de guarda solicitado en autos por parte de Jesús María Protti y Nancy Mabel Onnainty”. Dr. Luis. A. Cignoli, Juez, Dr. Jorge Espinoza, Secretario.24 de abril de 2025.

S/C 540452 May. 22 May. 26

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito N° 8 de Melincué, Dr. Alejandro II. Lanata. la Secretaria que suscribe, Dra. Analía M. Irrazábal, hace saber al demandado Sr. Domingo Marcos STEFANELLO, DNI N° 6.604.797, que dentro de los autos caratulados: “CLUB STUDEBAKER M.S.B. C/ STEFANELLO, DOMINGO Y OTROS S/ Demanda Ejecutiva” (EXPTE. Nº20512019) se ha dispuesto lo siguiente: “Melincué 27 de Junio de 2024. Cítese de remate a los demandados, por el término y bajo apercibimientos de ley.”. Fdo: Dr. Alejandro H. Lanata Juez, Dra. Analia M. Irrazabal, Secretaria. Melincué, 26 DE Noviembre de 2024.

$ 45 540498 May. 22 May. 26


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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Dr. Claudio Heredia, Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de Venado Tuero, dentro de los autos caratulados “CARELLI ROCIO SOLEDAD c/ NATANAEL LUCAS CAVIA s/ Supresión De Apellido Paterno “ CUIJ 2127728589-1”. Por iniciada la presente DEMANDA DE SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO.- En virtud de lo dispuesto por el a. 70 CCCN publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe una vez por mes, en el lapso de dos meses. FDO. Dra. María Paula Suarez Salti Secretaria Subrogante. En Venado Tuerto, 14 de Mayo de 2025.

$ 100 541133 May. 22

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Por disposición del señor Juez de ira. Inst. en lo Civil y Comercial de la 2° Nom. SEC. UNICA, de la ciudad de Venado Tuerto, llama, cita y emplaza a sucesores y/o herederos y/o a don JUAN CARLOS GASSER y/o JUAN CARLOS GASSAL, de nacionalidad argentino, mayor de edad, desconociendo demás datos, por tres veces a los fines de que dentro del término de cinco días a partir de la última publicación comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley bajo apercibimiento de rebeldía. Autos “OSCAR, ALBA LUZ C/GASSER y/o GASSAL, JUAN CARLOS S/Prescripción Adquisitiva; (C.U.I.J. N° 21-24620839-2. Abril 2023). Venado Tuerto, 29 de abril de 2025.Dr. Bournot, secretario.

$ 45 540738 May. 22 May. 26

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En los autos caratulados PELUSI SILVIA NOEMI c/GROSSI MIGUEL s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (CUIJ Nº 21-17122990-9) tramitado por ante el Juzgado Laboral de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de Dr. Jorge E. Verna, secretaría a cargo de la Dra. LUCIANA P. PARENTI, se notifica a todos los herederos del Sr. MIGUEL GROSSI DNI 13.498.359, acaecido en la ciudad de Venado Tuerto en fecha 20/12/2023, que en los autos de referencia se ha decretado lo siguiente: Venado Tuerto, 18 de Marzo de 2025. Proveyendo el escrito cargo N° 2520/25: Tengase presente, atento lo peticionado y habida cuenta del tiempo transcurrido y la paralización de las actuaciones sin que fuera acreditado el fallecimiento del accionado, a los fines de proseguir con el trámite evitando incurrir en nulidades insubsanables, publíquense los edictos citatorios como se pide y pasen los autos al despacho para resolver. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. CIGNOLI (Juez En Suplencia), Dra. Parenti secretaria. Dr. Fernandez, prosecretaria suplente.

$ 250 540719 May. 22 May. 28

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de los causantes: JUANA VILA y ECHEVERRIA de COLOM; JOSE ANTONIO VILA y ECHEVERRIA; MARIA ESTHER ANGELA VILA y ECHEVERRIA de LUSSENHOFF y FRANCISCO MARIANO VILA y ECHEVERRIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en autos caratulados: SAVINO OSCAR MATÍAS c/PLAGLIARECCI ADOLFO HECTOR Y OTROS s/Escrituración; (CUIJ 21-24612286-2). Venado Tuerto,28 de abril de 2025.Bournot, secretario.

$ 150 540515 May. 22 May. 28

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. LLADOS MIGUEL, C.I. N° 21.968, para que en el término de 1ey comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de rebeldía. AUTOS: NICOLAU LUIS ALBERTO Y OTROS c/LLADOS MIGUEL s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ Nº 21-24620561-9).

$ 120 540568 May. 22 May. 26

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria de la Dra. María Laura Olmedo, se hace saber al Sr. URRACO CRISTIAN ALBERTO, DNI N° 2.6.591.029 que en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. C/URRACO CRISTIAN ALBERTO s/Demanda Ordinaria; (CUIJ N° 21-24477640-7) en trámite por ante este Juzgado se ha dispuesto: VENADO TUERTO. 27 de Febrero de 2024. Agréguese constancia de publicación de edictos previa certificación de la actuaria. No habiendo comparecido el demandado a estar a derecho, no obstante encontrarse debidamente notificado, y haciendo efectivos los apercibimientos decretados, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo: María Celeste Rosso, Jueza, Dra. María Laura Olmedo, Secretaria.

$ 130 540567 May. 22 May. 26

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Por disposición del Juzgado de Circuito Civil y Comercial, Unica Nominación de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Martín Chasco, Secretaría de la Dra. Violeta L. Martinelli, en los autos caratulados CORIA, ROMAN G c/DURAN, CARINA RAQUEL s/Demanda Ejecutiva; CUIJ N° 21-16804347-0, se ha dispuesto la publicación de edictos por el término de tres (3) días, a solicitud de la actora en el BOLETIN OFICIAL, a los efectos de notificar al demandado DURAN, CARINA RAQUEL (DNI 25.116.332) la siguiente Resolución N° 2276. Venado Tuerto, 25/11/2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. María Fernanda Rodriguez por su intervención profesional en las presentes actuaciones en la suma de $ 86.135,99 equivalente a la cantidad de (1) UNIDAD JUS (arts. 32 y 7 inc. 20 b de la Ley 6767), la cual será actualizada conforme al valor Jus hasta el momento de su efectivo pago, devengando un interés moratorio puro del 811% anual a partir del quinto día de su notificación. La suma precitada deberá ser satisfecha con más el 13% de aportes previsionales. Córrase vista a Caja Forense y a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la provincia de Santa Fe. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dr. MARTIN C. CHASCO, JUEZ SUBROGANTE; Dra. VIOLETA L. MARTINELLI, SECRETARIA. VENADO TUERTO, de 2025.

$ 50 540626 May. 22 May. 26

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En los autos caratulados SEIMANDI DIEGO MARTIN c/MARINELLI ALFREDO OSCAR s/Demanda Ordinaria Otras Diligencias; CUIJ N° 21-24473056-3 tramitado por ante el Juzgado Civil y Comercial de la ciudad de Venado Tuerto, Primera Nominación, a cargo de la Dra. CELESTE ROSSO, secretaria a cargo de la Dra. MARÍA LAURA OLMEDO, se notifica a todos los herederos del Sr. ALFREDO OSCAR MARINELLI DNI 6.134.687, acaecido en la ciudad de Venado Tuerto en fecha 18/04/2018, que en los autos de referencia se ha decretado lo siguiente: Venado Tuerto, 17 de Noviembre de 2023. Atento lo informado por la Actuaría, líbrese oficio al Juzgado Laboral de esta ciudad de a los fines de que remitan el sobre faltante. Asimismo, y conforme constancias de autos decrétese la rebeldía de los sucesores del Sr. Alfredo Oscar MARINELLI notificándose la misma por Edictos. Notifíquese. Fdo: Dra. Rosso (Juez), Dra. Olmedo (Secretaria).

$ 250 540717 May. 22 May. 28

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Circuito de Venado Tuerto, Dr. Martin C. Chasco, Secretaria a cargo de la Dra. Violeta L. Martinelli, hace saber al demandado Sr. Diego Rubén PAGURA DNI N° 26.220.284, que dentro de los autos caratulados: BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. c/PAGURA DIEGO RUBEN s/PREPARA VIA EJECUTIVA; (CUIJ N° 21-16810837-8) Se ha dispuesto lo siguiente: -VENADO PUERTO, 28 de Octubre de 2024. Por iniciadas las presentes medidas preparatorias de juicio ejecutivo. .A los fines establecidos en el Art. 445 inc. 1) y 446 del CPCC cítese a la parte demandada para que cualquier día y hora hábil de audiencia dentro del término de (10) días de notificada, comparezca aste Juzgado a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documental, bajo apercibimientos de darse por reconocida y autentica la misma y tenerse por preparada la Vía Ejecutiva (Arts. 450 CPCC), si no compareciere o excusare su ausencia con justa causa. A lo demás oportunamente. Fdo. Dr. Martin C. Chasco, Juez Subrogante; Dra. Violeta L. Martinelli, Secretaria.

$ 45 540497 May. 22 May. 26

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Por disposición del Señor Juez7 del Juzgado de Circuito de Venado Tuerto, Dr. Martin C. Chasco Secretaria de la Dra. Violeta L. Martinellí, hace saber al demandado Sr, Diego Rubén PAGURA DNI N° 26.220.284, que dentro de los autos caratulados: BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. c/PAGURA, DIEGO RUBEN s/JUICIOS EJECUTIVOS; (CUJJ N° 21-16810219-1) Se ha dispuesto lo siguiente: VENADO TUERTO. 02 de Diciembre de 2024. Proveyendo escrito bajo Cargo Nº 11656/2024. Por promovido Juicio Ejecutivo. Emplácese a la demandada para que dentro dci término de (3) días comparezca a estar a Derecho, bajo apercibimiento de declarársela en rebeldía y seguirse el juicio en su contra en la forma que corresponda. A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Martin C. Chasco, Juez Subrogante; Dra. Violeta L. Martinelli, Secretaria. Venado Tuerto, 10 de Marzo de 2025.

$ 45 540496 May. 22 May. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. Ma. Celeste Rosso, Secretaria del autorizante, en autos VECCI RENATO ALEJANDRO Y OTROS s/SUCESORIO; CUIJ 21-24623519-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes RENATO ALEJANDRO VECCHI, DNI 3.088.862 v ERMINIA CLELIA MORINI, DNI 1.908.834, para que dentro de los 10 dias comparezcan por ante este Juzgado a hacer valer sus derechos.16 de mayo de 2025.

$ 45 May. 22

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 2da. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Carlini Juez, Dr. Bournot Secretari, se cita, llama y emplaza por el término de ley a herederos, acreedores y legatarios de Don MOSELLE, HUGO ALBERTO, D.N.I. N° 11.738.094, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: "MOSELLE, HUGO ALBERTO S/ SUCESORIO" CUIJ: 21-24623794-5. Fdo.- Dr. Carlini Juez, Dr. Bournot Secretario. Venado Tuerto,

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría a cargo del autorizante, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don RINALDI ELIDIO D.N.I.M. Nº 4.949.048, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "RINALDI ELIDIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)" CUIJ N° 21-24623815-1 MAYO 2025.- Venado Tuerto, Santa Fe.- FDO: Dr. Gabriel A. Carlini (JUEZ); Dr. Bournot Alejandro Walter (SECRETARIO).-

$ 45 May. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Secretaría del Dr. A. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados: "DURIGON, DOMINGO VICENTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (DIGITAL) CUIJ Nº 21-24623722-8 se cita, llama y emplaza por el término de ley a herederos, acreedores, legatarios de DOMINGO VICENTE DURINGON, D.N.I. Nro. 6.144.524, para que comparezcan a hacer valer sus derechos.- Venado Tuerto,                           de 2025.- Secretaría. Fdo. Dr. A. Walter Bournot. Secretario

$ 45 May. 22

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 2da. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Carlini Juez, Dr. Bournot Secretari, se cita, llama y emplaza por el término de ley a herederos, acreedores y legatarios de Doña POLASTRI MARTA LUZ, D.N.I. N° 11.540.804, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: "POLASTRI, MARTA LUZ S/ SUCESORIO (DIGITAL) – 21-24623442-3. Fdo.- Dr. Carlini Juez, Dr. Bournot Secretario. Venado Tuerto,

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 2da. Nominación, Dr. Gabriel Alberto CARLINI, Secretaría del Dr. Alejandro Walter BOURNOT, dentro de los autos caratulados "SULLA, Hilario José y Otros s/Declaratoria de Herederos" CUIJ 21-24623188/2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de: SULLA, Hilario José DNI 3.091.513 y SANUY, Rosa DNI 5.850.838, para que comparezcan ante éste Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de Ley. Venado Tuerto, de Abril de 2025

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