picture_as_pdf 2025-05-12

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ROSARIO

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 10 Instancia en lo Laboral 10 Nominación Secretaria de Dr. Ricardo J. Sullivan, en autos “SOSEVICH YOLANDA MARIA DEL LUJAN c/ SOC. CIVIL PROYECCION EDUCATIVA 2001 Y/O OTRO s/ Cobro De Pesos” Expte. nro. 617/05.-, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 20 de Fébrero de 2025.- Con los autos a la vista se agregan las actuaciones cargo N° 746/25 y 3451/25 y se proveen: Por recibidos del Archivo General, prosigan los autos según su estado. Conforme lo dispuesto por el art, 38 C.P.C.C., intímese a las partes a efectos de constituir nuevo domicilio procesal en autos. Notifíquese por cédula al domicilio real y procesal oportunamente constituido.- FDO.: Dra. Barbara Serrat - Dr. Ricardo J. Sullivan.

EN CONSECUENCIA: Queda Sociedad Civil Proyección Educativa 2001 debidamente notificados del decreto que antecede.- Salúdole atte. Rosario, 27 de Marzo de 2025.

ARTICULO 19 CPL (Conforme Ley 13039) - Beneficio de gratuidad. Alcance.- Los trabajadores, sus derechohabientes y las asociaciones profesionales de trabajadores legalmente reconocidas, gozarán del beneficio de gratuidad. No abonarán las publicaciones que se ordenen en el Boletín Oficial, hallándose eximidos del pago de impuestos, tasas y de todo tipo de contribuciones provinciales o municipales. Los certificados del Registro Civil e informes de reparticiones oficiales se expedirán sin cargo. Ninguna norma arancelaria o impositiva podrán suspender o condicionar el dictado de la sentencia definitiva o de auto con fuerza de tal.

S/C 538594 May. 12 May. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 10 Instancia en lo Laboral 10 Nominación Secretaria de Dr. Ricardo J. Sullivan, en autos “SOSEVICH YOLANDA MARIA DEL LUJAN C/ SOC. CIVIL PROYECCION EDUCATIVA 2001 Y/O OTRO s/ Cobro De Pesos” Expte. nro. 617/05.-, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 20 de Febrero de 2025.- Con los autos a la vista se agregan las actuaciones cargo N° 746/25 y 3451/25 y se proveen: Por recibidos del Archivo General, prosigan los autos según su estado. Conforme lo dispuesto por el art. 38 C.P.C.C., intímese a las partes a efectos de constituir nuevo domicilio procesal en autos. Notifíquese por cédula al domicilio real y procesal oportunamente constituido.- FDO.: Dra. Barbara Serrat - Dr. Ricardo J. Sullivan.

EN CONSECUENCIA: Queda el Señor Eduardo Alfredo Boch 27 de Marzo de 2025

ARTICULO 19 CPL (Conforme Ley 13039) - Beneficio de gratuidad. Alcance.- Los trabajadores, sus derechohabientes y las asociaciones profesionales de trabajadores legalmente reconocidas, gozarán del beneficio de gratuidad. No abonarán las publicaciones que se ordenen en el BOLETÍN OFICIAL, hallándose eximidos del pago de impuestos, tasas y de todo tipo de contribuciones provinciales o municipales. Los certificados del Registro Civil e informes de reparticiones oficiales se expedirán sin cargo. Ninguna norma arancelaria o impositiva podrán suspender o condicionar el dictado de la sentencia definitiva o de auto con fuerza de tal. Dr. Ricardo Sullivan, secretario.

S/C 539583 May. 12 May. 14

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza de trámite), Secretaria del Dr. Christian Bitetti, en autos “VILLARREAL, SAUL AUGUSTO c/ GONZALEZ, DIEGO ROQUE Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios”, CUIJ 21-11863134-7” se ha dictado la siguiente resolución: “ROSARIO, Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que la demandada ALMARAZ, NORMA SUSANA no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificada por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláresela rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS.” Dra. Jorgelina Entrocasi (Jueza de trámite) y Dr. Christian Bitetti(Secretario).2 de diciembre de 2024.

$ 50 539626 May. 12 May. 14

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Por disposición de los Jueces del que fuera Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Edgardo Bonomelli, Dra. Jorgelina Entrocasi, Secretaria a cargo de los Dres. Mayra Ibañez, Christian Bitetti y Araceli Stefanelli se ha dispuesto poner en conocimiento, a los efectos que pudieren corresponder, lo siguiente: “TRIBUNAL COLEGIADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL NRO. 2 DE ROSARIO s/Destruccion De Documental 21-11689260-7 - EXPTE. 514/2023 Auto Nro. 108 Rosario, 14 de abril de 2025.- Y VISTOS: La necesidad de optimizar la prestación del servicio de justicia, debido a la falta de espacio y la acumulación de documentales correspondientes a expedientes que no cuentan con actividad procesal desde largo tiempo; Y CONSIDERANDO: 1) Que en el contexto antes citado, resulta imperativo lograr el más eficaz desenvolvimiento de las actividades cotidianas y el mejor aprovechamiento del espacio físico disponible de este Tribunal. II) Que en consecuencia es necesario resolver la destrucción de las documentales, pliegos de interrogatorios, de absoluciones de posiciones y radiografías, pertenecientes a expedientes que se encuentran en archivo; en préstamo de parte y aquellos expedientes que no registran actividad procesal desde largo tiempo. III) Que así debe disponerse la remisión al Archivo General de todas aquellas documentales, pliegos de interrogatorios, de absolución de posiciones y radiografías pertenecientes a expedientes que se encuentran en archivo, préstamo de parte, que han sido transados, que no han registrado actividad procesal alguna en los últimos años y de aquellos que cuenten con sentencia firme de la Cámara de Apelación, respecto de los cuales existe una fuerte presunción de desinterés de las partes en los mismos. A tal fin se procederá a la publicación de edictos en el Boletín Oficial en tres oportunidades durante veinte días y dos avisos en el diario ‘La Capital” a publicarse los días Miércoles y Domingos, como también en la Mesa e Entradas de este Juzgado, comunicando la fecha hasta la cual los interesados podrán retirar los sobres y la determinada para su destrucción, fijándose el día 19 de junio de 2025, para la destrucción, pudiendo los interesados legítimos requerir la suya en el Juzgado hasta el día 12 de junio de 2025 en el horario de 7:30 a 9:30 horas. Vencido dicho plazo no se admitirá, ningún tipo de reclamo. Por ello: los jueces del que fuera Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Número 2 de la ciudad de Rosario: RESUELVE: 1). Proceder a la destrucción de toda la documental, pliegos interrogatorios testimoniales, de posiciones y radiografías correspondientes a causas que se encuentran registrados en el sistema informático que se encuentren en archivo, o en préstamo de parte, o que hayan sido transados , o que no han registrado actividad procesal alguna en los últimos años como también de aquellos que cuenten con sentencia firme de la Cámara de Apelación, así como de aquellas que no han registrado actividad procesal alguna correspondientes a los expedientes iniciados entre los años 2014 y 2015, y de expedientes que han sido transados hasta el año en curso.. II) Fijar como fecha de destrucción el 19 de junio de 2025 y como fecha tope, para que los interesados legítimos concurran al Juzgado a requerir la entrega de las mismas, la del día 12 de junio de 2025, a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningun tipo. El horario para el retiro será de 7,30 a 9,30 horas de lunes a viernes, de lo que se dejara constancia en el SISFE al efecto.- III) Proceder a la Publicación dando a conocer la parte resolutiva de la presente por medio de Edictos en el BOLETÍN OFICIAL en tres oportunidades durante veinte días y dos avisos en el diario “La Capital” a publicarse los días Miércoles y Domingos y en la Mesa de Entradas el Juzgado, comunicando la fecha hasta la cual los interesados podrán retirar los sobres y la determinada su destrucción.- IV) Remítase copia de lo presente a la Excma. cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y Excma Corte Suprema de Justicia a sus efectos. Dr Jorgelina Entrocasi – Edgardo Bonomelli( Jueces) Mayra Ibañez – Christian Bitetti- Araceli Stefanelli (Secretario).v) Requerir a la Excma. Corte Suprema de Justicia las partidas dinerarias a los fines de las publicaciones referidas. Insertese y hagase saber. Dr Jorgelina Entrocasi – Edgardo Bonomelli( Jueces) Mayra Ibañez – Christian Bitetti- Araceli Stefanelli (Secretario).

S/C 539625 May. 12 May. 14

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La Sra. Jueza Juzgado de Familia de la 11 ra. Nominación de Rosario, Dra. ANDREA MARIEL BRUNETTI, Secretaría de la autorizante hace saber que en los autos caratulados “BOVONE SANDRA ELISABET c/ CARABALLO ROMAN ALEJANDRO Y OTROS s/ Tutela” CUIJ 21-11386094-1 se ha ordenado notificar mediante edictos judiciales la siguiente resolución: “N°12 . Rosario, 11 de diciembre de 2024. Y VISTOS: .. Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1. Hacer lugar a la demanda, y en consecuencia PRIVAR DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL a MARIA DE LAS NIEVES ZUCCHINI (DNI N° 33.132.701) y a ROMAN ALEJANDRO CARABALLO (DNI 32.584.753) respecto de la adolescente KIARA YAZMIN CARABALLO (D.N.I. N 050.403.937), en los términos del art. 700 inciso b) y c), art. 703 y 704 del Código Civil y Comercial de la Nación. 2. Designar TUTORA de la joven KIARA YAZMIN CARABALLO, a su abuela materna, Sra. SANDRA ELISABET BOVONE, D.N.I. N° 17444.353, quien deberá aceptar el cargo definitivo otorgado, cualquier día y hora hábil de audiencia con las formalidades prescriptas por el artículo 687 in fine del C.P.C.C.S.E. 3. Oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas respectivo, a efectos de proceder a la inscripción de lo aquí ordenado. 4. Costas a la parte vencida (art. 251 CPCC). 5. Notifíquese al Ministerio Pupilar de Discernimiento de Tutelas y Curatelas. Insértese y hágase saber.” Fdo.: DRA. MA. FLORENCIA MARTINEZ BELLI (SECRETARIA) DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI (JUEZA). OTRO: Nº 58 . Rosario, 20 de diciembre de 2024. y VISTOS... y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Aclarar la resolución N° 12 dictada el 11 de diciembre de 2024, consignando que el verdadero número de documento nacional de identidad de la adolescente KIARA YAZMIN CARABALLO es 50.403.934. Insértese y hágase saber.” DRA. MA. FLORENCIA MARTINEZ BELLI (SECRETARIA) DRA. ANDREA MARIEL BRUNETTI (JUEZA).

S/C 539612 May. 12 May. 14

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6a. Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que en autos: “AMARILLO RODRIGUEZ, GIMENA s/ Solicitud Propia Quiebra” Expte. CUIJ 21-02987489- 9, se ha dictado la siguiente resolución: “N° 265 Rosario, 03/04/2025. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de GIMENA AMARILLO RODRIGUEZ, DNI 35.654.370, con domicilio real en calle Saavedra 2253 Dto. 2 de la ciudad de Rosario. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Para sorteo de síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, enviando correo electrónico por Secretaría. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes de la fallida existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (artículo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos 6) Ordenar se anote la inhibición general de bienes de la fallida, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, al Registro Prendario y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre de la fallida. 7) Prohibir la realización de pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces.8) Intimar a la fallida y a los terceros que detenten bienes y documentos de la primera, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida a la fallida, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Hacer saber a la fallida que sólo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el articulo 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si la fallida es actora o demandada en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina y ordenar que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCCSE 15) Notificar a la A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la AFIP-DGI, a la Municipalidad del domicilio de la fallida y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 16) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 17) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 18) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber”. Firmado: Dr. Fernando A. Mecoli (Juez) Dra. Sabrina Rocci (Secretaria).Secretaria, 21 de abril de 2025.

S/C 539344 May. 12 May. 16

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad

Extracontractual N° 5 de Rosario, dentro de los autos “REDONDO, MARIANO Y OTROS c/ LUCERO, BRANDON JOEL GABRIEL Y OTROS s/ daños y perjuicios” (CUIJ 21-11892499-9) a cargo de juez DR. EDGARDO BONOMELLI y de la secretaría a cargo de la DRA. ARACELI STEFANELLI Se ha ordenado lo siguiente “ROSARIO, 19 de Marzo de 2025 Venidos los autos en el día de la fecha, proveyendo escrito cargo N° 981/25: Téngase por denunciado nuevo domicilio RAPPI ARG. SAS fines que por derecho corresponda. Proveyendo escrito cargo N° 1398/25: Atento que el demandado CIARDULLO, CLAUDIO DANIEL no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por EDICTOS al demandado rebelde y por CÉDULA a las partes intervinientes.”Autos caratulados: REDONDO, MARIANO Y OTROS c/ LUCERO, BRANDON JOEL GABRIEL Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios” (CUIJ 21-11892499-9) Fdo. DR. EDGARDO BONOMELLI (juez) DRA. ARACELI STEFANELLI (secretaria).

$ 100 539645 May. 12 May. 14

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 18 de Rosario y en autos AMBROSINI, ANA MARIA c/ AMBROSINI, JUANA ASUNTA s/ Division De Condominio 21-02985003-5 se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Por recibidos. Previamente cumpliméntese con el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria dispuesto por ley 13.151, atento lo dispuesto en el Art. 2 de la misma, y no encontrándose los presentes listados entre las excepciones previstas en los Arts. 4 y 6 de dicha norma. Asimismo líbrese oficio al Registro General a los fines de que informe a nombre de quién se encuentra el inmueble a dividir. Conforme el art. 597 del C.P.C.C. cítese y emplácese a estar a derecho a los herederos de Juana Asunta Ambrosini y en caso de conocerse el domicilio notifíquese por cédula. En caso de haberse dictado la misma, acompañe copia de la sentencia de declaratoria de herederos de ésta última.- DRA. PATRICIA BEADE Secretaria. DRA. SUSANA SILVINA GUEILER Juez.27 de marzo de 2025.Dra. Melisa Lobay, prosecretaria.27 de marzo de 2025.

$ 50 539505 May. 12 May. 14

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 18 de Rosario y en autos: “EPE C/ PETRONOR SRL s/ Demanda Ejecutiva”, CUIJ 21-02955927-6. Se hace saber que se dictó lo siguiente: “ROSARIO, 30/12/2024. Agréguese el edicto acompañado, respecto del cual se procedió a su constatación por ante la página del BOLETÍN OFICIAL. Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley.-“ DRA. PATRICIA BEADE (SECRETARIA) DRA. SUSANA GUEILER (JUEZA).14 de febrero de 2025.DRa. Melisa Lobay, prosecretaria.

$ 50 539504 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “Hawryluk Eduardo Daniel c/ Villaruel Juan Carlos y otra si Escrituración” (CUIJ 21-02929344-6), que no habiendo los herederos de la parte demandada VILLARUEL JUAN CARLOS (apellido materno Torres) y PUJOL NIDIA ESTHER DE VILLARUEL (apellido materno Fernandez) comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificados, decláraselos rebeldes y siga el juicio sin su intervención en los términos del art. 597 CPCC, en función de lo cual se sorteará defensor de oficio y curador ad hoc una vez efectuada la notificación del presente. Notifíquese por cédula y edictos. - Firmado Dra. Lorena A. Gonzalez- Secretaria - Rosario, de Abril de 2025.Dra. Dulce Rossi, prosecretaria.

$ 100 539549 May. 12 May. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5 Nominación de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, en los autos caratulados “NUEVO BANCO DE SANTA FE SA c/ CRUZ, MAURICIO DAMIAN s/ Demanda Ejecutiva” CUIJ 21-02963032-9, se hace saber al demandado en autos, que se ha dictado la siguiente regulación de honorarios: “Rosario, 14 de marzo de 2025. Atento lo solicitado precedentemente, los trabajos realizados y demás constancias de autos. Regular los honorarios de los Dres. Gustavo Racciatti y Victoria Lourdes Ortega, en proporción de ley en la suma de $378.456,85.- equivalente a 4,10 jus con más aportes de ley e IVA en caso de corresponder. (Art. 7 inc. 2 b) Ley 6767). Establecer que el ajuste por unidad Jus (cfr. art. 32, ley 6767), será aplicable mientras el presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en deuda dineraria, y devengará desde la mora un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual capitalizada que aplica el Banco de la Nación Argentina. EDO: Silvina Rubulotta (secretaria); Dra. Lucrecia Mantello (jueza).”Rosario, 21/4/25.

$ 100 539602 May. 12 May. 14

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Por disposición del sr Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil ‘i Comercial de la 5 Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado publicar los edictos a los fines de declarar la rebeldía de la INMOBILIARIA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA INCO SA, con CIUT: 30-674508995, y a notificar que se procederá al sorteo de Defensor ad hoc de acuerdo a lo establecido por el art 78 del CPCC. Autos caratulados “PUNTANO, EDUARDO MARTIN c/ INMOBILIARA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA INCO SA s/ ESCRITURACION 21-02945613-2- Secretaria de la actuante Rosario, 2025.Silvina Rubulotta, 11/4/2025.

$ 50 539599 May. 12 May. 14

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El juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Ira. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo Alberto Ruiz, juez, Secretaría del Dr. Arturo Audano, en los autos “TRANSPORTES Y DISTRIBUCIONES RIPOLONE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/ concurso preventivo”, CUIJ 21-02989534-9, ha dispuesto la publicación a los fines de informar (IUC por Resolución N° 100 de fecha 16 de abril de 2025 se ha declarado la apertura del concurso preventivo de la firma TRANSPORTES Y DISTRIBUCIONES RIPOLONE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CUIJ 30-69089967-8, con domicilio en calle Juan José Paso N° 6452 de Rosario 25 fechas para cumplimiento de lo prescripto por los incisos 9° y 10° de alt. 14 de la LCQ, se fijarán por auto ampliatorio del presente, una vez aceptado el cargo por el síndico. Rosario,23/04/2025.

$ 300 539577 May. 12 May. 14

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Se hace saber que por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario (juez de sentencia), dentro de los autos VERA, DANIEL EUGENIO Y OTROS C/ MUÑOZ, MAGNO ALBERTO Y OTROS s/ Indemnizacion - 21-02950793-4 (424/2021), se ha ordenado citar y emplazar a estar a derecho a los herederos de ANTONIO MUÑOZ, (DNI 5.978,090) por el término y bajo apercibimientos de ley. Todo conforme lo dispuesto por el art. 597 C.P.C.C.

$ 50 539509 May. 12 May. 14

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La Sra. Jueza de Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 17ta. Nominación de Rosario, ha dispuesto hacer saber al Señor Fernando Ariel RIVERO, DNI 23.233.078 que, ante la ausencia de herederos aceptantes de la herencia dejada por el causante, HECTOR ANTONIO JUAN RIVERO, D.N.I. 6.059.238, la misma se ha declarado vacante. Habiendo tomado conocimiento de la existencia de un posible heredero mediaj1te la presente se le notifica de la resolución dictada a los fines de que haga valer sus derechos si correspondiere. Autos: “RIVERO, HECTOR ANTONIO JUAN s/ Declaratoria De Herederos” CUIJ 21-02937649-9. DR MA. FLORENCIA DI RIENZO,

Secretaria subrogante. Rosario, de FEBRERO de 2025.Dr. Hernan Aguzzi, prosecretario.

$ 100 539677 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FRANCISCO SERAMELI, D.N.I. Nro. 5.185.780, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SFRAMELI, FRANCISCO s/ Sucesorio” CUIJ 2102988606-4. Se deja constancia de el mismo por tratarse de herencia vacante. Firma Secretaria.

S/C 539676 May. 12 May. 14

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En los autos VILAR, SYLVÍA CONCEPCION s/Protocolización Testamento CUIJ 21-02862989-0 que tramitan por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 12° Nominación de Rosario, Juez a cargo Dr. Fabian Eduardo Daniel Bellizia, Secretaría de la Dra. Elizabet Carta Filippetti, se hace saber a la Sra. Herminia Teresita Vilar, la siguiente providencia: VILAR, SYLVIA CONCEPCION s/Protocolización Testamento; 21-02862989-0 - Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 12ª Nom. N° 3945/2017; ROSARIO, 14 de Diciembre de 2017. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Hacer lugar y ordenar la protocolización judicial del legado de VILAR, SYLVIA CONCEPCIÓN insertando su copia certificada en el protocolo del Juzgado y transcribiendo a continuación en su totalidad el texto del testamento: Yo, Sylvia Concepción Vilar de Benedicto, titular de la L.C. N° 2.806.790, de estado civil viuda, domiciliada en esta ciudad en la calle Entre Ríos N° 2390 Piso 2°, no tengo ascendientes ni descendientes, y en pleno uso de mis facultades intelectuales, testo de forma ológrafa e instituyo como único y universales herederos de mi tercer parte del inmueble ubicado en el domicilio antes mencionado y todos los muebles que en él se encuentra a: Graciela Susana Romana Benedicto de Rosario titular de la L.C. N° 4893648 y a Ricardo José Benedicto titular de D.N.I. N° 6.443.961. Rosario, 20 de Junio de 1994. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. AGUSTINA FILIPPINI, (Secretaria); Dr. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA (Juez).4 de abril de 2025.Elisabet Felipetti,Secretaria Subrogante.

$ 100 539508 May. 12 May. 14

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Por disposición del juzgado de circuito 3 de Rosario y en autos SANTILLE, MIGUEL ANGEL Y OTROS c/HEREDEROS DE DUCLER, DAVID s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-12641579-3 se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 11 de Marzo de 2025 Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no han comparecido a estar a Derecho herederos del demandado fallecido, decláraselos rebeldes. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Al sorteo de defensor de oficio, oportunamente, firme el presente. Dra. ANA BELÉN CURA; Dra. CECILIA A. CAMAÑO. Dra. Luz Mure, prosecretaria.

$ 50 539506 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, en autos: NAUJILOS SRL c/PEREYRA LUCRECIA SOLEDAD s/Ejecutivo; Expte. N° 21-02914628-1, se le hace saber a la Sra. Lucrecia Soledad Pereyra el decreto siguiente: ROSARIO, 27/05/2024. Por actualizada planilla. De manifiesto en la Oficina por el término de ley. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 8 CPCC., consignado en la misma el monto al que asciende la liquidación practica. Dra. DANIELA A. JAIME; Dr. NICOLÁS VILLANUEVA. La planilla asciende a $ 1189248.

$ 50 539513 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, se dispuso citar a los herederos de Rubén Dario Pereira, DNI 5.077.505, para que dentro del plazo de tres días hábiles comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Autos FOLCH, NILDA VIRGINIA c/PEREIRA, RUBEN DARIO Y OTROS s/Demanda Ordinaria; (CUIJ 21-02960705-9).7 de Junio de 2024.Dra. Daniela Jaime, secretaria.

$ 50 539507 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dr. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. TORREZ J MARCELO CANDIDO ANTONIO, DNI N° 36.007.293, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/TORREZ, MARCELO CANDIDO ANTONIO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-13877348-2): ROSARIO, 11/11/2024. Al escrito cargo N° 12866/2024 se provee: Agréguese el edicto acompañado. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto la misma en la oficina por el término de ley. Notifiquese por edicto con transcripción del monto. A la regulación de honorarios peticionada oportunamente, una vez firme la planilla de capital e intereses. Fdo. Dra. M. Florencia Di Rienzo (Secretaria). Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a la suma de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 272.661.57).

$ 50 539809 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. GARCIA, MARIA ROSALIA (DNI N° 30.708.618) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GARCIA, MARIA ROSALIA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13928444-2): N° 311 Rosario, 11/03/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de GARCIA, MARIA ROSALIA hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 296.951,42 (Doscientos noventa y seis mil novecientos cincuenta y un pesos con 42/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr./a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164 -I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 213.228,13 equivalentes a 2,31 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.85l), más I.V.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez- Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. - Rosario.

$ 50 539808 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. HERNANDEZ, DAMIAN DARIO (DNI N° 18.783.557) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/HERNANDEZ, DAMIAN DARIO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13928683-6): N° 312 Rosario, 11/03/2025. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de HERNANDEZ, DAMIAN DARIO hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 112.058,59 (Ciento doce mil cincuenta y ocho pesos con 59/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dría. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 92.306,55 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.85l), más I.V.A. si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. IV-En caso de existir documental original reservada en Secretaría podrá ser retirada por la parte que la hubiera presentado, en el plazo de sesenta días como depositaria judicial. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la destrucción a realizarse a partir de seis meses desde la presente. Insértese en el protocolo digital y notifíquese. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI - Secretaria- Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. - Rosario Dr. LUCIANO A. BALLARINI -Juez-Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. - Rosario.

$ 50 539806 May. 12 May. 14

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. GRAVETI MAURICIO JESUS (DNI N° 36.305.766) Lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GRAVET, MAURICIO JESUS s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13915312-7): N° 2329 Rosario, 21/11/2024 número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: I- Ordenar llevar adéLante La ejecución contra los bienes de GRAVET, MAURICIO JESUS hasta que La actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 40.631,07 (Cuarenta mil seiscientos treinta y un pesos con 07/100 cent.) en concepto de capital, con más Los intereses según la tasa fijada en La parte considerativa de La presente desde la mora hasta el efectivo pago y Las costas. II- Costas a La parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/La Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 86.135,99 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de La unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no Lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/ la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. Insértese en el protocolo digital y hágase saber. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -Secretaria- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario Dr. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- 1ª Inst. Ejec. Civil. Circuito 1ª Nom. De Rosario.

$ 50 539421 May. 12 May.14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. GUZMAN, NADIA BELEN (DNI N° 40.120.200) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GUZMAN, NADIA BELEN s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13930113-4): ROSARIO, 18 de Diciembre de 2023 Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. Cítese y emplácese a la parte demandada bajo apercibimiento de Rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DIAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Atento a que el domicilio denunciado en la demanda no coincide con el que figura en el titulo ejecutivo, el oficial notificador deberá constatar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo practicar la notificación. Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. Designase al/a la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA (Secretaria) Dra. MARIANA MARTINEZ (Jueza).

$ 50 539420 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. LOPEZ, SERGIO ALFREDO (DNI N° 30.468.486) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LOPEZ, SERGIO ALFREDO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13911314-1): ROSARIO, 18 de Octubre de 2024 Informando verbalmente en este acto el Actuario que La parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por La C.S.J.S.F., punto 13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTAcIONES%2OELECTR%C3%93NICAS/paut as%20PEE%20a %20traves%2üAutoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 50 539419 May. 12 May. 14

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DRA. MARIANA MARTINEZ, notifica al. Sr. LOPEZ, JUAN MANUEL (DNI N° 42.309.903) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LOPEZ, JUAN MANUEL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13921892-9): ROSARIO, 20 de Noviembre de 2024 Agréguese La cédula/edicto en copia acompañado. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%2OELECTR%C3%93NICAS/Paut as%20PEE%20a%20traves %20Autoconsulta%20-%20T0%20oct2021.pdf. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA (Secretaria); Dra. MARIANA MARTÍNEZ (Juez).

$ 50 539418 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. MARTINEZ, MIQUEAS ELIAS (DNI N° 40.312.546) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MARTINEZ, MIQUEAS ELIAS s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13919828-7): ROSARIO, 26 de Noviembre de 2024 Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACION ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%2OELECTR%C3%93NICAS/Paut as%20PEE%20a %20traves%2úAutoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf. Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria); Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 50 539414 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. OJEDA, MARCOS MARTIN (DNI N° 35.687.849) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/OJEDA, MARCOS MARTIN s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13921753-2): Nº 1413 Rosario, 23 de agosto de 2023 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de OJEDA, MARCOS MARTIN hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 104.998,88 (Ciento cuatro mil novecientos noventa y ocho pesos con 88/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT - 27213070164 - I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 43.527,05 equivalentes a 1,62 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradascajaforense.com. Insértese y notifíquese. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -(Secretaria- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario) Dra. MARIANA P. MARTINEZ -(Jueza- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario).

$ 100 539413 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. PAEZ, JUAN CARLOS (DNI N° 23.922.868) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/PAEZ, JUAN CARLOS s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13927282-7): ROSARIO, 12 de Julio de 2023 Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CITESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de DIEZ DIAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES - http:i/www.justiciasantafe.gov.ar. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA (Secretaria); Dra. MARIANA MARTíNEZ (Jueza).

$ 100 539411 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. SILVINA LOPEZ PEREYRA, notifica al Sr. OBREGON, RAQUEL NOEMI (DNI N° 34.820.674) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/OBREGON, RAQUEL NOEMI s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13927578-8): ROSARIO, 12 de Julio de 2023 Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CITESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http:/www.justiciasantafe.gov.ar. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA -(Secretaria- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario) Dra. MARIANA P. MARTINEZ -(Jueza- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito de 1ª Nom. Rosario). Otro: ROSARIO, 16 de Septiembre de 2024 Atento a lo informado por el Oficial Notificador (fs. 23/25) y a los fines de evitar futuras nulidades, revóquese por contrario imperio el decreto de fecha 06/10/2023 (fs. 15) dejándolo sin efecto. Téngase presente lo manifestado. Como se solicita. Notifíquese mediante la publicación de edictos por el tiempo y forma de ley. Notifíquese conjuntamente con el primer decreto de trámite. Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria); Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 100 539412 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. RIVERO, OLGA MARIA (DNI N° 25.367.933) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RIVERO, OLGA MARIA s/ejecutivo CUIJ N° 21-13927355-6): ROSARIO, 18 de Octubre de 2024 Informando verbalmente en este acta el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Designase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACION ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%2OELECTR%C3%93NICASiP autas%20PEE%20a %20traves%2oAutoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf. Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria); Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 100 539409 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. ROMERO, GABRIELA ANDREA (DNI N° 25.712.816) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ROMERO, GABRIELA ANDREA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13933946-8): ROSARIO, 24 de Febrero de 2025. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI, Secretaria; Dr. LUCIANO A. BALLARINI, Juez.

$ 50 539408 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. ARANDA, ZUNILDA LEONOR (DNI N° 31.725.653) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/ARANDA, ZUNILDA LEONOR s/EJECUTIVO; CUIJ N° 21-13929882-6): ROSARIO, 20 de Febrero de 2025. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. MARIA ELVIRA LONGHI, Secretaria; Dr. LUCIANO A. BALLARINI, Juez.

$ 50 539407 May. 12 May. 14

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. RIOS, ROBERTO ANDRES (DNI N° 27.134.032) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RIOS, ROBERTO ANDRES s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-13921733-8): N° 2299 Rosario, 20/11/2024 número y fecha conforme constancias digitales obrantes en el sistema informático. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de RIOS, ROBERTO ANDRES - D.N.I. / C.U.I.T./L: 27134032 hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por La suma de $ 171.997,49 (Ciento setenta y un mil novecientos noventa y siete pesos con 49/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164- I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 129.203,99 equivalentes a 1,5 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@caiaforense.com. Insértese en el protocolo digital y hágase saber. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA, Secretaria- 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario Dr. MARIANA P. MARTINEZ -Jueza- 1ª Inst. Ejec. Civil Circuito 1ª Nom. De Rosario.

$ 50 539406 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. ROLDAN, MATIAS EZEQUIEL (DNI N° 33.845.452) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROLDAN, MATIAS EZEQUIEL s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13924322-3): Nº 2381 Rosario, 22 de diciembre de 2023. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de ROLDAN, MATIAS EZEQUIEL hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 120.741,20 (Ciento veinte mil setecientos cuarenta y un pesos con 20/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164— en la suma de $ 59.023,67 equivalentes a 1,39 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley Nº 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere, y más el 13% de aportes a cargo del obligado al pago. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a

mesadeentradas@cajaforense.com. Insértese y notifíquese. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA, (Secretaria 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario) Dra. MARIANA P. MARTINEZ, (Jueza 1ª Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ª Nom. Rosario).

$ 100 539404 May. 12 May. 14

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. MARIANA MARTINEZ, notifica al Sr. RODRIGUEZ, ALEXIS NAHUEL (DNI N° 40.704.580) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RODRIGUEZ, ALEXIS NAHUEL s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13924549-8): ROSARIO, 26 de Noviembre de 2024 Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%2OELECTR°hC3%93NICAS/Paut as%20PEE%20a %20traves%2oAutoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf. Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA; (Secretaria); Dra. MARIANA MARTÍNEZ, (Juez).

$ 100 539403 May. 12 May. 14


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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SABELLA JOAQUIN Y/O SPOTO ALBE s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768183-4 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 486. Arroyo Seco, 16/05/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Tener presente lo manifestado, admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.225,27 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.225,27 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Hacer saber que la original de la documental será requerida por el tribunal para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SABELLA JOAQUIN y/o SPOTO ALBERTO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001004-00, LOTE 010A, MANZANA 024, RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 7 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.7 de abril de 2025.

S/C 539665 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GIMENEZ JUAN CARLOS s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768376-4 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 789. Arroyo Seco, 13/06/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes libres del deudor, por la suma de $ 15.465,00 en concepto de capital, con más la suma de pesos $ 7.732,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio real denunciado por el actor en la demanda; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Gimenez Juan Carlos DNI 22.295.301. Secretaria, 13 de Marzo de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.7 de abril de 2025.

S/C 539664 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUJAN NELIDA DE s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768192-3, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 392. Arroyo Seco, 16/03/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 47.987,91 en concepto de capital, con más la suma de $ 23.993,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. ARROYO SECO, 05 de Julio de 2024. Agréguese cédula sin diligenciar, plano de ubicación del inmueble y constancia que en copias digitalizadas acompaña. Por ampliada demanda contra Lujan, Eduardo Daniel. Intimese al pago y cítese de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Notifíquese por cédula el presente conjuntamente con el auto N° 392 de fecha 16/03/2023 al domicilio denunciado, debiendo adjuntar a la cédula el plano de ubicación adjunto. Acompañe edicto a la firma, con transcripción de ambos decretos. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a LUJAN EDUARDO DANIEL y/o NELIDA DE LUJAN y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004896-00, LOTE 002, MANZANA 003, RUTA 01. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 28 de Marzo de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539663 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DPV Y U Y/O JUAREZ s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768276-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 532. Arroyo Seco, 18/04/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.959,51 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.959,58 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. PABLO RODRIGUEZ, SECRETARIO EN SUPLENCIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a DPV y U y/o JUAREZ GERMAN ALBERTO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0008473-00, LOTE 044, MANZANA C, RUTA 44. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539666 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MAZZEI ROBERTO A. s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768586-4, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1251. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.535,43 en concepto de capital, con más la suma de $ 14.535,43 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MAZZEI ROBERTO A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003989-00, LOTE 011, MANZANA P, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 8 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.28 de marzo de 2025.

S/C 539667 May. 12 May.14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MAZZEI ROBERTO A. s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768585-6, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1252. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimira este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.285,45 en concepto de capital, con más la suma de $ 15.285,45 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MAZZEI ROBERTO A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003986-00, LOTE 012, MANZANA P, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.28 de marzo de 2025.

S/C 539668 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MAZZEI ROBERTO A. s/apremio municipal; CUIJ 21-22768587-2, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1254 Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.455,88 en concept o de capital, con más la suma de $ 15.455,88 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MAZZEI ROBERTO A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003998-00, LOTE 002, MANZANA P, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539669 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CIRRINCIONE CARLOS s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768521-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 680. Arroyo Seco, 28/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.475,44 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.042,63 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a CIRRINCIONE CARLOS y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006875-00, LOTE 016, MANZANA B, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.9 de abril de 2025.Dra. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 539670 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTIN MARIA H. DE s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768602-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 667. Arroyo Seco, 25/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.750,70 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.325,11 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MARTIN MARIA H. DE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006696-00, LOTE 006, MANZANA B, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539671 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTIN MARIA H. DE s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768603-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 681. Arroyo Seco, 28/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.750,70 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.325,21 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MARTIN MARIA H. DE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006697-00, LOTE 005, MANZANA B, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539672 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COMBA JOSE M. s/Apremio Municipal; CULI 21-22768522-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 670. Arroyo Seco, 25/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 20.114,61 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.034,38 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a COMBA JOSE M. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006873-00, LOTE 007, MANZANA A, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539673 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/HADDAD RICARDO LEOPOLDO Y MAGD s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22768582-1 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 685. Arroyo Seco, 28/06/2024. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.654,37 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.796,31 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dr. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a HADDAD RICARDO LEOPOLDO y/o MAGDALENA ARGENTINA GEAT DE HADDAD y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004598-00, LOTE 009, MANZANA E, RUTA 37. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539674 May. 12 May. 14

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/WAGRANS.A. s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22767506-0, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1843. Arroyo Seco, 2/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1, Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.384,87 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.384,87 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. WAGRAM S.A. y/o SUCESOR/Es y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005157-00, LOTE L/10, MANZANA 053 RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 9 de Abril de 2025. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 539675 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GENTILE, ADOLFO JOSE (DNI 6.033.447), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GENTILE, ADOLFO JOSE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 6; (CUIJ 21-02992305-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSCAR ALBERTO DI PASQUA (D.N.I. Nº 7.841.447) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DI PASQUA, OSCAR ALBERTO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02992297-4), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: JUAN ALBERTO SABOL (DNI 3.743.859), y ESTHER DAVALLE (DNI 5.546.367), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DAVALLE ESTHER Y OTROS S/ SUCESION” (CUIJ 21-01196993-0) de trámite por Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 5ta. Nom. Sec. única. de Rosario, Santa Fe.-

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Olga Alicia Bustamante D.N.I. 1.787.126 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BUSTAMANTE, OLGA ALICIA S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-02992221-4).

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Olga Alicia Bustamante D.N.I. 1.787.126 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BUSTAMANTE, OLGA ALICIA S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-02992221-4).

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominacion de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS SANTALLA VAZQUEZ, D.N.I. 93.756.268, por un dia, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “VAZQUEZ SANTALLA, CARLOS S/SUCESORIO”, CUIJ 21-02992474-8, de tramite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SEBASTIANA, NIEVES ANDRADA, L.C 1.038.900 y el causante ADOLFO LORIA, LE 2.193.611, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ANDRADA, SEBASTIANA NIEVES Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-02991372-9, tramitado ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario. Prosecretaría

$ 45 May. 12

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario del Tala, E. Rios, Dr. Octavio Valentin Vergara, Secretaria Unica a cargo de la Dra. María Luciana Capurro, de quien suscribe, en los autos caratulados: "GUGLIELMINO OLGA YOLANDA Y PEROTTI DIOGENES GILBERTO S/ SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº 11184.", cita y emplaza por el término de treinta (30) dias a herederos y acreedores de Olga Yolanda Guglielmino, M.I. N°1.737.235 fallecida en Santo Tomé, Pcia de Santa Fe, el 29 de AGOSTO de 2015. Publíquese por 1 día. Rosario del Tala, Entre Rios, 04 de febrero de 2025.-

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes IRENE PIERINA PEREZ (DNI 5.483.581) y NORBERTO AGUSTIN PORRINI (DNI 6.034.526) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PEREZ, IRENE PIERINA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 13” CUIJ 21-02990604-9. Fdo. DRA. VERÓNICA GOTLIEB JUEZA

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MORENO FABIAN ALEJANDRO D.N.I. 21.415.109 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MORENO, FABIAN ALEJANDRO S/ Declaratoria de Herederos” CUIJ 21-02992685-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OJEDA OSCAR ALFREDSO (D.N.I. 8.599.180), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “OJEDA, OSCAR ALFREDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 6” CUIJ 21-02990945-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BERTOTTO, RITA JOSEFINA (DNI: 4.578.258), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BERTOTTO, RITA JOSEFINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-02986783-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SARA SCHNEIR, DNI 5.510.282 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SCHNEIR, SARA S/ SUCESORIO”, CUIJ 21029614870.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante YOLANDA SILVIA PAIOLA, DNI. N° 0.745.522, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “PAIOLA, YOLANDA SILVIA S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02992714-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO GALARZA, DNI NRO. 13.012.962, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GALARZA, ANTONIO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02992501-9. Fdo. Prosecretaria

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Quinta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. RICARDO ALBERTO MOZAS (DNI 8.284.460), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MOZAS, RICARDO ALBERTO S/ SUCESORIO C Y C 15” (CUIJ Nº 21-02992851-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaría.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18º° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ASTEGIANO ADRIANA ANGELA MARIA (D.N.I. 5.269.997), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ASTEGIANO ADRIANA ANGELA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02992223-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Inés Huertas D.N.I. 18.010.499 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "HUERTAS, MARIA INES S/ SUCESORIO" (CUIJ N.º21-02992774-7 ) . Fdo. PROSECRETARIA

$ 45 Mar. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ZUMALACARREGUI, MARIA CONCEPCION, DNI 3.052.609 , por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días . Autos caratulados "ZUMALACARREGUI, MARÍA CONCEPCION s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ Nº 21-02991353-3). Fdo.: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AMELIA FRANCISCA AMADO, con DNI 3.205.195 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "AMADO, AMELIA FRANCISCA S/ SUCESORIO" CUIJ 21-02992354-7. Fdo. DRA. CINTIA M. ALONSO (PROSECRETARIA)

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante IRIS MARTA AIRLDI (D.N.I. 10.986.267) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "AIROLDI, IRIS MIRTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ N°21-02941763-3).- Fdo.: DRA. MARÍA BELÉN MORAN SECRETARIA.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANA MARIA SANTILLAN D.N.I. Nº 6.210.071 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados:" SANTILLAN, ANA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-02992899-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: JUAN ALBERTO SABOL (DNI 3.743.859), y ESTHER DAVALLE (DNI 5.546.367), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DAVALLE ESTHER Y OTROS S/ SUCESION” (CUIJ 21-01196993-0) de trámite por Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 5ta. Nom. Sec. única. de Rosario, Santa Fe.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TERRENO HECTOR DNI 4.707.001 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TERRENO, HECTOR S/ SUCESORIO "CUIJ 21-02992958-8.

$ 45 May. 12

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados REALI MARTA ETHEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26425505-5, Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Doña REALI MARTA ETHEL, para que comparezcan en este tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, (Jueza); Dr. Solsona Federico, (Secretaria).

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados AGUILERA CEFERINO MIGUEL s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26425481-4, Se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Don AGUILERA CEFERINO MIGUEL, para que comparezcan en este tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, (Jueza); Dr. Solsona Federico, (Secretaria).

$ 45 May. 12

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En los autos: STARNATORI LUIS ARMANDO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26425019-3, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat a cargo de la Dra. Laura M. Barco: Secretaria del Dr. Federico Solsona, se cita, llama y emplaza a los herederos de LUIS ARMANDO STARNATORI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley.

$ 45 May. 12

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En los autos caratulados JAIME PABLO GENARO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-26425357-5, en trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Jueza: Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a los legítimos herederos del Sr. JAIME PABLO GENARO, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, Jueza: Dr. Federico Solsona, Secretario. Firmat.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat (S.F.) a cargo de la Dra. Laura Barco, secretaria a cargo del Dr. Federico Solsona, (Secretario), en los autos caratulados: HÉCTOR RUBÉN BUDZ s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-26425118-1), se cita y emplaza a los herederos y legatarios de don BUDZ HÉCTOR RUBÉN, DNI Nº 12.422.374, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, de 2025. Dr. Federico Solsona, Secretario.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Distrito Judicial N° 16, Dra. Laura Barco, dentro de los autos caratulados: ROJAS, ADRIANA NOEMI s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-26425417-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la extinta ADRIANA NOEMI ROJAS (DNI N° 17.471.330) por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y en el Tablero del Juzgado. Firmat.

$ 45 May. 12

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En los autos: ASENCIO HUGO ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26425379-6, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Secretaría del Dr. Federico Solsona, se cita, llama y emplaza a los herederos de HUGO ALBERTO ASENCIO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Distrito Judicial N° 16, Dra. Laura Barco, dentro de los autos caratulados CACCIAGIONI ANITA SANTA y GIORGINI LUIS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ N° 21-26425351-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los extintos ANITA SANTA CACCIAGIONI (D.N.I. N° F3.802.338) y LUIS GIORGINI (D.N.I. N° M6.119.287), por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y en el Tablero del Juzgado. Firmat.

$ 45 May. 12

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En los autos: MARINO RUBEN ROQUE LUIS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-26425380-9, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Secretaría del Dr. Federico Solsona, se cita, llama y emplaza a los herederos de RUBEN ROQUE LUIS MARINO, para que comparezcan hacer valer sus derechos en el término de ley.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Señor Juez de Juzgado de Primera Instando de Distrito en lo Civil, Comercial y laboral de la localidad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco (Juez), Secretaría a cargo del Dr. Federico J. Solsona, en los autos caratulados: BUSTOS, NICOLÁS DEMETRIO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-26425376-1), se cita y emplazo por el término de ley, a herederos, acreedores y legatarios de Don BUSTOS NICOLAS DEMETRIO, DNI Nº 6.381.563, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretario. Firmat, Abril de 2025.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 16, de la ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Jueza; secretaria a cargo del Dr. Federico Solsona, se cita y llama y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el causante: OSCAR ALBERTO MOLINERIS, D.N.I. 10.246.975, quien falleció en la ciudad de Firmar, provincia de Santa Fe, el día 25 de enero de 2025, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales y que se publica a sus efectos en el estrado del tribunal en los autos caratulados: MOLINERIS, OSCAR ALBERTO s/SUCESIÓN TESTAMENTARIA; CUIJ N° 21-26425328-1, lo que se publica a sus efectos legales.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados: BUSTAMANTE OSCAR ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; 21-26425479-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Don BUSTAMANTE OSCAR ALBERTO, para que comparezcan en este tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Fdo. Dra. Laura M. Barco, (Jueza); Dr. Solsona Federico, (Secretario).

$ 45 May. 12

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CASILDA

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO ESTEBAN CUCCIOLETTA, DNI N° 6.181.316 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día.- (Autos: “CUCCIOLETTA ALBERTO ESTEBAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25865753-2 (Expte. N° 186/2025). Fdo.: Dr. Pablo Vinciguerra (Prosecretario subrogante).

$ 45 May. 12

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Por disposición del Sr. Juez de 1º Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación de Casilda , se hace saber que en los autos caratulados: “BERTONAZZI RICARDO ANTONIO S. DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. N° 21-25861581-3, se ha ordenado la publicación del presente por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a lo s bienes dejados por el causante BERTONAZZI RICARDO ANTONIO ,(art. 2340 C.C.C.) a hacer valer sus derechos. Casilda, ………………….. de ………...- Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.-

$ 45 May. 12

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: “CUATROARBOLES S.A. c/RAMIREZ MONCADA DE SANTILLAN, TOMASA, SUS HEREDEROS Y/O TERCEROS Y OTROS s/ Prescripción Adquisitiva” - CUIJ 21-26029203-7, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da Nominación del Distrito Judicial N° 6, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya Secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, se hace saber que por decreto de fecha 19 de marzo de 2025 se ha ordenado lo siguiente:”. Téngase a la actora CUATROARBOLES S.A. sucesor particular de CHAGUAR S.A. AGROPECUARIA, por presentada con patrocinio letrado, con domicilio constituido, y por deducida demanda de prescripción adquisitiva respecto del inmueble que se describe, inscripto en mayor área al T° 28 Fº 271 N° 22.398 del Departamento Iriondo, cuya posesión se afirma ejercida en forma pública, pacífica e ininterrumpida desde el 10 de mayo de 1996. Admítasela demanda promovida. Cítese y emplácese por el término de cinco (5) días desde la última, publicación, a RAMIREZ MONCADA DE SANTILLAN TOMASA, a sus heredero y/o legatarios, a los actuales titulares registrales del dominio, eventuales herederos, cesionarios y/o terceros que se consideren con derecho, a que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de proseguir el trámite conforme su estado procesal. Publíquese por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL (arts. 67, 73, 597 y ccdtes. del C.P.C.C,). Los edictos deberán contenerlos datos de dominio y la descripción del bien objeto de esta acción......

Datos de dominio y descripción del inmueble: El inmueble objeto de la acción es un lote de campo, ubicado en zona rural de la localidad de Bustinza, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, identificado como LOTE SC, conforme al plano de mensura confeccionado a los fines de la presente acción, a cargo del Agrimensor Eugenio M. Previgliano, inscripto en la Dirección General de Catastro bajo el N° 253791, aprobado e inscripto el día 17 de agosto de 2022. El dominio del inmueble figura inscripto en mayor área al T° 28 F° 271 N° 22.398 del 08/11/1919, a nombre de Tomasa Ramírez Moncada de Santillán. El Lote 8C fue delimitado específicamente por el plano citado con motivo de la presente acción posesoria. Nomenclatura catastral: Departamento 14 - Distrito 09 - Polígono PB - Manzana 000 - Parcela 87 - Subparcela O - Zona 4.Partida inmobiliaria: 14-09-00-19319/0001. Descripción: Mide al Norte y Sur: 110,80 metros; Este: 170,35 metros; - Oeste: 170,89 metros. Linda en todos sus lados con el LOTE SA del plano 137959/1996, propiedad de CHAGUAR S.A. El LOTE 8C constituye un lote interno, sin acceso directo a la vía pública, delimitado por mojones, carenciendo de límites materiales visibles. Superficie total: Una hectárea/ ochenta y nueve áreas, cuatro centiáreas, setenta decímetros cuadrados (1 ha 89 a 04 ca 70 dm2). DR. MARIANO JESUS NAVARRO, Secretaria. DRA. MARIA LAURA AGUAYA Jueza.

$ 150 539701 May. 12 May. 19

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL Nº 12 de la ciudad de SAN LORENZO, DR. SEBASTIAN JOSE RUPIL, notifica al Sr. RAMOS, ERIKA MARINA, DNI N 40.703.848, lo declarado en autos: San Lorenzo, 28 de Diciembre de 2021. Por notificada. Agréguense BUIJ y sellados en original. Resérvese en Secretaría la documental que acompaña. En consecuencia: Désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, a la que se le imprimirá el trámite del juicio ejecutivo (arts 452 ss. y cc. CPCC Santa Fe). 2) Procédase a citar y emplazar a comparecer a estar a derecho a la parte demandada, por el termine y bajo los apercibimientos de ley. 3) Dispongo que no se autorizará en ningún caso la notificación postal del art. 66 CPCC Santa Fe en los presentes caratulados, por lo que ordeno que todas las notificaciones por cédula deberán realizarse a través del Sr. Oficial Notificador del Juzgado, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda. Respecto de la notificación por cédula, se instruye expresamente al oficia notificador que sólo se encontrará facultado de proceder a fijar la cédula (art. 63 CPCC Santa Fe) para el caso de que recabe la debida información de vecinos u otras personas que el sujeto procesal respecto al cual se dirige la notificación se encuentra allí efectivamente domiciliado. Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento a lo dispuesto por el art. 25 inciso 1 y 2 de CCPC Santa Fe, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Notifíquese por cédula. DRA JIMENA MUÑOZ Secretaria, Subrogante DR SEBASTIÁN JOSÉ RUPIL Juez en Suplencia.

OTRO: SAN LORENZO, 30 de Mayo de 2024 Proveyendo escrito cargo n° 6366 de fecha 30/05/2024, en función de lo informado por la Sra. Romina Whitty Fernández Oficial Notificadora (fs. 26 y 33 de autos) a más de la verificación / cotejo personalmente de la imposibilidad de dar con el localización precisa del inmueble sito en calle San Juan y Vergara S/N de la ciudad de San Lorenzo el cual fuere informado por el RENAPER sirviendo la suscripción del presente de constancia actuarial al efecto respecto del informe por la Oficial Notificadora, es que ordeno: cítese y emplácese a la parte demandada Sra. Erika Marina Ramos DNI 40.703.848 por edictos para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco (5) días desde la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarada en rebeldía. Procédase a la publicación de los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. FIRMADO: DRA. JIMENA MUÑOZ Secretaría subrogante DR. SEBASTIAN JOSÉ RUPIL Juez en suplencia.

$ 50 539810 May. 12 May. 14

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ELECTRONICA MEGATONE S.R.L. c/GODOY, RAMON ISAAC s/Ejecutivo CUIJ N° 21-25444844-0. El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL N° V NOMINACIÓN de la ciudad de SAN LORENZO, DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO, notifica al Sr. GODOY, RAMON ISAAC, DNI N° 43.752.885, lo declarado en autos: SAN LORENZO, 11 de Febrero de 2025 Agréguese el edicto acompañado. Atento lo informado por la Actuaría conforme el sistema SISEE, se decreta: “No habiendo comparecido a estar a derecho el demandado y haciéndose efectivos los apercibimientos decretados, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin otorgarle representación. Notifíquese por Edictos que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación, conforme lo ordenado art. 73 del CPCC. FIRMADO: DRA. LUZ M. GAMST (Secretaria) DR. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez).

$ 50 539811 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de San Lorenzo se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante EDUARDO OMAR COMPARATO (DNI N° 11.873.000) para que comparezcan a estar a derecho por el término de un (1) día y para que lo acrediten dentro de los 30 días corridos. Autos. “COMPARATO, EDUARDO OMAR s/sucesorio” EXPEDIENTE CUIJ 21-25446711-9. Fdo. Dra. Luz M. Gamst. Secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del/la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación. de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CELIDE INES MARIA ULIASSI (D.N.I. 1.131.996), por un día, para que la acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ULIASSI CELIDE INES MARIA s/Sucesiones-Inscrip tardías-Sumarias-Volunt (CUIJ 21-25446881-6). Fdo. Luz Maria Gamst; Secretaría.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FORGIONE JOSE D.N.I. 10.187.900 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FORGIONE JOSE S/ SUCESION” (CUIJ N° 21-25445860-8). Fdo. Dr. Andrés M. Colombo, Prosecretario. Rosario, de 2025.

$ 45 May. 12

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Sres.: MARIA SAMPIETRO y BALDI, domicilio: Av. Nuestra Señora del Rosario N° 1254 Rosario; HECTOR PEDRO SAMPIETRO, Documento Nacional de Identidad N° 6.129.848, domicilio: Pampa N° 642 Rueda, Provincia de Santa Fe; HILDA DE SAMPIETRO, Libreta Cívica N°. 0.744.175, domicilio: Urquiza N° 769 Rueda, y/o SUS HEREDEROS y/o SUCESORES UNIVERSALES y/o SINGULARES POR CUALQUIER CAUSA y/o TÍTULO y/o QUIÉN/ES RESULTE/N y/o HUBIEREN SIDO y/o SEAN y/o SE CONSIDEREN PROPIETARIOS y/o TITULARES DE DOMINIO y/o DE CUALQUIER OTRO DERECHO RESPECTO DEL INMUEBLE QUE SE PRETENDE USUCAPIR UBICADO EN CALLE GENERAL MOSCONI 849 DE LA CIUDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN, PROVINCIA DE SANTA FE, IDENTIFICADO COMO LOTE 4 DE LA MANZANA “F” DEL PLANO DE MENSURA 76061, AÑO 1973 (DOMINIO: DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN, TOMO 43, FOLIO 182, N° 34978 (REGISTRO GENERAL ROSARIO). PARTIDA INMOBILIARIA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE N° 19-18-00-418820/0054-5. Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 14 de la ciudad de Villa Constitución, a cargo del Dr. Diógenes D. Drovetta, Secretaria de la Dra. Analía N. Vicente, en autos caratulados: “CAMISASSA MARIA JIMENA c/ SAMPIETRO y BALDI MARÍA Y OTROS s/ Juicios Sumarios, (C.U.I.J. 21 23488751-0), se ha dictado el siguiente decreto: “Villa Constitución, 9 de abril de 2025. Por presentado, con domicilio procesal y electronico constituido, por parte, a mérito del poder especial acompañado. Por iniciada acción de Usucapión. Imprimase a los presentes el trámite del Juicio Sumario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de diez (10) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Además publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en los ESTRADOS del TRIBUNAL a los fines que la sentencia tenga efectos “erga omnes”. Líbrese oficio al Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe y al Señor Intendente de Villa Constitución para que manifiesten si existen interés fiscal comprometido en el inmueble que pretende usucapir y en caso afirmativo tomen intervención en los presentes. Hágase saber a las partes que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco de la Oralidad en los Procesos Civiles, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema corte de la Provincia de Santa Fe. Por lo tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al Art. 4 de la Ley 6767. Por ofrecida prueba. Agréguese en autos la documental digitalizada que se adjunta. Hágase saber al actor que deberá acompañar sus originales en sobre para reservar en Secretaria en su próxima presentación, debiendo retirase firme que se encuentre la Sentencia. Al pedido de anotación litigiosa del inmueble, conforme lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1905 del Código Civil y Comercial, oportunamente. Al punto 8), ofíciese como se solicita. Al punto 9), como se solicita. Al punto 10), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, debiendo encontrarse el expediente en el casillero al momento de notificar la demanda y publicar los edictos. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 CPCCSF. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web www.justiciasantafe.gov.ar./index.php/poderjudicial/inicio /sistema -deautoconsulta-de expedientes-del poderjudicial-de santa-Fe. Dra. Analia N. Vicente (Secretaria).(Clave: 1837).(Fdo: DR. Diógenes Drovetta (Juez).Dra. Analia Vicente(secretaria).VILLA CONSTITUCION, 15 de abril de 2025.

$ 800 539551 May. 12 May. 14

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 14 de la ciudad de Villa Constitución. Por disposición del autorizante, Secretaría del Dr. DARIO MALGERI, dentro de los autos caratulados: “SAN JUAN ROCIO PAOLA c/ DIEZ ROMINA MARIA GRACIELA s/ Cobro De Pesos”; CUIJ N° 21-23488375-2; Se han dictado los siguientes decretos: Villa Constitución, 13 de Noviembre de 2024. Por presentados, con domicilio ad litem y electrónico constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder especial que acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímasele a los presentes el trámite del Juicio Sumario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de diez (10) días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Hágase saber a las partes que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco de la Oralidad en los Procesos Civiles, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema corte de la Provincia de Santa Fe. Por lo tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al Art. 4 de la Ley 6767. Agréguese en autos la documental impresa acompañada. Hágase saber al actor que deberá acompañar sus originales al momento de solicitar el traslado de la demanda, a los fines de su certificación Actuarial. Por ofrecida prueba. Al punto 40), en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 CPCCSF. Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.Busticiasantafe.gov.ar/index.php/poder Judicial/inicio/sistema-deautoconsultaa- de-expedientes-del-poder judicial-de-santa-fe. (Clave: 1837) (Fdo: Dr. Dioegenes Drovetta (Juez) Dra. Analía Vicente (secretaria).-; VILLA CONSTITUCION, 27 de Enero de 2025 Atento a lo informado por las notificadoras en las cédulas dirigidas a los codemandados Romina Maria Graciela Diez y Angel Sebastián Ferreyra, líbrese oficio al Re.Na.Per., a los fines de que informe los domicilios actuales de los mismos. (Fdo: Dr. Diógenes Drovetta (Juez) Dra. Analía Vicente (secretaria);: VILLA CONSTITUCION, 19 de Marzo de 2025 Como se solicita. (Fdo: Dra. Analía Vicente (Secretaria)).- VILLA CONSTITUCION, 27 de Marzo de 2025 Agréguese. Por contestado oficio. Téngase presente. Hágase saber a las partes a sus efectos. (Fdo: Dra. Analía Vicente (Secretaria)).- VILLA CONSTITUCIONI 10 de Abril de 2025 Ante la insuficiencia de datos, el desconocimiento del domicilio actual del codemandado Angel Sebastián Ferreyra y las constancias de autos, notifíquense los proveídos de autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C.. Por denunciado nuevo domicilio de la codemandada Romina Maria Graciela Diez, donde se realizarán las futuras notificaciones. Téngase presente. (Fdo: Dr. Diógenes Drovetta (Juez) Dra. Analía Vicente (Secretaria). Secretaría, 21 de Abril de 2025.

$ 600 539726 May. 12 May. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ GEREZ MARCIAL Y OTOS 5/ APREMIOS” EXPTE. CUIJ N° 21-23486856-7, se cita al Sr. GEREZ MARCIAL, DNI 4.559.523, y/o ROJAS ADA ANGELICA, DNI 10.704.255, DNI 18.094.332, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 59436, calle V. Cernjak Nro. 627, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud; de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 8 de Abril de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539346 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de .los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ IBARRA CARLOS Y OTROS S/ APREMIOS” EXPTE. CUIJ N° 21-23487213-0, se cita al Sr. IBARRA CARLOS ALBERTO, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 153445, calle SARMIENTO Nro. 1260 DPTO. 2 PISO 1-, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 8 de Abril de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539347 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ORMAECHEA MIGUEL Y OTROS S/APREMIOS” Expte. CUIJ N° 21-23488120-2, se cita al Sr. ORMAECHEA MIGUEL, DNI 40.159.485, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 87122, calle J. GAUNA Nro. 1450, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 26 de Marzo de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539348 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ ROSSI CECILIA Y OTROS S/APREMIOS” Expte. CUIJ N° 21-23488121-0, se cita a la Sra. ROSSI CECILIA, DNI 23.439.097, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 134544, calle JULIO CORTAZAR Nro. 2754, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 26 de Marzo de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539349 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ VILLANUEVA PEDRO Y OTROS S/ APREMIOS” Expte. CUIJ N° 21-23488123-7, se cita al Sr. VILLANUEVA PEDRO, DNI 5.879.798, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 132175, calle SAN LORENZO Nro. 2196, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 26 de Marzo de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539350 May. 12 May. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diógenes Drovetta, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION C/ SANCHEZ PATRICIA Y OTROS S/ APREMIOS” EXPTE. CUIJ N° 21-23487292-0, se cita a la Sra. SANCHEZ PATRICIA ALEJANDRA, DNI 16.585.105, y/o CORTES JORGE OSCAR, DNI 13.037.510, y/o GONZALEZ NOELIA, DNI 33.396.344, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 101345, calle ALMAFUERTE Nro. 2082, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 26 de Marzo de 2025. Dra. Analía N. Vicente, Secretaria.

S/C 539351 May. 12 May. 14

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VILLA CONSTITUCIÓN

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados "DIAZ, GREGORIO Y OTROS S/ SUCESORIO", CUIJ N° 21-25660314-1, se cita a los herederos, acreedores y /o legatarios de DIAZ GREGORIO Y MARIANI CARMEN, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C. Civ. y Com).- SECRETARIA, Villa Constitución, de Mayo de 2.025.-

$ 45 Mar. 12

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia, Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 14, SEGUNDA Nominación de Villa Constitución, se llama a todos los acreedores, herederos o legatarios de JOSE PLASENCIA, para que comparezcan a este Tribunal por el término de treinta días a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, ...... de 2025.- Autos: JOSE PLASENCIA S/ SUCESORIO 21-25660226-9. Dr. DARIO MALGIERI (secretario).

$45 May. 12

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RUFINO

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En los autos caratulados "CALATRABA DELIA SALVADORA S/ SUCESORIO" CUIJ N° 21-26367926-9 en trámite por ante el Juzgado de lera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Rufino, a cargo del Dr. Luis Cignoli, Juez, y del Dr. Jorge Espinoza, Secretario; se cita, llama y emplaza a los legítimos herederos de la Sra. Delia Salvadora Calatraba, a fin de que COMPAREZCAN a hacer valer sus derechos en el término de ley.- Dr. Luis Cignoli, Juez; Dr. Jorge Espinoza, Secretario.- Rufino, .-

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría del autorizante, cita y emplaza a herederos, sucesores y legatarios de Don MARIO HILMAR ZABALLA para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Autos "ZABALLA MARIO HILMAR S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26368452-1. Secretaría. Rufino, de mayo de 2025.-

$ 45 May. 12

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de Sr.: Juez de Primera Instancia de Distrito en lo civil comercial de Venado Tuerto de 2da Nominación a cargo del Dr. GABRIEL cARLINI= (Juez), Dr. A. WALTER BOURNOT, (Secretario) en los autos caratulados: SANTUCHO JOSÉ LUIS C/SARACENI MARIA TERESA Y/U OTRO S/ JUICIO ORDINARIO ESCRITURACIÓN”, (Expte. CUIJ: 21-24478949-5), se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía a los herederos de Doña: SARACENI MARIA TERESA, (fallecida) para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dr.: A. WALTER BOURNOT (Secretario). Venado Tuerto, 1 de Abril de 2025.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo MARIA CELESTE ROSSO (Juez), Secretaria del Dra. MARIA LAURA OLMEDO se cita, y se emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don OTEVIANO DE LION PELIZZA, DNI N°: 6.112.110, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de Ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus Autos: “PELIZZA; OTEVIANO DE LION S/SUCESJON TESTAMENTARIA” CUIJ Nº: 21-24622570-9. Venado Tuerto, 5 de Mayo de 2025. Santa Fe. Fdo. Dra. María C. Rosso — Juez - Dra. María Laura Olmedo — Secretaria.

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo Dra. Rosso (Jueza), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña PATRICIA MIRIAM BLAY, DNI 20.147.869, para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Venado Tuerto, 6 de Mayo de 2025. Dra. Olmedo, Secretaria.

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, se llama a herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. SUSANA EDA MORICHETTI, D.N.I. F3.763.902, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos “MORICHETTI, SUSANA EDA S/SUCESION TESTAMENTARIA” (C.U.I.J. N°21-24623485-7). Venado Tuerto, 7 de Mayo de 2025. Dra. Olmedo, Secretaria.

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La Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de Venado Tuerto de la 1ra. Nominación Dra. María Celeste Rosso, hace un llamado a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña SANDRA VIVIANA NAVARRO, D.N.I. N° 18.292.755, por tres días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: “NAVARRO SANDRAS VIVIANA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-24623428-8. Venado Tuerto, 7 de Mayo de 2025. Dra. Olmedo María Laura, Secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo de la Dra. Ma. Celeste Rosso (Juez), Secretaria a cargo del autorizante, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don CENDON DANIEL OMAR, D.N.I. 14.199.672, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley. Autos: “CENDON DANIEL OMAR s/DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ Nº 21-24623672-8 - ABRIL 2025 - Venado Tuerto, Santa Fe.- Fdo.: Dra. Ma. Celeste Rosso (Juez); Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria. Venado Tuerto, 7 de Mayo de 2025.

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POR DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE LA PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA SEGUNDA NOMINACIÓN DE VENADO TUERTO, A CARGO DEL DR. GABRIEL ALBERTO CARLINI, SECRETARÍA DEL DR. ALEJANDRO WALTER BOURNOT, SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA POR EL TÉRMINO DE LEY, A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DEL SEÑOR JORGE MARIO CHACON, D.N.I. Nº 5.410.584 PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS, BAJO APERCIBIMIENTOS DE LEY.- AUTOS: "CHACON, JORGE MARIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" 21-24623173-4.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don EUGENIO ARCE L.E Nº 7.886.640 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "ARCE, EUGENIO S/SUCESORIO" (CUIJ 21-24623452-0).- Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría a cargo del autorizante, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don RODRIGUEZ JUAN ANTONIO D.N.I.M. N.º 6.134.231, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "RODRIGUEZ MATIAS MARIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)" CUIJ N° 21-24623673-6 MAYO 2025.- Venado Tuerto, Santa Fe.- FDO: Dr. Gabriel A. Carlini (JUEZ); Dr. Bournot Alejandro Walter (SECRETARIO).-

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don LOPEZ ARNALDO JUAN JOSE, DNI Nº 14382235, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: "LOPEZ ARNALDO JUAN JOSE S/ SUCESORIO (DIGITAL) CUIJ Nº 21-24623531-4" Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez; Dr. A. Walter Bournot, Secretario, dentro de los autos caratulados: "MAINO, ANTONIO MODESTO Y OTROS Y OTROS S/ SUCESIONESINSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. (DIGITAL)"- (CUIJ 21-24623674-4), se cita, llama y emplaza a todos los que consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante, don Antonio Modesto MAINO, D.N.I. Nº 6.095.623 y Teresa HUGUET, L.C. Nº 5.854.389, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término de ley a los efectos legales.- Fdo.: Dr. Gabriel A. Carlini, Juez; Dr. A. Walter Bournot, Secretario.- Venado Tuerto, de Mayo de 2025.-

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez — Dra. María Laura Olmedo, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Élsa Tombolini - DM 1.11 I 369, para que dentro del término de ley comparezcan ante esto Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dra, María Celeste Rosso, Juez — Dra. María Laura Olmedo, Secretaria.- (autos: TOMBOLINI, ELSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS — Digital (CUT.1 21- 24623065-7) (DIGITAL) Venado Tuerto, de de 2025.-

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