picture_as_pdf 2025-04-23


GLI AMICI S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por resolución del señor director del Registro Público de la ciudad de Rosario, pcia. de Santa Fe, en autos: GLI AMICI S.R.L. S/CESION DE CUOTAS / INGRESO DE SOCIO / TR: $ CUIJ 21-705543004-4 Nro. Expediente: 565/2025, se ha dispuesto publicar por un día en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, el siguiente edicto:

Por CONTRATO DE CESIÓN de fecha 12/02/2025 la sociedad comercial: “GLI AMICI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, inscripta su constitución en contratos al tomo 172, folio 1578, número 306 de contratos del Registro Público de Rosario; a través de sus socios MATEO PACIARONI, Documento Nacional de Identidad N° 40.358.736, CUIT N° 20-40358736-3; MACARENA PACIARONI, Documento Nacional de Identidad N° 38.087.561, CUIT N° 27-38087561-1; ALEJO PACIARONI, Documento Nacional de Identidad N° 42.328.057, CUIT N° 20-42328057-4; LEONEL MARIANO VJSACF{I, Documento Nacional de Identidad N° 33.465.306, CUIT N° 20-33465306-5 y RICARDO ALBERTO VISACHI, Documento Nacional de Identidad N° 13.409.941, CUIT N° 20-13409941-1 resuelven incorporar por cesión gratuita al socio TIZIANO PACIARONI, Documento Nacional de Identidad N° 47.039.931, CUIT N° 20-47039931-8 conforme a lo que sigue: PRIMERA: LOS CEDENTES MATEO PAGARONI y MACARENA PACIARONI, ceden y transfieren a título gratuito al CESIONARIO doscientos diez (210) cada uno de las cuotas de capital que detentan en LA SOCIEDAD GLI AMICI S.R.L. CUIT N° 30-71713326-5 cuya constitución fuera inscrita al tomo 172, folio 1578, número 306 de contratos del Registro Público de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, representativas del veinticinco coma quince por ciento (25,15 %) de las cuotas de capital que cada uno posee en la sociedad mencionada, de valor nominal de pesos cien ($ 100) cada una, Asimismo, EL CEDENTE ALEJO PACIARONI cede y transfiere a título gratuito al CESIONARIO doscientos cinco (205) de las cuotas de capital que detenta en LA SOCIEDAD GLI AMICI SRL CUIT N° 30-71713326-5, representativas de veinticuatro coma setenta por ciento (24,70%) de las cuotas de capital que posee en la sociedad mencionada, de valor nominal de pesos cien ($ 100) cada una. QUINTA: La cláusula quinta del contrato social de GLI AMICI S.R.L. cuya constitución fue inscrita al tomo 172, folio 1578, número 306 de contratos del Registro Público de Rosario, provincia de Santa Fe, quedará redactada en los siguientes términos: QUINTA: Capital. El capital social se fija en la suma de PESOS quinientos mil ($ 500.000) divididos en cinco mil (5.000) cuotas de PESOS cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: LEONEL MARIANO VISACHI, suscribe mil doscientas cincuenta (1250) cuotas de capital o sea la suma de PESOS ciento veinticinco mil ($ 125.000). RICARDO ALBERTO VISACHI, suscribe mil doscientas cincuenta (1250) cuotas de capital o sea la suma de PESOS ciento veinticinco mil ($ 125.000) MATEO PAGIARONI suscribe seiscientos veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de PESOS sesenta y das mil quinientos. MACARENA PAGIARONI, suscribe seiscientos veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de PESOS sesenta y dos mil quinientos. ALEJO PACIARONI, suscribe seiscientos veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de PESOS sesenta y das mil quinientos. TIZIANO PACIARONI, suscribe seiscientos veinticinco (625) cuotas de capital o sea la suma de PESOS sesenta y dos mil quinientos. El Capital Social se encuentra completamente integrado.

$ 300 537172 Abr. 23

_________________________________________


INFINITELOOP S.A.


ESTATUTO


Fecha del contrato social: 23 días del mes de diciembre de 2024.-

Socios: FARIAS VALENTINA, DNI 41.407.555, CUIT 27-41407555-5, nacida el día 01/09/1998, de profesión estudiante, nacionalidad argentina, Estado Civil soltera, domiciliado en calle Arenales N° 204, de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; CURIK FACUNDO, DNI 41.791.382, CUIT2O-417913824, nacido el día 09/04/1999, de profesión abogado matrícula profesional L° LVI F°115, nacionalidad argentino, Estado Civil soltero, domiciliado en calle Hipólito

Yrigoyen N°4051 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe;

Denominación: INFINITELOOP S.A.

Domicilio: Bv. Oroño N° 547, piso 11, departamento A, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Duración: Su duración se fija en 99 (noventa y nueve) años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.-

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades:

a) CONSULTORIA: Prestación de todos los servicios de consultoría relacionados con asesoramiento impositivo, jurídico y sobre información gerencia¡, consultoría técnica, económica y comercio exterior, consultoría y asesoramiento financiero, consultorías en negocios de familia, asesoramiento en comercialización y comunicaciones, consultoría en administración y Organización o cualquier combinación de los servicios mencionados y otros que sean legalmente permisibles y profesionalmente aceptados en virtud de la legislación en la materia y de las reglamentaciones profesionales vigentes para el cumplimiento del objeto los socios y/u otros profesionales a quienes los socios autoricen realizarán la prestación del servicio cuando requiera estar habilitados por sus títulos profesionales.

b) INVERSORA: tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra venta o permuta, al contado o a plazos, de acciones, obligaciones negociables, debentures u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse en el país o en el extranjero y cualquier otro valor mobiliario de inversión , inversión en bienes inmuebles, cuotas partes, derecho, crédito de acciones, inclusive intangibles, como los de propiedad intelectual o industrial; transferencia de fondos, créditos y derechos propios de la sociedad en administración fiduciaria, pudiendo actuar como fiduciante, fiduciario o beneficiario de los mismos

c) MANDATARIA: mediante la administración de activos de terceros, inclusive como fiduciario ordinario en los términos del art. 1 y concordante de la ley 24.441 y la ley 26.994, gestión de negocios y comisión de mandatos en general y por consignación, la gestión de cobranza de terceros, sea esta de carácter regular, judicial o extrajudicial, su administración y control sea que ello se verifique directamente por la sociedad o mediante la subcontratación de personas o empresas especializadas.

d) FINANCIERA: Mediante toda tipo de operaciones financieras, así como toda clase de créditos con o sin garantías, constituir, reconstituir, dar o tomar hipoteca, prendas, fianzas, u otras garantías reales, a corto o largo plazo, inversión o aporte de capitales a personas, empresas públicas o privadas, fideicomisos, o sociedades existentes o a constituirse, nacionales o extranjeras, o a simples particulares, para toda clase y tipo de operaciones, realizadas o a realizarse, sea con particulares, Bancos oficiales, privados o mixtos y la compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, con capitales propios, excluyéndose las operaciones previstas en la ley de Entidades Financieras.

Capital: El Capital Social es de $30.000.000 representados por 300.000 acciones de $100 de valor nominal cada una y de un voto por acción. Valentina Farias suscribe 30.000 acciones, por un total de $ 3.000.000; y Facundo Curik suscribe 270.000 acciones, por un total de $ 27.000.000. Integran el 25% del dinero en efectivo.

Administración, dirección y representación: Estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de seis, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas. Cierre de Ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de noviembre de cada año.

Directorio:

-Presidente: VALENTINA FARIAS, argentina, CUIT 27-41407555-5, DNI 41.407.555.-

-Director Suplente: FACUNDO CURIK, argentino, CUIT 20-41791382-4, DNI 41.791.382.-

$ 200 537273 Abr. 23

_________________________________________


JHR SERVICIOS S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Se hace saber que en la ciudad de Rosario, en fecha 10 de marzo de 2025 entre los Sres. JUAN ALBERTO PORCIEL, argentino, de profesión administrativo, nacido el 14 de diciembre de 1993, DNI 37.714.890, CUIT 20-37714890-9, soltero, domiciliado en Pje. San Francisco de Asís N° 1743, de Villa Gdor. Gálvez, Provincia de Santa Fe, correo electrónico administracion©bypass-srl.com.ar, por una parte, como VENDEDOR CEDENTE y HUGO OSCAR PORCIEL, argentino, de profesión administrativo, nacido el 21 de setiembre de 1982, D.N.I. N° 29.777.243, CUIT 20-29777243-1, soltero, con domicilio en calle Pascual Rosas N° 1228 de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico porcielhugo@hotmail.com, por la otra parte como COMPRADOR CESIONARIO, han convenido formalizar la siguiente venta, cesión y transferencia, bajo las condiciones de las cláusulas siguientes: Primera: El vendedor, cedente, declara ser socio de la sociedad JHR SERVICIOS S.R.L., CUIT 30-71799313-2, inscripta en el Registro Público de Rosario, con domicilio en calle Gutenberg N° 1158 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con una participación en el capital social del cincuenta por ciento (50%), a través de la titularidad de veinticinco mil (25.000) cuotas de capital social de valor nominal pesos diez ($ 10) cada una, que representan un valor nominal total de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000). Segunda: El vendedor cedente, vende, cede y transfiere al comprador cesionario, con carácter definitivo e irrevocable, las veinticinco mil (25.000) cuotas de capital social, que tiene y figuran a su nombre en la firma JHR SERVICIOS S.R.L., descriptas en la cláusula precedente al Sr. Hugo Oscar Porciel. Tercera: Comprende la presente venta, cesión y transferencia además de las cuotas de capital señaladas, todas las consecuencias emergentes de las mismas, todo con efecto desde la suscripción de este contrato. - Cuarta: Se conviene como precio total de venta, cesión y transferencia del ciento por ciento (100%) de las cuotas objeto de este contrato, la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000), que serán abonados por el comprador cedente en este acto en efectivo, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago. -Quinta: El vendedor cedente deja expresamente aclarado que las cuotas de capital que enajena en este acto no reconocen embargo alguno y ningún otro tipo de gravamen, no encantándose inhibido para disponer de sus bienes. Sexta: En virtud de la presente cesión el vendedor cedente queda desvinculado de la sociedad JHR SERVICIOS S.R.L., y se transfieren al comprador cesionario todos los derechos políticos y patrimoniales emergentes de las cuotas cedidas los que corresponden al comprador cesionario a partir de la suscripción del presente acuerdo de transferencia, incluyéndose el derecho a los apodes irrevocables realizados y/o comprometidos y cuya realización se encuentra pendiente, revalúos, ajustes de capital y los resultados acumulados por la sociedad a la fecha de la presente transferencia, silos hubiere. Asimismo, el vendedor cedente declara que nada tiene que reclamar contra la sociedad por ningún concepto, ya sea por la actividad desarrollada en la sociedad ni por las utilidades acumuladas hasta la fecha de la presente ni por cualquier otro motivo, quedando todo ellos incluido en el precio pactado en la presente cesión. - Séptima: El comprador cesionario renuncia expresamente a promover cualquier tipo de reclamo contra el vendedor cedente, por los actos de gobierno y/o administración realizados mientras era socio y/o administrador de la sociedad JHS SERVICIOS S.R.L., aceptando sin objeciones la amplia y completa rendición de cuentas efectuada por este. Octava: Como consecuencia de la presente venta, cesión y transferencia, el capital social de JHS SERVICIOS S.R.L., queda compuesto de la siguiente manera: 1) ROCIO CELESTE PORCIEL, es titular de veinticinco mil (25.000) cuotas de pesos Diez ($ 10) cada una que representan la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) a valor nominal, 2) HUGO OSCAR PORCIEL es titular de veinticinco mil (25.000) cuotas de pesos Diez ($ 10) cada una que representan la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) a valor nominal. - Novena: Los sellados y demás gastos que erogue la presente operación, sea por este instrumento o cualquier otros que deban instrumentarse para la ejecución del presente, son asumidos por las partes en iguales proporciones. Décima: Las partes fijan su domicilio en los consignados al comienzo del presente, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones y notificaciones que se practiquen. Décima primera: Presente1eii este acto la Sra. ROCIO CELESTE PORCIEL, titular del DNI 35.238.799, correo electrónico administracion@bypass-srl.com.ar, en su carácter de socia titular del cincuenta por ciento (50%) restante del capital social de JHR SERVICIOS S.R.L., declara que presta conformidad a la cesión de cuotas sociales que por el presente se formaliza. Décima segunda: En este acto los socios de JHR SERVICIOS SRL resuelven que corresponde reformar el ARTICULO QUINTO, del contrato social como sigue: “Capital: El capital social se fija en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), divididos en cincuenta mil (50.000) cuotas de Diez Pesos ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: HUGO OSCAR PORCIEL suscribe veinticinco mil (25.000) cuotas de capital de Diez Pesos ($ 10) cada una que representa la suma de PESOS DOCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000); Y ROCIO CELESTE PORCIEL suscribe veinticinco mil (25.000) cuotas de capital de Diez Pesos ($ 10) cada una que representa la suma de PESOS DOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000)“. Décimo tercera: Toda cuestión que se sucintare entre las partes con motivo del presente contrato, su validez, interpretación, alcances, cumplimiento, ejecución o rescisión, o asimismo la indemnización de daños y perjuicios resultantes, se resolverá por los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, renunciando las partes en este acto a cualquier otro fuero y/o jurisdicción, incluso la federal que le pudiera corresponder. Asimismo por Acta acuerdo celebrada en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 10 días del mes de marzo del año 2025, entre HUGO OSCAR PORCIEL, argentino, de profesión administrativo, nacido el 21 de setiembre de 1982, D.N.I. N° 29.777.243, CUIT 20-29777243-1, soltero, con domicilio en calle Pascual Rosas N° 1228 de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico porcielhugo@hotmail.com, y ROCIO CELESTE PORCIEL, argentina, de profesión administrativa, nacida el 22 de junio de 1990, D.N.I. N° 35.238.799, CUIT 2735238799-7, soltera, con domicilio en Pje. San Francisco de Asís N° 1743, de Villa Gdor. Gálvez, Provincia de Santa Fe, correo electrónico administración@bypass-srl.com.ar, únicos socios de JHR SERVICIOS S.R.L, acuerdan: A) DESIGNACION DE GERENTE: Conforme la cesión de cuotas efectuada en la sociedad y la cláusula séptima, se designa como gerentes a los señores HUGO OSCAR PORCIEL y ROCIO CELESTE PORCIEL, quien actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima del contrato social. Rosario, Marzo de 2025.

$ 300 537213 Abr. 23

__________________________________________


LUSCLAR S.A.S.


ESTATUTO


1. Integrante de la sociedad: FABRICIO CARNEVALE MAFFE Documento Nacional de Identidad N° 26.681.716, nacido el 28 de Junio de 1978, soltero, con domicilio en calle España N° 1734 Piso 9, Dto. 2de la ciudad de Rosario, Argentina, comerciante.

2. Fecha de instrumento de constitución: 31 de Enero de 2025.

3. Razón social: LUSCLAR S.A.S.

4. Domicilio: Calle COLON N° 1448 Piso 10 Dto. A, Rosario, Pcia. Santa Fe.

5. Objeto social: La Sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades:

La administración y explotación de actividades agrícolas de todo tipo de cereales, oleaginosas y/o legumbres, en campos propios de la sociedad y/o de terceros.

Arrendar, dar en aparcería o cualquier otra forma contractual, de lotes de terceros que le sean cedidos para su administración.

Realizar todas las operaciones de comercialización y venta por cuenta propia, de terceros y/o asociada con estos, en relación a las actividades descriptas.

Prestación de servicios de asesoramiento, administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional de establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6. Plazo de duración: Treinta (30) años desde su inscripción.

7. Capital social: es de Seiscientos mil pesos ($ 600.000.-)

8. Administración: A cargo de un administrador Fabricio CARNEVALE MAFFE, D.N.I. N° 26.681.716. Que usara su firma con el aditamento de Administrador Titular, actuando en forma individual. Designando como administradora suplente a la Sra. María Herminia del Valle REGGIARDO, DNI 28.667.242.-

9. Fiscalización: Se prescinde de la misma.

10. Organización de la representación: A cargo del administrador Fabricio CARNEVALE MAFFE con DNI 26.681.716.

11. Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 90 537216 Abr. 23

__________________________________________


LA CASA DEL SOL NACIENTE S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


LUGAR y FECHA DEL INSTRUMENTO: Rosario, 06 de marzo de 2025.

RAZON SOCIAL: LA CASA DEL SOL NACIENTE S.A., sociedad inscripta en Estatutos al Tomo 100 Folio 10155 Nº 1615 de Estatutos, de fecha 19 de Diciembre de 2019, y sus modificatorias.

Hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 72 de fecha 06 de marzo de 2025 se aprobó en forma unánime la designación de nuevo directorio por tres (3) ejercicios. Quedando conformado el mismo de la siguiente manera:

PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Aníbal Roque Urrutia, DNI 6.264.261, CUIT 20-06264261-1, argentino, mayor de edad, empresario ,casado, nacido el 21 de julio de 1946; domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

VICEPRESIDENTA DEL DIRECTORIO: Valentina Elsa Ippolito, DNI 10.410.872, CUIT 27-10410872-0, argentina, mayor de edad, empresaria, casada, nacida el 06 de setiembre de 1950, domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

PRIMER DIRECTOR TITULAR: Luciano Urrutia, DNI 34.392.562, CUIT 20-34392562-0, argentino, mayor de edad, soltero, nacido el 20 de febrero de 198, Profesor, domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la ciudad de Rosario.

SEGUNDA DIRECTORIA TITULAR: Ayelén Franca Urrutia, DNI 32.735.130, CUIT 27-32735130-9, argentina, mayor de edad, soltera, nacida el 30 de noviembre de 1986, empresaria, domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

PRIMERA DIRECTORA SUPLENTE: Cristina Beatriz Cecilia Gasparutti, argentina, mayor de edad, nacida el 17 de diciembre de 1961, separada de hecho, titular del DNI 14.510.295, CUIT 27-14510295-8, domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

SEGUNDA DIRECTORA SUPLENTE: Indira Sonia Farro Gasparutti, argentina, mayor de edad, titular del DNI 30.548.085 CUIL 27-30548085-7, de estado civil divorciada, domicilio especial a los fines de la Ley de Sociedades Comerciales en calle Avenida del Rosario 263 de la ciudad de Rosario.

$ 100 537275 Mar. 21

__________________________________________


MANDALAS S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Se hace saber que por Asamblea Unánime Ordinaria y Extraordinaria N° 5 de fecha 22 de enero de 2018, se resolvió por unanimidad de los accionistas presentes que representan el cien por ciento (100%) del capital social y de los votos de la sociedad: 1) Aceptar la renuncia del Sr. Héctor Daniel Maroni al cargo de Director Titular y Vicepresidente de la sociedad, atento no afectar el funcionamiento regular, ni resultar dolosa e intempestiva. 2).- Recomponer el Directorio de la Sociedad, el cual quedó conformado de la siguiente manera: DIRECTORES TITULARES: Presidente: NICOLÁS BERNABÉ MARONI; Vicepresidente: LEANDRO IVÁN MARONI; Directores Suplentes: FRANCO DANIEL MARONI, y MUNICH ANDREA VERONICA. 3).-aprobación de la incorporación como accionista del Sr. Leandro Iván Maroni, en razón de la transferencia de la totalidad de las acciones (168.000 acciones ordinarias) efectuada por el Sr. Héctor Daniel Maroni, en el segundo punto del orden del día del Acta de Directorio de fecha 17 de Abril de 2017. 4).- Ampliar el Objeto Social, reformándose la cláusula tercera del estatuto social, la que quedó redactada de la siguiente manera: “ARTICULO 3: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, sea por cuenta propia, de terceros o en participación con terceros, dentro o fuera de/país, para su importación o exportación, a las siguientes actividades: A) Compra, venta y distribución de materiales, mercaderías y productos relacionados con la construcción de bienes muebles e inmuebles, sean estos públicos o privados. B) Brindar servicios de asesoramiento, consultoría, realizar estudio de factibilidad y todo tipo de asistencia a empresas y particulares, sean estos públicos o privados, que pretendan realizar actividades vinculadas con la construcción de bienes muebles e inmuebles. 6) Servicio de gestión y logística para el transporte de mercaderías D) Control de carga y descarga de cereales, semillas y subproductos en cualquier medio de transporte. E) Compra, venta y distribución de cereales, semillas y subproductos para la importación y exportación. E) Recepción y entrega de cereales, subproductos y oleaginosas. G,) Compra, venta y distribución de todo tipo de productos, mercaderías, indumentaria e insumos necesarios y/o vinculados a la práctica de cualquier disciplina deportiva. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Además, la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades comerciales relativas a facilitar del logro de su objeto social” 5).- Aumentar el capital social en la suma de pesos doscientos cincuenta y dos mil ($252.000), fijándolo en la suma de pesos quinientos cuatro mil ($504.000), emitiéndose doscientos cincuenta y dos mil (252.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables de un (1) voto por acción y de pesos uno ($1) cada una; las que son suscriptas por los socios conforme las proporciones que tenían en el capital social antes de dicho aumento y que integran: el Sr. NICOLÁS BERNABÉ MARONI en efectivo y en este acto el veinticinco por ciento (25%) del valor de la suscripción, o sea la suma de pesos veintiún mil pesos ($21.000) y el saldo, o sea la suma de sesenta y tres mil ($63.000) dentro de los dos (2) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, sin intereses; el Sr. HÉCTOR DANIEL MARONI, en efectivo y en este acto el veinticinco por ciento (25%) del valor de la suscripción, o sea la suma de pesos veintiún mil pesos ($21.000) y el saldo, o sea la suma de sesenta y tres mil ($63.000) dentro de los dos (2) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, sin intereses y el Sr. y FRANCO DANIEL MARONI, en efectivo y en este acto el veinticinco por ciento (25%) del valor de la suscripción, o sea la suma de pesos veintiún mil pesos ($21.000) y el saldo, o sea la suma de sesenta y tres mil ($63.000) dentro de los dos (2) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, sin intereses. Por otra parte, y en razón de que el aumento de capital se encuadra dentro del quíntuplo previsto en el artículo 188 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, no se procederá a reformar el artículo cuarto del Estatuto Social.

$ 400 537234 Abr. 23

__________________________________________


MIGUEL ANGEL ENRICI E HIJOS S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Se hace saber por un día que: El Sr. Miguel Angel Enrici de nacionalidad argentino, nacido el 14 de agosto del 1947, casado en primeras nupcias con Aida Esther Taltavull; con DNI 6.072.850; C.U.I.T. 20060728500; de ocupación comerciante, domiciliado en calle Pueyrredon Nº 5382 de Rosario, Pcia. de Santa Fe; el Sr. Fabián Andrés Enrici, de nacionalidad argentino, nacido el 30 de marzo de 1974, divorciado según sentencia N° 2935 del 23/10/2014, con domicilio en calle Lavalle N° 1665, de Pérez, Pcia. de Santa Fe, con DNI 23.936.0897, C.U.I.T. 20-23936087-5, de ocupación comerciante; y el Sr. Germen Martín Enrici, de nacionalidad argentino, nacido el 07 de diciembre del 1976, con D.N.I. 25.524.691, C.U.I.T. 20255246918, divorciado según sentencia N°2678, de ocupación comerciante, con domicilio en calle Pasaje Patria NO2392 de Rosario, Pcia. de Santa Fe. Los Srs. Miguel Angel Enri, Fabián Andrés Enrici Y Germen Martín Enrici como únicos integrantes de la sociedad MIGUEL ANGEL ENRICI E HIJOS S.R.L.; sociedad constituida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio el 5 de julio del 2016 en Contratos al Tomo 167 Folio 16045 Nro. 1039. Convienen lo siguiente:

1: El Sr. Germán Martín Enrici cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales que hasta el momento poseía en la sociedad y que ascendía a setecientas (700) cuotas sociales de $ 100.- cada una, o sea pesos setenta mil ($ 70.000.-); de la siguiente manera: al Sr. Miguel Angel Enrici la cantidad de trescientas cincuenta (350) cuotas sociales o sea pesos treinta y cinco mil ($35.000,-); y al Sr. Fabián Andrés Enrici la cantidad de trescientos cincuenta (350) cuotas sociales o sea pesos treinta y cinco mil ($35.000,.-). De esta manera el Sr. Germán Martín Enrici egresa de la sociedad.

2: Adecuación del Contrato Social: en virtud de la presente cesión de cuotas se modifica la cláusula quinta del contrato social quedando a partir de la fecha redactadas de la siguiente forma: “El capital social queda establecido en la suma de pesos doscientos diez mil ($ 210.000), dividido en dos mil cien (2.100) cuotas sociales de pesos cien ($100.-) cada una; que los socios suscriben de la siguiente manera: el Sr. Miguel Angel Enrici suscribe un mil cincuenta (1.050) cuotas de capital, o sea la suma de pesos ciento cinco mil ($105.000.-), y el Sr. Fabián Andrés Enrici suscribe un mil cincuenta (1.050) cuotas de capital, o sea la suma de pesos ciento cinco mil ($105.000.-). Las cuotas se encuentran integradas en un cien por ciento (100%) con anterioridad al presente acto”.

3: Se acuerda la renuncia como gerente del Sr. Germán Martín Enrici. Quedando redactado el punto sexto del contrato social de la siguiente manera: SEXTA: ADMINISTRACION, DIRECCION Y REPRESENTACION: Estará a cargo de dos socios gerentes. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma conjunta de a dos. Los Socios-Gerentes, en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Decreto 5965163, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Se designa socio gerentes a los Srs. Miguel Angel Enrici y Fabián Andrés Enrici.

Quedando sin modificaciones las restantes cláusulas del contrato social; previa lectura y ratificación los presentes firman el presente en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Rosario el día 11 de marzo del 2025.

$ 150 537215 Abr. 23

__________________________________________


MAYORISTA GT5 S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “MAYORISTA GT5 S.A.S. s/CONSTITUCION - 20 AÑOS - $ 600.000- 31/12- COMERCIO 1660- TR: $4600”, Expte. 457/2025 - CUIJ 21-05542896-1, de trámite por ante el Registro Público de la Ciudad de Rosario, se hace saber la constitución de la siguiente sociedad: DENOMINACION: “Mayoristas gt5 SAS”. FECHA DE CONTRATO DE CONSTITUCIÓN: 16/09/2024. SOCIOS: TONG WEIDONG, de nacionalidad China, DNI Nº 95.955.330, nacido el 27/10/1980, soltero, Comerciante, nro. de CUIT 20-95955330-1, con domicilio encalle San Martín 715 de la ciudad de Roldan, Provincia de Santa Fe; GUAN YIFAN ,de nacionalidad China, DNI 94.566.950, nacido el 24/12/1994, soltero, comerciante, nro. de CUIT 2094566950-1, con domicilio en calle Dr. J. Iraci 530 de la ciudad de Armstrong, provincia de Santa Fe; y el Sr. SAN MARTIN PEDRO NICOLAS, de nacionalidad Argentina, DNI 42.629.200, nacido el 20/07/2000, soltero, comerciante, nro de CUIT 23-42629200-9, con domicilio en calle Carlos Echague 1910 de la ciudad de Martín Coronado, provincia de Buenos Aires. DURACION: Su duración es de 20 (veinte) años. OBJETO: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Distribución, venta al por mayor y/o menor, expendio e importación y exportación de alimentos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. CAPITAL SOCIAL: PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000), representado por 600 acciones de Mil ($1000) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el Art. 193 de la Ley 19550. El capital social se suscribe e integra de la siguiente manera. El Sr. TONG WEIDONG suscribe 200 acciones preferidas, nominativas no endosables con Valor nominal de $1.000 de 1 votos por acción, monto de integración $50.000 en efectivo y el saldo de $150.000dentro de los 2 años; El Sr. GUAN YIFAN suscribe 200 acciones

preferidas, nominativas no endosables con Valor nominal de $1.000 del votos por acción, monto de integración $50.000 en efectivo y el saldo de $150.00bdentro de los 2 años; Y el Sr. SAN MARTIN PEDRO NICOLAS suscribe 200 acciones preferidas, nominativas no endosables con Valor nominal de $1.000 de 1 votos por acción, monto de integración $50.000 en efectivo y el saldo de $150.000dentro de los 2 años ADMINISTRACION: seré ejercida por el Sr. TONG WEIDONG, DNI 95.955.330, como Administrador Titular y, como Administrador Suplente el Sr. GUAN YIFAN, DNI 94.566930. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de DICIEMBRE de cada año. SEDE SOCIAL: Se fija la sede social en calle Venezuela Nº 1291 de la ciudad de Rosario.

$600000 (600 A VN $1.000) 31/12- COMERCIO 1660- TR: $4600

$ 150 537169 Abr. 23

__________________________________________


MARITAL S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


1) Socios: María Fernanda Iglesias, argentina, nacida el 23/06/1970, DNI 21.579.252, Empresaria, divorciada por resolución judicial N° 183 del 14/04/1998, emitida del Tribunal Colegiado de familia de la 4ta. Nominación de los Tribunales Provinciales de Rosario, domiciliada en Bv. Lagos 957 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Serio Darío Miguel Salerno, argentino, nacido el 29/09/1973, DNI 23.493.484, soltero, Empresario, domiciliado en Los Durmientes N°7 - Puerto Roldán, de Roldán, provincia de Santa Fe.

2) Denominación: MARITAL S.R.L.

3) Domicilio: Bv. Oroño N° 52, ROSARIO, Departamento Rosario, provincia de Santa Fe.

4) CUIT 30711064504, inscripta en CONTRATOS, al T°160, F° 17692 N° 1347 el 12/08/2009 del Registro Público de Rosario.

5) Fecha del instrumento: 05/03/2025

6) 1°)- Reconducción del plazo contractual: Dado que con fecha 12 de agosto de 2024 se ha producido el vencimiento del plazo de duración social, y estando comprendida la sociedad dentro de las disposiciones del art.95, inc.2 de la LGS. Se resuelve su reconducción por el plazo de 10 años contados a partir de la inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Rosario. 20)-Aumento del Capital Social: Los socios de común acuerdo deciden elevar el capital social hasta la suma de pesos tres millones ($3.000.000.-) suscribiendo los socios el importe de pesos dos millones setecientos mil ($2.700.000.-) en igual porcentaje a los aportes de capital original, integrando en efectivo el 25% del aumento del capital. 3)-Ratificación de Gerente: Los socios de común acuerdo ratifican como Gerente de la sociedad al Sr. Sergio Darío Miguel Salerno, argentino, nacido el 29/09/1973, DNI 23.493.484, soltero, Empresario, domiciliado en Los Durmientes Nº 7 - Puerto Roldán, de Roldán, provincia de Santa Fe. 4°) Ratificación del domicilio: Los socios de común acuerdo ratifican el domicilio social en Bv. Oroño N° 52 de la Ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

7) Plazo de duración: 10 años a partir de la inscripción de la reconducción.

8) CAPITAL SOCIAL: Cláusula QUINTA: El capital se fija en la suma de pesos tres millones ($3.000.000.-), divididos en trescientas (300) cuotas de pesos diez mil ($10.000.-) cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: María Fernanda Iglesias, ciento cincuenta (150) cuotas, que representan pesos un millón quinientos mil ($1.500.000.-); y Sergio Darío Miguel Salerno, ciento cincuenta (150) cuotas, que representan pesos un millón quinientos mil ($1.500.000.-).

$ 200 537181 Abr. 23

__________________________________________


MIYAGI S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Mediante el presente se hace saber que se encuentra en trámite la inscripción del Acta de A.G.E. N°1 de fecha 6/09/2024, que obra en el Expediente Nº 5.583/2024, siendo los puntos a destacar los siguientes:

1.- DESIGNACION DE DOS ACCIONISTAS PARA FIRMAR EL ACTA: Se resuelve por unanimidad que el acta sea suscripta por todos los accionistas presentes.

II.- RENUNCIA DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO: En uso de la palabra el Sr. Juan Manuel Labra hace saber su deseo de dejar de ser Presidente de MIYAGI S.A. por la simple razón de haber vendido su participación en esta Sociedad, dejando a disposición de los accionistas su renuncia voluntaria e irrevocable. Seguidamente toma la palabra el Sr. Lucio Rubén Galarraga, quien manifiesta que ha decidido renunciar a su cargo de Director Suplente de MIYAGI S.A. debido a que por sus diversas ocupaciones personales y profesionales, no puede reemplazar al Presidente ni ocupar cargo alguno en el Directorio de esta Sociedad. Todo lo expuesto se somete a consideración de la propia Asamblea a fin de que se acuerde lo conducente.

Por lo que la Asamblea General Extraordinaria, después de analizar y discutir la solicitud, propone y toda vez que es deseo de ambos renunciar voluntariamente a sus cargos en el Directorio de MIYAGI S.A., debido a las razones que ambos han expuesto en esta Asamblea, la misma acuerda por unanimidad de votos aceptar sus renuncias como Presidente y Director Suplente de esta Sociedad.

III.- CONSIDERACION DE LA GESTION DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO SALIENTE: Solicita el uso de la palabra Juan Manuel Labra, quien propone en virtud de la acción desarrollada, sea aprobada la gestión del Directorio. La moción es puesta en votación y luego de breves deliberaciones es aprobada por UNANIMIDAD, pasándose de inmediato a tratarse el siguiente punto:

IV.- ELECCION DE UN NUEVO DIRECTORIO POR EL TERMINO DE TRES EJERCICIOS SOCIALES: Toma la palabra el Sr. Juan Manuel Labra y explica que de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Social y sus modificaciones corresponde designar a un nuevo Directorio por el término de tres ejercicios sociales. Luego de una serie de deliberaciones se decide por unanimidad que el Directorio se conforme de la siguiente manera: PRESIDENTE: Nora Marcela Bracamonte, argentina, titular del DNI 25.868.676, nacida el 04/01/1977, soltera, de ocupación comerciante y con domicilio en calle Humberto Primo 2295, de la ciudad de Rosario, Departamento de Rosario, provincia de Santa Fe. DIRECTOR SUPLENTE: Diego Alejandro Vega, argentino, titular del DNI 24.980.664 nacido el 05/02/1976, soltero, de ocupación comerciante y con domicilio en calle Pasaje Yamandú 1179, de la ciudad de Rosario, Departamento de Rosario, provincia de Santa Fe. Tales designaciones son aceptadas por dichas personas, quienes hallándose presentes ratifican su elección firmando al pie, constituyen domicilio especial en calle Humberto Primo 2295 de la ciudad de Rosario y manifiestan que no se encuentran incluidas en los alcances de la Resolución UIF N° 11/2011 y sus modificatorias como Persona Expuesta Políticamente, expresando también que dichas afirmaciones son exactas y verdaderas, asumiendo el compromiso de avisar cualquier modificación que se produzca dentro de los 30 días.

V.- TRATAMIENTO DEL NUEVO GIRO COMERCIAL DE LA EMPRESA: Los Directores recientemente electos proponen ampliar el objeto social de la empresa, agregando nuevas actividades en el futuro.

Por último y por unanimidad, se resuelve facultar al CPN Lucio Rubén Galarraga, Matrícula N° 21.553, a proceder con los trámites correspondientes a lo resuelto en la presente Asamblea y obtener la conformidad y posterior Inscripción de la presente en la Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J.) y en el Registro Público de Comercio de Rosario y a firmar edictos. ROSARIO, 17 de Marzo de 2025.

$ 200 537127 Abr. 23

__________________________________________


MAILEQ CARNES S.R.L.


CONTRATO


Conforme al Art. 10 de la Ley 19.550: INTEGRANTES: el Señor FRANCISCO MAIORANO PASQUOTTI, argentino, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Laprida N° 2050, Zavalla, Santa Fe, nacido el 6 de agosto de 2001, D.N.I N° 43.644.803, CUIT 20-43644803-2 y VALENTINO LEQUIO, argentino, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Ruta 11 km 9.5 s/n, Oro Verde, Entre Ríos, D.N.I 43.844.104, CUIT 2043844104-3, nacido el 21 de febrero de 2002, todos hábiles para contratar.

RAZON SOCIAL: BOTHERS CLUB S.R.L..

CONSTITUCION: según contrato a los 27 días del mes de febrero de 2025;

DOMICILIO: calle Laprida 2050 de la ciudad de Zavalla Provincia de Santa Fe.

OBJETO SOCIAL: Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, a la realización de la siguientes actividades dentro o fuera del país: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros las siguientes actividades comerciales: compraventa, representación, la explotación de locales venta al público, sea para su consumo en el local elaborado o para llevar, de carne vacuna, porcina, aviar fiambres, quesos chacinados y otros productos complementarios: y cuanto más actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato social para el mejor cumplimiento de su objeto.

DURACION: Cincuenta años.

CAPITAL SOCIAL: Pesos SEIS MILLONES ($6.000.000.-) Dividido en SESENTA MIL (60.000) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una.-

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, designado al Señor Francisco Maiorano Pasquotti, en calidad de Gerente haciendo uso de la firma precedida de la razón social.-FISCALIZACION: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios;

FECHA DE CIERRE: 31 de Diciembre de cada año.

$ 100 537269 Abr. 23

__________________________________________


MAX SHIPPING S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Registro Público de Comercio se hace saber que se han modificado las siguientes cláusulas del contrato social:

Lugar y Fecha del Instrumento: Rosario, 10/01/2025

Socios: Maximiliano Rodrigo Vicario, argentino, casado en primeras nupcias con Paola Lucrecia Coronel, titular del D.N.I. Nro. 30.155.821. CUIT 20-30155821-0, de profesión comerciante, nacido el 30 de octubre de 1983, de apellido materno Beck. domiciliado en El Libertador 2138 de Pueblo Esther; Eduardo Oreste Vicario, argentino, mayor de edad, titular del D.N.I. 6.076.362, CUIT 20-6076362-4, de estado civil casado con Mirta Dora Beck, nacido el 14 de diciembre de 1947, de apellido materno Nasello, domiciliado en Rivadavia 1543 de Pueblo Esther, Santa Fe.

Han cedido sus cuotas sociales los Señores; Eduardo Oreste Vicario y Maximiliano Rodrigo Vicario.

De esta manera, el Señor Eduardo Oreste Vicario, vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas que tiene y le pertenecen en Max Shipping S.R.L., que son la cantidad de Seis Mil (6000) cuotas de Pesos Diez ($10) cada una, que representan Pesos Sesenta Mil ($60000) a favor del Sr. Ariel Alejandro Muñoz, argentino, titular del D.N.I. Nro. 23.639.473, CUIL 20-23639473-6, de estado civil casado con Dora Beatriz Herrera, nacido el 27 de octubre de 1973, de apellido materno Martínez Castelli, de profesión comerciante. domiciliado en Los Paraísos 70, Unión, Partido de Ezeiza, Provincia de Buenos Aires quedando transferidos a favor del cesionario los derechos y acciones emergentes de la propiedad de tales cuotas.

El Señor Maximiliano Rodrigo Vicario, vende, cede y transfiere la cantidad de Nueve Mil (9000) cuotas de Pesos Diez ($10) cada una, que tiene y le pertenecen en Max Shipping S.R.L., que representan Pesos Noventa Mil ($90000) a favor del Sr. Ariel Alejandro Muñoz.

Como consecuencia de la presente cesión la cláusula quinta del Contrato Social quedará redactada de la siguiente forma “QUINTA CAPITAL: el capital social es de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000) dividido en Treinta Mil (30.000) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una de valor nominal. Los socios suscriben e integran el capital social de la siguiente forma: El Señor Maximiliano Rodrigo Vicario la cantidad de Quince Mil (15.000) cuotas sociales de Pesos Diez ($10) cada una de ellas. El Señor Ariel Alejandro Muñoz la cantidad de la Quince Mil (15000) cuotas sociales de Pesos Diez ($10) cada una de ellas. El capital social se encuentra totalmente integrado y suscripto.

Ampliación de objeto: Los socios Maximiliano Rodrigo Vicario y Ariel Alejandro Muñoz han acordado ampliar el objeto social. Como consecuencia, la cláusula cuarta del Contrato Social quedará redactada de la siguiente manera “ARTICULO CUARTO: la sociedad tiene por objeto realizar las actividades de intermediación en el transporte terrestre, fluvial, marítimo y aéreo: de carga, mercaderías generales, fletes, acarreos, mudanzas, correspondencia, encomiendas, muebles, materias primas y elaboradas, equipajes, cargas en general de cualquier tipo y de más de 50 kilogramos de Peso en la República Argentina y desde o hacia el exterior. Realizar todo tipo de trámites ante las correspondientes dependencias y reparticiones que regulan la actividad. Para tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato que se relacione con su objeto”.

$ 120 537284 Abr. 23

__________________________________________


NABEM S.A.S.


ESTATUTO


1. Socio: BENVENUTTI, NATALIA, Argentina, D.N.I. 23.488.334, nacida el 18 de Julio de 1973, CUIT 27-23488334-3, de estado civil casada en primeras nupcias con Nadal, Diego Alberto con DNI: 23.164.753, domiciliado Gollan 2339, de la ciudad de Ricardone, Provincia de Santa Fe.

2. Fecha del Instrumento: 27 de Enero de 2025.-

3. Razón Social: NABEM S.A.S..

4. Domicilio: Av. San Martín 1169 1° piso Of. 15, de la ciudad de San Lorenzo, Prov. de Santa Fe.

5. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, de la instalación de alambrados y/o cercos perimetrales en terreno, lotes, campos y en cualquier obra de construcción terminada, en construcción o no iniciada, de índole publico o privado que se desee cercar, con la provisión de materiales de construcción para el cerramiento de lo antes mencionado provenientes de proveedores locales.

6. Duración: será de noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7. Capital: El capital social se fija en la suma de $ 585.000,00.- (Pesos quinientos ochenta y cinco mil), dividido en 5.850 (cinco mil ochocientos cincuenta) acciones ordinarias de $ 100.00 (cien pesos) cada una.

8. órgano de administración: La administración, representación legal y uso de la firma en forma estará a cargo de un Administrador Titular BENVENUTTI, NATALIA, DNI 23.486.334.- Administrador Suplente NADAL, DIEGO ALBERTO, DNI 23.164.753.-

9. Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno a tres personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación.

10. Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del Art. 55 LGS-

11. Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 114,84 537126 Abr. 23

__________________________________________


PLUS VISION S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En la ciudad de Rosario, a los 3 días del mes de octubre de 2024 se reúnen en el local de la sede social de PLUS VISION S.A., Balcarce 368 P 00 D 01 de Rosario, cuyas firmas figuran en EL Registro de Asistencia a Asambleas, se reúnen el 100% del capital y firman el acta de Asamblea General Ordinaria Nº 23, la cual es unánime en la sede social Balcarce 368 P 00 D 01 de la ciudad de Rosario para designar DIRECTORES TITULARES Y SUPLENTES, por el término de 3 ejercicios.

Domicilio social a calle Balcarce 368 00 P 01 de la ciudad de Rosario.

DIRECTOR TITULAR:

PRESIDENTE: JORGE VALERIANO CASSIS, D.N.I. Nº 11.448.337, C.U.I.T. 20-11448337-1, Director Titular.

DIRECTOR SUPLENTE:

DANIEL GERMAN GROSSI, D.N.I. Nº 16.861.214, C.U.I.T. 20-16861214-2, único Director suplente. La Designación de Autoridades y Composición del Directorio es aprobado por unanimidad.

$ 100 537201 Abr. 23

__________________________________________


PH CONSTRUCTORA S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Los Sres. socios de PH CONSTRUCTORA S.R.L. informan que en fecha 12/02/2025, han resuelto por unanimidad realizar un texto ordenado del Contrato Social de la sociedad; han modificado la sede social, trasladándola a calle Santa Fe 1211 Piso 13, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Asimismo, han ratificado por unanimidad como socio gerente al Sr. Juan Gabriel PORRINI, DNI N° 23.928.609, CUIT/L N° 20-23928609-8, con domicilio a tales efectos en Santa Fe 1211 Piso 13, de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 50 537131 Abr. 23

__________________________________________


PASTORE REALTY S.A.


ESTATUTO


Se hace saber que por medio de Acta Constitutiva de fecha 08 de abril de 2024, en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha resuelto constituir una sociedad anónima integrada por: SEBASTIAN PASTORE, titular del DNI Nº 35.449.319, CUIT Nº 20-35449319-6, de nacionalidad argentina, nacido el 28 de septiembre de 1990, de estado civil casado, de profesión Comerciante, con domicilio en calle Sarratea 624 Bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; MARCELO PASTORE, titular del DNI N°10.067.635 CUIT Nº 20-10067635-5, de nacionalidad argentina, nacido el 29 de diciembre de 1951, de estado civil Casado, de profesión Martillero Público, con domicilio en calle Sarratea 624 Bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y MARCELO ARMESTO, titular del DNI Nº 24.396.811, CUIT Nº 23-24396811-9, de nacionalidad argentina, nacido el 18 de marzo de 1975, de estado civil Casado, de profesión Martillero Público, con domicilio en calle Av. Real 9191, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.. Denominación: “PASTORE REALTY S.A.”, y tiene su domicilio en la ciudad de Rosario. Sede Social: en la calle Paraguay Nº 727, piso 8º, oficina 8, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Duración: 99 años contados a partir de su inscripción. Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) compra, venta, construcción, alquiler y arrendamiento de propiedades inmuebles, tanto en el ámbito privado cómo público, inclusive las comprendidas dentro del régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, parques residenciales, barrios abiertos o cerrados, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros; b) la administración de inmuebles propios, de terceros o recibidos en propiedad fiduciaria; c) podrá ejercer la dirección, administración y ejecución de proyectos y obras civiles, públicas y privadas; d) relacionado con la actividades antes descriptas, podrá concretar operaciones de Joint Ventures y/o conformar Uniones Transitorias de Empresas o Grupos de Colaboración Empresaria. En cumplimiento de la Ley 13.154, al menos uno de los socios de la sociedad deberá ser corredor inmobiliario matriculado en el Colegio de Corredores de la Provincia de Santa Fe.

Capital Social: El capital social es de Pesos Treinta Millones ($30.000.000.-) representado por Trescientas Mil (300.000) acciones valor nominal Pesos Cien ($100.-) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550. Órgano de administración: Directorio: Director Titular: Marcelo Armesto; Director Suplente: Sebastián Pastore; quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La representación de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio y en caso de ausencia al Vicepresidente. Presidente del Directorio: Marcelo Armesto; Vicepresidente: Sebastián Pastore. El ejercicio social cerrará los días 31 de marzo de cada año. Fiscalización: se prescinde de sindicatura, pudiendo los socios ejercer el contralor que prevé el artículo 55 Ley 19.550.-

$ 200 537136 Abr. 23

__________________________________________


SORELLANZA FRATELLI S.A.


EDICTO RECTIFICATORIO


A efectos del art. 10 de la Ley 19.550, se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 15 de octubre de 2024 y acta de Asamblea Extraordinaria Volante de fecha 22 de noviembre de 2024, se ha resuelto constituir una sociedad anónima que girará bajo la denominación de SORELLANZA FRATELLI S.A., cuyos socios son: FRANCO ASTORE, de apellido materno Celia, argentino, nacido el 08/09/1991, con D.N.I. N° 36.004.853, C.U.I.T. N° 20-36004853-6, soltero, de profesión médico, con domicilio en calle Las Acacias 246, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; JUAN IGNACIO ARAUJO, de apellido materno Orlandi, argentino, nacido el 19/11/1991, con D.N.I. N° 36.507.941, C.U.I.T. N° 20-36507941-3, de estado civil soltero, de profesión empresario, con domicilio en Avenida Belgrano 998 piso 15 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y SANTA LAURA S.A. sociedad en formación, CUIT 30-71883659-6 domiciliada en calle Santiago 214, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Su plazo de duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad tiene por objeto desarrollar por sí o asociada a terceros, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: A) La explotación de establecimientos geriátricos, prestando servicios do hospedaje, de alimentación y de vigilancia médica, acorde con una asistencia no senatorial; contratación de personal médico autorizado y demás especialistas para la prestación de los servicios de salud y los que sean necesarios, los que se ejercerán por profesionales debidamente habilitados y demás especialistas los que serán contratados a tales efectos. B) Explotación de establecimientos senatoriales u hospitales privados, para la atención en consultorios externos, internación, tratamientos clínicos y quirúrgicos, en todas las especialidades del arte de curar, prestación de servicios de diagnóstico médico por imágenes y laboratorio bioquímico; C) explotación de servicios asistenciales de rehabilitación de distintas patologías; O) para el cumplimiento de sus objetivos podrá celebrar contratos asistenciales con los financiadores de la salud, obra sociales, empresas e medicina prepagas, PAMI, IAPOS y pacientes particulares. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por su estatuto, en cualquier punto de país, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del art. 299 de la Ley 19.550. El capital social es de Pesos Treinta Millones ($30.000.000), representado por trescientas mil (300.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables de pesos cien ($ 100.-) de valor nominal cada una. La administración estará a cargo de un Directorio, compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de nueve, con mandato por tres ejercicios. La Asamblea designará igual o menor número de suplentes a fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Si la administración fuere plural, el Directorio en su primera reunión designará a un Presidente y a un Vicepresidente. La representación legal de la Sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente del Directorio en forma individual o a quienes ejerzan sus funciones por reemplazo. Se hace saber que se ha designado como Presidente a JUAN IGNACIO ARAUJO, como Director Titular a FRANCO ASTORE y como Director Suplente a SANTIAGO ARAUJO. Se ha prescindido de la sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el art. 55 LGS. El ejercicio económico de la Sociedad cierra el día 30 de septiembre de cada año. En relación a la sede social, la misma ha sido fijada en Santiago 214 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 200 537180 Abr. 23

__________________________________________


PASTAS DOMINGO S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Publico de Rosario, se ordenó la siguiente publicación: PASTAS DOMINGO S.R.L. - En la Localidad de Serodino, pcia de Santa Fe, a los 26 días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro, entre Daniel Domingo Sebastián Trivisonno, Argentino, casado, nacido el 19 de febrero de 1953, D.N.I. Nro. 10.696.203.(CUIT.20-10696203-1) de apellido materno Ovando, con domicilio real en calle Las Heras 937 de la localidad de Serodino, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante y María Olga Ramona Guffanti, argentina, casada, nacida el 10 de Noviembre de 1955, D.N.I. 11.581,990.- (CUIT-27-11581990-4), de apellido materno Palermo, con domicilio en calle Las Heras 937. Serodino, de profesión comerciante, todos hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la LGS y sus modificaciones en general. CAPITULO 1: Denominación, Domicilio y Duración: PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de PASTAS DOMINGO S.R.L. - SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la localidad de Serodino, en donde tendrá el asiento principal de su negocio, sin perjuicio de que puedan establecerse sucursales, filiales o agencias en cualquier parte de la república. TERCERA: Duración: El término de duración se fija en diez años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.- CAPITULO II: Objeto y Capital: CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá como objeto dedicarse por cuenta propia o ajena o asociada a terceros en el país a las siguientes actividades: a). Fabricación, elaboración, instalación, explotación y administración de pastas frescas y secas, discos de empanadas, pizzas y de productos alimenticios afines, tradicionalmente conocidos o que surgieran en el futuro. Comercialización, consignación, representación, industrialización, elaboración de los mismos. b) Explotación agropecuaria en todas sus formas y servicios agropecuarios a terceros. QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos suscriben de la siguiente manera: el Sr. Daniel Domingo Sebastián Trivisonno, suscribe la cantidad de cuatro mil 4.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una o sea pesos cuatrocientos mil ($400.000) y la Sra. Maria Olga Ramona Guffanti, suscribe la cantidad de cuatro mil (4.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una o sea pesos cuatrocientos mil ($400.000). El capital se integrara en un 25% y en partes iguales en este acto en efectivo y el saldo dentro de los dos años. CAPITULO III: Administración y Fiscalización: SEXTA: Administración, Dirección y Representación: La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes ejercerán la representación legal de la sociedad. En todos los actos y contratos podrán actuar, y obligar a la sociedad usando su firma particular, conjunta o indistinta, precedida de la denominación PASTAS S.R.L en sello o estampada de puño y letra. El gerente en cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin límite alguno, con la única excepción de prestar fianzas y/o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. En uso de sus facultades de administración para el cumplimiento del objeto social y en forma expresa los socios gerentes tendrá todas las facultades que las leyes de forma y fondo consagren para el mandato de administrar. La sociedad tendrá capacidad jurídica para realizar además de los negocios que requiera su objeto los siguientes: adquirir por compra u otra forma bienes muebles, inmuebles o semovientes, venderlos, arrendarlos, transferirlos o gravarlos, dar o tomar préstamos garantizados con derechos reales, constituir fideicomisos, aceptar prendas agrarias o constituirlas o cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar o vender Rodados, mercaderías o productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago cobrar, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago cobrar, percibir y efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y arrendamiento, y rescindirlos, formular protesto, denunciar, dar, tomar posesión, registrar o inscribir marcas de invención para todo lo cual podrán otorgar y suscribir cuantos instrumentos o escrituras públicas o privadas fueran necesarias. Los actos autorizados lo son sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos operaciones o negocios ajenos a la sociedad, en los que se requerirá, en todos los casos, la aprobación de los Socios con las mayorías ya indicadas en la cláusula sexta.- SEPTIMA: Fiscalización. Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad será amplia y podrá ser ejercida por cualquiera de los socios en cualquier momento, quienes podrán examinar personalmente o por medio de asesor autorizado por él, los libros y papeles sociales y recabar los informes que estime pertinente, en un todo de conformidad a los dispuesto por el art. 55 de la LGS. Anualmente los socios se reunirán en Asamblea para deliberar y resolver sobre los asuntos incluidos en el orden del día, especialmente sobre la aprobación del Balance y Cuadro. Demostrativo de Pérdidas y Ganancias y en cuanto a la gestión social. Estas Asambleas Ordinarias, serán convocadas para dentro de los treinta días de cerrado el ejercicio económico por cualquiera de los socios. Se podrán celebrar Asambleas Extraordinarias a pedido de cualquiera de los socios para considerar los asuntos que se determinen en la petición. Las resoluciones serán tomadas de acuerdo a lo dispuesto por el art.159 y 160 de la LGS. Toda comunicación o citación de los socios se sujetará a lo dispuesto por el último párrafo del primer artículo citado. La mayoría debe representar más de la mitad del capital social y cada cuota da derecho a un voto.- Los socios podrán hacerse representar en las Asambleas por otro socio, con una simple carta de poder. De las deliberaciones y resoluciones se tomará a razón de un libro de actas que se habilitará al efecto y serán firmadas por todos los presentes. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el art.158 de la LGS.- CAPITULO IV: Balances Generales y Resultados: cesión o transferencia cor Se debe OCTAVA: Anualmente el día 30 de junio al finalizar el ejercicio instrumento privado, actas de la sociedad sobre económico se practicará un Inventario y Balance General y un inscripción en el Regis Cuadro Demostrativo de Pérdidas y Ganancias, todo de acuerdo a titulares de cuotas las normas contables legales y usuales, respetando las normas concepto cualquier gerenciales o de impositivas. Las utilidades líquidas y realizadas se distribuirán de DECIMA: Fall cuáa la siguiente forma: el cinco por ciento se destinará al fondo de por reserva hasta alcanzar el 20% del capital social, además podrán desvinci decidir la formación de otras reservas siempre que las porce mismas sean razonables y respondan a una prudente administración. Las utilidades restantes se distribuirán en proporción al capital aportado debiendo previamente cubrirse las pérdidas de los ejercicios anteriores y éstas se soportarán en igual manera. Las pérdidas que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro. CAPITULO V: Cesión de Cuotas: NOVENA: Cesión de cuotas: las cesiones de cuotas de capital por un socio a favor de terceros extraños a la sociedad, requiere de la conformidad expresa de socios que representan las mayorías detalladas en la cláusula sexta. En igualdad de condiciones -precio y forma de pago los socios tendrán derecho de preferencia en la compra, y de hacer uso de la misma, cada socio adquirirá la cantidad de cuotas en relación al porcentaje que posee dentro de la Sociedad al momento de materializarse la cesión.

Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas acrecentándolas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia ya sus consocios, quienes deberá notificar su decisión en un plazo no mayor de 30 días, contados desde la fecha de recepción de la comunicación antes mencionada. En la comunicación que el socio cedente haga, deber indicar nombre y apellido del interesado, monto deja cesión y forma de pago. La trasmisión de las cuotas tiene efecto frente a la sociedad desde que el cedente y/o el adquirente entreguen a la gerencia alguna ejemplar, copia del titulo de las cesión o transferencia con autenticación de firmas si fuere por instrumento privado. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.- DECIMA: Fallecimiento o incapacidad: en caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de algunos de los socios, los restantes socios en el porcentaje de participación que tengan en la sociedad podrán optar: a) porque los herederos o sucesores continúen en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. En la este caso los herederos sucesores o sus representantes frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, b) por que los herederos o sucesores se retiren de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz, ausente o eliminado, pueda tener con relación al balance de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los noventa días de acaecida la muerte, o declarada la ausencia, incapacidad o eliminación del socio; con citación de los herederos, sucesores o representantes a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo única y sola representación unificando su personería y acreditando su carácter por resolución Judicial. A los efectos del valor de las cuotas, no se tendrá en cuenta el valor de llave que pudiere corresponder. En el caso del apartado b) el importe resultante se le abonara a los herederos o sucesores en cuatro cuotas trimestrales iguales y consecutivas, comenzados a contar desde la fecha de cierre del ejercicio en que tuvo lugar el fallecimiento, declaración de incapacidad o exclusión, siempre que la justificación del carácter de heredero se hubiera acreditado con anterioridad, caso contrario se comenzara a contar a partir de dicha acreditación. Los herederos o sucesores no pueden pretender participación alguna en las utilidades sociales obtenidas con posterioridad al fallecimiento, declaración de incapacidad o exclusión. La decisión deberá adoptarse con las mayorías de la cláusula sexta, y comunicarse de forma fehaciente a los herederos, sucesores en el termino de 30 días de acaecida el fallecimiento, o declarada la ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Los herederos o sucesores deberán comunicar a la sociedad en forma fehaciente en el termino de 10 días de notificados de la decisión, el nombre del representante frente a la sociedad, quien podrá o no ser socio de la misma; en el caso de ser socio quedara sin efecto al prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. En el supuesto M apartado b) la metodología aplicarse para la compra de las cuotas a los herederos, será en lo pertinente la que se explicita en la cláusula Novena. —- CAPITULO VI: Disolución y liquidación: DECIMAPRIMERA: Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la LGS. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los ocios, por las mayorías establecidas en la cláusula sexta, decidan nombran un liquidador, cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en ese estado. Los liquidadores actuaran de acuerdo a lo establecido en los art. 101 a 112 de la LGS, e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsara las cuotas de capital según valor actualizado a moneda constante y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias. DECIMA SEGUNDA: Diferencias entre un socio y la Sociedad o entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre la Sociedad y los socios o entre estos, acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad; será sometida la decisión de los tribunales ordinarios de distrito en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderles. Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida la presente sociedad de responsabilidad limitada y previa lectura y la ratificación del presente contrato social, a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en legal forma, firmando Dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba mencionados.

$ 400 537252 Abr. 23

__________________________________________


PRADERAS DEL NORTE S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Reelección de directores titulares. Elección de directora suplente:

PRADERAS DEL NORTE S.A., CUIT 30-71125210-6, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario el 5 de enero de 2010, en Estatutos, en tomo 91, folio 44. N° 04, con domicilio legal en calle San Martín 2.492, de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, el 31/01/2024 resolvió:

La reelección por tres ejercicios como directores titulares de los señores Eduardo Julián Bordin, DNI 12.048.285, CUIT 20-12048285-9 y Osvaldo Francisco Costa, DNI 14.587.400, CUIT 23-14587400-9; y la elección por tres ejercicios como directora suplente de doña Marta Susana Pittori, DNI 12.778.285, CUIT 27-12778285-2. También se reeligió por tres ejercicios como presidente al señor Eduardo Julián Bordin, DNI 12.048.285. CUIT 20-12048285-9, y se reeligió por tres ejercicios como vicepresidente al señor Osvaldo Francisco Costa, DNI 14.587.400. CUTT 23-14587400-9. Todas estas reelecciones fueron aceptadas por los reelegidos, y la elección fue aceptada por la elegida.

$ 100 537298 Abr. 23

__________________________________________


SKYCREAM S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Socios Cedentes: Abril infantino Mir, argentina, FN 22/11/2005, soltera, estudiante. DNI 47.036.351, CUIT 27-47036351-2 y Micaela Infantino Mir, argentina, FN 01/05/1994, soltera, estudiante DNI 37.572.370 CUIT 27-37572371-4 ambas con domicilio en Corrientes 216 P6 Rosario.

Socio Adquirente: Daniel Fernando Infantino, argentino, FN 146/3/1 966, soltero, comerciante, DNI 127.723003 CUIT 20-17723003-1, domiciliado en Ntra. Sra. del Rosario 1237, Rosario.

Cuotas Cedidas: 6500 cuotas partes $ 10 c/u,

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta mil ($ 130.000) divididos en trece mil cuotas (13.000) de pesos diez ($ 10) cada una, Suscripto e integrado por el Sr. Daniel Fernando Infantino.

Representante Legal: Daniel Fernando Infantino, DNI 17.723.003, Socio Gerente designada.

Fecha de Resolución societaria: 28/02/2025

$ 100 537238 Abr. 23

__________________________________________


SÁNCHEZ NEUMATICOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


El 06 de Febrero de 2025, los señores MARCELO RAUL SANCHEZ, argentino, nacido el 17 de Febrero de 1.967, D.N.I. Nro. 18.032.449, CUIT 20-18032449-7, casado en primeras nupcias con Gabriela Ciccioli, DNI 17.668.193; de profesión comerciante, domiciliado en calle Sarmiento 1237, piso 00-02, de la localidad de Rosario. Provincia de Santa Fe; y DIEGO MARTIN SANCHEZ, argentino, nacido el 29 de Octubre de 1.969, D.N.I. Nro. 21.011.650. CIJIT 20-21011650-9, casado en primeras nupcias con María Fernanda Marinesco, de DNI 21.497.551; de profesión comerciante, domiciliado en calle Rep. De Cuba 1630 - Región Metropolitana - Santiago - Chile, ambos con capacidad legal para contratar; se declaran únicos socios de la sociedad SANCHEZ NEUMATICOS S.R.L. y resuelven la reconducción de la sociedad, de acuerdo a artículo 95 Ley 19550, por un período de 99 años a partir de la inscripción en el registro Público de Comercio con domicilio legal en calle Sarmiento 1237, piso 00-02 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe la cual tendrá por objeto la compraventa de neumáticos, llantas, lubricantes, repuestos y accesorios para automotores y el servicio de reparación de automotores, neumáticos y llantas. Exportar e importar. Adquirir, construir y ceder derechos reales sobre inmuebles. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto y un aumento de capital a $ 6.000.000.- teniendo en cuanta que a la fecha estaba conformado por $ 3.000.- De este modo el Capital Social que es actualmente de (600.000) cuotas de $ 10.- cada una, es decir, $ 6.000.000.- queda así conformado: MARCELO RAUL SANCHEZ, trescientas mil (309.000.-) cuotas de $ 10.- cada una, es decir $ 3.000.000.y DIEGO MARTIN SANCHEZ, trescientas mil (300.000.-) cuotas de $ 10.- cada una, es decir $ 3.000.000.- La administración estará a cargo del socio MARCELO RAUL SANCHEZ, DNI 18.032.449, a quien se lo designa socio - gerente, así también como la representación legal. La fiscalización la realizarán ambos los socios. La sociedad cerrará sus ejercicios todos los 30 de Noviembre.

$ 100 537202 Abr. 23

__________________________________________


333 CORPORATE SPA


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por el presente se hace saber que, por Acta Sesión Extraordinaria de Directorio de fecha 27 de septiembre de 2024 de 333 Corporate SpA, una sociedad constituida de acuerdo con las leyes de Chile (RUT 77096897-6), se ha resuelto por unanimidad: 1) Inscribir a 333 Corporate SpA en la República Argentina a los fines del art. 123 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias. 2) Designar como representante legal de 333 CORPORATE SpA en la República Argentina a PABLO EDUARDO ISAAC, DNI 34.535.360, CUJT 20-34535360-8, nacionalidad Argentina, Empresario, casado, nacido el 27 de julio de 1989, domiciliado realmente Av. Cerviño 4502, piso 22 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio electrónico en pablo.isaacconectandopuntos.com, quien ha sido expresamente facultado para: (i) Representar a 333 CORPORATE SpA ante el Banco Central de la República Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos, y resolver en definitiva cualquier asunto, cuestión o procedimiento administrativo que se interponga contra 333 CORPORATE SpA en el ámbito de estos órganos y/o de cualquier órgano y/o repartición administrativa del estado nacional, provincial y/o municipales de la República Argentina; (u) recibir y remitir notificaciones en el ámbito de las acciones judiciales y/o administrativas y/o extrajudiciales que se entablen contra de 333 CORPORATE SpA en Argentina; (iii) A petición del Directorio de 333 Corporate SpA, celebrar y suscribir los contratos para constituir o adquirir participaciones (acciones, cuotas y/o partes de interés) en sociedades de cualquier clase u objeto, constituidas en la República Argentina, y realizar todas las gestiones o acuerdos que sean necesarios para su correcta tramitación; (iv) A petición del Directorio de 333 CORPORATE SpA y en seguimiento de sus instrucciones, ejercer en nombre y representación de 333 CORPORATE SpA todos los derechos políticos y económicos que le correspondan y asistan en su carácter de accionista y/o socio de sociedades constituidas en la República Argentina; (vi) Realizar en general todo acto pertinente a su responsabilidad y al cargo para el que se lo designa, incluso aquellos actos destinados a la inscripción de 333 CORPORATE SpA en Argentina; (vi) A requerimiento del Directorio de 333 Corporate SpA, rendir cuenta de su gestión en un plazo de 30 días, bastando la petición por escrito del órgano mencionado a su correo electrónico; (vii) Dar estricto cumplimiento a las facultades señaladas, no siendo posible delegar estas sin previo consentimiento o acuerdo del Directorio de 333 Corporate SpA.- Por último, se hace saber que, a todos los efectos legales en la República Argentina, 333 CORPORATE SpA ha constituido su domicilio en calle Mitre 266, piso 15, Dpto. 1 de la ciudad de Rosario, departa me o del mismo nombre, provincia de Santa Fe, Argentina.

$ 200 537246 Abr. 23

__________________________________________


TRANSPORTE EL RAFA S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público, se ha dispuesto inscribir en ese el instrumento del 18.02.2025 por el cual MARIA AYLEN BURGUES, nacida el 28.08.1963, materno De Las Heras, CUIT 27-16388734-2, viuda; ALDANA AYLEN DE GRANDE, nacida el 28.02.1994, materno Burguez, CUIT 27-37264893-2 soltera, y FEDERICO EDGARDO DE GRANDE, nacido el 28-04-1996, materno Burguez, CUIT 20-39454628-4, soltero, todos domiciliados en Chile 1330 de Armstrong; cedieron a ANA LAURA LUCERO, CUIT 28- 38883 140-0, domiciliada J. Cuffia N° 1746 de Armstrong, 60 cuotas sociales de $ 100 valor nominal cada una, representativas de $ 60.000.-(Pesos sesenta mil) que tienen y les corresponde en “TRANSPORTE EL RAFA S.R.L.” CUIT 30-70988077-9 con sede social inscripta en calle J. Cuffia N° 1746 de Armstrong (Provincia de Santa Fe). El capital de $ 24.000), dividido en 240 cuotas sociales de $ 100.- se compone así: ALEJANDRO MARTIN YOCCO 180 y ANA LAURA LUCERO 60 (sesenta) cuotas de capital social de $ 100.- Rosario, 21 de Marzo de 2025.

$ 100 537198 Abr. 23

__________________________________________


DON TITO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: DON TITO S.A. s/Designación de Autoridades; (CUIJ 21-05215947-1), en trámite ante el Registro Público, hace saber que la firma “DON TITO S.A.”, en fecha 07/12/2023, mediante Acta de Asamblea General Ordinaria N° 29, ha resuelto la modificación del Directorio, el que queda conformado de la siguiente manera: Director Titular: NORBERTO ALEJANDRO FAISAL, DNI N° 23.280.558, CUIT 20-23280558-8, argentino, mayor de edad, con domicilio en calle Francisco Angeloni N° 2114, de la ciudad de San Justo, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe. Director Suplente: JULIAN SALIM FAISAL, DNI Nº 45.411.839, CUIT 20-45411839-2, argentino, mayor de edad, domiciliado en Francisco Angeloni N° 2114, de la ciudad de San Justo, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe, hasta finalizar los mandatos de los cargos renunciantes. Santa Fe, 3 de Marzo de 2025. Liliana G. Piana, Secretaria.

$ 100 537593 Abr. 23 Abr. 24

__________________________________________


GENETICA VERDE S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


ACTA N º 1: En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 16 días del mes de mayo de 2024, siendo las 10:00 hs. se reúnen en primera convocatoria, en la sede social los socios de “GENETICA VERDE S.A.”, debidamente inscripta por ante el Registro Público de Comercio de Rosario, en la sección “ESTATUTOS”, al Tomo 101, Folio: 4311, N°: 743, de fecha 02 de noviembre de 2020, la Sra. Aldana Casadevall, de apellido Materno Marchesini, DNI N° 32.464.077, C.U.I.T: 27-32464077-6, Fecha de nacimiento 19/02/1987, de Nacionalidad Argentina, Estado civil casada, Domicilio real en calle Larrechea Nro. 740 de la ciudad de Rosario, de profesión Ingeniera Ambiental y la Sra. Sabrina Noemí Hernández, de Apellido Materno Guiance, DNI N° 32.735.113, C.U.I.T: 27-32735113-9, Fecha de nacimiento 22.12.1986, de Nacionalidad Argentina, de Estado civil casada, con domicilio real en calle Jorge Cura Nro. 2715 de la ciudad de Rosario, de profesión Ingeniera Ambiental, los que representan la totalidad del capital social y la totalidad de votos posibles para esta Asamblea, revistiendo en consecuencia esta asamblea el carácter de unánime en los términos del Art. 237 última parte de la ley 19550. Estando en condiciones legales de deliberar se da abierto el debate, resolviéndose lo siguiente para cada uno de los puntos previstos en el orden del Día a Saber. 1) Designación de dos accionistas para suscribir el acta que origine la Asamblea general. Se aprueba designar a las Sras. Sabrina Noemí Hernández y Aldana Casadevall.- 2) Renovación de directorio por vencimiento del mandato. Por unanimidad los accionistas resuelven designar como único Director titular y Presidente de la sociedad a la Sra. Aldana Casadevall de apellido Materno Marchesini, DNI Nro. 32.464.077 CUIT 27-32464077-6, Fecha de nacimiento 19/02/1987, de Nacionalidad Argentina, de profesión Ingeniera Civil, fijando Domicilio en calle Larrechea Nro. 740 de la ciudad de Rosario y como Director Suplente la Sra. Sabrina Noemí Hernández, de Apellido Materno Guiance, DNI Nro. 32.735.113 C.U.I.T: 27-32735113-9, Fecha de nacimiento 22 de diciembre de 1986, de Nacionalidad Argentina, de profesión Ingeniera Ambiental, fijando domicilio en calle en calle Jorge Cura Nro. 2715 de la ciudad de Rosario. El director designado y el director suplente, ambos presentes en este acto, aceptan los cargos propuestos, firmando ambos al pie de la presente acta en señal de aceptación. Se autoriza al doctor Alexis Wilchel y/o a la Dra. Micaela L. Torresi y/o a quien éstos designen para a tramitar la inscripción del Directorio ante el Registro Público de Comercio. No habiendo más temas que tratar, se levanta la sesión a las 14.30 horas, previa redacción, aprobación y firma del presente en señal de conformidad.

$ 100 539436 Abr. 23

__________________________________________


PADMET S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial Primera Nominación a cargo del Registro Público de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo; Dra. Corina Serricchio -Secretaria, conforme lo ordenado en autos caratulados: “PADMET S.A. S/DESIGNACION DE AUTORIDADES”, Expte. N° 61/Año 2025, Cuij N° 21-05293057-7, en trámite por ante dicho registro se hace saber que la firma PADMET S.A., con domicilio en calle 21 N° 1.118 de la ciudad de Avellaneda, Departamento General Obligado, de la Provincia de Santa Fe, procedió a designar a los miembros de su directorio unipersonal, según asamblea general ordinaria unánime N° 17 de fecha 10/02/2025, siendo electo como DIRECTOR TITULAR Lucas Paduán, de apellido materno Cucit, DNI Nº 37.579.167, estado civil soltero, nacido el 14/09/1993, de nacionalidad argentina, domiciliado en calle 301 Nº 45, Barrio Padre Celso de la ciudad de Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, empresario, CUIT Nº 20-37579167-7 y como DIRECTORA SUPLENTE Mara Danisa Paduan, de apellido materno Niclis, DNI Nº 21.419.567, estado civil casada, nacida el 03/12/1969, de nacionalidad argentina, domiciliada en calle 303 Nº 535, de la ciudad de Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, técnico superior en tecnología de alimentos, CUIT Nº 23-21419567-4. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Reconquista, 09 de abril de 2025.

Corina Serricchio, secretaria.

$ 1000 539038 Abr. 23

__________________________________________


FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/MODIFICACIÓN AL CONTRATO SOCIAL”, Expediente N° 2.272, Año 2.024, que se tramitan por ante el Registro Público de Santa Fe del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1era. Nominación de los Tribunales de Santa Fe; se hace saber que la sociedad FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, procedió a: 1°) Por contrato celebrado el 23/09/2.024, ratificado en 20/11/24, efectuar una CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES DE FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y CAMBIO DE GERENTES, entre los cónyuges de primeras nupcias entre sí, Daniel PIZZICO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad N° 11.278.005 y C.U.I.L./C.U.I.T. N° 20-11278005-0, de 70 años, empresario y Vivian Beatriz MUSURUANA, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad Nro. 12.375.416 y C.U.I.L./C.U.I.T. N°. 27-12375416-1, de 68 años, empresaria, ambos domiciliados en calle Pedro de Vega N° 2.366 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y los señores Alejandro Daniel PIZZICO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad N° 27.620.714 y C.U.I.L./C.U.I.T. N° 20-27620714-9, de 45 años, empresario, casado en primeras nupcias con Luciana Carolina PRIETO, domiciliado en Avenida Aristóbulo del Valle N° 6.246 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y Gustavo Adrián PIZZICO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad N° 28.416.075 y C.U.I.L./C.U.I.T. N° 20-28416075-5, de 44 años, empresario, divorciado en primeras nupcias de María Teresa ALBRECHT, domiciliado en Avenida Aristóbulo del Valle N° 6.246 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; contrato por el cual Daniel PIZZICO y Vivian Beatriz MUSURUANA CEDIERON y TRANSFIRIERON A TITULO GRATUITO a favor de sus hijos, Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO la totalidad de las cuotas sociales que tenían y les correspondían en FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, o sea, la cantidad de CIEN CUOTAS SOCIALES de CIEN PESOS ($100) cada una de valor nominal; adquiriendo Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO POR PARTES IGUALES las CUOTAS CEDIDAS, o sea, la cantidad de CINCUENTA CUOTAS cada uno de la SOCIEDAD. Asimismo, Daniel PIZZICO y Vivian Beatriz MUSURUANA, RENUNCIARON en dicho acto a la gerencia de la sociedad, como titular el primero y como suplente, la segunda, y los señores Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO, socios entrantes, se desempeñarán de forma conjunta a partir de esa fecha como socios gerentes titulares en lugar de los salientes; MODIFICÁNDOSE LOS ARTÍCULOS 4° Y 5° DEL CONTRATO SOCIAL, los que quedaron redactados de la siguiente forma: “ARTICULO 4° - Capital Social: El capital social se establece en la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000), dividido en CIEN CUOTAS iguales de PESOS MIL ($1.000) cada una. Las cuotas están suscriptas e integradas en las siguientes proporciones: el señor Alejandro Daniel PIZZICO posee CINCUENTA CUOTAS, por un total de PESOS CINCO MIL ($5.000) y el señor Gustavo Adrián PIZZICO posee CINCUENTA CUOTAS, por un total de PESOS CINCO MIL ($5.000). Se acuerda que el capital podrá incrementarse cuando el giro comercial así lo requiera. Cada cuota social otorga derecho a UN VOTO, el cual puede ejercerse de manera representativa”. “ARTÍCULO 5° - Administración: La administración, representación y uso de la firma social estarán a cargo de los señores Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO, quienes actuarán como socios gerentes titulares de manera conjunta. Su permanencia en el cargo será indefinida y contarán con plenas facultades para realizar cualquier acto o contrato relacionado con la adquisición de bienes muebles e inmuebles, así como las operaciones estipuladas en el Artículo 3° del presente contrato. El cargo de gerente no será remunerado. En caso de fallecimiento, incapacidad o cualquier otra circunstancia que impida de manera absoluta o relativa que el señor Alejandro Daniel PIZZICO o el señor Gustavo Adrián PIZZICO continúen ejerciendo como gerentes titulares, el reemplazo se realizará en el siguiente orden: en primer lugar, por el señor Daniel PIZZICO; en caso de que este no pueda o no desee asumir el cargo, será reemplazado, en segundo lugar, por la señora Vivian Beatriz MUSURUANA; y, si ella tampoco pudiera o no quisiera asumir dicha función, el reemplazo, en tercer y último lugar, recaerá sobre el otro gerente en funciones. Se convocará a una reunión de socios para cubrir el cargo vacante en un plazo máximo de noventa (90) días corridos. Durante este período, el reemplazante podrá actuar en conjunto con el otro gerente titular o, en caso de aplicarse el tercer supuesto, como único gerente titular, realizando los actos urgentes que no puedan esperar. Deberá rendir cuentas de dichos actos ante la reunión de socios, que confirmará o designará al nuevo gerente”; 2°) Por acta de reunión de socios del 23/09/2.024, los señores Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO MANIFIESTARON ACEPTAR el cargo de gerentes titulares, el cual ejercerán de manera conjunta; y RESOLVIERON POR UNANIMIDAD AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL por capitalización de la reserva voluntaria, a la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES ($23.000.000), dividido en CIEN CUOTAS iguales de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL ($230.000) cada una; MODIFICÁNDOSE EL ARTÍCULO 4° DEL CONTRATO SOCIAL, el que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 4° - Capital Social: El capital social se establece en la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES ($23.000.000), dividido en CIEN CUOTAS iguales de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL ($230.000) cada una. Las cuotas están suscriptas e integradas en las siguientes proporciones: el señor Alejandro Daniel PIZZICO posee CINCUENTA CUOTAS, por un total de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($11.500.000) y el señor Gustavo Adrián PIZZICO posee CINCUENTA CUOTAS, por un total de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($11.500.000). Se acuerda que el capital podrá incrementarse cuando el giro comercial así lo requiera. Cada cuota social otorga derecho a UN VOTO, el cual puede ejercerse de manera representativa”; 3°) Por acta de reunión de socios del 23/09/2.024, los señores Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO, RESOLVIERON POR UNANIMIDAD AMPLIAR EL OBJETO SOCIAL, MODIFICÁNDOSE EL ARTÍCULO 3° DEL CONTRATO SOCIAL, el que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 3° - Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros y, a su vez, otorgar franquicias de las siguientes actividades: a) Comerciales: Compra, venta en locales comerciales, a través de internet o mediante cualquier otro medio o canal de comercialización; permuta; importación; exportación; representación; distribución; consignación y explotación de los siguientes productos: artículos de bazar, ferretería, librería y útiles escolares; muebles; iluminación; artículos de decoración navideña; cristalería; menaje; accesorios para cocina y baño; implementos y utensilios para el confort del hogar; prendas de vestir; calzado y artículos de marroquinería; juguetes; juegos de azar; rodados; vehículos eléctricos; artículos deportivos; regalos en general; objetos artísticos, decorativos y eléctricos; artículos de verano y de entretenimiento, incluyendo artículos tecnológicos, celulares, relojes y materiales musicales; alimentos, bebidas y golosinas; productos de farmacia, perfumes, colonias, jabones de tocador y productos cosméticos; productos de bijouterie y joyería, tales como anillos, pulseras, collares, aros, dijes, broches, peinetas, hebillas y otros accesorios y adornos de fantasía, elaborados en materiales como metales, piedras semipreciosas, cristales, perlas, resinas, plásticos, cuero y tejidos, incluyendo artículos de joyería fina o aquellos que contengan metales preciosos en cantidades que los tipifiquen como tales; todo tipo de anteojos y lentes, incluyendo anteojos recetados, lentes de sol, lentes de contacto, gafas de protección, lentes de seguridad industrial, anteojos o lentes inteligentes, lentes de realidad virtual, así como accesorios relacionados como estuches, fundas, toallitas de limpieza, cadenas y cordones para anteojos, cumpliendo con las normativas vigentes en materia de salud visual y estándares de calidad. Además, la sociedad podrá comercializar estampillas, obleas y productos relacionados con el cumplimiento de obligaciones sociales y/o de salud, destinados a entidades de obras sociales, mutuales y organizaciones afines, así como cualquier otro bien que pueda ofrecerse a nuestros clientes, y todo tipo de producto afín a la explotación de una tienda de ramos generales y/o multirubro. b) Servicios: Prestación de servicios en locales comerciales, en internet o mediante cualquier otro medio o canal de comercialización, incluyendo el cobro de impuestos y servicios; venta de entradas para espectáculos presenciales o en línea; fotocopiado e impresión de cualquier tipo y formato; asesoramiento; derechos de uso; asistencia técnica; servicios laborales; asistencia financiera y cualquier otro servicio relacionado con el rubro de bazar, juguetería, tienda de ramos generales y/o multirubro. c) Productivas: Elaboración y/o producción total o parcial de productos afines a un bazar, juguetería, librería, ferretería, vestimenta, calzado, eléctrico, electrónico, bijouterie, joyería, anteojos y lentes, así como todos los accesorios relacionados con todo tipo de anteojos y lentes, y artículos de tienda de ramos generales y/o multirubro” y 4°) Por acta de reunión de socios del 23/09/2.024, los señores Alejandro Daniel PIZZICO y Gustavo Adrián PIZZICO, RESOLVIERON POR UNANIMIDAD MODIFICAR EL ARTÍCULO 1° DEL CONTRATO SOCIAL, el que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 1° - Denominación y Domicilio: La sociedad girará bajo la denominación de FÉNIX DISTRIBUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio legal en Avenida Aristóbulo del Valle N° 6.246 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina, con facultades para establecer sucursales, depósitos u otros tipos de representaciones en cualquier punto del país”.

Santa Fe, 01 de abril de 2025. Liliana Guadalupe Piana Secretaria.

$ 500 538621 Abr. 23

__________________________________________


LUCMAR AGROPECUARIA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación-, a cargo del Registro Público de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo-; Dra. Corina Serricchio, Secretaria, conforme lo ordenado en autos caratulados: “LUCMAR AGROPECUARIA S.R.L. S/CONSTITUCION DE SOCIEDAD” (EXPTE. N° 59/AÑO 2025) -CUIJ N° 21-05293055-0-, de trámite por ante este Registro, se ha dispuesto la siguiente publicación:

SOCIOS: Sr. BRESSAN LUCIANO AGUSTIN, argentino, soltero, D.N.I.: N° 27.937.353, nacido el 8 de Agosto de 1980, de profesión empresario, domiciliado en Calle 1 y 14 s/n de la localidad de Guardia Escolta (Santiago del Estero), CUIT N° 20-27937353-8, y Sr. BRESSAN MARTIN ANDRES, argentino, soltero, D.N.I.: N° 37.403.005, nacido el 20 de Abril de 1993, de profesión empresario, domiciliado en Mitre Nº 2448 de la localidad de Malabrigo (Santa Fe), CUIT N° 20-37403005-2.-

Fecha del Instrumento: 12 de Febrero de 2025.-

Denominación: LUCMAR AGROPECUARIA S.R.L.-

Domicilio: en la ciudad de Malabrigo, Provincia de Santa Fe.-

Sede Social: Calle Mitre N° 2448 de la localidad de Malabrigo, Departamento Gral. Obligado, Provincia de Santa Fe.-

Plazo: 50 años a partir de la inscripción en el Registro Púbico.-

Objeto: a) Servicios de labranza, siembra, transplante y cuidados culturales, b) Servicios de maquinaria agrícola (incluye clasificado y/o tamañado, rastrillado y roturación de terrenos, entre otras), c)- Servicios de cosecha mecánica (incluye la cosecha mecánica de granos, caña de azúcar, algodón, forrajes, el enfardado, enrollado, entre otras), d) Cultivo de Cereales y/o Oleaginosas, e) Cría de hacienda, f) Transporte automotor de cargas, g) Compra, venta, industrialización, distribución, consignación, intermediación, exportación y/o importación directa o indirectamente, por representantes o en representación de cualquier entidad de mercaderías e insumos agrícolas, cereales y/o oleaginosas y sus derivados (fibra de algodón, semillas, expeler, aceites, entre otros), a través de la comercialización mayorista y/o minorista de los mismos; h) Comercialización: compra-venta, permuta, locación, consignación, intermediación, importación y exportación directa o indirectamente, por representantes o en representación de cualquier entidad, de todo tipo de tractores, cosechadoras, sembradoras y/o maquinarias agrícolas, nuevas y/o usadas, venta y comercialización de repuestos, partes, accesorios, aparatos y elementos de tales bienes que los mismos requieran. Brindará además, servicio técnico especializado, con estructura y/o modalidad propias, o en sociedad con terceros; i) Prestación de Servicios: La prestación de servicios a la industria y al agro, sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes y con profesionales matriculados contratados a tal efecto.

En cumplimientos de sus fines, la sociedad podrá utilizar o realizar, sin restricciones, todas las operaciones o actos jurídicos que se relacionan con su objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la Ley general de sociedades N° 19550 y Código Civil y Comercial de la Nación.

Capital: CAPITAL Y APORTES: El capital social se fija en la suma de pesos veinticinco millones ($25.000.000.-) divididos en cinco mil (5.000.-) cuotas sociales de valor nominal pesos cinco mil ($5000.-), cada una, que los socios suscriben e integran en este acto de la siguiente manera: BRESSAN LUCIANO AGUSTIN: dos mil quinientas (2500.-) cuotas sociales, de valor nominal pesos cinco mil ($5.000.-) cada una, totalizando la suma de pesos doce millones, quinientos mil ($12.500.000.-); BRESSAN MARTIN ANDRES: dos mil quinientas (2500.-) cuotas sociales, de valor nominal pesos cinco mil ($5.000.-) cada una, totalizando la suma de pesos doce millones, quinientos mil ($12.500.000.-), que integran en dinero en efectivo en su totalidad.-

Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes podrán actuar en forma individual, indistinta y/o alternativamente cualquiera de ellos.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, sin limitación alguna. Puede en consecuencia efectuar y suscribir todos sus actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, pudiendo celebrar a nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos tendientes al cumplimiento del objeto social con la única excepción de prestar fianza y garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Se designa en este acto como gerentes a los Sres. Bressan Luciano Agustin D.N.I. 27.937.353 y al Sr. Bressan Martín Andrés D.N.I. 37.403.005.-

Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.-

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Julio de cada año.-

Fdo: Dra. Corina Serricchio -Secretaria.- Reconquista, 07 de abril de 2025.-

$ 2000 538802 Abr. 23

__________________________________________


SERVICIOS TERMOMECANICOS INTEGRALES S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en auto caratulados SERVICIOS TERMOMECANICOS INTEGRALES S.A.S. S/CONSTITUCION DE SOCIEDAD, Expte. 45/2025 de trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se efectúa la siguiente publicación:

1) Socios: ROBERTO LEANDRO CARLOS MELERO, argentino, DNI. Nro. 26.276.923, C.U.I.T. 20-26276923-3, nacido el 5 de enero de 1978, profesión empresario, en unión convivencial, con domicilio real en Club de Campo El Paso, Lote 292, ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe y MARINA JUDITH MILIA, argentina, DNI. Nro. 27.793.346, C.U.I.T. 27-27793346-8, nacida el 14 de marzo de 1980, empresaria, en unión convivencial, con domicilio real en Club de Campo El Paso, Lote 292, ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe.

2) Fecha de constitución: 11 de noviembre de 2024.

3) Denominación: SERVICIOS TERMOMECANICOS INTEGRALES S.A.S.

4) Domicilio legal: Avenida Blas Parera Nº 5755, La Capital, provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) diseño y desarrollo de equipos y sistemas de climatización y refrigeración y aplicaciones térmicas y energéticas. Fabricación, comercialización, distribución, alquiler, consignación, comisión de equipos, aparatos, piezas, accesorios y repuestos inherentes a dichas industrias. Instalación, montaje, reparación, mantenimiento y demás servicios relacionados directa o indirectamente con los rubros precedentes. b) Comercialización por mayor y menor de artículos de ferretería, herramientas y maquinarias del rubro ferretería industrial y de obra, materiales y equipos eléctricos, pinturas y solventes y todo tipo de insumos y accesorios afines para la industria y la construcción. Alquiler de máquinas y equipos para la industria.

Para la realización de dichas actividades podrá importar y/o exportar productos y servicios, adquirir y vender franquicias comerciales, ser licenciataria, tener marcas u otros derechos a su nombre, adquiriendo en forma directa o a través de terceros los materiales, servicios y/o insumos que resulten convenientes. A tales fines, tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

6) Plazo de duración: VEINTE (20) años contados a partir desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

7) Capital social: El capital social es de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) representado por quinientas (500) acciones ordinarias de valor nominal diez mil pesos ($ 10.000.-) cada una. Capital suscripto e integrado: Roberto Leandro Carlos Melero suscribe doscientos cincuenta (250) acciones a un valor nominal total de dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000.-), integrado seiscientos veinticinco mil pesos ($625.000.-) y Milia Marina Judith suscribe doscientos cincuentas (250) acciones a un valor nominal total dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000.-), integrado seiscientos veinticinco mil pesos ($ 625.000.-).

8) Administración y representación: Estará a cargo de una o más personas humanas. Los socios Melero Roberto Leandro Carlos y Milia Marina Judith quienes actuarán en forma indistinta, ambos con domiciliado en Club de campo El Paso, lote 292 de la cuidad de Santo Tome provincia de Santa Fe.

9) Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Los socios cuentan con el derecho de información previsto en el artículo 55 de la ley general de sociedades. 

10) Fecha de cierre: 31 de octubre de cada año.

Santa Fe, 20 de marzo de 2025. Liliana Guadalupe Piana Secretaria.

$ 700 537625 Abr. 23

__________________________________________


S.A.I.F.I.C.A.” SOCIEDAD ANÓNIMA INMOBILIARIA,

FINANCIERA, INDUSTRIAL, COMERCIAL

Y AGROPECUARIA


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría de la Dra. María Julia Petracco por resolución de fecha 6 de marzo de 2025, dictada en los autos “S.A.I.F.I.C.A.” Sociedad Anónima Inmobiliaria, Financiera, Industrial, Comercial y Agropecuaria s/ INSCRIPCION DIRECTORIO (Expte. Nº 352/2024 – CUIJ N° 21-05795093-2), se ordena la siguiente publicación de edictos en cumplimiento de la Ley 19.550 a fin de publicar que por Acta de Asamblea General Ordinaria N° 455 de fecha 11-01-2024 se ha procedido a la elección de autoridades por tres años, designándose por unanimidad a los señores Carlos Dodi; Luis María Dodi; Francesca Dodi; Verónica Dodi; Silvana Sabini; y Raúl Rodolfo Weiss como Directores Titulares y, a la señora Maura Fiorani de Dodi como Director Suplente. En virtud de esta resolución, los cargos fueron distribuidos mediante Acta de Directorio N° 519 de fecha 11-01-2024, de la siguiente manera: Presidente: Luis María Dodi; Vicepresidente: Carlos Dodi; Vocales Titulares: Francesca Dodi; Verónica Dodi; Silvana Sabini y Raúl Rodolfo Weiss; Director Suplente: Maura Fiorani de Dodi. En la misma Asamblea se ha procedido a la eleción del Órgano de Fiscalización por el término de un año, designándose por unanimidad a: Síndico Titular: Dr. C.P. Jorge César Toscanini; Síndico Suplente: Dra. C.P. Mariana Toscanini.

$ 100 537880 Abr. 23