picture_as_pdf 2025-04-22

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ROSARIO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Autos caratulados: “CARDINALE PABLO – CONC. PREVENTIVO – S/ INCIDENTE DE REVISION PROM. POR CAFFA NEBY NELLY” CUIJ 21-01241807-5. Por disposición del Sr. Juez de Distrito en la Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, emplácese por edictos a sus herederos de Neby Nelly Caffa (DNI 3.623.316), para que comparezcan a estar a derecho, atento lo normado por el Art. 597 del CPCC, dentro del termino de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el Art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Rosario, 3 de abril de 2025.-

$ 100 538564 Abr. 22 Abr. 24

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Nicolás Villanueva, Secretaría de la Dra. Daniela A. Jaime, dentro de los autos caratulados: GIORDANENGO, LIZA s/Sumaria Información; CUIJ 21-02991008-9, se hace saber que GIORDANENGO LIZA, argentina, soltera, D.N.I. N° 41.216.644, nacida el 26 de junio de 1998, de apellido materno Stafforte, solicitó su inscripción en la matrícula del Colegio de Escribanos de la Segunda Circunscripción de la provincia de Santa Fe. Publicación por el término 3 días. Rosario, 27 de Marzo de 2025. Dra. Daniela Andrea Jaime, Secretaria.

$ 100 538114 Abr. 22 Abr. 24

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3era. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MIRTA GRACIELA GARCIA (DNI Nro. 12.526.433) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCIA, MIRTA GRACIELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 3” (Expte. CUIJ Nro. 21-02991151-4). - Fdo. Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez)

$ 45 Abr. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODOLFO MARCOS TAMBUZZO (D.N.I. 16.812.580) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: TAMBUZZO, RODOLFO MARCOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-02990369-4

$ 45 Abr. 22

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MARIANO ATILIO TORNATORE, D.N.I. 6.043.515 y MARIA TERESA ACQUAROLI, D.N.I. 4.488.100, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TORNATORE, MARIANO ATILIO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02991346-0). Fdo. Prosecretaria

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANIEL JESUS MARTINEZ DNI 13.580.185 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días Se diligencia sin cargo atento a tramitarse por Defensoría Zonal. Autos caratulados “MARTINEZ, DANIEL JESUS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” Cuij 21-02990806-8. Fdo. Dr Fabián e. Bellizia (Juez). Rosario, 23 de marzo de 2025.-

$ 45 Abr. 22

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gabriel Alberto Baldovino D.N.I. 6.004.543 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ BALDOVINO, GABRIEL ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” 21-02984184-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición de Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Delia Enriqueta Mancinelli DNI 2.379.605 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BALDOVINO, GABRIEL ALBERTO Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” 21-02984184-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenando citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS PABLO ESCODA, D.N.I. N° 6.015.272, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ESCODA, LUIS PABLO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21.02982775-0, de tramite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR DISPOSICIÓN DEL SR. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL NRO. 7 DE CASILDA, 1era NOMINACION, EN LOS AUTOS CARATULADOS “SPARVOLI MARIA INES Y OTROS C/ CICCARELLI EDUARDO Y OTROS S/ USUCAPION” (EXPTE.CUIJ 21-25800094-0), SE DECRETO LO SIGUIENTE: “CASILDA, 27 DE DICIEMBRE DE 2024.- PUESTOS LOS AUTOS A DESPACHO EL DIA DE LA FECHA SE PROVEE ESCRITO CARGO Nº 3364/24: AGREGUESE LA CONSTANCIA QUE ADJUNTA. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PUBLICACION DE EDICTOS QUE SE ADJUNTA FUE CORROBORADA CON EL LINK FACILITADO, DEJANDO CONSTANCIA QUE EL MISMO FUE DEBIDAMENTE PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL. ATENTO LO INFORMADO POR MESA DE ENTRADAS Y HABIENDO VENCIDO EL TERMINO DE LEY OTORGADO A LOS CODEMANDADOS PARA QUE COMPAREZCAN A ESTAR A DERECHO SIN QUE HAYA HECHO USO DEL MISMO, DECLARESE LA REBELDIA DE LOS CODEMANDADOS MENCIONADOS, PROSIGUIENDOSE EL JUICIO SIN SU PARTICIPACION. DESIGNASE AUDIENCIA A LOS FINES DE UN SORTEO DE DEFENSOR AD-HOC PARA EL DIA 20 DE FEBRERO DE 2025, A LAS 7:30HS. NOTIFIQUESE (ART. 61 CPCCSF).- FDO: DRA. CLELIA CARINA GOMEZ (JUEZ) DRA. VIVIANA M. GUIDA (SECRETARIA).- CASILDA, DE FEBRERO DE 2025.-

$ 100 538447 Abr. 22

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NELLY IRENE FORMENTIN DNI N°1.521.379 Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados V 21-25865613-7 (127/2025) Fdo, Dra Aracelis Rosenburt Secretaria.

$ 45 Abr. 22

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1º Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “CARO CASIMIRO JUAN RAFAEL Y VELIZ ROSA AIDE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-26033285-3 se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, 21 de abril de 2025

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Por disposición de la Jueza de Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HAYDEE CLARA  DARAIO, DNI N° 03.802.463  por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DARAIO HAYDEE CLARA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.”. CUIJ 21-26033969-6 Fdo. DRA. CAROLINA LUCIA KAUFFELER Secretario DRA. JULIETA GENTILE- Jueza.

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, en autos caratulados LH MONTAJES INDUSTRIALES S.A. s/QUIEBRA (POR ACREEDOR); CUIJ N° 21-25659691-9, se ha dispuesto -de conformidad a lo normado por el art. 89 LCQ- dar publicidad por edictos a la sentencia N° 196 de fecha 26/03/2025, mediante la cual se declaró la quiebra de LH MONTAJES INDUSTRIALES S.A., conforme seguidamente se detalla: FALLO: 1) Declarando a instancia de acreedor la quiebra de LH MONTAJES INDUSTRIALES S.A.; CUIT N° 30-71057816-4 con domicilio social -según el Informe del Registro Público de Comercio agregado a autos- en Dr. C. Silv. Begnis 1500 Lote 38 y 39 de la localidad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiando al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente. 3) Oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y de Santa Fe, al Registro de la Propiedad del Automotor, a la Dirección General de Registro de Licitadores en Santa Fe, al Banco Central de la República Argentina (disponiéndose en forma expresa la circularización a través de la Comunicación “D” a todas las entidades reguladas) y a todo otro registro que pudiere corresponder (en el supuesto de mantener el fallido inmuebles en otras jurisdicciones) a los fines de anotar la inhibición general del fallido. Asimismo, ofíciese a la Dirección Nacional De Los Registros Nacionales De La Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (D.R.N.P.A.) para que informe sobre la existencia de vehículos de titularidad del fallido; y al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país. 4) Intimando al deudor y su administrador titular (Sr. Gustavo Daniel Suárez, DNI 18.193.656, domiciliado en PJ Isabela La Católica 4170 de la localidad de Rosario) para que, dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por parte del Síndico, entreguen al mismo la documentación relacionada a su actividad, y en el término de 10 días cumplimente con lo prescripto en el Art. 86 1er. párrafo. 5) Prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 6) Intimado a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder, a ponerlos a disposición del Síndico a designar. Hágase saber al fallido que antes cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiere configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 7) Ordenado la intercepción de la correspondencia dirigida al deudor, entregándose la misma al Síndico y oficiándose a sus efectos al Correo Oficial y toda otra repartición que corresponda. 8) Librando los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 de la ley 24.522. 9) Haciendo saber al administrador titular -Sr. Gustavo Daniel Suárez, DNI 18.193.656, domiciliado en PJ Isabela La Católica 4170 de la localidad de Rosario- que no podrá ausentarse del país sin previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal, Dirección General de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, Policía de Seguridad Aeroportuaria y toda otra entidad que correspondiere. El despacho a librarse a la Dirección General de Migraciones, según Acuerdo Ordinario del 11.11.2002 (cfme. Circular 55/2002), será dirigido a la Delegación Santa Fe -sita en Urquiza 1798 de Rosario- y deberá contener indispensablemente el apellido y nombre de la persona afectada, documento de identidad y medida que se debe adoptar y en lo posible, la nacionalidad, fecha de nacimiento, nombre del padre y de la madre, provincia, causa, tribunal, secretaría, circunscripción y teléfono del Juzgado. 10) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 106 ss. y cc. de la Ley 24.522). Líbrese mandamiento de inventario e incautación al Oficial de Justicia, con todas las facultades de ley. 11) Procediendo a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Designando como funcionario incautador al Sindico que resultare sorteado a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida- que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la ley 24.522. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 12) Clasificando al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico a sus efectos designase la audiencia del día miércoles 09 de Abril de 2025. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el Art. 88 última parte L.C.Q. se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptada que fuere el cargo por el Síndico sorteado. 13) Disponiendo la comunicación de la presente al Registro Público de Comercio, al A.P.I. (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal) a la A.R.C.A. y a la Municipalidad de Villa Constitución, así como a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 14) Ordenando la publicación de edictos conforme lo formado por el art. 89 L.C.Q., en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. 15) Difiriendo el sorteo del perito enajenador -martillero-, en el supuesto que correspondiere, hasta una vez presentado el Informe General (art. 39 LCQ). 16) Haciendo saber a la Sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP, API, Municipalidad de Villa Constitución, Registro Público de Comercio, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Argentino, Registros de la Propiedad Inmueble de Rosario y Santa Fe, Registro de la Propiedad Automotor, Dirección General de Registro de Licitadores en Santa Fe, Banco Central de la República Argentina, D.R.N.P.A. y S.I.N.T.yS.) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 17) Hacer saber al fallido que, en el supuesto de haberse librado cheques de pago diferido con anterioridad a la fecha de la presente resolución, y cuyo vencimiento opere con posterioridad a la misma deberá acompañarse en el término de 2 días escrito informativo con detalle del número de dichos cheques, monto, beneficiario y fecha de vencimiento. Ello, en el marco de la cooperación debida conforme lo normado por el art. 102 Ley 24.522 y bajo los apercibimientos previstos en dicha forma. 18) Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. 19) Insértese y hágase saber. Fdo. ORSARIA - Danino. Villa, Constitución, 27 de Marzo de 2025. Dr. Alejandro Danino, Secretario.

S/C 537967 Abr. 22 Abr. 28

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro: 14 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Villa Constitución Dra. Orsaria, Secretaría del Dr. Danino; se cita a los herederos y/o sucesores del Sr. DOMENECH HORACIO RAUL DNI: 14.072.751, para que en el término de 30 días contados a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de seguirse el trámite como corresponda, dentro de autos caratulados: “DOMENECH HORACIO RAUL S/ SUCESORIO 21-25660193-9. Villa Constitución, Abril de 2024. Dr. Danino (Secretario).

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N°3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Mario Celeste Rosso, Juez, Dra. Maria Laura Olmedo, Secretaria, dentro de los autos caratulados ''MANSILLA MATILDE ELVIRA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA" (CUIJ N° 21-24623067-3), se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de "Doña MATILDE ELVIRA MANSILLA, quien era argentina, LE. Nñ 2.072.072, nacida en Santa Fe, el día 21/08/1932, hija de Doña Agusta Menichelli y Don Pedro Mansilla, con último domicilio en calle Iturraspe N° 1954 de Venado Tuerto, Pcia. Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, en fecha 10/08/1924 en Venado Tuerto, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.-

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