picture_as_pdf 2025-04-22

COLEGIO DE MARTILLEROS DE ROSARIO


AVISO


A los fines previstos en el Art. 72 de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que la señorita MARÍA EUGENIA PERUGINI, D.N.I. Nº 26.609.334, Argentina, soltera, nacida el 09/06/1978, de apellido materno PHILIPPE, con domicilio real en calle Italia N° 1283 piso 3ro. dpto. A y legal en calle Richieri N° 865 P.B. of. C ambos de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno Nº 1546 de la ciudad de Rosario, a los nueves días del mes de abril de 2025. Firma: Miriam L. Seery - Secretaria.-

$ 100 538997 Abr. 22 Abr. 23

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AVISO


A los fines previstos en el Art. 79 de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que la señorita MARÍA SOL CARLONI, D.N.I. Nº 45.341.331, Argentina, soltera, nacida el 10/09/2003, de apellido materno GARCÍA, con domicilio real en calle 9 de Julio N° 3331 y legal en calle Paraguay N° 226 P.B. ambos de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno Nº 1546 de la ciudad de Rosario, a los nueves días del mes de abril de 2025. Firma: Miriam L. Seery, Secretaria.

$ 100 538996 Abr. 22 Abr. 23

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PILAY S.A.


AVISO


POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, PJ11 DEL N° 670 SUSCRIPTO EN FECHA 21/1/2016 ENTRE PILAY S.A. Y LOS SRES Humoller, María de los Angeles, DNI 24254251, HA SIDO EXTRAVIADO POR LOS MISMOS.

$ 50 539040 Abr. 22

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AVISO


POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO Y COMPROBANTES DE PAGO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, Nº 778 DEL GRUPO PV, SUSCRIPTO EN FECHA 04108/2008 ENTRE PILAY S.A. Y LA Sra. Torres Mariana, DNI 26.716.897, HA SIDO EXTRAVIADO.

$ 50 539040 Abr. 22

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MERCADO DE PRODUCTORES Y ABASTECEDORES

DE FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS DE SANTA FE SOCIEDAD ANÓNIMA


AVISO


Se comunica a los señores accionistas del “Mercado de Productores y Abastecedores de Frutas, Verduras y Hortalizas de Santa Fe Sociedad Anónima” que el señor OSCAR RICARDO VILLA, domiciliado realmente en Callejón Reyna Nº 2749, de la ciudad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe, titular de D.N.I. 12.471.598; ha comunicado a Directorio, por nota recibida en fecha 07 de Abril de 2025, su decisión de ofrecer en venta DOCE MIL QUINIENTAS (12.500) acciones, de $ 0,10 (valor nominal) cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, Clase “A” con derecho a cinco votos por acción, totalmente integradas a la fecha y de las cuales es titular. El precio que ha establecido para cada acción es de pesos DOS MIL ($ 2000).

Todo accionista que desee ejercer el derecho de preferencia que le confiere el Art. 194 de la Ley Nº 19.550 y su modificatoria Nº 22.903 y, en especial, el Art. 62 del Estatuto Social, dentro del plazo en ellos indicado, deberá comunicarlo en forma fehaciente a Directorio de la sociedad, en su domicilio legal de calle Tte. Florentino Loza s/nro., de la ciudad de Santa Fe.

Santa Fe, 10 de Abril de 2025. Aviso a publicarse por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y un (1) día en el Diario “El Litoral”.

$ 300 539060 Abr. 22 Abr. 24

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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR N.º 1/2025


RATIFICACIÓN RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA N.º 1/25 Y 3/25

Honorarios Mínimos Sugeridos


VISTO

Las resoluciones adoptadas por el presidente del Consejo Superior ad referéndum de este órgano por la que actualizó la cuantía de los honorarios sugeridos a los matriculados para remunerar las diferentes tareas profesionales ejecutadas, a la vez.

Lo dispuesto por la Ley N.º 8.738 art. 33.°, inc. g).

Decreto reglamentario N.º 4700/60, art. 9.°, inc. d), y


CONSIDERANDO que

La cuestión llega a este Consejo por el envío del presidente de las Resoluciones que éste dictara ad referéndum de este Cuerpo en ejercicio de las facultades que le acuerda el citado Decreto N.º 4700/60, art. 9.°, inc. d) y en cumplimiento del deber de dar inmediata intervención al Consejo Superior para que considere la confirmación.

La materia sobre la que dispone el acuerdo presidencial refiere a la cuantía sugerida de los honorarios aplicables a las diversas tareas profesionales cuyo cálculo y publicación debe adecuarse a la evolución del nivel general de precios en cuanto a la magnitud y prontitud de las variaciones.

Examinadas las resoluciones cabe concluir en la íntegra coincidencia con el contenido dispositivo, así como las razones evocadas que las fundan. En fin, corresponde consignar que el presidente ha satisfecho los requisitos formales previstos para legitimar esta medida de excepción correspondiendo acordarle la confirmación.

Por todo ello y lo dispuesto por las normas legales citadas en el encabezamiento,


EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESUELVE

Artículo 1.°: confirmar íntegramente las Resoluciones de Presidencia N.º 1/2025 y 3/2025 adoptadas ad referéndum de este Consejo Superior que entraron en vigencia el 1 de febrero de 2025 y el 1 de abril de 2025 respectivamente.

Artículo 2.°: agregar a la presente ejemplares autenticados de las resoluciones confirmadas y de sus Anexos.

Artículo 3.°: registrar la presente, hacerla conocer por los medios institucionales de difusión, publicarla por un día en el diario de publicaciones legales de la Provincia de Santa Fe y archivarla.

Rosario, 21 de marzo de 2025

(*) Para ver el texto completo de las resoluciones de Presidencia N.° 1/2025 y 3/2025 – “Honorarios mínimos sugeridos” ingrese a www.cpcesfe2.org.ar

$ 300 539066 Abr. 22

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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR Nº 2/2025


RATIFICACIÓN RESOLUCIONES DE

PRESIDENCIA N.º 2/2025 Y 4/2025

Aranceles por Legalizaciones


VISTO

Las Resoluciones de Presidencia del Consejo Superior N.º 2/2025 y 4/2025 emitidas ad referéndum de este órgano sobre la fijación del valor de los aranceles por legalizaciones.

Lo dispuesto por los artículos 31.°, 33.° y 42.°, inc. c), de la Ley N.º 8.738 y por el artículo 9.°, inc. d), del Decreto N.º 4700/60 y,


CONSIDERANDO que:

Ha tenido entrada a este Consejo Superior las Resoluciones N.º 2/2025 y 4/2025 adoptadas por presidencia en ejercicio de las facultades que le acuerda el artículo 9.°, inc. d), del Decreto reglamentario N.º 4700/60 y en cumplimiento que la misma norma le impone de someter al acto a las deliberaciones del Cuerpo en la primera reunión que celebre.

El examen de las resoluciones permite verificar la suficiente motivación, la justificada oportunidad de su despacho y el acierto de los valores asignados al servicio de legalización de trabajos profesionales coincidentes con el informe técnico de la comisión consultiva constituida al efecto también acompañado al documento resolutivo.

Cabe precisar que el presidente al emitir las resoluciones ha satisfecho los requisitos formales exigibles para legitimar el acto por lo que corresponde la íntegra confirmación de éste y así declararlo.


Por todo ello y lo dispuesto por los artículos 31.°, 33.° y 42.°, inc. c), de la Ley N.º 8738


EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESUELVE

Artículo 1.°: confirmar íntegramente las Resoluciones N.º 2/2025 y 4/2025 expedidas por presidencia en ejercicio de las facultades acordadas por el Decreto reglamentario N.º 4700/60, art. 9.°, inc. d), que entraron en vigencia el 1 de febrero de 2025 y el 1 de abril de 2025 respectivamente.


Artículo 2.°: agregar a la presente ejemplares autenticados de las resoluciones confirmadas y de sus Anexos.


Artículo 3.°: registrar la presente, hacerla conocer por los medios institucionales de difusión, publicarla por un día en el diario de publicaciones legales de la Provincia y archivarla.

Rosario, 21 de marzo de 2025

(*) Para ver el texto completo de las resoluciones de presidencia N.° 2/2025 y 4/2025 ingrese a www.cpcesfe2.org.ar

$ 600 539068 Abr. 22

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COMUNA DE SANTURCE


CONCURSO ABIERTO

(Ordenanza N°48)


La autoridad comunal de Santurce efectúa publica convocatoria a fin de proceder y convocar al llamado a CONCURSO ABIERTO para cubrir el cargo de Secretario Administrativo de la Comuna de Santurce, Categoría 19 del Estatuto y Escalafón para el Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe: de acuerdo a los alcances dispuestos en la Ordenanza N°48, año 2024. Los interesados deberán concurrir al despacho comunal a fin de obtener los pliegos pertinentes del referido concurso, desde el Martes 15 hasta el Miércoles 23 de Abril del corriente en horario de administración - Conste.

$ 45 538987 Abr. 22


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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR N.º 5/2025

RATIFICACION DE LA RESOLUCION DE PRESIDENCIA N.° 25/2024

RESOLUCION JUNTA DE GOBIERNO FACPCE N.° 635/2024


Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo relacionadas

con la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo


VISTO

Las atribuciones conferidas al Consejo Superior por la Ley 8.738 (t.o.), artículo 33 inc. g)

La Resolución de Presidencia N.° 25/2024 dictada en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9, inciso d) del Decreto provincial N.° 4.700/60.

La Resolución de Junta de Gobierno (JG) de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE) N.° 635/2024 y;


CONSIDERANDO

Que la Resolución de Presidencia N.° 25/2024 dispuso la aplicación, en ámbito de competencia de este Consejo, de la Resolución N.° 635/2024 emanada de la Junta de Gobierno de la FACPCE con el objeto de ordenar, mediante reglas de procedimiento técnico profesionales, las acciones que la Resolución N.° 42/2024 de la UIF prescribe a los contadores públicos que desempeñan actividades de auditores externos.

Que el dictado del acto procuró la pronta vigencia de la nueva normativa para que los profesionales afectados por las cargas que le imputan la Ley N.° 25.246 y su reglamentación “puedan desarrollar sus tareas y definir sus responsabilidades” en el marco de este ordenamiento.

La excepcional decisión superó el forzoso diferimiento de esos instrumentos técnicos a causa del calendario de sesiones ordinarias del Consejo Superior, órgano originariamente facultado para disponer la aplicación de las normas emanadas del ente federativo. Se estima, por consiguiente, que la materia y las motivaciones del acuerdo presidencial legitiman la iniciativa del ejercicio de las facultades establecidas en el citado artículo 9, inciso d) del Decreto provincial N.° 4.700/60 cuya vigencia subsiste en todo aquello que no fuere incompatible con la Ley 8.738 y hasta tanto se sancione el reglamento de la actual ley orgánica del Consejo.

Por ello,


EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESUELVE

Artículo 1.º: confirmar la vigencia de la Resolución N.° 25/2024 del presidente del Consejo Superior dictada el 3 de diciembre de 2024 en cuanto aplica en el ámbito de competencia de este Consejo la Resolución de JG FACPCE N.° 635/2024 Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo relacionadas con la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Artículo 2.°: incorporar como Anexo “A” el texto de la Resolución de Presidencia N.° 25/2024 que es parte inescindible de la presente Resolución.

Artículo 3.°: regístrese, hágase conocer a las cámaras y matriculados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, en los medios de difusión de ambas cámaras y archívese.

Rosario, 21 de marzo de 2025

(*) Para ver el texto de la Resolución de Presidencia N.° 25/2024 y el de la Resolución de Junta de Gobierno FACPCE N.° 635/2024 ingrese a www.cpcesfe2.org.ar

$ 600 539069 Abr. 22