picture_as_pdf 2025-04-10

AVISO


Santa Fe. expediente DE-1211-01772877-5. Resolución del Tribunal de Cuentas Municipal N° 088/25 de fecha 10/03/2025. Visto (...) y Considerando (…); Resuelve: Art. 1: Iniciar Juicio de Cuentas en los términos de la Ordenanza N° 11.558 contra la Asociación Civil Misión y Fs, responsable de rendir cuentas de los fondos recibidos según Resolución N° 43/2022 de fecha 2.2.2022 por un monto de $ 50.000,00. Art. 2: Emplazar al responsable para que en el término de 15 días hábiles administrativos contados a partir de la notificación, presente la rendición pendiente bajo apercibimiento de dictar resolución condenatoria al pago de las sumas no justificadas. Fdo. C.P.N. Anahí Georgina Bay (Vocal). Abog. Leandro Agustín Danielis (Vocal).

$ 100 538463 Abr. 10

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AVISO


Santa Fe, expediente DE-1241-01905906-2, Resolución del Tribunal de Cuentas Municipal N° 120/25 de fecha 13/03/2025. Visto (...) y Considerando (...), Resuelve: Art. 1: Iniciar Juicio de Cuentas en los términos de la Ordenanza N° 11.558 contra la Asociación Civil Sinergia del Norte Santafesino, responsable de rendir cuentas de los fondos recibidos según Resolución Nº 156/23 de fecha 29.08.2023 por un monto de $ 76.300,00 correspondiente a la cuota n° 3 del año 2023. Art. 2: Emplazar al responsable para que, en el término de 15 días hábiles administrativos contados a partir de la notificación, presente la rendición pendiente bajo apercibimiento de dictar resolución condenatoria al pago de las sumas no justificadas (...) con más intereses correspondientes. (...). Fdo. C.P.N. Anahí Georgina Bay (Vocal), Abog. Leandro Agustín Danielis (Vocal).

$ 100 538465 Abr. 10

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AVISO


Santa Fe, expediente DE-1241-01924051-4, Resolución del Tribunal de Cuentas Municipal N° 122/25 de fecha 13/03/2025. Visto (...) y Considerando (...), Resuelve: Art. 1: Iniciar Juicio de Cuentas en los términos de la Ordenanza Nº 11.558 contra la Asociación Civil Sinergia del Norte Santafesino, responsable de rendir cuentas de los tondos recibidos según Resolución N° 194/23 de fecha 02.11.2023 por un monto total de $ 76.300,00 correspondiente a la Cuota N° 3 del año 2023. Art. 2: Emplazar al responsable para que, en el término de 15 días hábiles administrativos contados a partir de la notificación, presente las rendiciones pendientes bajo apercibimiento de dictar resolución condenatoria al pago de las sumas no justificadas (...) con más intereses correspondientes. (...). Fdo. C.P.N. Anahí Georgina Bay (Vocal). Abog. Leandro Agustín Danielis (Vocal).

$ 100 538461 Abr. 10

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CEREALERA SAN GREGORIO S.R.L.


PRORROGA


Por disposición del Juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de distrito de la primera nominación de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, según resolución del 17 de marzo de 2025 se ha ordenado en el expediente CUIJ 21-05795402-4, la publicación de los siguientes edictos en función de lo resuelto en forma unánime por los socios de CEREALERA SAN GREGORIO S.R.L., CUIT Nº 30-55610911-3, prorrogar la vigencia de la sociedad y confirmar las demás cláusulas del contrato social no modificadas por el presente, transcribiendo a continuación la nueva redacción del artículo correspondiente a la duración de la sociedad.-

TERCERA: El término de duración de la sociedad será de diez años contados a partir del 12 de marzo de 2025, pudiendo prorrogarse por lapsos similares. La prórroga deberá ser decidida unánimemente e inscripta en el Registro Público de Comercio. Venciendo en consecuencia en fecha 12 de marzo de 2035.-

$ 160 537431 Abr. 10 Abr. 14

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TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL


AVISO


Santa Fe, expediente DE-1241-01885798-7. Resolución del Tribunal de Cuentas Municipal N° 098/25 de fecha 11/03/2025. “Visto (...) y Considerando (...), Resuelve: Art. 1: Iniciar Juicio de Cuentas en los términos de la Ordenanza Nº 11.558 contra la Asociación Civil Mi Pequeño Gigante, responsable de rendir cuentas de los tondos recibidos según Resolución N° 94/2023 de fecha 10.4.2023 por un monto total de $ 300.000,00. Art. 2: Emplazar al responsable para que en el término de 15 días hábiles administrativos contados a partir de la notificación, presente las rendiciones pendientes bajo apercibimiento de dictar resolución condenatoria al pago de las sumas no justificadas (...)”. Fdo.: C.P.N. Anahí Georgina Bay (Vocal). Abog. Leandro Agustín Danielis (Vocal).

$ 100 538462 Abr. 10