picture_as_pdf 2025-03-20

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SANTA FE

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: PEÑA CAROLINA MARIA DE LOS ANGELES S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-02042009-7 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la SEXTA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado informe final formulado y proyecto de distribución, poniéndose de manifiesto el mismo por el término de ley – art.218 de la ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para la C.P.N ALDO MAYDANA (Sindico), en la suma de $ 2.041.989. con más aportes de Ley (10%), y de la Dr. Alejandro Agustín González (apoderado de la fallida) por la suma de $ 875.1380 y aportes de Ley (13%). Santa Fe, 5de marzo de 2025. Dra. VERONICA TOLOZA, Secretaria.

S/C 536777 Mar. 20 Mar. 21

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La Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos: MESSING, JUAN s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ 21-02050806-7, ha ordenado la publicación de edictos, una vez por mes en el lapso de dos meses, con el fin de hacer saber que el Sr. JUAN MESSING, DNI 47.441.978, argentino, mayor de edad, ha realizado administrativamente el cambio de nombre a “Verónica Messing”, mismo DNI Actualmente, requiere en los autos del rubro el cambio a su nombre de origen, manteniendo el número de DNI, pidiendo se consigne en la respectiva partida como su nombre y apellido el de “JUAN MESSING”. Se publica el presente a fin de que terceros interesados eventualmente puedan formular oposición al cambio de nombre solicitado, dentro de los quince días contados a partir de la última publicación. (Art. 70 C.C.y C.). A continuación, se transcribe el decreto que ordena la presente medida: SANTA FE, 6 de febrero de 2025: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la presente ACCIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE. (..). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes en el lapso de dos meses. (...). Fdo. Dra. Sandra S. Romero, Secretaria; Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Publicación en BOLETÍN OFICIAL y lugar asignado por C.S.J. Santa Fe, 19 de Febrero de 2025. Sandra Silvina Romero, Secretaria.

$ 100 535827 Mar. 20

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Por disposición de la Señora Jueza de 1ª Instancia de Circuito Nº 20 de la ciudad de Gálvez, se hace saber que en autos caratulados “MARTINEZ, LUIS c/ BERNARDI, MARTA BEATRIZ Y OTROS s/JUICIO ORDINARIO” (CUIJ 21-22846687-2), se ha ordenado lo siguiente: “Gálvez, 07 de Marzo de 2025. Proveyendo cargo 264/2025: Atento las constancias de autos (fs. 75), procédase a recaratular las presentes actuaciones en relación a la parte demandada consignándose como BERNARDI, MARTA BEATRIZ, BERRA, CARINA BEATRIZ, BERRA, CECILIA ALEJANDRA, BERRA JOSÉ LUIS Y BERRA WALTER JAVIER. Tome razón Mesa de Entradas y en los registros informáticos. Por promovida DEMANDA POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA, la que tramitará por vía de juicio sumario, contra BERNARDI, MARTA BEATRIZ, BERRA, CARINA BEATRIZ, BERRA, CECILIA ALEJANDRA, BERRA JOSÉ LUIS Y BERRA WALTER JAVIER.y/o sus herederos o sucesores y/o quienes resulten propietarios o se consideren con derechos sobre el inmueble ubicado en zona urbana de la ciudad de Gálvez. -dominio inscripto al N° 156 ,Folio 5 Tomo 127 Par de la Sección Dominio del Dpto San Jerónimo del Registro General-. Citese y emplácese a los accionados para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de Ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Gálvez para que comparezcan y manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Notifíquese por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en el Panel del Juzgado (Ley 11287) por el término y bajo apercibimiento de Ley. Imprímase al presente el trámite contemplado por el art. 597 CPCC. Oportunamente, ordenado que sea el traslado de la demanda, procédase a ANOTAR como LITIGIOSO el inmueble objeto de autos y de conformidad a lo dispuesto por el art. 1905 del C.C.y C.N, oficiándose a sus efectos, al Registro General de la Propiedad. Notifíquese. Fdo.: Dra. CANDELA POWELL (Jueza) Dra. MONICA E. SALIVA (Secretaria)”.

En consecuencia, quedan los Señores BERNARDI, MARTA BEATRIZ, BERRA, CARINA BEATRIZ, BERRA, CECILIA ALEJANDRA, BERRA JOSÉ LUIS Y BERRA WALTER JAVIER, debidamente notificados del decreto que antecede, debiendo comparecer en los presentes dentro del término de ley y bajo apercibimientos de declarárselos rebeldes, prosiguiendo la presente causa sin dárseles representación. Gálvez, de Marzo de 2025.

$ 1500 537387 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: ACOSTA, MARIO ANDRES s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (EXPTE. CUIJ N° 21-02049784-7) se ha declarado la quiebra en fecha 10 de diciembre de 2024 de Mario Andrés Acosta, DNI N° 16.178.172, argentino, mayor de edad, jubilado, domiciliado realmente en calle Alberdi N° 2280, Dpto. 1 de la ciudad de Santo Tomé y con domicilio ad litem constituido en calle San Lorenzo Nº 2214 PB de la ciudad de Santa Fe. Es Síndico en este proceso el CPN Horacio Andrés Rómagnoli quien ha fijado domicilio a todos los efectos procesales en calle La Rioja N° 3314, con horario de atención de 14 a 20 hs. de lunes a viernes. Se dispuso en Resolución del 10 de diciembre de 2024 : Y AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 10) Fijar el día 27 de Marzo de 2025, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 14 de Mayo de 2025, como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos, y el 08 de Agosto de 2025 o el día hábil inmediato posterior para que presente el informe general. OTRO DECRETO: Santa Fe, 07 de febrero de 2025. Téngase presente la aceptación del cargo por parte del Síndico C.P.N. Horacio Andrés Romagnoli, y procédase a su vinculación informática. Encomiéndasele la publicación de edictos comunicando el día, hora y lugar de atención para la presentación de los informes individuales. Notifíquese. Fdo: Delfina Machado (Prosecretaria) - Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 26 de Febrero de 2025. Delfina Machado, Prosecretaria.

$ 1 536194 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la DECIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, y Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria Autorizante se hace saber que en los autos: DENIS, WALTER RAMON s/QUIEBRA; 21-02049482-1, ha sido designado el Síndico LUIS ANTONIO MALANCHINO, D.N.I. N° 14.816.490 - Mat 7521 Ley 8738 - CPCE Santa Fe- cámara II, con domicilio en calle 4 de Enero 1744- Santa Fe; con horario de atención al público de 8:00 a 12:00 y de 16:30 a 20:30 hs. de conformidad con los normado por la Ley N° 24.522 y Mod, con turno previo al teléfono 342-154-236748 o 342-154-424883. Se fija el día 26 de febrero de 2025, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 21 de Febrero de 2025. Delfina Machado, Prosecretaria.

$ 1 535948 Mar. 20 Mar. 21

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El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2ª NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, a cargo del Dr. CARLOS FEDERICO MARCOLIN, comunica por dos días que en los autos: PEDRIEL, CRISTIAN MAXIMILIANO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02041256-6, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución de fondos. Asimismo, se han regulado los honorarios de la CPN María Inés Margherit en la suma de $ 2.041.989,11 y de la Dra. María Clara Talamé en la suma de $ 875.138,19. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 11 de Febrero de 2025. Secretaria. Gisela Beadez, Secretaria Subrogante.

$ 1 535949 Mar. 20 Mar. 21

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EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2ª NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, a cargo del Dr. CARLOS FEDERICO MARCOLIN, comunica por dos días que en los autos: CARDOSO JAVIER HORACIO s/QUIEBRA; CUIJ 21-02031735-0, se ha declarado la conclusión de quiebra al Tomo: 2024 Folio: Resolución: 349 de fecha 14/10/2024: AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: Declarar la conclusión de la quiebra de JAVIER HORACIO CARDOZO, DNI 38.447.234, por la causal de pago total e inexistencia de acreedores concurrentes. Archívese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario; Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez.

Tomo: 2024 Folio: Resolución: 386 de fecha 05/11/2024; AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: Aclarar la resolución de fecha 14 de octubre de 2024 (fs. 207 del expediente papel), en el RESUELVO de la misma, en el sentido que donde dice: declarar la conclusión de la quiebra de JAVIER HORACIO CARDOZO, debe decir: declarar la conclusión de la quiebra de JAVIER HORACIO CARDOSO, conforme considerandos precedentes. Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario; Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, Santa Fe, de 2024. Juan José Langella, Secretaria Subr.

$ 1 535953 Mar. 20 Mar. 21

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EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 11ª NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, a cargo de la Dra. ANA ROSA ALVAREZ, comunica por dos días que en los autos: ORONAO, PAOLA ALEJANDRA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02035299-7, se ha declarado la conclusión de quiebra al Tomo: 2024 Folio: Resolución: 484 de fecha 09/12/2024: VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: Disponerla conclusión por pago total de la quiebra de PAOLA ALEJANDRA ORONAO. Ofíciese a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo. Sandra Silvina Romero, Secretaria; Ana Rosa Alvarez, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 30 de Diciembre de 2024. Magdalena Cabal, Prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados CABAÑA, AGUSTINA NAHIARA s/Solicitud propia quiebra; (Expte. N° CUIJ 21-02051009-6) se ha declarado la quiebra en fecha 25/02/2025 de Agustina Nahiara Cabaña, DNI N° 46.137.803, argentina, mayor de edad, domiciliado realmente en calle 25 de Mayo 2217 Piso 2 Dpto. 4 y legalmente en calle Monseñor Zaspe 2670 de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 12/03/2025 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 24/04/2025. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo. Dr. Lucio A. Palacios (Juez); Dra. Romina S. Freyre, (Secretario).

S/C 536105 Mar. 20 Mar. 27

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: PICAZO GRACIELA ESTER s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ Nº 21-01998731-8, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 9° Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: SANTA FE, 23 de octubre de 2024 VISTOS: Estos caratulados PICAZO, GRACIELA ESTER s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. CUIJ Nº 21-01998731-8, Año 2018, que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación; A fojas 257 el apoderado de la fallida solicita la conclusión del proceso falencial. Corrida vista a la Sindicatura, contesta manifestando que no tiene objeciones que formular al respecto. Y CONSIDERANDO: Tal cual se desprende de las constancias de autos, han pasado dos (2) años desde la resolución que dispone la clausura del procedimiento sin que se reabra, por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado y disponer la conclusión del concurso. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 231 3do. párrafo de la Ley 24.522, corresponde dar por concluida la quiebra. Por ello; RESUELVO: 1) Dar por concluida la quiebra de Graciela Ester Picazo, argentina, DNI 23.738.531, domiciliada realmente en calle Urquiza 2.000 PB de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer el cese de todas las medidas que pesan sobre la fallida, oficiándose a sus efectos según corresponda. 3) Correr vista a la Administración Provincial de Impuestos a tenor de lo dispuesto por el Art. 36 de la ley Impositiva Anual (t.o. según dec. 198/90). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Firmado digitalmente: Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario; Dr. Lucio A. Palacios, Juez a/c. Santa Fe, 24 de Octubre de 2024.

S/C 536083 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominacion de la ciudad de Santa Fe, provincia homonima, en los autos caratulados: GAITAN, ROXANA MARIELA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; Expte. CUIJ 21-02050564-3, se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 1702/2025. Se provee el cargo N° 836/25: Se tiene presente la aceptación del cargo de Síndico formulada por la CPN Lucila Inés Prono, como así también los domicilios constituidos: Fdo. Iván G. Di CHIAZZA, JUEZ. Se deja expresa constancia que los horarios de atención en el domicilio constituido por la Sindicatura, sito en calle Facundo Zuviría Nº 3675, a los efectos de recibir las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 Ley 24.522) serán todos los días hábiles judiciales de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 12:30 y de 16:00 a 20:00 horas. Asimismo, se informa que, los pedidos de verificación de créditos (art. 200 LCQJ podrán efectuarse al siguiente correo electrónico: liprono@gmail.com y/o amdespachojuridicol@gmail.com, informando en asunto la carátula de autos y adjuntando el comprobante del arancel verificatorio ep caso de corresponder, el cual deberá de transferirse a la cuenta CBU 0070079530004030377113 (alias: ineymagui). Santa Fe, 24 de Febrero de 2025. Ma. Lucila Crespo, Secretaria.

S/C 536172 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: DUARTE, JONAS ISMAEL s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02050929-2, se ha dispuesto en la resolución de fecha 27/06/2024. 1) Declarar la quiebra del Sr. JONAS ISMAEL DUARETE, argentino, mayor de edad, D.N.I. 36.267.627, domiciliado realmente en calle Neuquén N° 6749, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle Junín N° 3281, de esta ciudad. 2) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 12 de Marzo de 2025 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 5) Fijar hasta el día 15 de Mayo de 2025 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Fijar los días: 13 de Junio de 2025 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones: el 11 de Agosto de 2025, para la presentación de los informes individuales; y el 06 de Octubre de 2025, para la presentación del informe general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria; Dr. Carlos Marcolin, Juez a cargo. Dra. Alina Prado, Prosecretaria. Santa Fe, 26 de Febrero de 2025.

S/C 536156 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: SANCHEZ, LIONEL FACUNDO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ 21-02051113-0, se ha dispuesto: SANTA FE, 25 DE FEBRERO DE 2024: 1) Declarar la quiebra de Lionel Facundo Sánchez DNI 39.503.742 domiciliado realmente en calle Pasaje Mitre 1713 Barrio 12 de Octubre Santa Fe y legalmente en Monseñor Zaspe 2670 de esta ciudad. (...) 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. (...) 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido MIN. De JUSTICIA Y SEGURIDAD de la PROVINCIA DE SANTA FE a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos... (...) 12) Fijar el día 30/04/25, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. (...) 13) Fijar el día 29/05/25 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 10/07/2025 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 04/09/25 para la presentación del Informe General. (...). Fdo. Gabriel O. Abad, Juez; Dra. Verónica G. Toloza, Secretaria.

S/C 536106 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº l en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: MANSILLA, CARLOS ALBERTO s/Quiebra; (CULI N° 21-02051330-3 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, 24 de Febrero de 2025; (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Carlos Alberto Mansilla, DNI N° 27.158.807, con domicilio real en calle Caseros N° 705 de la localidad de Laguna Paiva y domicilio legal en calle 25 de Mayo 2126 Piso 2° Oficinas “A” de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Sindico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “8” para el 05/03/2025 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 29/04/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 15/05/2025 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 12/06/2025 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 08/08/2025 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el B.O.. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 22 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Ivan G. Di Chiazza, (Juez). Santa Fe, 24 de Febrero de 2025. Ma. Lucila Crespo, Secretaria.

S/C 536167 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 8ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez; Dra. María José Lusardi, Prosecretaria, hace saber que en los autos caratulados MARTORELL BALAGUE DE CUELLO s/Quiebra; Expte. 21-00970585-3, se ha dictado la siguiente resolución: Sta. Fe, 27 de diciembre de 2024. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas a la fallida por los arts 103, 107, 110, 114 y cc L.C.Q y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. Publíquense los edictos y líbrense los oficio que correspondan; Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Lusardi, María José, Prosecretaria. Santa Fe, 25 de Febrero de 2025. Ma. Lucila Crespo, Secretaria.

S/C 536174 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: LANE, CARLOS s/Quiebra; CUIJ 21-02050949-7 (Año 2025), que se ha procedido al sorteo del Síndico siendo designada la C.P.N. Silvana Marta Pecantet, quien constituye domicilio en calle 1º de Mayo 1941 de la ciudad de Santa Fe, con atención al público de Lunes a Viernes de 8 a 14 horas. Se resolvió Fijar el día 08/04/2025 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. Fijar el día 25/04/2025 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. Señalar el día 28/05/2025 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 24/07/2025 para la presentación del Informe General. Publíquense edictos. Fdo. Iván Di Chiazza (Juez). María José Lusardi, Prosecretaria. Santa Fe, 25 de Febrero de 2025.

S/C 536173 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, en autos caratulados Meynet Raúl Félix s/Pedido de propia quiebra; Expte. 1398/2013 CUIJ 00995475-6, se declara finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido Sr. Raúl Félix Meynet, DNI 18.653.236, y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. A mayor abundamiento se transcribe el decreto que así lo dispone: SANTA FE, 19 de marzo de 2024. Protocolo: 2024, Resolución: 54 - Vistos: Los caratulados del epígrafe, y Considerando: Que dictado el auto de clausura del procedimiento en fecha 21/10/2021 (y. fs. 276), ha transcurrido con exceso el plazo de dos años previsto por el ordenamiento jurídico sin que se configurara la situación de reapertura, ello en razón de la inexistencia de nuevos bienes susceptibles de incautación y realización. Así las cosas, no encuentro obstáculo en disponer la conclusión de la presente quiebra. Por ello, art. 231 LCQ y demás normas legal aplicable al caso, es que decido: 1) Declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los artículos 103, 107, 110, 114 y concordantes L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. 2) Ordenar la publicación de edictos por el término de ley, comunicar al Registro de Procesos Universales y oportunamente librar los oficios correspondientes. Notifíquese. Fdo.: Iván Di Chiazza (Juez). Ma. Lucila Crespo, Secretaria.

S/C 536171 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos MARTINEZ, CINTIA ALEJANDRA s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02051121-1 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, 25 de Febrero de 2025; (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra de CINTIA ALEJANDRA MARTINEZ, DNI N° 26.930.921, con domicilio real en calle Corrientes N° 706 de la localidad de Laguna Paiva y domicilio legal en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2do - Oficina “A” esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 26/02/2025 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 24/04/25 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 12/05/25 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 09/06/25 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 05/08/25 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 22 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Iván G. Di Chiazza, (Juez). María José Lusardi, Prosecretaria.

S/C 536169 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: SCHMIDT, FACUNDO EXEQUIEL s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02051155-6 - AÑO 2025), la siguiente resolución: Santa Fe, 24 de Febrero de 2025; (...) Resuelvo: 1. Declarar la quiebra de FACUNDO EXEQUIEL SCHMIDT, DNI N° 3715395, con domicilio real según manifiesta en calle Castelli N° 4218 de la localidad de Santa Fe y domicilio legal en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2 -Oficinas “A” y “B”, esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 26/02/2025 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 24/04/25 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 12/05/25 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 09/06/25 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 05/08/25 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 22 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Iván G. Di Chiazza, (Juez). María José Lusardi, Prosecretaria.

S/C 536168 Mar. 20 Mar. 27

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SE NOTIFICA AL SR. GABRIEL ESTEBAN VILLAGRA, D.N.I. N° 31.111.334. Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 3, Secretaria Unica, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SECRETARIA DE LA NINEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA ART. 58 BIS LEY 12.967 (C.U.I.J. 21-10751987-1 ), se notifica por edictos al Sr. Gabriel Esteban VILLAGRA D.N.I. N° 31.111.334, que en dichos autos se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 30 de Diciembre de 2024 Y VISTOS: Estos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA ART. 58 BIS LEY 12.967; CUIJ 21-10751987-1 y sus acumulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA; VILLEGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRÁ, GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10761856-9 Y SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA, VARGAS RODOLFO OMAR Y VILLAGRA GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10770032-0, tramitados por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3, Secretaría de Vulnerabilidad Nº 1 de Gestión Asociadas, de la ciudad de Santa Fe; de los que, CONSIDERANDO: Que la Sra. Directora Provincial de Promoción de los 30 de diciembre de 2024 Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, interpone a fs. 67169 Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial 12967, en relación a la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos que se declaró conforme Disposición N° 000123 de fecha 23/07/2024, respecto de la joven JAZMIN SILVANA SEGOVIA, DNI Nº 50.121.700, las niñas MIA AYELEN VARGAS, DNI Nº 52.635.637 y LUDMILA TAMARA SEGOVIA, DNI Nº 53.917.436, y el niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA, DNI Nº 55.533.368, solicitando que estos dos últimos, sean declarados en estado de adoptabilidad. Adjunta copia de la disposición mencionada, de las notificaciones de la misma y relata los hechos que la fundamentan. Que a fs. 70/70vto se dispuso la citación de los progenitores de los niños, Sra. JOANA SILVANA SEGOVIA, DNI Nº 36.264.749, RODOLFO OMAR VARGAS, DNI Nº 23.914.991 y GABRIEL ESTEBAN VILLAGRA, DNI Nº 31.111.334, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en la presente causa. Habiendo sido notificados, y vencido el plazo para que los progenitores se presenten a hacer valer sus derechos, ante la incomparecencia de los mismos la actora solicita la prosecución del debido trámite. Que, en fecha 18/12/2024 se realizó la audiencia de conocimiento personal de la niña LUDMILA TAMARA SEGOVIA y el niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA. A fs. 297 se corre vista a la Sra. Defensora Nº 2, Dra. Lorena Benítez, dictaminando que ..no tiene observación que formular a que los mismos sean declarados en situación de adoptabilidad por entender que ello redundaría en su beneficio. Que el nuevo paradigma de la infancia implementado desde la Convención de los Derechos del Niño y por las leyes 26.061; 12967 (modificatoria 13.237) y su decreto reglamentario 61910, y por los artículos 594 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26994) determina la constatación de la vulneración de los derechos en la familia de origen para poder efectivizar el derecho a vivir en una nueva familia. Los niños y niñas tienen derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en un grupo familiar alternativo o a tener una familia adoptiva (art. 5 y 20 de la Convención de los Derechos del Niño, y artículo 594 del Código Civil Comercial de la Nación), es decir, debe tener una familia definitiva, un lugar suyo al cual pertenezca donde tenga un estatus de hijo, (Grosmann, Cecilia P. La responsabilidad del Estado en la institucionalización de niños y adolescentes JA 2007— IV -Número Especial, Protección de la Familia, pjl2), sin dudas, la adopción es el instituto que mejor se condiciona para la convivencia para niños y adolescentes que no pueden permanecer viviendo en su grupo familiar originario, ya que en él se alcanza cabalmente ese rol de hijo. Es por ello que en función del interés de los niños (art. 3 de la Convención mencionada), ligado al Derecho a desarrollarse en una familia (art. 5, 20 y preámbulo de la Convención, y artículo 594 del Código Civil Comercial de la Nación), aquél debe construirse a través del respeto de sus derechos fundamentales, sopesando las circunstancias de hecho antes descriptas y, en consecuencia, para determinar de qué manera tales derechos y las necesidades de los niños involucrados en autos, puedan recibir el mejor amparo, se hace indispensable respetar: la dignidad que sustenta como sujeto de derechos y de personas en desarrollo (art. 9 ley 26.061; y art. 33 Constitución Nacional); la integridad física y psíquica (art, 6, inc. 2 de la Convención de los Derechos del Niño); el derecho a la identidad (art. 7 y art. 8 Convención de los Derechos del Niño) desde una concepción dinámica del término, en cuya efectivización el lugar de acogida deberá tener en cuenta su situación vital y su actual entorno social (art. 20, inc. 3 Convención de los Derechos del Niño). En tal cuadro de situación se advierte, con los elementos obrantes que se han adjuntado al escrito introductorio, que corresponde declarar el estado de adoptabilidad de LUDMILA TAMARA SEGOVIA, DNI Nº 53.917.436 y el niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.533.368, todo a la luz de lo normado por las Convenciones aludidas por el art. 75 inc. 22 C.N y por las leyes 26.061; 12.967 (modificatoria 13.237 y decreto reglamentario 619/10); 13093 (y decreto reglamentario 401/11); y por los artículos 594 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26994), y teniendo especialmente en cuenta el superior interés de los mismos, que es el norte sobre alrededor del cual debe ponderarse la actuación del organismo, funcionarios y auxiliares intervinientes. En razón de lo expuesto y de las normas legales citadas, EL SEÑOR JUEZ A CARGO DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 3 DE SANTA FE; RESUELVO: 1) Tener por efectuado el Control de Legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición Nº 000123 de fecha 23/O7/2024. 2) Declarar el estado de adoptabilidad de los niños LUDMILA TAMARA SEGOVIA, DNI Nº 58.917.436 y el niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.583.368. 3) Oficiar al Registro único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (R.U.A.G.A.) de la Provincia de Santa Fe, acompañando a sus efectos (2) dos copias certificadas de la presente resolución. Asimismo, y a los fines de que se proceda a realizar una adecuada búsqueda de familias con deseos de prohijar, córrase vista de las presentes actuaciones a dicho organismo administrativo por el plazo de (5) cinco días, debiendo posteriormente remitir a éste Tribunal al menos (5) cinco legajos de aspirantes a guarda con fines de adopción. 4 Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. Protocolícese, notifíquese a la Sra. Defensora General N° 2. Notifíquese y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonani Fabio Della Siega Secretaria Juez a/c; Y se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 07 de Febrero de 2025 Y VISTOS: Estos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA ART. 58 BIS LEY 12.967, CUIJ Nº 21-10751987-1 y sus acumulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA; VILLEGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRA, GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10761856-9 Y SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA YFAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA, VARGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRA GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DELEGALIDAD DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10770032-0, de trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Santa Fe; y CONSIDERANDO: Que se advierte de oficio un error involuntario en la 07 de febrero de 2025 Resolución de fecha 30/12/2024, Resolución nro. 51, Protocolo 2024, donde en el décimo párrafo del considerando y en el punto 2) de la parte resolutiva de la sentencia se hace referencia al niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.533.368, cuando debió ser LISANDRO ADRIAN VILLAGRA -conforme figura en casi la totalidad de la Resolución a la que se hace referencia- en virtud del reconocimiento por parte del progenitor de LISANDRO Sr. GABRIEL ESTEBAN VILLAGRA (cf partida de nacimiento obrante a fs. 1 de autos). Que el mencionado error es asimilable al material en los términos del art. 248 del C.P.C.C., no causa perjuicio y, en consecuencia, es subsanable, por lo que corresponde así efectuarlo. Por todo lo expresado precedentemente, RESUELVO: Aclarar la sentencia de fecha 30 de Diciembre de 2024, Resolución Nº 51, Protocolo 2024, en el décimo párrafo del considerando y en el punto 2) de la parte resolutiva, estableciendo que se hace referencia a la declaración de Estado de Adoptabilidad del niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA, DNI Nº 55.533.368 y no como por error allí figura. Insértese, notifíquese y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonani; Fabio Della Siega, Secretaria - Juez. Santa Fe, 20 de Febrero de 2025.

S/C 536153 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA A LA SRA. JOANA SILVANA SEGOVIA, D.N.I. N° 36.264.749. Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 3, Secretaría única, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA, PUBLICA ART. 58 BIS LEY 12.967 ( C.U.I.J. 21-10751987-1 ), se notifica por edictos a la Sra. Joana Silvana SEGOVIA D.N.I. N° 36.264.749, que en dichos autos se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 30 de Diciembre de 2024 Y VISTOS: Estos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA ART. 58 BIS LEY 11967; CUIJ 21-10751987-1 y sus acumulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA; VILLEGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRA, GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10761856-9 Y SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA, VARGAS RODOLFO OMAR Y VILLAGRA GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10770032-0, tramitados por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3, Secretaría de Vulnerabilidad Nº 1 de Gestión Asociadas, de la ciudad de Santa Fe; de los que, CONSIDERANDO: Que la Sra. Directora Provincial de Promoción de los 30 de diciembre de 2024 Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, interpone a fs. 67/69 Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial 12967, en relación a la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos que se declaró conforme Disposición N° 000123 de fecha 23/07/2024, respecto de la joven JAZMIN SILVANA SEGOVIA, DNI Nº 50.121.700, las niñas MIA AYELEN VARGAS, DNI Nº 52.635.637 y LUDMILA TAMARA SEGOVIA, DNI Nº 53.917.436, y el niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA, DNI Nº 55.533.368, solicitando que estos dos últimos, sean declarados en estado de adoptabilidad. Adjunta copia de la disposición mencionada, de las notificaciones de la misma y relata los hechos que la fundamentan. Que a fs. 70/70 vto. se dispuso la citación de los progenitores de los niños, Sra. JOANA SILVANA SEGOVIA, DNI Nº 36.264.749, RODOLFO OMAR VARGAS, DNI Nº 23.914.991 y GABRIEL ESTEBAN VILLAGRA, DNI Nº 31.111.334, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en la presente causa. Habiendo sido notificados, y vencido el plazo para que los progenitores se presenten a hacer valer sus derechos, ante la incomparecencia de los mismos la actora solicita la prosecución del debido trámite. Que, en fecha 18/12/2024 se realizó la audiencia de conocimiento personal de la niña LUDMILA TÁMARA SEGOVIA y el niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA. A fs. 297 se corre vista a la Sra. Defensora Nº 2, Dra. Lorena BENITEZ, dictaminando que “..no tiene observación que formular a que los mismos sean declarados en situación de adoptabilidad por entender que ello redundaría en su beneficio”. Que el nuevo paradigma de la infancia implementado desde la Convención de los Derechos del Niño y por las leyes 26.061; 12967 (modificatoria 13.237) y su decreto reglamentario 61910, y por los artículos 594 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26994) determina la constatación de la vulneración de los derechos en la familia de origen para poder efectivizar el derecho a vivir en una nueva familia. Los niños y niñas tienen derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en un grupo familiar alternativo o a tener una familia adoptiva (art. 5 y 20 de la Convención de los Derechos del Niño, y artículo 594 del Código Civil y Comercial de la Nación), es decir; “debe tener una familia definitiva, un lugar suyo al cual pertenezca donde tenga un estatus de hijo” (Grosmann, Cecilia P. “La responsabilidad del Estado en la institucionalización de niños y adolescentes” JA 2007-IV -Número Especial, Protección de la Familia, pjl2), sin dudas, la adopción es el instituto que mejor se condiciona para la convivencia para niños y adolescentes que no pueden permanecer viviendo en su grupo familiar originario, ya que en él se alcanza cabalmente ese rol de hijo. Es por ello que en función del interés de los niños (art. 3 de la Convención mencionada), ligado al Derecho a desarrollarse en una familia (art. 5, 20 y preámbulo de la Convención, y artículo 594 del Código Civil Comercial de la Nación), aquél debe construirse a través del respeto de sus derechos fundamentales, sopesando las circunstancias de hecho antes descriptas y, en consecuencia, para determinar de qué manera tales derechos y las necesidades de los niños involucrados en autos, puedan recibir el mejor amparo, se hace indispensable respetar: la dignidad que sustenta como sujeto de derechos y de personas en desarrollo (art. 9 ley 26.061; y art. 33 Constitución Nacional); la integridad física y psíquica (art, 6, inc. 2 de la Convención de los Derechos del Niño); el derecho a la identidad (art. 7 y art. 8 Convención de los Derechos del Niño) desde una concepción dinámica del término, en cuya efectivización el lugar de acogida deberá tener en cuenta su situación vital y su actual entorno social (art. 20, inc. 3 Convención de los Derechos del Niño). En tal cuadro de situación se advierte, con los elementos obrantes que se han adjuntado al escrito introductorio, que corresponde declarar el estado de adoptabilidad de LUDMILA TÁMARA SEGOVIA, DNI Nº 53.917.436 y el niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.533.368, todo a la luz de lo normado por las Convenciones aludidas por el art. 75 inc. 22 C.N y por las leyes 26.061; 12.967 (modificatoria 13.237 y decreto reglamentario 619/10); 13093 (y decreto reglamentario 401/11); y por los artículos 594 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26994), y teniendo especialmente en cuenta el superior interés de los mismos, que es el norte sobre alrededor del cual debe ponderarse la actuación del organismo, funcionarios y auxiliares intervinientes. En razón de lo expuesto y de las normas legales citadas, EL SEÑOR JUEZ A CARGO DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 3 DE SANTA FE; RESUELVO: 1) Tener por efectuado el Control de Legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición Nº 000123 de fecha 23/07/2024. 2) Declarar el estado de adoptabilidad de los niños LUDMILA TAMARA SEGOVIA, DNI Nº 53.917.436 y el niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.533.368. 3) Oficiar al Registro único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (R.U.A.G.A.) de la Provincia de Santa Fe, acompañando a sus efectos (2) dos copias certificadas de la presente resolución. Asimismo, ya los fines de que se proceda a realizar una adecuada búsqueda de familias con deseos de prohijar, córrase vista de las presentes actuaciones a dicho organismo administrativo por el plazo de (5) cinco días, debiendo posteriormente remitir a éste Tribunal al menos (5) cinco legajos de aspirantes a guarda con fines de adopción. 4,) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. Protocolícese, notifíquese a la Sra. Defensora General N° 2. Notifíquese y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonani Fabio Della Siega Secretaria Juez a/c” Y se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 07 de Febrero de 2025. Y VISTOS: Estos caratulados: SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA ART. 58 BIS LEY 12.967, CUIJ Nº 21-10751987-1 y sus acumulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA; VILLEGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRA, GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10761856-9 Y SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA YFAMILIA c/SEGOVIA, JOANA SILVANA, VARGAS, RODOLFO OMAR Y VILLAGRA GABRIEL ESTEBAN s/CONTROL DEL EGALIDAD DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10770032-0, de trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de Santa Fe; y CONSIDERANDO: Que se advierte de oficio un error involuntario en la 07 de febrero de 2025 Resolución de fecha 30/12/2024, Resolución Nº 51, Protocolo 2024, donde en el décimo párrafo del considerando y en el punto 2) de la parte resolutiva de la sentencia se hace referencia al niño LISANDRO ADRIAN SEGOVIA, DNI Nº 55.533.368, cuando debió ser LISANDRO ADRIÁN VILLAGRA -conforme figura en casi la totalidad de la Resolución a la que se hace referencia- en virtud del reconocimiento por parte del progenitor de LISANDRO, Sr. GABRIEL ESTEBAN VILLAGRA (cf partida de nacimiento obrante a fs. 1 de autos). Que el mencionado error es asimilable al material en los términos del art. 248 del C.P.C.C, no causa perjuicio y, en consecuencia, es subsanable, por lo que corresponde así efectuarlo. Por todo lo expresado precedentemente, RESUELVO: Aclarar la sentencia de fecha 30 de Diciembre de 2024, Resolución Nº 51, Protocolo 2024, en el décimo párrafo del considerando y en el punto 2) de la parte resolutiva, estableciendo que se hace referencia a la declaración de Estado de Adoptabilidad del niño LISANDRO ADRIAN VILLAGRA, DNI Nº 55.533.368 y no como por error allí figura. Insértese, notifíquese y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonani Fabio Della Siega, Secretaria, Juez. Santa Fe, 18 de Febrero de 2025.

S/C 536152 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA AL SR. MIGUEL EDUARDO ITURAIN, D.N.I. N° 26.924.451. Por disposición del Sr. Juez del JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA N° 5 SEC. UNICA, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SDNAF c/BLOCK, VANESA MARIA ESTER Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD RESOLUCEON DEFINITIVA DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; C.U.I.J. 21-10768822-3, se notifica por edictos al Sr. MIGUEL EDUARDO ITURAIN, D.N.I. N° 26.924.451, que en dichos autos se decretó lo siguiente: SANTA FE, 18 de Septiembre de 2024. Por recibidos los presentes autos. Con los conexos SDNAYF Y OTROS c/BLOCK VANESA MARIA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; 21-10764537-0, a la vista y proveyendo: Téngase por RESOLUCIÓN Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Interpuesta demanda DEFINITIVA de de la FORMAL MEDIDA NOTIFICACIÓN de DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa N° 125 de fecha 23.07.2024 respecto del niño Nehemias David Iturain. Citase y emplázase a Miguel Eduardo Iturain y Vanesa María Ester Block a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la propuesta sugerida referente otorgamiento en guarda judicial respecto del niño Nehemías David Iturain. Hágase saber que todo acto impulsorio y procedimental estará a cargo del organismo administrativo compareciente, autorizándose a los profesionales intervinientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/o a quien estos dispongan, a intervenir en su diligenciamiento. Juez de Trámite: Fabio M. Della Siega. Proveyendo escrito cargo N° 34258/2024: Téngase presente lo informado. Dése amplia intervención al Equipo Social de este Tribunal. Notifíquese. Notifíquese por cédula (art. 62, inc. 1º del CPCC). Fdo. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez - Dra. Natalia Berardo, Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 14 de octubre de 2024. Advirtiendo en este estado que en el proveído de fecha 18/09/2024 se consignó por error: Téngase presente la propuesta sugerida referente otorgamiento en guarda judicial respecto del niño Nehemías David Iturain, revócase parcialmente dicho decreto en la parte mencionada y en su lugar se provee: Téngase presente la propuesta sugerida referente a la declaración de adoptabilidad del niño Nehemias David Iturain. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez - Dra. Natalia Berardo, Secretaria. Santa Fe, 19 de Febrero de 2025. Dra. Natalia Berardo, Secretaria.

S/C 536158 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA AL SR. RODRIGO NICOLÁS DIAZ, D.N.I. 29.924.553. Por disposición del Sr. Juez Juzgado Unipersonal de Familia N° 2 - Secretaría Única sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/MURILLO, ERIKA NOELIA; DIAZ, RODRIGO Y PEREZ, EMANUEL SEBASTIAN s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA LEY 12.967; CUIJ 21-25165777-4 y su acumulado CUIJ 21-10771184-5, se notifica por edictos al Sr. Rodrigo Nicolás DIAZ, D.N.I. 29.924.553, que en dichos autos se ha decretado lo siguiente: SANTA FE, 25 de Noviembre de 2024. Atento la integración subjetiva de este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la suscripta (art. 543 CPCC). Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición N° 000162 de fecha 06/09/24 respecto de los niños OMAR DARIO SEBASTIAN PEREZ, DNI N° 53.802.125; ELENA GUADALUPE PEREZ, DNI N° 54.618.331; ZOE FRANCHESCA AIME PEREZ, DNI N° 56.161.175; y ZULEYHA SOL DE LUNA DIAZ, DNI N° 59.016.235, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese a Erika Noelia Murillo, Rodrigo Nicolás Díaz y a Emanuel Pérez, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Secretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Téngase presente la prueba ofrecida. Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Hágase saber que por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. En virtud de la identidad de objeto y de sujetos involucrados, acumúlense las presentes actuaciones a los autos: Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia c/Murillo, Erika y otros s/Auxilio de la Fuerza Pública; (CUIJ 21-25165777-4), del Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Segunda Secretaria. Téngase presente para su oportunidad. Córrase vista a la Defensoría General Civil Nº 3. Notifíquese. Fdo. Dra. Liliana Michelassi, Juez - Dra. Marcela Romagnoli, Secretaria. Santa Fe, 20 de febrero de 2025.

S/C 536159 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA A LA SRA. VANESA MARIA ESTER BLOCK, D.N.I. N° 35.124.830. Por disposición del Sr. Juez del JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA N° 5 SEC. UNICA, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SDNAF c/BLOCK, VANESA MARIA ESTER Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD RESOLUCION DEFINITIVA DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; C.U.I.J. 21-10768822-3, se notifica por edictos a la Sra. VANESA MARIA ESTER BLOCK, D.N.I. N° 35.124.830, que en dichos autos se decretó lo siguiente: SANTA FE, 18 de Septiembre de 2024. Por recibidos los presentes autos. Con los conexos SDNAYF Y OTROS c/BLOCK VANESA MARIA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10764537-0 a la vista y proveyendo: Téngase por RESOLUCIÓN Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Interpuesta demanda DEFINITIVA de de la FORMAL MEDIDA NOTIFICACIÓN de DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa N° 125 de fecha 23.07.2024 respecto del niño Nehemías David Iturain. Citase y emplázase a Miguel Eduardo Iturain y Vanesa María Ester Block a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la propuesta sugerida referente otorgamiento en guarda judicial respecto del niño Nehemías David Iturain. Hágase saber que todo acto impulsorio y procedimental estará a cargo del organismo administrativo compareciente, autorizándose a los profesionales intervinientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/o a quien estos dispongan, a intervenir en su diligenciamiento. Juez de Trámite: Fabio M. Della Siega. Proveyendo escrito cargo N° 34258/2024: Téngase presente lo informado. Dése amplia intervención al Equipo Social de este Tribunal. Notifíquese. Notifíquese por cédula (art. 62, inc. 1º del CPCC). Fdo. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez - Dra. Natalia Berardo, Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 14 de octubre de 2024. Advirtiendo en este estado que en el proveído de fecha 18/09/2024 se consignó por error: Téngase presente la propuesta sugerida referente otorgamiento en guarda judicial respecto del niño Nehemías David Iturain, revócase parcialmente dicho decreto en la parte mencionada y en su lugar se provee: Téngase presente la propuesta sugerida referente a la declaración de adoptabilidad del niño Nehemías David Iturain. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez - Dra. Natalia Berardo, Secretaria. Santa Fe, 19 de Febrero de 2025.

S/C 536163 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA A LA SRA. ERIKA NOELIA MURILLO, D.N.I. 40.644.750. Por disposición del Sr. Juez Juzgado Unipersonal de Familia N° 2 - Secretaría Única , sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/MURILLO, ERIKA NOELIA; DIAZ, RODRIGO Y PEREZ, EMANUEL SEBASTIAN s/AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA LEY 12.967; CUIJ 21-25165777-4 y su acumulado CUIJ 21-10771184-5, se notifica por edictos a la Sra. Erika Noelia MURILLO, D.N.I. 40.644.750, que en dichos autos se ha decretado lo siguiente: SANTA FE, 25 de Noviembre de 2024. Atento la integración subjetiva de este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la suscripta (art. 543 CPCC). Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición N° 000162 de fecha 06/09/24 respecto de los niños OMAR DARIO SEBASTIAN PEREZ, DM1 N° 53.802.125; ELENA GUADALUPE PEREZ, DNI N° 54.618.331; LOE FRANCHESCAAIME PEREZ, DNI N° 56.161.175; y ZULEYHA SOL DE LUNA DIAL, DNI N° 59.016.235, la que se regirá por el trámite especifico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese a Erika Noelia Murillo, Rodrigo Nicolás Díaz y a Emanuel Pérez, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Secretaria de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Téngase presente la prueba ofrecida. Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Hágase saber que por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. En virtud de la identidad de objeto y de sujetos involucrados, acumúlense las presentes actuaciones a los autos: Secretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia c/Murillo, Erika y otros s/Auxilio de la Fuerza Pública; (CUIJ 21-25165777-4), del Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Segunda Secretaria. Téngase presente para su oportunidad. Córrase vista a la Defensoría General Civil Nº 3. Notifíquese. Fdo. Dra. Liliana Michelassi, Juez - Dra. Marcela

Romagnoli, Secretaria. Santa Fe, 20 de Febrero de 2025.

S/C 536162 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición de la Jueza de Trámite, Dra. Mariana Herz, en los autos caratulados: SDNAF c/MONZON ESTEFANIA ELIZABETH s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10771003-2, que tramitan ante el Juzgado Unipersonal de Familia N° 9 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar a MONZON ESTEFANIA ELIZABETH, D.N.I. 41.160.184; con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 12 de Febrero de 2025. AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) TENER POR EFECTUADO EL CONTROL DE LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptada por Disposición N° 000180 de fecha 27 de septiembre de 2024, respecto de SHEYCO MONZON. 2) Atento al vencimiento de la medida, requerir a la DPNAF para que acompañe en el término de 2 días, informe actualizado respecto a la situación. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a la progenitora, y a la Defensoría General, habilitándose días y horas. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo. Mariana Herz (Jueza); María Paula Budini (Secretaria). Santa Fe, 27 de febrero de 2025.

S/C 536276 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición por el Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 6, en los autos caratulados: ORTELLADO YANINA GUADALUPE c/ROMERO ALEJANDRO ARIEL s/INCIDENTE DE MODIFICACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA; CUIJ 21-10765683-6, se ha resuelto lo siguiente: SANTA FE, 29 de Noviembre de 2024. VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Establecer como cuota alimentaria a cargo de Alejandro Ariel Romero y en favor de su hija menor de edad Aldana Isabella Romero Ortellado en el equivalente al 40% del mencionado S.M.V.M. 2) Imponer las costas del proceso a la demandada. Insértese y hágase saber. Notifíquese al Defensor General. Fdo. Dr. GASTIAZORO, (Juez); Dra. LOZA (Secretaria) OTRO DECRETO: SANTA FE, 23 de Diciembre de 2024; Hágase saber que por implementación de la Ley 14.264 y aclaratoria, complementada por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 6 (04-12-2024. Pto. 13) las causas que tramitaron por ante el Tribunal Colegiado Nº 3, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Familia Nº 6, a cargo del suscripto. Proveyendo escrito cargo Nº 3168: Téngase presente lo manifestado. Agréguese la cédula acompañada. Previo a todo, atento a lo informado por el oficial notificador a fs. 28 vto, ofíciese a la Secretaría Electoral Nacional a fin de que informe el último domicilio registrado del Sr. Alejandro Ariel Romero. Autorízase a la profesional requirente a intervenir en el diligenciamiento. En consecuencia, a lo solicitado, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dr. GASTIAZORO (Juez) — Dr. DREWANZ (Secretario). OTRO DECRETO: SANTA FE, 19 de Febrero de 2025. Atento constancias de autos, lo informado por la Secretaria Electoral y lo manifestado por el Oficial Notificador a fs. 28 se dispone: Procédase a notificar por edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los arts. 67 y 73 del C.P.C.C.. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dr. Gastiazoro (Juez) — Dr. Drewanz (Secretario). Santa Fe, de Febrero de 2025.

S/C 536131 Mar. 20 Mar. 27

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SE NOTIFICA A DANTE JULIO FERNANDEZ, DNI 41.514.591 Y LA SRA. ORDOÑEZ, ROCIO NATALIA, DNI N° 41.360.306. Por disposición del Sr. Juez del Juzg. Unipersonal de Familia N° 7 Dr. Alejandro M. Azvalinsky, Secretaría de Vulnerabilidad Asociada a los Jdos. de Familia 7, 8, 9 de Santa Fe, en autos caratulados: SNAF c/ORDONEZ, ROCIO NATALIA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; C.U.I.J. 21-10774608-8, se notifica por edictos a DANTE JULIO FERNANDEZ, DNI 41.514,591 Y LA SRA. ORDOÑEZ, ROCIO NATALIA, DNI N° 41,360,306 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos SANTA FE, 12 de Marzo de 2025. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada FORMAL DEMANDA DE ADOPCIÓN DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL Y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD de la Medida Excepcional de derechos adoptada por la Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe respecto de los niñoa/s AARON JULIO ALDAIR ORDONEZ FERNÁNDEZ, DNI 56.525.426, fecha de nacimiento: 14/07/2017, TIANA ORDOÑEZ FERNÁNDEZ, DNI 57.458.929, fecha de nacimiento: 12/11/2018 y JUSTINA ORDOÑEZ, DNI 58.171.833, fecha de nacimiento: 02/05/2020. Agréguese la documental acompañada. Concédase la autorización solicitada. Córrase vista al Defensor General que por turno corresponda. En este estado, ofíciese al Colegio de Abogados de Santa Fe para que acompañe en el término de 48 horas terna de abogado de niños, niñas y adolescentes para designar abogado representante de los niños, niñas y adolescentes (conf. Art. 10 y 13 inc. A Ley 13923). Al punto 6) Atento la conexidad existente, acumúlense por sistema SISFE las presentes actuaciones a los autos SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ORDOÑEZ, ROCIO NATALIA Y OTROS s/OTRAS ACCIONES NO NOMENCLADAS (AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA - ART. 58 BIS LEY 12.697); CUIJ 21-10771262-0; dejando debida constancia en el sistema informático, Dese intervención al Defensor General. Notifíquese. Fdo. Juez del Juzg. Unipersonal de Familia N° 7 A/C Dr. Alejandro M. Azvalinsky - DR. A. Fabián González Secretario. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL. DR. A. Fabián González, Secretario.

S/C 536893 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° CINCO, Secretaria UNICA, PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, en autos caratulados: BALASCH MARTINEZ MAITEN c/UMERES, RICARDO RAFAEL s/PRIVACION DE RESPONSABILIDAD PARENTAL; (CUIJ 21-10771121-7), SANTA FE, 22 de noviembre de 2024. Agréguese. Repóngase el sellado del poder especial acompañado. Cumplimentado que sea por la doctora Analía Vega con las leyes 10.244 y 10.727. Sin perjuicio de ello, en atención a los términos descritos en los hechos de la demanda y lo precisado en el objeto de la misma; aclare la peticionaria si pretende incoar la acción prevista en el Artículo 700 del Código Civil y Comercial de la Nación y se proveerá lo que por derecho corresponda. Hágase saber que asume como Juez de Trámite Fabio M Della Siega (Art. 543 del CPCC). Notifíquese. Marcelo A Albrecht, Secretario; Fabio M Della Siega, (Juez). OTRO DECRETO: SANTA FE, 27 de noviembre de 2024. Agréguese. Téngase presente. Por cumplimentado el proveído de fecha 22.11.2024. En tal inteligencia y proveyendo el escrito de demanda: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Téngase por promovida demanda de PRIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD PARENTAL promovida por Maiten Martínez Balasch contra Ricardo Rafael Umeres. Imprímase el trámite sumario previsto en el Artículo 408 del CPCC. Cítase y emplázese al demandado para que comparezca a estar a derecho, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad y de corresponder. Dése intervención a la Defensoría General que por turno corresponda asumir el Ministerio Público —representante complementario de la niña Nastya Evolet Umeres Balasch. Siendo de imposible implementación el impulso oficioso que prescribe el Artículo 709 del Código Civil y Comercial, atento la falta de recursos técnicos y humanos del Tribunal, hágase saber que el mismo estará a cargo de los litigantes. A lo demás, téngase presente para su oportunidad y de corresponder. Notifiquen los empleados de la Secretaría. Notifíquese por cédula (Art 62, Inc 1° del CPCC). Marcelo A Albrecht, (Secretario); Fabio M Della Siega, (Juez). OTRO DECRETO: SANTA FE, 06 de diciembre de 2024. Téngase presente la intervención asumida por la Defensoría General N° 1 Ministerio Público, como representante complementario. Notifíquese. Adolfo Drewanz, (Secretario a/c). OTRO DECRETO: Santa Fe, 17 de diciembre de 2.024. Agréguese cédula acompañada. Atento a las constancias de autos y en virtud del trámite impreso a la presente, se declara rebelde al demandado. Notifíquese por cédula (Art. 62, Inc. 8º del CPCC) y de existir domicilio electrónico constituido, notifíquese por esa vía en los términos del Reglamento de Presentación y Recepción de Cédulas entre Profesionales Matriculados desde Autoconsulta online (Acuerdo de fecha 91.12.2020, Acta N° 43, pto. 8). Notifíquese. Silvina Loza, (Secretaria); Fabio M Della Siega, (Juez). OTRO DECRETO: SANTA FE, 03 de Febrero de 2025. Proveyendo escrito cargo Nº 2629: Atento lo informado por el oficial de justicia en cédulas acompañadas a lo solicitado oportunamente. En este estado ofíciese a la Secretaría Electoral Nacional a fin de que informe el último domicilio del demandado. Notifíquese. Silvina Loza (Secretaria); Fabio M Della Siega, (Juez). OTRO DECRETO: SANTA FE, 11 de Febrero de 2025. Téngase presente. Atento lo manifestado por la Secretaría Electoral y en virtud de constancias de autos, a los fines notificatorios publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los art. 67 y 73 del C.P.C.C. Notifíquese.- Silvina Loza — (Secretaria). Fabio M Della Siega — (Juez). Santa Fe, 27 de Febrero de 2025.

$ 200 537068 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA AL SR. TONELLI, ROBERTO CARLOS - D.N.I. 30.292.559. Por disposición del Sr. Juez Juzgado Unipersonal de Familia N° 1 - Secretaría Única , sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ COALLA BETIANA LIS Y TONELLI, ROBERTO CARLOS SI CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” C.U.I.J. 21-10755403-0 y su acumulado 21-10767227-0, se notifica al Sr. TONELLI, ROBERTO CARLOS - D.N.I. 30.292.559, que en dichos autos se ha decretado lo siguiente: “SANTA FE, 31 de Julio de 2024. Atento la integración subjetiva de este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, designase Juez de Trámite a Rubén Angel Cottet (art. 543 CPCC). Proveyendo escrito cargo N° 2307212024: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Al punto 20): Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición N° 000086 de fecha 27 de Mayo de 2024, respecto de los niños JUAN CARLOS COALLA, DNI nro. 51.405.791, URIEL ALEJANDRO COALLA, DNI nro. 53.775.470, MILAGROS AYELEN TONELLI, DNI nro. 55.099.864 y ALMA FRANCHESCA TONELLI, DNI nro. 57.454.068, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese a BETIANA LIS COALLA, DNI NRO. 31.700.857 con último domicilio conocido en Primer Pasaje y Hernandarias del Barrio Las Lomas de la ciudad de Santa Fe, y ROBERTO CARLOS TONELLI, DNI nro. 30.292.559, con último domicilio conocido en Manzana 9, pasaje 6 del Barrio de Alto Verde de esta ciudad, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 3°): Agréguese la documental acompañada. Al punto 40)Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del articulo 65 de la Ley 12967 (ref. por Ley 13237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Al punto 5º): Oportunamente y de corresponder. Atento la conexidad invocada en la foja 0, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expediente de éste Tribunal caratulado “SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/COALLA, BETIANA LIS Y TONELLI, ROBERTO CARLOS S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” CUIJ 21-10755403-0. Dése intervención a la Defensoría General Civil nro. 4. Notifíquese. Fdo. Dr. Rubén Angel Cottet, Juez - Dra. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria. Santa Fe, 10 de Marzo de 2025.

S/C 536839 Mar. 20 Mar. 25

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SE NOTIFICA AL SR. JONATAN MAXIMILIANO ÁLVAREZ D.N.I. 39.629.556. Por disposición del Sr. Juez Juzgado Unipersonal de Familia N° 6 - Secretaria Única, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “SDNAYF C/ GARNICA DENISE AYLEN Y OTROS S/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 RESOLUCION DEFINITIVA (ADOPTABILIDAD)“ C.U.I.J. 21-10771561-1, se notifica por edictos al Sr. Jonatan Maximiliano Álvarez D.N.I. 39.629.556, que en dichos autos se ha decretado lo siguiente: “SANTA FE, 03 de Diciembre de 2024.- Hágase saber que el suscripto actuará como Juez de Trámite en las presentes actuaciones (cfr. Art. 543 del C.P.C.C.) Con los autos SDNAYF C/ GARNICA DENISE AYELEN Y OTROS SI CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10764966-9 a la vista y proveyendo: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado acuérdasele participación legal correspondiente. Téngase por interpuesta demanda de FORMAL NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la MEDIDA de PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa N° 178 de fecha 27.09.2024 respecto de los niños Yoselín Milagros Álvarez y Heitán Jonatan Garnica. Citase y emplazase a Denise Ayelén Garnica y Jonatan Maximiliano Álvarez -progenitor de Yoselín Milagros Álvarez- a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la propuesta sugerida referente declaración de adoptabilidad de los niños Yoselin Milagros Álvarez y Heitán Jonatan Garnica. Hágase saber que todo acto impulsorio y procedimental estará a cargo del organismo administrativo compareciente, autorizándose a los profesionales intervinientes de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/o a quien estos dispongan, a intervenir en su diligenciamiento. Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. Notifíquese.- Notifíquese por cédula (art. 62, inc. lo del CPCC). Fdo.: Dr. Fernando Gastiazoro, Juez - Dra. Natalia Berardo, Secretaria”. Santa Fe, Marzo de 2025.

S/C 536838 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, Cuarta Nominación en autos caratulados: “DEVOL S.A. C/PRONTA ENTREGA SRL S/EJECUCIÓN PRENDARIA (CUIJ: 21-01995319-7), Haciendo efectivos los apercibimientos de ley, declárese rebelde a Pronta Entrega S.R.L. A sus efectos, publíquense edictos en el término de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en SEDE JUDICIAL. Santa Fe, 18 de Febrero de 2025.- Fdo.: Dra. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez a/c).

$ 100 536181 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, provincia homónima, se hace saber que en los autos “RITVO, MARIA PAULA S/ CONCURSO PREVENTIVO” (CIJIJ 21-01996417-2), se ha dispuesto: “Santa Fe, 19 de Febrero de 2025. AUTOS Y VISTOS:..; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1. Declarar finalizado el concurso preventivo de María Paula Ritvo, DNI N° 28.073.917, por cumplimiento del acuerdo homologado, cesando a su respecto las limitaciones previstas en los artículos 15 y 16 de la Ley 24.522 y disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes de la concursada, librándose los oficios pertinentes. 2. Publicar edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de amplia circulación de esta ciudad. 3. Comunicar la presente resolución al Registro de Procesos Concursales oficiándose a sus efectos, tarea que se encomienda a la Sindicatura. 4. Fecho, dar por concluido la intervención de la Sindica. Insértese, hágase saber y oportunamente, archívese.” Firmado: Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria); Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez). Santa Fe, 21 de Febrero de 2025.

S/C 536178 Mar. 20 Mar. 21

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SE NOTIFICA A LA SRA. SILVIA EDITH PARIZZIA, DNI N° 10.863.580. La Señora Jueza de Ejecución de Circuito de Santa Fe - Secretaría 1° de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE C/PARIZZIA SILVIA EDITH S/Apremio Fiscal” (CUIJ 21-16244008-7), ha ordenado notificar a la Sra. Silvia Edith PARIZZIA, DNI N° 10.863.580: “Santa Fe, 16 de Diciembre de 2020. Habiéndose cumplimentado lo solicitado y proveyendo: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, désele la intervención que por derecho corresponda. Téngase por iniciada demanda de apremio contra SILVIA EDITH PARIZZIA por la suma de $33.253,55 con más los recargos previstos en el Código Tributario Municipal - Ley 8173/77 (Ord. 7476). Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes libres de la parte demandada, por el capital reclamado con más el 50% que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. Cítese de remate a la accionada, con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución (conf. Art. 5 Ley 7234 modif. por Ley 9040, rige duplicidad de términos). Designase Oficial Notificador ad-hoc a los nombrados en la demanda. Notifíquese.-Dr. Javier Deud (Juez a/c); Dra. Corma A. Molina (Secretaria)“. Otro decreto: “SANTA FE, 07 de Diciembre de 2022 Como se solicita, autorízase a notificar mediante carta certificada con A.R. Notifíquese. Firmado: Dra. María José Haquín de Berón (Juez); Dra. Corma A. Molina (Secretaria)“. “SANTA FE, 05 de Octubre de 2023. Téngase presente lo manifestado. En los términos de los arts. 28 ley 5066 y 73 del CPCC cítese por edictos a la demandada, los que se publicarán tres (3) veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el hall de estos tribunales, cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Notifíquese. Fdo: Dra. María José Haquín de Berón (Juez); Dra. Laura Maydana (Secretaria)“. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 14 de Febrero de 2025. Nancy Brollo, Prosecretaria.

S/C 536078 Mar. 20 Mar. 25

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El Juz. de Dist. N° 1 CyC 9na. Nom. Sta. Fe en autos: “PIEDRABUENA, WALTER CRISTIAN S/Concurso Preventivo, 21-02050340-5, el 27/12/24 (T° 2024 F° Res. no 394) ordenó la apertura del concurso preventivo de Walter Cristian Piedrabuena DNI 23.405.196 CUIT 20-23405196-3 dom. real Urquiza N° 1220 Sauce Viejo y legal en Alvear N° 3291 Dpto. A Sta. Fe pudiendo verificar ante el síndico Rubén Baretta hasta el 23/03/25 de lun. a vier. de 16 a 19 hs en Corrientes 2775 Sta. Fe o cpnbaretta@hotmail.com. Vencimiento del período de exclusividad el 21/10/25. Néstor A. Tosolini, Secretario.

$ 1 535957 Mar. 20 Mar. 21

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Por orden del Juez de Dist. N° 1 CyC, 9na. Nom. de Sta. Fe, autos: “PIEDRABUENA, WALTER CRISTIAN S/Concurso Preventivo 21-02050340-5, se dispuso la apertura del concurso preventivo de Walter Cristian Piedrabuena, argentino, mayor de edad, DNI 23.405.196, CUIT: 20-23405196-3 con domicilio en calle real en Urquiza N° 1220, de la ciudad de Sauce Viejo y a los efectos legales en calle Alvear N° 3291 Dpto. A de esta ciudad de Santa Fe, fijándose las siguientes fechas “SANTA FE, 27/12/24 Tomo: 2024 Folio: Resolución: 394 (...) RESUELVO... “. 3) Fijar el día 23 de marzo de 2025 como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico... 8) Fijar el 12 de mayo de 2025 y el 22 de julio de 2025 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; y hasta el 12 de agosto de 2025 para la presentación de las observaciones al informe general; 9) Señalar el día 7 de octubre de 2025 ó el día hábil siguiente si aquel resultare feriado, a las 10 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa prescripta en el art. 45 de la Ley 24522. Fijar como fecha de vencimiento del período de exclusividad el día 21 de octubre de 2025...... asimismo se informa que se ha designado Síndico para actuaren las presentes al CPN Rubén Baretta, domicilio Corrientes 2775 santa fe - correo cpnbaretta@hotmail.com horario de atención lunes a viernes de 16 a 19 hs, donde se recepcionarán los pedidos de verificación de conformidad con los normado por la Ley N°24.522 y Mod.. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de 2025. Néstor A. Tosolini, Secretaria.

$ 1 535957 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: BONFANTI LEANDRO MARTIN Y OTROS c/MUNICIPALIDAD DE SANTA FE MUNICIPALIDAD DE SANTA FE (ART. 5. LEY 2756 T.O. LEY 13740) Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISTIVA, ORDINARIO; CUIJ 21-02950114-3, se ha dictado el siguiente Decreto: Santa Fe 10 de Febrero de 2025. Téngase presente lo manifestado, para su oportunidad. Por entablada la presente ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la que tramitará por la vía ORDINARIA contra MUNICIPALIDAD DE SANTA FE y/o quien resulte titular registral, poseedor, tenedor, propietario, o quien pretenda detentar derechos sobre el inmueble sito en calle Saavedra Nº 2933 (interno); Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 101102911861/0002 la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en virtud de lo dispuesto por artículo 24 inc. a) de la Ley 14.159, a quienes se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese y emplácese por edictos, que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a quienes se consideren con derechos sobre el bien inmueble a usucapir, a que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Inscríbase el bien objeto de autos como litigioso, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, autorizando al profesional interviniente a intervenir en su diligenciamiento. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, por el término de ley a fines de hacer valer sus derechos. Tómese razón en el sistema informático de la corrección de carátula ordenada. Notifíquese. Fdo. Deud (Juez). Díaz (Secretaria). Por lo que se cita y emplaza a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 24 de Febrero de 2025. Fdo. Díaz (Secretaria). María Luz Martínez, Prosecretaria.

$ 100 535985 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia Civil y Comercial de la 1ª Nom. de la ciudad de Santa Fe (OPE-2a Secretaría), en autos: CIRCULO DE INVERSORES SAU DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/VILLALBA, JULIO CESAR Y MORA, MELISA ALEJANDRA s/EJECUCIÓN PRENDARIA; CUIJ N° 21-020469114-2, cita y emplaza al Sr. VILLALBA JULIO CESAR DNI 20.778.538, a comparecer en los autos de referencia en un plazo de cinco días desde la última publicación del presente bajo apercibimiento de rebeldía. Por así estar dispuesto: SANTA FE, 13 de junio de 2024 Proveyendo escrito cargo Nº 5917: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdesele al Dr. Lucas Paronzini, la participación legal correspondiente, en mérito al poder en fotocopias acompañado. Hágase saber que, previo a todo trámite deberá acompañar el original del poder y documental fundante de la demanda a fin de la certificación de sus fotocopias por Secretaría. Téngase por promovida demanda de ejecución prendaría contra JULIO CESAR VILLALBA, D.N.I. 20.778.538 y MELISA ALEJANDRA MORA, D.N.I. 31.069.560 y/o a quien resulte titular registral del dominio y/o: poseedor; sucesor; tenedor; beneficiario a otro título y/o civilmente responsable por cobro de $ 13.028.804,00, con más los reajustes de capital pactados en el contrato de prenda, intereses, y costas. Cíteselos de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no oponen excepción legítima alguna se ordenará llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de ejecución y embargo sobre el bien prendado en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 30% de dicho monto presupuestado provisoriamente para intereses y costas futuras. A sus efectos líbrese oficio al Registro de Créditos Prendarios de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor Sección denunciado. Líbrese mandamiento de secuestro al Sr. Oficial de Justicia, otorgándosele facultades de ley, incluso las de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario y con la debida moderación, inclusive en la vía publica. Haciéndole saber al mismo que hará saber a quien resulte depositario que le está vedado el uso y goce del vehículo debiendo retirar en el acto la totalidad de la documentación y exigir se le indique el lugar del depósito. Autorizase al peticionante y/o los propuestos en el punto VII-1 (fs. 14) y/o a quienes ellos designen a intervenir en su diligenciamiento, con facultades de ley y las de denunciar nuevos domicilios, proceder al secuestro, designar martillero público, y solicitar a cargo del peticionante los servicios de un cerrajero en caso de ser necesario y a contratar una grúa para el traslado del vehículo previa contratación de seguro. Manifieste quién será depositaria judicial y lugar de depósito del automotor; asimismo, previo al secuestro, deberá acreditar la contratación del seguro correspondiente. Autorizase a los propuestos conforme lo solicita en el punto VII-2. Téngase propuesto el martillero propuesto: Señor DAVID BOSCHI. Notifíquese. Fdo. Dra. MA. ROMINA BOTTO, (Secretaria); Dr. IVAN DI CHIAZZA, (Juez). SANTA FE, 23 de Agosto de 2024 Proveyendo escrito cargo Nº 8740: Téngase presente. Certifíquense fotocopias obrantes en autos fs. 217. Resérvese la documental acompañada con el Nº 6914/24. Advertido en este estado, se aclara que, para el supuesto de trasladar el vehículo secuestrado al lugar de depósito sin grúa, se deberá exhibir ante el oficial de Justicia la póliza del seguro contratado. Notifíquese. Ig Fdo. Dra. MA. ROMINA BOTTO, (Secretaria); Dr. IVAN DI CHIAZZA, (Juez). SANTA FE, 16 de diciembre de 2024 Proveyendo escrito cargo Nº 13991: Agréguese. Téngase presente lo informado por el Oficial de Justicia. Tratándose de domicilio desconocido, notifíquese por edictos. Procédase conforme lo dispuesto por el artículo 73 y 78 del CPCC. Notifíquese. Fdo. Ma. Romina Botto, (Secretaria); Santa Fe, 24 de Febrero de 2025.

$ 150 536046 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial de Circuito N° 30 de la ciudad de Sastre, Dra. C. Patricia Gonzalez Broin, secretaría a cargo de la Dra. Daniela Tantera en los autos caratulados, ZEBALLOS JUAN ERALDO c/AIMINO FAUSTINO ANTONIO s/Juicio Ordinario; 21-24394641-4 en trámite ante el Juzgado mencionado, por medio del presente se hace saber al demandado, Sres. FAUSTINO ANTONIO AIMINO que en dichos autos se ha dispuesto lo siguiente: SASTRE, 27 de Septiembre de 2024. Téngase presente el informe acompañado. Proveyendo escrito cargo N° 1904: No habiendo comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde al demandado. Notifíquese por edictos. Secretaría: Dra. Daniela Tantera, Jueza; Dra. C. Patricia Gonález Broin. Datos dominiales del inmueble: inscripto bajo el N° 68422 Fº 1618, Tº 165 I, dpto. Castellanos, en fecha 05 de diciembre de 1961 inscripto bajo el N° 68422 E 1618, T 165 I, dpto. Castellanos, en fecha 05 de diciembre de 1961. Sastre, 23 de Diciembre de 2024. Dra. Lucila M. Vicini, Secretaria.

$ 52,50 536191 Mar. 20

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la Ciudad de Sastre (Provincia de Santa Fe) dentro de los autos caratulados: COMITÉ DE CUENCA CANAL PRINCIPAL SASTRE c/FRAIRE, MARÍA M. s/EJECUCION FISCAL; CUIJ N° 21-24394775-5, se ha ordenado citar por este medio a MARIA M. FRAIRE y/o contra quien resultare ser jurídicamente responsable y/o titular de los Inmuebles identificados con la Partida de Impuesto Inmobiliario N° 08-40-0072362/0000 y N° 08-40-00-72364/0000, para que dentro del término de diez días oponga excepción legítima dentro de los autos de mención bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. A continuación, se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: SASTRE, 12 de Febrero de 2025 Salgan los autos de fallo. Advertido en este estado que en el proveído de fecha 11/04/2023, la acción sólo se entabla como consecuencia del saldo impago de las tasas retributivas por canalización sobre el inmueble identificado con la partida N° 08-40-0072362/0000, por la suma de $ 79.764,86 con más la suma de $ 39.882,43 en concepto de intereses y costas, cuando lo correcto es que se entable como consecuencia del mismo concepto pero sobre los inmuebles identificados con la partida impuesto inmobiliario N° 08.40-00-7236210000 y N° 08-40-0072364/0000 por la suma de $ 103.021,74 con más 51.510,87 en concepto de intereses y costas, déjese sin efecto el proveído de fecha 11/04/2023, y en su lugar dispóngase lo siguiente: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida EJECUCIÓN FISCAL contra MARIA M FREIRE y/o contra quien resultare ser jurídicamente responsable y/o titular de los inmuebles, identificados con la partida de impuesto inmobiliario N° 08-40-00-7236210000 y 08-40-0072364/0000; por el cobro de la suma de $ 103.021,74, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de veinte días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Francisco. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 103.021,74, con más la suma de $ 51.510,87, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la segunda parte del Art. 132 de la Ley N° 3456; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. Lucila Vicini, Secretaria; Dra. Patricia González Broin, Jueza. Sastre, 24 de Febrero de 2025. Se deja constancia que el presente edicto deberá ser publicado sin cargo atento lo dispuesto por Ley 9.830.

S/C 536220 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juez Civil y Comercial, del JUZG. DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL VILLA OCAMPO, se notifica a la parte demandada que en autos caratulados: ASOCIACION CIVIL CON PERSONERIA JURIDICA CLUB SOCIAL ESTRELLA DEL SUR c/CABRERA DE GONZALEZ, MAGDALENA s/Usucapión; C.U.I.J. N° 21-26326461-1, se ha decretado lo siguiente: Villa Ocampo, 16 de Diciembre de 2024. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a los demandados. A lo demás, oportunamente. Notifíquese Fdo.: Elisabet Ileana Serrano, Secretaría Subrogante; María Isabel Arroyo, Jueza. Villa Ocampo, 17 de Febrero de 2025. Dra. Marta Migueletto, Secretaria.

$ 45 536201 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 27, con asiento en calle 9 de julio 2568, de la localidad de San Justo, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados BERTOTTO ISMAEL VICTOR c/OVIEDO DE TABORDA BUENAVENTURA s/Juicios Sumarios (Usucapión); 21-26189777-3, se ha ordenada: San Justo, 20 de Diciembre de 2024. Téngase presente. Atento a los edictos publicados (fs. 122) y lo solicitado según escrito cargo Nº 3827 dispónese: declarase rebelde a la demandada por su falta de comparendo en los presentes autos. Publíquense edictos de ley. A lo demás, téngase presente. Notifíquese. Fdo. Dra. Celia Graciela Bornia (Jueza) - Dra. Rocío M. M. Candioti (Prosecretaria a/c). Susana C. Carletti, Secretaria. San Justo, 25 de Febrero de 2025.

$ 600 536248 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición de la Dra. Laura María Alessio Jueza a cargo de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: MOREL FABRICIO EZEQUIEL s/Quiebra; CUIJ 21-26171049-5, por resolución de fecha 18 de diciembre de 2024. AUTOS Y VISTOS:... RESUELVO: 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, Ley 24.522) del Señor FABRICIO EZEQUIEL MOREL, DNI N° 31.578.262; CUIL N° 20-31578262-8 argentino, mayor de edad, empleado dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, domiciliado realmente en Colonia La Criolla S/N, y constituyendo domicilio procesal en calle Gral. López esquina Lavalle, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. 2) Ordenar la anotación de la presente resolución de Quiebra en el Registro de Procesos Universales. Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad y del Automotor, como así también al Registro de Créditos Prendarios y Registro Público de Comercio, Administración Federal de Ingresos Públicos, Administración Provincial de Impuestos (Art 29 del Código Fiscal), Dirección General Impositiva y al Banco Central de la República Argentina a fin que haga saber a los demás Bancos e Instituciones financieras, la inhibición de los bienes que se ordena. Asimismo comunicar la formación del presente al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de los arts. 12 inc d) y 53 inc f) de la Ley N° 8525/79. 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente. (Art 88 inc 5 LCQ). 5) Ordenar interceptar toda la correspondencia epistolar del fallido (Art. 114 LCQ) y entregarla al Sindico. Para su cumplimiento ofíciese al Correo Argentino y empresas privadas de servicio postal y comunicaciones; Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del Informe General, el cual deberá cumplimentarse el día 04 de Junio de 2025. 6) Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). 7) Para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional, que se desempeñará como Síndico señalase el día jueves 26 de Diciembre de 2024 a las 10:00 horas, previa comunicación al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas; 8) La Sindicatura deberá proceder conforme a los Arts. 177 y ss., de la Ley N° 24522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A dicho fin el Síndico conjuntamente con la Oficial de Justicia o el funcionario o funcionaria que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la confección de un detallado inventario de los bienes muebles e inmuebles en el término de 30 días el cual comprenderá rubros generales (88 inc 10) con el desapoderamiento previsto en los arts. 106, 107 y ss y ccrts de la LCQ, designándose Depositaria Judicial al fallido de los bienes imprescindibles para su subsistencia y la de su familia (Art. 177 in fine LCQ). Con tal cometido, líbrese Mandamiento a la Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario y con la debida moderación. 9) Fijar hasta el día 27 de Febrero de 2025 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LCQ. 10) Señalar entre los días 28 de Febrero de 2025 (o el día hábil inmediato posterior) y el 19 de Marzo de 2025 inclusive, el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). 11) Hacer saber al Sindico que dentro de las 48 hs. de vencido el plazo previsto en el punto anterior, deberá acompañar al Juzgado por triplicado, una lista de los acreedores que hayan pedido verificación de sus créditos y las observaciones e impugnaciones que se hubieren efectuado. 12) Para que el Síndico presente al Juzgado el informe Individual, (Art. 35 LCQ) de cada solicitud de verificación en particular, señalase el día 17 de Abril de 2025 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el informe general (Art. 39 LCQ), el 04 de Junio de 2025 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS, bajo apercibimientos de lo dispuesto por el art. 255 LCQ. 13) Disponer, para el caso de ser necesario, la realización de los bienes del fallido (art. 88 inc. 9 LCQ), a cuyo efecto se señalará oportunamente fecha de audiencia para que tenga el lugar el sorteo de un Martillero Público de la lista de oficio. 14) Ordenar que, una vez aceptado el cargo por el Síndico, y dentro del plazo de cinco días de dicha aceptación, acredite la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de este Juzgado. Asimismo y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación por medio fehaciente a los acreedores denunciados por la fallida, en los domicilios que corresponda; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo PRONO). La publicación de edictos contemplada por el articulo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. 15) Atento lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley N° 24522 y con los alcances previstos por el artículo 21 de la misma ley, modificado por el artículo 4 de la ley 26.086, requiérase informes a las Mesas de Entradas Únicas de Distrito, Circuito, Laboral y Daños de Santa Fe y al Juzgado de Circuito N° 26 de San Javier para que informen sobre la iniciación y radicación de causas que existan contra el fallido; a sus efectos ofíciese -facultándose al Síndico a suscribir los oficios e intervenir en su diligenciamiento. Fecho, exhórtese a los distintos juzgados donde se tramiten causas de contenido patrimonial contra la fallida, requiriéndole la remisión de los respectivos expedientes para su radicación ante este juzgado. Ordenar, que por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Oficiar a la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, para que cesen de inmediato los descuentos en la remuneración mensual como empleado, del Sr. FABRICIO EZEQUIEL MOREL ya sea embargos o créditos anteriores a la declaración de quiebra, con excepción de aquellos descuentos de ley, (previsionales, cuotas sindicales, alimentarias, impositivos o de seguridad social) y simultáneamente efectúe una retención de[ 20 % del haber del fallido, suma que deberá depositarse en una Cuenta Judicial que a tales fines se abrirá en el Banco de Santa Fe S.A. Sucursal San Javier, para estos autos y a la orden de este Juzgado; la que comenzará a correr a partir del primer depósito que se efectúe y hasta que el Juzgado disponga el cese de la misma. Asimismo, líbrese oficio al banco, con las mismas previsiones en lo que refiere al descuento automático por créditos anteriores. Comisionase al Síndico a los fines del diligenciamiento de los Oficios referidos. Insértese. Hágase saber. Insértese el original..-. Fdo. Dra. Laura María Alessio Jueza a cargo; Dr. Diego Escudero (Secretario subrogante). La Sindica designada en autos es la CPN Mabel Cecilia Toniutti, con domicilio constituido en calle Lunes a Viernes de 16:00 a 20:00 hs en el domicilio de calle Nicasio Oroño N° 1618 de la ciudad de San Javier (Santa Fe) con horario de atención al público los días Lunes a Viernes de 16:00 a 20:00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. San Javier, 7 de Febrero de 2025. Dra. Gabriela Vouilloz, Prosecretaria.

$ 1 535959 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don Oscar Roberto Bernachea, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: BERNACHEA, OSCAR ROBERTO c/QUARIN, LEANDRO RODOLFO s/Laboral; CUIJ 21-26321544-9, de trámite por ante el mencionado Juzgado dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, 20 de Febrero de 2025. Dra. Marta Migueletto, Secretaria.

$ 45 535925 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia del Circuito Judicial Nº 22 de Laguna Paiva, sito en Av. Pte. Perón 2115 de Laguna Paiva Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: LAZZARONI, IRENEO LUIS RAMON c/LAZZARONI EMILIO JOSE s/Usucapión; CUIJ 21-02044423-9, se cita, llama y emplaza por

Edicto conforme el artículo 73 del C.P.C.C. de la Provincia de Santa Fe, a Emilio José Lazzaroni, DNI 2.472.059 y/o al titular registral y/o quien se considere con derecho sobre, dos fracciones de campo identificadas como: lote 1, inscripto al Tomo 117 Par, Folio 686, N° 20411 Año 1939, Departamento la Capital, de 48.214,50 m2 de superficie, ubicado Zona Suburbana de Emilia; y el lote 2, inscripto al Tomo 92 Impar F161V, N° 5720, Año 1929, Departamento La capital de 47.545,61 m2, ubicado en la Zona Rural de Emilia, para que comparezcan en el presente juicio de usucapión a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL con transcripción de los decretos que así lo ordenan: Laguna Paiva, 23 de Agosto de 2024. Por promovida DEMANDA SUMARIA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA -USUCAPION- contra EMILIO JOSE LAZZARONI y/o contra el titular registral y/o quien se considere con derecho sobre los inmuebles objeto de autos, consistentes en dos fracciones de campo identificados como: lote 1, inscripto Tomo 117 Par, Folio 686, N° 20411 Año 1939, Departamento la Capital, de 48.214,50 m2 de superficie; y lote 2, inscripto al Tomo 92 Impar F161V, N° 5720, Año 1929, Depto. La capital de 47.545,61 m2, ambos ubicados en Zona Suburbana y Zona Rural de la localidad de Emilia. Cítese y emplácese a los accionados para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Emilia, para que comparezcan en autos si hubiera interés fiscal comprometido. Inscríbanse como litigiosos los inmuebles denunciados, a tales efectos ofíciese al Registro General. Notifíquese. Carolina Gómez - Secretaria, Adrián de Orellana (Juez). Laguna Paiva, 20 de Diciembre de 2024. ...procédase a citar a los demandados de conformidad con lo preceptuado en el Art. 73 del Código de Rito. Notifíquese. Carolina Gómez - Secretaria, Adrián de Orellana - Juez. Laguna Paiva, 19/02/2025.

$ 130 535958 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don CARLOS ALBERTO BARRIA, Documento de Iden􀆟dad N° 10.661.254 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: “BARRIA CARLOS ALBERTO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-26327215-0.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “TAPIA, MARTHA CELIA S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02050645-5, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Martha Celia Tapia, D.N.I. Nº 03.237.006, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Carlos F. Marcolin (Juez)

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Ciudad de Santa Fe, (Juzgado de Primera Instancia en Civil y Comercial de la Segunda Nominación), en autos “TAVARI, JAVIER JESUS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02051165-3, se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de TAVARI, JAVIER JESUS, DNI 27278270 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el lugar designado a tales efectos por la Excma. Corte Suprema de Justicia. Dr. Carlos Federico Marcolín,Juez.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “CARRANZA, PEDRO NICOLÁS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – CUIJ Nº 21- 02049871 - 1 , se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Carranza Pedro Nicolás, D.N.I. Nº 6. 340.103, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ma Nominación de esta Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe Santa Fé, en autos caratulados SADLOCHA, FRANCISCO MARCELINO S/ SUCESORIO 21-02051478-4 SE cita y emplaza a todos los herederos , acreedores y legatarios de SADLOCHA, FRANCISCO MARCELINO DNI 11.426.755 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletin Oficial .DRA. ANA ROSA ALVAREZ Jueza

$ 45 Mar. 20

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POR DISPOSICION DE LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 7MA. NOMINACION), EN LOS AUTOS CARATULADOS "BAGNOLI, OSCAR RAUL S/ SUCESORIO ", (CUIJ N°21-02051582-9) SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA A TODOS LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE OSCAR RAUL BAGNOLI D.N.I: 8.500.211 PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS POR EL TERMINO Y BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY. LO QUE SE PUBLICA A SUS EFECTOS EN EL BOLETIN OFICIAL. FDO: ALFREDO LUCIO PALACIOS (JUEZ).- SANTA FE, DE MARZO DE 2025.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña FRANK, SUSANA, DNI NÚMERO: 0595372. NACIMIENTO: CIUDAD: ESPINILLO. PCIA. ENTRE RIOS. PAÍS Argentina FECHA 11/03/1917. FALLECIMIENTO: CIUDAD: LA CRIOLLA. PCIA. Sta. Fe. PAÍS Argentina, FECHA 01/09/1999. APELLIDO Y NOMBRE DE LA MADRE: HELBER, ELISABETH. APELLIDO Y NOMBRE DEL PADRE: FRANK, DAVID. APELLIDO Y NOMBRE DEL CÓNYUGE: ERBES, ALEJANDRO; con último domicilio conocido en La Criolla (Sta. Fe). En los autos caratulados "ERBES, ALEJANDRO Y FRANK, SUSANA S/SUCESORIO" CUIJ: 21-26189098-1, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo. Comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia, según acordada del 7 de febrero de 1.996, acta N° 3.- San Justo, 19 de Marzo de 2025. Leandro C. Buzzani, Secretario.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ERBES ALEJANDRO, DNI NÚMERO: 02.057.551. NACIMIENTO: CIUDAD: ISLETAS-DIAMANTE. PCIA. ENTRE RIOS. PAÍS Argentina FECHA 28/03/1914. FALLECIMIENTO: CIUDAD: LA CRIOLLA. PCIA. Sta. Fe. PAÍS Argentina, FECHA 12/11/1993. AI'ELLIDO Y NOMBRE DE LA MADRE: STORKER, ELISA. APELLIDO Y NOMBRE DEL PADRE: ERBES, LUIS. APELLIDO Y NOMBRE DEL CÓNYUGE: FRANK, SUSANA; con último domicilio conocido en La Criolla (Sta. Fe). En los autos caratulados "ERBES, ALEJANDRO Y FRANK, SUSANA S/ SUCESORIO" CUIJ: 21-26189098-1, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo. Comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el espacio reservado a tal fin por la Corte Suprema de Justicia, según acordada del 7 de febrero de 1.996, acta N° 3.- San Justo, Marzo de 2.025.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de 1ra. Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ma. Nom. De esta ciudad), en los autos caratulados “AMHERDT, SERVANDO EDUARDO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02050720-6 del año 2024, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de AMHERDT, SERVANDO EDUARDO DNI N°6.216.776, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DRA. ANA ROSA ALVAREZ Jueza.- SANTA FE ……. de .. ….. de 2025

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), en los autos caratulados “KIEFFER, OMAR ELADIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ N° 21-02051152-1 Y SU ACUMULADO KIEFFER OMAR ELADIO S SUCESORIO CUIJ 21-02051308-7=, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Señor KIEFFER, OMAR ELADIO, D.N.I N° 24.845.957, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Firmado: DR. JOSE IGNACIO LIZASOAIN – JUEZ. Santa Fe, 19 de Febrero de 2025.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma Nominación de la Ciudad de Santa Fe) autos caratulados “CHAVEZ, NIDIA RAQUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-02048474-5”, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de NIDIA RAQUEL CHAVEZ, D.N.I. 6.030.949, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Santa Fe, de marzo de 2025.- Fdo.: DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN Jueza.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don MARCELO HORACIO BOSCH, Documento de Iden􀆟dad N° 17.479.531 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: “BOSCH MARCELO HORACIO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-26327179-0.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la QUINTA Nominación) de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “Barone, Demetrio s/ Sucesorio” (CUIJ Nº 21-02050311-1, AÑO 2024) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. DEMETRIO BARONE, argentino, viudo, con DNI. Nº 10.715.351, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Santa Fe, 04 de Febrero de 2025. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primer Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma Nominación Santa Fe) en los autos caratulados: ROSICH, OLGA MARIA S/ SUCESORIO CUIJ 21- 02051186-6 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr/a. OLGA MARIA ROSICH DNI F4210496 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y se exhibe en el hall del PALACIO DE TRIBUNALES. Firmado: DR. LUCIO ALFREDO PALACIOS (Juez). Santa Fe,___ de Marzo de 2025. -

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 17en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama yemplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de DoñaRAMONA HAIDEE GARCIA, DNI 5.944.976 que comparezcan a hacer valer susderechos a su juicio sucesorio, GARCIA, RAMONA HAIDEE S/SUCESORIO, CUIJ N° 21-26326871-4, que se tramita por ante el mencionado Juzgado, notificando dentro de los términos, conformidad a lo establecido por el art. 2340 del C. C. y C. de la Nación y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, 20/03/2025.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzg. 1ra. Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nom.), de esta ciudad, en autos caratulados: “ARGUELLO DANTE CESAR S/ SUCESORIO – CUIJ 21-02050397-9 - Año 2024, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don DANTE CESAR ARGÜELLO, D.N.I 16.182.410, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. (Fdo. Dra. MARIA ROMINA KILGELMANN Jueza a cargo).

$ 45 Mar. 20

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil Comercial Laboral de San Jorge, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: CLUB ATLETICO SAN JORGE S.A DE CAPITALIZACION Y AHORRO c/DARIO ANGEL BERGAMASCO Y OTROS s/JUICIOS EJECUTIVOS; CUIJ 21-26268203-7, se cita y emplaza al deudor, Sr. DARIO ANGEL BERGAMASCO, a terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, del inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al N° 12152— F° 321 - T° 185 par del Departamento San Martín del Registro General, bajo los apercibimientos contenidos en el art. 511 del C.P.C. y C. de Santa Fe, a los fines de que dentro del término de cinco días contados desde la última publicación de los edictos paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimadas u opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de dictarse sentencia en rebeldía sin más trámite y de darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha; se hace saber la iniciación del juicio a otros acreedores hipotecarios que pudieran existir. Santa Fe, 24 de Febrero de 2025. Julián D. Tailleur, Secretario.

$ 52,50 536179 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en autos: CINGOLARI, GABRIELA VANINA c/ALBARRACIN, ALEJANDRO FABIAII s/SUPRESION DE APELLIDO PATERNO (CUIJ 21-26268439-0 - Año 2024), se cita, a toda persona que se crea con derecho a formular oposición dentro del plazo de quince días contados desde la última publicación, respecto del cambio de apellido de Victoria Milagros Albarracín, D.N.I. N° 54.120.652 por Victoria Milagros Cingolani respectivamente. De conformidad con lo previsto en el art. 70 del C.C.C.N. publíquense el pedido de supresión de apellido paterno los edictos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Ley 11.287). Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre (Secretaria). San Jorge, 27 de Febrero de 2025.

$ 70 536212 Mar. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos SOLARI SA S/ EXTRAVÍO DE LIBRO DE S.A.21-05210659-9 Juzg. 1ra. Inst. Civil, Comercial y del Trabajo – Se hace saber que se ha resuelto lo siguiente: “SAN JORGE, 2 DE DICIEMBRE DE 2024.- Y VISTOS: Estos autos caratulados: SOLARI SA S/ EXTRAVÍO DE LIBRO DE S.A cuij: 21-05210659-9 que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo,…RESULTA:…CONSIDERANDO…RESUELVO: RESUELVO:I- Autorizar a la sociedad SOLARI SA., firme que se encuentre la presente, a la confección de un nuevo Libro de Accionistas nro. 1, en el que deberán asentarse la inscripción de la tenencia accionaria conforme el siguiente detalle: SOLARI, Héctor Rafael– DNI N.º 6.297.569 / 20-06297569-6 TITULO N.º 001 – SERIE N.º 001 – ACCIONES N.º 0001-3600 /<SOLARI S.A.=CAPITAL SOCIAL $ 50.000 – VALOR: $ 36.000,00 – TITULO NOMINATIVO NO ENDOSABLE – VALOR $ 36.000,00 NOMINAL – 3.600 ACCIONES ORDINARIAS DE VALOR NOMINAL DE $ 10,00 C/UNA CON DERECHO A 5 VOTO POR ACCIÓN. SOLARI, Sofia Raquel – DNI N.º 25.047.272 / 20-25047272-3 TITULO N.º 002 – SERIE N.º 001ACCIONES N.º 4001-4500 / <SOLARIS.A.= CAPITAL SOCIAL $ 50.000 – VALOR: $ 5.000,00 – TITULO NOMINATIVO NO ENDOSABLE – VALOR $ 5.000,00 NOMINAL – 500 ACCIONES ORDINARIAS DE VALOR NOMINAL DE $ 10,00 C/UNA CON DERECHO A 5 VOTO POR ACCIÓN. MUJICA, Susana Rosa – DNI Nº 13.936.204 / 27-13936204-2 TITULO N.º 003 y 004 – SERIE N.º 001 – ACCIONES N.º 4501-5000 // 3601-4000 <SOLARI S.A.= CAPITAL SOCIAL $ 50.000 – VALOR: $ 9.000,00 – TITULO NOMINATIVO NO ENDOSABLE –VALOR $ 9.000,00 NOMINAL – 500 ACCIONES ORDINARIAS DE VALOR NOMINAL DE $ 10,00 C/UNA CON DERECHO A 5 VOTO POR ACCIÓN. El TÍTULO 04 con la numeración de acciones 3601 a 4000; - 400 ACCIONES – fueron emitidas en fecha 01.02.08, Acta de Directorio N.º 22 del 01-02-08 y transferidas mediante cesión onerosa conforme Acta de Directorio N.º 79 del 20-02-2018.- Hacen un total de 900 ACCIONES ORDINARIAS DE VALOR NOMINAL DE $ 10 C/UNA CON DERECHO A 5 VOTO POR ACCIÓN”, de acuerdo a las fundamentaciones vertidas. II- Imponer las costas a la peticionante (art. 1878 del C.C.y C). III- Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. IV-Ofíciese a la Inspección General de Personas Jurídicas haciendo conocer la presente, previa notificación vía electrónica a la peticionante, al domicilio real de los accionistas reconocidos en la demanda, y en forma edictal y a los diarios requeridos en el proceso por el término de DOS días alternados, a efectos de hacer saber de la presente a todos los posibles interesados. Agréguese, insértese y protocolicese. Hágase saber. DRA. MARÍA DE LOS MILAGROS DE LA TORRE DR. DANIEL MARCELO ZOSO SECRETARIA JUEZ”.-

$ 80 537464 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 la ciudad de San Jorge (Santa. Fe), en autos: “AMENGUAL, GASPAR ANTONIO S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-26268757-8), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante GASPAR ANTONIO AMENGUAL, DNI 6.281.975, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. -

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 la ciudad de San Jorge (Santa. Fe), en autos: “FARIAS, HUGO GABRIEL S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-26268614-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante FARIAS HUGO GABRIEL, DNI 6.299.372, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos "SONEGO, RINALDO JUAN S/ SUCESORIO” – CUIJ: 21-26268562-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante RINALDO JUAN SONEGO, DNI: 6.281.609-, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito civil, comercial y laboral Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Santa Fe), en autos “BORGHINO MIGUEL ANGEL S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIASVOLUNT.” CUIJ Nº 21-26268640-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes de DELIA ESTER PERALTA, DNI N.º 10.566.884, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos en el diario Boletín Oficial y Estrados del Juzgado (Acordada C.S.J. del 7.2.96, Acta N°3). Fdo. Dr. Daniel Marcelo Zoso (Juez), Dr. Julian Tailleur (Secretario).-

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito civil, comercial y laboral Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Santa Fe), en autos “BORGHINO MIGUEL ANGEL S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIASVOLUNT.” CUIJ Nº 21-26268640-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes de BORGHINO MIGUEL ANGEL, DNI 10.313.916, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos en el diario Boletín Oficial y Estrados del Juzgado (Acordada C.S.J. del 7.2.96, Acta N°3). Fdo. Dr. Daniel Marcelo Zoso (Juez), Dr. Julian Tailleur (Secretario).-

$ 45 Mar. 20

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral 1ª Nominación, Sec. Única de la ciudad de Vera, en autos caratulados LEIVA, AURORA RAMONA GRACIELA c/FIGUERAS, MARGARITA s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-25278389-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos y sucesores de MARGARITA FIGUERAS, L.C. 2.411.448, para que comparezcan a estar a derecho en el término de ley y bajo apercibimiento de declararse su rebeldía (art. 67, 72, 73 y 130 inc 2 del CPCCSF). Fdo. Dra. Margarita Savant (Secretaria) - Dra. Jorgelina Yedro (Jueza). Vera, 26 de Septiembre de 2024.

$ 165 535963 Mar. 20 Mar. 27

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RAFAELA

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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza al Sr. Diego Ricardo CLEMENZ, DNI 39.500.902, progenitor de Ludmila Ailín CLEMENZ, DNI 53.180.479, fecha de nacimiento: 11/05/2013, para que se notifique de los decretos dictados dentro de los autos caratulados "CLEMENZ LUDMILA AILIN S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” CUIJ 21-27895228-9, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, los que a continuación se transcriben: “Rafaela, 10 de febrero de 2025.- Proveyendo escritos cargos N° 473, 475 y 476: Por solicitado Control de Legalidad del Cese de la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada en relación a la niña Ludmila Ailín Clemenz respecto de sus progenitores Marianela Soledad Cardozo y Diego Ricardo Clemenz. Agréguense a autos documental, cédula diligenciada y edicto publicado que se adjuntan. Hágase saber a la Asesora de Menores. Asimismo, líbrese oficio a la Auxiliar Social en funciones por ante este Juzgado a fin de realizar un amplio informe socio-ambiental en el domicilio de la niña a efectos de corroborar su situación actual. Notifíquese.-- Fdo: Dra. Liza Báscolo Ocampo –Juez- Dra. Daniela G. Piazzo –Secretaria.” A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en sede de Tribunales conforme Ley 11.287. Rafaela, de febrero de 2025.-

S/C 536401 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza al Sr. Sergio Ramón DIAS, DNI 28.633.841, progenitor de Milagros Celeste DIAS, DNI 54.769.244, fecha de nacimiento: 21/05/2015, para que se notifique de los decretos dictados dentro de los autos caratulados "DIAS MILAGROS CELESTE S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” – CUIJ 21-27896827-5, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, los que a continuación se transcriben: “Rafaela, 12 de febrero de 2025.-Proveyendo escritos cargos N° 643/4/5: Téngase por solicitado Control de Legalidad de Resolución de Situación Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a la niña Milagros Celeste Dias respecto de sus progenitores Miriam Beatriz Castillo y Sergio Ramón Dias. Hágase saber a la Asesora de Menores. Cítese a los Sres Castillo y Dias a fines de que en el término de 10 días comparezcan, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas y ofrezcan prueba, bajo apercibimiento de resolver en caso de falta de contestación. Agréguense documental y publicación de edicto que se adjuntan. Atento a lo dispuesto por el art. 110 C.C.C.N. acredite que la tutora propuesta no está incursa en los supuestos contemplados en los inc. b) y f). Atento a lo peticionado y a fin de proceder a la notificación de Sergio R. Dias, publíquense edictos en el Boletín Oficial y en los estrados de éstos Tribunales por el término y bajo apercibimientos de ley. Asimismo, acredite la notificación a la progenitora de la Disposición Administrativa 141/2024. Notifíquese electrónicamente.- Fdo. Dra. Daniela G. Piazzo (Secretaria) – Dra. Liza Bascolo Ocampo (Jueza).-“A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en sede de Tribunales conforme Ley 11.287. Rafaela, de febrero de 2025.-

S/C 536242 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza al Sr. Matías Fernando MAIDANA, DNI 29.806.239, progenitor de Joaquín Ignacio MAIDANA, DNI 51.504.174, fecha de nacimiento: 03/11/2011, para que se notifique de los decretos dictados dentro de los autos caratulados MAIDANA JOAQUIN IGNACIO S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 – CUIJ 21-27898091-7, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, los que a continuación se transcriben: “Rafaela, 12 de febrero de 2025.- Proveyendo escritos cargos N° 514 y 518: Téngase por solicitado Control de Legalidad de Resolución de Situación Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación al adolescente Joaquín Ignacio Maidana respecto de sus progenitores María Laura Trivelli y Matías Fernando Maidana. Hágase saber a la Asesora de Menores. Cítese a los Sres. Trivelli y Maidana a fines de que en el término de 10 días comparezcan, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas y ofrezcan prueba, bajo apercibimiento de resolver en caso de falta de contestación. Agréguense documental y publicación de edicto que se adjuntan. Asimismo, acredite la notificación a la progenitora de la Disposición Administrativa 146/2024. Notifíquese electrónicamente.- Fdo. Dra. Daniela G. Piazzo (Secretaria) – Dra. Liza Bascolo Ocampo (Jueza).-” A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en sede de Tribunales, conforme Ley 11.287. Rafaela, de febrero de 2025.-

S/C 536246 Mar. 20 Mar. 25

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Ralela. Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BAINOTTI OSCAR ALFREDO c/PUGLIOTTI MARIA JUANA s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-24207100-7, se ha ordenado notificar el siguiente decreto: Rafaela, 19/02/2025. Previo a todo trámite y a los fines de evitar futuras nulidades, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 y 67 del C.P.C., emplácese por edictos a los herederos de PUGLIOTTT MARIA JUANA, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. Notifíquese. Fdo. Dra. Verónica Carignano, (Secretaria), Dr. Guillermo A. Vales (Juez a/c). Rafaela, 26 de Febrero de 2025.

$ 33 536204 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez del JUZG. CIVIL Y COMERCIAL DE LA 1RA. NOM., de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BORDON, DANIEL C/YÑIGUEZ ORLANDO AQUILES y OTROS S/PROCESO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, CUIJ N° 21-24207771-4, se informa que no habiendo comparecido los herederos del Sr. YNIGUEZ ORLANDO AQUILES a estar a derecho, decláreselos rebeldes en cuanto por derecho corresponda. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales, a sus efectos (art. 77 C.P.C.C.). - Firmado: DR. MATIAS RAUL COLON, Juez. Rafaela, 19 de Diciembre de 2024. Sandra Cerliani, Secretaria.

$ 50 536074 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial - Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (SF), en los autos caratulados: “BOTTA, MARCELO RAMON C/ JUAN Y EMILIO SENOR E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - CUIJ N° 21-24205267-3” declárese rebelde a los accionistas de JUAN Y EMILIO SEÑOR E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y/o sucesores y/o herederos, y/ o quien resulte propietario y contra quien se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle Gálvez N° 415 de la ciudad de San Vicente, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, con Dominio Inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble, Nro. 5071 Bis, Folio 189, Tomo 132 Impar, Año 1953. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 77 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe. Dr. Matías Raúl Colon (Juez). Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria). Rafaela (SF).

$ 52,50 536087 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. : 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, se cita, emplaza y llama por el término y bajo apercibimientos de ley, a herederos, acreedores y legatarios de VIVIANA ESTER BERTACCHI FRENCIA, fallecida el día 25 de setiembre de 2024 en la ciudad de Rafaela, DNI Nro.: 14.764.093 con domicilio real en Roque Saenz Peña 275 de la ciudad de Rafaela para que comparezcan ante éste Juzgado a hacer valer sus derechos, por estar así ordenado en autos: “Sertacchi Frencia Viviana Ester c/ Bay Luis María s/ Med. Cautelares de Aseg. Bienes” (CUIJ Nro.: 21-23916881-4). Fdo.: Dr. Matías Colón (Juez); Dra. Sandra Cerliani (Secretaria). Rafaela, 12 Diciembre de 2024.

$ 33 536085 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos caratulados “SUAREZ EMILIO HECTOR C/INWINKELRIED HECTOR EDUARDO y Otros S/Prescripción adquisitiva, 21-23916036-8, se cita, llama y emplaza a los herederos de GERMAN GUILLERMO INWINKELRIED, DNI: 16.445.126, fallecido el día 18/08/2019, con último domicilio en F. Menchaca 510 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe; a los herederos de MERCEDES TERESA KALBERMATTEN, DNI: 3.189.617, fallecida el día 31/05/2001, con último domicilio en General Paz 447, Provincia de Santa Fe y a quienes pudieran considerarse con derechos sobre el inmueble sito en Chaco 948 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, inscripto en el Registro General al N° 45444, F° 1095, T° 264 Impar de fecha 12/05/1981, partida de impuesto inmobiliario nro. 08-24-02548407/0069-7, para que dentro del término y hato apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Publicaciones en el BOLETÍN OFICIAL y conforme Art. 67 C.P.C. Sandra Inés Cerliani, Secretaria y Matías Raúl Colon Juez. Rafaela, 21 de Febrero de 2025.

$ 52,50 536141 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Juez Guillermo A. Vales a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela - Pcia. de Santa Fe, sito en calle Alvear Nro. 214 de esta ciudad, se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. “ECHAGÜE, S. C/CEJAS, A. y Otros S/Daños y perjuicios, CUIJ 21-24206348-9” se ha ordenado la publicación de edictos con el objeto de citar y emplazar al demandado Alejandro Eduardo Cejas, DNI 36.322.249.- cuyo último domicilio conocido fue en Dorrego 758 de Sunchales. Pcia. de Santa Fe, con el fin de que haga valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de rebeldía. Expediente iniciado por el Abogado Enrique José Marehiaro, Matr. Folio 8 lomo 1 Expte. 5-035 - Alem 226 Rafaela - Santa Fe y domicilio electrónico marchiaro-lopez@wilnet.com.ar. Dra. Juliana Foti, Secretaria.

$ 33 536051 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela - Pcia. de Santa Fe, sito en calle Alvear Nro. 214 de la ciudad de Rafaela, Ada, de Santa Fe de esta ciudad, se hace saber que en los autos caratulados: RUSCH, HUGO NORBERTO C/CATTANEO, NELVAR PEDRO y OTROS S/Usucapión CUIJ 21-24206838-3” se ha ordenado la publicación de edictos de conformidad con lo prescripto por el Art. 597 y 67 del C.P.C. SF a fin de citar y emplazar a los herederos de CATTANEO NELVER PEDRO y SILVIA MARIA MARINO; como así también a las hijas de los nombrados, las Sras. SILVINA ANDREA CATTANEO Y BETIANA MELINA CATTANEO, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer vales sus derechos en los presentes obrados y sobre el inmueble sito en calle Alvear N° 678 de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, partida inmobiliaria 082402-04974810000-6, perteneciente a la Manzana A de la Concesión 249, inscripto en el Registro General de inmueble de la Provincia de Santa Fe bajo el N° 25913— F° 831 – Tº 257 Impar - Año 1980 Dpto. Castellanos, Juez de trámite, Dr. Guillermo Vales y Verónica Carignano, Secretaria. Expediente iniciado por la Abogada María Elena López, Matr. Folio 13 Tomo I Expte. 5-051 - Alem 226. Rafaela - Santa Fe y electrónico: malenalopez@live.com.ar Dra. Juliana Foti, Secretaria.

$ 60 536052 Mar. 20 Mar. 25

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “SAIRE SEBASTIÁN DAVID Y OTROS C/PROPIETARIO DESCONOCIDO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ 21-24208245-9 se ha ordenado notificar que SE HA FIJADO FECHA DE AUDIENCIA PARA EL DIA 11 DE MARZO DE 2025 A LAS 10.00 HS. PARA QUE TENGA LUGAR EL SORTEO DE UN DEFENSOR AD HOC DE LA LISTA OFICIAL RESPECTIVA. FIRMADO: DRA. Verónica Carignano (SECRETARIA), DR. Guillermo A. Vales (JUEZ a/c).

$ 33 536000 Mar. 20 Mar. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. PETRELLI, ALDO NELLO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ Nro. 21-24209437-6”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PETRELLI ALDO NELLO D.N.I 6.442.287, con último domicilio en la localidad de Rafaela, provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 29 de Julio de 2014 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. FDO: Matías Colon, Juez a/c; Natalia Carinelli, Secretaria.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial TERCERA NOMINACION de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados: CUIJ 21-24209356-6 NICOLINI, Rodolfo Enrique s. sucesorio" se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Rodolfo Enrique Nicolini, DNI. M6.291.915, con último domicilio en calle Chacabuco 496 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, fallecido en Rafaela en fecha 12 de enero de 2025 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicara en el Boletín Oficial y en el hall de tribunales a sus efectos. Dra. Juliana Foti. Secretaria. Dr. Guillermo Vales. Juez a cargo. Rafaela, 19 de Marzo de 2025.-

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos "CUIJ 21-24208920-8 – DURBANO ALDO VICENTE S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT." se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALDO VICENTE DURBANO, DNI M7.649.172, con último domicilio en Santa Rosa N°156 de Rafaela, fallecido en Rafaela en fecha 04 de febrero de 2020, para comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Firmado: JULIANA FOTI – Secretaria – GUILLERMO A. VALES – Juez a/c. Rafaela, 19 de marzo de 2025.

$ 45 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, Secretaria a cargo de la Dra. Juliana Foti y Dr. Guillermo A. Vales Juez a cargo; en autos: "BATISTON MARTA IRENE MARIA Y OTROS S/SUCESIONES INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. CUIJ 21-24209338-8"; se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Marta Irene María BATISTON, DNI Nº 10.707.771, fallecida en la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe en fecha 17 de mayo de 2000 y domiciliada en calle Tucuman Nro. 907 de la ciudad de Sunchales, Prov. De Santa Fe y Don Victor Hugo GAGGI, DNI 10.707.772, fallecido en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe en fecha 11 de octubre de 2011 y domiciliado en calle Joaquin V. Gonzalez Nro. 585 de la ciudad de Sunchales, Prov. De Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Sucesorio iniciado por la Dra. Iris Paula REMONDINO.- Rafaela, 19 de Marzo de 2025.-

$ 45 Mar. 20

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: CORONEL, MARIO OSCAR s/Quiebra (Expte. 21-25029288-8), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, se ha puesto de manifiesto el Informe final y Proyecto de Distribución s/art. 218 LCQ por el término de ley. Publíquense edictos en legal forma. Firmado: Dr. Guillermo Damián Angaramo (Secretario) - Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez a/c).

$ 1 535956 Mar. 20 Mar. 21

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En los autos caratulados: ORREGO ROMINA SOLEDAD s/Solicitud propia quiebra” (Expte. 21-25031350-8), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, se ha puesto de manifiesto el Informe final y Proyecto de Distribución s/art. 218 LCQ por el término de ley. Publíquense edictos en legal forma. Firmado: Dr. Guillermo Damián Angaramo (Secretario) - Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez a/c).

$ 1 535955 Mar. 20 Mar. 21

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


-El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados ACUÑA MAURICIO MATIAS S/ QUIEBRA 21-25024080-2; ha dispuesto lo siguiente: “ RECONQUISTA, 16 de Diciembre de 2024 Proveyendo: Cargo N°12024/24: Por presentado informe final y proyecto de distribución reformulado. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de ley. Cargos N°12025/24 y 12032/24: Agréguese. Notifíquese.-.-. FDO GUILLERMO ANGARAMO Secretario JUAN MANUEL RODRIGO Juez a cargo

BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS Reconquista, de de 2024-

S/C 535912 Mar. 20 Mar. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados SANCHEZ, LEONARDO ANDRÉS S/ PEDIDO DE QUIEBRA 21-25026564-3; ha dispuesto lo siguiente: “ RECONQUISTA, 23 de Diciembre de 2024 Por presentado informe final y proyecto de distribución reformulado. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de ley. Notifíquese.-.-..” FIRMADO: GUILLERMO ANGARAMO Secretario JUAN MANUEL RODRIGO Juez a cargo. BENEFICIO DE GRATUIDAD LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS. Reconquista, de de 2024.

S/C 535913 Mar. 20 Mar. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista, en los autos caratulados RAMIREZ JULIAN JOSE S/ QUIEBRA 21-25024333-9, ha dispuesto lo siguiente:-

Reconquista, 06 de Febrero de 2025 Agréguese y téngase presente. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Notifíquese.--.­” FDO Laura C. Cantero Ramiro Avilé Crespo Secretaria Juez Reconquista, de de 2025.-

S/C 535914 Mar. 20 Mar. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, en los autos caratulados DELLARROSA, NELVAR RENE S/ PEDIDO DE QUIEBRA 21-27780209-8, ha dispuesto lo siguiente:-

Reconquista, 14 de Febrero de 2025 Proveyendo Cargo 562/25: Téngase presente el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial, conforme lo normado en el art. 218 LCQ. A tal fin, requiérase como valiosa colaboración al apoderado del fallido y/o al síndico designado, que acompañe proyecto para su rúbrica por el Actuario. Cargo 563/25: A los fines de la regulación de honorarios, acompañe constancia de inscripción de los Dres Esteban Nicolás CATTANEO y Luis Maximiliano BAZAN. Notifíquese.­” FDOGUILLERMO ANGARAMO Secretario JUAN MANUEL RODRIGO Juez a cargo. Reconquista, de de 2025.-

S/C 535915 Mar. 20 Mar. 27