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SANTA FE

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TRIBUNAL DE COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4 - Segunda Secretaria de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Georgina Rodríguez (Jueza) y Dr. German Romero (Secretario) en los autos caratulados EXPTE. N° MUNDIN LEANDRO GABRIEL c/RIOS NESTOR DANIEL s/Daños y Perjuicios, se ha dispuesto SANTA FE, 10 de Febrero de 2025. Atento lo solicitado, hágase saber que la Dra. María Georgina Rodríguez continúa siendo la jueza a cargo de llevar adelante el trámite de autos, como así en todos aquellos expedientes que tramiten por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 6, tal como se dispone en la Guía Judicial de la Circunscripción N° 1. Notifíquese. Dr. Germán A. Romero, Secretario.

S/C 535897 Mar. 18 Mar. 20

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: CRIADO, MARCELO FABIAN s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02040946-8, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ), con la siguiente regulación de honorarios: 1) CPN MARCELA MARIA ALICIA NARDELLI: $ 2.041.989,11; 2) DRA. ELENA NATALIA SAAVEDRA: $ 875.138,19. Santa Fe, 14 de Febrero de 2025. Fdo. Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria - Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez.

S/C 535972 Mar. 18 Mar. 19

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Por así estar dispuesto en los autos: LEAL SANDRA GUADALUPE s/Quiebra” CUIJ N° 21-02050439-8, la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. María Romina Kilgelmann, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 18 de Febrero de 2025; AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: LEAL SANDRA GUADALUPE s/Quiebra; CUIJ N° 21-02050439-8, que tramitan por ante este Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la tercera Nominación, en los que Sandra Guadalupe Leal, por medio de apoderado, con domicilio real en calle Orrego N° 1548 de la Ciudad de San José del Rincón, Provincia de Santa Pe, y legal en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2 - Oficinas “A” y “B”, de la ciudad de Santa Fe, peticiona la declaración de su propia quiebra de conformidad a lo establecido por la ley 24.522. Que en el punto II) “OBJETO” expresa que viene a peticionar la declaración de su propia quiebra; en el punto III- 2) CAUSAS CONCRETAS DE SITUACION PATRIMONIAL, expresa que es trabajadora en relación de dependencia de la Municipalidad de San José del Rincón, y que no puede cumplir las obligaciones contraídas, debido a la grave situación económico - financiera que atraviesa, encontrándose actualmente en cesación de pagos. Que a fs. 75/78 se encuentran agregados los pertinentes informes del Registro de Procesos Universales; y, CONSIDERANDO: Que en forma liminar debe decirse que si bien es cierto que el art. 86 de la ley 24522 prevé que con el pedido de quiebra efectuado por el deudor se deben acompañar los requisitos del art. II inc. 2, 3, 4 y 5 y en su caso los previstos en los incisos 1, 6 y 7 del mismo, dicha norma dispone que su omisión no obsta a la declaración de quiebra. Así, tratándose en el presente caso de una persona de existencia visible con lo que se encuentra incluida en el art. 2 de la ley citada, y verificándose la competencia del Tribunal en función del domicilio del peticionante denunciado en la demanda, corresponde sin más declarar la quiebra peticionada. Por todo ello y lo normado por los arts. 86, 88 y cctes. de la ley 24.522; RESUELVO: 19 Declarar la quiebra de SANDRA GUADALUPE LEAL, apellido materno BALBUENA, argentina, D.N.I. N° 29.851.796, CUIL/CUIT Nº 24-29851796-1, mayor de edad, domiciliada realmente en calle Orrego N° 1548 de la Ciudad de San José del Rincón y legal en calle 25 de Mayo N° 2126, Piso 2 - Oficinas “A” y “B” de la ciudad de Santa Fe, ambos de la Provincia de Santa Fe. 2°) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4°) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 LCQ. 5°) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6°) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7°) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9°) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10°) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 19/02/2025 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11°) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la Municipalidad de San José del Rincón a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la Municipalidad de San José del Rincón que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 15/04/2025, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual o los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13°) Fijar el día 06/05/2025 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14°) Señalar el día 03/06/2025 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 31/07/2025 para la presentación del Informe General. 15°) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16°) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18°) Encomendar al Síndico la tarea de librar; firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza a/c). CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 19 de Febrero de 2025 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Juan Luis Tomat con domicilio en calle Av. Juan José Paso 3248 de esta ciudad. Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.

S/C 535902 Mar. 18 Mar. 25

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados PLANES, ESTEBAN ELIEZER s/PEDIDO DE QUIEBRA; (CUIJ 21-02050309-9) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 13 de Febrero de 2025. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de ESTEBAN ELEIZER PLANES, argentino, DNI N° 32.140.712, soltero, empleado del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, apellido materno VEGA, domiciliado según dice en calle Piedrabuena N° 4851 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Primera Junta Nº 2507, Piso 3, Oficina 4 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 19 de febrero de 2025 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día miércoles 19 de marzo de 2025, inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día miércoles 16 de abril de 2025 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 21 de mayo de 2025 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. PALACIOS (Juez a/c); PACOR ALONSO (Secretaria). OTRO DECRETO: SANTA FE, 20 de Febrero de 2025. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN JAVIER DARIO FALCO, domiciliado en calle Avda. Facundo Zuviría Nº 3675, a quien se designa en tal carácter; debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez a/c; Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria.

S/C 535908 Mar. 18 Mar. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: VALENZUELA, SILVIA ESTER s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02049698-0, atento lo ordenado en fecha 13/02/2025 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Silvia Ester Valenzuela, de apellido materno Toledo D.N.I. N° 20.179.706, 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el día 03/04/2025 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Jorge Omar Ninfi, con domicilio en Pasaje Koeh 1057 Depto 2 de esta ciudad y domicilio electrónico inaudi2009c2ihotmail.com Fdo.: Dr. IVAN DI CHIAZZA, Juez a/c; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 19 de Febrero de 2025. Dra. María Romina Botto, Secretaria.

S/C 535980 Nov. 18 Nov. 25

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: ZÁRATE, MARIA CECILIA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ N° 21-02050141-0, Año 2024 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe. 1) Declarar la quiebra de María Cecilia Zarate, argentina, mayor de edad, empleada, DNI 32.076.943, con domicilio real en calle 25 de mayo 1661, constituyendo domicilio legal en calle Regimiento 12 de Infantería 970 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 8.4.25 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez); Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 25 de Febrero de 2025. Néstor A. Tosolini, Secretario.

S/C 536016 Mar. 18 Mar. 25

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MARTINEZ, DIEGO JESÚS MARÍA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ N° 21-02033770-9), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Carlos Marcolin y Secretaría de la Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado la reformulación del Proyecto de Distribución de Fondos (Art. 218 y 219 LCQ). Fdo. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria. Santa Fe, 24 de Febrero de 2025.

S/C 536038 Mar. 18 Mar. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ISA, BRIAN RAFAEL s/PEDIDO DE QUIEBRA; (Expte. CUIJ N° 21-02051079-7) se ha declarado la quiebra en fecha 25/02/2024 de BRIAN RAFAEL ISA, DNI N° 35.652.077, de apellido materno PONCE, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Paje. Celestino Bruna N° 174 Arroyo Aguiar, Provincia de Santa Fe y con domicilio ad lítem constituido en calle Alvear 3291 Dpto. A, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 12 de Marzo de 2025 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 22 de Abril de 2025. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley N° 24.522 y su modificatoria Ley N° 26.684, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q. Fdo. Dr. Palacios (Juez); Dra. Freyre (Secretaria).

S/C 536049 Mar. 18 Mar. 25

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: FLORES, SUSANA GUADALUPE s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-01989268-6) que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 7° Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Santa Fe, 23 de Febrero de 2023. VISTOS... RESUELVO: 1.- Declarar la conclusión de la quiebra de Susana Guadalupe Flores, DNI Nº 12.437.447, con los efectos del artículo 227 de la Ley 24522, dando por concluida la intervención del Síndico. 2.- Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso concursal. 3.- Ordenar la publicación por dos días de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL. 4.- Comunicar el dictado de la presente al Registro de Procesos Concursales, oficiándose. Regístrese, hágase saber. (Fdo. Dra. Romina Soledad Freyre, Sec.; Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez.

S/C 535867 Mar. 18 Mar. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ZABALA, MARIA LAURA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. CUIJ N° 21-02051182-3) se ha declarado la quiebra en fecha 25/02/2025 de MARIA LAURA ZABALA, DNI N° 30.828.344, de apellido materno CHACAS, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en calle Cándido Pujato N° 2458 - Dpto. C de esta ciudad de Santa Fe - Pcia. de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo N° 2476 - Planta Alta - Of. 1° de Santa Fe. Se dispuso el día 12 de Marzo de 2025 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 22 de Abril de 2025. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley N° 24.522 y su modificatoria ley N° 26.684, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios, (Juez); Dra. Freyre (Secretaria).

S/C 536050 Mar. 18 Mar. 25

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: ECHEVERRIA, MATIAS LEANDRO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02048766-3, se ha dispuesto en la resolución de fecha 12/02/2025 1) Declarar la quiebra del Sr. MATIAS LEANDRO ECHEVERRÍA, argentino, mayor de edad, D.N.I. 33.212.538, domiciliado realmente en calle Huergo N° 4157, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle 4 de Enero N° 1148, 3°-A, de esta ciudad. 2) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; h) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 19 de Febrero de 2025 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 6) Fijar hasta el día 24 de Abril de 2025 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 23 de Mayo de 2025 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 04 de Julio de 202 para la presentación de los informes individuales; y el 15 de Septiembre de 2025 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura Luciana Perotti, Secretaria; Dr. Carlos Marcolin, Juez a cargo. Santa Fe, 20 de Febrero de 2025. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.

S/C 535882 Mar. 18 Mar. 25

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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SALINAS, LUIS ALBERTO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (Expte. CUIJ Nº 21-02050943-8), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 20 de febrero de 2025. VISTOS:.. CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra dé LUIS ALBERTO SALINAS, DNI 24.722.719, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Berutti 4974 de Santa Fe y legal en calle Catamarca 3175 Piso 12 D de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 26 de febrero de 2025 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 15 de abril de 2025 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 28 de mayo de 2025 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 21 de julio de 2025 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez Jueza Sandra S. Romero. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 20 de febrero de 2025. Dra. Sandra S. Romero, Secretaria;

S/C 535881 Mar. 18 Mar. 25

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Por disposición del Señor del Juzgado Unipersonal de Familia N° 5, con domicilio en calle Urquiza 2463, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos PEREZLINDO, FABIANA GUADALUPE c/CASTILLO, ELVIO HUGO FABIAN s/HOMOLOGACION; (Expte. Nº 21-10556341-5), se notifica al demandado CASTILLO, ELVIO HUGO FABIAN de los honorarios profesionales regulados en el expediente mencionado, lo que se publica por el término legal en el Boletín Oficial. Se transcriben los proveídos que así lo ordenan: SANTA FE, 09 de Febrero de 2024. No habiendo sido observada, apruébase la liquidación practicada a fs. 52/vta, de autos - cargo N° 21861/2023-, en cuanto por derecho corresponda. Trábese embargo sobre los haberes previsionales que percibe el demandado de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Santa Fe, en proporción de ley y hasta cubrir la suma de la liquidación aprobada ($ 671.681,66) en autos con más la de $ 134.336,33 estimada provisoriamente para intereses y costas. Las sumas retenidas deberán ser depositadas en cuenta judicial, nueva y distinta a cualquier otra, a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S. A. - Agencia Tribunales- para estos autos y a la orden de este Tribunal. Previa reposición del sellado correspondiente, oficiese. Autorizase al peticionario y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifiquese. Adolfo Drewanz (Secretario), Fabio Della Siega (Juez). OTRO DECRETO: SANTA FE, 24 de Junio de 2024. No habiendo sido ofrecidas en pago las sumas cauteladas, a los fines solicitados, inicie por separado ante la MEU la acción que jurídicamente corresponda. Notifíquese. Adolfo Drewanz (Secretario), Fabio Della Siega (Juez): Santa Fe, 7 de Febrero de 2025. Dra. Silvina de las Mercedes Loza, Secretaria.

$ 100 536030 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Juzgado Unipersonal de Familia N° 8, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/RUIZ, MARCIA GRACIELA Y CARDOZO, GERARDO AGAPITO s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DEFINITIVA 21-10768819-3, NOTIFICAR A LOS SRES. MARCIA GRACIELA RUIZ, DNI 35.832.859 y al Sr. CARDOZO GERARDO AGAPITO, DNI 27.761.100, que en dichos autos se ha dictado la siguiente resolución: SANTA FE, 17 de Febrero de 2025: VISTOS:… CONSIDERANDO Y RESUELVO: I) Declarar la privación de responsabilidad parental de la Sra. Marcia Graciela Ruiez (DNI N° 35.832.859) y del señor Gerardo Agapito Cardozo (DNI 27.761.100) con relación a su hija Carola Mercedes Cardozo (DNI N° 49.578.510); 2) Hacer saber a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que deberá continuar con el acompañamiento de Carola Mercedes Cardozo abordando su situación con miras a su autonomía progresiva hasta alcanzar la mayoría de edad y aún con posterioridad a ello articulando con los organismos que correspondan para la atención especial que su salud y discapacidad requieran; 4) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensora General Civil N° 5 Notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dra. Malvestiti (Juez); Dra. Romagnoli (Secretario). Santa Fe, 19 de Febrero de 2025.

S/C 535927 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 2, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/LEDESMA, YAMILA BRENDA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 21-10766378-6, NOTIFICAR A LA SRA. LEDESMA, VAMILA BRENDA, DNI 31.439.601 de que en los autos mencionados ut supra se ha dictado lo siguiente: SANTA FE, 17 de Febrero de 2025: VISTOS: CONSIDERANDO Y RESUELVO: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Disposición Administrativa N° 000172 de fecha 18 de septiembre de 2024, en relación a WENDY CATALELLA LEDESMA, DNI N° 70.175.795 ratificándose la misma. 2) Designar a MICAELA MILAGROS LEDESMA, DNI N° 42.704.149, con domicilio en calle J.J. Paso 2080 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, tutora de Wendy Catalella Ledesma con los deberes y facultades inherentes al cargo, debiendo comparecer ante este juzgado en cualquier día de audiencia, a las 08:00 hs, a los fines de la aceptación y discernimiento de dicho cargo. 3) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General Civil N° 2. Notifíquese y oportunamente archívese. Dra. MALVESTITI (JUEZ); Dra. ROMAGNOLI (SECRETARIO). OTRO DECRETO: SANTA FE, 18 de Febrero de 2025 Atento que se desconoce el domicilio de Yamila Brenda Ledesma, requiérase a la Secretaria De La Niñez, Adolescencia Y Familia que notifique por edictos la sentencia dictada en autos. Notifíquese. Dra. Malvestiti (Juez); Dra. Romagnoli (Secretario): Santa Fe, 19 de Febrero de 2025.

S/C 535926 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Juzgado Unipersonal de Familia N° 8, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SDNAF c/HACHA, ELIANA GISELA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 21-10771005-9, se hace saber al Sr. PASCUA LEANDRO AUGUSTO, DNI 27.148.589 que en dichos autos se ha dictado la siguiente resolución: Santa Fe, 31 de Mayo de 2024: VISTOS:… CONDERANDO Y RESUELVO: SANTA FE, 05 de Febrero de 2025: AUTOS Y VISTOS: RESUELVO: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa N° 000189, de fecha 09 de octubre de 2024 (cfr fs 25/29), ratificándose la misma, con el alcance del considerando precedente. 2) Notifíquese la presente a la Sra. Defensora General. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo. Dr. González, Secretario; Dr. Avalinzky, (Juez). Santa Fe, Febrero de 2025.

S/C 535924 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Unipersonal de Familia N° 3, Secretaria Única, sito en calle Urquiza N° 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ANTELO, ROCIO Y OLIVA, JOSÉ EDUARDO s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN EXCEPCIONALES (21-10762773-9), se notifica por edictos al Sr. José Eduardo OLIVA D.N.I. N° 21.531.217, que en dichos autos se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 30 de Diciembre (le 2024 Y VISTOS: Estos caratulados SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ANTELO, ROCIO Y OLIVA, JOSÉ EDUARDO s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN EXCEPCIONALES; 21-10762773-9 y su acumulado SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/ANTELO, ROCIO CECILIA Y OLIVA, JOSE EDUARDO s/CONTROL DE LEGALIDAD DE DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL; CUIJ 21-10768353-1, de trámite por ante esta Secretaría de Vulnerabilidad de Gestión Asociada, Juzgado Unipersonal de Familia Nº 3 de la ciudad de Santa Fe; de los que, CONSIDERANDO: Que la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, interpone a fs. 52/53 de autos Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las 30 de diciembre de 2024 normativas legales establecidas en la Ley Provincial 12967, en relación a la Resolución Definitiva de la Medida, de Protección Excepcional de Derechos que se declaró conforme Disposición, N° 000118 de fecha 23 de Julio de 2024, respecto de la joven SABRINA NAOMI OLIVA, DNI Nº 49.107.093, solicitando que sea derivada al Programa de Fortalecimiento de la Autonomía Progresiva. Adjunta copio de la disposición mencionada, de las notificaciones de la misma y relata los hechos que la fundamentan. Que a fs. 54 se dispuso la citación de la Sra. Rocío Cecilia ANTELO, DNI Nº 32.179.226 y al Sr. José Eduardo OLIVA, DNI Nº 21.531.217, progenitores de la adolescente involucrada en autos, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en la presente causa. Habiendo sido notificados, y vencido el plazo para que los progenitores se presenten a hacer valer sus derechos, ante la incomparecencia de los mismos la actora solicito, la prosecución del debido trámite. Que, en fecha 20/11/2024 se realizó la audiencia de conocimiento personal de lo adolescente. A fs. 71 se coite vista a la Defensoría General Civil Nº 3, manifestando el Dr. Ruiz Díaz a cargo de la Defensoría en la fecha de la vista, no tener observación que formular a la medida adoptada por el organismo competente y su derivación al Equipo de Autonomía Progresiva. Que el nuevo paradigma de la infancia implementado desde la Convención de los Derechos del Niño y por las leyes 26.061; 12967 (modificatoria 13.237) y su decreto reglamentario 61910, y por, los artículos 594 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación. (Ley 26994) determina la constatación, de la vulneración de los derechos en la familia de origen para poder efectivizar el derecho a vivir en una nueva familia. Los niños y niñas tienen derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en un grupo familiar alternativo o a tener una familia adoptiva (art. 5 y 20 de la Convención, de los Derechos del Niño, y artículo 594 del Código Civil y Comercial de la Nación), es decir, debe tener una familia definitiva, un lugar suyo al cual pertenezca donde tenga un estatus de hijo, (Grosmann, Cecilia P. “La responsabilidad del Estado en la institucionalización de niños y adolescentes “JA 2007-IV - Número Especial, Protección de la Familia, pj 12), sin dudas, la adopción es el instituto que mejor se condiciona para la convivencia para niños y adolescentes que no pueden permanecer viviendo en su grupo familiar originario, ya que en él se alcanza cabalmente ese rol de hijo. Es por ello que en función del interés de los niños (art. 3 de la Convención mencionado), ligado al Derecho a desarrollarse en una familia (art. 5, 20 y preámbulo de la Convención, y artículo 594 del Código Civil y Comercial de la Nación), aquél debe construirse a través del respeto de sus derechos fundamentales, sopesando las circunstancias de hecho antes descriptas y, en consecuencia, para determinar de qué manera tales derechos y las necesidades de SABRINA pueda recibir el mejor amparo, se hace indispensable respetar: la dignidad que sustenta como sujeto de derechos y de personas en desarrollo (art. 9 ley 26.061; y art. 33 Constitución Nacional); la integridad física y psíquica (art. 6, inc. 2 de la Convención de los Derechos del Niño); el derecho a la identidad (art. 7 y art. 8 Convención de los Derechos del Niño) desde una concepción dinámica del término, en cuya efectivización el lugar de acogida deberá tener en cuentas u situación vital y su actual entorno social (art. 20, inc. 3 Convención de los Derechos del Niño). En tal cuadro de situación se advierte, con los elementos obrantes que se han adjuntado al escrito introductorio, que corresponde ordenar la privación de responsabilidad parental del progenitor de Sabrina y su ingreso al Programa de Fortalecimiento de Autonomía Progresiva todo a la luz de lo normado por las Convenciones aludidas por el art. 75 inc. 22 C.N y por las leyes 26.061; 12.967 (modificatoria 13.237 y decreto reglamentario 619/10); 13093 (y decreto reglamentario 401/11); y por los artículos 594 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26994), y teniendo especialmente en cuenta el superior interés de los mismos, que es el norte sobre alrededor del cual debe ponderarse la actuación del organismo, funcionarios y auxiliares intervinientes. En razón de lo expuesto y de las normas legales citadas, EL SEÑOR JUEZ DE TRÁMITE A CARGO DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 3; RESUELVE: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición. N° 000118 de fecha 23/07/2024 respecto de la joven SABRINA NAOMI OLIVA, DNI Nº 49.107.093. 2) Derivar a la joven SABRINA NAOMI OLIVA, DNI Nº 49.107.093 al Programa de Fortalecimiento de la Autonomía Progresiva. 3) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. Protocolícese, notifíquese a la Defensoría General Civil Nº 3 y oportunamente archívese. Silvana Carolina Fertonaní Rubén Angel Cottet Secretaria, Juez a/c. Santa Fe, 20 de Febrero de 2025.

S/C 535928 Nov. 18 Nov. 20

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Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, se ha dictado en autos PANIZZA, GONZALO FRANCO S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA CUIJ N.º 21-02047639-4 con fecha 10 de febrero de 2025 la siguiente resolución” Conforme lo normado por los Arts. 218, 265 inc. 4º, 266 y 267, se fijan los honorarios totales en la suma de $2.917.127,30 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción 1º) $ 2.041.989,11 para la CPN Trivisonno Gabriela Verónica 2°) $ 875.138,19 (9,480780 jus) para el Dr. Villanueva Rubén Gabriel. Córrase vista a la Caja Forense y al CPCE.Fdo.. \Dr. Iban Di Chiazza. Juez

S/C 536412 Mar. 18 Mar. 19

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Por encontrarse dispuesto autos caratulados: PAY, SARA ELSA S/ QUIEBRAS 21-26187147-2 que tramita en el JUZGADO DE 1RA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL NRO 18 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, secretaria a cargo del Dr. LEANDRO BUZZANI se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer informe final, Proyecto de Distribución readecuado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 218 de laLCQ.-

Como recaudo se transcribe el decreto que ordena el presente:“SAN JUSTO, 20 de Febrero de 2025 Agréguense. Téngase presente. De manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución readecuado por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos conforme a lo establecido en el art 218 de la ley concursal. Notifíquese.-”Fdo: Dr. LEANDRO BUZZANI- Secretario- Dra. LAURA MARIA ALESSIO-Jueza.- San Justo 21 de Febrero de dos mil veinticinco.-

S/C 535971 Mar. 18 Mar. 19

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Por disposición del JUZG. DE 1RA. INSTANCIA DE DE CIRCUITO JUDICIAL NRO. 28 O de la Ciudad DE SANTO TOME, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: "ALVAREZ, ROCIO CELESTE C/ HEREDEROS DE ZABALA, BONFILIO OSVALDO Y-O TITULARES REGISTRALES S/ JUICIO ORDINARIO CUIJ NRO. 21- 02038653-0, se manda publicar edictos por el término de ley a fin de informar que se procederá el sorteo de Defensor de Ausentes, designase fecha de audiencia para el día 15/04/2025 a las 11:00 hs.. Fdo: Dra. Ma Alejandra Serrano-Secretaria, Dr. Hernán G. Gálvez Juez SANTO TOME (Santa Fe,) 19 de Febrero de 2.025.

$ 50 536101 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral – Villa Ocampo, se cita y llama y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por la causante la Señora PAVISICH, JOSEFINA DOMINGA, DNI N. º 1.453.782 para que en el término de ley se presenten a hacerlos valer en los autos caratulados:” PAVISICH, JOSEFINA DOMINGA S/SUCESORIO”. - Cuij. 21-26326928-1, lo que se publica a sus efectos legales. Fdo. Dra. María Isabel Arroyo, Jueza, la Dra. Marta Migueletto Secretaria. -

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 11Ma Nominación de esta ciudad); en los autos caratulados: “ESPINOSA, OSCAR PEDRO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02051356-7) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ESPINOSA, OSCAR PEDRO D.N.I. Nº 8.323.261 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. (Firmado: JDRA. ANA ROSA ALVAREZ - Jueza. SANTA FE, de marzo de 2025.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial CUARTA Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: CUIJ 21-02051311-7 MAGGIONI, Carlos Marcos y otra s/ sucesorio” se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes don Carlos Marcos MAGGIONI, LE. 6.267.471, fallecido en Gálvez en fecha 14 de marzo de 1983 y Ramona MAQUIEL, DNI. F2.837.147, fallecida en Gálvez en fecha 14 de septiembre de 2023, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicara en el Boletín Oficial y en el hall de tribunales a sus efectos. Dr. Lucio Palacios Juez a cargo. Santa Fe, de de 2025

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 18 de la ciudad de San Justo (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Héctor Ovidio Zabala, L.E. nro. 6.224.380, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: “GUISONI, NOEMI ANTONIA Y ZABALA, HECTOR OVIDIO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26192176-3.- San Justo (Sta. Fe), de marzo de 2025.- Dr. Buzzani. Secretario.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 18 de la ciudad de San Justo (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Noemí Antonia Guisoni, L.C. nro. 3.076.011, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: “GUISONI, NOEMI ANTONIA Y ZABALA, HECTOR OVIDIO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26192176-3.- San Justo (Sta. Fe), de marzo de 2025.- Dr. Buzzani. Secretario.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ONCEAVA Nominación), en autos caratulados: “SARTORE, LIDIA NORMA S/ SUCESORIO” (EXPTE. CUIJ 21-02051207-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de LIDIA NORMA SARTORE, LC 4.234.275, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. SANTA FE, 10 DE MARZO DE 2.025. DRA. ANA ROSA ALVAREZ - JUEZA

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “LUDUEÑA, DELLANIRA Y OTROS S/ SUCESORIO” (cuij 21-02050954-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DELLANIRA LUDUEÑA, DNI 3.277.322 y de HORACIO ALBERTO BAUMGARTNER, L.E. 3.163.121 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, y en sede judicial. Fdo: Dr. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN (Juez). Santa Fe, de Marzo de 2025.

$ 45 Mar. 18

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Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial (Juzgado Civil y Comercial de la 10ma. Nominación), en autos “ROBERTI RODOLFO NICOLAS DEMETRIO y Otros s/ Sucesorio (CUIJ 21-02050747-8) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la Sucesión de Doña ITZCOVICH CLARA, DNI. N.º F4.470.847, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se Publica Edicto en el Boletín Oficial. FDO. Dra. Maria Romina Kilgelmann (Juez). Santa Fe, de MARZO de 2025.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “ARBER, MARIANO ALEXIS S/ SUCESORIO”, CUIJ NRO. 21-02047962-8 ; se cita, llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MARIANO ALEXIS ARBER (DNI NRO. 27.522.801), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DR. CARLOS F. MARCOLIN. JUEZ A CARGO.

$ 45 Mar. 18

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POR DISPOSICION DE LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA DECIMA NOMINACION DE LA CIUDAD DE SANTA FE, EN LOS AUTOS CARATULADOS “ALZUGARAY, FRANCO ANDRES s/ SUCESORIO” (EXPTE. CUIJ Nº 21-02050191-7), SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA A TODOS LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE FRANCO ANDRES ALZUGARAY, DNI. 41.634.006, A LOS FINES DE QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS POR EL TÉRMINO Y BAJO LOS APERCIBIMIENTOS LEGALES. LO QUE SE PUBLICA A SUS EFECTOS EN EL BOLETÍN OFICIAL. DRA. (SECRETARIA) – DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN (JUEZA a/c).- Santa Fe, de de 2025.-

$ 45 Mar. 18

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Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la NOVENA Nominación) en autos caratulados: “DI PAOLO, ISABEL BARBARA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. 21-02047703-9”, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Isabel Bárbara Di Paolo, LC N.º 6.667.183, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: Dr. José Lisazoain (Juez).-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “SALAS, JUSTO CIPRIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-02051570-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Justo Cipriano Salas, DNI 11.832.528, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y se exhibe en el Hall de Tribunales. El presente goza de beneficio de gratuidad. Fdo. DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN, Juez.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primer Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na Nominación Santa Fe) en los autos caratulados: ROSICH, DOMINGO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02051238-2 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr/a. DOMINGO ROSICH DNI M6.307.104 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y se exhibe en el hall del PALACIO DE TRIBUNALES. Firmado: DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN (Juez). Santa Fe,17 de Marzo de 2025. -

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta Nominación), en autos caratulados: “MARTELOTTO, JORGE ANTONIO S/ SUCESORIO” (CUIJ. 21-02049925-4) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de: Jorge Antonio MARTELOTTO, DNI: 6.258.936, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. FDO: Dra. Claudia Sanchez, Secretaria. Santa Fe, ... de marzo de 2025.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de esta ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados “ERBITI, OLGA ISABEL S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIASVOLUNT.” CUIJ Nº 21-02051529-2 se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores de la Sra. ERBITI OLGA ISABEL D.N.I Nº 10.935.143 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. FDO. DRA. GISELA GATTI -SecretariaA sus efectos publíquese en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el Hall de Planta Bajo de los Tribunales de esta Ciudad.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ACEVEDO JORGE LUIS DNI 4.260.365, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio: “ACEVEDO, JORGE LUIS S/ SUCESORIO CUIJ :21-26327311-4.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Santa Fe), secretaria a cargo de la Dra. Claudia Sanchez, en los autos caratulados “PLOTINO ENRIQUE MANUEL Y OTROS S/ SUCESORIO (CUIJ 21-02050239-5)”, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de PLOTINO ENRIQUE MANUEL, D.N.I 6.205.727 y LLANOS ANA MARIA 3.587.867, para que comparezcan para hacer valer sus derechos dentro del término y apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el boletín oficial.- Dra. Claudia Sanchez.

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Nro. 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: REDUELLO DOMINGO Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ 21-26215377-8 se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de la Sra. MARIA ALVAREZ fallecida en la ciudad de Tostado en fecha 08/10/1954 y del Sr. DOMINGO REDUELLO fallecido en la ciudad de Tostado el 08/02/1962; para que en el plazo y bajo los apercibimientos de la ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y conforme lo dispuesto en la ley 11.287 y acuerdo del 7/2/96 acta N° 3. Dra. Marcela Barrera (Secretaria) Dr. Jorge Da Silva Catela (Juez A/C)

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Nro. 11 de la ciudad de San Jorge y en los autos caratulados: GOSSO MARIANA LORENA y Otros C/BUCCINO DE GARCIA MARIA LUISA y Otros S/Juicios Ordinarios - CUIJ 21-26267844-7 se hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: SAN JORGE, 17 de febrero de 2025.- Proveyendo escrito cargo N° 1945: Agréguense las cédulas diligenciadas que se acompañan. No habiendo comparecido los accionados a estar a derecho, decláreselos rebeldes. Notifíquese.- Firmado: Dr. Julián Tailleur - Secretario - Dr. Daniel Marcelo Zoso, Juez.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Distrito Nº11 de San Jorge (Santa Fe), en: “: “BORGHETTO, MARTA YOLANDA s/ SUCESORIO-CUIJ Nº21-26268004-2 - AÑO 2024” se cita, llama y emplaza por el término y bajo los apercibimientos de ley a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante: MARTA YOLANDA BORGHETTO- DNI N°2.417.721, fallecida el 27 de Abril de 2022, con último domicilio en Pueyrredon Nº544 de San Jorge, Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. San Jorge, 25 de Setiembre de 2024- Fdo: Dr. Daniel Marcelo Zoso JUEZ - Dr. Julian Tailleur – SECRETARIO”.

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En autos caratulados “CUIJ Nro. 21-24201855-6 GUZMAN CINTIA RENE S/ SUCESORIO”, en trámite por ante el JUZG.1RA.INST.DE DISTRITO EN LO CIVIL, Y COMERCIAL DE LA CUARTA NOMINACION DE RAFAELA, se hace saber que se ha dispuesto lo siguiente: RAFAELA, 06/12/2024…. No habiendo comparecido a estar a derecho los herederos de Irma Guzmán, Enriqueta Guzmán, Guillermo Guzmán, María Argelia Guzmán, Rubén Roberto Guzmán, Gregorio Alfredo Guzmán, María Lucinda Guzmán, Leonilda Ester Guzmán y Luis Gerardo Guzmán, decláraselos rebeldes en cuanto por derecho corresponde. Notifíquese. AGOSTINA SILVESTRE GUILLERMO A. VALES ABOGADA - SECRETARIA ABOGADO – JUEZ- Rafaela, de Marzo, de 2025.-

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la TERCERA Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados “21-24209486-4 MONDINO ROBERTO SANTIAGO S/ SUCESORIO “ se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO SANTIAGO MONDINO DNI N° M2.454.718, con último domicilio en calle Zona Rural S/N de la localidad de San Antonio, departamento CASTELLANOS, pcia. Santa Fe; fallecido en fecha 9 de abril de 2024, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, que se publican en el Hall de Tribunales.- FIRMADO: Dra. JULIANA FOTI -Secretaria / Dr. GUILLERMO A. VALES – Juez. Rafaela 14 de Marzo de 2025.-

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos “CUIJ 21-24208920-8 – DURBANO ALDO VICENTE S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALDO VICENTE DURBANO, DNI M7.649.172, con último domicilio en Santa Rosa N°156 de Rafaela, fallecido en Rafaela en fecha 04 de febrero de 2020, para comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Firmado: JULIANA FOTI – Secretaria – GUILLERMO A. VALES – Juez a/c. Rafaela, 14 de marzo de 2025.-

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Por disposición del Señor Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, Secretaria a cargo de la Dra. Juliana Foti y el Dr. Guillermo Vales, Juez; en autos: “FESTA, ROBERTO DOMINGO PEDRO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. CUIJ 21-24209341-8”; se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Roberto Domingo Pedro FESTA, DNI 7.635.787, fallecido en la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe en fecha 28 de noviembre del 2024 y domiciliado en calle Santa Fe nro. 475 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Sucesorio iniciado por la Dra. Iris Paula REMONDINO, en fecha 04/02/2025.- Rafaela, 14 de Marzo de 2025.-

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