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ROSARIO
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JUZGADO FEDERAL
Por disposición de Su Señoría Dr. Gastón Salmain (Juez Federal), a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Rosario en autos caratulados UTHGRA Y OT c/HOTEL VIENA S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - VARIOS; Expte. N° 1949/20, se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 03 de marzo de 2020. Agréguese la boleta de aportes inicial jubilatorio. Téngase al compareciente por presentado en el carácter invocado en mérito de la copia de poder que acompaña y se agrega. Con domicilio constituido, désele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada ejecución fiscal contra el demandado con domicilio denunciado de la ciudad de Rosario y de conformidad con lo dispuesto por el art. 604 del C.P.C.C.N. y concordantes, requiérasele el inmediato pago de la suma reclamada en la demanda, con más la del 15% que el Tribunal estima provisoriamente para responder a intereses y costas; en defecto de pago se trabará embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir los importes antedichos, haciéndole saber que el requerimiento de pago importa la citación de remate, debiendo dentro de los cinco días, oponer excepciones legítima si la tuviere y la intimación para constituir domicilio legal e informático en el mismo término, bajo apercibimientos de ley, haciéndosele entrega de las copias de ley. Téngase presente la autorización conferida en los términos del art. 134 del CPCCN. Desígnese como Oficial de Justicia Ad-Hoc exclusivamente a la persona solicitada mediante escrito de demanda quien impuesto de los deberes y obligaciones del cargo deberá aceptar el mismo en debida forma, ajustando su cometido a las instrucciones que imparta el suscripto en autos, no pudiendo delegar funciones y gozando de las facultades de ley que se harán constar en el mandamiento. Practíquese la medida de conformidad a lo precedentemente dispuesto, librándose el mandamiento pertinente. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Intímese a las partes a fijar domicilio informático en el término de cinco (5) días bajo apercibimientos de ley. Martes y Viernes para notificaciones en Secretaría. (Expte. N° 1949/20). Fdo. Aurelio Antonio Cuello Murúa, (Juez Subrogante). Rosario, 01 de junio de 2023.
S/C 535879 Mar. 5 Mar. 11
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JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a la demandada CONQUEST S.A. a los efectos de que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días consecutivos, venciendo el término para comparecer tres (3) días después de la última publicación. Autos caratulados: SICCARDI GUILLERMO LUIS c/CONQUEST S.A. Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (CUIJ 21-04218000-6). Dr. Fabián Nahuel Vega, (Juez); Dr. Ramiro Luna, (Secretario). Rosario, 4 de Febrero de 2025. Dr. Anibal S. De La Torre, Secretario.
$ 50 535859 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Señor Juez Dra. Albertti, a cargo del Juzgado en lo Laboral de la 3ª Nominación de Rosario, Secretaría de Dra. SOMASCHINI, en autos caratulados: GUDIÑO, STELLA MARIS c/ROMAY, MYRIAM Y GODOY, MARISOL s/COBRO DE PESOS; Expte. N° 264/19, se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 22 de Octubre de 2024. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo Nº 35229/24: A lo solicitado previamente, atento lo ordenado por decreto de fecha 14/08/2024 y atento las constancias de autos y la imposibilidad de conocer el domicilio de la co- demandada MIRIAM ROCIO ROMAY, cítesela por edictos para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley (arg. art. 45 C.P.L.), fecho se proveerá lo que corresponda. Publíquense sin cargo por tratarse de juicio laboral. Rosario.
S/C 535825 Mar. 5 Mar. 7
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario y en autos: CHACRA JUAN PABLO c/NAVARRO URIBE CATALINA s/RESTITUCION INTERNACIONAL; CUIJ 21-10652240-9, en trámite por ante Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Silvina I. García, Juez, Secretaría de la Dra. Analía Perruli. Se hace saber que por decreto de fecha 08 de noviembre de 2024, se ha dispuesto notificar a la Sra. Catalina Navarro Uribe D.N.I. CC 66917725, por medio de edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Fe, venciendo dicho término cinco (5) días después de la última publicación (art. 73 CPCC) el Auto Regulatorio N° 1149 de fecha 19/05/16 que a continuación se transcribe: N° 1149. Rosario, 19 de mayo de 2016. Y VISTOS: Los autos caratulados: Chacra, Juan Pablo c/Navarro Uribe, Catalina s/Restitución Internacional; Expte. 1249/13; Y CONSIDERANDO: Los trabajos realizados por la Dra. Paula Castillo Ragghianti y lo dispuesto por los arts. 4to., 5to., 6to. de la ley 6767. RESUELVO: 1) Regular los honorarios de la Dra. Paula Castillo Ragghianti en ¡a suma de $ 60.171,50, equivalente a la cantidad de 40jus. Los honorarios regulados deberán ser cancelados dentro del los treinta días corridos contados a partir de la techa en que quede firme el presente, estableciéndose, a los fines previstos en el artículo 32 de la Ley 6767 modificada por Ley 12851, que desde dicha fecha y en caso de falta de pago se aplicará un interés moratorio calculado sobre la base de una tasa pura del 6% anual. Vista a Caja Forense. 2) Las costas serán a cargo de la Señora Catalina Navarro Uribe de conformidad con lo dispuesto por el art. 251 del CPCC. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Silvana García, Juez; Dr. Ricardo Pepió, secretario. Dra. Analía Perrulli, Secretaria.
$ 50 535761 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Luciana Paula Martínez (Juez de Trámite). Secretario de la Dra. Andrea Chaparrose, dentro de tos autos caratulados CHELINI, DANTE ARIEL c/ALBORNOZ, DANIEL ROBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; EXPTE. CUIJ N° 21-12622270-7, ha ordenado notificar por edictos la Resolución N° 822 - Tomo 2024 de fecha 15 de Mayo de 2024 que se transcribe a continuación: ROSARIO, 15 DE Mayo de 2024. VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados CHELINI, DANTE ARIEL c/ALBORNOZ, DANIEL ROBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. CUIJ 21-12622270-7, lo solicitado, y constancias de autos; RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho los herederos del demandado VICTOR LUIS AVILA, decláraselos rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria. Insértese y hágase saber. Fdo. Andrea Chaparro, Secretaria - Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza de Trámite. Dra. Netri, Secretaria Subr..
$ 50 535764 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Silvina García, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: BARRETO EMMA ALICIA c/BUSTAMANTE BRENDA ALDANA s/PROTECCIÓN DE PERSONAS 21-11399015-2, se ha ordenado publicar edictos a los fines de notificar a LAUREANO MILAN, lo siguiente: ROSARIO, 07 de Septiembre de 2022; Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de trámite: Dra. Silvina I. García. Téngase presente todo lo expuesto. Pasen los autos al EUTS a fin que un trabajador social realice un pormenorizado informe socio ambiental en el domicilio de PASAJE SAN CARLOS 3618 DE ROSARIO. Pasen también al Defensor General que por turno corresponda para que designe fecha de escucha. Fdo. Dra. ANALIA D. PERRULLI; Dra. SILVINA I. GARCÍA Secretaria Jueza OTRO; ROSARIO. 02 de Noviembre de 2022; Por contestada vista. Téngase presente lo dictaminado por el Defensor General. Previo, acredite los domicilios de ambos progenitores de la niña Rebeca Guadalupe Milan Bustamante a los efectos de hacer saber la promoción de la presente acción. Fdo. Dra. Analía D. Perrulli, Secretaria; Dra. Silvina I. García, Jueza. El presente edicto se publicará SIN CARGO ALGUNO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 9. Secretaria, Rosario de agosto de 2023. Dra. Analía Perrulli, Secretaria.
S/C 535690 Mar 5 Mar. 7
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Por disposición del Tribunal Colegiado de familia 3 de Rosario y en autus caratulados: FIDERIO, VANINA BELEN c/SANABRIA, MARIO RUBEN s/Filiación; CUIJ 21-11425920-6, se ha dispuesto notificar al Sr. Sanabria, Mario Rubén DNI 34.595.757, los siguientes decretos: ROSARIO, 26 de Febrero de 2024. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponde. Jueza de trámite: Dra. Silvina I. García. Por iniciada acción de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL a la que se le imprimirá el trámite de Juicio Oral (art. 545 del C.P.C.C). Téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida. Dése intervención al Defensor General. Cítese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, conteste demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimiento de ley. Al pedido de alimentos provisorios: de conformidad con el artículo 664 del CcyCN, previo deberá acreditar sumariamente el vínculo invocado, debiendo adecuar su pretensión en los presentes, a la que se le dará el trámite sumarísimo incidental; Fdo. Dra. Analía Perrulli, (Secretaria); Dra. Silvina García, (Jueza). OTRO DECRETO: Rosario, 30 de Abril de 2024; Por ofrecida prueba a los fines de acreditar sumariamente el vínculo filial invocado. Al pedido de alimentos provisorios, imprímase el trámite sumarísimo incidental. Córrase traslado al demandado para que conteste y ofrezca pruebas en el plazo de tres días y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese el presente conjuntamente con el primer decreto de trámite. Al punto 5: Hágase saber que la notificación por carta certificada con acuse de recibo, solo será válida si la misma fuera recibida por su destinatario quien deberá firmar el acuse de recibo. Asimismo, y a los fines de determinar el domicilio real del Sr. Mario Rubén Sanabria, DNI 34.595.757, ofíciese al RENAPER y electrónicamente por Secretaría a la Cámara Nacional Electoral para que informen sobre el mismo. Fdo. Dra. Analía Perrulli, (Secretaria); Dra. Silvina García, (Jueza) OTRO DECRETO: ROSARIO, 01 de Noviembre de 2024: Agréguese la cédula ley acompañada. Atento lo informado por el oficial notificador y tratándose de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC. Fdo. Dra. Analía Perrulli; Dra. Silvina García, Jueza.
S/C 535672 Mar. 5 Mar. 7
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El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Séptima Nominación, dentro de los autos caratulados: SANABRIA EVA GRACIELA c/GIGENA LEONARDO s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL; Expte. CUIJ 21-11418862-7, se ha ordenado lo siguiente: N° 3191. Rosario 16 de septiembre de 2024. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia privar al Sr. Leonardo Gigena, DNI Nº 27.059.550, de la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental, respecto de su hijo Tomás Arian Gigena, DNI N° 51.505.898, por la causal prevista en el articulo 700 inciso b del CCC, y en consecuencia será la Sra. Eva Graciela Sanabria, DNI Nº 28.146.067, la persona encargada del cuidado personal unilateral del niño. 2) Ordenar la supresión del apellido paterno Gigena, debiendo ser inscripto el niño como “Tomás Arian Sanabria”. 3) Previo a oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Rosario, y a los organismos e instituciones que resulte necesario, cumpliméntese con lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-11418862-7). Fdo. Dra. Gabriela Ester Topino, Jueza; Dra. Maria Florencia Martínez Belli, Secretaria. La publicación debe efectuarse una vez por mes, en el lapso de 2 meses en el diario oficial y el término vencerá quince días hábiles después de la última publicación. Rosario. Dra. María Silvia Zamanillo, Secretaria.
S/C 534678 Mar. 05
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, en los autos: VALIANI BIGNOLO JULIO ALBERTO y Otros s/RECTIFICACION DE PARTIDA; CUIJ 21-02985618-1, en relación a JAZMIN FRANCESCA BALIANI VIGNOLO, DNI 70.286.888, nacida en Rosario el 28 de mayo de 2024, se notifica lo siguiente: ROSARIO, fecha que surge de SISFE de 2024 Atento que el presente comporta un cambio de nombre en términos del art. 69 C.C.C., previamente publíquense edictos en el boletín oficial una vez por mes en el lapso de dos meses, haciéndose constar que podrá formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación, y ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor a los fines de que informen si obran medidas anotadas a nombre de Jazmín Francesca Baliani Vignolo. Fdo. Dra. Mónica Klebcar, (Jueza); Dra. Marianela Godoy, (Secretaria). Rosario, 30 de diciembre de 2024. Dr. Audano, Secretario.
$ 50 534745 Mar. 05
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Por disposición de la Dra. Alicia Ana Galletto, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 5 de Rosario, se ha dispuesto notificar a ELUNEY MILENA SANCHEZ, DNI 44.232.318 lo siguiente: Rosario, 18 de febrero de 2025. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nº 25/25. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a la progenitora de TIZIANO YAHIEL SANCHEZ que se ha propuesto que su hijo sea declarado en situación de adoptabilidad, haciéndose saber que cuenta con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Notifíquese. Fdo. Dra. Galletto (Jueza); Dra. Barbieri (Secretaria).
$ 1 535712 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza de Juzgado Unipersonal de Familia -5° Nom de Rosario, a cargo de la Dra. Alicia Ana Galletto (Jueza), secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: SOLÍS GABRIEL GONZALO c/VERA CARLA NOELIA s/IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD; CUIJ 21-11387675-9, se ha ordenado, a los efectos de notificar a los herederos y/o sucesores de CARLA NOELIA VERA, DNI 35.327.840, para que comparezcan a estar a derecho publicando el siguiente edicto por dos días: ROSARIO, 17 de Septiembre de 2024; Agréguese la constancia acompañada. Cítese a los herederos y/o sucesores de CARLA NOELIA VERA, DNI 35.327.840, para que comparezcan a estar a derecho. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por dos días. Dra. María José Caviglia, (Secretaria); Dra. Alicia Ana Galletto (Jueza); El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 10. Dra. Ana Clara Rébola, Secretaria.
S/C 535691 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Familia Nº 7 de Rosario -anteriormente Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la Quinta Nominación de Rosario-, Dra. Sabina Margarita Sansarricq, dentro de los autos caratulados BENITEZ MARIA DE LA PAZ y Otros s/DIVORCIO VINCULAR; CUIJ N° 21-11000478-5, se ha ordenado publicar el dictado del siguiente decreto: Rosario, 29 de septiembre de 2015. Por presentado, domiciliado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Jueza de trámite: Dra. Sabina Sansarricq. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense los elementos acompañados y resérvese en Secretaria los sobres adjuntos. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dese intervención al Defensor General Civil (artículo 103 inciso a) del CCC). Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. De no ser hallado/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación (Expte. N° 2711/15). Fdo. Dra. María Adelaida Etchevers (Secretaria). Se transcribe art. 438 CCC: ARTICULO 438. Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Dra. Alejandra Wulfson, Secretaria. Rosario, 26 de Diciembre de 2024.
S/C 535775 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 10 a cargo de la Dra. Valeria Vittori. Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados
TORREN, STEVEN IBRAIN PAYA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ N° 21-11427677-1, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. MARIA ALEJANDRA UNREIN, D.N.I. 26.978.412, la siguiente resolución: Nº 106 Rosario, 19 de febrero de 2025 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución administrativa Nº 22 de fecha 24 de enero de 2025 que pone fin a la medida de protección excepcional de urgencia en relación a STEVEN IBRAIN PAYÁ TORREN, D.N.I. 57.782.209; 2) Dar apertura al proceso de declaración de situación de adoptabilidad de STEVEN IBRAIN PAYÁ TORREN D.N.I. 57.782.209; 3) Cítese al niño STEVEN TORREN, para que comparezcan a audiencia en presencia de la Defensora General Civil Nº 1, para el día 21 de marzo de 2025 a las 10:00 hs y a la Sra. María Alejandra Unrein para el día 21 de marzo de 2025 a las 10:30 hs; 4) Cítese a la Sra. María Alejandra Unrein a fin de que se expidan sobre la medida definitiva dispuesta por la Dirección Provincial y ofrezca pruebas en el plazo de diez días y bajo apercibimiento de resolver sin más (art. 66 ter ley 12967). 5) Notifíquese la presente a la progenitora, a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción y la Defensora General en su despacho. 5) Dese intervención y comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Vittori, (Jueza); Dra. Bottini, (Secretaria). Rosario, 21 de febrero de 2025.
S/C 535852 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez, Dr. Gustavo Adolfo Antelo a cargo del JUZG. UNIPERSONAL DE FAMILIA N° 4 y la secretaría a cargo de la Dra. NATALIA SCHMIDLIN de esta ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos: RISSO, MARIA CRISTINA c/BATISTELLI, HUMBERTO PASCUAL s/DIVORCIO; CUIJ 21-11435697-9, se ha ordenado NOTIFICAR al Sr. HUMBERTO PASCUAL BATISTELLI L.E. N° 4.693.767, el decreto de fecha 13/09/24 mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de Santa Fe TRES (3) veces, venciendo el emplazamiento CINCO (5) días después de la última publicación. A continuación, se transcriben los decretos que se pretenden notificar: PRIMERO: Rosario, 13 de Septiembre de 2024. Téngase presente las constancias adjuntadas. A la demanda se provee: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, por sí y con patrocinio letrado. Por iniciada petición unilateral de divorcio. Otórgasele la participación legal que por derecho corresponda. Juez de trámite: Gustavo Antelo. Agréguense las constancias acompañadas. Hágase saber a HUMBERTO PASCUAL BATISTELLI, que se ha formulado petición de divorcio vincular y manifestado la inexistencia de hijos menores de edad y de bienes en común, términos del art. 438 del C.C. Córrase traslado por el término de 10 días. Notifíquese por cédula con copia del escrito correspondiente. De no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si es que vive allí y únicamente, en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. Hágase saber que, a los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, deberán las partes especificar día, mes y año de la separación de hecho. En caso de discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del art. 480 CCCN. GUSTAVO ADOLFO ANTELO, JUEZ. SEGUNDO: Rosario, 27 de Diciembre de 2024: Agréguese la constancia acompañada. Notifíquese a Humberto Pascual Batistelli el decreto de fecha 13/09/24 mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación. Natalia Schmidlin Secretaria; Gustavo Adolfo Antelo, Juez.
$ 100 535854 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Dra. Mariana Varela, Jueza del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de la Ciudad de Rosario, Secretaria de Trámite de la Dra. Dra. Eliana C. Gutiérrez White, en autos caratulados SANSO, MARIA ROSA FERNANDA Y OTROS c/D´AGATA, ROGELIO ANDRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS; EXPTE. CUIJ N° 21-11893982-1, se ha ordenado publicar edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y se exhibirán en el hall de 1313 de Tribunales, conforme lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 CPCC y por lo que se le notifica al codemandado LEANDRO SCHNEIDEWIND (DNI N° 35.221.851) que no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según constancias obrantes a Ls. 242 y 248 del expediente digital, haciendo efectivos los apercibimientos de ley y al demandado LEANDRO SCHNEIDEWIND, se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar. Asimismo, se le notifica que los presentes autos han quedado radicados por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 a cargo de la Jueza, Dra. Mariana Varela, siendo la Secretaria de trámite la Dra. Eliana C. Gutiérrez White; N° 2383. ROSARIO, 29 de Noviembre de 2024. VISTO Y CONSIDERANDO: los presentes caratulados SANSO, MARIA ROSA FERNANDA Y OTROS c/D´AGATA, ROGELIO ANDRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11893982-1), registros pertinentes existentes en Mesa de Entradas de los cuales no surge la existencia de escritos sueltos pendientes de agregación a los presentes, constancias acompañadas que se agregan, lo solicitado y surgiendo de constancias obrantes que el demandado LEANDRO SCHNEIDEWIND, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según constancias obrantes a fs. 242 y 248 del expediente digital, haciendo efectivos los apercibimientos de ley; RESUELVO: Declarar REBELDE a LEANDRO SCHNEIDEWIND y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a LEANDRO SCHNEIDEWIND mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado LEANDRO SCHNEIDEWIND que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. ELIANA C. GUTIERREZ WHITE (Secretaria); Dra. MARIANA S. VARELA (Jueza). y ROSARIO, 20 de Diciembre de 2024. Hágase saber a las partes que por implementación de la Ley Nº 14.264 y aclaratoria, complementada por el punto 13 del Acuerdo Nº 6 de fecha 4 de diciembre de 2024 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 con la Dra. Mariana S. Varela, como Jueza de Trámite, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 a su cargo, siendo la Secretaria de trámite la Dra. Eliana C. Gutiérrez White. A lo solicitado se provee: readecuado que fuera el edicto consignando Juzgado, Jueza de Trámite y Secretaría de Trámite correspondiente, se proveerá lo que por Derecho corresponda. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA. Fdo. MARIANA S. VARELA, Jueza. Dr. Ulises D. Lanza, Prosecretario.
S/C 535671 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario y en autos: CARO, LIDIA CARINA c/SANCHEZ, MAURO DANIEL Y SANCHEZ, ANTONIO HECTOR, CENTURION BELLOZO, VICTORIANA s/ALIMENTOS; CUIJ 21-11377001-2, en trámite por ante Juzgado Unipersonal de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario. Se hace saber que por decreto de fecha 11 de diciembre de 2024, se ha dispuesto notificar al Sr. Antonio Héctor Sánchez D.N.I. Nº 7.792.216 y Victoriana Centurión Bellozo D.N.I. Nº 92.239.210 por medio de edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, venciendo dicho término cinco (5) días después de la última publicación (art. 73 CPCC) Resolución N° 5046 de fecha 03/12/24 que a continuación se transcribe: N° 5046. Rosario, 03 de diciembre de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO; 1) Oficiar a la Caja Previsonal que corresponda, para que con cada liquidación de haberes, incluido sueldo anual complementario, que perciban Antonio Héctor Sánchez, D.N.I. N° 7.792.216 y Victoriana Centurión Bellozo, D.N.I. N° 92.239.210, proceda a retener la suma de $ 53.913,60 (cincuenta y tres mil novecientos trece con 60/10), actualizable semestralmente en un 20%. El dinero correspondiente a la mesada alimentaria deberá ser depositado en la cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, abierta a la orden del Juzgado y para estos dentro de los primeros diez días de cada mes. 2) Hacer saber a la demandada y a la empleadora lo dispuesto por la Ley 11.945 y el Código Civil y Comercial en los artículos que se transcriben a continuación: Art. 4 de la Ley 11.945; Habilita la inscripción en el Registro de deudores alimentarios morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentas provisorios o definitivos. Habilita la inscripción de los empleadores el incumplimiento de una orden judicial debidamente notificada que disponga la retención y depósito a la orden de algún juzgado de sumas destinadas a alimentos, y Art. 551 de Código Civil y Comercial de la Nación: Incumplimiento de órdenes judiciales. Es solidariamente responsable del pago de la deuda alimentaria quién no cumple la orden judicial de depositar la suma que debió descontar a su dependiente o a cualquier otro acreedor. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Gustavo Antelo, Juez; Dra. María José Caviglia, Secretaria. Dra. Natalia Schmidlin, Secretaria.
$ 100 535763 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado publicar la resolución donde se dispone la conclusión de la quiebra de RINALDO HÉCTOR MOZZATI (DNI 6.041.931), en los Autos caratulados: MOZZATI, RINALDO HECTOR s/Quiebras; CUIJ 21-01622623-5. Por lo tanto, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley en el diario Boletín Oficial, según la resolución que se transcribe: Vistos... Considerando... Resuelvo: 1) Disponer la conclusión de la quiebra de Rinaldo Héctor Mozzati (DNI 6.041.931), en los términos del art. 228 de la LCQ, cesando todos los efectos patrimoniales y personales de la quiebra. 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales comunicando la presente resolución y ordenar se publiquen edictos en el Boletín Oficial. 3) Acreditado el cumplimiento del punto anterior, ordenar oficiar al Registro General de Propiedades a efectos del levantamiento de la inhibición general de bienes de la deudora, y demás reparticiones que fuera menester. 4) Oportunamente proceder al reintegro de las sumas correspondientes al fallido en concepto de remanente (art. 228, tercer párr. de la LCO). Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano Juárez, (Juez en Suplencia) y Dra. Ma. Sol Sedita, (Secretaria). Rosario, 5 de Febrero de 2025.
S/C 535699 Mar. 5 Mar. 11
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia de la Décima Nominación de Rosario y en autos: MONASTEROLO, BEATRIZ ALICIA c/ABDALA, JESUS MARIA MAURICIO s/ALIMENTOS; CUIJ 21-11419262-4, en trámite por ante el Juzgado Unipersonal de Familia de la Décima Nominación de Rosario. Se hace saber que por decreto de fecha 09 de diciembre de 2024, se ha dispuesto notificar al Sr. Jesús María Abdala, por medio de edictos que se publicarán por tres (3) días en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, venciendo el término tres (3) días después de la última publicación, el decreto de fecha 03 de diciembre de 2024, que a continuación se transcribe; ROSAFIO, 03 de Diciembre de 2024. Agréguense las constancias acompañadas. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto en la oficina por el término de ley. Notifíquese por cédula con expresión del monto al que asciende la misma. Fdo. Dra. Valeria Vittori, Juez; Dra. Sibila Lanfranco, Secretaria Subrogante. Se hace saber que la planilla de deuda asciende a la suma de $ 14.243.608,12 (Pesos Catorce Millones Doscientos Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Ocho con 12/100). Dra. Sibila Lanfranco, Secretaria.
$ 50 535762 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 5 de Rosario y en autos: PEDEMONTE, ADRIAN ALBERTO c/SANCHEZ, MARCELO OSCAR Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ N° 21-11894709-3, se hace saber que se ordenó lo siguiente: Rosario, 13/12/2024. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Hágase saber que por implementación de la Ley 14264 y aclaratoria, complementado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia Nº 49 (04-12-2024. Pto. 13), las causas que tramitaran por ante el Tribunal Colegiado Nº 2. Juez de trámite: Dr. Edgardo Bonomelli, han quedado radicadas por ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nº 5, a su cargo Secretaría de la Dra. Araceli Stefanelli. Notifíquese por cédula. Atento que el demandado SÁNCHEZ, MARCELO OSCAR no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos al demandado rebelde y por cédula a las partes intervinientes. Fdo. Dr. Edgardo Bonomelli, (Juez); Dra. Aracelli Stefanelli, (Secretaria). Rosario, 6 de Febrero de 2025.
$ 50 535758 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 4 SEC. UNICA de la ciudad de Rosario y en autos: MAIDA MARCELO FABIAN Y OTROS c/SARABANDO, ANGEL DANIEL s/DANOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11892884-6, Nº Expediente: 1267/2023, a cargo de la Jueza de trámite: Dra. Vacante / Vacante, Secretaría de la Dra. Mayra Ibañez, se hace saber que se dictó lo siguiente:
ROSARIO, 14 de Octubre de 2024. Venidos los autos en el día de la fecha se provee: Atento que el demandado SARABANDO ANGEL DANIEL no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado por edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Firme que estuviere el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos al demandado rebelde y por cédula a las partes intervinientes. Fdo. Dr. CHRISTIAN BITETTI (Secretario); Dra. JORGELINA ENTROCASI, (Jueza en suplencia). Rosario, 4 de Febrero de 2025. Dra. Mayra Ibáñez, Secretaria.
$ 50 535757 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se hace saber a los interesados que en los autos caratulados: FOUREVENT S.R.L. s/Concurso Preventivo - Hoy quiebra; (CUIJ 21-01317614-8; Expte. 444/2009), se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución readecuado con cálculo de los intereses suspendidos, mediante escrito cargo N° 14706/24, el cual por decreto de fecha 06/12/2024 fue puesto de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Por 2 días. Sin Cargo. Dra. María José Casas, Secretaria.
S/C 535837 Mar. 5 Mar. 6
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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a toda aquella persona que quiera formular observaciones respecto de la cremación del Sr. Carlos Guillermo Rodríguez, DNI Nº 22.595.189, por días citando a la audiencia del día 19 de febrero de 2025 a las 10:30 hs. Autos caratulados: RODRIGUEZ, CARLOS GUILLERMO s/Sumaría Información; CUIJ 21-02988730-3. y otro. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/2020, pto. XV) Puestos los autos a despacho, en el día de la fecha, se proveen los escritos cargos N° 13518/24 y Nº 13504/24: Atento a la proximidad de la fecha de audiencia designada en autos, a los fines de la debida notificación por edictos designase nueva fecha para el 10 de marzo de 2025 a las 10:30 hs. Notifíquese por edictos, conforme lo ordenado mediante proveído de fecha 18 de diciembre de 2024. Agréguese oficio acompañado. Téngase presente. Fdo. Dr. Fabian E. Bellizia, (Juez). Secretaria Autorizante. El presente edicto se publicará sin cargo atento el patrocinio ejercido en autos por la Defensoría General Zonal Nº 2 y de conformidad por lo dispuesto en el art. 145 inc. 1 LOPJ. Rosario, 18 de Febrero de 2025. Dra. Felippetti, Secretaria Subr..
S/C 535872 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe y en autos: CASALICCHIO LUCIANO c/MARTINEZ LUIS JACITNO s/OTRAS DILIGENCIAS (Prescripción Adquisitiva); CUIJ Nº 21-12635996-6, se ha ordenado notificar el Acuerdo de la Cámara de Circuito de Rosario Nº 66 de fecha 16/04/2024 que en su parte resolutiva expresa: Por todo ello, la Cámara de Apelación de Circuito, debidamente integrada, RESUELVE: 1°) Desestimar la nulidad. 2°) No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a través del Sr. Defensor de Oficio y, consecuentemente, confirmar la sentencia N° 584/23 (fs. 170/176). 3°) Imponer las costas de alzada a la parte demandada. 4°) Fijar los honorarios de Alzada de los doctores Malena Michelin y José María Agú Theler en el cincuenta por ciento del honorario que en definitiva les corresponda a los profesionales de cada parte por su labor desplegada en lo principal en sede inferior, con noticia a la Caja Forense. Insértese, hágase saber y bajen. Fdo. Dres. PAGNACCO, GALFRÉ, CINALLI (Art. 26 Ley 10160) Jueces, Crossio, Secretario. Asimismo se notifica la aclaratoria del respectivo Acuerdo dictada mediante la Resolución N° 97 de fecha 21 de mayo de 2024: Y VISTOS... Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: Hacer lugar a la aclaratoria impetrada y en consecuencia aclarar el Acuerdo N° 66 del 16 de abril de 2024 (fs. 213/216) en la tercera cuestión punto 3° de su parte considerativa, así como en el punto 3° de su parte resolutiva el que deberá ser entendido con el alcance explicitado en la presente resolución. Insértese y hágase saber. Fdo. Dres. PAGNACCO, GALFRÉ, CINALLI (Art. 26 ley 10160), Jueces, Crossio, Secretario. También se ha ordenado notificar la Resolución de Primer Instancia Nº 584 de fecha 02/10/23 que en su parte resolutiva expresa: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda instaurada y en consecuencia declarar operada la usucapión a favor de LUCIANO CASALICCHIO en el mes de Mayo de 1990, sobre el inmueble designado como lote N° 24 de la manzana E del loteo Country 16, según plano Nº 60756/69, inscripto al T. 329A F. 877 bis N° 144587, del Registro General de la Propiedad Rosario, ubicado en la localidad de Pueblo Esther, Distrito general Lagos, Departamento Rosario, con una superficie de 540 mts cuadrados, partida inmobiliaria N° 162500-348842/0141-3. 2) Imponer las costas a la accionada (art. 251 CPPP), teniendo en cuenta la aclaración efectuada respecto a las relativas al Defensor de Oficio. 3) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto se acompañe avalúo fiscal actualizado. 4) Firme que quede la presente y previo los trámites de rigor, ofíciese al Registro General Rosario, a fin que se proceda inscribir el dominio a favor de los actores si ello fuera material y registralmente posible. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Eduardo H. Arichuluaga, Juez, Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Y se transcribe su resolución aclaratoria Nº 781 de fecha 23/12/2024; Y VISTOS;... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta contra la sentencia N° 584 de fecha 02/10/2023, según los términos expresados precedentemente en los considerandos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Eduardo h. Arichuluaga, Juez; Dr. Javier Matías Chena, Secretario. Dr. Javier M. Chena, Secretaria. Rosario, 14 de Febrero de 2025.
$ 100 535666 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº 4 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: GONZALEZ, FEDERICO SANTIAGO c/MUÑOZ, MARCIANO y OT. s/Daños y Perjuicios, Expte. Nº 21-12643773-8, se hace saber estando acreditado el fallecimiento de Marciano Muñoz, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquese los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código citado. Fdo.: Dra. Claudia Regonese (Jueza), Dra. Paula Marina Tener (Secretaria).
$ 50 535760 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don ROBERTO MASSONI, D.N.I. 6.042.060, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MASSONI, ROBERTO s/SUCESION; (Expte. N° 21-01656212-9). Dra. SILVINA SUSANA GUEILER, Juez. Rosario, 28 de Noviembre de 2024. Dra. Lobay, Prosecretaria.
$ 50 535826 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Señora Jueza Dra. Lucrecia Mantello, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 5ª Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Secretaria de la Dra. Silvina Rubulotta, quien suscribe hace saber que en los autos: GONZALEZ SERGIO RAUL c/AVIOTTI ORESTE PABLO DOMINGO Y OTROS s/JUICIO EJECUTIVO; CUIJ 21-23382352-7, se publiquen edictos art. 475 CPCCSF, se han dictado los siguientes decretos: Rosario, 05 de febrero de 2025. Notifíquese al codemandado Mario Diez mediante edictos. Otros: Se hace saber que dentro de los presentes autos caratulados GONZALEZ SERGIO c/AVIOTTI Y OTROS s/MEDIDAS PREPARATORIOAA - ESCRITURACION; Expte. N° 1330/06, en trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Gladys Silvia López, Secretaria de la Dra. Liliana Reynoso, se han dictado las providencias: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado teniendo por reconocidas las firmas en la documental acompañada y por preparada la vía ejecutiva. Insértese, dese copia y hágase saber. San Lorenzo, 15/12/09. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, a merito del poder glosado en los caratulados González Sergio c/Aviotti y otros s/Medidas preparatorias-Escrituración; Expte. N° 1330/06, que se agrega por cuerda floja. Otórguese la participación legal correspondiente. Téngase por iniciada la acción que expresa. Previo a todo tramite acompañe copia del boleto de cesión de derechos de fecha 27/6/03. Notifíquese. San Lorenzo, 27/4/2010. Agréguese fotocopia acompañada. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho, bajo los apercibimientos de ley. Acompañe certificado de subsistencia del dominio a nombre de Pedro diez, expedido por el Registro de la Propiedad. Martes y viernes para notificaciones en Secretaria. Notifíquese por cedula del presente decreto, conjuntamente con el de fecha 15/12/09. San Lorenzo, 25/4/2012. Agréguese el oficio acompañado. Informado verbalmente la actuaria que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, declárese la rebeldía y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cedula. San Lorenzo, 26/2/2019. Proveyendo escrito cargo 1282 se ordena: Al pto 1) Estese al decreto de fecha 5/7/17. Al pto II) Téngase presente la renuncia al mandato que formula. Cítese a la parte actora para que dentro del término de 3 días comparezca por si o por apoderado bajo apercibimientos de rebeldía (art. 76 inc 2 CPCC). Continué hasta tanto el representante en su gestión. (art. 46 CPCC) Notifíquese por cedula. Hágase saber el juez que va a entender (art. 62 inc 4 CPCC) Juez subrogante Guillermo Roldan. Notifíquese por cedula; Al pto. 1V) no ha lugar por improcedente. Al pto V) como lo solicita; Rosario, 07 de agosto de 2024. Notifíquese al codemandado Diez, la rebeldía ordenada a fs. 21 nuevamente, debiendo el oficial notificador proceder a notificar solamente en caso de comprobar que el mismo se domicilia efectivamente allí y dejará constancia de ello en el informe pertinente. Asimismo se dispone; procédase a la designación de un Defensor de Oficio a los fines de la representación de los sucesores de Oreste Pablo Domingo Aviotti y Josefa Inés Gamez. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria y Dra. Lucrecia Mantello, Jueza. Rosario, 17 de Febrero de 2025.
$ 200 535784 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez a cargo de Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría del/a Autorizante, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de los llamados PIERINA ADELINA CARATTONI; LUCIO LAURO LORENZO GLISSENTI; JOSE GLISSENTI; ORFELIA ROSA COLA y EDGARDO JOSE GLISSENTI, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, en los autos GLISSENTI, LAURO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; (CUIJ 21-01530912-9). Rosario, 18 de Febrero de 2025. Dra. Arreche, Secretaria Subr..
$ 100 535834 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 17 de Rosario y en autos CABELLO, BRENDA y Otros c/SALFI, ALFREDO JOSE s/Usucapión; CUIJ 21-02934141-6, se hace saber que se dictó lo siguiente: En la ciudad de Rosario, 4 de noviembre de 2024. Al escrito cargo N° 12283/2024 se provee: Atento constancias de autos, cítese y emplácese a los herederos de Alfredo José Salfi (Aurora Gazzo de Salfi; Juana, Nicolás; Carmen Delia, Alberto y Domingo Salfi y Gazzo); a los herederos de Alberto Salfi (Angela Teresa Carletti, Alfredo Cesar y Liliana María Aurora Salfi y Carletti) y a los herederos de Domingo Salfi, a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial (art. 597 CPCC) y notifíquese por cédula el presente decreto en el último domicilio conocido del fallecido. Fdo. Dra. M. Silvia Beduino, (Jueza); Dra. M. Florencia Di Rienzo, (Secretaria subrogante).
$ 50 535823 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Dra. Cecilia Camaño, Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de la Tercera Nominación de Rosario, se cita y emplaza a comparecer por edictos a JUAN CARLOS GONZÁLEZ, D.N.I. 25.127.719, dentro de los autos: ROJAS SANTIAGO TOMAS c/GONZALEZ JUAN CARLOS y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-12643663-4, los que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar designado a tales efectos conforme lo previsto en el artículo 73 CPCC. Fecho, prosiga el trámite conforme lo previsto por el art. 77 y 78 del CPCC. Dra. María Luz Muré, Prosecretaria.
$ 50 535785 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 5 de Rosario y en autos CORONA, LEANDRO DANIEL c/DE TOMASI, HUGO JUAN s/Escrituración 21-02907676-3, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 13 de diciembre de 2024. Háganse efectivos los apercibimientos ordenados mediante decreto de fecha 21-02-24 y declárase la rebeldía de los herederos de Hugo Juan De Tomasi, procédase al sorteo de un Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria); Dra. Lucrecia Mantello, (Jueza).
$ 50 535772 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 8 de Rosario y en autos: ROBLES, MARIA LILIANA ELSA c/SABETTI, JOSE y Otros s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N° 21-02905178-7, se hace saber que se dictó lo siguiente: N° 1169 Rosario 30.12.24: FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda de usucapión incoada y, en consecuencia, declarar la adquisición del dominio, la que cabe considerar producida en fecha 01/01/2015, a favor de la actora María Liliana Elsa Robles (D.N.I. N° 13.428.778), de dos lotes de terreno ubicados en General Savio 2078 de Alvear, con todo lo edificado, clavado y plantado, y que de conformidad al plano N° 83563 del 1975 se encuentran designados como Lotes 39 y 40, manzana B, los que en el Plano de Mensura inscripto bajo el N° 208332 del 2018, son identificados en forma unificada como Lote A de la 28 manzana 37 de la localidad de Pueblo de Alvear, Distrito Alvear, Departamento Rosario, descripto conforme acta de mensura como: Un lote de terreno, designado como A, de forma rectangular con todo lo clavado y plantado, sito en la zona urbana de la localidad de Alvear, Departamento Rosario, ubicado en la calle General Savio 2078 entre calles Almirante Guillermo Brown e Italia y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el agrimensor Benito Miguel Vicioso en octubre del 2017, se encuentra en la calle General Savio a los 11,85 m de la intersección de Italia y General Savio hacia el este. Sus dimensiones y linderos son las siguientes: compuesto por un frente de 20,00 m de frente al sur sobre calle General Savio, tiene un fondo de 29,00 m en su costado oeste por donde linda Belina Parlanti y con Juan Tabares y otro, tiene un contrafrente al norte de 20,00 m Por donde linda con Juan Enrique Pellegrini y por último cerrando la figura cuenta con un lado de 29,00 m de fondo en dirección al este, por donde linda con Jesús Luis Paz. Cuenta con una superficie de 580,00 metros cuadrados. Señalar que el inmueble consta inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 87, Folio 264 bis, Número 111521 y al Tomo 281, Folio 326, Número 51173, Departamento Rosario, a nombre de José, Francisco, Luis y Oscar Sabetti, empadronado en la Administración Provincial de Impuestos bajo las partidas N° 160900-344713/0102-7 y N° 160900-344713/0083-9. 2) Previo cumplimiento de los recaudos de ley, otorgar el título supletorio respectivo, ordenándose la inscripción originaria en el Registro General de Propiedades de Rosario. 3) Imponer las costas del presente a la parte demandada vencida, sin perjuicio de la retribución del defensor de oficio, que deberá ser soportada por la actora, conforme lo expuesto en los considera dos de la presente. Insértese y hágase saber. Dra. María José Casas, Secretaria.
$ 100 535773 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, en los autos caratulados TARTAGLINI, LUIS NAZARENO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-01565716-9, Expte. N° 575/1982, se ha ordenado notificar por edictos el planteo de prescripción interpuesto, los que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 12 de Febrero de 2025. Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.
$ 100 535679 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la TERCERA Nominación de Rosario, el Secretario que suscribe dentro de los autos caratulados: API c/PIZZOT SRL Y OTROS s/APREMIOS FISCALES A.P.I.; (Expte. N° 21-02926563-9) notifica a PIZZOT SRL (CUIT 33-70890173-9), FABIO ALBERTO OMBRELLA (DNI 20.402.924) y SANDRA PATRICIA OMBRELLA (DNI 16.491.215) en carácter de titulares de la cuenta de INGRESOS BRUTOS N° 021-330369-5, que se a dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice: N° 12 Rosario, 12 de febrero de 2025. Y Vistos: Estos autos caratulados API c/PIZZOT SRL Y OTROS s/APREMIOS FISCALES A.P.I.; (Expte. N° 21-02926563-9). Y CONSIDERANDO:... FALLO: Mandar llevar adelante la ejecución contra PIZZOT SRL (CUIT 33-70890173-9), FABIO ALBERTO OMBRELLA (DNI 20.402.924) y SANDRA PATRICIA OMBRELLA (DNI 16.491.215) hasta que la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES el 58/100 ($ 4.470.893,58), con más sus intereses conforme se estableciera en los considerandos de la presente, con costas (art. 251 del C.P.C.) A los honorarios oportunamente, practicada que estuviere la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Ezequiel Zabale, Juez; Dr. Federico Lema, Secretario. Publíquese sin cargo por cinco (5) días (art. 132 del Código Fiscal y art. 482 del C.P.C. Rosario, Febrero de 2025. Dr. Federico Lema, Secretario Subr..
S/C 535674 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 de la ciudad de Rosario, Dr. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA
(Juez), Secretaría de la Dra. ELISABET CARLA FELIPPETTI, en los autos caratulados: CERDA, ADRIANA VERONICA y Otros c/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL SCA s/Escrituración; CUIJ 21-02902044-9 que tramita por ante dicho Juzgado, se ordena notificar a LA INMOBILIARIA DEL LITORAL Sociedad en Comandita por Acciones de la Sentencia Nº 720 de fecha 15/09/2023 que ha resuelto: 1) Rechazar la demanda incoada; II) Costas al vencido (art. 251 del CPCC); III) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva y los profesionales actuantes acompañen copia de sus incripciones ante la AFIP; IV) Insértese y hágase saber. Dra. Elisabet Carla Felippetti, (Secretaria Subrogante); Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, (Juez).
$ 100 535686 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 8 de Rosario y en autos GALINDO LUIS OSCAR y Otros c/GIMENEZ BLANCA LEONOR y Otros s/Usucapión; 21-01323201-3, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 11 de febrero de 2025: Agréguese la publicación de edictos acompañada, téngase presente. 1) Respecto de Manuel Giménez se ordena: i) informando verbalmente la actuaria en este acto que los herederos de Hilda Severino no han comparecido a estar a derecho, decláraselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. ii) Cumplimente en su totalidad el decreto de fecha 22/11/2024 el punto ii, debiendo acompañar las cédulas de notificación de la rebeldía a Carlos Hugo Giménez y Alberto Baltazar Iglesias, Germán Iglesias y Ezequiel Iglesias (coherederos de Mónica Adriana Giménez). 2) Respecto de Miguel Giménez y Francisco Giménez se ordena: cítese al defensor de oficio designado en autos, para la designación de curador, con “la doble función de curador ad hoc de la herencia, defensor de los herederos rebeldes conforme art. 597 del CPCC. María José Casas, Secretaria; Luciano O. Juárez, Juez. Se hace saber que el inmueble se encuentra inscripto al Tº 97C Fº 880 Nº 37996; Tº 838, Fº 220, Nº 301634 y Tº 978, Fº 136, Nº 403602. Dto. Rosario.
$ 50 535665 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez Dra. María Fabiana Genesio, en los autos: DI BENEDETTO FABIAN y Otros c/USTARROZ LUCIA y Otros s/Juicio Ordinario; CUIJ 21-02910827-4, tramitados por ante este Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª de Rosario, se cita y emplaza a estar a derecho a los herederos y sucesores del Sr. CARLOS EMILIO FERNANDO SANDOZ, titular del DNI 6.171.382, Se los notifica del presente y se los cita por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense por el término de 13 de Febrero de 2025 días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
$ 50 535667 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado en los autos caratulados: MORENO, NICOLAS s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-01565578-7), Nº Expediente: 997/1982 citar y emplazar a los herederos de IRMA JOSEFA PERSEGUINI y RAUL TEODORO MORENO, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Fdo. Dra. María Karina Arreche, Secretaria Subrogante. Rosario, 18/02/2025. Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.
$ 50 535722 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 11ª Nom. SEC. UNICA de la ciudad de Rosario, a cargo del D. Luciano D. Carbajo, Juez; Dr. Sergio A. González, Secretario; en los autos caratulados: DAGOSTINO, CESAR NORBERTO c/NAUTICA LA BAHIA S.A. y Otros s/Daños y perjuicios; CUIJ 21-12615765-4, Nº Expediente: 216/2018, se ha ordenado citar a los herederos del litigante fallecido ESTEBAN ANDRÉS HERNÁNDEZ, DNI 14.228.547, para que dentro del plazo de ley comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar defensor, todo atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. S.F. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la caratula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia autenticada de la resolución judicial respectiva. Rosario, 2025. Dr. Sergio A. González, Secretario.
S/C 535670 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TABARES ANTONIO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768268-7, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 2024. Arroyo Seco, 7/12/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 39.347,13 en concepto de capital, con más la suma de $ 19.673,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble — lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. TABARES ANTONIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003316-00, LOTE 015, MANZANA H, RUTA 02. (art. 28 Ley 5066). Secretaria, 20 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535643 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MOREJON RICARDO Y OT. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768737-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1268. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.064,80 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.532,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. MOREJON RICARDO y/o CAROLINA MACCAGNI DE MOREJON y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 000689800, LOTE 019, MANZANA N RUTA 37. (art. 28 Ley 5066). Secretaría, 20 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535644 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MONZON JUAN R. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768180-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1224. Arroyo Seco, 18/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 42.161,16 en concepto de capital, con más la suma de $ 21.080,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. MONZON JUAN R. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001675-00, LOTE 031, MANZANA 057, RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Secretaría, 20 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535645 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RODRIGUEZ ROMINA ZULEMA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768486-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1259. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.930,88 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.965,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. RODRIGUEZ ROMINA ZULEMA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004612-00, LOTE 017, MANZANA E, RUTA 37. (art. 28 Ley 5066). Secretaria, 19 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535646 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GAMBOA LUCIANO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768495-7, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1270. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.624,61 en concepto de capital, con más la suma de $ 14.624,61 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. GAMBOA LUCIANO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006763-00, LOTE 004, MANZANA N, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 19 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535647 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CUCIT OMAR s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768494-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1262. Arroyo Seco, 22/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.930,88 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.965,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. CUCIT OMAR y/o SUCESOR/Es y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006684-00, LOTE 018, MANZANA 8, RUTA 36. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 19 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535648 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GRECCO FABIANA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22767793-4, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 39. Arroyo Seco, 13/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 20.282,65 en concepto de capital, con más la suma de $ 10.141,32 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. GRECCO FABIANA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006522-00, LOTE 013, MANZANA 004 RUTA 21. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 25 de Noviembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 535649 Mar. 5 Mar. 7
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMILIA MARIA CABRERA (DNI 5.505.928) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CABRERA, EMILIA MARIA Y OTROS S/ SUCESORIO 21-02979885-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBERTO MANUEL MOLINELLI (DNI 5.966.235) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CABRERA, EMILIA MARIA Y OTROS S/ SUCESORIO 21-02979885-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLA ANDREA NARDIELLO D.N.I.27.055.560 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados "NARDIELLO, CARLA ANDREA S/ SUCESORIO – CYC 2" CUIJ 21-02990682-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del/la Juez/a de la Oficina de procesos Sucesorios de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MARQUEZ, HERNAN ARIEL (D.N.I. 27.462.489) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARQUEZ, HERNAN ARIEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-02989155-6) . Fdo. Prosecretaría.-
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROQUE RAMON TAPIA DNI. nº 10.726.477, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TAPIA, ROQUE RAMON S/ SUCESORIO CUIJ 21-02955131-3,. DRA. . Rosario, …. . de 2022
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Segunda Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NELIDA INES LUVISETTO (DNI 2.274.382) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LUVISETTO, NELIDA INES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N.º 21-02989978-6). FDO. Dra. Vanina C. Grande (Secretaria).-
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante YUFFE EMILIO D.N.I. 6.173.122 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “YUFFE EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-02989619-1 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GASPARRI, JUANCITO (LE 5.961.996) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GASPARRI, JUANCITO S/ SUCESORIO” (Expte. CUIJ N° 21-02990410-0). Fdo. Prosecretaría
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SATURNINO ERNESTO BARRIOS (D.N.I. 5.466.696) y TANIA ELENA SANDOVAL(D.N.I. 6.486.884) , por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BARRIOS, SATURNINO ERNESTO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02989955-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARCELO ALEJANDRO PANZAVOLTA D.N.I. 16.149.073 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PANZAVOLTA, MARCELO ALEJANDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” 21-02990543-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EDUARDO DAVID HENSON, DNI Nº 14.803.847 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “HENSON, EDUARDO DAVID S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 17” (CUIJ N. 21-02990115-2). Fdo. Digitalmente Dra. Maria Silvia Beduino (Jueza).
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con dere cho a los bienes dejados por el causante ROCCI, MARIO GINO ARMANDO (D.N.I.6157767) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROCCI, MARIO GINO ARMANDO S/ SUCESORIO CUIJ 21-02990353-8. Fdo. DRA. MARIA SILVIA BEDUINO JUEZA
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Sr. DANIEL ENRIQUE COYLE (DNI N° 10.557.480), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “COYLE, DANIEL ENRIQUE S/ SUCESORIO” – CUIJ N° 21-02989895-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAUL EDUARDO FAVARIN (D.N.I. Nº 8.048.989) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FAVARIN, RAUL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N.º 21- 02990305-8). Fdo. Prosecretaría.-
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA LUISA CALVO (D.N.I. 5.759.537) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CALVO ANA LUISA s/SUCESORIO” EXPTE CUIJ 21-02990349-9. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 7ma Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BISELLI, JUAN CARLOS, DNI N.º 6.070.041, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BISELLI, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 7” (CUIJ 21-02989987-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Elena del Lujan Ballacomo (DNI. 5.989.032) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BALLACOMO ELENA DEL LUJAN S/SUCESORIO 21-02989024-9
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Sra. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante doña Martha Paulina MAIDAN, D.N.I. 1.765.323 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MAIDAN, MARTHA PAULINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – CUIJ 21-02989311-7. Fdo. Prosecretaría. Rosario, 25 de febrero de 2025.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 14ª. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante JOSE MARIA MORILLA (DNI N° 6.055.010), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MORILLA, JOSE MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-02987441-4. Fdo. Dra. MARÍA VICTORIA BERRONE. Prosecretaría.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Sra. MIRTA SARASIBAR (DNI 10.187.382) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SARASIBAR, MIRTA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” – CUIJ N° 21-02989002-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANDREA ZULEMA HIDALGO D.N.I. Nº 2.371.058 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “HIDALGO, ANDREA ZULEMA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02986289-0). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por los causantes ADELMA CAILLET BOIS, (D.N.I. 2.833.992) y GERALDO CARA (D.N.I. 6.165.264), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CARA, GERALDO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21029895810) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BOGADO, ARCADIO D.N.I 93.560.524 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “Bogado, Arcadio y otros s/ Declaratoria de Herederos” (CUIJ N° 21-02989467-9) Fdo. Dr. Hernán Aguzzi (Prosecretario). Dra. María Silvia Beduino (Jueza) Rosario, 18 de febrero de 2025.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ROSA D'AGOSTINO, D.N.I. 5.508.993, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DAGOSTINO, ROSA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02990005-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CLARA SARA ROSENBERG (D.N.I. 5.448.400 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROSENBERG, CLARA SARA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02989727-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario. Fdo. Prosecretario.-
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JOSEFA GANGI (DNI 5.549.278) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GANGI, JOSEFA S/ SUCESORIO - CYC 7” CUIJ 21-02989669-8. Fdo.: EZEQUIEL R. TORRES –Prosecretario.”
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante IRMA BEATRIZ COLAVINI (D.N.I. 3.896.948) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “COLAVINI, IRMA BEATRIZ S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02987629-8) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VICENTE PASCUAL PRADA (D.N.I. 16.486.123), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PRADA, VICENTE PASCUAL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02990255-8)”- Fdo: Dra. Veronica Gotlieb (Jueza en Suplencia). Rosario, de Febrero de 2025.
$ 45 Mar. 05
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En los autos caratulados “TUTTOLOMONDO MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 7 BUIJ: 21235489187 OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS de la ciudad de Rosario se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MIGUEL ANGEL TUTTOLOMONDO (DNI 13.544.613), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. “TUTTOLOMONDO MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 7 BUIJ: 21235489187 OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS de la ciudad de Rosario.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SAWCZUK ANA D.N.I. N° 3.218.235 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: SAWCZUK, ANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N.º 21-02990454-2). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Mar. 05
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de DISTRITO en lo CIVIL, COMERCIAL y LABORAL de la 1RA. Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "REYES JORGE RAUL S/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-26033739-1) se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante REYES JORGE RAUL, DNI. N˚13.971.635.-, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez,
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “SAPETTI, ANA MARÍA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-26033820-7), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA MARÍA SAPETTI (DNI N° 4.677.807), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.-
$ 45 Mar. 05
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “FERNANDES DE MENDONCA, JUAN s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ N° 21-26030884-7), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN FERNANDES DE MENDONCA y/o JUAN FERNANDEZ MENDOZA (CI N° 19575), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal
$ 45 Mar. 05
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRACIELA NOEMÍ RODRIGUEZ (D.N.I. N° 13.481.999), para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ, GRACIELA NOEMÍ S/ SUCESIONES-INSC.TARDÍAS-SUMARIAS-VOLUNT.” - CUIJ 21-02987371-9. Fdo.: Alejandro Danino (Secretario)
$ 45 Mar. 05
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, secretaría a cargo del Dr A. Walter Bournot; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña FRATTESI, ANA TERESITA, DNI. N° 5.432.516 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos "FRATTESI, ANA TERESITA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (RECONSTRUCCIÓN)" –CUIJ N° 21-24475233-8.
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, Juez, Secretaria del Dr. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados "MURACCA, MARTA BEATRIZ S/ SUCESIÓN" (CUIJ 21-24622184-4) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Marta Beatriz Muracca, quien era argentina, DNI N°4.098.943, hija de José Celestino Muracca y de María Enriqueta Balbo, viuda en primeras nupcias de Ernesto Raúl Cortadi, con último domicilio en Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, en fecha
12/12/2022 para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.-
$ 45 Mar. 05
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Secretaría del Dr. A. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados: "BARZOLA JOSE EDUARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)" CUIJ Nro. 21-24622466-5, cita y emplaza a herederos, y/o sucesores y/o legatarios y/o a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia del Sr. JOSÉ EDUARDO BARZOLA, D.N.I. 6.108.639, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Venado Tuerto
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Venado Tuerto, la Secretaria que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de los causantes: don Antonio Ramón ASCURRA (DNI Nº 6.111.935) y de doña Raquel Pina DAVILA (DNI Nº 3.780.575) por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Autos "ASCURRA ANTONIO RAMON Y OTROS-SUCESIONES" (CUIJ Nº 21-24623133-5).
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Juez; Secretario del Dr. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. ANTONIO BENITO GONZALEZ DNI 6.333.481 para que dentro del término de ley comparezca a hacer valer sus derechos. CARATULADOS: GONZALEZ ANTONIO BENITO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. (DIGITAL) CUIJ 21-24622525-4
$ 45 Mar. 05
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Alfredo Tomas Magnalardo, LE 6.115.271 y doña Andrea Ernesta Abba, DNI 3.038.893, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: "Magnalardo, Alfredo Tomas y Otro s/ Declaratoria de Herederos (DIGITAL) (CUIJ 21-24623271-4)
$ 45 Mar. 05
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Omar Antonio Francisco Garavano, LE 4.226.188, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: "Garavano, Omar Antonio Francisco s/ Declaratoria de Herederos (DIGITAL) (CUIJ 21-24623234-9)
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Alberto Carlini, Juez; Secretario Dr. Walter Bournot, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don, CARLOS ALBERTO BORDA, DNI N° 11.588.851, para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos.- "BORDA CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (DIGITAL)", Expte. CUIJ 21-24622527-0.- Venado Tuerto,
$ 45 Mar. 05
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Juez; Secretaria del Dr. Bournot Walter, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. ADA CONCEPCION TORRES DNI 6.655.139 para que dentro del término de ley comparezca a hacer valer sus derechos. CARATULADOS: TORRES ADA CONCEPCION S/ SUCESORIO (DIGITAL) CUIJ 21-24622922-5
$ 45 Mar. 05
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Juan Alberto Vinciguerra, DNI 6.143.734, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: "Vinciguerra, Juan Alberto s/ Declaratoria de Herederos (DIGITAL) (CUIJ 21-24623285-4 año 2024)
$ 45 Mar. 05