CELCOR S.A.
INSCRIPCIÓN NUEVO DIRECTORIO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CELCOR S.A. S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES” (EXPTE. Nº 2303 - CUIJ 21-05215433-9- AÑO 2024) de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: Por Acta (Asamblea) Nº 30 de fecha 05/11/2024 y Acta (Directorio) Nº 143 de fecha 19/11/2024, la entidad “CELCOR S.A.” resolvió por unanimidad la nueva integración del Directorio por tres ejercicios, compuesta de la siguiente forma: Presidente: ZURBRIGGEN, Federico Luis - DNI Nº 21.490.755, domiciliado en calle Saavedra Nº 2919 de esta ciudad de Santa Fe; Vicepresidente: ZURBRIGGEN, María de los Milagros - DNI Nº 20.725.482, domiciliada en calle Ruperto Perez Nº 1974 de esta ciudad de Santa Fe; Director Titular: ZURBRIGGEN, José Francisco - DNI Nº 23.926.453, domiciliado en calle Perito Moreno Nº 390 de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe; Director Suplente: BAIALARDO, Gloria Teresita - DNI Nº 3.958.797, domiciliada en calle San Lorenzo Nº 2950 de esta ciudad de Santa Fe; Síndico Titular: RUYBAL, Andrés Hugo - DNI Nº 24.007.978, domiciliado en calle Francia Nº 3640 - 1º A de esta ciudad de Santa Fe; Síndico Suplente: SUAREZ, Julio Cesar - DNI Nº 12.565.427, domiciliado en calle Patricio Cullen Nº 6708 de esta ciudad de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos de ley.----------------
Santa Fe, 17 de febrero de 2025.- Fdo. Liliana Guadalupe Piana (Secretaria).-
$ 100 535619 Feb. 28
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CELULOSA MOLDEADA S.A.
INSCRIPCIÓN NUEVO DIRECTORIO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CELULOSA MOLDEADA SOCIEDAD ANÓNIMA S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES” (EXPTE. Nº 2304 - CUIJ 21-05215434-8 - AÑO 2024) de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: Por Acta (Asamblea) Nº 95 de fecha 06/11/2024 y Acta (Directorio) Nº 634 de fecha 14/11/2024, la entidad “CELULOSA MOLDEADA S.A.” resolvió por unanimidad la nueva integración del Directorio, compuesta de la siguiente forma: Presidente: ZURBRIGGEN, Federico Luis - DNI Nº 21.490.755, domiciliado en calle Saavedra Nº 2919 de esta ciudad de Santa Fe; Vicepresidente: ZURBRIGGEN, José Francisco - DNI Nº 23.926.453, domiciliado en calle Perito Moreno Nº 390 de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe; Director Titular: ZURBRIGGEN, María de los Milagros - DNI Nº 20.725.482, domiciliada en calle Ruperto Perez Nº 1974 de esta ciudad de Santa Fe; Director Suplente: BAIALARDO, Gloria Teresita - DNI Nº 3.958.797, domiciliada en calle San Lorenzo Nº 2950 de esta ciudad de Santa Fe; Síndico Titular: RUYBAL, Andrés Hugo - DNI Nº 24.007.978, domiciliado en calle Francia Nº 3640 - 1º A de esta ciudad de Santa Fe; Síndico Suplente: SUAREZ, Julio Cesar - DNI Nº 12.565.427, domiciliado en calle Patricio Cullen Nº 6708 de esta ciudad de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos de ley.----------------------------------------
Santa Fe, 17 de febrero de 2025.- Fdo. Liliana Guadalupe Piana (Secretaria).-
$ 100 535617 Feb. 28
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R.C. CONSTRUYE S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES Y TRASLADO DE SEDE SOCIAL
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados R.C. CONSTRUYE S.A. s/Designación de Autoridades y Traslado de Sede Social, Expediente Nº 15 Año 2025, se hace saber que los accionistas de R.C. CONSTRUYE S.A., CUIT Nº 30-71416699-5, según acta de Asamblea Ordinaria Nº 12 y acta de Directorio Nº 62, ambas de fecha 01-02-2025, resuelven por unanimidad, designar autoridades por el periodo estatutario de tres ejercicios, conformándose el directorio de la siguiente manera: Director Titular – Presidente: PABLO ESTEBAN SANCHEZ, D.N.I. Nº 27.447.613, CUIT Nº 20-27447613-4; y Directora Suplente: NADIA SOLEDAD BARCENA, D.N.I. Nº 29.713.927, CUIT Nº 23-29713927-4. Se fija la sede social en calle Carlos Pellegrini Nº 190 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe. Rafaela, 11/02/2025.
$ 45 536107 Feb. 28
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HUNZICKER Y ASOCIADOS S.A.
MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: HUNZICKER Y ASOCIADOS S.A. S/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL (Expte. Nº 46 año 2025), se hace saber que de la reducción voluntaria de capital, según resuelto por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 2 de fecha 30 de junio de 2024, aprobada por unanimidad por la totalidad de accionistas que representan el 100% del capital social. “CUARTA: - CAPITAL - El capital se fija en la suma de pesos doscientos treinta y ocho millones ochocientos sesenta y cinco mil con 00/100.- ($ 238.865.000,00.-), representado por doscientos treinta y ocho millones ochocientos sesenta y cinco mil (238.865.000) acciones de pesos uno con 00/100.- ($ 1,00.-) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984.”; “DECIMA CUARTA - FISCALIZACIÓN - La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19.550. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley citada, el Directorio deberá convocar a Asamblea General Ordinaria para la designación de un Síndico Titular y uno Suplente, que durarán en sus funciones por el término de un ejercicio, sin necesidad de modificación del presente Estatuto. La Asamblea fija la remuneración del Síndico.” Santa Fe, 13/02/2025.
$ 50 536109 Feb. 28
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COL-VEN S.A.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Reconquista, Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo, Dra Corina Serricchio, Secretaria, conforme lo ordenado en autos caratulados: “COL-VEN S.A. S/ MODIF. AL CONTRATO SOCIAL – DENOMINACION-DOMICILIO (ART. 1)- AMPL. OBJETO (ART. 3)- AUMENTO CAPITAL (ART. 4)-FISCALIZACION (ART.12)- INCORP. ART. 15: FUNCIONAMIENTO- EJERCICIO ECON-DISTRIB. DE GANANCIAS (ART.16)-DISOL-LIQUID ( ART,17) – ADEC. A LA NORMATIVA VIG. (ARTS.2, 7, 8,9, 10,11, 13, 14)- DESIGNACION DE SINDICOS- NUEVO TEXTO ORDENADO”- CUIJ 21-05292994-3- (Expte Nº 368/2024), de trámite por ante dicho Registro Público, se hace saber que la firma COLVEN S.A. procedió a la Modificación y adecuación de los artículos del Estatuto Social y aprobación de un nuevo texto ordenado mediante Asamblea General Extraordinaria Nº 74 de fecha 8 de Noviembre de 2024 y Acta de Directorio N° 479 donde aceptan los cargos los síndicos titular y suplente. Los artículos modificados quedarán redactados del siguiente modo:
DENOMINACIÓN- DOMICILIO: ARTÍCULO 1º: La sociedad se denomina COLVEN SOCIEDAD ANONIMA, continuadora de “COL-VEN” Sociedad Anónima y tiene su domicilio legal en Ruta Nacional N° 11 Km 814, de la localidad de Guadalupe Norte, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.-
DURACIÓN: ARTÍCULO 2º: Su duración es de noventa y nueve años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la asamblea general extraordinaria de accionistas.
OBJETO: ARTÍCULO 3º: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, y/o asociada a otras personas, físicas o jurídicas, las siguientes actividades: a) Industriales: mediante el diseño, fabricación o elaboración de productos y servicios mecánicos, electrónicos, neumáticos, hidráulicos y metalúrgicos, destinados a los vehículos de los sectores de transporte, agrícola, vial, naval, automotriz y de maquinarias industriales, para su control, seguridad y confort, tales como sistemas de protección de motores y neumáticos. b) Energéticas: mediante la planificación, desarrollo y ejecución de instalaciones y sistemas de generación, almacenamiento y explotación de distintos tipos de energía, entre otras: eléctrica, eólica, solar, biomasa, presentes o futuras. c) Agropecuarias: mediante la explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado vacuno, ovino, porcino, caprino y equino; cabañeros, para la cría de toda especie de animales de pedigrí; agrícolas, para la producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras, algodoneras, fibrosas, frutícolas y forestales, y la industrialización de sus productos y subproductos derivados. d) De servicio: mediante el servicio de captación, procesamiento y gestión de datos remotos relativos a la logística de equipos de transportes, maquinarias y automotores y los servicios complementarios y/o afines al objeto social. e) Comerciales: mediante la compra venta, importación, exportación, distribución y comercialización de los productos y subproductos relativos a las actividades señaladas en este artículo. f) Representaciones y mandatos: ejerciendo representaciones, comisiones y consignaciones a que refiere su objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto y que sean consecuentes con el cumplimiento del objeto social. En definitiva todo acto lícito a que diera lugar la mejor obtención de los fines para los cuales se constituyó la sociedad
CAPITAL: ARTICULO 4º: El capital social es de $30.000.000,00 (Pesos treinta millones), representado por 300.000 (trescientas mil) acciones ordinarias nominativas no endosables de $100,00 (Pesos cien) valor nominal cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea general ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la ley general de sociedades N° 19.550.-
“MENCIONES ESPECIALES: ARTÍCULO 7º: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley general de sociedades N° 19.550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción”.
“MORA: ARTÍCULO 8º: En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la ley general de sociedades N° 19.550”.- “ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN – DESIGNACION DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE – QUORUM: ARTÍCULO 9° La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de tres y un máximo de siete, quienes durarán en sus funciones dos ejercicios y permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren. La asamblea, o en su defecto los directores, en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente, éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes o conectados en forma virtual. Las reuniones pueden celebrarse por medios digitales, en cuyo caso se indicará en la convocatoria la información necesaria para la participación. La asamblea fija la remuneración del directorio y síndico. El acta será firmada por todos los asistentes de modo presencial; si la sesión fuera totalmente remota lo será por el presidente, quien dejará constancia de la modalidad y de las personas que participaron de la reunión”.- GARANTIA DE DIRECTORES: ARTÍCULO 10°: Cada uno de los directores titulares deberán prestar la garantía prevista en el artículo 256, segundo párrafo, de la ley general de sociedades Nº 19.550, la que podrá consistir en bonos, títulos públicos o suma de moneda nacional o extranjera, depositada en la sociedad; o en fianzas, aval bancario, o seguros de caución. La constitución de esta garantía deberá ser individualizada, con indicación de su otorgante, monto y modalidad de la misma, en el acta de asamblea que se efectúe el nombramiento o en la de la reunión del directorio en la que se distribuyan los cargos. El monto de la garantía no podrá ser inferior a $3.000.000,00 (Pesos tres millones) por cada director titular.
FACULTADES DEL DIRECTORIO: ARTICULO 11°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del código civil y comercial de la nación y decreto ley 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: a) operar con los bancos, sociedades de garantías recíprocas y demás instituciones financieras y/o de créditos, oficiales y/o privadas y/o mixtas, dentro y/o fuera del país; b) otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente; c) nombrar o remover a uno o más apoderados, otorgándoseles las facultades que juzgue conveniente; d) dar fianzas o garantías de cualquier índole por obligaciones o contratos de terceros; e) instalar agencias, sucursales, filiales, establecimientos o cualquier especie de representación, dentro o fuera del país; f) adquirir bienes tangibles y/o intangibles, muebles y/o inmuebles para el uso de la sociedad, y/o vender bienes tangibles y/o intangibles, bienes muebles y/o inmuebles propios; g) celebrar contratos de prenda, prendas con registro o hipotecas en garantía de deudas existentes o de créditos que se acuerden. h) adquirir el activo y pasivo de establecimientos y fondos de comercios. i) decidir la participación en otras sociedades para la realización de operaciones afines al objeto social de la empresa.
FISCALIZACIÓN: ARTÍCULO 12º: La asamblea ordinaria designará un síndico titular quien estará a cargo de la fiscalización de la sociedad y durará dos (2) ejercicios en sus funciones. La asamblea debe elegir un síndico suplente por el mismo término.
ASAMBLEAS – CONVOCATORIAS: ARTÍCULO 13º: Todas las asambleas deben ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el artículo 237 de la ley general de sociedades N° 19.550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera. No obstante, lo anterior y en la medida en que las normas aplicables lo permitan, podrán celebrarse asambleas no presenciales, a través de medios electrónicos, o de otra naturaleza, que permitan la comunicación en forma simultánea e ininterrumpida y garanticen la autenticidad del acuerdo. Para su eficacia se deberá prever esta posibilidad e incluirla en la convocatoria y, en su caso, en la publicación, indicando una dirección de correo electrónico a la cual los accionistas e integrantes del órgano de administración puedan solicitar la información necesaria para su conexión. Para el caso en que el acto sea parcialmente presencial, suscribirán el libro de asistencia a asamblea los accionistas presentes, mientras que el acta de asamblea será suscripta por los accionistas presentes que la asamblea designe a tal fin. Si fuese totalmente virtual, el acta será firmada por el presidente del directorio quien suscribirá además el libro de asistencia a asamblea. En ambos casos, se deja aclarado el modo de realización. Toda convocatoria deberá incluir un orden del día de los temas a tratar”. “QUORUM DE LAS ASAMBLEAS: ARTÍCULO 14º: Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículos 243 y 244 de la ley general de sociedades N° 19.550 según la clase de asamblea, convocatoria, y materia de que se trate, excepto en cuanto al quórum de las asambleas extraordinarias en segunda convocatoria, las que se considerarán constituidas cualquiera sea el número de accionistas con derecho a voto”.- “FUNCIONAMIENTO- ARTICULO 15°: Para la comunicación entre la sociedad y los accionistas o entre la sociedad y los integrantes de los órganos son válidas la vía postal y la vía electrónica, indistintamente. Se tendrán en cuenta los domicilios postal y electrónico indicados por el socio al momento de su incorporación a la sociedad, salvo que con posterioridad se comunique al directorio su modificación, información que deberá constar en el registro de accionistas. Esta previsión incluye la comunicación para la asistencia a asamblea. Todo cuanto se actúe de modo electrónico deberá ser conservado en registros adecuados durante el plazo de cinco años.-
“EJERCICIO ECONOMICO – DISTRIBUCÍON DE GANANCIAS: ARTICULO 16º: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b) a remuneración del directorio, y síndico en su caso; c) a dividendo de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o el destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción”. “DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN: ARTÍCULO 17º: La sociedad se disuelve por cualquiera de las causales previstas en la ley general de sociedades N° 19.550. Disuelta la sociedad la liquidación puede ser efectuada por el directorio o por el o los liquidadores que designe la asamblea, bajo la vigilancia del síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.
ORGANO DE FISCALIZACION: Síndico Titular: Mario Aníbal Sandrigo, D.N.I. Nº 7.709.780, CUIT Nº 20-07709780-6, de apellido materno Goi, argentino, nacido el 13 de Abril de 1950, estado civil casado, domiciliado en calle 20 Nº 343, Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público Nacional, Matrícula N° 4000, correo electrónico “msandrigo@whcorrea.com.ar”; Síndico Suplente: Marcelo Alejandro Bandeo, D.N.I. Nº 29.350.083, CUIT Nº 20-29350083-6, de apellido materno Sartor, argentino, nacido el 06 de febrero de 1982, estado civil divorciado, domiciliado en calle San Lorenzo N° 815, B° Oeste, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público Nacional, Matricula N°01-017291, “mbandeo@whcorrea.com.ar”.
Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.
CORINA SERRICCHIO – Secretario.-
Reconquista, 26 de FEBRERO de 2025.-
$ 1000 536189 Feb. 28
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PICADOS WALKER S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “PICADOS WALKER S.R.L. S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD” (CUIJ 21-05215349-9) de trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público la siguiente constitución de Sociedad:
1) Denominación: ‘PICADOS WALKER S.R.L.’; 2) Constituida en fecha 28/11/2024 por instrumento privado 3) Socios: MARÍA ROSA VILLALBA, DNI 23.621.462, CUIT 27-
23621462-7, argentina, mayor de edad, de apellido materno Ramirez, nacida en fecha
13/05/1974, de profesión ama de casa, estado civil viuda, con domicilio según surge de su identificación en calle French y Berutti Nº 1789 de la localidad de Candioti, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; LUCAS SERGIO WALKER, DNI 37.453.681, CUIT
20-37453681-9, argentino, mayor de edad, de apellido materno Villalba, nacido en fecha
04/05/1994, de profesión transportista, estado civil soltero, con domicilio según surge de su identificación en calle French y Berutti Nº 1789 de la localidad de Candioti, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; ESTEFANÍA AZUL WALKER, DNI 40.647.204, CUIT 27-40647204-9, argentina, mayor de edad, de apellido materno Villalba, nacida en fecha 09/08/1997, de profesión empleada administrativa, estado civil soltera, con domicilio según surge de su identificación en calle French y Berutti Nº 1789 de la localidad de Candioti, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe y SELENE NÉLIDA WALKER, DNI 43.844.394, CUIT 27-43844394-6, argentina, mayor de edad, de apellido materno Villalba, nacida en fecha 03/04/2002, de profesión empleada administrativa, estado civil soltera, con domicilio según surge de su identificación en calle French y Berutti Nº 1789 de la localidad de Candioti, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; 4) Plazo: 90 años desde la inscripción en el Registro Público; 5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier punto de la República o en el extranjero las siguientes actividades a saber: A) Prestación de Servicios Agropecuarios: Servicios de picado de forrajes, embolsado de granos, enfardado y ensilado de forrajes, servicios en los procesos productivos para las explotaciones agropecuarias, roturación de tierras, arado, sembrado, desmalezado, fumigación, aplicación de fertilizantes, cosechas de todo tipo, fletes, y cualquier otras tareas y/o labores relacionadas con la producción agropecuaria y ganadera en todas sus variantes, incluyendo la importación y exportación por cuenta propia o de terceros de los bienes necesarios para el desarrollo de dicho objeto social. B) Servicios de transporte: transporte de mercaderías en general, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, cargas en general de cualquier tipo, acarreos, almacenamiento, depósito, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones, por cuenta propia y/o de terceros, en camiones de la sociedad y/o de terceros. C) Explotación integral de establecimientos Agrícola - Ganaderos: Explotación directa por sí o por terceros o vinculada a terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o terceras personas, cría, invernación, mestización, explotación de tambo, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos. D) Comercial: realizar actividades comerciales de acopio, acondicionamiento y comercialización de granos, comercialización de semillas y de productos agroquímicos e insumos, pudiendo actuar como comisionista, desarrollando las labores por cuenta propia y/o por cuenta y orden de terceros, ejerciendo representaciones, mandataria, distribuidor, gestiones de negocios, representante o agente de los productos, sustancias, procesos y maquinarias. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente lo requieran, serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A los efectos preindicados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica, para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; 6) Capital social: El capital social es de pesos veintiún millones ($21.000.000,00), dividido en dos mil cien (2.100) cuotas de pesos Diez Mil ($10.000,00) cada una, de valor nominal, que los socios suscriben de la siguiente forma: MARÍA ROSA VILLALBA, un mil cincuenta (1.050) cuotas de capital, por un total de pesos diez millones quinientos mil ($10.500.000,00); LUCAS SERGIO WALKER, trescientas cincuenta (350) cuotas de capital, por un total de pesos tres millones quinientos mil ($3.500.000,00); ESTEFANÍA AZUL WALKER, trescientas cincuenta (350) cuotas de capital, por un total de pesos tres millones quinientos mil ($3.500.000,00) y SELENE NÉLIDA WALKER, trescientas cincuenta (350) cuotas de capital, por un total de pesos tres millones quinientos mil ($3.500.000,00). La integración del capital se realiza en dinero en efectivo, el 25% de la suma expresada, en este acto, debiendo los socios integrar el saldo restante en efectivo en un plazo no mayor de dos años a contar del día de hoy de conformidad a lo previsto por artículo 149 de la Ley 19550; 7) Gerencia: La administración, representación legal y uso de la firma social, estará a cargo de la SOCIA GERENTE TITULAR: MARÍA ROSA VILLALBA, DNI 23.621.462 y SOCIA GERENTE SUPLENTE: ESTEFANÍA AZUL WALKER, DNI Nº 40.647.204; desempeñando dichos cargos por plazo indeterminado conforme art. 157 LSC; 8) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Agosto de cada año; 9) Sede Social: Calle French y Berutti Nº 1789 de la localidad de Candioti, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; 10) FISCALIZACIONES: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la ley general de sociedades 19.550. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el artículo 55 de la Ley General de Sociedades N°19.550.
Santa Fe, 12 de Febrero de 2025.-
Firmado: Dra. Liliana Guadalupe Piana -Secretaria-
$ 350 535581 Feb. 28
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MADISON S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. Nº - , Año 2024 “MADISON S.A. s/Constitución de Sociedad”; Juan Pablo Spinaci, argentino, nacido el 1º de enero de 1973, de apellido materno Díaz, casado en primeras nupcias con Claudia Andrea Brusa, DNI 22.929.690, CUIT 20-22929690-7, comerciante, domiciliado en calle Los Narcisos 45, de la Ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Santa Fe, Argentina; Claudia Andrea Brusa, argentina, nacida el 20 de abril de 1979, de apellido materno Wenger, casada en primeras nupcias con Juan Pablo Spinaci, DNI 27.345.021, CUIT 27-27345021-7, licenciada en trabajo social, domiciliada en calleLos Narcisos 45 de la Ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Santa Fe, Argentina y Ernesto Ismael Plitman, argentino, nacido el 13 de agosto de 1975, de apellido materno Zacarías, casado en primeras nupcias con Vanina Fabiana Galeano, DNI 24731373, CUIT 20-24731373-8, de profesión Contador Público, domiciliado en calle Crucero General Belgrano 583, de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Santa Fe, Argentina; han resuelto constituir una Sociedad por Acciones cuyo estatuto en lo principal y pertinente se transcribe :
Fecha del acta constitutiva: 06 de Diciembre de 2024.
Denominación de la sociedad: MADISON S.A.
Domicilio social: Estrada Nº 47 de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, República Argentina.-
Plazo: Su duración es de noventa y nueve años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
Objeto social: COMERCIALES: a) Mediante la compraventa, importación, exportación, consignación o permuta de semovientes y animales de cualquier tipo y especie y productos cárneos, subproductos y sus derivados. b) Comercialización de productos alimenticios y bebidas: compra, venta, distribución, exportación e importación de bebidas sin alcohol, cervezas, vinos, comestibles, productos alimenticios envasados, azúcares, alcoholes y sus derivados, gaseosas alcohólicas y sin alcohol, su fraccionamiento y distribución, artículos de limpieza y golosinas. c) Producción y comercialización de productos alimenticios primarios: comercializar, comprar, vender, elaborar, depositar, importar, exportar, industrializar, distribuir alimentos, productos y subproductos derivados de la carne, ya sea ovina, porcina, avícola, equina, bovina, como también los productos relativos a su industria frigorífica. d) Compraventa, importación, exportación, comercialización de productos alimenticios elaborados: en polvo, desecados, congelados, enlatados y condimentos.
AGROPECUARIAS: explotación ganadera y agrícola en campos propios o de terceros.
MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN: comercialización de materiales y elementos para la construcción para cualquier tipo de vivienda; revestimientos internos y externos, artefactos sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, pisos y cerámicas, pinturas para paredes interiores y exteriores, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado con la decoración;
ARTÍCULOS ELÉCTRICOS Y MOBILIARIO: importación y exportación de: a) electrodomésticos y sus repuestos; b) muebles para oficinas y para el hogar; c) ropa blanca para el hogar o instituciones; d) televisores, computadoras, impresoras, celulares e insumos relacionados.
TRANSPORTE: transporte de carga, nacional e internacional; encomiendas por vía terrestre; logística relacionada con medios de transporte propios o de terceros.
INMOBILIARIA: compra, venta y permuta, explotación, arrendamientos y administración de inmuebles propios, urbanos y rurales. La sociedad no ejercerá la intermediación inmobiliaria, en su caso se aplicará lo normado en la Ley Provincial N° 13154/2010, de corretaje inmobiliario e intermediación.
FINANCIERAS: financiar todo tipo de operaciones, ya sea mediante recursos propios o de terceros, con y sin garantías reales o personales; negociación de títulos, acciones, y otros valores mobiliarios, y realizar operaciones financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. La sociedad no realizará las actividades previstas en el artículo 299, inciso 4º de la Ley 19550.
Capital social: El capital social es de $ 100.000.000,00 (Pesos cien millones), representado por un millón de acciones de $100 (pesos cien) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme al art. 44 Ley 27.349.
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de tres directores titulares, debiendo designar entre los electos al presidente y al vicepresidente (en el caso de un directorio plural), este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el objeto de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Podrán ser reelectos indefinidamente y durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la Asamblea General Ordinaria en los términos del Art. 234 de la Ley 19550. El Directorio funciona con la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el voto del presidente es decisivo. Los directores estarán sujetos a todas las disposiciones legales sobre designación, atribuciones, responsabilidades y remoción, debiendo esta última medida ser adoptada exclusivamente por la Asamblea. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
Se designan para integrar el primer Directorio por el término de tres ejercicios y en los siguientes cargos:
Director titular y Presidente: Juan Pablo Spinaci, DNI 22.929.690, quien constituye domicilio especial en calle Los Narcisos 45 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Santa Fe, de acuerdo al art. 256 LGS.
Director Suplente: Ernesto Ismael Plitman, DNI 24.731.373, quien constituye domicilio especial en calle Crucero General Belgrano 583 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Santa Fe, de acuerdo al art. 256 LGS.
Sus datos completos se declaran al inicio de la presente acta.
Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme al art. 55 LGS.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Octubre.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.-
Rafaela, 19 de Febrero de 2025.-
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VLR SOCIEDAD ANÓNIMA
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos VLR SOCIEDAD ANONIMA S/ REFORMA DE OBJETO SOCIAL, AUMENTO DE CAPITAL, MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL (ART. 2, 3 Y 11) Y TEXTO ORDENADO, EXPTE. 719/2024, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se hace saber que por resolución de la Asamblea General Extraordinaria Nº 11 de fecha 09 de setiembre de 2024, la sociedad VLR S.A., aprobó por unanimidad la modificación a los artículos 2º, 3º y 11º de su estatuto social, quedando redactados estos de la siguiente manera: “Artículo 2: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Servicio de alquiler de cajas de seguridad privadas. b) Alquiler de salas de escritura y reuniones; c) Servicio de asesoramiento, consulta, estudio, investigación y asesoramiento en economía y finanzas. d) Servicio de atesoramiento, consolidación y administración de cuentas. e) Depositario Fiscal; servicio de alquiler de maquinarias para carga y descarga, estibajes y fraccionamiento de mercaderías en depósitos fiscales y depósitos de mercaderías. f) Financieras: mediante el otorgamiento de préstamos con o sin garantía, reales o personales, a corto y largo plazo, a personas físicas o jurídicas, constituidas o a constituirse en el país o en el extranjero. Tales actos se realizarán mediante la utilización de recursos financieros propios de la sociedad, quedando excluidas las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras o cualquier otra en la que se recurriera al ahorro público. g) prestación de servicios de outsourcing relacionados a las actividades descriptas en el presente objeto social, incluidos los servicios a través del sistema de centro operativo (“call center”). h) Corretaje de granos e insumos: Desarrollar la actividad de corretaje de granos, cereales, oleaginosas, legumbres y sus subproductos y toda forma de intermediación entre la compra y la venta de cereales, oleaginosas, legumbres, materias primas de origen agropecuario, subproductos derivados y afines, como así también todo tipo de insumos agropecuarios, agroindustriales, su importación, exportación y la de todo tipo de frutos y productos; i) Asesoramiento comercial a productores agropecuarios y compradores de cereales, incluyendo el análisis de mercado, evaluación de precios, gestión de riesgos y estrategias de comercialización. En los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto; “Artículo 3: El capital social es de Pesos Doce Millones Novecientos Ochenta ($ 12.980.000,00), representado por 129.800 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de cien Pesos ($ 100) cada una y con derecho a un voto por acción. Podrán asimismo emitirse acciones con derecho a dividendos, pero sin derecho a voto. Por otra parte, y por resolución de la Asamblea General Ordinaria, y conforme lo dispone el Art. 188 de la ley 19550, el capital social puede elevarse en una o más oportunidades, hasta el quíntuplo de su monto, mediante emisión de acciones ordinarias nominativas, no endosables, con derecho a un voto por acción, o sin derecho a voto. La Asamblea solo podrá delegar en el Directorio, la facultad de realizar las emisiones de acciones en el tiempo que estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y condiciones de pago de las mismas.”; “Artículo 11: Cada director, como garantía de su gestión, y mientras permanezca en sus funciones, y hasta sea aprobada su gestión por la asamblea, depositará en la Caja de la Sociedad, la suma de pesos setenta mil ($ 70.000,00) en efectivo”. - Asimismo, se hace saber, que la sociedad aprobó también por unanimidad un nuevo texto ordenado del estatuto social. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).
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SANTO CRUZ YERBA MATE S.A.S.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “SANTO CRUZ YERBA MATE S.A.S. S/CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD”, Expte. N° 288 Año: 2025, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que: Juan Cruz Chocobares DNI: 44.305.970; nacido el 13/01/2003, de profesión Estudiante, de estado civil Soltero, con domicilio legal en Eva Perón 263 de la ciudad de Rufino; Santiago Chocobares DNI: 41.654.604, nacido el 31/03/1999, de profesión Jugador de Rugby Profesional, de estado civil Soltero, con domicilio en Eva Perón 263 de la ciudad de Rufino; representado en este acto por su apoderada Sra. Silvina Raquel Barucco, DNI: 23.434.117, nacida el 15/11/1973, de profesión Docente, de estado civil Casada, con domicilio legal en Eva Perón 263 de la ciudad de Rufino, según procura pasada por ante el Escribano Gustavo Rubén Dimo, en fecha 26/12/2019, escritura Nro. 232 y Tomàs Mendoza, DNI: 40.959.426; nacido el 24/08/1998, de profesión Profesor de Educación Física, de estado civil Soltero, con domicilio en Centenario 539 de la ciudad de Rufino; han resuelto de común acuerdo constituir una sociedad por acciones simplificada y cuyo Estatuto en lo principal y pertinente se transcribe:
Fecha del Acta constitutiva: 13 de Enero de 2025.
Denominación: SANTO CRUZ YERRBA MATE S.A.S.
Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle 3 de Febrero 2025 3º B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Plazo: Noventa y Nueve (99) años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad tendrá por OBJETO la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Representación, distribución y comercialización de yerba mate y sus derivados en todas sus presentaciones, tanto en el mercado interno como externo; así como la comercialización, importación y exportación de artículos de merchandising, productos promocionales y accesorios relacionados con yerba mate. Asimismo, podrá realizar actividades de producción, fraccionamiento, industrialización y envasado de productos relacionados con yerba mate y participar en operaciones de representación comercial, promoción y marketing necesarias para el cumplimiento de su objeto principal, actuando en mercados nacionales e internacionales. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital Social: El capital social es de $600.000.- pesos, representado por 60.000 acciones de Diez (10) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.
Administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en sus cargos hasta que se designen los reemplazantes.
Autoridades: Se designa para integrar el Órgano de Administración: Titular: Juan Cruz CHOCOBARES DNI: 44.305.970; nacido el 13/01/2003, de profesión Estudiante, de estado civil Soltero, con domicilio legal en Eva Perón 263 de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe. Suplente: Tomas MENDOZA DNI: 40.959.426, nacido el 24/08/1998, de profesión Profesor de Educación Física, de estado civil Soltero, con domicilio en Centenario 539 de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe.
Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley. Rosario 21 de Febrero de 2025.
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NATION LITORAL SA
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Se hace saber que en los autos caratulados: NATION LITORAL S.A. S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES - CUIJ 21-05215553-0- Nro. Expediente: 2423/2024 en trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación: Por resolución de los socios de NATION LITORAL SA adoptada en Asamblea General Ordinaria de fecha 07-11-2024 se ha determinado que el directorio quede compuesto por 3 (tres) Directores Titulares y un (1) Suplente, designándose como PRESIDENTE al señor Domingo Marcos Valentino, DNI Nº 8.322.397, domiciliado en calle Bv. Gálvez 1139 Piso 16 de la ciudad de Santa Fe; como VICEPRESIDENTE el Sr. Marcos Nicolás Valentino, DNI Nº 29.520.468, domiciliado en calle General López N° 2882 Piso 17 de la ciudad de Santa Fe, como DIRECTOR TITULAR el Sr. Francisco José Valentino, DNI Nº 32.186.040, domiciliado en calle General López 2929 de la ciudad de Santa Fe; y como DIRECTORA SUPLENTE a la Sra. María Laura De Diego, DNI Nº 30.501.848, domiciliada en calle Bv. Gálvez 1139 piso “4” departamento “A”, de la ciudad de Santa Fe.
Santa Fe, 25 febrero de 2025.- Liliana Guadalupe Piana Sceretaria.
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