DECRETO N.º 0360
SANTA FE, 26 FEB 2025
VISTO:
El EE-2024-00000724-APPSF-PE, mediante el cual se tramita la delegación de firma que faculte a suscribir actos administrativos que posibiliten la integración de los órganos del Consejo Económico y Social de la Provincia de Santa Fe conforme la Ley Nº 14270; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley se crea el Consejo Económico y Social de la Provincia como un órgano colegiado de carácter asesor y consultivo que promueve la participación de distintos sectores y actores de la sociedad civil, constituyendo un ámbito estratégico de deliberación, consulta y concertación plural sobre los principales lineamientos de las políticas de desarrollo económico, productivo, laboral, ambiental, científico y social implementadas en la Provincia;
Que en Orden 4 de las actuaciones, el señor Secretario General de la Gobernación pone de manifiesto, en razón de funcionar el Consejo en órbita de la secretaría a su cargo, la necesidad de dictar actos administrativos que permitan la integración de los órganos, en miras a su normal funcionamiento;
Que, encontrándose bajo la titularidad del Poder Ejecutivo la Presidencia del Consejo Económico y Social de la Provincia de Santa Fe, resulta necesario delegar la facultad de dictar los actos administrativos que correspondan para la integración del mismo y demás acciones que resulten necesarias para el adecuado funcionamiento del órgano;
Que conforme el artículo 6° de la Ley Nº 14270 serán miembros del Consejo Económico y Social de la Provincia aquellas instituciones que sean convocadas por el Gobernador de la Provincia o por quien éste designe para desempeñar dicho cargo;
Que, el artículo 2° de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 14224, al establecer el instituto de la delegación, condiciona su viabilidad jurídica al dictado de reglamentaciones adecuadas que garanticen al delegante el ejercicio de sus propias atribuciones;
Que han intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos jurisdiccional y Fiscalía de Estado a través de Dictámenes Nros. 314/24 y 0019/25, respectivamente;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo como Jefe Superior de la Administración Pública Provincial por el artículo 72 inciso 1) de la Constitución Provincial:
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Facúltese al Secretario General de la Gobernación a dictar los actos administrativos que correspondan para la integración, composición y toda otra acción que resultare necesaria para el normal desenvolvimiento y funcionamiento del Consejo Económico y Social de la Provincia de Santa Fe conforme Ley 14270.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PULLARO
Bastia Fabian Lionel
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