AGROCULTIVOS S.R.L
DONACION DE CUOTAS
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial -Primera Nominación-, a cargo del Registro Público de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo, conforme lo ordenado en autos caratulados “AGROCULTIVOS S.R.L S/ DONACION DE CUOTAS SOCIALES CON RESERVA DE USUFRUCTO (MOD. CLAUS. CUARTA: CAPITAL) – NUEVO TEXTO ORDENADO”, -CUIJ Nº 21-05292941-2- (EXTPE. N° 315/AÑO 2024), se ha ordenado la siguiente publicación:
Por Escrituras Publicas de fecha 25/04/2024 y de fecha 16/07/2024, se donaron cuotas sociales, y mediante Acta N° 2 de fecha 17/10/2024 se decide modificar el artículo cuarto del contrato social y la redacción de un nuevo texto ordenado.
DONACION DE CUOTAS SOCIALES CON RESERVA DE USUFRUCTO:
DONANTES: Juan Antonio Moschen, D.N.I. 13.840.004, dona la nuda propiedad de las cuotas sociales de las que es titular, y le corresponden, en la Sociedad AGROCULTIVOS S.R.L las que ascienden a un total de dos mil quinientas (2.500), de valor nominal Pesos cien ($ 100) cada una, las que representan la suma total de Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).
Susana Benigna Paiz, D.N.I. 31.585.481, dona la nuda propiedad de las cuotas sociales de las que es titular, y le corresponden, en la Sociedad AGROCULTIVOS S.R.L las que ascienden a un total de dos mil quinientas (2.500), de valor nominal Pesos cien ($ 100) cada una, las que representan la suma total de Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).
DONATARIOS: EVER JOSE MOSCHEN, DNI N° 31.623.198, de apellido materno Yedro, nacido el 19 de Marzo de 1986, de nacionalidad argentina, domiciliado en calle Eduardo Zaiser s/n, de la localidad de Hermoso Campo, Departamento Dos de Abril, Provincia de Chaco, estado civil casado, comerciante, CUIL Nº 20-31623198-6; MARIA TERESA MOSCHEN, DNI N° 47.406.747, de apellido materno Paiz, nacida el 25 de Junio de 2006, de nacionalidad argentina, domiciliada en Planta Urbana s/n, de la localidad de Gancedo, Departamento Doce de Octubre, Provincia de Chaco, estado civil soltera, comerciante, CUIL Nº 27-47406747-0; PABLO JEREMIAS PAIZ, DNI N° 45.533.627, de apellido materno Paiz, nacido el 13 de Junio de 2002, de nacionalidad argentina, domiciliado en Planta Urbana s/n, de la localidad de Gancedo, Departamento Doce de Octubre, Provincia de Chaco, estado civil soltero, comerciante, CUIL Nº 23-45533627-9; PAULA CAROLA MOSCHEN, DNI N° 36.439.967, de apellido materno Yedro, nacida el 30 de Mayo de 1993, de nacionalidad argentina, domiciliada en calle Patricio Diez N° 110, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, estado civil soltera, comerciante, CUIL Nº 27-36439967-2; MARIA BELEN MOSCHEN, DNI N° 33.325.325, de apellido materno Yedro, nacida el 21 de Noviembre de 1987, de nacionalidad argentina, domiciliada en calle Jaime de Nevares N° 1500, de la ciudad de Chos Malal, Departamento Chos Malal, Provincia de Neuquén, estado civil soltera, comerciante, CUIL Nº 27-33325325-4 y JOANA ALEJANDRA MOSCHEN, DNI N° 31.253.335, de apellido materno Yedro, nacida el 24 de Febrero de 1985, de nacionalidad argentina, domiciliada en calle Patricio Diez N° 110, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, estado civil soltera, comerciante, CUIL Nº 27-31253335-4.
Modificación Parcial al Contrato Social:
“CUARTA: El capital social es de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000.-) dividido en Cinco Mil (5.000) cuotas sociales de CIEN PESOS ($100) valor nominal cada una, el que se encuentra totalmente suscripto e integrado por cada uno de los socios de la siguiente manera: el socio Ever José Moschen suscribe quinientas (500) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Cincuenta mil pesos ($50.000.-); el socio Paula Carola Moschen suscribe quinientas (500) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Cincuenta mil pesos ($50.000.-); el socio María Belén Moschen suscribe quinientas (500) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Cincuenta mil pesos ($50.000.-); el socio Joana Alejandra Moschen suscribe quinientas (500) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Cincuenta mil pesos ($50.000.-); el socio María Teresa Moschen suscribe un mil setecientas cincuenta (1750) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Ciento Setenta y Cinco mil pesos ($175.000.-);y el socio Pablo Jeremías Paiz suscribe un mil doscientas cincuenta (1250) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada una, o sea Ciento veinticinco mil pesos ($125.000.-). Cada cuota da derecho a un voto. El capital puede ser aumentado mediante cuotas suplementarias, sin límite alguno, por el voto unánime de los socios, cuando el giro del negocio así lo requiera.”
Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.
Dra. Corina Serricchio, Secretaria.-
Reconquista; 21 de Febrero de 2025.-
$ 1000 535922 Feb. 24
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DIAMANTIX SOLUTIONS S.R.L.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “DIAMANTIX SOL UTIONS S.R.L. s/CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - 99 AÑOS – 30106 - $ 3.000.000 - (300.000 X $10)-HILARION DE LA QUINTANA 141-$20.250-“ CUIJ 21-05541207-0 Nro. Expediente: 4486/2024 que se tramita por ante el Registro Público de Rosario de conformidad a los términos del art. 10 de la Ley 19.550, se hace saber que se ha constituido la sociedad “DIAMANTIX SOLUTIONS SRL”:
1. Socios:
Sr. EWAN GERMÁN BEGUÉ, argentino, soltero, titular del DNI nro. 43.127.377, CUIT 20-43127377-3 domiciliado en Hilarión de la Quintana 141 de la ciudad de Rosario, Santa Fe, Argentina, nacido el 25 de enero de 2001, de profesión empresario;
Sr. NICOLÁS GABRIEL LÓPEZ, argentino, soltero, titular del DNI nro. 41.404.008, CUIT 20-41404008-0, domiciliado en 3 de febrero 1878 10 A, de la ciudad de Rosario, Santa Fe, Argentina, nacido el 01 de septiembre de 1998, de profesión empresario;
Sr. GASTÓN FLORENTINO PALUMBO, argentino, soltero, titular del DNI nro. 40.358.774. CUIT 20-40358774-6 domiciliado en Av. Rivadavia 2521 13 A, de la ciudad de Rosario, Santa Fe, Argentina, nacido el 05 de noviembre de 1998, de profesión empresario.
2. Fecha de instrumento: Instrumento de constitución de fecha 17 de octubre de 2024. Texto ordenado contestando observaciones del Registro Público de Comercio otorgado en fecha 13 de diciembre de 2024.-
3. Denominación: DIAMANTIX SOLUTIONS SRL.-
4. Domicilio: Rosario, Provincia de Santa Fe.-
5. Sede: Hilarión de la Quintana 141, ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.-
6. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier parte de la República y en el exterior, las siguientes actividades: (i) desarrollo de software: La investigación, desarrollo, programación, diseño, implementación, comercialización, mantenimiento y actualización de software, aplicaciones móviles, plataformas web, sistemas de gestión, soluciones de inteligencia artificial, y cualquier tipo de programas y aplicaciones informáticas. (ii) servicios de Consultoría y asesoramiento tecnológico: Brindar servicios de consultoría y asesoramiento en tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), incluyendo la implementación de soluciones informáticas, el desarrollo de estrategias de digitalización, optimización de procesos tecnológicos y soporte técnico. (iii) comercialización y distribución de Productos tecnológicos: La compra, venta, importación, exportación, distribución, arrendamiento y mantenimiento de equipos y productos electrónicos y tecnológicos, tales como computadoras, servidores, dispositivos móviles, equipos de telecomunicaciones, software, licencias y componentes de hardware. (iv) capacitación y formación: La organización, producción y dictado de cursos, capacitaciones, talleres. seminarios, congresos y otros eventos educativos relacionados con el ámbito tecnológico y de innovación, ya sea de manera presencial, virtual o mixta, y mediante la utilización de plataformas digitales de e-leaming. (iv) prestación de servicios tecnológicos: la prestación de servicios tecnológicos especializados, tales como análisis de datos, mantenimiento y soporte técnico, externalización de procesos de negocio (BPO), servicios de gestión de proyectos, desarrollo de software a medida, gestión de redes y sistemas, monitoreo y actualización de sistemas de seguridad, servicios de computación en la nube, análisis y auditoría de infraestructura tecnológica, así como cualquier otro servicio complementario o conexo a los fines tecnológicos de la sociedad.
7. Duración: La duración de la sociedad se fija en el término de noventa y nueve (99) años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
8. Capital: El capital social de la sociedad asciende a la suma de $3.000.000 (pesos tres millones), dividido en 300.000 (trescientas mil) cuotas sociales de $10 (pesos diez) cada una, suscritas de la siguiente m4nera:
1. El socio Sr. BEGUÉ, EWAN GERMÁN suscribe la cantidad de 102.000 (ciento dos mil) cuotas, representando un valor nominal total de $1.020.000 (pesos un millón veinte mil);
2. El socio Sr. LÓPEZ, NICOLÁS GABRIEL suscribe la cantidad de 81.000 (ochenta y un mil) cuotas representando un valor nominal total de $810.000 (pesos ochocientos diez mil);
3. El socio Sr. PALUMBO, GASTÓN FLORENTINO suscribe la cantidad de 117.000 (ciento diecisiete mil) cuotas, representando un valor nominal total de $1.170.000 (pesos un millón ciento setenta mil).
Los socios integran el 25% (veinticinco por ciento) del capital social en el presente acto, en efectivo, justificado mediante depósito en el en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. de Rosario y/o Banco Municipal de Rosario y se comprometen a integrar el saldo restante del 75% (setenta y cinco por ciento) en el término de dos (2) años desde la fecha del presente, en efectivo.
9. Administración y Fiscalización: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no.
Por acta acuerdo, se designa unánimemente al Sr. EWAN GERMÁN BEGUÉ, argentino, soltero, titular del DNI nro. 43.127.377. CUIT 20-43.127.377-3, nacido el 25 de enero de 2001 como único gerente.-
10. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
11. Fecha cierre del ejercicio: El ejercicio comercial finaliza el 30 de junio de cada año.
$ 250 535442 Feb. 24
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FARMA DEL MAR S.R.L.
CONTRATO
El Sr. Juez en Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber que los señores MIGUEL del CASTILLO de apellido materno SUGASTI, argentino, fecha de nacimiento 25/12/75, abogado, DNI 25.079.167, CUIT 20-25079167-5, casado con Sofía Dziubek, DNI 25.982.253, domicilio en calle Schweitzer 9150 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, JAVIER ALEJANDRO MARTINI, de apellido materno HAWRYLUK, argentino, fecha de nacimiento 08/03/76, comerciante, DNI 25.007.388, CUIT 24-25007388-3, casado con Patricia Silvia Jukonis, DNI 20.515.070, domicilio en calle Comenius 8019 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y RICARDO ENRIQUE GARGANO de apellido materno ALFONSO, argentino, fecha de nacimiento 19/07/1964, Farmacéutico, DNI 16.911.590, CUIT 20-16911590-8, divorciado, domiciliado en calle Millan N° 36 Dpto. 1 “A” de la localidad de Concepción del Uruguay, Pcia. de Entre Ríos; todos hábiles para contratar, han resuelto constituir la sociedad “FARMA DEL MAR S.R.L.”.
Fecha Instrumento de Constitución: 16 de septiembre de 2024.
Domicilio Social: Rosario, Provincia de Santa Fe.
Sede social: Av. Comenius 8019 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto: A) Farmacia: Mediante la compra, venta, importación, exportación, permuta, representación, distribución, consignación y elaboración de productos medicinales para uso humano; ya sean éstos de producción nacional o no, y a la distribución de todo tipo de bienes destinados a la atención de la salud, limitando exclusivamente su actuación a la Provincia de Entre Ríos en relación a la actividad individualizada en el presente apartado (conforme lo dispuesto por el art. 74 inc. b) de la Ley 9817 de la Provincia de Entre Ríos), E) Perfumería: Mediante la compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y consignación de perfumes, cosméticos, artículos de tocador, artículos y productos de limpieza, desinfección e higiene y en Gral. todo tipo de productos propios del rubro, C) Óptica: compra, venta, permuta, consignación, distribución de productos propios del rubro, tales como anteojos recetados o no, anteojos para sol, lentes de contacto, marcos para anteojos, cristales de aumento, y todo otro tipo de producto relacionado al rubro. D) Comercialización: a) de indumentaria en general, b) comestibles para consumo humano en general, productos dietéticos, naturales y afines. E) Papelería: todo tipo de comercialización de productos y mercaderías de la rama papelera y sus derivados en general.
Para realizar su objeto, la sociedad podrá recibir y prestar asistencia técnica en todo lo relacionado con las instalaciones, instrucciones de uso y garantías de los productos comercializados que lo requieran. Para cumplir con ese fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de $3.000.000.- (PESOS TRES MILLONES), divididos en 1000 (MIL) cuotas sociales de $3.000 (PESOS TRES MIL) cada una de valor nominal.
Plazo de duración: 99 años.
Administración: La Administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno a tres Gerentes, debiendo los socios en la primera reunión decidir su composición. Los miembros designados, podrán ser socios o no, y usarán su propia firma con el aditamento de “Gerente” precedida de la denominación social, actuando en forma conjunta de al menos dos de ellos para el caso de que sean tres Gerentes, y en forma conjunta para el caso que sean dos Gerentes. Los Gerentes, en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nros. 375 del Código Civil y Comercial y decreto 5965/63, art. 9, pudiendo otorgar poderes generales y/o especiales a estos fines. Se han designado los siguientes socios gerentes: Socios Gerentes Titulares: MIGUEL del CASTILLO, DNI 25.079.167, RICARDO ENRIQUE GARGANO, DNI 16.911.590 y JAVIER ALEJANDRO MARTINI, DNI 25.007.388, quienes actuaran en forma conjunta de al menos dos de ellos y tendrán el uso de la firma social.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, prescindiéndose de la sindicatura conforme Art. 284, Ley 19550.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
$ 250 535384 Feb. 24
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JMB AGRO S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en autos caratulados: JMB AGRO S.A. s/Designación de autoridades, Expte.: N° 21-05215704-5, año 2025 tramitado ante Registro Público de Santa Fe, se hace saber que en acta de Asamblea General Ordinaria N° 14 del 30 de Noviembre de 2024 los socios han resuelto la designación de un nuevo Directorio atento al vencimiento del plazo del anterior, siendo las nuevas autoridades:
PRESIDENTE: BETINA DORA MUSSO, argentina, contadora pública, soltera, de apellido materno Brizuela, D.N.I. 30.516.821, C.U.I.T. N° 27-30516821-7, nacida el 27/09/1983, con domicilio en Hipólito Irigoyen 336 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe.
DIRECTOR SUPLENTE: JUAN CARLOS MUSSO, argentino, comerciante, casado, de apellido materno Gari, D.N.I. 6.560.131, C.U.I.T. N° 20-06560131-2, nacido el 7/11/1947 con domicilio en Hipólito Irigoyen 336 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe.
$ 45 535375 Feb. 24
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ECOVIAR S.A.
PRORROGA DE DURACION
Por así estar dispuesto en autos caratulados: ECOVIAR S.A. s/Prorroga; Expte. 21-05215409-7, (2279/2024); de trámite por ante el Registro Público, se hace saber que se ha resuelto modificar el plazo legal establecido en el Articulo 2º de su estatuto, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 2º: Su duración es de 99 (noventa y nueve) años contados a partir de la fecha de inscripción en el registro público de comercio de la sociedad transformada, o sea el día 03/11/2005. Santa Fe, 12 de Febrero de 2025.
$ 50 535450 Feb. 24
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GENIAL S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: GENIAL S.A. s/Designación de autoridades, Expte. N° 2401 Año 2024, que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que por Acta N° 47 de Asamblea General Ordinaria Unánime de fecha 15/10/2024 se ha procedido a la designación de un nuevo directorio compuesto por; PRESIDENTE: Rosa Luisa Bearzotti, argentina, nacida el 4 de febrero de 1947, de estado civil viuda, de profesión comerciante, con domicilio en Avenida Falucho 1106 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, LC N° 4.625.465, CUIT N° 27-04625465-7; VICEPRESIDENTE: Virginia Guadalupe Milanesio, argentina, nacida el 1 de marzo de 1981, de estado civil casada, de profesión Médica, con domicilio en Avenida Falucho 1106 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 28.135.495, CUIT N° 27-28135495-2 y DIRECTOR SUPLENTE: Miguel Angel Romiti, argentino, nacido el 15 de abril de 1959, de estado civil casado, de profesión Contador Público Nacional y Licenciado en Administración, con domicilio en Mendoza 562 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 12.955.637, CUIT N° 20-12955637-5. Santa Fe, 12 de Febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 50 535338 Feb. 24
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HC-HM S.R.L.
PRORROGA DE DURACIÓN
La firma UC-HM S.R.L., en fecha 12/02/2025 ha resuelto prorrogar la duración del contrato fijando una nueva duración de diez años contados desde el vencimiento del contrato social. Por lo que la nueva duración del mismo será hasta el día 04/02/2037.
$ 50 535440 Feb. 24
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MERCONOR S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
El día 26 de diciembre de 2024, se reúnen en la ciudad de Rosario los socios de la firma MERCONOR S.R.L., a fin de vender, ceder y transferir el Capital Social de la siguiente manera: El Sr. MARIANO JULIO VERDUNA, DNI N° 33.069.259, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir, 1000 (mil) cuotas de capital de pesos cien ($10) cada una, representando la suma de pesos diez mil ($10.000) con el asentimiento conyugal de su cónyuge en primeras nupcias Sra. Eleonora Minacori, DNI NI° 32.832.872, al Sr. MIGUEL ANGEL MINIACORI, DNI N9 12.324.796, CUIT 20-12324796-6, argentino, comerciante, nacido el 24/01/1958, casado en primeras nupcias con Doña Antonieta Minadeo, domiciliado en calle Deán Funes 2573, Rosario, quien acepta en este acto, quedando entonces conformado el capital social de la siguiente manera: el capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($400.000) divididos en cuarenta mil (40.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, siendo el socio Sr. Miguel Angel Minacori titular de diecinueve mil (19.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una o sea la suma de pesos ciento noventa mil ($190.000), la Sra. Sabrina Minacori titular de mil (1000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una o sea la suma de pesos diez mil ($10.000), el Sr. Ariel Adrián Aquilanti titular de diecinueve mil (19.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una o sea la suma de pesos ciento noventa mil ($190.000), la Sra. Luisina Aquilanti titular de mil (1000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una o sea la suma de pesos diez mil ($10.000).
El socio cedente transfiere al cesionario todos sus derechos y obligaciones para que lo ejerciten y lo hagan valer en el tiempo, forma y ante quien sea conveniente.
Quedan ratificadas las demás cláusulas del contrato original.
$ 150 535395 Feb. 24
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MAJA S.R.L.
MODIFICACIÓN CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez del Registro Público, en el Expte. 21-05215367-8 se ha ordenada la publicación de la Inscripción de la modificación del Contrato Social de Maja. S.R.L. y redacción de texto ordenado, dispuestos en reunión de socios del día 20 de noviembre de 2024, cuyos sodas son GANDINO JUAN ANTONIO, argentino, nacido el 02 de febrero de 1963, casado, DNI Nro. 16.178.145. CUIT Nro. 20-16178145-3, domiciliado en calle Austria 1182 de la localidad de Sauce Viejo, provincia de Santa Fe, de profesión Técnico Constructor Nacional y la Sra. RAMSEYER MARIA ALEJANDRA, argentina, nacida el 11 de setiembre de 1963, casada, DNI Nro. 16.550.184, CUIT Nro. 27-16550184-0, domiciliada en calle Austria 1182 de la localidad de Sauce Viejo, provincia de Santa Fe, jubilada.
1. Denominación: MAJÁ S.R.L.
2. sede social: Austria 1182- Sauce Viejo - Provincia de Santa Fe
3. Duración: noventa y cuatro (94) años, contados a partir de la inscripción de la Reconducción en el Registro Público de Comercio.
4. Objeto: La sociedad tiene por objeto a) la administración de inmuebles urbanos y rurales propios; b) la compra, construcción, venta, alquiler y arrendamientos de propiedades inmuebles propias, inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal. En ningún caso se realizarán operaciones con inmuebles de terceros.
5. Capital: El capital social se establece en la suma de Pesos: VEINTE MIL ($20.000.-), dividido en dos mil (2000) cuotas sociales de pesos Diez ($10.-) cada una que los socios suscriben en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: a) el señor Gandino Juan Antonio suscribe Un mil quinientas (1500) cuotas que equivalen a Pesas Quince mil $15.000.-); b) la señora Ramseyer Maria Alejandra suscribe quinientas (500) cuotas que equivalen a Pesos Cinco Mil ($5000)
6. Administración: La administración y dirección serán ejercidas por la señora María Alejandra Ramseyer, en carácter de Socia Gerente, DNI 16.550.184, CUIT 27-16550184-0 - Domiciliada en calle Austria 1182 de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe.
7. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
8. Ejercicio social: El ejercicio social cerrará el 30 de junio de cada año.
9. En caso de tener que recurrir a la justicia, cuando la Ley General de Sociedades así lo disponga, para dirimir cualquiera de las cuestiones sociales que se susciten entre los socios, durante la existencia de la sociedad, su liquidación o partición, estos asuntos serán decididos por los tribunales ordinarios con asiento en la ciudad de Santa Fe. En los demás casos no previstos en este contrato, se aplicarán las disposiciones de la Ley General de Sociedades (t.o.1984) y subsidiariamente las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. Santa Fe, 4 de Febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 100 535370 Feb. 24
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MONTANARI EDUARDO Y OSVALDO S.A.
DESIGNACIÓN DEL AUTORIDADES
Por disposición del Juzgado de 12 Instancia Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco y por resolución de fecha 12 de Febrero de 2.025, se ordenó la siguiente publicación de edictos: Designación del Directorio y distribución de cargos:
DIRECTOR TITULAR: PRESIDENTE. Montanari Eduardo Omar, argentino, DM N2 11.741.197, CUIT Nº 20-11741197-5, nacido el 10 de enero de 1.956, casado en primeras nupcias con D´Alterio Liliana, comerciante, domiciliado en Av. 55 Nº 11, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
DIRECTOR TITULAR: VICEPRESIDENTE. Montanari Osvaldo Juan Emilio, argentino, DNI Nº 10.731.905, CUIT Nº 20-10731905-1, nacido el 19 de marzo de 1.953, casado en primeras nupcias con Alos Graciela, comerciante, domiciliado en Av. 59 Nº 151, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
DIRECTOR SUPLENTE: D´Alterio Liliana, DNI Nº 12.375.601, CUIT Nº 27-12375601-6, nacida el 17 de enero de 1.958, casada en primeras nupcias con Montanari Eduardo Omar, comerciante, domiciliada en Av. 55 Nº 11, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
Las personas designadas aceptan formalmente sus cargos y constituyen domicilio especial en la sede social.
$ 70 535402 Feb. 24
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MVSTIC S.R.L.
CONTRATO
1. SANCHEZ MATIAS EZEQUIEL, argentino, nacido el 09 de junio de 2002, D.N.I. Nº 44.236.321, CUIT 20-44236321-9 domiciliado en Génova 7465, de Rosario, soltero; de profesión comerciante; y SANCHEZ OSCAR ORLANDO, argentino, nacido el 20 de agosto de 1957, D.N.I. Nº 13.257.119, CUIT 20-13257119-9, domiciliado en Génova 7465, de Rosario, soltero; de profesión jubilado, y CORREA JUAN MARCELO, argentino, nacido el 27 de abril de 1975, D.N.I. Nº 24.617.131, CUIT 23-24617131-9 domiciliado en calle Tarragona 659, de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con Ma. Rosa Herrera, DNI 25.982.800; comerciante, todos hábiles para contratar.
2. Por contrato del día 27/01/2025 presentado para su inscripción en el Registro Público de Comercio el día 07/02/2025 bajo expediente 360/2025
3. Denominación: “MYSTIC S.R.L.”
4. Domicilio: AV. GENOVA 7465, de la ciudad de Rosario.
5. Objeto. La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros dentro del país y/o del exterior, el diseño, confección y comercialización, por mayor y menor de prendas femeninas y masculinas, deportivas; urbanas; uniformes de trabajo. A tal fin, tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir derechos y ejercer todos aquellos actos que no estén expresamente prohibidos por este Contrato o por las Leyes
6. Duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7. El CAPITAL SOCIAL lo constituye la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00.-) representado por CINCO MIL (5.000) cuotas sociales de PESOS MIL ($ 1.000,00.-) cada una, que los socios suscriben e integran en las siguientes proporciones: el señor OSCAR ORLANDO SANCHEZ , suscribe la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS ($2.500.000,00.-) representado por DOS MIL QUINIENTAS (2.500) cuotas sociales de PESOS MIL ($1.000,00..) cada una, e integra en efectivo y en este acto la suma de Pesos SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL ($625.000,00,-) y el saldo restante o sea la suma de Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA y CINCO MIL ($1.875.000) se compromete a integrarlo dentro del año a contar de la fecha del contrato; EL Sr. SANCHEZ MATIAS EZEQUIEL suscribe la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CINEUENTA MIL ($1.250.000,00,-) representado por UN MIL DOSCIENTAS CINCUENTA (1.250) cuotas de PESOS MIL ($1000,00.-) cada una, e íntegra en efectivo y en este acto la suma de Pesos TRESCIENTOS DOCE MIL QUINIETOS ($312.500,00.-) y el saldo restante o sea la suma de Pesos NOVECIENTOS TREINTA y SIETE MIL QUINIENTOS ($937.500,00.-) se compromete a integrarlo dentro del año a contar de la fecha del contrato y el Sr. CORREA JUAN MARCELO suscribe la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($1.250.000,00.-) representado por UN MIL DOSCIENTAS CINCUENTA (1.250) cuotas de PESOS MIL ($1000,00.-) cada una, e íntegra en efectivo y en este acto la suma de Pesos TRESCIENTOS DOCE MIL QUINIETOS ($312.500,00.-) y el saldo restante o sea la suma de Pesos NOVECIENTOS TREINTA y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 937.500,00.-) se compromete a integrarlo dentro del año a contar de la fecha del contrato.
8. La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo del Sr. SANCHEZ MATIAS EZEQUIEL, D.N.I. Nº 44.236.321
9. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios quienes la ejercerán por sí mismos.
10. Fecha de cierre de ejercicio y balance anual al 31 de diciembre de cada año.
$ 250 535446 Feb. 24
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MEDICINA PREDICTIVA S.A.
DESIGNACION DEAUTORIDADES.
Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público, se hace saber que en los autos caratulado: “MEDICINA PREDICTIVA S.A. s/Designación de autoridades, CUIJ N° 21-05215448-8, Expediente N°: 2318, año 2024”; se ha ordenado comunicar la nueva composición del Directorio, a partir del 12 de noviembre de 2.024, por Acta de Asamblea General ordinaria Unánime N° 16 de fecha 08 de noviembre de 2.024: presidente: Hugo Domingo Raimondi, D.N.I. Nº 11.898.831, nacido el 24/03/1956; Ingeniero Civil, domiciliado en calle Jorge Newbery N° 08, de la ciudad de Gálvez, Santa Fe, C.U.I.T. Nº 20-11898931-3; Director Suplente: Damián Raimondi, D.N.I. N° 31.536.654, nacido el 16/05/1985, empleado de comercio, domiciliado en Zona rural s/n, de la ciudad de Gálvez, Santa Fe, C.U.I.T. Nº 20-31536654-3. Lo que se publica a sus efectos legales.
$ 1000 535436 Feb. 24
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NUEVA CHEVALLIERS S.A.
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de accionistas de fecha 24 de septiembre de 2024; se procedió a designar nuevo Directorio y a distribuir los cargos por un nuevo período de dos años, conformándose de la siguiente forma Raúl Hugo Derudder, DNI N° 12.432.095, CUIT Nº 20-12432095-0 (Presidente), Guillermo Diego Detudder, DNI Nº 11.979.293, CUIT N° 20-11979293-3 (Vicepresidente) y Luis Alberto Derudder (Director Titular), D.N.I. N° 23.203.864, CUIT N° 20-23203864-1.
$ 50 535435 Feb. 24
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NEW INFINITI S.R.L.
CONTRATO
1) Macauda Jorgelina María de Lujan, 39 años, soltera, argentina, comerciante, domicilio en Urquiza 1125 P6 DTO 7, Rosario, D.N.I. 32.515.649, Macauda Jesús, 29 años, soltero, comerciante, domicilio Paseo 3867, Rosario D.N.I. 38596812.
2) Fecha del instrumento de constitución: 30/12/2024
3) Domicilio Italia 1276 Rosario.
4) Denominación: “NEW INFINITI” S.R.L.
5) Objeto La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades 1 a) servicios de emergencias y traslados, salud humana y servicios sociales, y para las siguientes actividades intervendrán profesionales médicos a saber: servicios de atención ambulatoria(incluye las actividades de consultorios médicos de establecimientos sin internación, consultorios de guardia para resolver urgencias medicas, vacunatorios centros de primer nivel de atención, los servicios de cirugía ambulatoria, tales como cirugías plástica, oftalmología, artorcospía, electrocoagulación, lipoaspiración, etc. 2a) Realización de de todo tipo de actividades inmobiliarias como compraventa, locación, permuta, urbanización, subdivisión de loteos, y cualesquiera otras operaciones de renta inmobiliarias, con excepción de la administración de propiedades y el corretaje inmobiliario en el marco de la Ley 13154. 3a) Asesoramiento en materia de seguros en general por la cual la socia Macauda Jorgelina María de Lujan es productora de seguros.
6) Plazo de duración: 20 años
7) Capital Social: $ 2800000-
8) Organo de Administración y fiscalización será realizada por ambos socios, durarán en el cargo el tiempo de duración de la sociedad.
9) Organización de la representación legal a cargo de un socio gerente Srta. Macauda Jorgelina María de Lujan, D.N.I.32.515.649
10) Fecha de cierre de ejercicio 31 Diciembre de cada año.
$ 150 535448 Feb. 24
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ORGANIZACIÓN SOCIAL
RAFAELINA DE SERVICIOS FUNEBRES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de la ciudad de Rafaela, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto por un día; en autos caratulados: Expte. N° 479 - Año 2024, “ORGANIZACIÓN SOCIAL RAFAELINA DE SERVICIOS FUNEBRES S.R.L. s/PRORROGA, AUMENTO DE CAPITAL, DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES, MODIFICACIÓN DE CLÁUSULAS DEL CONTRATO SOCIAL (ART. 3, 5, 6, 8 y 17) y TEXTO ORDENADO” (CUIJ 21-05396876-4):
Mediante acta de fecha 06 de agosto de 2024, los socios de Organización Social Rafaelina de Servicios Fúnebres S.R.L. decidieron por unanimidad:
Prorrogar el término de duración de la sociedad que venció el 25 de agosto de 2024, por un término adicional de quince (15) años, elevando la duración total del contrato social a cuarenta y cinco (45) años.
En consecuencia, corresponde modificar la cláusula tercera del contrato social, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “TERCERA: El plazo de duración de la sociedad se estipula en cuarenta y cinco (45) años, contado a partir del 25 de agosto de 1994, fecha de inscripción inicial en el Registro Público de la provincia de Santa Fe. La prórroga se sujetará a lo dispuesto por el artículo 95 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.”
Aumentar el capital social, elevándolo a la cifra de pesos tres millones ($3.000.000), mediante la capitalización de pesos dos millones novecientos ochenta mil ($2.980.000), utilizando aportes irrevocables. El capital social se divide en veinte (20) cuotas iguales de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, suscriptas e integradas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: los sucesores del Sr. Mario Evangelista Rossetti, tres (3) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000); el Sr. Eduardo Mario Rossetti, una (1) cuota de pesos ciento cincuenta mil ($150.000); la Sra. María Elena Rossetti, una (1) cuota de pesos ciento cincuenta mil ($150.000); la Sra. Mirta Elda Castelli, la Sra. Lucía Rosetti y el Sr. Federico Rosetti, conjuntamente, dos (2) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una y media cuota de pesos setenta y cinco mil ($75.000), lo que representa un total de pesos trescientos setenta y cinco mil ($375.000); la Sra. Noemí Laura Rosetti, dos (2) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una y media cuota de pesos setenta y cinco mil ($75.000), lo que representa un total de trescientos setenta y cinco mil ($375.000); el Sr. Carlos Alberto Rosso, cuatro (4) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos seiscientos mil ($600.000) y los sucesores de la Sra. Regina Brarda viuda de Rosso, seis (6) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos novecientos mil ($$900.000).”
En consecuencia, corresponde modificar las cláusulas quinta y séptima del contrato social, suprimir la cláusula sexta y adecuar la numeración correlativa de las sucesivas cláusulas.
La cláusula quinta quedará redactada de la siguiente manera: “QUINTA: El capital social es de pesos tres millones ($3.000.000), dividido en veinte (20) cuotas iguales de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, suscriptas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: los sucesores del Sr. Mario Evangelista Rossetti suscriben tres (3) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000); el Sr. Eduardo Mario Rossetti suscribe una (1) cuota de pesos ciento cincuenta mil ($150.000); la Sra. María Elena Rossetti suscribe una (1) cuota de pesos ciento cincuenta mil ($150.000); la Sra. Mirta Elda Castelli, la Sra. Lucía Rosetti y el Sr. Federico Rosetti suscriben conjuntamente dos (2) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una y media cuota de pesos setenta y cinco mil ($75.000), lo que representa un total de pesos trescientos setenta y cinco mil ($375.000); la Sra. Noemí Laura Rosetti suscribe dos (2) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una y media cuota de pesos setenta y cinco mil ($75.000), lo que representa un total de trescientos setenta y cinco mil ($375.000); el Sr. Carlos Alberto Rosso suscribe cuatro (4) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos seiscientos mil ($600.000) y los sucesores de la Sra. Regina Brarda viuda de Rosso suscriben seis (6) cuotas de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) cada una, lo que representa un total de pesos novecientos mil ($900.000).”
La cláusula séptima quedará redactada de la siguiente manera: “SEXTA: El capital se encuentra integrado completamente por parte de los socios.”
Modificar la administración y representación de la sociedad, la cual estará a cargo, de manera indistinta, de Carlos Alberto Rosso y Eduardo Mario Rossetti, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Los mencionados aceptan el cargo y se comprometen a actuar en un todo de acuerdo a lo regulado en el Contrato Social y la Ley 19.550 y sus modificatorias.
En consecuencia, corresponde modificar la cláusula octava del contrato social, que quedará redactada de la siguiente manera: “SÉPTIMA: La administración y representación de la sociedad estará a cargo, de manera indistinta, de los señores Carlos Alberto Rosso y Eduardo Mario Rossetti, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Les queda prohibido comprometer a la firma social en negocios ajenos a la sociedad y otorgar fianzas o garantías a terceros. Para el cumplimiento de sus funciones, los socios tienen las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive las que requieren poderes especiales a tenor de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 9no del Decreto Ley nro. 5965/63. Podrá especialmente operar con toda clase de entidades financieras y crediticias, entre ellas con el Banco Macro y demás instituciones de crédito, oficiales o privadas; otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzguen convenientes; y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. Los saldos deudores o acreedores de las cuentas particulares de los socios pueden devengar intereses con cargo a los socios deudores en el primer caso y a las pérdidas sociales en el segundo. Pueden establecerse remuneraciones a los socios administradores.” Rafaela, 12 de Febrero de 2025. Dra. Verónica Carignano, Secretaria.
$ 420 535447 Feb. 24
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RAMALES S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por acta de asamblea de accionistas de fecha 9 del mes de mayo de 2023 se designó el Directorio de la sociedad conformado de la siguiente manera: Director titular y Presidente; LISANDRO JOSE ROSENTAL, argentino, DNI Nro. 31.535.557, con CUIT: 20-31535557-6, empresario, casado, con domicilio en calle Las Acacias 215 Rosario. Director Suplente; SANTIAGO FREYTES, argentino, DNI Nro. 30.763.570, con CUIT: 20-30763570-5, contador público, casado, con domicilio en calle Catamarca 1473 3 A, Rosario. Se fija domicilio especial en calle Rioja 1521 piso 3 de Rosario.
$ 50 535377 Feb. 24
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ROSENTAL PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por acta de asamblea de accionistas de fecha 06 del mes de abril de 2022 se designó el Directorio de la sociedad conformado de la siguiente manera: Director titular y Presidente; RUBEN ZLUTZKY, argentino, DNI Nro. 12.804.874, con CUIT: 2712804874-0, empresario, casado, con domicilio en calle Av. Central Argentino 180 2 1 edificio Olivo de la ciudad de Rosario. Director Suplente; LISANDRO JOSE ROSENTAL, argentino, DNI Nro. 31.535.557, con CUIT: 20-31535557-6, empresario, casado, con domicilio en calle Las Acacias 215 Rosario. Se fija domicilio especial en calle Rioja 1521 piso 5 de Rosario.
$ 50 535378 Feb. 24
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SANTA LUCIA DISTRIBUCIONES S.A.
ESTATUTO
Accionistas de la Sociedad: Danilo Ezequiel Tauber, argentino, nac. 15/4/1987, D.N.I. 33.056.931, CUIT 20-33056931-0, comerciante, domicilio Cochabamba 842, Piso 4° Rosario; Enzo Ramón Gustavo Tauber, argentino, nac 27/03/1986, soltero, D.N.I. 32.256.608, CUIT 20-32256608-6, comerciante, domicilio Cochabamba 842, Piso 4° Rosario; y Carlos Damián Tauber, argentino, nac 04/09/1990, soltero, D.N.I. 35.295.839, CUIT 20-35295839-6, Médico Veterinario, e igual domicilio.
Denominación y Domicilio: SANTA LUCIA DISTRIBUCIONES S.A., Córdoba 1147, 2º 01/C, Rosario.
Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto la explotación, por cuenta propia y/o de terceros, y/o asociada a terceras personas físicas o jurídicas, en el país o en el extranjero de establecimientos dedicados a realizar la distribución y comercialización por mayor y menor de comestibles y bebidas en general, artículos de supermercados en general, electrodomésticos y art. de electricidad, corralón de materiales de construcción, enseres y herramientas para el agro, artículos de bazar, herramientas y ferretería, y todo tipo de artículos de almacén. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Puede también intervenir en licitaciones y/o concursos de precios, públicos y/o privados relacionados con las actividades detalladas.
Capital Social: $ 30.000.000,- representado por cien acciones de $ 300.000,- cada una.
Duración: Treinta años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Administración y Representación: A cargo de un Directorio compuesto entre uno y cinco miembros que durarán tres ejercicios en sus funciones. Se debe designar suplente/s por el mismo plazo.
Balance: 30 de Noviembre de cada año.-
Fecha del Instrumento de Constitución: 12/02/2025
Primer Directorio: Presidente Carlos Damián Tauber; Vicepresidente Danilo Ezequiel Tauber; Director Suplente: Enzo Ramón Gustavo Tauber.-
Representación y fiscalización: La representación legal corresponde al Presidente del Directorio; se prescinde de la Sindicatura conforme al art. 284° de la Ley 19550.
$ 50 535439 Feb. 24
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SAN MARCOS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Juzgado de 12 Instancia Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco y por resolución de fecha 12 de Febrero de 2.025, se ordenó la siguiente publicación de edictos: Designación del Directorio y distribución de cargos:
DIRECTOR TITULAR: PRESIDENTE. Montanari Osvaldo Juan Emilio, argentino, DNI Nº 10.731.905, CUIT Nº 20-10731905-1, nacido el 19 de marzo de 1.953, casado en primeras nupcias con Abs Graciela, comerciante, domiciliado en Av. 59 Nº 151, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
DIRECTOR TITULAR: VICEPRESIDENTE. Montanari Eduardo Omar, argentino, DNI Nº 11.741.197, CUIT Nº 20-11741197-5, nacido el 10 de enero de 1.956, casado en primeras nupcias con D´Alterio Liliana, comerciante, domiciliado en Av. 55 Nº 11, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
DIRECTOR SUPLENTE: D´Alterio Liliana, DNI Nº 12.375.601, CUIT Nº 27-12375601-6, nacida el 17 de enero de 1.958, casada en primeras nupcias con Montanari Eduardo Omar, comerciante, domiciliada en Av. 55 Nº 11, Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico montanarisa9@gmail.com.
Las personas designadas aceptan formalmente sus cargos y constituyen domicilio especial en la sede social.
$ 70 535404 Feb. 24
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SERVICIOS GYG S.R.L
CONTRATO
Se hace saber, por estar así dispuesto en autos caratulados SERVICIOS GYG S.R.L. S/Constitución, Expte. N° 346/2025, que en la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 29 días del mes de enero de 2025, comparecen: GALVANO GABRIEL ALEJANDRO, argentino, empresario, nacido el 06 de agosto de 1997, D.N.I. N° 40.365.174, C.U.I.T 20-40365174-6, de estado civil soltero, con domicilio en Av. Argentina 2254 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y GALVANO GIULIANO RUBEN argentino, empresario, nacido el 16 de noviembre de 1993, D.N.I. N° 37.335.470, C.U.I.T. 20-37335470-9, de estado civil soltero, empresario, con domicilio en calle Los tizones 3006 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe; todos hábiles para contratar, de común acuerdo, resuelven dejar constituida una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada SERVICIOS GYG SRL, la cual tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Domicilio sede social será en la localidad de Funes, Pcia. de Santa Fe, siendo este en calle Los Tizones 3006. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o en el extranjero, en establecimiento propio o ajeno, a las siguientes actividades: a) Servicios de movimientos y montaje, de equipamiento y estructuras de todo tipo; b) Servicios de movimientos, izajes y anclajes con grúas móviles; c) Asesoramiento en traslados, logística y montajes de equipamiento técnico específico y necesario para poder brindar el servicio. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Capital social: El capital social se fija en la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000), dividido en TRES MIL (3.000) cuotas de MIL PESOS ($ 1.000.-), cada una suscriptas e integradas de la siguiente manera: GALVANO GABRIEL ALEJANDRO suscribe la cantidad de MIL QUINIENTAS (1.500) cuotas o sea un capital de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-) que representa el cincuenta por ciento (50%) del capital social y que integra: la suma de pesos trescientos setenta y cinco mil ($ 375.000.-) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos un millón ciento veinte y cinco mil ($ 1.125.000.-) también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha y GALVANO GIULIANO RUBEN suscribe la cantidad de MIL QUINIENTAS (1.500) cuotas o sea un capital de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-) que representa el cincuenta por ciento (50%) del capital social y que integra: la suma de pesos trescientos setenta y cinco mil ($ 375.000.) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos un millón ciento veinte y cinco mil ($ 1.125.000.-) también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha. La administración y representación de la sociedad estará a cargo de los socios GALVANO GABRIEL ALEJANDRO y GALVANO GIULIANO RUBEN en calidad de Gerentes, quienes obligan a la sociedad con su firma y sello social, siendo sus mandatos por tiempo indeterminado conforme lo previsto por el estatuto social y el Art. 157 de la Ley 19.550. Fiscalización y Reunión de socios: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad, exigiendo en caso de considerarlo necesario, la realización de balances parciales y rendiciones de cuentas especiales. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad, los socios expresarán su voluntad en reuniones, cuya convocatoria deberá notificarse a cada uno de los mismos en forma fehaciente, detallando los puntos a considerar y con el suficiente tiempo de antelación hasta un máximo de treinta días. Las resoluciones de dichas reuniones se asientan en un libro especial, rubricado que será el libro de actas de la sociedad. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550. El ejercicio social cierra el 31 de enero de cada año. El presente deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL (Art.10 Inc. “a”, Ley 19.550).
$ 200 535361 Feb. 24
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EL ANDAR S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. ROSSO María Celeste, Secretaría de la Dra. PETRACO María Julia, en autos caratulados “EL ANDAR S.R.L. S/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL” (Expte. 613/2024 CUIJ 21-05795354-0) se ordena la siguiente publicación de edictos:
En la localidad de Santa Isabel, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes Noviembre del 2024, entre, ANDREA LUJAN ROMERO, DNI 20.616.269, CUIL 23-20616269-4, de profesión comerciante, domiciliada en Rivadavia 1152 en la localidad de Santa Isabel, como cónyuge y administradora provisoria del socio fallecido SUCESIÓN DE MICHELOUD VICTOR HUGO, CUIT 20-17788295-0, argentino, nacido el 1 de Junio de 1966, fallecido el 26 de diciembre de 2022, de apellido materno Da Grava, y ROBERTO MAURICIO ZAGA, argentino, nacido el 21 de Mayo de 1958, de apellido materno Mian, casado en primeras nupcias con Nancy Mabel Arellano, de profesión comerciante, domiciliado en Calle 69 N° 328 de la localidad de Villa Cañas, provincia de Santa Fe , DNI 12.078.084, CUIT 20- 12078084-1; declaran y convienen efectuar las siguientes modificaciones a la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se regirá por las siguientes clausulas en particular y por las de la Ley 19.550 en general. Asisten además los 3 hijos de VICTOR HUGO MICHELOUD, Gabriel Nicolas Micheloud, Jesica Rocío Micheloud y Lourdes Micheloud que prestan su consentimiento.
ANTECEDENTES SOCIALES:
Inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Contratos el día 11/02/2000, al Tomo 151, Folio 1624, N° 189; y sus modificaciones: "Cambio de Domicilio" inscripta en fecha 28/02/2001, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, al Tomo I, Folio 67/68, Número 070 en Contratos; "Cesión de Cuotas Sociales-Modificación Cláusula de Administración- Prórroga- Renuncia e Incorporación de Nuevo Socio- Aumento de Capital", inscripta en fecha 28/12/2004, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, al Tomo III, Folio 125, Número 673 en Contratos; "Ratificación de la Cesión de Cuotas Sociales de fecha 27/09/2004 y Rectificación de la forma de Pago de fecha 29/05/2006, inscripta en fecha 06/06/2006, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, al Tomo IV, Folio 057, Número 916 en Contratos; "Prorroga y aumento de Capital", inscripta en fecha 15/03/2010, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto al Torno VIII, Folio 025 N° 1580 en Contratos; y "Prorroga y aumento de Capital", inscripta en fecha 25/02/2015, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto al Torno XI, Folio 313 N° 2761 en Contratos.
A raíz del fallecimiento del 26/12/2022 del Socio Víctor Hugo Micheloud, la sucesión será incorporada y administrada por la esposa del causante, la Sra. Andrea Lujan Romero CUIT 23206162694, quien exhibe el Nombramiento del 12/01/2023 del “Juzgado en lo Civil y Comercial, Laboral, Responsabilidad Extracontractual y Familia de Feria” del Poder Judicial (CUIJ 21-27711531-7) y su aceptación de cargo de fecha 13/01/2023.
Además, exhibe la DECLARATORIA DE HEREDEROS del 06/07/2023 “Juzgado 1era Inst. Civil, Comercial y Laboral” (CUIJ 21-27711527-9) donde constan: la cónyuge supérstite Sra. Andrea Lujan Romero (Acta N° 9 Tomo I Año 1991, Registro Civil Santa Isabel) CUIT 23206162694, y sus hijos Gabriel Nicolas Micheloud (Acta N° 94 Tomo II Folio 12 Año 1991, Registro Civil Santa Isabel) CUIT 20364439505; Jesica Rocío Micheloud (Acta N° 37 Tomo I Folio 37 Año 1993, Registro Civil Santa Isabel) 27370983920 y Lourdes Micheloud (Acta N° 15 Tomo I Año 2001, Registro Civil Santa Isabel) 27427678305 como únicos y universales herederos.
1) PRÓRROGA:
Estando próximo a cumplirse el plazo de duración de la Sociedad en fecha 11-02-2025 los socios acuerdan llevar la misma a un lapso de 30 ( treinta ) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
En consecuencia, se reformula la cláusula TERCERA del contrato social quedando redactada de la siguiente manera:
TERCERA: Su duración será de 30 ( treinta ) años contados a partir de la inscripción de la en el Registro Público de Comercio.
Los socios acuerdan modificar el Contrato Social insertando todas las modificaciones aprobadas, cambio de redacción de algunos artículos y consecuentemente proceder al reordenamiento del articulado del Contrato Social que quedara reflejado en un Texto Completo y Ordenado del Contrato Social, que a continuación se transcribe:
“EL ANDAR S.R.L.”
TEXTO ORDENADO
PRIMERA: La sociedad girará bajo la denominación de "EL ANDAR" Sociedad de Responsabilidad Limitada.
SEGUNDA: La sociedad tendrá su domicilio legal en Ruta 94 y calle Sarmiento de la localidad Santa Isabel, departamento General López, Provincia de Santa Fe. pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.
TERCERA: Su duración será de 30 ( treinta ) años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
CUARTA: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros, la actividad de comisionista y transporte general de cargas por automotor y en general toda otra actividad similar o conexa con las mencionadas precedentemente. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000) dividido en TREINTA MIL (30.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una que los socios poseen de la siguiente manera: el Sr. VÍCTOR HUGO MICHELOUD posee la cantidad de quince mil (15.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, o sea que representan un capital nominal de pesos ciento cincuenta mil ($150.000), y el Sr. ROBERTO MAURICIO ZAGA posee la cantidad quince mil (15.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, o sea que representan un capital nominal de pesos ciento cincuenta mil ($150.000).- el cual se encuentra debidamente integrado.
SEXTA: la administración, dirección y representación estará a cargo de: Víctor Hugo Micheloud y Roberto Mauricio Zaga en su carácter de “socios-gerentes”. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta.
Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna incluidos las especificadas en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros par asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad".
SEPTIMA: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado que será los libros de actas de la sociedad el que será firmado por ellos. Se reunirán cuantas veces lo requieran los negocios sociales, y serán convocados por cualquiera de ellos o de los gerentes. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550. Toda comunicación a los socios se sujetará a lo dispuesto por el artículo 159, último párrafo de la Ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el artículo 158 de la citada Ley.
OCTAVA: La sociedad cerrará ejercicio el treinta y uno (31) de Agosto de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable que exponga la situación patrimonial a ese momento, como también en estado de resultado del ejercicio. Una vez confeccionado el Balance General, se convocará a reunión de socios a fin de ponerlo a su disposición para ser considerado en la forma que prevé la cláusula anterior. El Balance deberá ser considerado dentro de los 20 (veinte) días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 (quince) días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se destinará el cinco por ciento (5%) para la constitución del fondo de reserva legal hasta que la misma alcance el veinte por ciento (20%) del capital social. Podrán constituirse otras reservas que los socios decidan, dentro de los términos del artículo 70 de la Ley 19.550. Salvo lo dispuesto por el artículo 71 de la misma Ley, para el caso de existir arrastres de quebrantos anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, las que se acreditarán en sus respectivas cuentas particulares. Si el ejercicio arroja pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales, y en su defecto a la reserva legal, en cuyo caso se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto con futuras utilidades teniendo presente al respecto lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 19.550. Los quebrantos que insuman el capital social no importaran la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
NOVENA: Cesión de cuotas: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existente entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgarán a favor de terceros, estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la ley 19.550 en su art. 152.
Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sino con el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en plazo no mayor a treinta días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago.
A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio.
Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.
DECIMA: Fallecimiento o incapacidad: En caso de fallecimiento, insania, ausencia con presunción de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores, podrán optar: a) por continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. En éste caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores; b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz, ausente o eliminado puedan tener con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, declarada la ausencia, incapacidad o eliminación del socio, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b), el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en 18 (dieciocho) cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las 17 (diecisiete) restantes iguales la primera, una cada mes, el último día hábil respectivo, debidamente actualizadas y con el interés fíjalo por el Banco Nación Argentina para los préstanos de capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, exclusión, etc. El representante de los herederos podrá o no, ser socio de la sociedad, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad.
La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad, en el término de 10 días corridos de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de en la comunicación, se entender que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.
UNDECIMA: Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550, e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
DUODÉCIMA: Prohibiciones a los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en transgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad, y habiendo pérdidas será de cuenta exclusiva del socio interviniente. Salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada.
DÉCIMOTERCERA: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato, o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales del socio fallecido o incapaz durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o participación de la sociedad, será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Venado Tuerto renunciando a cualquier otro fuero de excepción incluidos el Federal, si correspondiere.
Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida los otorgantes la presente sociedad de responsabilidad limitada, y previa lectura y ratificación, firman el mismo en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicado.
$ 900 535870 Feb. 24
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ESTABLECIMIENTO LA SUSANA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: ESTABLECIMIENTO LA SUSANA SA s/Designación de Autoridades, Expte. 68, Año 2025, en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que los accionistas de la entidad han resuelto en Asamblea General Ordinaria del día 13 de diciembre de 2024 la renovación de autoridades del Directorio por el plazo de tres ejercicios, designándose por unanimidad el directorio integrado por Director Titular: PRISCILA BERTOLDI, D.N.I.: 33.123.788, soltera, Licenciada en Administración, Productora de Seguros, domiciliada en calle Belgrano Nº 2644, San Justo Provincia de Santa Fe y Director Suplente: ESTEBAN BERTOLDI, D.N.I.: 30.792.163, soltero, Ingeniero Agrónomo, domiciliado en calle Belgrano Nº 2644 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe. Todos los designados presentes, aceptan las respectivas designaciones. Santa Fe, 12 de febrero de 2025.
$ 50 535604 Feb. 24