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DECRETO Nº 0312


SANTA FE, 20 FEB 2025


VISTO:

El EE-2025-00000587-APPSF-PE del registro de la Plataforma de Gestión Digital – PGD “TIMBÓ”- en cuyas actuaciones se gestiona la prórroga de la entrada en vigencia de la Ley Nº 14276 “Inspección General de Personas Jurídicas”, de fecha 23 de Julio de 2024; y


CONSIDERANDO:

Que la ley que establece competencias en la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe se sancionó en fecha 23 de Julio de 2024, bajo la Ley Nº 14276;

Que en su Artículo 14 establece que dicha ley entrará en vigencia en el plazo de seis (6) meses contados desde su publicación en el boletín oficial, permitiendo, en caso de necesidad y para su correcta implementación, prorrogarlo por única vez;

Que la solicitud de prorrogar la entrada en vigor de la Ley Nº 14276 por seis (6) meses, se fundamenta en la complejidad que conlleva todo proceso de implementación, tomando en consideración las condiciones estructurales de los distintos niveles del Estado que se involucran en este proceso;

Que la Ley N° 14256 de Gobernanza de Datos de la Provincia de Santa Fe establece un marco normativo enfocado en la transparencia, el acceso a la información pública y la mejora en la gestión de datos del sector público provincial, promoviendo la digitalización, la simplificación de trámites y la despapelización, con el objetivo de aumentar la eficiencia del estado. En línea con estos objetivos, el Gobierno provincial ha impulsado transformaciones tecnológicas en la administración para simplificar trámites, eliminando la burocracia y los formalismos que dificultan la creación e instalación de sociedades;

Que la Ley N° 14276 de Inspección General de Personas Jurídicas, tiene como fin la optimización del registro, control y fiscalización de las personas jurídicas en la provincia, mediante la centralización de trámites que anteriormente se realizaban en diferentes organismos de distintos poderes, permitiendo a los ciudadanos acceder a un único lugar para efectuar los mismos;

Que, conforme el Artículo 5 de la mencionada Ley N° 14276, la Inspección General de Personas Jurídicas debe actuar con prevalencia al principio de celeridad, simplificación de trámites y digitalización de procedimientos, todo ello en miras de facilitar la gestión pública y mejorar la competitividad de la Provincia;

Que, sin embargo, tras la evaluación de los avances realizados en la implementación de la mencionada Ley, se ha identificado la necesidad de extender dicho plazo debido a la magnitud de la tarea, la necesidad de perfeccionar algunos de los sistemas tecnológicos involucrados, y la adaptación de los recursos humanos en los distintos organismos involucrados;

Que en este sentido, es necesario prorrogar por un plazo de meses la implementación de la Ley Nº 14276 a fin de garantizar su correcta implementación y asegurar que los trámites se realicen conforme a los principios de transparencia, eficiencia y celeridad previstos en la normativa;

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a éste Poder Ejecutivo por el artículo 72, inciso 1) de la Constitución Provincial y en el artículo 14 de la ley 14276;


POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1º: Prorróguese por un plazo de seis (6) meses la entrada en vigencia de la Ley Nº 14276 - “Inspección General de Personas Jurídicas” a los efectos de su correcta implementación.

ARTÍCULO 2º: Hágase saber a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe y dése amplia difusión.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Bastia Fabian Lionel

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