AGRO JOANDALA S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Por disposición del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez y de la Dra. María Julia Petracco, Secretaria, según lo ordenado en Autos caratulados: “AGRO JOANDALA S.R.L. S/CAMBIO DE SEDE SOCIAL” CUIJ 21-05795404-0, a los efectos legales que publicar corresponde, se hace saber que, por resolución de Asamblea, Acta Nº 21 de fecha 10 de febrero de 2025, los socios integrantes de la sociedad, AGRO JOANDALA S.R.L. S/CAMBIO DE SEDE SOCIAL, CUIT N° 20-70899917-9. Darío Miguel Clancy, DNI 21.581.992 y José Guillermo Clancy DNI 6.605.649, han resuelto modificar el contrato social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, en CONTRATOS al Tomo: III Folio 79/80 N°623 de fecha 21/10/2004, en su Cláusula Segunda, la que queda redactada de la siguiente forma: “SEGUNDA: DOMICILIO: La Sociedad tendrá su domicilio legal en calle Quintana 784 de la localidad de Amenábar, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales y/o representaciones en cualquier lugar del país y del extranjero”. Firman el acta, Sr. Darío Miguel Clancy, DNI 21.581.992 y José Guillermo Clancy, DNI 6.605.649, por ante Secretaria subrogante, autorizante, Dra. María Laura Olmedo, quien certifica y da fe de la firma y contenido del acta.
$ 80 535232 Feb. 20
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AUSTINTX S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2024, se resolvió renovar el mandato de los directores por un nuevo período, quienes aceptan la propuesta sin objeción alguna. En este orden, a partir del día de la fecha, el directorio queda conformado de la siguiente manera: Director Titular: FASANO LEONARDO, apellido materno ANGELONI, DNI N° 30.792.105, CUIT N° 20-30792105-8, argentino, nacido el 02/07/1984, Empresario, divorciado, con domicilio en calle Paraguay N° 2196 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe-, Director Suplente: BELDOMENICO DANIEL ALBERTO, apellido materno PAIRETTI, DNI N° 31.566.725, CUIT N° 23-31566725-9, argentino, nacido el 19/06/1985, comerciante, soltero, con domicilio en calle Agustín Alvarez N° 477, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe. El Sr. Fasano Leonardo y el Sr. Beldoménico Daniel aceptan las designaciones objeto de la presente. Autos: Austintx S.A. s/Designación de Administradores; (Expte. 5533, Año 2024.
$ 500 535304 Feb. 20
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ALIANZA SERVICIOS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
A los fines que correspondan, y por disposición del Sr. Juez a/c del Registro Público, en autos caratulados CUIJ 21-05397024-6- Año 2024 - “Alianza Servicios S.A. s/Designación de Autoridades”, se ha ordenado difundir lo que a continuación se comunica: Por acta N° 18 del 26-09-24 se procedió mediante punto 7) de la misma a la fijación del número y elección de los miembros titulares y suplentes del Directorio y mediante el punto 8) elección de un síndico titular y uno suplente. Asimismo a través del acta N° 69 del 26-09-24 se llevó a cabo la distribución de cargos del Directorio el que quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Andrés Cardemil D.N.I. 24.663.170; Vice-Presidente: Willy Borgnino D.N.I. 16.303.625; Directores Titulares: María Victoria Szychowski D.N.I. 17.675.598, Raúl Colombetti D.N.I. 13.366.824 y Francisco José Cruz D.N.I. 29.974.495. Directores Suplentes: José Alfredo Sánchez D.N.I. 10.329.963, Federico Javier Ariel D.N.I. 23.102.688, Eduardo Raúl Reixach D.N.I. 14.912.879, Gabriel Alejandro Savini D.N.I. 22.920.265 y Alejandro Carlos Simón D.N.I. 24.235.507. La Sindicatura queda conformada de la siguiente manera: Síndico Titular: Eduardo Daniel Terranova D.N.I. 14.441.537. Síndico Suplente: Juan Carlos Beltrame D.N.I. 20.450.351. Rafaela, 7 de Febrero de 2025. Verónica H. Carignano, Secretaria.
$ 90 535156 Feb. 20
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ALIANZA INVERSORA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
A los fines que correspondan, y por disposición del Sr. Juez a/c del Registro Público, en autos caratulados CUIJ 21-05397023-8 Año 2024 - “Alianza Inversora Sociedad Anónima s/Designación de Autoridades”, se ha ordenado difundir lo que a continuación se comunica: Por acta N° 46 del 26-09-24 se procedió mediante punto 7) de la misma a la fijación del número y elección de los miembros titulares y suplentes del Directorio y mediante el punto 8) elección de un síndico titular y uno suplente. Asimismo a través del acta N° 247 del 2609-24 se llevó a cabo la distribución de cargos del Directorio el que quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Andrés Cardemil, D.N.I. 24.663.170; Vice-Presidente: Francisco José Cruz D.N.I. 29.974.495; Directores Titulares: Raúl Colombetti D.N.I. 13.366.824, Federico Javier Ariel D.N.I. 23.102.688, Willy Borgnino D.N.I. 16.303.625. Directores Suplentes: María Victoria Szychowski D.N.I. 17.675.598, Gabriel Alejandro Savini D.N.I. 22.920.265, José Alfredo Sánchez D.N.I. 10.329.963, Eduardo Raúl Reixach D.N.I. 14.912.879 y Alejandro Carlos Simón D.N.I. 24.235.507. La Sindicatura quedó compuesta de la siguiente forma: Síndico Titular: Eduardo Daniel Terranova D.N.I. 14.441.537; Síndico Suplente: Juan Carlos Beltrame D.N.I. 20.450.351. Rafaela, 7 de Febrero de 2025. Verónica H. Carignano, Secretaria.
$ 90 535155 Feb. 20
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ABELARDO CUFFIA S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil veintiunos, siendo las dieciocho horas, se reúnen en Asamblea Ordinaria Extraordinaria, en la sede social sita en calle 9 de Julio N° 1.424, los señores accionistas de “ABELARDO CUFFIA SOCIEDAD ANONIMA” que figuran y firman en el Registro de Asistencia Nº 1 a fs. 21, representando la totalidad del capital social, con el fin de considerar el siguiente Orden del Día: 1) Elección de dos accionistas para Firmar el acta de la asamblea; 2) Cambio de jurisdicción de la sociedad y fijación de la dirección de la sede social; 3) Aumento Capital Social; y 4) Reforma do los Estatutos Sociales — Aprobación Texto Ordenado. Preside la asamblea el señor Abelardo Atilio Cuffia. Puesto a consideración el primer punto del Orden del Día se resuelve por unanimidad designar para firmar el acta de la asamblea a los señores. Abelardo Atilio Cuffia y Leticia Haydee Foja. Puesto a consideración el segundo punto del Orden del Día, se resuelve Por unanimidad trasladar el domicilio social a la jurisdicción de la ciudad de Marcos Juárez - Provincia de Córdoba - República Argentina, fijando conforme al artículo 11° - inciso 2do. Ley 19.550, la dirección de la sede social en Intendente Lomas N° 420. Puesto a consideración el tercer punto del Orden del Día, se resuelve por unanimidad aumentar el capital social en la suma de pesos tres millones novecientos cuarenta mil ($ 3.940.000,00), emitiendo treinta y nueve mil cuatrocientas (39.400) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de la Clase “A” con derecho a cinco votos por acción, de pesos Cien ($ 100,00) valor nominal cada una, que se suscriben por los señores accionistas, en proporción a sus tenencias y se integran totalmente por capitalización parcial de la cuenta “Ajuste del Capital”, registrada en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, conforme surge de los estados contables de la sociedad correspondientes al ejercicio cerrado el treinta y uno de diciembre de dos mil veinte. De esta forma, el capital social queda fijado en la suma de pesos Cuatro millones ($ 4.000.000,00) representado por Cuarenta mil (40.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de la Clase “A”, con derecho a cinco votos por acción, de pesos Cien ($ 100,00) valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas. Puesto a consideración el cuarto punto del Orden del Día y a los fines de receptar el cambio de jurisdicción y el aumento de capital social resueltos, se decide, también por unanimidad, reformar los artículos Primero y Cuarto del Estatuto Social, los que quedarán redactados así: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina “ABELARDO CUEFIA SOCIEDAD ANONIMA” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, República Argentina. Podrá asimismo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero”. “ARTICULO CUARTO: El capital social es de pesos Cuatro millones ($. 4.000.000,00) representado por Cuarenta mil (40.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de la Clase “A”, con derecho a cinco votos por acción, de pesos Cien ($ 100,00) valor non: mal cada una. El capital podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto, por decisión de la asamblea ordinaria, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550”. Asimismo, se resuelve por unanimidad reformar los Artículos OCTAVO, NOVENO, DÉCIMO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO TERCERO, DÉCIMO CUARTO, DÉCIMO QUINTO, DÉCIMO SEXTO y DÉCIMO SÉPTIMO, quedando los mismos redactados de la siguiente manera: “ARTICULO OCTAVO: Transferencia de las acciones. A) TERCEROS: La transferencia de las acciones a terceros estará sujeta al ejercicio del derecho de preferencia por parte de los socios y/o de la misma sociedad, en cuyo caso deberá encuadrarse en alguno de los supuestos previstos por el artículo 220 de la Ley General de Sociedades. No podrán ser transferidas a terceros, si el consentimiento unánime de los restantes accionistas, B) CESION ENTRE SOCIOS: Son válida las transferencias entre socios. Si alguno de los socios desistiera de ejercer su opción a compra, los demás socios podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social. C) PROCEDIMIENTO DE CESION O TRANSFERENCIA: El socio que pretende transferir sus acciones deberá comunicar tal decisión al Directorio y a los restantes accionistas, a través de un medio fehaciente, indicando el precio, las condiciones de la transferencia y la forma de pago y el nombre y apellido del tercero interesado, si lo hubiere. A iguales condiciones, los accionistas tienen derecho de preferencia para la compra. Éstos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días corridos desde recibida la notificación, vencido el cual se tendrá por autorizada la transferencia y desistida la preferencia. ARTICULO NOVENO: En caso de mora en la integración del capital el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la Ley N° 19.550. Los accionistas no podrán realizar actividades en competencia con la sociedad, bajo pena de incurrir en responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios irrogados a la sociedad. La sociedad podrá emitir debentures, obligaciones negociables o bonos de participación, en las condiciones que determine la Asamblea Extraordinaria, conforme a las disposiciones en vigencia. TITULO III - ADMINISTRACION Y REPRESENTACION - ARTICULO DECIMO: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos, la asamblea deberá designar suplentes en igual o menor número que los titulares designados y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección de directores suplentes será obligatoria. La designación de Directores Suplentes para reemplazar a un titular debe quedar debidamente asentada en acta de directorio y con la expresa aceptación del suplente ingresante. Los directores en su primera sesión deben designar de entre ellos un presidente y un vicepresidente, en el caso de un directorio plural, quedando e1 único designado a cargo de la presidencia, Ss el Directorio litera unipersonal. En raso de ausencia o impedimento del presidente, por cualquier causa, pasará a reemplazarlo automáticamente el vicepresidente si hubiera sido designado, sin necesidad de dejar constancia en acta. El Directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes computándose un voto por cada director, teniendo el Presidente doble voto en caso de empate. La asamblea ordinaria fija la remuneración del Directorio, de conformidad con el artículo 261 de la Ley 19.550. ARTICULO DECIMO PRIMERO: Los directores deberán prestar la siguiente garantía: pesos diez mil ($. 10.000.00) cada director, en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad, o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositado en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria especialmente habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, con más los intereses en el segundo caso, una vez finalizada la gestión y aprobada por asamblea de accionistas. Este importe podrá ser modificado por la asamblea ordinaria. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: El Directorio tiene las más amplias facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, comprendiéndose aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, excepto sus incisos a, b y c, y las establecidas en el Artículo 9 del Decreto N° 5965/63, pudiendo celebrar toda clase de actos, entre ellos: establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; operar con todos los bancos e instituciones de crédito oficiales o privadas, de la República o di extranjero: otorgar poderes y mandatos con el objeto y extensión que juzgue convenientes. Para la enajenación de inmuebles, se deberá requerir la aprobación de la asamblea, la que deberá decidir por mayoría absoluta de votos. La representación legal de la sociedad estará a cargo del Presidente o Vicepresidente del Directorio, quienes podrán actuar en forma indistinta. TITULO IV FISCALIZACION - ARTICULO DECIMO TERCERO: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de un Síndico Titular, elegido por la asamblea ordinaria por el término de dos ejercicios. Dicha asamblea también debe elegir un Síndico Suplente por el mismo plazo, que reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. Los Síndicos deberán reunir las condiciones y tendrán las funciones, derechos y obligaciones establecidas en la Ley 19.550. Mientras la sociedad no esté incluida en las disposiciones del artículo 299 de la Ley 19.550, podrá prescindir de la Sindicatura, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor previstas en el artículo 55 del mismo ordenamiento legal. TITULO V - ASAMBLEAS ARTICULO DECIMO CUARTO: Toda asamblea deberá ser citada en la forma establecida en el artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asambleas “unánimes”. Deberá mencionarse en la convocatoria el dio y hora del cierre del Registro de Asistencia para la comunicación previa de la asistencia, establecida en el articulo 238 de la Ley 19,550. Podrá convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, para celebrarse esta última una hora después de haber fracasado la primera. ARTICULO DECIMO QUINTO: Rigen el quórum y mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate. La asamblea extraordinaria en segunda convocatoria se considerará constituida válidamente cualquiera sea el número de acciones con derecho a voto presentes, salvo los supuestos de los artículos 70, última parte, 88 y 244 in fine de la Ley 19.550. ARTICULO DECIMO SEXTO: El ejercicio social cierra el treinta y uno de diciembre de cada año. A esta fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán: a) El cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para la Reserva Legal; b) A remuneración del Directorio y Sindicatura, en su caso; c) A Reservas facultativas, conforme lo previsto en el artículo 70 in fine de la Ley 19.550; d) A dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos: e) A dividendos de las acciones ordinarias y O El saldo al destino que fije la asamblea. Los dividendos deberán ser pagados dentro del ejercicio en que fueron aprobados. ARTICULO DECIMO SEPTIMO: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el o los liquidadores designados por la asamblea extraordinaria, quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 101, siguientes y concordantes de la Ley 19.550 y bajo la fiscalización del Síndico, en su caso.”
$ 700 535225 Feb. 20
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AUDAX S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en autos caratulados: “AUDAX S.R.L. s/RENUNCIA DESIGNACION DE GERENTE”, CUIJ 21-05542564-4, se publica RENUNCIA DESIGNACION DE GERENTE, resuelta en Asamblea de Socios de fecha 15 de enero de 2025, de la sociedad denominada: AUDAX S.R.L., con domicilio en calle Av. Vietti 495, de la ciudad de Granadero Baigorria, departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de la ciudad de Rosario, inscripta bajo el inscripta al Tomo: 175, Folio 6175, N° 11l3, en fecha 09/08/2024.
La asamblea resuelve aceptar la: RENUNCIA DE GERENTE: ROBERTO CARLOS QUINTERO, de 52 años de edad, argentino, nacido el 24/12/1972, de apellido materno Bresán, domiciliado en calle Av. Vietti N° 495, de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, DNI N° 23.185.113, CUIT 20-23185113-6, de profesión comerciante, estado civil casado. Y SE DESIGNA NUEVO GERENTE A: Sra. LORENA CARINA SAN FILIPPO, de 53 años de edad, argentina, nacida el 17/05/1971, de apellido materno Ortiz, domiciliada en Av. Vietti N° 495, de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, DNI N° 22.040.675, CUIT 27-22040675-5, de profesión comerciante, estado civil casada.
$ 50 535135 Feb. 20
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BAUSTHAL Y RAUM S.A.
RENOVACION DE DIRECTORIO
Por disposición del Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, según Resolución de fecha de 07/02/2025, se ordena la siguiente publicación de edictos: Por Asamblea General Ordinaria N° 18 de fecha 11/09/2024 se designaron: PRESIDENTE: Raúl Baudilio Aguirre - DNI 13.498.014; VICEPRESIDENTE: Tomás Gabriel Aguirre - DNI 33.098.411; PRIMER DIRECTOR SUPLENTE: Agustina Lucia Aguirre DNI 42.531.753; SEGUNDO DIRECTOR SUPLENTE: Joaquín Aguirre, DNI 46.218.836. Mediante Acta N° 62 de reunión de Directorio de fecha 11/09/2024, se distribuyeron los cargos, quedando constituido el Directorio para el ejercicio 2024/2027 de la siguiente manera: PRESIDENTE: RAUL BAUDILIO AGUIRRE, de nacionalidad argentino, nacido el día 2 de diciembre de 1.957, DNI 13.498.014, apellido materno GALOPPO, de profesión Empresario, estado civil divorciado, con domicilio en Pellegrini N° 1182, de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. VICE PRESIDENTE: TOMAS GABRIEL AGUIRRE, de nacionalidad argentino, nacido el día 27 de noviembre de 1.987. DNI 33.098.411, apellido materno SERET, de profesión Empresario, estado civil soltero, con domicilio en Ernesto Di Martino N° 1149, de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. PRIMER DIRECTOR SUPLENTE: AGUSTINA LUCIA AGUIRRE, de nacionalidad argentina, nacida el día 6 de julio de 1.998, DNI 42.531.753, apellido materno PRIOTTI, de profesión Empresaria, estado civil soltera, con domicilio en Ernesto Di Martino N° 1139, de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. SEGUNDO DIRECTOR SUPLENTE: JOAQUIN AGUIRRE, de nacionalidad argentino, nacido el día 24 de septiembre de 2.004, DNI 46.218.836, apellido materno PRIOTTI, de profesión Estudiante, estado civil soltero, con domicilio en Pellegrini 1182 N° 1182, de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. Todos los directores aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial.
$ 110 535134 Feb. 20
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BEEX TECNOLOGIA S.A
ESTATUTO
1- Socios: Diego Edgardo Bussanich DNI 30.102.457, CUIT 20-30102457-7, de nacionalidad argentina, nacido el 12 de Mayo de 1981, con domicilio en calle Colonos de Funes 1115, de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, correo electrónico diego.bussanichbeex.deex.dev, de estado civil casado, de profesión Analista de sistemas y Maricel Natalia Torregiani, DNI 29.926.374, CUIT 27-29926374-1, de nacionalidad argentina, nacida el 25 de febrero de 1983, con domicilio en calle Colonos de Funes 1115, de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y correo electrónico Maricel_torregiani@hotmail.com, de estado civil casada, de profesión médica. 2. Fecha instrumento constitutivo: 11-12-2024. 3- Denominación: BEEX TECNOLOGIA S.A. 4- Domicilio: Colonos de Funes 1115 de la ciudad de Funes 5- Objeto: La sociedad tiene por objeto efectuar por cuenta propia o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: a) Diseño, fabricación, desarrollo, explotación y administración de software, de componentes electrónicos, mecánicos y robóticos en general y en particular, sistemas de gestión de pagos. b) Prestación de servicios relacionados con las tecnologías de la información y las comunicaciones. c) Efectuar tareas de programación, diseño y consultoría en informática, instalaciones de equipos de computación, paquetes de programas (llave en mano) y actividades conexas, diseñar, producir, distribuir y comercializar sistemas de procesamiento y trasmisión de datos, máquinas, equipos, accesorios y suministros vinculados con la informática; reparación y mantenimiento de aparatos y equipos de computación, impresión y reproducción gráfica en toda clase de formularios y documentos de uso comercial en general. d) Importar, exportar, compra, venta, gestionar, alquilar, aceptar y otorgar licencias, ejercer representaciones, distribuciones, comisiones, mandatos o cualquier otra clase de convenio relativo al software, sistemas y programas informáticos, módulos, sistemas y subsistemas de procesamiento electrónico de datos y control electrónico de procesos, incluyendo sus programas de funcionamiento y aplicación, sus derivados y accesorios. e) Podrá, en el ejercicio de tareas relacionadas al presente objeto, brindar asesoramiento técnico, dictar y organizar cursos de capacitación orientados en el área del sistema y/o informática, pudiendo colaborar en la búsqueda y selección de personal apto para el desarrollo de tales tareas descriptas en el presente, siendo que cuando las normas vigentes así lo requieran, las actividades descriptas serán desarrolladas por profesionales debidamente matriculados. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estatuto. 6- Plazo de duración: El término de duración se fija en noventa y nueva años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. 7- Capital Social: El capital social se fija en la suma de $30.000.000.- (treinta millones de pesos) representado por trescientas mil acciones ordinarias, nominativas no endosables, de cien pesos ($100) valor nominal cada una y de un voto por acción. El capital se suscribe e integra de acuerdo al siguiente detalle: DIEGO EDGARDO BUSSANICH suscribe ciento cincuenta mil (150.000) acciones y MARICEL NATALIA TORREGIANI suscribe ciento cincuenta mil (150.000) acciones. Los accionistas integran el veinticinco por ciento en efectivo y el saldo en el término de ley también en efectivo. 8- Administración y fiscalización: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del directorio, integrado por un número de directores entre 1 y 5 miembros, pudiendo elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. Mientras la Sociedad prescinda de órgano de fiscalización, la elección de uno o más directores suplentes será obligatoria. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se designa para integrar el directorio: Director titular y Presidente: Director suplente: Diego Edgardo Bussanich Director suplente: Maricel Natalia Torregiani. La totalidad de los directores designados, aceptan los cargos para los cuales fueron designados y constituyen domicilio especial en la sede social. La representación legal de la sociedad, corresponde al Presidente del directorio, o al Vicepresidente ante la ausencia o impedimento de éste último, en caso que la sociedad haya optado por un órgano directivo plural para su dirección y administración, pudiendo el Directorio asignar atribuciones específicas en ésta incumbencia a otro de sus miembros. La sociedad prescindirá de la sindicatura como órgano de fiscalización interna. 9- Fecha de cierre de ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio el 31 de diciembre de cada año.-
$ 250 535296 Feb. 20
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COOPERATIVA INTEGRAL DE LAS COMUNIDADES LTDA.
FUSIÓN POR ABSORCIÓN O INCORPORACIÓN
Se hace saber que se ha celebrado Compromiso previo de fusión por absorción o incorporación en fecha 15/07/2024, siendo la Absorbente o Incorporante la Cooperativa de Electricidad, Obras y Desarrollo de Arequito Ltda., domiciliada en Avda. 9 de Julio 815 de la localidad de Arequito. Valuación del activo y el pasivo de la Absorbente o Incorporante Cooperativa de Electricidad, Obras y Desarrollo de Arequito Ltda., CUIT: 33557362539, inscripta en INAES en fecha 16/09/1977 bajo la Matrícula 8618; y la absorbida la Cooperativa Integral de las Comunidades Ltda., con domicilio en Lisandro de la Torre 1343 de la localidad de Arequito, CUIT: 33540233549, inscripta en INAES en fecha 06/07/1966 bajo la Matrícula 6005. Valuación del activo y el pasivo de la Incorporante Cooperativa de Electricidad, Obras y Desarrollo de Arequito Ltda.: Activo $ 1.714.968.509,31 - Pasivo $ 115.531.139,80 valuados al 31/12/2024; Valuación del activo y el pasivo de la Incorporada Cooperativa Integral de las Comunidades Ltda.: Activo: $ 204.600.386,88, Pasivo: $ 4.369.868,53 valuados al 30/12/2024. Acuerdo Previo de Fusión celebrado en fecha 15/07/2024 aprobado por Cooperativa de Electricidad, Obras y Desarrollo de Arequito Ltda. según Asamblea General Extraordinaria de fecha 27/09/2024 y por Cooperativa Integral de las Comunidades Lta. según Asamblea General Extraordinaria de fecha 27/09/2024.- Arequito, Pcia. de Santa Fe, Santa Fe, 11 de febrero de 2025.
$ 198 535199 Feb. 20 Feb. 24
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CUARTA GENERACION S.R.L.
1.- Filiación de los socios: Sr. RUBEN DOMINGO VILA, argentino, D.N.I. N° 16.814.117, CUIT 20-16814117-4 ,nacido el 20 de junio de 1964, comerciante, casado en primeras nupcias con Adriana Raquel Rizzotto, domiciliado en Avenida del Trabajo 601, planta baja, Villa Constitución y electrónico rubenvila@losprimossrl.com, la Sra. MARIA VICTORIA VILA, argentina, D.N.I. N° 36.792.613, CUIT 27-36792613-4 ,nacida el primero de setiembre de 1992, comerciante, soltera, domiciliada en Avenida del Trabajo 601, planta baja, Villa Constitución, y electrónico victoriavila9@gmail.com
2.- Fecha de instrumento de constitución: 08 de enero de 2.025
3.- Denominación de la sociedad: “CUARTA GENERACION” S.R.L.
4.- Domicilio legal: Autopista Tte. Gral. Aramburu y Arroyo del Medio, Theobald, Santa Fe.-
5.- Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto a) La prestación y realización de servicios postales, admisión, clasificación, transporte, distribución, entrega redespacho o reenvío de correspondencia, cartas, postales, encomiendas, dentro de la República Argentina, desde o hacia el exterior. La prestación y actividad de courriers y todas las que se asimilen o le sean asimilables, con o sin vehículo, capacidad de carga o pode. b) Importar y exportar productos y servicios, c) almacenaje, operaciones de depósito, operación de depósito fiscal, embalaje, pesaje, inspección, control, agrupación y fraccionamiento de productos, mercaderías y bienes de todo tipo y transporte de los mismos, incluyendo la gestión y logística necesaria para la organización y coordinación.
6.- Plazo de duración: 30 años, contados desde la inscripción en el R.P. de Comercio.
7.- Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000.-) dividido en cinco mil (5000) cuotas de mil pesos ($ 1000.-) cada una, totalmente suscriptas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: el socio Rubén Domingo Vila, suscribe la cantidad de dos mil quinientas cuotas (2500), representativa de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000.-) y la socia María Victoria Vila, suscribe la cantidad de dos mil quinientas cuotas (2500), representativa de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000.-). Los socios integran en este acto en dinero en efectivo el veinticinco por ciento (25%) de sus cuotas suscriptas, lo que acreditan mediante boleta de depósito de garantía en el Banco de Santa Fe y por el saldo, se comprometen a integrarlo, también en dinero en efectivo, dentro de los dos (2) años a contar de la fecha del presente contrato.
8.- Uso de firma: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerente, socio o no, por período indeterminado, con facultad para obligar a la sociedad por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Se Designa como gerente al Sra. María Victoria Vila, CUIT N° 27-36792613-4 y al Sr. Vila Emiliano Francisco - CUIT 20-39504152-6.
$ 300 535196 Feb. 20
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CENTRO COMERCIAL DUE 23 S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Registro Público de Santa Fe en autos: Centro Comercial Due 23 S.A. s/Designación de Autoridades (Expte. N° 2466 año 2024) se hace saber que en fecha 7 de mayo de 2024, los socios de “CENTRO COMERCIAL DUE 23 S.A.”, han resuelto la designación de nuevo directorio atento al vencimiento del plazo del anterior, siendo las nuevas autoridades:
Director (Presidente) al Sr. Alejandro Alberto Aldao, DNI 17.461.979, domiciliado en Boulevard Gálvez 1139, piso 2, dpto. “D”, Santa Fe.
Director (vicepresidente) al Sr. Gustavo José Koch, DNI 16.227.523, domiciliado en Club de Campo El Paso, lote 13, Santo Tomé, Santa Fe.
Director Suplente al Sr. Raúl Francisco Taquini DNI 22.168.296, domiciliado en 1 de mayo 1783, Santa Fe. Santa Fe, 7 de febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 100 535248 Feb. 20
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CORDANI AGROPECUARIA S.A.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados CORDANI AGROPECUARIA SA s/CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD (CUIJ 21.05215612-9) en trámite por ante el Registro Publico de la ciudad de Santa Fe, se hace saber:
ARTÍCULO PRIMERO: Denominación: La sociedad se denomina CORDANI AGROPECUARIA S.A. y tiene su domicilio legal en la ciudad de Recreo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe pudiendo modificar posteriormente el mismo e instalar sucursales, establecimientos o representaciones en cualquier lugar del territorio del país o fuera de él.
ARTICULO SEGUNDO- Vigencia: su duración es de treinta años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Santa Fe, Santa Fe.
ARTICULO TERCERO- Objeto Social: Tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: a) Actividad ganadera de ciclo completo con comercialización y logística. b) Producción de cereales, oleaginosas y todo tipo de forrajes, pasturas para consumo animal, tanto para heno como para silaje, incluyendo su comercialización y logística. c) Creación de soluciones de manejo sustentables con responsabilidad social y compromiso ambiental. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social es de Pesos TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-), representado por 30.000.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal unitario un peso ($ 1) y con derecho a un (1) voto por acción. El capital social se suscribe en su totalidad y se integra el 25% de manera inicial y el resto será integrado en su totalidad a los dos años de la inscripción de la sociedad ante el registro público correspondiente
ARTÍCULO QUINTO: AUMENTOS DE CAPITAL: El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo dispone el artículo 168 de la Ley General de Sociedades. Se podrán emitir títulos representativos de una o más acciones, en los que constarán las menciones previstas por la normativa aplicable en la materia.-
ARTICULO SEXTO: Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la Ley General de Sociedades.- (6.1) En todos los casos que uno cualquiera de los accionistas desee transferir todas o parte de sus acciones a un tercero a cualquier titulo, deberá enviar como condición previa y por medio fehaciente, una notificación de intención de transferencia al directorio de la sociedad (la “notificación de transferencia’). La notificación de transferencia deberá estar fechada y contener: (1) el nombre, CUIT y domicilio del interesado en adquirir las acciones en venta; (II) el precio de compra ofrecido, si existiere, por el tercero interesado y si estuviere ya determinado; (III) la cantidad de acciones que el accionista desea transferir; (IV) la modalidad de pago de las acciones en venta.- Dentro de los quince días corridos de recibida la notificación de transferencia, el directorio enviará copias y notificación fehaciente a cada accionista de la intención de transferencia dispuesta en forma, a fin de que dentro de los treinta días corridos, contados a partir del día la recepción de las copias de la notificación de transferencia por parte de un socio, los restantes accionistas tengan el derecho de manifestar su intención de adquirir la totalidad o parte de las acciones en venta, conforme el precio y la modalidad de pago establecidos en la notificación de transferencia.- Si todos los accionistas ejercen el derecho de adquirir preferentemente, cada uno lo hará en forma proporcional a la titularidad que posee y a fin de mantener invariable su participación. En caso que un socio no ejerza su derecho de preferencia, el o los restantes accionistas podrán ejercer su derecho de acrecentamiento (6.2) A los efectos de ejercer tal derecho, los accionistas interesados deberán enviar por medio fehaciente una “notificación de aceptación” al directorio de la sociedad, quien lo comunicará al accionista vendedor y, en su caso, que ejercerán su derecho de acrecentamiento respecto de las acciones que no fueran objeto del ejercicio del derecho de preferencia por parte de algún otro accionista. El envío de dicha notificación de aceptación al domicilio del accionista, constituirá un derecho en firme para exigir la adquisición de todas o parte de las acciones en venta, en los términos y condiciones establecidos en la “notificación de transferencia”.- (6.3) Si los accionistas no hacen uso de la opción de compra, o lo hicieran sólo parcialmente, y el accionista emisor de la notificación de transferencia podrá transferir al tercero interesado dentro del plazo de 60 días corridos a contar desde el día siguiente al de la recepción de la “notificación de transferencia” por parte del directorio la sociedad. Transcurrido dicho plazo no podrá transferir sus acciones sin previamente efectuar una nueva notificación de transferencia conforme lo dispuesto en esta cláusula.- (6.4) La transferencia de acciones entre socios es libre y sin restricción alguna y podrá ejercerse la adquisición de la totalidad de las acciones ofrecidas por parte de los accionistas que ejerzan la preferencia otorgada.-(6.5) En caso de fallecimiento de un accionista, los herederos declarados judicialmente ingresarán a la sociedad, con la misma participación del causante, debiendo unificar personería. (6.6) Los usufructuarios de las acciones que existieren al momento de operarse la transferencia, deberán, sin excepción, ser notificados de todos los pasos que se generen en torno a la venta de la nuda propiedad por cualquiera de los socios, y deberán, llegado el caso, conformar la misma en forma expresa.
ARTICULO SEPTIMO: En caso de mora en la integración del capital el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos del artículo 193 de la Ley General de Sociedades
ARTICULO OCTAVO: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: La dirección y administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio integrado por entre 1 y 3 miembros directores titulares e igual número al que se determine como titulares, de directores suplentes. El término de su elección es de tres (3) ejercicios y podrán ser reelectos. La Asamblea fijará el número de Directores titulares, así como su remuneración, también elegirá igual número de Suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación y en este caso según lo previsto en el artículo 258 de LGS deberá ser obligatoria la designación de al menos un director, suplente, al prescindirse del órgano de fiscalización. El Directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera sesión designará un Presidente, debiendo en caso de pluralidad de Titulares, designar un Vicepresidente, que reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento.-
ARTICULO NOVENO: GARANTIA DE LOS DIRECTORES: Cada uno de los directores debe presentar la siguiente garantía: depositar en la caja la suma de pesos tres millones ($ 3.000.000) cada uno.
ARTICULO DÉCIMO: FACULTADES DEL DIRECTORIO: El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluso las que requieren poderes especiales a tenor de los actos que así lo requieran por el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: podrá especialmente, operar con toda clase de bancos, compañías financieras, o entidades crediticias oficiales y privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Las facultades aquí detalladas son plenamente validas y vigentes tanto para el Presidente como el Vicepresidente que en su caso se designe. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en caso de ausencia o impedimento, de manera indistinta para un mejor funcionamiento del órgano. El directorio deberá reunirse al menos una vez cada tres meses, tal cual el plazo establecido en la Ley General de Sociedades; autorizándose que las mismas sean virtuales (a distancia) o presenciales, de modo tal que se garantice la voz y el voto de los mismos con tecnologías vigentes.-
ARTICULO UNDÉCIMO: FISCALIZACIÓN: La Sociedad prescinde de la Sindicatura conforme lo dispuesto en el articulo 284 de la Ley General de Sociedades.- Cuando por aumento de capital social la Sociedad quedará comprendida en el inciso segundo del artículo 299 de la Ley citada, anualmente la Asamblea deberá elegir Síndicos, Titular y Suplente.-
ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: ASAMBLEAS: Toda Asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley General de Sociedades, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria, el mismo día una hora después de fracasada la primera. La celebración de las asambleas podrá ser de modo presencial, o virtual la distancia), con la garantía que todos los socios puedan tener voz y voto con el sistema elegido para la celebración del modo virtual y comunicarse de manera simultánea.-
ARTICULO DÉCIMO TERCERO: El quórum y el régimen de mayorías se rigen por los artículos 243 y 244 de la Ley General de Sociedades, según las clases de Asambleas, convocatorias y materia de que se traten, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.-
ARTICULO DÉCIMO CUARTO: EJERCICIO SOCIAL: El cierre del ejercicio social operará el 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) el cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital social, al fondo de reserva legal; b) a remuneración del Directorio, en su caso; c) el saldo, en todo o en parte, a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión, o a cuenta nueva, o al destino que decida la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.
ARTICULO DÉCIMO QUINTO: La Disolución de la Sociedad se produce por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94 de la Ley General de Sociedades. La liquidación estará a cargo del Directorio actuante en ese momento o una comisión liquidadora que podrá designar la Asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas tenencias.
SEDE SOCIAL: Se fija en calle Juan de Garay 2860 de la ciudad de Recreo, Provincia de Santa Fe.
AUTORIDADES ELECTAS: Directores Titulares: Se designa director titular y Presidente al Sr. Mario Juan José Cordani, DNI 21.720.888, CUIT 20-21720888-3 y se designa director suplente al Sr. Enzo Maximiliano Cordani, DNI 23.920.809, CUIT 20-23920809-7, quien constituyen domicilio especial en calle Juan de Garay 2860 de la ciudad de Recreo, provincia de Santa Fe. Santa Fe, 12 de Febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 500 535344 Feb. 20
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CONSTRUVIAL S.R.L.
CESION DE CUOTAS
María Celeste TREVISI a favor de Javier Ignacio PICINATO. ESCRITURA NUMERO OCHENTA Y UNO. En la localidad de Elortondo, departamento General López, provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del m4s de mayo del año dos mil veintitrés, ante mí, Dr. Marcelo Fabián BIANCHINI, Escribano autorizante, titular del Registro de Contratos Públicos N° 722, con asiento en calle España N° 643, COMPARECEN: La señorita María Celeste TREVISI, nacida el 08 de septiembre de 1987, hija de Carlos Alberto TREVISI y Graciela Edelbis BASSO, D.N.I. N° 32.907.953, CUIT N° 27-32907953-3, soltera, con domicilio en calle 25 de Mayo N° 870 de esta localidad, por una parte, y por la otra, el señor Javier Ignacio PICINATO, nacido el 26 de abril de 1972, hijo de Guillermo David PICINATO y María Luisa MOUCHARD, D.N.I. N° 22.703.311, CUIT N° 20-22703311-9, soltero, con domicilio en Av. Ernesto G. Lombardi N° 1392 de esta localidad; ambos de nacionalidad argentina, afirmando conocerlos de acuerdo con lo normado en el artículo 306, inciso b, del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe. Y los comparecientes que concurren por sí, y “además” actúan en calidad de únicos socios integrantes de la firma “CONSTRUVIAL S.R.L.”, CUIT N° 30-71708446-9, con domicilio social calle 9 de Julio N° 1657, Piso 11, Dpto. “B” de la ciudad de Rosario, condición que justificarán al final de este instrumento, dicen que formalizan el presente CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES que tienen convenido y en consecuencia otorgan:
1) EXPOSICIÓN: El señor Javier Ignacio PICINATO y la señorita María Celeste TREVISI, manifiestan: Primero: Que el día 17 de diciembre del año 2020 constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, actualmente en plena actividad, que gira bajo la denominación “CONSTRUVIAL S.R.L.”, CUIT N° 30-71708446-9, con domicilio social 9 de Julio N° 1657, Piso 11, Dpto. “6” de la ciudad de Rosario, por el término de veinte años, con un capital social de pesos setecientos mil ($700.000), dividido en setenta mil (70.000) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una, suscribiendo e integrando el señor Javier Ignacio PICINATO la cantidad de cuarenta y nueve mil (49.000) cuotas sociales y la señorita María Celeste TREVISI la cantidad de veintiún mil (21.000) cuotas sociales, siendo su objeto la construcción, dirección y mantenimiento de obras civiles, viales, hidráulicas y obras de infraestructura para el transporte, el alquiler de maquinarias, servicio de transporte de cargas, servicios inmobiliarios - arrendamiento- por cuenta propia con bienes rurales propios, comercialización de áridos, tierra y/o materiales para la construcción. Su contrato constitutivo y el acta acuerdo por medio de la cual se fijó el domicilio social y se designó a los socios Javier Ignacio PICINATO y María Celeste TREVISI como gerentes de la misma, facultados a actuar en forma indistinta, lo suscribieron en la localidad de Elortondo, el día 17 de diciembre de 2020. Segundo: Que la intención de la señorita María Celeste TREVISI es ceder onerosamente al señor Javier Ignacio PICINATO, la cantidad de catorce mil (14.000) cuotas sociales.-
II.- ESTIPULACION: Primero: En consideración de lo expuesto, la señorita María Celeste TREVISI, en adelante la CEDENTE, CEDE onerosamente al señor Javier Ignacio PICINATO, en lo sucesivo el CESIONARIO, la cantidad de CATORCE MIL (14.000) CUOTAS SOCIALES, que tiene y le corresponden del capital social de la firma “CONSTRUVIAL S.R.L.”, representativas del veinte por ciento (20%).-Segundo: El precio de la compra de las cuotas cedidas se fija en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000), importe que el CESIONARIO abona a la CEDENTE en este acto, en efectivo, ante mí, por lo que otorgan al presente el valor de eficaz recibo y carta de pago.- Tercero: a) La CEDENTE transmite a favor del CESIONARIO todos los derechos y acciones inherentes a las cuotas cedidas, subrogando al adquirente en su mismo lugar y grado de prelación. Declara: 1) Que no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes; 2) Que las cuotas cedidas no están afectadas por medidas cautelares y/o precautorias de ninguna naturaleza, ni reconoce usufructo, prenda u otro derecho real; y que las mismas se encuentran íntegramente suscriptas e integradas; 3) Que las cuotas sociales revisten el carácter de bien propio y no se encuentran alcanzadas por las disposiciones del artículo 470, inciso c) del Código Civil y Comercial de la Nación. Cuarto: Impuesto el CESIONARIO de la cesión de cuotas formalizada a su favor, presta su total conformidad y aceptación.-Quinto: Los otorgantes determinan que como consecuencia de la presente cesión de cuotas, el capital social de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000), dividido en SETENTA MIL CUOTAS de un valor nominal de pesos diez ($ 10) cada una, el cuadro de suscripción del mismo ha quedado conformado de la siguiente manera: para el señor Javier Ignacio PICINATO la cantidad de SESENTA Y TRES MIL (63.000) CUOTAS de un valor nominal de pesos diez ($ 10) cada una y para la señorita Maria Celeste TREVISI, la cantidad de SIETE MIL (7.000) CUOTAS de un valor nominal de pesos diez ($ 10) cada una. Tercero: Los socios Javier Ignacio PICINATO y María Celeste TREVISI, de común acuerdo resuelven producir un cambio en la dirección y administración de la sociedad, la cual a partir de la fecha estará exclusivamente a cargo del señor Javier Ignacio PICINATO conforme a las disposiciones establecidas en la cláusula quinta y concordantes de su contrato constitutivo. También resuelven aprobar la gestión de María Celeste TREVISI como gerente en los términos del artículo 275 de la Ley General de Sociedades. Cuarto: La SOCIEDAD y la GERENCIA, en este último caso integrada por el señor Javier Ignacio PICINATO, se notifica de la transferencia de las CUOTAS, conforme lo dispone el artículo 152 de la Ley 19.550. Quinto: Atento a que la cesión instrumentada por este acto no altera ninguna de las cláusulas del contrato social constitutivo, no se requiere la modificación de su texto. Elortondo, 26/05/2023.
$ 250 535227 Feb. 20
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INSUR S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “INSUR S.A. s/Designación de Autoridades” (Expte. N°: 31; Folio —-, Año 2025), de trámite por ante el Registro Público, se hace saber que en la Asamblea General Ordinaria del 10 de enero de 2025, y según consta en Acta N° 25 se ha procedido a la designación del nuevo Directorio que se constituye de esta manera: DIRECTOR TITULAR - PRESIDENTE: Juan Ignacio MASJOAN SARRIA, DNI N° 30.961.956, CUIT N° 20-30961956-1, domiciliado en Lote 507 Manzana 207 s/n La Cuesta La Calera - Córdoba - DIRECTOR SUPLENTE: Ximena MASJOAN SARRIA, DNI N° 27.117.566, CUIT N° 27-27117566-9, domiciliada en Mariano Moreno 419 5º piso “B” — Córdoba. SANTA FE, 10 de Febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 100 535352 Feb. 20
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INTECNDT S.R.L.
PRORROGA DE DURACION
Se hace saber que en fecha 4/2/2025 los socios de INTECNDT S.R.L., Norberto Ceferino Spinelli, argentino, nacido el 9 de febrero de 1968, casado, titular del D.N.I. N° 20.142.911, CUIT N° 20-20142911-1, domiciliado en calle Derqui 8029 de Rosario, Santa Fe y Claudia Fabiana Mardoni, argentina, nacida el 24 de marzo de 1972, titular del D.N.I. N° 22.258.961, CUIT N° 27-22258981-4, casada, domiciliada en calle Derqui 8029 de Rosario, Santa Fe han resuelto, por unanimidad, la siguiente modificación al contrato social: 1) prórroga del plazo de duración: atento a encontrarse próximo a vencer el plazo de duración de la sociedad, se ha resuelto prorrogar el plazo de duración en 10 años más, resultando la redacción de la cláusula tercera así: “TERCERA. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad vencerá el día 31 de mayo de 2035, siendo la duración de la sociedad de 25 años desde la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio, ocurrida el 31 de mayo de 2010.
$ 100 535221 Feb. 20
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LA LEGUA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la DRA. M. JULIA PETRACCO, en autos caratulados “LA LEGUA S. A” S/DESIGNACION DE AUTORIDADES (Expte. 05/2025) según decreto de fecha 06-02-2025 se ordena la siguiente publicación de Edictos:
Según ACTA DE ASAMBLEA ORDINARIA N° 27 de fecha 29-06-2024 y ACTA DE DIRECTORIO N° 70 de fecha 29-06-2024, se resuelve la Designación de un NUEVO DIRECTORIO para un NUEVO PERIODO de 3 (TRES) EJERCICIOS quedando integrado de la siguiente manera:
PRESIDENTE: FELIPE ARAMENDI MARTIN , de nacionalidad argentino, nacido el día 22 de Agosto de 1.991, D.N.I N° 36.275.893 , apellido materno MARTIN, de profesión Ingeniero Agrónomo CUIT 23-36275893-9 , de estado civil soltero, domiciliado en Calle San Martín N° 1.152 de la Ciudad de Venado Tuerto Departamento General López, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com.
DIRECTOR SUPLENTE: SANTIAGO CARIDE, de nacionalidad argentino, nacido el día 11 de Mayo de 1.992, D.N.I N° 36.806.892, apellido materno ALURRALDE de profesión Ingeniero Agrónomo, CUIT 20-36806892-7, de estado civil soltero domiciliado en Calle San Martín N° 1.152 de la Ciudad de Venado Tuerto Departamento General López, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com.
Los Directores estando todos presente en este acto dan formal y expresa aceptación de los cargos asignados y constituyen domicilios especiales de conformidad a lo establecido en el Art. 256 de la Ley General de Sociedades 19.550 en la Sede Social sita en calle Belgrano N° 1067 - Piso 14- Dep. “B” de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com. VENADO TUERTO, 11 de Febrero de 2.025.
$ 100 535357 Feb. 20
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LOLOGROS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de fecha 16 de septiembre de 2024, se resolvió renovar el mandato de los directores por un nuevo período, quienes aceptan la propuesta sin objeción alguna. En este orden, a partir del día de la fecha, el directorio queda conformado de la siguiente manera: Director Titular: FASANO LEONARDO, apellido materno ANGELONI, DNI N° 30.792.105, CUIT N° 20-30792105-8, ARGENTINO, nacido el 02/07/1984, Empresario, divorciado, con domicilio en calle Paraguay N° 2196 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe-, Director Suplente: BELDOMENICO DANIEL ALBERTO, apellido materno PAIRETTI, DNI N° 31.566.725, CUIT N° 23-31566725-9, ARGENTINO, nacido el 19/06/1985, comerciante, soltero, con domicilio en calle Agustín Alvarez N° 477, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe. El Sr. Fasano Leonardo y el Sr. Beldoménico Daniel aceptan las designaciones objeto de la presente.
Autos: “Lologros S.A. s/ Designación de Administradores” (Expte. 5530, Año 2024.
$ 500 535307 Feb. 20
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MAGDA DISTRIBUCIONES S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, la. Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaria a cargo de Dra. Maria Julia Petracco, se hace saber en los autos: MAGDA DISTRIBUCIONES S.R.L. s/Constitución de sociedad, Expte. Nro. 122/2018, según lo dispuesto en resolución de fecha 10 de ABRIL de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:
1) Integrantes de la sociedad: DRUETTA MARIA LAURA, argentina, nacido el 01 de abril de 1974, con D.N.I. N°: 23.837.414, CUIT 27-23837414-1, casada en primeras nupcias con GIMENEZ FERNANDO MAURO, de profesión comerciante, con domicilio en calle Brown 1561 de la ciudad de Cañada de Gómez, y GIMENEZ ANA PAULA, D.N.I. 41.790.163, CUIT 27-41790163-4, argentina, soltera, nacido el 28 de octubre de 1999, comerciante, domiciliado en Francia 605 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.-
2) Fecha del contrato social: 23 de enero de 2019.-
3) Denominación Social: MAGDA DISTRIBUCIONES S.R.L..”
4) Domicilio Social: Ovidio Lagos 509 de la ciudad de Venado Tuerto, Santa Fe
5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Venta al por mayor de productos alimenticios. 2) Alquiler de maquinaria y equipo para la industria manufacturera. En el caso de que el objeto social habilite a la sociedad a desarrollar actividades que la ley reserva a profesionales, se contará con la asistencia de profesionales de la matricula respectiva.-
7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000), es decir, DOS MILLLONES QUINIENTAS MIL (2.500.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una; la Sra. DRUETTA MARIA LAURA suscribe UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (1.250.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, es decir, la suma pesos DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($12.500.000) y la Sra. GIMENEZ ANA PAULA suscribe UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (1.250.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, es decir, la suma pesos DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($12.500.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un VEINTICINCO PORCIENTO (25%) por cada uno de los socios. El SETENTA Y CINCO PORCIENTO (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.-
8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más GERENTES, socios o no.- A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados.- Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad, así como también actos de disposición de bienes muebles registrables y de bienes inmuebles, para los cuales se requerirán las mayorías estipuladas en el articulo 160 de la Ley General de Sociedades N° 19550 necesarias para la modificación del contrato social.- Se designa como gerentes de la Sociedad al señor GIMENEZ OSCAR ANTONIO, argentino, nacido el 27 de diciembre de 1973 con D.N.I. N°: 23.691.560, CUIT 20-23691560-4, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en Uruguay 1416 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe y al señor GIMENEZ FERNANDO MAURO, argentino, nacido el 18 de marzo de 1976, con D.N.I. N: 25.063.227, CUIT 20-25063227-5, casado en primeras nupcias con María Laura Druetta, de profesión comerciante, con domicilio en calle Brown 1561 de la ciudad de Cañada de Gómez, quienes actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.
9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar.- Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.-
10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.
11) CESION DE CUOTAS, FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley General de Sociedades N° 19550 en el art. 151- Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.- El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia.- En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago.- A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra.- Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.
12) FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente.- En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio.- Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería.- El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en DOCE CUOTAS pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia.- El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad.- La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad.- En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo. Venado Tuerto, 12 de febrero de 2025.
$ 500 535981 Feb. 20
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MEDIGO S.R.L.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en expediente “MEDIGO S.R.L S/ RENUNCIA Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES” (Expte. N° 3781 /2024), se ha ordenado la publicación del siguiente edicto por un día según el artículo 10 de la Ley N° 19.550, por el cual se hace saber que los Sres. Socios de MEDIGO S.R.L han dispuesto por unanimidad aceptar la renuncia como Socios Gerentes de los socios Lucas Germán Moreno, titular del D.N.I N° 27.462.233 y Carlos Germán García 25.016.362 y designar como Socio Gerente al socio Rubén Darío Nioi, titular del D.N.I N° 17.582.367, CUIT N° 20-17582367-1, apellido materno Loretan, nacido el 4 de abril de 1965, edad 59 años, con domicilio en calle Virasoro N° 2575 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante, según documento “Acta Acuerdo” de fecha 2 de Septiembre de 2024.
$ 100 535262 Feb. 20
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PITUPOY S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto 10 de Febrero de 2.025.
DIRECTORIO de “PITUPOV S.A.”, con domicilio en la ciudad de Venado Tuerto, con mandato vigente hasta que la Asamblea General Ordinaria se reúna para renovarlo en 30 de Abril de 2.027, conformado del modo siguiente:
MARTÍN JOSÉ GONZALEZ, D.N.I. N° 18.299.662, apellido materno Nerviani, argentino, Empresario, nacido el 28 de Setiembre de 1.966, divorciado de primeras nupcias con María de los Milagros Gimenez, s/ Exp. PL1177/10 s/Juzgado de Familia N°1 de Pilar, domiciliado en Entre Ríos Nº 267 de la ciudad de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe; DIRECTOR SUPLENTE: MARIANO DANIEL GONZALEZ, D.N.I. N°21.156.290, apellido materno Nerviani, argentino, Empresario, nacido el 25 de Noviembre de 1.969, casado en primeras nupcias con Brigida María Bocchino, domiciliado en Río Negro N° 268 de la ciudad de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe. VENADO TUERTO, 12 de Febrero de 2.025.
$ 150 535216 Feb. 20
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PREMEDOC S.A.
CAMBIO DE DIRECTORIO
Los accionistas de PREMEDOC S.A. con domicilio legal en la calle Pago Largo 292 de la ciudad de Rosario inscripta en el registro Público de Comercio el 21 de julio de 2010 en “Estatutos”, al T° 91 Folio 8263 número 415, resolvieron en Asamblea General Ordinaria del 30 de septiembre de 2024, designar como Presidente, a Diego Gerardo Bosch, DNI 24.980.541, CUIT 20-24980541-7, argentino, nacido el 30 de Enero de 1976, de profesión Ingeniero en Sistemas, casado con María Fernanda Ruiz, con domicilio en Francisco de Miranda 3878 de la localidad de Rosario Provincia de Santa Fe; como Vice-Presidente a Alejandro Francisco Romero, DNI 14.729.515, CUIT 20-14729515-5, argentino, nacido el 20 de noviembre de 1962, de profesión comerciante, casado en segundas nupcias con Jorgelina Ceconi, con domicilio en Tucumán 1464 piso 5 depto “A”, de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe; como Directores Suplentes a Jorgelina Ceconi, DNI 14.510.620, CUIT 27-14510620-1, argentina, nacida el 10 de diciembre de 1961, de profesión contadora pública, casada en segundas nupcias con Alejandro Francisco Romero, con domicilio en Tucumán 1464 piso 5 depto “A”, de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a María Fernanda Ruiz, DNI 26.005.086, CUIL 27-26005086-4, argentina, nacida el 10 de mayo de 1977, de profesión ama de casa, casada con Diego Gerardo Bosch, con domicilio Francisco de Miranda 3878, de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 100 535323 Feb. 20
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PEFAMA S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
DATOS PERSONALES DE LOS GERENTES: Sr. FACUNDO DI SANTO, argentino, de apellido materno Morelli, DNI N°: 32.810.912, CUIT N°: 20-32810912-4, Soltero, con dirección en Moreno 1346 8º A” de la ciudad de Rosario, Santa Fe, domicilio electrónico en fdisantogmail.com nacido el 10/01/1987, de profesión Abogado; y al Sr. AGUSTIN NIHUEL CASABONA, argentino, de apellido materno Di Pego, DNI N°: 33.069.264, CUIT N°: 20-33069264-3, Soltero, con dirección en Rioja 1637 10º “B” de la ciudad de Rosario, Santa Fe, domicilio electrónico en dr.agustincasabona@gmail.com nacido el 24/06/1987, de profesión Abogado.
FECHA DE INSTRUMENTO: 27 días del mes de Enero del 2025.
RAZON SOCIAL: “PEFAMA” Sociedad de Responsabilidad Limitada.
$ 50 535193 Feb. 20
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PRESENTES S.R.L.
CONTRATO
Fecha de constitución: 29/01/2025
Socios: Diego Maximiliano Silvero, de nacionalidad argentino, casado en primeras nupcias con María Belén Alderete, de apellido materno Jonte, de profesión comerciante, nacido el 03/01/1994, DNI Nro. 37.902.121, CUIT 20-37902121-3 domiciliado en calle Arrieta 1905 de la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe y María Belén Alderete, de nacionalidad argentina, casada en primeras nupcias con Diego Maximiliano Silvero, de apellido materno Monzon, de profesión docente, nacida el 03/12/1993, DNI 37.714.862, CUIT 27-37714862-8, domiciliada en Arrieta 1905 de la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe.
Denominación: PRESENTES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.-
Domicilio: El domicilio social se encontrará en Arrieta 1905 de la ciudad de Rosario.
Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada de terceros en el país o en el exterior, de las siguientes operaciones: compra y venta al por mayor y menor de productos de regalos, artesanías, obsequios empresariales y artículos publicitarios. Organización de eventos.
En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que 54 relacionen con su objeto.
Duración: Su duración es de Veinte (20) años, contados a partir de la inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.-
Capital social: El capital social queda fijado en la cantidad de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) dividido en TRES MIL (3000) cuotas de valor nominal MIL PESOS ($ 1.000.-) cada una, correspondiéndole al Sr. Diego Maximiliano Silvero, mil ochocientas (1800) cuotas de $ 1.000 (UN MIL PESOS), que representan la suma de $ 1.800.000.- (PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL), y equivale al 60% (sesenta por ciento) de las cuotas partes y la Sra. María Belén Alderete, mil doscientas (1200) cuotas de $ 1.000.- (UN MIL PESOS) cada una, que representan la suma de $1.200.000.- (PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL), y equivale al 40% (cuarenta por ciento) de las cuotas partes. El capital suscripto se integra en un veinticinco por ciento (25%) por los socios en dinero en efectivo, obligándose a integrar el setenta y cinco por ciento (75%) restante en el plazo de dos (2) años previstos en la Ley de Sociedades-Art. 149, en las proporciones ut-supra mencionadas también en efectivo.
Dirección y administración de la sociedad: La dirección, administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no quienes durarán en sus funciones hasta tanto sean removidos de sus cargos, se designe un gerente nuevo, ose den algunas de las causales por las cuales entra en funciones el gerente suplente previas sendas inscripciones en el Registro Público de Comercio.
Fecha de cierre balances: El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año.
Fiscalización: La fiscalización de la Sociedad podrá ser ejercida por cualquiera de los socios cuando lo crean oportuno.
Socio Gerente: Diego Silvero.
$ 250 535139 Feb. 20
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RESIDENCIA MELINCUE S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Señor Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Instancia, a cargo del Registro Público de a ciudad de Rosario, Santa Fe se ordena la publicación por un día del siguiente edicto referido a la Cesión de Cuota de Residencia Melincué S.R.L. - CUIJ 21-05542841-4.
Edicto paca publicar en el BOLETÍN OFICIAL “RESIDENCIA MELINCUE S.R.L. s/CESION DE CUOTAS ENTRE SOCIOS /TR - Expte. 402/2025”
Cesión de Cuota: El Sr. MARCOS NAHUEL ALIAS cede, vende y transfiere la cantidad de veinte (20) cuotas sociales de que tiene en la corresponden, en la siguiente proporción: a favor del Sr. EMILIANO FERRARI, cede, vende y transfiere diez (10) cuotas sociales, teniendo cada cuota un valor nominal de pesos Veintisiete Mil ($27.000), lo que totaliza un valor de pesos DOSCIENTOS SETENTA MIL $270.000; a favor del Sr. LUCAS HIPOLITO PIAZZA, cede, vende y transfiere cinco (5) cuotas sociales, teniendo cada cuota un valor nominal de pesos Veintisiete Mil ($27.000), lo que totaliza un valor de pesos CIENTO TREINTAY CINCO MIL $135.000y a favor del Sr. GUIDO EDUARDO PIAZZA, cede, vende y transfiere cinco (5) cuotas sociales, teniendo cada cuota un valor nominal de pesos Veintisiete Mil ($27.000), lo que totaliza un valor de pesos CIENTO TREINTA Y CINCO MIL $135.000; quedando en Sr. MARCOS NAHUEL ALIAS con 5 cuotas sociales, teniendo cada cuota un valor nominal de pesos Veintisiete Mil ($27.000), lo que totaliza un valor de pesos CIENTO TREINTA Y CINCO MIL $135.000. El precio de esta cesión se establece en la suma de Pesos QUINIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($540.000).
En razón de la presente cesión de cuotas de capital social se modifica la cláusula QUINTA del Contrato social, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: “Quinta: Capital: el capital social se fija en la suma de pesos DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($2.700.000), dividido en CIEN (100) cuotas de VEINTISIETE MIL pesos ($27.000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El señor EMILIANO FERRARI, suscribe CINCUENTA Y CINCO (55) cuotas de capital, o sea PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($1.485.000). El señor LUCAS HIPOLITO PIAZZA, suscribe VEINTE (20) cuotas de capital, o sea PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000). EL Sr. GUIDO EDUARDO PIAZZA, suscribe VEINTE (20) cuotas de capital, o sea PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000). El Sr. MARCOS NAHUEL ALIAS, suscribe CINCO (5) cuotas de capital, o sea PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL ($135.000), que integra en este acto y en dinero efectivo.
$ 100 535249 Feb. 20
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SANCOR VENTURES S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
A los fines que correspondan, y por disposición del Sr. Juez a/c del Registro Público, en autos caratulados CUIJ: 21-05397027-0 Año 2024 - “SANCOR VENTURES S.A. s/Designación de Autoridades”, se ha ordenado difundir lo que a continuación se comunica: Por acta N° 3 del 26-09-24 se procedió mediante punto 7) de la misma a la fijación del número y elección de los miembros titulares y suplentes del Directorio y mediante el punto 8) elección de un síndico titular y uno suplente. Asimismo a través del acta N° 18 del 26-0924 se llevó a cabo la distribución de cargos del Directorio el que quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Alejandro Carlos Simón, D.N.I. 24.235.507; Vice-Presidente: Carlos Manuel Ceferino Casto, D.N.I. 18.174.047; Directores Titulares: Luciano Hernán Mo, D.N.I. 24.702.695 y Clorinda María del Huerto Mantaras, D.N.I. 23.358.293; Director Suplente: Francisco José Cruz D.N.I. 29.974.495. La Sindicatura queda conformada de la siguiente manera: Síndico Titular: Eduardo Daniel Terranova, D.N.I. 14.441.537. Síndico Suplente: Juan Carlos Beltrame, D.N.I. 20.450.351.
$ 80 535148 Feb. 20
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SERVICIOS DOMICILIARIOS ROSARIO S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposiciones de Registro Público de Comercio en autos: SERVICIOS DOMICIIARIOS ROSARIO S.R.L. sobre MODIFICACION CLAUSULA SEXTA ADMINISTRACION /RATIFICACION DE GERENTE - CUIJ 21-05542787-6, se ordena la publicación por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL de los siguientes actos.
Se hace constar que por Acta de socios de fecha 06 de febrero de 2025, los socios de SERVICIOS DOMICILIARIOS ROSARIO S.R.L. - CUIT 30-77142550-7, inscripta en contratos al Tomo 161 Folio 14472 Nro. 1003 de fecha 18 de junio de 2010, señores Jorge Alberto Sánchez, argentino, titular del DNI 21.041.285 y de la CUIT 23-21041285-9, y Gabriela Ileana Rivera, argentina, titular del D.N.I 18.030.997 y de la CUIT 27-18030997-2, han decidido modificar la cláusula SEXTA del contrato social por la siguiente: “SEXTA: Administración, dirección y representación: La administración, dirección y representación legal estará a cargo del socio JORGE ALBERTO SANCHEZ (CUIT 23-21041285-9), quien es designado en este acto en el cargo y carácter de Gerente con todas las atribuciones de ley y representa a la sociedad ante terceros, instituciones y/o reparticiones públicas con su firma personal, precedida de la denominación social y seguida de la enunciación ‘Socio Gerente’, quien ejercerá su función, y cuyo mandato tendrá una duración hasta que la asamblea de socios asilo revoque mediando justa causa o por incapacidad, inhabilidad, incompatibilidad o renuncia. El nombramiento de gerente se efectuará por unanimidad de votos en Asamblea de socios. La retribución del gerente será establecida por decisión unánime de la Asamblea. El gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos los especificados en el art.375 del Código Civil y Decreto 5965/63, art. 9 con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Se hace saber que con motivo de la modificación de la cláusula sexta y mediante acta de la misma fecha del 06 de febrero de 2025 referida precedentemente se ha procedido a designar socio gerente al socio JORGE ALBERTO SANCHEZ, argentino, titular del D.N.I. N° 21.041.285 y de la CUIT 23-21041285-9, nacido el 2 de diciembre de 1969, de profesión médico, casado en primeras nupcias con Gabriela Ileana Rivera, con domicilio en calle García del Cossio Bis 2188 Barrio Palos Verdes UF 110 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, con todas las facultades que establece la cláusula sexta del contrato social de SERVICIOS DOMICILIARIOS ROSARIO S.R.L.,quien denuncia domicilio especial a los efectos legales García del Cossio Bis 2188 Bardo Palos Verdes -UF 110 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
$ 150 535180 Feb. 20
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TRANSELEC S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 11 días del mes de Diciembre de 2024, entre el Sr. Francisco José Luis Greco, DNI 14.444.805, CUIT 20-14444805-8, en adelante EL CEDENTE y, el Sr. Ramiro David Greco, DNI 36.010.211, CUIT 2036010211-5, en adelante EL CESIONARIO, de la Sociedad TRANSELEC S.R.L., expresan que: En este acto el Sr. Francisco José Luis Greco, EL CEDENTE cede de su titular/dad la cantidad de cincuenta y cinco mil (55.000) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000,00), integrado en su momento en dinero en efectivo, cediendo al Sr, Ramiro David Greco, la cantidad de cincuenta y cinco mil (55.000) cuotas partes de capital, o sea la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000,00), a Que enterados EL CESIONARIO de la cesión dispuesta por EL CEDENTE, acepta la misma.
ADECUACION DE LA CLAUSULA DE CAPITAL: QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000,00) dividido en quinientos mil (500.000,00) cuotas de un peso ($ 1,00) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio Sr. Francisco José Luis Greco ha aportado trescientos ochenta y cinco mil (385.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos Trescientos ochenta y cinco mil ($ 385.000,00), el socio Sr. Guillermo Juan José Genero suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), el socio Sr. Ramiro David Greco suscribe setenta y cinco mil (75000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00), y la socia Srita. Chiara Belén Greco suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00). El Capital a la fecha se encuentra totalmente suscripto e integrado.
$ 100 535138 Feb. 20
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VEBILA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por Disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. M. Julia Petracco en autos caratulados “YEBILA S.A.” S/Designación de autoridades (Expte. 04/2025) según decreto de fecha 06-02-205 se ordena la siguiente publicación de edictos:
Según ACTA DE DIRECTORIO N° 126 de fecha 09-09-2024, ASAMBLEA N° 102 de fecha 23-09-2024 y ACTA DE DIRECTORIO N° 127 de fecha 23-09-2024 se resuelve la Designación del DIRECTORIO para un NUEVO PERIODO de 3 (TRES) EJERCICIOS quedando integrado de la siguiente manera:
PRESIDENTE: SANDRO GABRIEL PEISINO, de nacionalidad argentino, nacido el día 28 de Noviembre de 1.966, DNI N° 17.956.226, apellido materno OLGUIN, de profesión Comerciante, CUIT 20-17956226-0, de estado civil casado en terceras nupcias con TELMA DORIS PERACHIIMO DNI N° 20.142.822 , , domiciliado en Calle Pellegrini Nº 1050 de la Ciudad de Venado Tuerto , Departamento General López, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com.. -
DIRECTORA SUPLENTE : TELMA DORIS PERACHINO, de nacionalidad argentina, nacida el día 25 de Septiembre de 1.968, DNI N° 20.142.822, apellido materno ARROYABE, de profesión Comerciante , CUIT 27-20142822-5,de estado civil casada en primeras nupcias con SANDRO GABRIEL PEISINO DNI N° 17.956.226, domiciliada en Calle Pellegrini N° 1050 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe , domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com.
Quienes estando todos presentes en este acto dan formal y expresa aceptación de los cargos designados, declaran sus datos de identidad y constituyen domicilios especiales en sus domicilios particulares arribas declarados. VENADO TUERTO, 11 de Febrero de 2025.
$ 100 535355 Feb. 20
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WARI S.A.S.
CAMBIO DE DOMICILIO
Se manifiesta que por Acta N°1 de fecha 13 de noviembre de 2024, se decide por cuestiones operativas y comerciales, la sociedad muda su sede social de calle Morrison N° 8454, fijándola en calle Brassey 7557 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
$ 50 535202 Feb. 20
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YEBILA S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO
Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto DRA. MARIA CELESTE ROSSO, Secretaria DRA. M. JULIA PETRACCO, en autos caratulados: “YEBILA S.A. S/CAMBIO DE SEDE SOCIAL (Expte. 14/2025), según decreto de fecha 10-02-2025 se ordena la siguiente publicación de Edictos:
Según ACTA DE DIRECTORIO N° 128 de fecha 04 de Octubre de 2024 se resuelve el cambio de Sede Social de la Sociedad “YEBILA S.A.”, fijándose como NUEVA SEDE SOCIAL en Calle AVENIDA SANTA FE N° 3.255 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico sebastianstanich@hotmail.com, VENADO TUERTO, 11 de Febrero de 2025.
$ 40 535354 Feb. 20
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AGROPECUARIA LA VILLADITA S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados: “AGROPECUARIA LA VILLADITA S.R.L. s/CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN POR CAMBIO DE JURISDICCIÓN A OTRA CIRCUNSCRIPCIÓN” CUIJ N° 21-05795420-2, se hace saber el cambio de domicilio de la Sede Social de AGROPECUARIA LA VILLADITA S.R.L. al domicilio de calle Sarmiento 1863 de la ciudad de Casilda, Provincia de Santa Fe, decidido por reunión de socios de fecha 12-05-2017.-
$ 114 535381 Feb. 20 Feb. 24
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BAUHEN INGENIERIA Y GESTION S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela en los autos caratulados: BAUHEN INGENIERIA Y GESTION SOCIEDAD ANONIMA s/PRORROGA DE PLAZO DEL CONTRATO SOCIAL, CAMBIO SEDE SOCIAL, MODIFICACION DEL ESTATUTO (ART. 1, 4. 8, 11) Y TEXTO ORDENADO. 21-05397077-7, se procede a la siguiente publicación: Según lo resuelto en Asambleas Generales Extraordinarias Unánimes de BAUHEN INGENIERIA Y GESTION SOCIEDAD ANONIMA, en fecha 29 de julio de 2024 y 13 de septiembre de 2024, se resolvió prorrogar su plazo de duración a cincuenta (50) años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio; sus Directores durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la asamblea general ordinaria; los miembros del directorio tendrán facultades de administración y disposición de la sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales a que se refiere el artículo 375 del Código Civil y Comercial, con excepción de lo establecido en sus incisos a), b), c) y 1) y artículo 9 del Decreto Ley 5965/93; el domicilio legal y la sede social de la Sociedad se fija en calle Necochea 1088 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, provincia de Santa Fe. Verónica H. Carignano, Secretaria. Rafaela, 11 de Febrero de 2025.
$ 250 535368 Feb. 20 Feb. 24
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COSTA RIBERA S.A.
DESIGANCION DE AUTORIDADES
Por acta de asamblea de accionistas de fecha 24 del mes de abril de 2023 se designó el Directorio de la sociedad conformado de la siguiente manera: Director titular y Presidente; LISANDRO JOSE ROSENTAL, argentino, DNI Nro. 31.535.557, con CUIT: 20-31535557-6, empresario, casado, con domicilio en calle Las Acacias 215 Rosario. Director Suplente; SANTIAGO FREYTES, argentino, DNI Nro. 30.763.570, con CUIT: 2030763570-5, contador público, casado, con domicilio en calle Catamarca 1473 3 A, Rosario. Se fija domicilio especial en calle Rioja 1521 piso 3 de Rosario.
$ 50 535379 Feb. 20
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CUARTA GENERACION S.R.L.
CONTRATO
1.- Filiación de los socios: Sr. RUBEN DOMINGO VILA, argentino, D.N.I. N° 16.814.117, CUIT 20-16814117-4 ,nacido el 20 de junio de 1964, comerciante, casado en primeras nupcias con Adriana Raquel Rizzotto, domiciliado en Avenida del Trabajo 601, planta baja, Villa Constitución y electrónico rubenvilalospriniossrl.com , la Sra. MARIA VICTORIA VILA, argentina, D.N.I. N° 36.792.613, CUIT 27-36792613-4 ,nacida el primero de setiembre de 1992, comerciante, soltera, domiciliada en Avenida del Trabajo 601, planta baja, Villa Constitución, y electrónico victoriavila@gmail.com
2.- Fecha de instrumento de constitución: 08 de enero de 2.025
3.- Denominación de la sociedad: “CUARTA GENERACION” S.R.L.
4.- Domicilio legal: Autopista Tte. Gral. Aramburu y Arroyo del Medio, Theobald, Santa Fe.-
5.- Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto a) La prestación y realización de servicios postales, admisión, clasificación, transporte, distribución, entrega redespacho o reenvío de correspondencia, cartas, postales, encomiendas, dentro de la República Argentina, desde o hacia el exterior. La prestación y actividad de courriers y todas las que se asimilen o le sean asimilables, con o sin vehículo, capacidad de carga o porte. b) Importar y exportar productos y servicios, c) almacenaje, operaciones de depósito, operación de depósito fiscal, embalaje, pesaje, inspección, control, agrupación y fraccionamiento de productos, mercaderías y bienes de todo tipo y transporte de los mismos, incluyendo la gestión y logística necesaria para la organización y coordinación.
6.- Plazo de duración: 30 años, contados desde la inscripción en el R.P. de Comercio.
7.- Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000000.-) dividido en cinco mil (5000) cuotas de milpesos ($ 1000.-) cada una, totalmente suscriptas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: el socio Rubén Domingo Vila, suscribe la cantidad de dos mil quinientas cuotas (2500), representativa de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000.-) y la socia María Victoria Vila, suscribe la cantidad de dos mil quinientas cuotas (2500), representativa de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000.-) . Los socios integran en este acto en dinero en efectivo el veinticinco por ciento (25%) de sus cuotas suscriptas, lo que acreditan mediante boleta de depósito de garantía en el Banco de Santa Fe y por el saldo, se comprometen a integrarlo, también en dinero en efectivo, dentro de los dos (2) años a contar de la fecha del presente contrato.
8.- Uso de firma: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socio o no, en forma individual e indistinta, por periodo indeterminado, con facultad para obligar a la sociedad por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social.
Se Designa como gerente al Sra. María Victoria Vila CUIT N° 27-36792613-4 y al Sr. Vila Emiliano Francisco CUIT 20-39504152-6.
9.- Fiscalización: la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes en cualquier momento podrán efectuar por sí o por medio de profesional especializado que designen, la revisión de las registraciones contables, de los comprobantes que les dieron origen y de cualquier otra documentación inherente a la sociedad que estimen necesaria.
10- Fecha de cierre del ejercicio: la sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de octubre de cada año, fecha a la cual, se practicará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un Estado de resultados del ejercicio.
$ 400 535369 Feb. 20 Feb. 24
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CONSCIENCIA VEGANA DISTRIBUIDORA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Fecha del Instrumento: 12/07/2023
Datos de Inscripción: inscripta en CONTRATOS al Tomo 173, Folio 4532, Nro. 834 de fecha 27/05/2022.
Datos de los socios: SERENELLI EZEQUIEL JOEL argentino, soltero, nacido el 22/09/1989, comerciante, con domicilio en Montevideo 5241 de Rosario, DNI 34.651.912 CUIT/CUTL 20-34651912-7; BIANCHI EVELYN MORIEL, argentina, soltera, nacido el 01/05/1993, comerciante, con domicilio en Chubut 5737 de Rosario, DNI 37.208.995 CUIT/CUTL 23-37208995-4; SPATOLA LUCAS, argentino, soltero, nacido el 10/03/1996, comerciante, con domicilio en Guatemala 2074, Rosario, DNI 39.505.201 CUIT/CUIL 20-39505201-3 y ABUD SANTIAGO JOSE, argentino, soltero, nacido el 19/05/1983, comerciante, con domicilio en 3 de Febrero 2069 de Rosario DNI 30.167.916, CUIT/CUIL 20-30167916-6.
Cesión de Cuotas: el señor socio SPATOLA LUCAS cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir diez mil (10.000) cuotas sociales, al señor SERENELLI EZEQUIEL JOEL a la señora BIANCHI EVELYN MORIEL y al señor ABUD SANTIAGO JOSE. El monto de la cesión ha sido abonado por el cesionario con anterioridad a este acto.
Como consecuencia de la cesión precedente, se ha modificado la cláusula QUINTA del contrato social, quedando redactado como continúa:
“QUINTA: El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($400.000.-) importe que se divide en cuarenta mil (40.000) cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada cuota; las que han sido suscriptas en los siguientes proporciones: SERENELLI EZEQUIEL JOEL, trece mil trescientos treinta y tres (13.333) cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada cuota, o sea la suma de pesos ciento treinta y tres mil trescientos treinta ($ 133.330.-); BIANCHI EVELYN MORIEL, trece mil trescientos treinta y cuatro (13.334) cuotas sociales de pesos diez 110.-) cada cuota, o sea la suma de pesos ciento treinta y tres mil trescientos cuarenta ($ 133.340.-) y ABUD SANTIAGO JOSE, trece mil trescientos treinta y tres (13.333) cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada cuota, o sea la suma de pesos ciento treinta y tres mil trescientos treinta ($133.330.-).”
RATIFICACIÓN DE GERENTES: Los socios ratifican la designación como gerentes de la sociedad a la señora BIANCHI EVELYN MORIEL, quien en un todo de acuerdo con el artículo sexto del contrato social, hará uso de la firma social en forma individual.
$ 200 535449 Feb. 20
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C.I.A.R. S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición de la Sra. Secretaría del Registro Público, en el Expte. 21-05215373-2/ 2243/2024 se ha ordenado la publicación de la inscripción de la modificación de la Cláusula Sexta del Contrato Social de C.I.A.R., S.R.L. y redacción de texto ordenado, dispuesto en reunión de socios del día 20 de noviembre de 2024: Denominación y domicilio: La sociedad se denomina C.I.A.R. CONSTRUCTORA S.R.L. y tiene su domicilio legal en la calle Mariano Candioti 2986 de la ciudad de Santo Tomé, Departamento La Capital, provincia de Santa Fe,
Duración: La Sociedad se constituye por el plazo de 99 años contados a partir de la inscripción de la Reconducción en el Registro Público.
Objeto: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia y/o asociada a terceros, la construcción, reforma y/o reparación de viviendas, departamentos, oficinas, edificios. Así también comprende, las tareas de construcción, reforma y/o reparación de las instalaciones eléctricas, gas, agua y cloacas.
Capital Social: El capital social se establece en la suma de Pesos Treinta mil ($ 30 000,-) dividido en 3.000 cuotas sociales de valor nominal pesos Diez ($10) cada una,, que los socios suscriben en su totalidad de acuerdo al siguiente detalle: El señor GANDINO JUAN ANTONIO, suscribe un mil seiscientas cincuenta (1.650) cuotas sociales que equivalen a pesos dieciséis mil quinientos ($ 16.500) y la señora RAMSEYER MARIA ALEJAN9RA suscribe un mil trescientos cincuenta (1.350) cuotas sociales que equivalen a pesos trece mil quinientos ($13.500).
Cesión de cuotas: A los efectos de la aplicación del art. 152, la cesión de cuotas sociales no podrá hacerle a terceros extraños, sin la aprobación por el voto favorable de los socios que representen la unanimidad.
Administración: La administración y dirección serán ejercidas por la Sra. MARIA ALEJANDRA RAMSEYER, DNI 16.550,184, CUIT 27-16550184-0 domiciliada en calle Austria 1182 de la ciudad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, en carácter de Socia Gerente, quien ejercerá la representación y el uso de la firma social, quien durará en el cargo el plazo de duración de la sociedad.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad está a cargo de todos los socios, quienes tendrán la facultad de examinar los libros, registros y demás documentos sociales y recabar de los gerentes los informes que estimen necesarios.
Ejercicio social: El ejercicio social cierra el 31 de Mayo de cada año. Santa Fe, 13 de Febrero de 2025. Liliana Piana, Secretaria.
$ 100 535372 Feb. 20
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CONSULTORES EN IT S.A.S.
MODIFICACIÓN ESTATUTO
(Artículos 6, 9, 10, 11 y 17)
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CONSULTORES EN IT S.A.S. S/ MODIF. ART. 6, 9, 10, 11 Y 17”, C.U.I.J. 21-05541996-2, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Rosario, se cumple en informar que según acta de Reunión de Socios de fecha 4 de enero de 2024, de la sociedad CONSULTORES EN IT S.A.S., se resolvió lo siguiente: 1. Modificar los art. 6, 9, 10, 11 y 17 del Estatuto, los que quedaron redactados de la siguiente forma: “ARTICULO SEXTO: Los socios no podrán transmitir voluntariamente sus acciones por un plazo de 5 años, computado a partir de fecha 04 de enero de 2024, salvo conformidad expresa de la totalidad de los otros socios. Transcurrido ese plazo, los accionistas tendrán recíprocamente derecho de preferencia para adquirir la totalidad de las acciones que otro accionista se proponga transferir, en las mismas condiciones ofrecidas al accionista cedente por cualquier interesado, sea este otro accionista o un tercero. Quien se proponga transmitir sus acciones deberá notificar esa circunstancia al órgano de administración de la sociedad, indicando nombre y apellido, D.N.I. y domicilio del interesado en adquirirlas, cantidad de acciones a transferir, precio y condiciones de la operación. El órgano de administración deberá comunicar esta circunstancia, así como todos los datos relativos a la operación, a los demás accionistas dentro del plazo de diez días corridos de recibido el aviso. Los demás accionistas, ya sean todos, una parte o uno de ellos, tendrán derecho de adquisición preferente en las mismas condiciones que las ofertadas, a cuyo efecto dispondrán de diez días corridos, a partir de la recepción de la comunicación, para ejercer el derecho de preferencia. Recibidas las comunicaciones, de haber accionistas que no ejercieron el derecho de adquisición preferente, dentro de los 5 días el órgano de administración emitirá una nueva notificación a los accionistas que sí ejercieron el derecho de adquisición preferente, de modo de que informen si desean ejercer el derecho de acrecer en la adquisición preferente. Los accionistas deberán manifestar dentro de los 5 días si, en caso de que otro accionista no ejerciese su derecho a acrecer, adquirirían esas acciones. Si en el plazo de 45 días desde que el accionista cedente informó la cesión no se le notifica fehacientemente la adquisición preferente de la totalidad de las acciones a ceder, se entiende que el derecho de adquisición preferente no ha operado y la cesión es exigible entre cedente y cesionario, sin que los accionistas que ejercieron parcialmente el derecho de adquisición preferente o de acrecer puedan exigir la transmisión de las acciones por la cual ejercieron el derecho de adquisición preferente o de acrecer. Asimismo, este procedimiento se aplicará cuando la cesión sea gratuita, debiendo el titular de las acciones que se pretenden ceder informar el valor en moneda de curso legal en Argentina en el que estima las mismas. En caso de transmisión por división de comunidad de gananciales por actos entre vivos, el cónyuge no titular de las acciones objeto de la división deberá comunicar al órgano de administración el valor de las acciones que serán objeto de transmisión por división de comunidad de gananciales dentro de los cinco (5) días de ser notificada la sociedad de la adjudicación de las acciones. Se aplicará el procedimiento previsto en esta cláusula respecto de la cesión onerosa de acciones. En los casos de cesión gratuita y transmisión por división de comunidad de gananciales se aplicará lo previsto en el artículo 154, párrafo primero, de la Ley 19.550. Ningún accionista podrá dar en garantía o gravar sus acciones a terceros sin que estos acepten cumplir el procedimiento establecido en este artículo antes de disponer la cesión y/o subasta de las acciones. Estas restricciones deberán constar en los títulos representativos de las acciones. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, sus herederos se incorporarán a la sociedad”. “ARTICULO NOVENO: La administración y representación de la sociedad está a cargo de un órgano denominado órgano de Administración. Sus integrantes serán denominados ‘Administradores’. El Administrador designado por tiempo indeterminado es Horacio Oscar Biscoglio, D.N.I. 23.623.934. “ARTÍCULO DECIMO: El órgano de Administración tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes. Incluso, los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 9° del decreto 5965/63. Los Administradores actuarán conforme con lo establecido por los artículos 58 y 59 de la Ley 19.550. “ARTICULO DECIMOPRIMERO: Las reuniones de socios se celebrarán cuando lo requiera cualquiera de los Administradores. La convocatoria de la reunión se realizará por medio fehaciente en el domicilio de cada socio, informando del día, hora y lugar de celebración, así como el orden del día. Las reuniones serán convocadas como mínimo con 10 días de anticipación y en un plazo máximo de 30 días a su celebración. También debe realizarse por medios electrónicos, en cuyo caso deberá asegurarse su recepción. Las reuniones podrán realizarse en la sede social o fuera de ella, utilizando medios que les permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, quedando sujetas a los requisitos del artículo 53, segundo párrafo, de la Ley N° 27.349. El Administrador presidirá la reunión de socios. De no estar presentes o no ser posible que presidan el acto, la reunión de socios resolverá por mayoría de las acciones presentes quién dirigirá la reunión. Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al órgano de administración a través de cualquier procedimiento que garantice su autenticidad, dentro de los diez (10) días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente o las que resulten de declaración escrita en la que todos los socios expresen el sentido de su voto. Cuando la sociedad tenga socio único las resoluciones del órgano de gobierno serán adoptadas por este. Las resoluciones del órgano de gobierno que importen reformas al estatuto se adoptarán por mayoría absoluta de los votos a los que dan derecho la totalidad de las acciones de la sociedad, sean o no partícipes del acto. Las resoluciones que no importen modificación del estatuto se adoptaran por mayoría absoluta de los votos presentes. No será necesario el voto de otro socio cuando un solo socio cuente con los votos suficientes para aprobar por sí solo una resolución. Cuando un socio deba abstenerse de votar, sus votos no se tomarán en consideración para determinar la mayoría. El socio no podrá ejercer el derecho de voto sobre las acciones cuya integración se encuentre en mora. Es inválida la resolución del órgano de gobierno que se obtuvo con el voto de un socio obligado a abstenerse de votar, siempre que ese voto haya sido necesario para aprobar la resolución. Se deja expresamente establecido que el aumento del capital social brinda al socio que vota en contra o que se encuentra ausente el derecho de receso conforme lo previsto por el artículo 160 de la Ley 19.550. En todos los casos en que se conceda derecho de receso, el mismo puede ser ejercido por el socio que se encuentre ausente del acto en el que se toma la resolución, si notifica fehacientemente su voluntad a la sociedad dentro de los 10 días de sucedido el acto. En todos los supuestos de derecho de receso, la valuación de las acciones se hará conforme con el artículo decimoséptimo de este instrumento constitutivo. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Los socios podrán autoconvocarse y sus resoluciones serán válidas si se encontrara presente la totalidad del capital social y los temas a tratar son aprobados por unanimidad -sin perjuicio de que cada tema o punto del orden del día es aprobado conforme a las mayorías legales o estatutarias previstas en cada caso-“. “ARTICULO DECIMOSÉPTIMO: Los socios y administradores no pueden por sí y/o a través de terceros comercializar productos y/o prestar servicios similares o afines a los de la sociedad, así como ser socios y/o empleados y/o administradores de personas jurídicas que lo hagan. No pueden tampoco producir daños a la sociedad ni utilizar información confidencial. El incumplimiento de estas obligaciones habilita la exclusión de los socios y la remoción de los administradores con justa causa. Para excluir a un socio se requiere contar con las mayorías necesarias para modificar el estatuto, sin computar las acciones del socio cuya exclusión se ha de resolver, y sin perjuicio de la participación del socio en el acto del órgano de gobierno. En todos los casos de resolución parcial del contrato social, el haber que le corresponda al socio saliente será determinado de acuerdo con un balance especial que se confeccionará al efecto. La sociedad deberá informar al socio saliente de la valuación del patrimonio de la sociedad y de las acciones de la que es titular dentro del plazo de treinta y cinco (35) días. El socio saliente contará con un plazo de veinte (20) días para analizar el balance especial, con toda su documentación de respaldo. Dentro de los cinco (5) días siguientes podrá objetar la valuación patrimonial de la sociedad y/o de sus acciones, informando a la sociedad su valuación. En tal caso, la diferencia será dirimida judicialmente, sin perjuicio del pago al socio saliente del monto determinado por la sociedad. El monto neto resultante le será abonado al socio saliente luego de transcurridos los plazos expresados precedentemente, en dos (2) cuotas semestrales, iguales y consecutivas, las que devengarán un interés igual al de la Tasa Activa Promedio Mensual Sumada del Banco de la Nación Argentina.
$ 230 535373 Feb. 20
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AGRO LOS LAPACHOS S.A.
SUBSANACION DE SOCIEDAD
Se hace saber, que en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a los 01 días del mes de enero de 2025, Diego Alberto Bersano Rossetti, ingeniero agrónomo nacido el 27/03/1975, apellido materno Rossetti, casado en primeras nupcias con Daniela Norma Faure, DNI 25.964290, CUIT 27-25964290-1 domiciliado en Moreno número 845 de la localidad de Rafaela, Pcia. de Sta. Fe; Cesar Miguel Bersano Rossetti, productor agropecuario, nacido el 08/01/1974, apellido materno Rossetti, casado en primeras nupcias con Jorgelina María Médeci, DNI 23.429.977, CUIT 20-23429977-9 domiciliado en Pedro Avanthay número 141 de la localidad de Rafaela, Pcia. de Sta. Fe; y Teresa Matilde Rossetti, jubilada nacida el 24/03/1949, apellido materno Williner, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Bersano, DNI 4.974.236, CUIT 27-04974236-9 domiciliada en Moreno número 845 de la localidad de Rafaela, Pcia. de Sta. Fe, todos de nacionalidad argentina y hábiles para contratar, y únicos integrantes de la sociedad ROSSETTI TERESA BERSANO CESAR Y BERSANO DIEGO, resuelven subsanar en Sociedad Anónima dicha sociedad, en AGRO LOS LAPACHOS S.A., continuadora de ROSSETTI TERESA BERSANO CESAR Y BERSANO DIEGO. Se deja constancia que no existen socios que se retiran o incorporan. Objeto Social: a) Agropecuarias: Explotación, por sí o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, tamberos, agrícolas, frutícolas, forestales de propiedad de la sociedad o de propiedad de terceros. b) Cría, engorde, compra y venta de hacienda, en pie o faenada, a nombre y por cuenta propia. c) Consignaciones de hacienda, en pie o faenada. d) Explotación de tambos. e) Compraventa y consignación de oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, de propia producción o de terceros, a nombre y por cuenta propia o de terceros. f) Prestación de servicios de pulverización terrestre y/o aérea, servicios de labranza, siembra, fertilización, movimientos de tierra, picado de forrajes, embutido de granos, cosecha, confección fardos y rollos de pasturas, alquiler de herramientas. g) Inversora: la inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, administrarles y percibir sus frutos, como, asimismo, la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios; la administración por cuenta propia y ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; la constitución, conforme a la ley, de todo tipo de garantías sobre los bienes de la sociedad. Dichas actividades serán realizadas por la sociedad, excluyendo las previstas por los artículos 299 inc.4 de la ley 19550 y artículos 1 y 9 de la ley provincial de la provincia de Santa Fe N° 13154. h) Constructora: Estudio, proyecto, dirección y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura. Construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles, ya sean estas de carácter público o privado. Capital social: Pesos Ochocientos Sesenta Millones ($ 860.000.000), representado por 860000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de Pesos Mil ($ 1000) cada una y con derecho a un voto por acción. La administración y representación de la sociedad está a cargo de un directorio cuya primera conformación será: PRESIDENTE: DIEGO ALBERTO BERSANO ROSSETTI, DNI 24.411.696, CUIT 20-24411696-6; DIRECTOR TITULAR: CESAR MIGUEL BERSANO ROSSETTI, DNI 23.429.977, CUIT 20-23429977-9; DIRECTORA SUPLENTE: TERESA MATILDE ROSSETTI, DNI 4.974.236; CUIT 27-04974236-9 Domicilio Social: Se establece como domicilio de la sociedad el sito en calle Moreno Nº 845, de la ciudad de Rafaela, Dpto. Castellanos, Pcia. de Santa Fe, Argentina. El ejercicio social cierra el 30 de abril de cada año. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 77 Inc. “4”, ley 19.550).
$ 260 535704 Feb. 20
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EL RAYITO DISTRIBUCIONES S.A.
DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO
Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco y por resolución de fecha 12 de Febrero de 2.025, se ordenó la siguiente publicación de edictos: Designación del Directorio y distribución de cargos:
DIRECTOR TITULAR-PRESIDENTE: MARTÍNEZ Domingo Ernesto, de nacionalidad argentina, masculino, D.N.I. Nº 10.580.991, CUIT Nº 20-10580991-4, nacido el 3 de marzo de 1.954, casado en primeras nupcias con Graciela Isabel Giovannini, industrial, con domicilio en Laprida Nº 759 de la localidad de Elortondo, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico elyatosa©gmail.com. DIRECTOR SUPLENTE: GIOVANNINI Graciela Isabel, de nacionalidad argentina, femenino, D.N.I. Nº 11.483.588, CUIT Nº 27-11483588-4, nacida el 7 de abril de 1.955, casada en primeras nupcias con Domingo Ernesto Martínez, docente, con domicilio en Laprida Nº 759 de la localidad de Elortondo, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico elyatosagmail.com.
Las personas designadas aceptan formalmente sus cargos y constituyen domicilio especial en la sede social de la sociedad.
$ 60 535401 Feb. 20
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CIGA CONSTRUCCIONES SAS
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Juez, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 18 de Febrero de 2025 en autos caratulados CIGA CONSTRUCCIONES SAS S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD Expte. Nº 16/25 se resolvió aprobar el Estatuto Social de fecha 31 de octubre de 2024, que a continuación se resume:
1-Socios: NOELIA SOLEDAD CIFRE, DNI Nº 30.699.673, CUIT Nº 27-30699673-3, argentina, nacida el 29 de agosto de 1984, de apellido materno Gallego, comerciante, casada en primeras nupcias con Gustavo Garavano, domiciliada en calle 54 Nº 132 de la ciudad de Villa Cañas; y GUSTAVO GARAVANO, DNI Nº 30.699.613, CUIT Nº 20-30699613-5, argentino, nacido el 9 de abril de 1984, de apellido materno Casillas, comerciante, casado en primeras nupcias con Noelia Soledad Cifre, domiciliado en calle 54 Nº 132 de la ciudad de Villa Cañas.
2-Denominación: CIGA CONSTRUCCIONES SAS
3-Domicilio: Calle 54 Nº 132, Villa Cañas, Santa Fe.
4-Plazo: Su duración es de noventa (90) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.
5-Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: A) Materiales y elementos para la construcción: Fabricación, comercialización de materiales, revestimientos, sanitarios y accesorios. Compraventa, industrialización, fabricación, representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo o modelo de vivienda, revestimientos internos y externos, artefactos, sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, máquinas y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración. B) Pintura y ferretería: Fabricación, manipulación, transformación, industrialización, comercialización, distribución, importación de toda clase de pinturas, esmaltes y barnices para obras, industrias, automotores, decorativas, sus derivados y afines, implementos, herramientas de todo tipo, artículos de ferretería, maquinarias y accesorios de uso que directamente se relacionen con el objeto. C) Tabiques y cerramientos: La compraventa y distribución de cerramientos de aluminio, madera o vidrio, tabiques, paneles acústicos, lana de vidrio, acrílico, derivados y accesorios. D) Transportes de cargas: Transporte de Cargas y subproductos agrícolas y ganaderos, mercaderías en general, bienes, maquinarias, fletes, cargas de cualquier tipo, a nivel nacional e internacional, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones.
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
6- Capital: El capital social es de CINCO MILLONES de pesos ($ 5.000.000) representado por QUINIENTAS (500) acciones ordinarias de valor nominal DIEZ MIL pesos ($10.000) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno en los términos del artículo 44 Ley 27.349.
7- Dirección y Administración: La administración está a cargo de una (1) a tres (3) personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno al tiempo de su designación. Deberá designarse por lo menos un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán de forma indistinta. Duran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con la sola limitación de decidir actos de disposición o gravamen sobre bienes de la sociedad, actos éstos que requieren aprobación por mayoría de socios. La asamblea fija su remuneración. Gerente titular: NOELIA SOLEDAD CIFRE, DNI Nº 30.699.673; Gerente suplente: GUSTAVO GARAVANO, DNI Nº 30.699.613.
8- Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Los socios cuentan con el derecho de información previsto en el artículo 55 de la ley general de sociedades.
9- Asambleas: La reunión de socios es el órgano de gobierno. Se celebra siempre que el representante legal lo requiera y notifique a cada uno de los accionistas. Si la reunión fuese unánime, puede prescindirse del requisito de la convocatoria. Las reuniones pueden ser celebradas mediante mecanismos no presenciales. Para su eficacia, la decisión de convocatoria deberá prever esta posibilidad e incluirla en la notificación o publicación, indicando una dirección de correo electrónico a la cual los accionistas e integrantes del órgano de administración puedan solicitar la información necesaria para su conexión. Para el caso en que el acto sea parcialmente presencial, suscribirán el acta los accionistas presentes que la reunión designe a tal fin. Si fuese totalmente virtual, el acta será firmada por el representante legal, quien suscribirá además el libro de asistencia a asamblea, dejando aclarado el modo de realización. Todas las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes o conectados. Además, son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al representante legal por medio que garantice su autenticidad, dentro de los diez días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente; o las que resultan de declaración escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto.
10- Liquidación: La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. Su liquidación será practicada por quienes al momento de la disolución conformen el órgano de administración, que devendrán en liquidadores, salvo que los socios, por las mayorías establecidas decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en ese estado.- Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios, en proporción a sus aportes.
11- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Enero de cada año.
$ 200 535703 Feb. 20
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FUMIAGRO S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en autos caratulados FUMIAGRO S.R.L. S/ Constitución de Sociedad (Expte. nº 49/2025) CUIJ 21-05215661-8 que se tramitan ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber : 1.-SOCIOS: ,- BELTRAMO FRANCISCO, DNI N° 39.857.156 , CUIT. N° 20-39857156-9 , argentino, comerciante, soltero, de apellido materno Birolo., nacido el 28 de septiembre de 1996, con domicilio en calle Urquiza 1052 de la ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. De Santa Fe, ORDONEZ IGNACIO ATILIO, DNI N° 31.038.953, CUIT. N° 20-31038953-7 , argentino, comerciante, casado, de apellido materno Vicco., nacido el 25 de enero de 1985 con domicilio en calle Belgrano 497 de la ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. De Santa Fe, y FONTEINA ANTONIO ESTEBAN, DNI 37.711.846, CUIT. N°20-37711846-5, argentino, comerciante, soltero, de apellido materno Giupponi , nacido el 01 de junio de 1993 con domicilio en calle José Hernández 1925 de la ciudad de San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. De Santa Fe. LUGAR Y FECHA DEL INSTRUMENTO: Sastre,30./01/2025. 3,- DENOMINACION: FUMIAGRO S.R.L.. 4,-DURACION: 50 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público 5,-OBJETO. Tiene por objeto la realización de las siguientes actividades:1) Fumigaciones: Mediante la prestación de servicios de fumigaciones ya sea con equipos terrestres tales como pulverizadoras autopropulsadas y/o fumigadoras o aéreos a través de drones agrícolas o aviones pulverizadores todo ello para el control de plagas en las producciones agrícolas ganaderas como asi también el control de plagas en áreas urbanas tanto domesticas como de almacenamiento inclusive todas las áreas agroindustriales, de producción intensiva de animales y/o el alquiler de dichos equipos necesarios para la ejecución, con personal propio y/o contratado, servicio mecánico y de regulación de maquinarias a los terceros. Servicios agropecuarios tales como cosechas de todo tipo, enfardado, desmalezado, aplicación de fertilizante, sembrado, roturación de tierras, arado ensilado de forrajes, embolsados de granos y/o picado de forrajes, servicios de acondicionamiento y almacenamiento de granos, cereales, oleaginosas para su venta como tales y todo tipo de tareas relacionadas con la prestación de todos los servicios de procesos productivos para las explotaciones agropecuarias y ganadera en todas sus especies. 2) Producción agropecuaria y Ganadera: Mediante la explotación de campos propios y/o de terceros destinados a la agricultura ganadería, forestación, producción de semillas originales o hibridas, multiplicación de semillas originales de oleaginosas, cereales o forrajeras, explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado bovino, ovino, porcino, caprino, equino cabañeros y toda otra especie de animales de pedigrí, explotación de tambos, constitución, organización y explotación de feed-lot, y la compra y venta de cualquier especie. 3) Transporte de cereales, agroquímicos, fertilizantes, semillas herbicidas, insecticidas, fungicidas y todo tipo de productos vinculados al agro susceptibles de ser cosechados y el transporte de hacienda en sus diversas especies. La sociedad contratara profesionales matriculados para aquellas actividades previstas en el objeto social que lo requieran. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todos los negocios, actos y contratos que se relacionen con su objeto, ya sea por cuenta propia , de terceros y/o asociados a terceros, en cualquier punto del país o en el exterior estando facultada para realizar la compra , venta, distribución, importación y exportación de productos derivados de la actividad agrícola –ganadera actuando ante organismos nacionales en todo lo que fuere necesario conforme las leyes que reglamenten su ejercicio. Inscribirse en los registros que establezca la autoridad de aplicación como proveedores del estado, nacional, provincial y municipal, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, inscripción de patentes, marcas, licencias y diseños industriales ya sean de origen nacional o extranjero. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes y este contrato. 6.- CAPITAL.. El capital social es de SETENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($ 78.000.000) dividido en SETENTA Y OCHO MIL (78.000) cuotas de MIL PESOS ($ 1000) valor nominal cada una, suscripto e integrado por los socios como sigue: BELTRAMO FRANCISCO , 31.200 cuotas de $1000 valor nominal cada una o sea la suma de $ 31.200.000, ORDONEZ IGNACIO ATILIO 31.200 cuotas de $1000 valor nominal cada una o sea la suma de $ 31.200.000 y FONTEINA ANTONIO,15.600 cuotas de $ 1000 valor nominal cada una o sea la suma de $ 15.600.000. 7.-AMINISTRACION. La administración y representación estará a cargo de uno o más gerentes, según lo determine la reunión de socios, los cuales serán designados por tiempo indeterminado, y estarán en sus funciones hasta que sean removidos por el voto de los socios que representan la mayoría absoluta del capital social. Si la administración fuera plural, los gerentes administran y representaran a la sociedad en forma indistinta. Se designa Gerente a BELTRAMO FRANCISCO 8.- FISCALIZACION. A cargo de los socios. 9. FECHA CIERRE EJERCICIO. 31 de julio de cada año.10 -SEDE SOCIAL: Urquiza 1052-San Jorge, Dto. San Martin, Pcia. de Santa Fe.
SANTA FE, 14 de febrero de 2025. Enmienda digo SA no certifico SRL.de cada año certifico :Fdo. Liliana Guadalupe Piana . Secretaria.
$ 1800 535696 Feb. 20 Feb. 26
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SANTA LUCIA SERVICIOS SOCIALES S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en autos caratulados “SANTA LUCIA SERVICIOS SOCIALES S.A. s/ Designación de Autoridades”, Expte. 2472 Año 2024, se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público, que se han designado autoridades por finalización de funciones, según acta de Asamblea del 13 de Noviembre de 2024, en la cual se resuelve conformar el Directorio de la siguiente manera:
Presidente: Dra. Puopolo, Ximena, DNI N° 26.056.874, CUIT Nº 23-26056874-4, nacida en Santa Fe el día 05/03/1978, de profesión abogada, estado civil viuda, domiciliada en Av. Freyre 2955 – Santa Fe.
Director Titular: Gualini, Juan Andrés – DNI N° 39.252.610, CUIT Nº 20-39252610-3, nacido el 20/11/1995 en Santa Fe, de profesión Lic. en Diseño Industrial, soltero, domiciliado en Marcial Candiotti 3623 – 1º “A” – Santa Fe.
Director Suplente: Puopolo, Osvaldo Omar – DNI N° 8.536.555, CUIT N° 20-08536555-0, nacido el 08/07/1951, jubilado, divorciado, con domicilio en Av. Freyre 2955 – Santa Fe.
Síndico Titular: Dr. Sosa, Alberto Andrés – DNI N° 24.492.366, CUIT Nº 20-24492366-7, nacido el 22/02/1975, casado, de profesión abogado, y domiciliado en Mons. Vicente Zaspe 3217 3º Piso – Santa Fe.
Síndico Suplente Dr. Esposito, Eduardo Alberto – DNI N° 12.951.557, CUIT Nº 20-12951557-1, nacido el 10/11/1957, casado, de profesión abogado, y domiciliado en Mons. Vicente Zaspe Nº 3217 3º Piso – Santa Fe.
Todos los miembros electos cumplirán el mandato por dos ejercicios como lo establece el Estatuto Social. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.
Santa Fe, 17 de Febrero de 2025. Liliana Guadalupe Piana SECRETARIA.
$ 100 535623 Feb. 20
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AGRONEGOCIOS G&B S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
En autos AGRONEGOCIOS G&B SRL S/Modificación al contrato social Expediente 2454/24 de trámite ante el Registro Público, por acta de fecha 30 de agosto de 2024 actuales socios e integrantes de AGRONEGOCIOS G&B SRL inscripta en el Registro Público (Nro. 579, Fº 100, Libro 18 de SRL, L: 7859).
Se resuelve reconducir la sociedad por 50 años desde la inscripción de la presente reconducción y en consecuencia se reforma la cláusula SEGUNDA del contrato constitutivo quedando redactada de la siguiente forma: CLAUSULA SEGUNDA: El plazo de duración de la sociedad es de 50 años, contados a partir de la fecha de la inscripción de la reconducción en el Registro Público. Este plazo podrá prorrogarse con acuerdo de la mayoría de los socios e inscribirse antes del vencimiento.
Santa Fe, 12 de febrero de 2025. Liliana G. Piana Secretaria
$ 45 535565 Feb. 20