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ROSARIO
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominacion de Rosario dentro de los autos caratulados GOMEZ, RAMON ALBERTO c/VITANTONIO, MIGUEL ANGEL y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11889850-7, siendo la jueza de tramite la Dra. Luciana Paula Martínez, Secretaria de la Dra. Eliana C. Gutiérrez White, se ha dispuesto citar y emplazar a la demandada MARIA SOLEDAD VITANTONIO, DNI 26.835.631 a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días. Se transcriben decretos que asilo ordenan: ROSARIO, 24 de Abril de 2023. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentado, domiciliado, con patrocinio letrado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a MIGUEL ANGEL VITANTONIO y la citada en garantía PROVIDENCIA SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al RNPA, al SIES, al HECA, al MPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma: b) originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido documental fundante, pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Luciana Paula Martínez. Fdo. Dra. MARÍA FLORENCIA NETRI, SECRETARIA SUBROGANTE. Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ JUEZA; OTRO: ROSARIO, 19 de Agosto de 2024 Agréguese la constancia en copia acompañada por el Dr. Damián Alberto Iesari. Atento lo solicitado por el presentante y constancias de autos, notifíquese a la demandada MARIA SOLEDAD VITANTONIO (DNI N° 26.535.631) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a la demandada MARIA SOLEDAD VITANTONIO que se la cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días y que deberá transcribirse en el mismo decreto de fecha 24 de abril de 2023 (fs. 25) y el presente proveído. Acompañe edicto a los fines de su suscripción por el Tribunal. Fdo. Dra. ELIANA C. GUTIERREZ WHITE Secretaria; Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, Jueza. OTRO: ROSARIO, 12 de Diciembre de 2024.- Atento la entrada en vigencia el 9.12.2024 de la Ley Prov. Sta. Fe Nº 14264 -modif. por Ley 14323- que dispone la transformación de los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual en Juzgados Unipersonales de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual y conforme punto 13 de la Acordada Nro. 49 del 3.12.24 de la CSJSF y art. 45 de la referida Ley, hágase saber a las partes que los presentes autos continuarán tramitando ante el Juzgado a cargo de quién fuera Jueza de trámite en estos obrados, esto es, ante el Juzgado Unipersonal de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Luciana Paula Martínez y Secretaria Subrogante; Dra. María Florencia Netri. Notifíquese por cédula. Acredite publicación del edicto. A lo solicitado, oportunamente. Fdo. Dra. Maria Florencia Netri, Secretaria Subrogante; Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, de Diciembre de 2024. Fdo. Dra. Eliana C. Gutiérrez White, Secretaria.
$ 200 534642 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Trib. Coleg. Inst. Única Civil de Fam. 3ª Nom. de Rosario, a cargo de la Dra. María José Diana (Jueza), secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: BARRERA ESTEFANÍA ISABEL c/MONZON SEBASTIAN EMANUEL s/Filiación; CUIJ 21-11412894-2, cita a Monzon Sebastián Emanuel, DNI 34938054 a hacer valer sus derechos. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 07 de Junio de 2024. Téngase presente lo manifestado. Atento constancias de autos, se provee: Cítese a la parte interesada a hacer valer sus derechos por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). Fdo. Dra. Dania Chiementín, (Secretaria); Dra. María José Diana, (Juez). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 10. Dania Chiementín, Secretaria.
S/C 534727 Feb. 10 Feb. 12
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El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Séptima Nominación, dentro de los autos caratulados: SANABRIA EVA GRACIELA c/GIGENA LEONARDO s/EXTINCIÓN, PRIVACIÓN, SUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL; Expte. CUIJ 21-11418862-7, se ha ordenado lo siguiente: N° 3191. Rosario 16 de septiembre de 2024. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia privar al Sr. Leonardo Gigena, DNI Nº 27.059.550, de la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental, respecto de su hijo Tomás Arian Gigena, DNI N° 51.505.898, por la causal prevista en el articulo 700 inciso b del CCC, y en consecuencia será la Sra. Eva Graciela Sanabria, DNI Nº 28.146.067, la persona encargada del cuidado personal unilateral del niño. 2) Ordenar la supresión del apellido paterno Gigena, debiendo ser inscripto el niño como “Tomás Arian Sanabria”. 3) Previo a oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Rosario, y a los organismos e instituciones que resulte necesario, cumpliméntese con lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-11418862-7). Fdo. Dra. Gabriela Ester Topino, Jueza; Dra. Maria Florencia Martínez Belli, Secretaria. La publicación debe efectuarse una vez por mes, en el lapso de 2 meses en el diario oficial y el término vencerá quince días hábiles después de la última publicación. Rosario. Dra. María Silvia Zamanillo, Secretaria.
S/C 534678 Feb. 10
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Por disposición del Tribunal Colegiado de familia 3 de Rosario y en autos caratulados: FIDERIO, VANINA BELEN c/SANABRIA, MARIO RUBEN s/FILIACIÓN; CUIJ 21-11425920-6, se ha dispuesto notificar al Sr.: Sanabria, Mario Rubén, DNI 34.595.757 los siguientes decretos: Rosario, 26 de Febrero de 2024. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponde. Jueza de trámite: Dra. Silvina I. García. Por iniciada acción de FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL a la que se le imprimirá el trámite de Juicio Oral (art. 545 del C.P.C.C). Téngase presente lo manifestado y la prueba ofrecida. Dése intervención al Defensor General. Cítese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, conteste demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimiento de ley. Al pedido de alimentos provisorios: de conformidad con el artículo 664 del CcyCN, previo deberá acreditar sumariamente el vínculo invocado, debiendo adecuar su pretensión en los presentes, a la que se le dará el trámite sumarísimo incidental. Fdo. Dra. Analía Perrulli, (Secretaria); Dra. Silvina García, (Jueza); OTRO DECRETO: ROSARIO, 30 de Abril de 2024 Por ofrecida prueba a los fines de acreditar sumariamente el vínculo filial invocado. Al pedido de alimentos provisorios, imprímase el trámite sumarísimo incidental. Córrase traslado al demandado para que conteste y ofrezca pruebas en el plazo de tres días y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese el presente conjuntamente con el primer decreto de trámite. Al punto 5: Hágase saber que la notificación por carta certificada con acuse de recibo, solo será válida si la misma fuera recibida por su destinatario quien deberá firmar el acuse de recibo. Asimismo, y a los fines de determinar el domicilio real del Sr. Mario Rubén Sanabria, DNI 34.595.757, ofíciese al RENAPER y electrónicamente por Secretaría a la Cámara Nacional Electoral para que informen sobre el mismo. Fdo. Dra. Analía Perrulli, (Secretaria); Dra. Silvina García, (Jueza); OTRO DECRETO: ROSARIO, 01 de Noviembre de 2024: Agréguese la cédula ley acompañada. Atento lo informado por el oficial notificador y tratándose de un demandado con domicilio desconocido, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 73 del CPCC. Fdo. Dra. Analía Perrulli - Dra. Silvina García, Jueza.
$ 100 534708 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Familia N° 4 de Rosario, sito en calle Balcarce 1651, planta baja, de la ciudad de Rosario, a cargo de Gustavo Adolfo Antelo (Juez), se hace saber que en autos caratulados: VEYRA, LUCIANA ANDREA c/BOLMARO, JAVIER HERNAN s/COMPENSACIÓN ECONÓMICA AUTÓNOMA; CUIJ 21-11434249-9, se ha resuelto lo siguiente: Rosario, 11 de diciembre de 2024. Agréguese la cédula sin diligenciar que se acompaña. Téngase presente. Cítese al demandado por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). Atento la entrada en vigencia de la Ley 14264, y a los fines que fuere menester, hágase saber que intervendrán como Juez en los presentes Gustavo Adolfo Antelo y como Secretaria Natalia Schmidlin. Fdo.: Gustavo Adolfo Antelo, (Juez).
$ 50 534613 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N° 3 de Rosario en los autos SOTO, LUCAS NICOLAS c/MEDINA, RICARDO CARMELO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 21-11888609-4, por Resolución N° 2330 del 25/11/2024 se dispuso, Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho GONZALEZ JUSTO JOSE, decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria. Fdo. Dra. ANDREA G. CHAPARRO, Secretaria; Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, Jueza. Asimismo, por Resolución N° 2376 del 28/11/2024 se rectifica el nombre del demandado: RESUELVO: 1) Aclaro la resolución Nº 2330 del 25/11/24 (cfr. fs. 132) corrigiendo el error material cometido en la misma, cuya parte resolutiva queda redactada de la siguiente manera: Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho GONZALVEZ, JUSTO JOSÉ, decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos. 2) Ordeno que por Secretaría se tome razón de la presente en el Protocolo respectivo a sus efectos. Notifíquese conjuntamente con el decisorio corregido. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. ANDREA G. CHAPARRO, Secretaria; Dra. LUCIANA PAULA MARTINEZ, Jueza. Otro si digo: Atento la entrada en vigencia el 9.12.2024 de la Ley Prov. Sta. Fe Nº 14264 -modif. por Ley 14323- que dispone la transformación de los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual en Juzgados Unipersonales de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual y conforme punto 13 de la Acordada Nº 49 del 3.12.24 de la CSJSF y art. 45 de la referida Ley, hágase saber a las partes que los presentes autos continuarán tramitando ante el Juzgado a cargo de quién fuera Jueza de trámite en estos obrados, esto es, ante el Juzgado Unipersonal de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual de la 3° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Luciana Paula Martínez y Secretaria Subrogante; Dra. María Florencia Netri. Notifíquese por cédula. Acompañe el edicto con la transcripción del decreto que antecede. Fdo. Dra. María Florencia Netri, Secretaria Subrogante; Dra. Luciana Paula Martinez, Jueza.
$ 100 534709 Feb. 10 Feb. 11
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Por disposición de la Sra. Jueza Gabriela Topino del - JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA Nº 12, en los autos caratulados: BIANCHI, ARIEL PABLO c/PRONZATO MUÑETON, ORSARA FLORENTINA s/DIVORCIO; (CUIJ 21-11435155-2), se cita por edictos a la Sra. ORSARA FIORENTINA PRONZATO MUÑETON, D.N.I. N° 92.320.398, para que comparezca en la presente causa a estar a derecho y a contestar la demanda en el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley, notificándola que se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, en fecha de firma digital Sin perjuicio que atento lo dispuesto por la Corle Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Circulares Nº 162/2021 y Nº 27/2022), deberá presentar escrito debidamente rubricado confirma digital se provee: Atento el error advertido en el nombre de la demandada, procédase a recaratular los presentes en debida forma. Dése noticia a la Mesa de Entradas de Familia. Por presentado, con domicilio ad litem constituido, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Jueza de Trámite Dra. Gabriela Topino. Por interpuesta petición de divorcio en los términos del art. 437 sgts. y ccdts. CCyCN. Por formulada propuesta reguladora. Agréguese la boleta de iniciación de juicio que se acompaña. Agréguese la documental que se adjunta. Acompañe la profesional interviniente constancia de inscripción ante el AFIP. litigase saber a la Sra. Orsara Fiorentina Pronzato Muñeton, la petición de divorcio solicitada. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio: córrasele traslado por el término de diez (10) días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del CCyCN y con copia de la petición respectiva. De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Fdo. Dra. Gabriela Topino (Juez), Dra. María Silvia Zamanillo, (Secretaria). Y otro. ROSARIO, 17 de Septiembre de 2024; Agréguense las constancias acompañadas. Atento lo expuesto, ofíciese al Renaper de conformidad a lo solicitado. Hágase saber que se encuentran los oficios a disposición para su retiro por Mesa de Entradas y otro: ROSARIO, 26 de Septiembre de 2024; Por recibida contestación de oficio, agréguese y hágase saber. Fdo. Dra. María Silvia Zamanillo, (Secretaria) y otro: Rosario, 18 de Octubre de 2024; Agréguense las constancias acompañadas. A la rebeldía solicitada, no ha lugar por no corresponder. Estése al trámite procesal de autos. En su caso, peticione lo que por derecho corresponda. Y otro: ROSARIO, 23 de Octubre de 2024; Atento las constancias de los presentes, no habiendo sido debidamente notificado el demandado conforme constancias de la cédula de notificación devuelta por el Oficial, procédase a notificar al demandado a través de Oficial de Justicia, librándose los respectivos mandamientos a tales efectos. Y otro: ROSARIO, 11 de Diciembre de 2024; Advirtiendo que la Sra. Orsara Fiorentina Pronzato Muñeton no ha sido debidamente notificada del inicio de los presentes, previamente notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término cinco (5) días después de la última publicación. Fdo. Dra. María Silvia Zamanillo, (Secretaria).
$ 150 534620 Feb. 10 Feb. 14
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Por disposición de la Dra. María José Diana, Jueza del Juzgado Unpersonal de Familia N° 1 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a MARIA CRISTINA PIEDRABUENA (D.N.I. N° 22.951.368) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados VERDONDONI, ELIAN, DIR. PCIAL. DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; 21-11339121-6, que a continuación se transcribe: N° 11. ROSARIO, 18 de diciembre de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1). Privar de la responsabilidad parental a la Sra. DESIRE VANESA VERDONDONI (D.N.I. N° 39.121.448) y la señora MARIA CRISTINA PIEDRABUENA (D.N.I. N° 22.951.368) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. d) del C.C. Y C.N. 2) Declarar en SITUACION DE ADOPTABILIDAD al niño YAIEL ADRIEL MAURICIO PIEDRABUENA VERDONDONI (D.N.I. N° 54.504.887) nacido en fecha 2 de Marzo de 2015 en la ciudad de Rosario, nacimiento inscripto en el Sub. Secc. Hospital Provincial de Rosario en el Tomo II, Acta 440, del año 2015 y a la niña JOSELIN FABIOLA LUCIANA VERDONDONI D.N.I. N° 56.300.559), nacida en fecha 6 de Mayo de 2017 en la ciudad de Rosario, en el Hospital Martín de Rosario, en la Oficina 2477, Acta 1953 año 2017 3). Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho y a las señoras Desire Vanesa Verdondoni y a la señora María Cristina Piedrabuena. 4). Firme que quede la presente resolución, ofíciese al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos (R.U.A.G.A), ordenando que remita tres legajos para la selección de los futuros padres adoptivos, acompañando fotocopia de la presente sentencia íntegra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el art. 14 de la Ley 13.094, ordenando que remita tres legajos para la selección de pretensos adoptantes conforme lo dispuesto por el art. 613 del C.C.C.y C. 5). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Maria José Diana, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 534632 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N° 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a NICOLAS JESUS CORREA (D.N.I. N° 32.779.832) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados CHAVEZ, JEHOVANA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; 21-11371104-0, que a continuación se transcribe: N° 6. ROSARIO, 12 de diciembre de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1). Privar de la responsabilidad parental a la Sra. NADIA BELEN CHAVEZ (D.N.I. N° 37.700.837) y al señor NICOLAS JESUS CORREA (D.N.I. N° 32.779.832) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. d) del C.C. Y C.N. 2). Declarar en SITUACION DE ADOPTABILIDAD a las niñas: MORENA NICOLE CORREA D.N.I. N° 55.215.025), nacida en fecha 1 de Noviembre de 2015, nacimiento inscripto en el Hospital Provincial en el Tomo 8, Acta 2029 Año 2015; THANIA KIMEY CORREA (D.N.I. N° 56.296.750), nacida en fecha 4 de Junio de 2017 en la ciudad de Rosario, nacimiento inscripto en el Hospital Provincial de Rosario en la Oficina 2905, Acta 1054, Año 2017; JEHOVANNA HEYLUI AGUSTINA CHAVEZ (D.N.I. N° 58.238.788), nacida en la ciudad de Rosario, nacimiento inscripto en el Hospital Roque Saez Peña en la Oficina 2773, Año 2020, Acta 329. 3). Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a la señora Nadia Belén Chavez y al señor Nicolás Jesús Correa. 4). Firme que quede la presente resolución, ofíciese al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos (R.U.A.G.A), ordenando que remita tres legajos para la selección de los futuros padres adoptivos, acompañando fotocopia de la presente sentencia íntegra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el art. 14 de la Ley 13.094, ordenando que remita tres legajos para la selección de pretensos adoptantes conforme lo dispuesto por el art. 613 del C.C.C.y C. 5). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Silvina I. García, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria. Rosario, 3 de Febrero de 2025. Dra. Noelia S. Carullo, Prosecretaria.
S/C 534643 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia N° 2 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a NADIA BELEN CHAVEZ D.N.I. N° 37.700.837) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: CHAVEZ, JEHOVANA Y OTROS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; 21-11371104-0, que a continuación se transcribe: N° 6. ROSARIO, 12 de diciembre de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1). Privar de la responsabilidad parental a la Sra. NADIA BELEN CHAVEZ (D.N.I. N° 37.700.837) y al señor NICOLAS JESUS CORREA (D.N.I. N° 32.779.832) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. d) del C.C. Y C.N. 2). Declarar en SITUACION DE ADOPTAELLIDAD a las niñas: MORENA NICOLE CORREA D.N.I. N° 55.215.025), nacida en fecha 1 de Noviembre de 2015, nacimiento inscripto en el hospital Provincial en el Tomo 8, Acta 2029 Año 2015; THANIA KIMEY CORREA (D.N.I. N° 56.296.750), nacida en fecha 4 de Junio de 2017 en la ciudad de Rosario, nacimiento inscripto en el Hospital Provincial de Rosario en la Oficina 2905, Acta 1054, Año 2017; JEHOVANNA HEYLUI AGUSTINA CHAVEZ D.N.I. N° 58.238.788), nacida en la ciudad de Rosario, nacimiento inscripto en el Hospital Roque Saez Peña en la Oficina 2773, Año 2020, Acta 329 3). Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a la señora Nadia Belén Chávez y al señor Nicolás Jesús Correa. 4). Firme que quede la presente resolución, ofíciese al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos (R.U.A.G.A), ordenando que remita tres legajos para la selección de los futuros padres adoptivos, acompañando fotocopia de la presente sentencia íntegra, debiendo dejarse constancias en autos de la notificación al mismo, de conformidad con el art. 14 de la Ley 13.094, ordenando que remita tres legajos para la selección de pretensos adoptantes conforme lo dispuesto por el art. 613 del C.C.C.y C. 5). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Silvina I. García, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria. Rosario, 3 de Febrero de 2025. Dra. Noelia S. Carullo, Prosecretaria.
S/C 534641 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado Unipersonal de Familia Nº 12 a cargo de la Dra. Gabriela Topino, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados: GODOY BENJAMIN Y GODOY JANA s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967; CUIJ Nº 21-11426912-0, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. ARACELI BELÉN GIORGIO D.N.I. 32.141.610 lo siguiente: Nº 81 Rosario, 26 de diciembre de 2024 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1- Ratificar la Disposición Nº 237 de fecha 15 de octubre de 2024 en relación a JANA ABIGAIL GODOY DNI 52.694.975 nacida en fecha 24 de septiembre de 2012 y a BENJAMIN NATANAEL GODOY D.N.I. 50.760.900 nacido en fecha 7 de diciembre de 2010, hijos de Roberto Eduardo Godoy D.N.I. 17.079.600 y Araceli Belén Giorgio D.N.I. 32.141.610; 2- Ordenar la continuidad de la intervención de la Dirección Provincial a través del Programa de Autonomía Progresiva y/o Programa de Acompañamiento de Egreso para Jóvenes sin cuidados parentales o el que en el futuro lo reemplace de conformidad con la Ley 27.364 en relación a BENJAMIN NATANAEL GODOY, D.N.I. 50.760.900; 3- Privar a Araceli Belén Giorgio, D.N.I. 32.141.610 de la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental respecto de JANA ABIGAIL GODOY, DNI 52.694.975 y BENJAMIN NATANAEL GODOY, D.N.I. 50.760.900, por la causal prevista en el artículo 700 inciso b del CCC; 4) Designar como persona encargada del cuidado personal de JANA ABIGAIL GODOY, DNI 52.694.975 a NOELIA GODOY, D.N.I. 41.342.103, en carácter de tutora de la misma, la que deberá aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia con las formalidades prescriptas por el artículo 687 in fine del C.P.C.C.S.F.. 5. Reiterar a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de observar estrictamente los plazos establecidos en la Ley 12.967. Notifíquese a la progenitora, a la Dirección Provincial, a la Defensoría General Civil. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Topino (Jueza); Dra. Bottini, (Secretaria). Rosario, 27 de Diciembre de 2024.
S/C 534636 Feb. 10 Feb. 12
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. María Fabiana Genesio, Secretaria de la autorizante Dra. VERONICA A. ACCINELLI, se ha dispuesto hacer saber dentro de los autos caratulados: PRIETO JUAN P s/CONCURSO PREVENTIVO - HOY QUIEBRA; CUIJ 21-01337913-8, que en fecha 24/11/2o11, se ha presentado la ampliación del Informe Final y Proyecto de Distribución (escrito cargo Nº 15389/2011). Secretaría, Rosario, 26 de diciembre de 2024. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
S/C 534663 Feb. 10 Feb. 11
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados CORONEL, CARLOS SEBASTIAN s/PEDIDO DE QUIEBRA; 21-02975855-4 (397/2023), en los que por Auto N° 1311 del 13/12/2024 se declaró la quiebra de CARLOS SEBASTIAN CORONEL, DNI N° 23.899.890, con domicilio en calle Zuviría N° 6126 de Rosario, y se procedió a 1) 28 de febrero de 2025, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) Ley 24.522); Fijar el día 3 de abril de 2025, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 Ley 24.522); Fijar el día 21 de mayo de 2025, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 Ley 24.522). Fdo. Dr. Luciano Carbajo (Juez); Dr. Sergio González (Secretario). SINDICO: C.P.N. José Ramón Castro, con domicilio en San Martín 791 de Rosario (Te. 3412003204) Horarios de atención: lunes a viernes de 9.30 a 15.30 horas. Dra. Noelia E. Mondini, Prosecretaria.
S/C 534660 Feb. 10 Feb. 14
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Se hace saber que en los autos caratulados: MARCHETTI RUBEN DARIO s/SU/ PROPIA QUIEBRA - CUIJ 21-01582414-7, que tramitan por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Juzgado vacante, Sec. UNICA, con fecha 14/11/2024 se dictó el Auto N° 592 de CONCLUSION de la quiebra de Rubén Darío Marchetti D.N.I. 12.891.082), cesando todos los efectos patrimoniales y personales en los términos del art. 231 últ. párr. de la LCQ; se regularon honorarios de los funcionarios del proceso y se dispuso oficiar al Registro de Procesos Concursales y al Registro Público de Rosario (ex Registro Público de Comercio) comunicando la presente resolución; 4.2) ordenar publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por dos (2) días; 4.3) oficiar a los organismos pertinentes a efectos del levantamiento de la inhibición general de bienes del deudor y demás reparticiones que hubieren tomado conocimiento de la resolución falencial. Secretaría.
S/C 534634 Feb. 10 Feb. 11
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Juez Vacante y Secretaria María Eugenia Sapei, se ha ordenado citar a los acreedores verificados/admitidos de Ariel Edgardo Trosero y Cesar Oscar Trosero, para que presenten lo que estimen pertinente dentro del plazo de 5 días, atento que en los presentes caratulados se ha solicitado conclusión de quiebra. Autos caratulados: TROSERO ARIEL E Y OTRO s/QUIEBRA; CUIJ 21-01574940-4 de trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nom de Rosario. Dra. Sapei, Secretaria.
S/C 534615 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición de la Dra. Claudia A Ragonese a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Dra. Paula Marina Heltner y dentro de los autos caratulados ROMERO, JUAN CARLOS Y OTROS c/MESSINA, ANTONIO ORLANDO Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ 21-02960155-8, se le hace saber a los Sres. Messina, Antonio Orlando y Camiletti, Julio Antonio y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado según plano 70552 de 1972, como lote 20, de la Manzana A, Datos de Dominio T° 36613 Fº 487, Nº 168198 Partida Inmobiliaria 16-04-00336626/0182 Departamento Rosario: que en fecha 24 de noviembre de 2022 se ha iniciado formal demanda de Usucapión a la que se le imprime el trámite del juicio sumario (art. 540 y 408 del CPCC de Santa Fe). Fdo. Dra. Claudia A. Ragonese, (Jueza); Dra. Paula Marina Heltner, (Secretaria.
$ 50 534695 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de Circuito de la Cuarta Nominación de Rosario en los autos caratulados JAIMES, ILEANA VIRGINIA c/IRIGOYEN DE SIMONAZZI, ELVIRA s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; CUIJ 21-02964661-6, se hace saber que por decreto de fecha 25 de Noviembre de 2024, se ha declarado rebelde a la demandada ELVIRA IRIGOYEN DE SIMONAZZI, disponiendo que notificada que sea por edictos a publicarse por dos días, se libre oficio para sorteo de Defensor Oficial. Fdo. Dra. PAULA M. HELTNER; Dra. CLAUDIA RAGONESE.
$ 50 534739 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, en los autos: VALIANI BIGNOLO JULIO ALBERTO y Otros s/RECTIFICACION DE PARTIDA; CUIJ 21-02985618-1, en relación a JAZMIN FRANCESCA BALIANI VIGNOLO, DNI 70.286.888, nacida en Rosario el 28 de mayo de 2024, se notifica lo siguiente: ROSARIO, fecha que surge de SISFE de 2024 Atento que el presente comporta un cambio de nombre en términos del art. 69 C.C.C., previamente publíquense edictos en el boletín oficial una vez por mes en el lapso de dos meses, haciéndose constar que podrá formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación, y ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor a los fines de que informen si obran medidas anotadas a nombre de Jazmín Francesca Baliani Vignolo. Fdo. Dra. Mónica Klebcar, (Jueza);
Dra. Marianela Godoy, (Secretaria). Rosario, 30 de diciembre de 2024. Dr. Audano, Secretario.
$ 50 534745 Feb. 10
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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10 de Rosario y en autos: DI TULIO, RODOLFO DOMINGO s/Concurso Preventivo - Hoy quiebra; CUIJ 21-013797827, se hace saber que mediante decreto de fecha 8 de noviembre de 2024, atento a que no se han hallado a la fecha algunos acreedores y a fin de notificarle a los mismos sobre la consignación en pago efectuado a los fines de la conclusión de quiebra solicitada, publíquense edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL, por el termino de ley. Fdo. Dra. Marianela Maullion Secretaria.
S/C 534614 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición de la Sra. Juez de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario, Pcia. de Santa Fe y en autos: Tonino Selene c/Verges Arsenio Juan y otros s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ Nº 21-12638748-9, se ha ordenado notificar a la demandada, el siguiente decreto: ROSARIO, 06 de diciembre de 2024. Puestos los autos a despacho el día de la fecha, se provee: Agréguese la constancia de publicación de edictos acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no han comparecido a estar a Derecho los herederos de Susana Margarita Vcrges, decláraselos rebeldes. Una vez notificada la rebeldía, de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia Santa Fe, según surge del Acta N° 48 de fecha 5 de diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los Profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la Oficina de Sorteos de Perito, Martilleros y Síndicos dependiente de la Presidencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes, para la posterior designación del Defensor de Oficio. Fdo. Dra. CLAUDIA ALEJANDRA RAGONESE, Juez; Dra. PAULA MARINA
HELTNER, Secretaria.
$ 50 534612 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 9 de Rosario y en autos: AMERISE JOSE HECTOR c/AMERISE AGUSTIN JUAN y Otros s/Usucapión; 21-01359078-5, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Agréguense las constancias acompañadas. Previamente, atento el informe del RPU y lo dispuesto por el art. 597 del CPCC, cítese y emplácese a los herederos de Amerise Amelia Maria Catalina para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley. Acredite notificación a Ricardo Amerise, en el domicilio informado por el RENAPER y la Cámara Nacional Electoral. Verónica A. Accinelli - María Fabiana Genesio. Rosario, 22 de Noviembre de 2024.
$ 50 534611 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado en lo civil y comercial 11 de Rosario y en autos TELIAS, DANIEL OSVALDO c/BARKI, VICTORIA s/Prescripción Adquisitiva; 21-02925491-2; Se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Procédase al desglose del escrito cargo Nº 7704/23, atento que el mismo corresponde a otro expediente. Atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. S.F, cítese y emplácese a los herederos del Sr. Telias Daniel Osvaldo, a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de planta baja. Transcríbase en el edicto el decreto de fecha 01 de marzo de 2023, que ordena el traslado de la revocatoria interpuesta. Notifíquese por cédula al domicilio de los herederos si tuviere conocimiento de ello. Cumpliméntese en su totalidad con el decreto de fecha 27 de marzo de 2023. A lo demás, oportunamente. Dr. Sergio A. González; Dr. Luciano A Carbajo, Secretario Juez.
$ 50 534610 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 3 de Rosario y en autos MUTUAL 1 DE FEBRERO c/NUCCI, MIGUEL ANGEL s/DEMANDA EJECUTIVA; 21-02985761-7, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de diez (10) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trabar embargo sobre: a) Automóvil dominio LZS619 propiedad del demandado, MIGUEL ANGEL NUCCI, hasta cubrir la suma de $ 4.154.400, con mas la suma de $ l.200.000, para intereses y costas futuras, y b) Automóvil dominio LTE873 propiedad del demandado, MIGUEL ANGEL NUCCI, hasta cubrir la suma de $ 4.154.400, con mas la suma de $ 1.200.000, para intereses y costas futuras. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Notifíquese por cédula. Dr. FEDERICO LEMA; Dr. EZEQUIEL ZABALE. Rosario, 19 de Diciembre de 2024.
$ 50 534609 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar el auto regulatorio de honorarios N° 228 de fecha 09/08/2023 a las codemandadas MESSULAM CRISTINA ANDREA, D.N.I. N° 32.128.970; MESSULAM LOURDES ALEJANDRA, D.N.I. N° 43.380.464 y MESSULAM NATALIA FLORENCIA, D.N.I. N° 34.492.331. Todo ello conforme la providencia que transcribo a continuación: Nº 780 T° 109 Fº 228. Rosario, 09/08/23; Y VISTOS:...; RESUELVO: regular los honorarios de la Dra. Mariela Jaruf (CUIT 27-28396859-1, monotributista) en la suma de $ 90.000 (3,35 JUS) (cfm. art. 7, inc. 2, ap. b), Ley 6.767), estableciendo que el ajuste por unidad JUS (cfm. art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Notifíquese por cédula digital a Caja Forense y Caja de Jubilaciones, las que deberá diligenciar el profesional interesado. Autos caratulados: JARUF MARIELA ALEJANDRA c/MESSULAM, CRISTINA ANDREA Y OTROS s/Apremio; (CUIJ N° 21-02960237-6). Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga, Juez; Dra. Lorena A. González, Secretaria. Dra. Dulce Sofía Rossi, Prosecretaria.
$ 100 534623 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de 11ª Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 1ª Nominación de Rosario, Juzgado a cargo del Dr. Luciano Carbajo; Secretaria del Dr. Sergio González, en los autos caratulados: PERETTI, HECTOR RICARDO c/ROMITI, GERMAN RAUL RAMON s/DEMANDA EJECUTIVA; CUIJ 21-02957372-4, Rosario, estese a la fecha designada por el SISFE. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que el/los demandado/s hayan comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. Notifíquese. Dr. Sergio A. González, Secretario; Dr. Luciano D. Carbajo, Juez; Rosario, estése a la fecha designada por el SISFE. Téngase presente lo manifestado. Agréguense las cédulas acompañadas. Atento lo normado por el art. 73 C.P.C.C. S.F., publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de planta baja. Dr. Sergio A. González, Secretario; Dr. Luciano D. Carbajo, Juez.
$ 50 534625 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, y en autos: ALARCON GASTON FACUNDO c/SUCESION DE VISCARRA CARLOS ALBERTO s/COBRO DE PESOS; CUIJ 21-04224986-3, se hace saber que por decreto de fecha 13 de mayo de 2024 se cita a los herederos de CARLOS ALBERTO VISCARRA a comparecer a estar a derecho por el termino y bajo los apercibimientos de ley. El decreto fue firmado por el Dr. Mauro Bonato, (Juez) y la Dra. Marianela Maulión, (Secretaria).
$ 50 534629 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, en autos: FERRARI, SEBASTIAN EDGARDO c/SALVATORELLI, ELDA NOLI Y OTROS s/ESCRITURACION; CUIJ 21-02868995-8, se ha ordenado publicar edictos a los fines de notificar la Resolución N° 740 de fecha 16/09/2022: N° 740. ROSARIO, 16 de Septiembre de 2022. VISTOS Y CONSIDERANDO: Lo solicitado; la base regulatoria que surge del boleto de compraventa cuyo cumplimiento se reclama en la demanda (f. 98); lo normado en el art. 6 de la Ley 6767; y demás constancias de autos; RESUELVO: Regular los honorarios correspondientes a la intervención del Dr. SERGIO DICCICO en la suma de $ 328.139,51, equivalente a 22,71 JUS; del Dr. ROQUE BUSTOS FERNANDEZ en la suma de $ 328.139,51, equivalente a 22,71 JUS; de la Dra. SILVIA MABEL BIANCHI en la suma de $ 328.139,51, equivalente a 22,71 JUS; y del Dr. IGNACIO JESÚS BORZATTO en la suma de $ 328.139,51, equivalente a 22,71 JUS. Los estipendios se actualizarán de acuerdo con lo dispuesto por el art. 32 Ley 6767 (Ley 12.851) y deberán ser abonados dentro del plazo de cinco (5) días de haber quedado firmes, al valor actualizado a la fecha de pago. La conversión de la cantidad de unidades jus a pesos o moneda de curso legal deberá efectuarse conforme el valor vigente a la fecha en que la presente regulación adquiera firmeza (arg. Conf. CSJSF, 01-08-2017, Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, Edgardo s/Apremio Fiscal s/Recurso de Inconstitucionalidad). En caso de no verificarse el mismo dentro del plazo fijado, a los emolumentos se les aplicará un interés moratorio equivalente a la tasa activa capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para operaciones de descuento de documentos, desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago (arg. Conf. CSJSF, 18/12/2018 Pereyra Mario Simón c/Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción- s/Incidente de Apremio por Honorarios (Regulación de Honorarios N° 135/2011). Córrase vista a la Caja Forense, la que se realiza por correo electrónico desde el Juzgado. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Susana Gueiler (Jueza en suplencia); Dr. Arturo Audano (Secretario subrogante).
$ 100 534637 Feb. 10 Feb. 12
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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Mónica Klebcar (Jueza), en los autos caratulados: FERREYRA, VICTOR MIGUEL c/ESCAPARLENDA, SILVIO ANDRES y Otros s/DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO, Expte. Nº 1228/2017, ha ordenado la publicación de los presentes edictos en el BOLETEN OFICIAL, en los términos del Art. 81 del CPCC., a los efectos de hacer conocer la siguiente resolución: Rosario, 15 de Agosto de 2024. Autos y Vistos:... Considerando:... Fallo: Hago lugar parcialmente a la demanda instaurada en autos y, en consecuencia, condeno a DE ROSARIO MOTOS S.R.L., SILVIO ESCAPARLENDA (su sucesión) y SILVIA LESCANO GAMMACURTA, para que abonen a VICTOR MIGUEL FERREYRA las sumas de capital e intereses establecidas en los considerandos y costas. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Marianela Godoy, Secretaria y la Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.
$ 50 534639 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: INDUSTRIA MECANICA INDUMEC S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO; 21-02978614-0 (29/2024) y de los garantes que tramitan como concurso por agrupamiento, bajo los caratulados REBAGLIATFI, RICARDO ARIEL s/CONCURSO PREVENTIVO - 21-02982723-8 (199/2024), REBAGLIATTI, NESTOR MAURICIO s/CONCURSO PREVENTIVO - 21-02982724-6 (200/2024) y MARTINEZ, MARIA LAURA s/CONCURSO PREVENTIVO POR AGRUPAMIENTO - 21-02982725-4 (201/2024), se ha dispuesto Establecer el día 10 de marzo de 2025, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 y 67 Ley 24.522); Fijar el día 11 de agosto 2025, a fin de que la concursada goce del período de exclusividad (art. 43 Ley 24.522); Fijar el día 4 de agosto de 2025 a las 10 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa prevista en el art. 45 de la Ley 24.522. Rosario, 27/12/2024. Dra. Mondini, Prosecretaria.
$ 250 534659 Feb. 10 Feb. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se emplaza a los herederos de RODOLFO RAFAEL AMBROGI, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley (art. 597 CPCCSF). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de RODOLFO RAFAEL AMBROGI, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: SCOCCIA OLGA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-01531667-2) – Secretaria Subr.: Dra. Ma. Karina Arreche. Rosario, 7 de Diciembre de 2023.
$ 50 534662 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante de Raúl Arnoldo Tolcachier, DNI 06.056.593, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados TOLCACHIER, RAUL ARNOLDO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-02986735-3.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del juzgado en lo Civil y comercial 13 de Rosario y en autos FOJON OMAR ARIEL c/ SEMINARA VICENTE y otros s/Prescripcion Adquisitiva; CUIJ N° 21-01524297-0, se hace saber que se dictó lo siguiente: N° 492 Rosario 02.10.24: RESUELVO: 1.- hacer lugar a la demanda y declarar adquirido por prescripción adquisitiva en fecha 04/04/2022 a favor de Omar Ariel Fojon, DNI 16.382.080, el inmueble inscripto en el Registro General Rosario al tomo 91 13, folio 778, N° 50862 del 10/12/1931, Departamento Rosario, partida inmobiliaria N° 160310300584/000-5, descripto por el Ingeniero Geógrafo Roberto Dino Cassano en el plano archivado al Dupl. 4193-R del SCIT Regional Rosario, Departamento Topográfico, 19/09/2011, como: un lote de terreno, con todo lo clavado y plantado, ubicado en la sección 10 manzana 252 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario de esta Provincia de Santa Fe, designado como lote A ubicado con frente al Norte en el Pje. Suárez entre las calles Cafferata e Iriondo, a los 38,92 m de la calle Cafferata hacia el este y los 64,40 m de la calle Iriondo hacia el oeste y mide 8,66 m de frente al Norte sobre Pje. Suárez por 21,65 m de fondo lindando al Norte con el Pje. Suárez, al Este con Carlos Alberto De La Rosa, al Oeste con Graciela Nieto y Ot. y al Sur con Analía Cecilia Bianchi y Ot. Encierra una superficie de 187,49 m2. Si bien el título da un arranque de 38,678 m desde la calle Cafferata, aplicando este arranque a la mensura del terreno todo el lote se desplaza hacia el oeste 0,24 m. En la búsqueda de antecedentes se encuentra el PI N° 31908/62 donde ya existe un desplazamiento de 0,30 m en el arranque del lote de dicho plano. Sumando el arranque de 21,66 más la medida del lote de 8,60 m indicadas en el plano y la medida de frente del lote lindero Oeste (8,66 m T° 642 F° 291 N° 258.349), se justifica el arranque de 38,92 m para el lote en posesión. 2.- Imponer las costas a la demandada, sin perjuicio de lo precisado sobre los honorarios del defensor de oficio. 3.- Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen copia actualizada de su situación ante A.F.I.P. y se acredite la cuantía del pleito. Insértese y hágase saber. Fdo. Lucas Menossi, (Secretario); Dra. Verónica Gotlieb, (Jueza). Se hace saber que el inmueble está inscripto al TOMO 91B. FOLIO 778, Nº 50862, FECHA 10/12/1931 DEPARTAMENTO ROSARIO. Rosario, 9 de Diciembre de 2024. Lucas Menossi, secretario.
$ 100 533407 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Gerónimo José Fenoglio (L.E 5.989.156) y Druetta Beatriz Nélida (DNI 3.067.692), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “Gerónimo José Fenoglio y otros S/Sucesorio (CUIJ 21-02988525-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SCHIVALOCCHI, MIRTA LUCIA, (D.N.I. 10.068.169),por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ”SCHIVALOCCHI, MIRTA LUCIA s/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02988656-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANDRES MANRIQUE (D.N.I. 5.980.133) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MANRIQUE, ANDRES S/ SUCESORIO- 21-02988774-5”. Rosario.-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MARIA AURORA LIENDO (LC 1.512.829) y JUAN BEDOYA (LE 2.120.231) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LIENDO, MARIA AURORA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02989325-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ESTHER LEON, DNI 4.488.151 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LEON, MARIA ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 13 CUIJ 21-02987855-9. Fdo. DRA. VERÓNICA GOTLIEB (JUEZA)
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO JUAN PLAINO (D.N.I. 10.410.167) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PLAINO, MARIO JUAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”CUIJ N°21-02988150-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: Dr. Hernán Aguzzi (Prosecretario)
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO CAMILETTI, L.E. 2.172.342. por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "CUIJ Nº 21-02989135-1 CAMILETTI, ANTONIO S/ SUCESORIO " de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Feb. 10
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Por disposicion del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante. MERLINA TOLEDO (DNI 42.128.851) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: TOLEDO, MERLINA S/ SUCESORIO CUIJ N°21-02969748-2 Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Carlos Perez (DNI 12.283.470), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “PEREZ, CARLOS S/ SUCESORIO”, (CUIJ N° 21-02988837- 7).FDO.DR. MARCELO QUIROGA Juez en suplencia
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Oscar Policarpo Martin (D.N.I. 11.673.341) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARTIN OSCAR POLICARPO S/ SUCESORIO” (CUIJ N.º 21-02987435-9) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MARIA SULICH (D.N.I. 3.306.777), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SULICH, MARIA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02986931-3) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEÑALVA, RAMON ANTONIO (D.N.I. 6.239.853), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PEÑALVA,RAMON ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 17”, (CUIJ N ° 21-02987827-4, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MIGUEL ANGEL ZUCCOLI (DNI 8.599.898), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ZUCCOLI, MIGUEL ANGEL S. SUCESORIO” CUIJ 21-02989249-8de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, Febrero de 2025.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, Dra. MARÍA SILVIA BEDUINO, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Hilda Elida ETCHEPARE, titular del DNI 6.644.522, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Autos caratulados: “ETCHEPARE, HILDA ELIDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 17. CUIJ 21-02988918-7”. Fdo. Prosecretaría.-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7°nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sanchez Carlos Alberto D.N.I 6.038.727 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “Sanchez Carlos Alberto s/ Declaratoria de Herederos” (CUIJ 21-02988147-9 ) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios..-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17MA Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante VIGLIOCCO, JUAN JOSÉ SANTIAGO (D.N.I.06.005.523) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VIGLIOCCO, JUAN JOSE SANTIAGO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 17” (CUIJ N° 21- 02988687-0). Fdo. Prosecretaría
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RENEE ANGELA TROIANO, DNI 6.475.617, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “TROIANO, RENEE ANGELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 8” (CUIJ 21-02988176-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Decimo Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: ALEXIS GABRIEL STEINMAN DNI N° 22.040.610 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “STEINMAN ALEXIS GABRIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ N° 21-02987126-1. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Feb. 10
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSÉ ANTONIO GOLES DNI N° 6.163.698. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GOLES, JOSE ANTONIO s/Sucesión; 21-25865337-5, (666/2024). Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
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CAÑADA DE GÓMEZ
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "TABORRA, AURORA ANTONIA s/ SUCESIONES-INSCR.TARDÍAS-SUMARIAS-VOLUNT." (CUIJ N° 21-26033310-8), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AURORA ANTONIA TABORRA (DNI N° 1.744.086), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación del Distrito Judicial N° 2 de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “MIJOVILOVICH, ADRIANA MABEL s/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-26033523-2), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADRIANA MABEL MIJOVILOVICH (DNI N° 13.489.398), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.
$ 45 Feb. 10
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de San Lorenzo Dr. Sebastián J. Rupil, Secretaria de la Dra. Jimena Muñoz, se ha ordenado dentro de los autos que a continuación se describen la publicación de la siguiente Resolución que se transcribe seguidamente: PROTOCOLO AÑO 2024 - N° 2131 de fecha 8/11/2024; Y AUTOS Y VISTOS: COMUNA DE LUIS PALACIOS c/PASCUAL ALFREDO RICARDO PEDRO s/APREMIOS; CUIJ 21-23396928-9, de los que resulta el pedido de desistimiento del proceso articulado por la parte accionante por escrito cargo N° 12163 de fecha 24/10/2024. Y CONSIDERANDO: campea, en el proceso civil, el consabido principio dispositivo de instancia. De allí, que sea dable inferir a modo de consecuencia lógica el axioma de cepa romanista que se traduce en el aforismo que nos recuerda el genial y brillante procesalista de cuño rosarino Dr. Alvarado Velloso: “ne eat iudex ultra petita partium”. Todo en el sentido de que el juez civil y comercial -excepto encontrarse frente a la existencia de violación del orden público procesal o de derechos de naturaleza jurídica indisponible- se encuentra compelido en no deber dar a las partes más o menos de lo que piden, todo y a más que la determinación del objeto de la petición procesal civil corresponde exclusivamente a éstas en el señorío exclusivo y excluyente de las facultades propias que emergen del ejercicio de su esfera de libertad, de allí su poder de señorío antedicho (vide, Alvarado Velloso, Adolfo. Los sistemas de enjuiciamiento judicial, Astrea, CABA, 2015, Tomo 2 págs. 136, 139; Alvarado Velloso, Adolfo. El proceso judicial, Astrea, CABA, 2015, Tomo 1 pág. 30). Sentado lo expuesto, en la especie, tal cual objeto de la petición procesal articulada, surge claramente que la actora mediante apoderado articuló el pedido de desistimiento del proceso. Así pues, veamos. Sabido es que el modo propio y normal de extinción de la instancia englobada en el proceso y cuya existencia deviene de aquél, es por antonomasia la sentencia judicial. No obstante, existen otras formas o modalidades de extinción del proceso que la ciencia procesal ha adjetivado de anormales, entre la que se encuentra la tópica del desistimiento. Ésta, ha merecido tratamiento normativo específico en nuestra ley de rito civil y comercial santafesina en el art. 229, cual metodológicamente ha realizado un distingo lógico jurídico del desistimiento del proceso y del desistimiento de la acción. Así las cosas, desistimiento a modo de significante lingüístico o concepto quiere significar abdicar, renunciar, abandonar. De allí. Que a modo general quepa afirmar que el desistimiento es un acto procesal unilateral o bilateral por el cual ambas partes, o el actor o reconviniente, manifiestan el propósito de no continuar con el pleito o de abdicar definitivamente de la pretensión invocada o de las excepciones interpuestas. De lo expuesto precedentemente y tal cual lo he adelantado ut supra, surge que existen dos categorías o clases de desistimiento: aquél que abdica de la pretensión instaurada, cual es el desistimiento del derecho subjetivo, y aquél en que se renuncia al proceso, cual es el desistimiento del proceso (vide, Peyrano, Jorge W. Explicaciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2016, Tomo II, págs. 10 y ss.). Del desistimiento del proceso, debo decir que es la abdicación que realiza el actor respecto de continuar con la instancia, y cuando tal desistimiento ocurre aún antes de la intervención de la parte contraria en el pleito, es que puede realizarse sin la conformidad de la misma, porque hasta ese momento la parte que excitó la jurisdicción posee un derecho de señorío procesal amplío que requiere tan solo la unilateralidad de la declaración de voluntad de ésta y no la bilateralidad propia y necesaria emergente o expresada del polo activo y pasivo de la contienda entre los que se hubo trabado la litis para dar por finalizado el proceso. De manera que, el desistimiento del proceso será unilateral o bilateral según las particulares circunstancias del tracto procesal de la causa, en que se requiera o no conformidad de la contraria, todo y para este supuesto con la eventual posibilidad de reeditar el debate en otro juicio sin afectación alguna del derecho sustancial para el caso (vide, Alvarado Velloso, Adolfo. La terminación del proceso. La sentencia Judicial. Costas, Astrea, CABA, 2015, Tomo 9 pág. 53). Así pues, en el caso de autos aún no se ha cumplimentado con el mandamiento de notificación del primer decreto de trámite y de citación y emplazamiento a estar a derecho. En tal línea de razonamiento, ello implica que la parte actora, tal cual lo ha decidido la CSJN desde antaño en la causa Don Lorenzo Semenza c/Don Juan Montiel s/Cobro de pesos; (21/5/1901) se encuentre legitimada a desistir del proceso unilateralmente sin que resulte menester la conformidad de la parte contraria, en rigor la Corte sostuvo que el desistimiento producido antes de la contestación de la demanda no causa la pérdida del pleito, solamente impone al actor eventualmente la obligación de pagar las costas y los daños y perjuicios que se hubiesen irrogado al demandado en función del pedio de instancia articulado (CSJN, Fallos, t. 92, pág. 85). Sentado el cúmulo de razonamientos explicados al enlace de las categorías jurídicas expuestas, es que del examen de las constancias de la causa (en rigor: procura), surge que el mandatario posee poder general con facultades suficientes conforme a los fines del desistimiento del proceso, tal cual lo hubo articulado en autos. Asimismo, dable se hace recalcar que en modo alguno se da en la especie una tópica de derechos de base indisponible o de violación del orden público procesal o del supuesto de terceros con interés legítimo como para impugnar la petición jurisdiccional incoada. A hilo lógico de la exposición realizada, al proceso de subsunción jurídica efectuado. RESUELVO: Declarar extinguido por desistimiento unilateral de la parte actora el proceso de autos que encontrara cauce en los presentes caratulados (art. 229 CPC y C Santa Fe) con costas a su cargo (art. 251 del CPCC). Insértese. Notifíquese por edictos. Firme que estuviere esta resolución judicial, archívese el expediente. Fdo. Dr. Sebastián José Rupil, Juez en suplencia; Dra. Jimena Muñoz, Secretaria Subrogante. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del tribunal por el término de tres días. Dra. Jimena Muñoz, Secretaria Subrogante.
S/C 534746 Feb. 10 Feb. 12
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: BANCO MACRO S.A. c/ARCE, CARLOS R. s/DEMANDA EJECUTIVA; Expte. Nº 21-25442127-5, hace saber que se ha dictado sentencia ordenando llevar adelante la ejecución contra el Sr. CARLOS RAUL ARCE, DNI 35.250.316, conforme resolución que se transcribe: N° 1442. San Lorenzo, 12/8/24; Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda, ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés previsto en los considerandos. 2) Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 3) Diferir la regulación de honorarios del Dr. Montenegro hasta tanto se acompañen constancia de inscripción ante la AFIP y se practique la planilla respectiva. 4) Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, Secretaria; Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez. Notifíquese por tres días en el BOLETÍN OFICIAL, Secretaría. San Lorenzo, 27 de Diciembre de 2024. Dra. Luz M. Gamst, Secretaria.
$ 50 534646 Feb. 10 Feb. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JESUS ALBERTO GOMEZ, D.N.I. N° 11.597.591, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GOMEZ, JESUS ALBERTO s/Sucesorio; CUIJ N° 21-25446039-4. Fdo. Dr. Alejandro Marcos Andino, (Juez); Dra. Luz María Gamst, (Secretaria).
$ 45 Feb. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JUAN CARLOS SUAREZ (D.N.I N° 6.178.190) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SUAREZ, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO” (Expte. CUIJ N° 21-25445259-6). Fdo. Prosecretaría $ 45 Feb. 10
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Por disposición del Sr. Juez/a de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RODRIGUEZ Pedro Rodolfo, DNI: 12.704.712, por un día, para que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ Pedro Rodolfo s/ Declaratoria de Herederos” CUIJ: 21-25439643-2 Expte. Nro. 420/2021, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo.- Firmado: José Nahuel Sedita (Secretario Subrogante)
$ 45 Feb. 10
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VILLA CONSTITUCIÓN
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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “FERREYRA, ANTONIO IGNACIO S/ SUCESORIO”, CUIJ. N° 21-25659882-2, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de FERREYRA ANTONIO IGNACIO por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C. Civ. y Com).- SECRETARIA, Villa Constitución, 06 de Febrero de 2.025.-
$ 45 Feb. 10
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Por disposición de la Juez del Juzgado de 1ra. Instancia Civil Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JAVIER MARCOS JAKAS, D.N.I. nro. 6.125.843 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “JAKAS, JAVIER MARCOS S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIASVOLUNT.” (CUIJ N° 21-25659899-7) . Fdo. Alejandro Danino (Secretario)
$ 45 Feb. 10
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RUFINO
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Nº 9, Dr. LUIS ALBERTO CIGNOLI, Secretaría de la Dr. JORGE ANDRES ESPINOZA, dentro de los autos caratulados: GIORDANO ROBERTO ANTONIO S/ SUCESORIO - 21-26367911-0-4 se cita y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios del Sr. ROBERTO ANTONIO GIORDANO, DNI 6.134.497 para que comparezcan a estar a derecho por el termino y bajo apercibimientos de ley.-Rufino, Febrero de 2024.-
$ 45 Feb. 10
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Jorge Verna, Juez; Dra. Luciana Parenti, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. SERGIO HERNÁN LLENAS, DNI Nº 6.143.480, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Venado Tuerto, de octubre de 2024. AUTOS: CERANTOLA MARIA ANDREA c/SISTEMA SALUD EMERGENCIAS MEDICAS S.A. y Otros s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; CUIJ 21-17119467-6. Secretaría, 27 de Diciembre de 2024. Dra. Luciana P. Parenti, Secretaria.
$ 100 534661 Feb. 10 Feb. 12
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, dentro de los autos caratulados: RODRIGUEZ LUCRECIA SOLEDAD s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-24622334-0, cita y emplaza a herederos, y/o sucesores y/o legatarios y/o a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de la Sra. Lucrecia Soledad Rodríguez, titular de DNI Nº 32.954.113, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 6 de Febrero de 2025. Dra. Ma. Laura Olmedo, secretaria subrogante.
$ 45 Feb. 10