picture_as_pdf 2025-01-06

REGISTRADA BAJO EL Nº 14389


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Comuna. Cambio de número de integrantes.

Dispónese que la Comisión Comunal de Guadalupe Norte, departamento General Obligado, quede constituida por cinco (5) miembros titulares y cinco (5) miembros suplentes, de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 3 de la Ley N° 2439 Orgánica de Comunas, y según la información del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que publica los resultados definitivos

del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022, en su página web oficial: https://censo.gob.ar/

ARTÍCULO 2.- Procedimiento. El Poder Ejecutivo debe aplicar lo dispuesto por el artículo precedente, en la primera convocatoria a elecciones ordinarias que realice a efectos de ampliar el número de miembros de la Comisión Comunal de Guadalupe Norte, departamento General Obligado.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

CLARA GARCÍA

Presidenta

Cámara de Diputadas y

Diputados

GISELA SCAGLIA

Presidente

Cámara de Senadores

MARÍA PAULA SALARI

Secretaria Parlamentaria

Cámara de Diputadas y

Diputados

CPN PATRICIA BONI

Subsecretaria

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 3112/2024


SANTA FE

Lunes 30 de Diciembre de 2024.


Referencia:


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 14389 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PULLARO

Fabián Lionel Bastía

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