MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
RESOLUCIÓN N.º 418
SANTA FE, 30 DIC. 2024
VISTO:
El expediente Nº 02101-0032474-6 del registro del Sistema de Información de Expediente, en cumplimiento de la Ley Nº 12212 y normas complementarias; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 12212, su Decreto reglamentario Nº 2410/2004 y el Decreto N° 2127/2021 designan a este Ministerio de Ambiente y Cambio Climático como Autoridad de aplicación en el marco del ejercicio de la pesca y el otorgamiento de licencias y permisos para realizar cualquiera de las actividades previstas en la precitada norma legal;
Que todo acto o procedimiento de captura de peces por personas que reúnen los requisitos correspondientes y son definidos como pescadores en todas sus modalidades requiere la obtención de una licencia o permiso;
Que en el mes de mayo del año 2022 se comenzó, después de tres años, un relevamiento de pescadores comerciales y de subsistencia, en toda la provincia de Santa Fe. En dicha actividad se visitaron cincuenta y una (51) localidades ribereñas, donde existen actividades pesqueras. Dicho censo, donde se recuadraron datos, con fin de actualizar nuestros archivos y poder lograr una estadística que refleje la mecánica de las pesquerías que interactúan en la provincia de Santa Fe, arrojó datos certeros, obteniendo un numero de mil novecientos cincuenta y siete (1.957) pescadores comerciales, y dos mil quinientos cuarenta y seis (2.546) pescadores de subsistencia;
Que en el marco de la normativa pesquera, la ley Nº 12212 y su Decreto reglamentario Nº 2410/2004, en su Artículo 21 y en la Ley Nº 12482 en su Artículo 23, faculta a la autoridad de control, fijar anualmente límites en el otorgamiento de las licencias, y hasta suspender su emisión por circunstancias justificadas;
Que los resultados que arrojó el relevamiento de pescadores, entendiendo al volumen del mismo, se han comenzado a analizar, y con ello se ponen en marcha distintos programas que conllevan la optimización de la calidad de vida de las personas que interactúan con el producido de nuestros ríos, como así también, la preservación del recurso ictícola. Por ello, se estima necesario y conveniente, prorrogar las licencias y permisos otorgados en el trascurso del año 2022, en las categorías licencia de pesca comercial y permiso de pesca de subsistencia y denominaciones legales, hasta el 31 de diciembre del año 2023 inclusive;
Que en el año 2023 se prorrogó el vencimiento de las licencias de pesca comercial, bajo los mismos conceptos, antecediendo que no existía modificación en los datos que arrojó el relevamiento antes mencionado;
Que ha tomado intervención la Asesoría Letrada de la Jurisdicción, sin oponer reparos a la prosecución del trámite mediante Dictamen N° 0325/2024;
Que en virtud de lo expuesto y conforme a las facultades conferidas a este Ministerio de Ambiente y Cambio Climático por las Leyes N° 12212 y Nº 14224, Orgánica de Ministerios;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1: Prorrógase el vencimiento de las licencias y permisos otorgados en el trascurso del año 2022, en las categorías licencia de pesca comercial y permiso de pesca de subsistencia y denominaciones legales, hasta el 31 de diciembre del año 2025 inclusive.-
ARTÍCULO 2: Disponer que, oportunamente, la Dirección General de Manejo Sustentable de Recursos Pesqueros difundirá el cronograma de entrega de las licencias o permisos para el próximo año, para el caso de realizarse un nuevo relevamiento.-
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese.-
Estevez Enrique Eloy
S/C 45079 En. 02 En. 06
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MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO
AUDIENCIA PUBLICA
El Departamento Ejecutivo y el Concejo Municipal de Venado Tuerto convocan a AUDIENCIA PÚBLICA a efectos de tratar aumento tarifario solicitado por la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto.
Lugar de celebración: Museo Regional Cayetano A. Silva - Maipú 966 - V.T.
Fecha: 20 de enero de 2025.
Hora: 20,00
Inscripción Registro de Participantes: desde el 6 de enero hasta el 14 de enero inclusive. Lugar de inscripción: página web, www.venado.gob.ar.
Cierre de inscripción: 23,59 hs. del 14/01/25.
La presente publicación se encuentra exenta de pago, por aplicación de las disposiciones del código fiscal provincial.
S/C 533814 Ene. 2
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MINISTERIO DE ECONOMÍA
MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA,
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION N.º 744
VISTO:
El Expediente N° 00321-0000572-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional N° 08/2024 para la contratación de los servicios de auditoría externa del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 14.054 de fecha 21/10/2021, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a endeudarse con el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF, hasta la suma de Dólares Estadounidenses Cien Millones (U$S 100.000.000,00), para el financiamiento del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, habiéndose suscripto en fecha 26/01/2022 el correspondiente Contrato de Préstamo con el citado organismo financiero internacional;
Que el Contrato de Préstamo mencionado (Cláusula 11.6.2.) y el Manual de Operación aprobado por la CAF (Cláusula 8.3.) establece la obligación del organismo ejecutor de presentar anualmente los estados financieros del programa, con los alcances que en los mismos se indican, revisados y validados por un auditor externo independiente;
Que atento a ello resulta necesario avanzar con las gestiones de contratación de los servicios de auditoría externa del ejercicio número 3 que finalizará el próximo 31/12/2024;
Que por Resolución Conjunta N° RESCONJ-2024-0000705-APPSF-PE#MEC de fecha 31/10/2024 se aprobó el Documento de Licitación para la contratación de los “Servicios de Auditoría Externa” del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, correspondiente al ejercicio Nº 3, estableciéndose como fecha de apertura de las ofertas el día 20/11/2024;
Que en la fecha y hora establecida se realizó el “Acto de Apertura de Ofertas de los sobres identificados SOBRE Nº 1 – Antecedentes y SOBRE Nº 2 – Propuesta Económica”, recibiéndose dos (2) ofertas, según consta en acta: OFERTA N° 1: ADLER HASENCLEVER Y ASOCIADOS SRL. por la suma de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($14.641.484), y OFERTA N° 2: SUAREZ, MENENDEZ Y ASOCIADOS SRL. por la suma de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL ($13.500.000);
Que la comisión evaluadora de ofertas procedió al análisis del contenido de los Sobres N° 1 y Nº 2 de las ofertas presentadas, en un todo de acuerdo con la metodología establecida en el Capítulo 2 – Artículo 2.3 “Sistema de Gestión” – procedimiento de Etapa Única, y del Capítulo 6 – Artículo 6.1 “Criterio de Valoración (Evaluación)” y Artículo 6.2 “Criterio de Adjudicación”, todos ellos del PByCP de la licitación;
Que como resultado del mismo, dicha comisión emitió en fecha 12/12/2024 el “ACTA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS” mediante la cual aconsejó la adjudicación de la licitación a la OFERTA N° 2 perteneciente a la firma SUAREZ, MENENDEZ Y ASOCIADOS SRL, domiciliada en Maipú 942, Piso 12° de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma ofertada;
Que el inicio de ejecución del contrato se producirá en el año 2025, habiéndose contemplado en el presupuesto de ese año los créditos presupuestarios específicos para la atención del presente gasto, el cual será financiado en un 100% con recursos del préstamo;
Que en un todo de acuerdo a lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones de la licitación, Artículo 10.5.1 corresponde proceder a la devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, a la oferente que no resultara adjudicataria;
Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Subdirección General de Programación y Coordinación Administrativa de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) del Ministerio de Economía, han tomado debida intervención en el ámbito de sus competencias;
Que el Coordinador de Gestión de Proyectos de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) en su carácter de Coordinador Operativo de la UG– Decreto N° 0040/2024, considera pertinente la presente gestión y aconseja la prosecución del trámite;
Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, la Ley Nº 14.054 de Endeudamiento y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión y su modificatorio Decreto N° 0040/2024;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
EL MINISTRO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA,
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN EN SU CARÁCTER
DE COORDINADORES GENERALES DE LA UNIDAD
DE GESTIÓN DECRETO 0040/2024
RESUELVEN:
ARTICULO 1º: Apruébese lo actuado por la Unidad de Gestión – Decreto Nº 0246/2021 y su modificatorio Decreto N° 0040/2024, y por la Comisión Evaluadora de
Ofertas creada por Resolución N° RESCONJ-2024-00000705-APPSF-PE#MEC de fecha 31 de Octubre de 2024, en relación a la Licitación Pública Nacional N° 08/2024 para la contratación de los servicios de auditoría externa del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, correspondiente al ejercicio N° 3 que finaliza el 31 de Diciembre de 2024.
ARTICULO 2º: Adjudícase la contratación de los “Servicios de Auditoría Externa” del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, correspondiente al ejercicio Nº 3 que finaliza el 31 de Diciembre de 2024, a la firma SUAREZ, MENENDEZ Y ASOCIADOS SRL domiciliada en Maipú 942, Piso 12° de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL ($13.500.000).
ARTICULO 3º: Suscríbase el Contrato pertinente con la adjudicataria de la LPN Nº 08/2024 conforme al artículo precedente, previa presentación de la correspondiente Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en un todo de acuerdo a lo requerido en el Documento Licitatorio, Artículo 7.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 4º: Restitúyase la Garantía de Mantenimiento de la Oferta a la empresa Oferente que no resultara adjudicataria, tal cual lo estipulado en el Artículo N° 10.5.1 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 5º: El gasto que demande la presente gestión será imputado al Presupuesto año 2025, en la Jurisdicción 36 – Ministerio de Economía, SAF 8 Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Programa 20.08 – Inclusión Digital y Transformación Educativa, Fuente de Financiamiento 846 – Préstamo CFA Nº 11677/11678 – Ley 14.054.
ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C 45081 Ene. 02 Ene. 06