picture_as_pdf 2024-04-08

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SANTA FE

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 4, Gabriel Scaglia, Primera Secretaría a cargo de la Dra. Celina González Lowy, (sito en calle San Jerónimo 15519 Santa Fe), se ha dispuesto publicar el presente a los fines de notificar al Sr. Gerardo Adrián Goyenechea - DNI N° 27.782.564, para que comparezca a estar a derecho en estos autos caratulados: “TABORDA, FACUNDO c/GOYENECHEA, GERARDO ADRIÁN y Otros s/Daños y perjuicios” (CUIJ 21-12159218-2), bajo apercibimientos de ley.-A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 12 de Marzo de 2.024. Proveyendo cargo Nro. 2640: Como lo solicita, cítese al demandado mediante la publicación de edictos. Notifíquese. Firmado: Dr. Gabriel Scaglia - Juez. - Dra. Celina González Lowy, Secretaria. Santa Fe, 21 de Marzo de 2.024.

S/C 517137 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “VALLEJOS, CRISTIAN ARIEL Y OTROS C/ DAY, PABLO FERNANDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (CUIJ.* 2112158444-9), se cita, se llama y emplaza a DAY, PABLO FERNANDO D.N.I. Nro. 22.134.768 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Por promovida demanda de Daños y Perjuicios contra los accionados Pablo Fernando Day en su carácter de conductor y/o titular del vehículo al momento del siniestro y contra LA CAJA SEGUROS -como citada en garantía con los alcances previstos en el art. 118 de la ley 17418- a quienes se cita y emplaza a estar a derecho y a contestar la demanda dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presentes las pruebas ofrecidas. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, (acuerdo ordinario del día 07.03.2019, acta 7 punto 13), impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación aprobado por el Alto Tribunal Provincial en el punto 1 de la Acordada Nro 48 de fecha 05.12.2017. De corresponder, líbrese oficio con el objeto que el Ministerio Público de la Acusación o la Oficina de Gestión Judicial remita las actuaciones correspondientes. Autorizase al libramiento de edicto judicial, a los fines manifestados. Notifique se. –Fdo.: Dra. González Lowy (Secretaria); Dr. Scaglia (Juez)“.- Santa Fe, 14 de Marzo de 2024.

$ 100 517356 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5, Primera Secretaría, Dra. Mariana Herz, en autos: “TORREZ HILDA ESTELA c/FAZIO JUAN CARLOS s/Divorcio” CUIJ 21-10757945-9, tramitados por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5, Primera Secretaría, se notifica al sr. Juan Carlos Fazio, D.N.I. N° 16.913.911, de lo resuelto supra: “Santa Fe, 16 de Febrero de 2024.- Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: Decretar el divorcio de HILDA ESTELA TORREZ y JUAN CARLOS FAZIO (matrimonio celebrado el 04 de abril de 2014 e inscripto según Acta N° 70, Tomo 1, año 2014, en el Registro Civil de Santa Fe - 5ta. Sección - Dpto. La Capital - Provincia de Santa Fe). Protocolícese, hágase saber y firme que estuviera, ofíciese al Registro Civil. Oportunamente, archívese. Fdo.: Dra. Mariana Herz (Jueza) - Dra. María Inés Ascua (Secretaría).” Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados judiciales. Santa Fe, 11 de Marzo de 2024. Carlos Molinari, Secretario.

S/C 517189 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición de la sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 2, Primera Secretaría, Dra. Carolina Moya, en autos: ACUÑA ROSANA ANALIA c/LEONES FABIO ALBERTO s/Divorcio” CUIJ 21-10753997-9, se notifica al Sr. Fabio Alberto Leones, D.N.I. N° 25.046.416, de lo resuelto supra: “SANTA FE, 08 de Marzo de 2024. Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Declarar el divorcio de los cónyuges ACUÑA, ROSANA ANALIA (DNI 26.064.469) y LEONES, FABIO ALBERTO (DNI 25.046.416) -matrimonio celebrado en fecha 13 de Octubre de 2000 en Santa Fe, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe, anotado bajo Acta N° 297, Tomo N° II, Año 2000- conforme a lo dispuesto en el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación. Protocolícese. Hágase saber y, ofíciese ala Dirección General del Registro Civil. Oportunamente, archívese. Fdo.: María Carolina Moya (Jueza) - María Sol Novello (Secretaría). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y estrados judiciales. Santa Fe, 21 de Marzo de 2024. Dra. María Sol Novello, Secretaria.

S/C 517192 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición de la señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Dra. Mariana Herz, en los autos caratulados: SOTIL, ROMINA AVELEN C/HEREDEROS y/o SUCESORES DE IVAN FABRICIO MALACRIDA y SALEM DANA MALACRIDA s/FILIACIÓN, 21-10729506-9 se notifica a HEREDEROS y/o SUCESORES DE IVAN FABRICIO MALACRIDA, DNI 31.474.085, el siguiente decreto: SANTA FE. 16 de Febrero de 2024.- Agréguese. En este estado, declárese rebeldes a los HEREDEROS Y/O SUCESORES DE IVAN FABRICIO MALACRIDA y SALEM DANA MALACRIDA. Notifíquese. Dr. Carlos Molinari. Secretario. Dra. Mariana Herz. Juez. Otro decreto: Santa Fe, 22 de Febrero de 2024.- Como solícita, notifíquese el proveído de fecha 16/02/24 mediante edictos que se publicarán en el boletín oficial y hall de este Tribunal (artículos 72, 73 y 597 del C.P.C. y C.) y notifíquese por cédula a la Srta. SALEM DANA MALACRIDA. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Molinari, Secretario; Dra. Mariana Herz, Jueza. Santa Fe, 29 de Febrero de 2024.

$ 50 517092 Abr. 8 Abr. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la UNDECIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “ETIKETTEN S.A. el BENATURAL S.R.L.. s/ Juicio Ejecutivo” (Expte.: 21-02008858.-0), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 29 de Abril de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participar que por derecho corresponda. Por iniciada DEMANDA EJECUTIVA BENATURAL SRL, a quien se cita y emplaza para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezca a estar a derecho. Trábese embargo sobre las cuentas, plazos fijos o imposiciones que la demandada tenga en el Banco Macro SA y Supervielle hasta cubrir el monto de la demanda con más la suma de ciento sesenta mil pesos ($ 160.000) presupuestados provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese a sus efectos autorizando al peticionante y/o a quien el mismo designe a intervenir en el diligenciamiento. Líbrese oficio Ley 22.172 a los fines de la notificación, autorizándose al peticionante: ante y/o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Dra. ANA ROSA ALVAREZ (Jueza), Dr. WALTER EDUARDO HRYCUK (Secretario)“.Santa Fe, 11 de Marzo de 2024. Téngase presente. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquense. Dra. ANA ROSA ALVAREZ (Jueza), Dra. SANDRA SILVINA ROMERO, Secretaria. En consecuencia, demandada debidamente notificada de los decretos transcriptos precedentemente. y que se lo cita y emplaza para que comparezca a estar a derecho dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 15 de Marzo de 2024. Dra. Sandra Romero Secretaria.

$ 700 517364 Abr. 8

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados GUIMARANS AYRIL MAILEN s/SUPRESION DE APELLIDO PATERNO, CUIJ N° 21-10759750-3, se da por promovida gestión de Supresión de Apellido Paterno de Guimarans Avril Mailen, con citación fiscal. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. Viviana Naveda Marco, (Secretaria). Dra. Marisa Wagner, Prosecretaria.

$ 100 515872 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la cuidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: SOSA REY, AIDA LILIANA s/Quiebra, CUIJ N° 21-02009047-9, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días haciendo saber que en autos se dispuesto la conclusión de la quiebra por haber transcurrido el plazo de dos años desde la resolución de la clausura por distribución final sin que se reabra el procedimiento de la Sra. Aída Liliana Sosa Rey, DNI 13.504.145. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: “Santa Fe 08 de Marzo de 2024.... RESUELVO: 1. Declarar concluida la quiebra de Aida Liliana Sosa Rey, disponiendo el cese de las medidas cautelares anotadas, oficiándose a sus efectos. 2. Publicar la presente sentencia en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. 3. Dar por concluida la intervención del Síndico. 4. Comunicar la presente resolución al Registro de Procesos Concursales, oficiándose a sus efectos. Regístrese, hágase saber.” Firmado: Dr. Lucio A. Palacios-Juez, Dra. Romina Soledad Freyre - Secretaria. Santa Fe, 13 de Marzo de 2024.

S/C 517231 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición de la Dra. Ana Rosa Alvarez, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SOLA MARCELA LILIANA s/Quiebra”. CUIJ N° 21-02036844-3, se ha dictado mediante Resolución Judicial, lo que a continuación se transcribe: “Santa Fe, 14 de Marzo de 2024. Por presentado proyecto de distribución readecuado. Pónganse de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo.: Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza) – Dra. Sandra S. Romero (Secretaria). Magdalena Cabal, Prosecretaria.

S/C 517224 Abr. 8 Abr. 9

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Por así estar dispuesto en los autos FIGUEROA DANIELA BELEN s/Quiebra; (Expte. N° 21-02044453-0); El Sr. Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, Dr. Carlos Marcolin, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Figueroa Daniela Belen, apellido materno Chandá, argentina, D.N.I. N° 39.126.587, CUIL Nº 27-39126587-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real según dice en calle Pasaje Echevarria 2383 Piso 8 depto 3 de la Ciudad de Santa Fe y legal el calle Luciano Torrent 1534 de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/03/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 16/05/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el Organo sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 31/05/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 01/07/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/08/2024 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Bejer Cristian, en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dr. Carlos Marcolin - Juez a/c.

S/C 517268 Abr. 8 Abr. 12

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Por así estar dispuesto en los autos: GUTIERREZ RODRIGO LEANDRO s/Quiebra; CUIJ N° 21-02044650-9, la Sra. Jueza a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Ana Rosa Alvarez, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra de Rodrigo Leandro Gutierrez, apellido materno Dolfo, argentino, D.N.I. N° 30.489.137, CUIL Nº 20-30489137-9, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Hernandarias N° 3522 y legalmente en calle Pasaje Leoncio Gianello Nº 636, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2º) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4º) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5º) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6º) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7º) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8°) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9º) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/03/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12°) Fijar el día 16/05/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13º) Fijar el día 31/05/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º) Señalar el día 01/07/2024 como fecha hasta la cua1 Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/08/2024, para la presentación del Informe General. 15º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 17º) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dra. ANA ROSA ALVAREZ, JUEZA A/C; Dra. VIVIANA NAVEDA MARCÓ, SECRETARIA. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 20 de Marzo de 2024 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Horacio Emilio Molino, con domicilio en calle Mariano Comas N°2627, de esta ciudad.

S/C 517269 Abr. 8 Abr. 12

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Por así estar dispuesto en los autos: SCHMID YAMILA LUCILA s/Quiebra; CUIJ N° 21-02044700-9, el Sr. Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Carlos Marcolin, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 10) Declarar la quiebra de Yamila Lucila Sclimid, apellido materno Chamarro, argentina, D.N.I. N° 35.468.868, CUIL Nº 27-3546868-4, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Chubut N° 3440 -13° Las Delicias- y legalmente en calle San Jerónimo N° 3194, of. 14, ambos de la Ciudad de Santa Fe. 2º) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General. Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3º) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4°) Intimar (a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5º) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6º) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7º) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el Cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8º) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9º) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10º) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “13”, para el día 20/03/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11º) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la Fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, (con excepción de la cuota alimentaria) por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación. el 20% de tales

remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer Depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12º) Fijar el día 16/05/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal Fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13º) Fijar el día 31/05/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14º) Señalar el día 01/07/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/08/2024 para la presentación del Informe General. 15º) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16º) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17º) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18º) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dr. CARLOS MARCOLIN, JUEZ A/C; Dra. VIVIANA NAVEDA MARCÓ, SECRETARIA. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 21 de Marzo de 2024, para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Alejandro Ruben Monti, con domicilio en calle San Martín N° 3008 - Piso 11, de esta ciudad.

S/C 517267 Abr. 8 Abr. 12

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Por así estar dispuesto en los autos PAREDES MARIA EUGENIA s/QUIEBRA; CUIJ N° 21-02044577-4, el Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. Carlos Marcolin, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de María Eugenia Paredes, apellido materno Vera, argentina, D.N.I. N° 30.292.102, CUIL Nº 23-30292102-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real según dice en calle Pasaje Público N° 7733 de la Ciudad de Santa Fe y legal el calle Amenabar N° 3066 - Dpto. 1°- de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.

8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.Ç.C., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente.9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/03/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 16/05/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 31/05/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 01/07/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/08/2024 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dr. CARLOS MARCOLIN: JUEZ a/c; Dra. VIVIANA NAVEDA MARCO, SECRETARIA. CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 21 de Marzo de 2024 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Héctor González con domicilio en calle 25 de Mayo N° 3047 de esta ciudad.

S/C 517266 Abr. 8 Abr. 12

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Por así estar dispuesto en los autos PELLIZZA MIRIAM BEATRIZ s/Quiebra; (EXPTE. CUIJ N° 21-02044805-6) el Sr. Juez A CARGO del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. Carlos Marcolin ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de MIRIAM BEATRIZ PELLIZZA, apellido materno Pérez, argentina, D.N.I. N° 16.817.562, CUIL Nº 27-16817562-6, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Hipólito Irigoyen 2669, Piso 1, Depto. “B”, y legal en calle Monseñor Zaspe 2670, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 20/3/2024 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra (CON EXCEPCIÓN DE LAS DEUDAS POR ALIMENTOS), debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará UN AÑO contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12)Fijar el día 16/05/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 31/05/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 01/07/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/08/2024 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Dr. CARLOS MARCOLIN, JUEZ A CARGO; Dra. VIVIANA NAVEDA MARCÓ, SECRETARIA. CONSTE: Que en el sorteo realizado para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Ricardo Melini cuyo domicilio legal es calle Urquiza 2295 de esta ciudad de Santa Fe y su domicilio electrónico rmelini@hotmail.com.ar.

S/C 517264 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: OCHOA Y GOMEZ, RAUL (H) c/CABROL, DARIO GABRIEL s/Pedido De Quiebra; (CUIJ 21-02014640-8) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: SANTA FE, 13 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de DARIO GABRIEL CABROL, DNI 22.620.052, con domicilio en calle Cardenal Fasolino N° 342 de la ciudad de Santa Fe, Provincia del mismo nombre. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes del fallido, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 20 de Marzo de 2024 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día martes 30 de abril de 2024 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día jueves 13 de junio de 2024 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día lunes 03 de agosto de 2024 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. FDO. DI CHIAZZA (Juez a/cargo) - PACOR ALONSO (Secretaria). OTRO DECRETO: SANTA FE, 22 de Marzo de 2024. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndica CPN MARCELA MALDONADO, domiciliada en calle Vieytes N° 2231, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. LIZASOAIN (Juez a/cargo) - PACOR ALONSO (Secretaria).

S/C 517221 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: PUENTE, MIGUEL ANGEL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02042814-4) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 14 de Marzo de 2024. AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Declarar la quiebra de MIGUEL ANGEL PUENTE, argentino, DNI N° 28.331.775, soltero, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, CUIL 20-28331775-8, apellido materno FABBRO, domiciliado en calle Castañeda N° 1258 de la localidad de San José del Rincón, provincia de Santa Fe, y constituyendo domicilio legal en calle Amenabar N° 3066, Dpto. 1 esta ciudad de Santa Fe. 2.- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3.- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4.- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5.- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6.- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7.- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8.- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10.- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11.- Designar el día miércoles 20 de marzo de 2024 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12.- Fijar el día miércoles 24 de abril de 2024 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13.- Señalar el día miércoles 22 de mayo de 2024 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día miércoles 26 de junio de 2024 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14.- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.521. 15.- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. DI CHIAZZA (Juez a/cargo); PACOR ALONSO (Secretaria). OTRO DECRETO: SANTA FE, 22 de Marzo de 2024. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN CLAUDIO ANIBÁL SEVESO, domiciliada en calle San Martín N° 3124, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Fdo. LIZASOAIN (Juez a/c)- PACOR ALONSO (Secretaria).

S/C 517222 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, se hace saber que en los autos FERNANDEZ, CRISTINA ANDREA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; (CUIJ 21-02044421-2), se ha dispuesto: Santa Fe, 19/03/24; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de CRISTINA ANDREA FERNANDEZ, D.N.I. 25.497.325 apellido materno Martinez, soltera, con domicilio real en Furlón Carrifd 9253 Loyola Norte de la ciudad de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo 3194 Of. 14 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 20 de Marzo de 2024 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 23 de Abril de 2024 corno fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así corno los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 08 de mayo de 2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 05 de Junio de 2024 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 05 de Agosto de 2024 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, (secretario); Dr. CARLOS F. MARCOLÍN, (Juez).

S/C 517206 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CANO, RICARDO OMAR s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02045214-2, se ha declarado la quiebra en fecha 20/03/2024 a su propio pedido de RICARDO OMAR CANO, de apellido materno REA, D.N.I. 34.822.541, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Larrea N° 1350, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio ad lítern constituido en calle 25 de Mayo N° 1913, de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 03 de Abril de 2024 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 15 de abril de 2024. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art 89 LCQ). Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez); Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria).

S/C 517205 Abr. 8 Abr. 12

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Secretaría a cargo de la Dra. SANDRA SILVINA ROMERO, sito en calle San Jerónimo N° 1551, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: CAÑETE, DELIA ESTEFANIA s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02043373-3), se ha dispuesto publicar por edicto en el Boletín Oficial por el término de ley, la siguiente resolución recaída en los autos citados: Santa Fe, 15 de Junio de 2023. VISTOS:... CONSIDERANDO... RESUELVO: Aclarar el pronunciamiento de fecha 04 de Diciembre de 2023, rectificándose las siguientes fechas: el día 16 de Abril de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico; el día 29 de Mayo de 2024 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 10 de Julio de 2024 para que presente el informe general. Publíquense edictos. Regístrese, hágase saber y tómese razón en nota marginal de la Resolución registrada al Folio 309 Resolución N° 589 Tomo 43 Año 2023 del Protocolo de Autos y Sentencias de este Juzgado. Firmado: Ana Rosa Alvarez (Jueza), Sandra S. Romero (Secretaria). Se hace saber que ha resultado sorteada la Síndica la CPN Marín, Teresa Zulema, quien ha constituido domicilio legal en calle Hipólito Irigoyen 2638, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Publíquese Edictos por 5 días S/C - Santa Fe, 19 de Marzo de 2024.

S/C 517212 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición de la Jueza a cargo de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: CEJAS, LORENA PAOLA s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ N° 21-02036693-9), se ha resuelto lo siguiente: SANTA FE, 21 de Marzo del 2024. Aclarar el pronunciamiento de fecha 19 de Diciembre de 2022, rectificándose las siguientes fechas: el día 06 de Mayo de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico; el día 18 de Junio de 2024 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 30 de Julio de 2024 para que presente el informe general. Publíquense edictos. Fdo. Dra. Alvarez (Jueza); Dra. Romero (Secretaria).

S/C 517122 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, se hace saber que en los autos FERNANDEZ, JOSE FRANCISCO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02044302-9), se ha dispuesto: Santa Fe, 20/03/24; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de JOSE FRANCISCO FERNANDEZ, D.N.I. 38.817.215, apellido materno (Gianpetri, soltero, con domicilio real en calle Reinares 8237 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Amenabar 3066, Depto. 1 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la Fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 27 de Marzo de 2024 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 30 de Abril de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 15 de Mayo de 2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 1 5) Señalar el día 12 de Junio de 2024 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 13 de Agosto de 2024 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, (secretario); Dr. CARLOS F. MARCOLÍN, (Juez).

S/C 517204 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: OLIVA MAURO RAUL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02044405-0), se ha dispuesto: 1 Declarar a su propio pedido la quiebra de OLIVA MAURO RAUL, DNI 30.079.127, argentino, mayor de edad, Empleada del Ministerio de Seguridad, domiciliado realmente en calle Tomas Fumo 1106. de la ciudad de Recreo y legal en calle Monseñor Zaspe 2670 de esta ciudad de Santa Fe. 2 Decretar la inhibición general de la fallida para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 4 Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5 Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 15 Disponer la toma de razón de la presente resolución en el Registro de Procesos Concursales. 10 Fijar el día 21 de Abril de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico 11. Fijar el día 03 de Junio de 2024 la fecha en que el Síndico deberá presentar el informe individual de los créditos y el 15 de Julio de 2024 la fecha en la que el Síndico deberá presenta el Informe General. Sin previo pago (Art. 89 3er párrafo Ley 24522). Se hace saber que el Síndico Designado en Autos es el C.P.N. Rodrigo Martín Izquierdo quien constituye domicilio en calle 1ero de Mayo 1941 de la ciudad de Santa Fe, con atención al público de Lunes a Viernes de 8 a 14 horas. Fdo. Ana Rosa Alvarez (Jueza); Dra. Sandra Silvina Romero, (Secretaria).

S/C 517160 Abr. 8 Abr. 12

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EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 8ª NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE, a cargo del Dr. IVAN GUSTAVO DI CHIAZZA, comunica por dos días que en los autos: SOLIS GISELA GUADALUPE s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02030987-0, que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha declarado la conclusión de la quiebra al Tomo: 2024 Folio: Resolución: 13 de fecha 08/02/2024: VISTOS... CONSIDERANDO... POR ELLO DECIDO: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Notifíquese. Fdo: Mariana Nelli, Secretaria; Ivan Di Chiazza Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de de 2024. Secretaria.

S/C 517023 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GONZÁLEZ, MAXIMILIANO JESUS s/PEDIDO DE QUIEBRA; CUIJ N° 21-02030164-0, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final Complementario. La providencia que dispone esta publicación expresa: SANTA FE, 14 de Marzo de 2024. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establece el art. 218 de la Ley Nº 24.522. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza a/c) - Dra. Mercedes Dellamónica (Secretaria). Santa Fe, 25 de Marzo de 2024. Dra. Prado, Prosecretaria.

S/C 517383 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, se hace saber que en los autos DIAZ GRISELDA ANALIA s/QUIEBRA; (CUIJ 21-01056287-9), se ha dispuesto: SANTA FE, 30 de Noviembre de 2023. Por presentado por la Sindicatura readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Previa publicación de edictos córrase vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Notifíquese. Fdo. Dra. María Ester Noé de Ferro, (Secretaria); Dra. María Romina Kilgelmann, (Juez). Santa Fe, 15 de Diciembre de 2024.

S/C 517022 Abr. 8 Abr. 9

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En los autos caratulados: SCHMID, YAMILA LUCILA s/Quiebra; que tramitan por Expte. CUIJ 21-02044700-9, ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe se hace saber que el CPN Alejandro Monti con domicilio constituido en calle San Martín 3008 Piso 11 ha aceptado el cargo de síndico para el que ha sido designado, donde atenderá a los señores acreedores, de martes a jueves hasta el día 16 de mayo de 2024 de 16 a 19 horas a los fines de la recepción presencial de los pedidos de verificación, que deberán ser acompañados de una copia en papel y otra en soporte digital, lo que se publica a los fines previstos por el art. 89 LCyQ N° 24522. Santa Fe, marzo de 2024.

S/C 517371 Abr. 8 Abr. 12

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: OCHOA, DANIEL ALEJANDRO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02037084-7), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaria de la autorizante Dra. Sandra S. Romero, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Proyecto de Distribución reformulado, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. Asimismo, que se han regulado los honorarios de la C.P.N. María Elena de los M. Sabater (Sindica) en la suma de $ 1.056.780,45 y los del Dr. Alejandro Agustín González (apoderado fallido), en la suma de $ 452.905,90. A continuación se transcribe el decreto que así lo dispone: SANTA FE, 21 de Marzo de 2024. Por presentado proyecto de distribución reformulado. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Dra. Sandra S. Romero, Secretaria. Publicación por (2) dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Sin cargo Ley 24.522 (L.C.Q.). Santa Fe, 25 de Marzo de 2024.

S/C 517408 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: COLMAN, CLAUDIO ALEJANDRO RAMON s/SOLICITUD DE PROPIA QUIEBRA; CUIJ N° 21-02043812-3, se abrió la quiebra de CLAUDIO ALEJANDRO RAMON COLMAN, DNI 22.784.170; pudiendo los acreedores verificar ante el síndico CPN Carlos A. Sara, en el domicilio de Juan de Garay 2855 de Santa Fe, de lunes a viernes de 16 a 19 horas hasta el día 29/04/2024, debiendo asimismo presentar un pedido de verificación en formato digital (vía correo electrónico a la siguiente casilla: estudio@csara.com.ar, o bien mediante pen drive); Asimismo a los fines de la compulsa digital del expediente se hace saber su contraseña: 8401; lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, 21 de marzo de 2024. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 517491 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: OCHOA Y GOMEZ, RAUL c/ZUÑIGA, DIANA DEBORA s/PEDIDO DE QUIEBRA; (Expte. CUIJ 21-02040506-3), se ha dispuesto en la resolución de fecha 28/11/2023; 1) Declarar la quiebra de la Sra. DIANA DEBORA ZUÑIGA, argentina, mayor de edad, D.N.I. 23.911.851, domiciliada realmente en calle Fray Antonio Rossi N° 962, de la localidad de Helvecia, Dpto. Garay Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle San Lorenzo N° 2289, de esta ciudad; 2) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 29 de Noviembre de 2023 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5) Fijar hasta el día 02 de Febrero de 2024 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6) Fijar los días: 04 de Marzo para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 15 de Abril de 2024 para la presentación de los informes individuales; y el 10 de Junio 2024 para la presentación del informe general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Dra. Mercedes Dellamonica, Secretaria; Dr. Diego Raúl Aldao, Juez. A continuación, se ha dispuesto en la resolución de fecha 19/02/2024: 1) Fijar como nuevas fechas: a) hasta el 23/04/2024 para la verificación de créditos por parte de los acreedores; b) hasta el 23/05/2024 para la presentación de las copias de las impugnaciones por la Sindicatura; e) hasta el 30/07/24 para la presentación de los informes individuales; y d) hasta el día 24/09/2024, para la presentación del informe general. 2) insértese, expídase copia y hágase saber. Firmado: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria; Dr. Diego Raúl Aldao, Juez.

S/C 517014 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados DIAZ, RITA SUSANA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; CUIJ N° 21-02028259-9, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final y se han regulado los honorarios a los profesionales intervinientes. La providencia que así lo dispone expresa: SANTA FE, 02 de Febrero de 2024. AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:... Fijar los honorarios totales en la suma de $ 1.114.108,28 a distribuir de la siguiente manera: 70% para la Sindicatura, lo que alcanza la suma de $ 779.875,79 para el CPN Martín Marcos Rossi y 30% para el apoderado de la fallida, esto es, la suma de $ 334.232,48 (9,48 jus) para el Dr. Jorge Ariel Morel. Insértese, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao, (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica, (Secretaria). Otro decreto dice: SANTA FE, 08 de Marzo de 2024. De manifiesto el proyecto de distribución oportunamente presentado, por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24522. Notifíquese. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain, (Juez a/c); Dra. Mercedes Dellamónica, (Secretaria). Santa Fe, 14 de Marzo de 2024. Dra. Prado, Prosecretaria.

S/C 517384 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe, en cumplimiento del artículo 218 de LCQ, se hace saber que: en los autos caratulados FAVRE, MARCELA JUDITH s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02017844-9, se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución, regulándose los honorarios de los profesionales: Sindica SUSANA DEL CARMEN VÁZQUEZ, en la suma de 276.649,51 y los honorarios del Dr. DIEGO ENZO GALETTO en la suma de 118.564,07. Lo que se publica a sus efectos por dos días. Santa Fe, 2 de Febrero de 2024. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 517120 Abr. 8 Abr. 9

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Autos: VIDAL, GUADALUPE MARCELA s/PEDIDO DE QUIEBRA, Expte. CUIJ 21-02033059-4, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el art. 218 de la Ley N° 24522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios obrante en autos: honorarios del CPN PABLO EDUARDO DIEDIC, en la suma de $ 939.360,40. Honorarios del Dr. JUAN FRANCISCO CIBILS en la suma de $ 402.583,03. Santa Fe, Abril de 2024.

S/C 517488 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito - Tercera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, en autos: BANCO BICA S.A. c/FLORITO, DAMIAN ALBERTO s/JUICIO EJECUTIVO; (CUIJ 21-16255434-1), se cita, llama y emplaza a DAMIAN ALBERTO FLORITO, DNI 34.166.775, para que comparezca a tomar intervención de ley y hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. A continuación, se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 04 de Marzo de 2024. Agréguese el informe acompañado y téngase presente lo manifestado. En los términos del art. 73 del CPCC cítese por edictos al demandado, con transcripción de los decretos de fecha 12/08/2022, los que se publicarán tres (3) veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el hall de estos tribunales, cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Notifíquese. Fdo: Dra. María José Haquín de Beron (Jueza) - Dra. María Soledad Prieu Mántaras (Secretaria). OTRO DECRETO: SANTA FE, 12 de Agosto de 2022. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva contra Damián Alberto Florito (DNI 34.166.775) por la suma de $ 185.928,82, con mas $ 93.000 que se estiman provisoraiamente de intereses y costas, a quien se citará y emplazará para que dentro del término de diez días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Al Otro si 1°: Téngase presente. Al otro si 2°: Téngase presente la autorización conferida, bajo la exclusiva responsabilidad del peticionante y dentro de los límites del Art. 56 del CPCC. Desígnase al representante de la actora depositario judicial de la documental base de la presente causa, debiendo presentar la misma ante el Juzgado previo al dictado de la sentencia, junto con las cédulas de notificación en original, que se adjunten digitalizadas durante el trámite del expediente. Notifíquese por cédula y, en el caso de que el demandado se domicilie fuera del radio del juzgado, cúrsense la totalidad de las notificaciones de la causa por medio del Juez competente del domicilio del mismo, oficiándose a sus efecto s/y autorizándose al apoderado y/o a quien este designe a intervenir en su diligenciamiento. Fdo: Dra. Ma. Soledad Prieu Mántaras - Secretaria. Dra. María José Haquín de Berón - Jueza. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 13 de Marzo de 2024. Tamara Nazaret Leone, Prosecretaria.

$ 120 517469 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: CASTAGNOLA, ADRIANA RITA Y OTROS c/BALLABENI ENIO MANUEL BENITO Y OTROS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ N° 21-02020818-7, se cita, llama y emplaza a los herederos del difunto demandado Enio Manuel Benito Ballabeni -su supérstite Zulema Olimpia Lions y sus hijos Marta Lilia Guadalupe Ballabeni, Patricia Mónica Guadalupe Ballabeni, Azio Carlos Guadalupe Ballabeni, Guillermo Daniel Guadalupe Ballabeni y María Angélica Guadalupe Ballabeni- y/o a sus respectivos herederos, para que comparezcan a estar a derecho en el término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dr. Diego Raúl Aldao, Juez; Dra. Mercedes Dellamonica, Secretaria. Santa Fe, 9 de Febrero de 2024. Dra. Prado, Prosecretaria.

$ 50 517382 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del (Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 10ª Nom), en autos caratulados: JURIOL, CARLOS OSCAR c/MANRIQUE, ANTONIO ALEJANDRO Y OTROS s/ESCRITURACION, se ha dictado el siguiente decreto SANTA FE, 09 de Febrero de 2024 Agréguense las resoluciones acompañadas por el Archivo General. Cítese y emplácese a los herederos testamentarios Sra. Ana Margot Sánchez, Sra. Nora! Raquel Farias Sobrero, Sr. Jorge Luis Farias Sobrero, Sra. Mónica Farías Obrero y Sra. Martha Sobrero Romatti, de la codemandada Luisa Esmeralda Drogue, para que comparezcan a estar a derecho por sí o por apoderado, bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL los que deberán ser exhibidos en el hall central de estos Tribunales por el término de ley. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 28 de Febrero de 2024.

$ 50 517363 Abr. 8 Abr. 10

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: GALIAN TEOFILO c/FRUTICOLA BIANCO ACIISA s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA, 21-15796412-4 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 2 de la Ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a quienes fueren propietarios del inmueble sito en calle Los Nogales N° 2628 de esta ciudad, inscripto bajo el Tomo 279 Impar Folio 3388, N° 26279 Año 1968 y/o a quienes se consideren con derechos para hacerlos valer en el juicio de referencia. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ha ordenado: Santa Fe, Cítese por cédula y por edictos, emplazándolos para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a quienes fueren propietarios del inmueble sito en calle Los Nogales N° 2628 de esta ciudad, inscripto bajo el Tomo 279 Impar Folio 3388, N° 26279, Año 1968 y/o a quienes se consideren con derechos para hacerlos valer en este juicio. Publíquense los edictos en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y exhíbase en el hall de la planta baja de estos Tribunales. Fdo. Dr. Javier Deud, Juez a/c. Dra. Gabriela Suárez, Secretaria. Santa Fe, 23 de febrero de 2024. Dra. Dávalos, Prosecretaria.

$ 50 517342 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, ha dispuesto en los autos caratulados: NUEVO BCO. DE SANTA FE S.A. c/JURETICH ANDRES JUAN y Otros s/Juicios Ordinarios, que tramitan por Expediente Número 21-00849031-4: SANTA FE, 30 de Noviembre de 2023 Téngase presente. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 597 del CPCC, cítese y emplácese a los herederos del co demandado Andrés Juan Juretich a comparecer a estar a derecho en las presentes actuaciones en el término de ley y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por edictos. Notifíquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso; Dr. Diego Aldo. Santa Fe, 4 de Diciembre de 2023.

$ 50 516952 Abr. 8 Abr. 10


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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: CASELLA, ISABEL ADELINA c/RIZZI, ESTEBAN ALFREDO y Otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ 21-02040736-8 se cita y emplaza a los codemandados ESTEBAN ALFREDO RIZZI y RIZZI DISTRIBUCIONES SA para que hagan valer sus derechos. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena y el proveído que establece su publicación en el BOLETÍN OFICIAL: SANTA FE, de marzo de 2024. Atento lo requerido y las constancias de autos, notifíquese a los codemandados mediante publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Firmado: Dr. Iván G. Di Chiazza (Juez); Dra. Mariana Nelli, (Secretaria). Santa Fe, 12 de Marzo de 2024.

$ 50 516935 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de la ciudad de Santa Fe (Pcía,, de Santa Fe), en los autos: BATAGLINI, JULIO ALBERTO c/NATION S.A. y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS ORDINARIO, CUIJ 21-02024985-1), se ha ordenado hacer efectivos los apercibimientos decretados y en consecuencia declarar la rebeldía del codemandado Círculo de Inversores S.A. de Ahorró con Fines Determinados. conforme el texto de la providencia siguiente, a saber: Santa Fe, 7 de diciembre de 2023. Se tiene presente y agréguese la cédula acompañada. Haciendo efectivo los apercibimientos decretados oportunamente, declárase la rebeldía de la firma codemandada Círculo de Inversores S.A. de Ahorro con Fines Determinados Notifíquese, Fdo: Dr. Aldao, Juez a cargo - Dra. Botto, Secretaria. Santa Fe, 19 de Marzo de 2024.

$ 100 516965 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos MENDOZA JUAN RODOLFO c/LOSTALO MARIA CLARA TERESITA s/Ordinario de usucapión; CUIJ N° 21-01020890-1 Año 2009, se hace saber que, habiendo sido debidamente citados y no compareciendo a estar a derecho, se ha declarado rebelde a los herederos de Rosa Manzoni. Santa Fe, Marzo de 2024. Dr. Néstor Antonio Tosolini, Secretario.

$ 50 517125 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Décima Nominación de esta ciudad, en los autos caratulados, MERCADO, ORESTE NAZARIO c/SUCES. DE GUTIERREZ MERCEDES s/JUICIO ORDINARIO, N° de Expte. 1303/2003, CUIJ 21-01040529-4, se cita, llama y emplaza a los herederos de la Sra. MERCEDES GUTIERREZ, D.N.I. N° 6.459.522, CUIL 27-06459522-4, Sres. Ismelda Ramona Piedrabuena, en representación de su hija Lucía Olga Piedrabuena los Sres. Aldo César Pighin, Sergio Daniel Pighin, Olga Graciela Pighin y Leonardo Sebastián Pighin, en representación de su hija Edicta Susana Piedrabuena los Sres. Darío Alberto Pighin, Mónica Noemí Pighin, María Elena Pighin y Carina Guadalupe Pighin, en representación de su hijo Antonio del Carmen Piedrabuena la Sra. Mercedes del Carmen Piedrabuena, para que comparezcan en autos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 del CPCC. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo lo resuelto en la Ley 11.287 CP por el término de ley. Santa Fe, 23 de Febrero de 2024. Fdo.: Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria); Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza).

$ 100 517131 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, en los autos caratulados: GIL, ROMINA ITATI s/RECTIFICACIÓN DE PARTIDA; (CUIJ 21-02043666-9), se cita a todo interesado en hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, notificándolos que se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 1 de diciembre de 2023; Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciado el presente trámite de cambio de apellido correspondiente a Romina Itatí Gil, por el apellido Pagano, a la que se le imprime el trámite del juicio sumarísimo. Publíquense edictos en el Boletín Oficial una vez por mes durante dos meses haciendo saber que “Romina Itatí Gil” ha promovido juicio para cambiar su apellido por el de “Pagano”. Requiérase información sobre la existencia de medidas precautorias anotadas a nombre de la interesada. A tales fines ofíciese al Registro General de la Propiedad, al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de créditos prendarios y al Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe. Autorizase a la peticionante o a quien la misma designe a intervenir en los diligenciamientos. Fecho, dese intervención a los Ministerios Públicos y al Registro Civil. Notifíquese. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Néstor A. Tosolini, Secretario.

S/C 517235 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la UNDECIMA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados ETIKETTEN S.A. c/BENATURAL S.R.L. s/Juicio Ejecutivo; (Expte. 21-02008858-0), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 29 de Abril de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada DEMANDA EJECUTIVA contra BENATURAL S.R.L., a quien se cita y emplaza para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezca a estar a derecho. Trábese embargo sobre las cuentas, plazos fijos o imposiciones que la demandada tenga en el Banco Macro SA y Supervielle hasta cubrir el monto de la demanda con más la suma de ciento sesenta mil pesos ($ 160.000) presupuestados provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese a sus efectos autorizando al peticionante y/o a quien el mismo designe a intervenir en el diligenciamiento. Líbrese oficio Ley 22.172 a los fines de la notificación, autorizándose al peticionante y/o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza), Dr. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario. Santa Fe, 11 de Marzo de 2024. Téngase presente. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza), Dra. Sandra Silvina Romero (Secretaria). En consecuencia, queda la demandada debidamente notificada de los decretos transcriptos precedentemente y que se lo cita y emplaza para que comparezca a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 15 de Marzo de 2024.

$ 700 517364 Abr. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 28 de la ciudad de Santo Tomé en los autos caratulados: OBERLIN, MIGUEL ANGEL c/SANCHEZ, CARMEN; SANCHEZ, LORENZO; SANCHEZ DE JUARES, BIANCA NIEVES; SANCHEZ DE VAZQUEZ, ESMERALDA; SANCHEZ DE GAITAN, YOLANDA; SANCHEZ ROMAN; GAITAN, CRUZ OSCARVAZQUEZ, RUPERTO ALEJANDRO s/Prescripción adquisitiva; CUIJ 21-01979312-2; SANTO TOME, 19 de marzo de 2024 Salgan los autos de fallo. Con arreglo a las facultades conferidas por el artículo 20 del Código de Procesal Civil y Comercial, como medida de mejor proveer y sin perjuicio de la actuación realizada por el Sr. Defensor de Ausentes; advertido de las constancias de autos que, los codemandados rebeldes Carmen Sánchez, Yolanda Sánchez de Gaitán, Cruz Oscar Gaitán y Román Sánchez, se encuentran fallecidos y no existe proceso sucesorio abierto, cítese a los herederos a hacer valer sus derechos, por el término y bajo apercibimiento de ley. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. María Alejandra Serrano (Secretaria); Dr. Hernán G. Gálvez, (Juez). Santo Tomé, 21 de Marzo de 2024. Dra. Ma. Alejandra Serrano, Secretaria.

$ 50 517210 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA, CAROLINA LORENA c/GONZALEZ, LUCAS JOAQUIN y Otros s/Juicios Ejecutivos; (CUIJ N° 21-25110501-1), se hace saber al Sr. Lucas Joaquín González (D.N.I. N° 38.135.630) que con fecha 21.02.2024 se lo ha declarado rebelde, en virtud de no haber comparecido a estar a derecho. Notifíquese. Fdo. Erni (Juez a/c) - Simonetti (Secretaria). San Carlos Centro, 27 de Febrero de 2.024.

$ 50 517209 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Juzgado de 1ª Inst. de Distrito en lo Civ. y Com. de la 7ª Nom. ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MICOCCI, HECTOR HUGO c/MICOCCI, JORGE ALBERTO Y OTROS s/USUCAPION; CUIJ 21-01997105-5, se declaró rebelde a los herederos de CARLOS GUILLERMO MICOCCI y RICARDO LUIS MICOCCI; Así mismo se declaró rebelde a GERONIMA ROSA ORELLANA DE MICOCCI; Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 73 C.P.C.C.S.F. Firmado: Romina Soledad Freyre, Secretaria; Lucio Alfredo Palacios, Juez; Santa Fe, 13 de marzo de 2024.

$ 50 517112 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados: COOKE JUAN IGNACIO c/ARNAUDO LUIS ANGEL s/JUICIOS EJECUTIVOS; CUIJ N° 21-22700268-6, se hace saber al Sr. Luis Ángel Arnaudo (D.N.I. N° 20.141.115), que con fecha 16.02.24 se ha dictado sentencia, haciendo lugar, a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de LUIS ANGEL ARNAUDO hasta que la actora perciba la suma de $ 200.000,00, con más sus intereses, desde la mora, que operó el 23.05.2020 y hasta el día de su efectivo pago. Costas a la demandada. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la pertinente liquidación y profesionales intervinientes y condenado en costas acrediten su condición frente al IVA acompañando constancia de inscripción ante el AFIP, el segundo dentro del término y bajo los apercibimientos del art. 10 inc. b) (RG 689). Agréguese copia, resérvese el original y notifíquese- Fdo. Erni, Juez - Lang, Secretaria. Esperanza, 23 de Febrero de 2.024.

$ 50 517208 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nro 19 de la ciudad de Esperanza, en autos caratulados: GALLENO WALTER OSCAR C/ JUNCO DE ROMERO ELVIRA Y OTROS S/ USUCAPION” CUIJ 21-26304495-6, se hace saber que se ha decretado lo siguiente: “Esperanza, 20 de Febrero de 2024. .... Por promovida DEMANDA SUMARIA POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA contra ELVIRA JUNCO de ROMERO, ENRIQUE BENITO ROMERO, SIXTO AVELINO ROMERO, MARÍA GUADALUPE ROMERO, ROSA ELVIRA ROMERO y/o contra quienes resulten ser sus sucesores y/o herederos y/o contra quien resulte propietario y/o titular registral del inmueble ubicado en calle Güemes N° 1149 de esta ciudad, individualizado en partida API N° 091600576213/00002 al Tomo 105 Impar, Folio 188, Número 14043 de fecha 03/09/1970, Departamento Las Colonias Provincia de Santa Fe, Sección Dominios del Registro General. Cítese y emplácese a los accionados en el domicilio que surge del impuesto inmobiliario y por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley..... Notifíquese.” Fdo. Dra. Victoria Lang, Secretaria; Dr. Norberto A. Erni Juez.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 28 de Febrero de 2024.

$ 52,50 516989 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 19 de la ciudad de Esperanza, en autos caratulados “FEDERICO, ATILIO ALEJANDRO C/ QUIE, JOSE AMERICO S/ USUCAPION” CUIJ 21-26304385-2, se hace saber que se ha decretado lo siguiente: “ESPERANZA, de febrero de 2024 Por iniciada formal DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 398 CPCC). Cítese y emplácese a José Américo Quie y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario sobre inmueble objeto de autos, por el plazo de ley y conforme art. 597 CPCC, a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Publíquense edictos en el Boletín Oficial en legal forma. ... Notifíquese. - Fdo. Dra. Julia Fascendini Secretaria, Dra. Virginia Ingaramo, Jueza. Se hace saber que el inmueble objeto de autos se encuentra ubicado en la calle Santa Fe Nº 592, de la localidad de Felicia, provincia de Santa Fe, inscripto en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Santa Fe, al Tomo 135 Impar, Folio 873, Número 14441 del año 1974, Departamento Las Colonias. Partida Inmobiliaria 09-12-00-083767/0006-7 con una superficie según mensura de 673.68 m2. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 6 de Marzo de 2024. Julia Fascendini, Secretaria.

$ 52,50 516986 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ra. Inst. Civil, Com. y Lab. de Distrito N° 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), Secretaría a mí cargo, se cita y emplaza a los herederos, y a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de Don ORLANDO LUIS QUINTANA, DNI N°22.144.472, fallecido en Esperanza (Santa Fe) el 19/01/2024, a los efectos de que para que comparezcan a estar a derecho en el término por el término de ley, bajo apercibimientos de rebeldía, en autos caratulados: “13 DE AGOSTO SRL C/ HEREDEROS DE QUINTANA, ORLANDO LUIS SI PAGO POR CONSIGNACIÓN - LABORAL” (CUIJ N°21-26304925-7).- El decreto en su parte pertinente ordena: ESPERANZA, 19 de Febrero de 2024. Cítase a los herederos, y a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de Orlando Luis Quintana, notificándoselos en el último domicilio del causante y por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación, debiendo fijarse las notificaciones que se practiquen por edictos en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, para que comparezcan a estar a derecho en el término por el término de ley, bajo apercibimientos de rebeldía. Fdo.: Dra. Julia Fascendini, Secretaria y Dra. Virginia Ingaramo, Jueza. Esperanza, 18 de Marzo de 2024.

$ 100 517298 Abr. 8 Abr. 9

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Santa Fe, en los autos caratulados: BAZAN SOLEDAD MARIA DEL VALLE s/Quiebra — CUIJ N° 21-26188248-2, ha dispuesto lo siguiente: San Justo, 28 de Febrero de 2024. Proveyendo escrito cargo N° 84 (fs. 219 vto.): Téngase presente. De lo solicitado, córrase vista a la Sindicatura. Proveyendo escrito cargo N° 159 (fs. 223 vto.): Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución. De manifiesto el mismo por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la Ley Concursal. Notifíquese. Fdo.: Dra. Susana Carolina Carletti, Secretaria, Dra. Laura M. Alessio, Jueza. San Justo, 13 de Marzo de 2024. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.

S/C 517198 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 18 de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), en autos caratulados: “AL VARITES, SILVIA BEATRIZ c/OLMOS, LUIS ANTONIO y/o SUCESORES DE LUIS ANTONIO OLMOS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES”, CUIJ 21-26189104-9, se cita y emplaza a quienes se consideren herederos del Sr. LUIS ANTONIO OLMOS, D.N.I. 6.345.077, a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley, todo ello conforme a lo ordenado en autos mediante decreto que a continuación se transcribe: San Justo, 20 de febrero de 2024.-..........Atento lo manifestado y constancias de autos, emplácese a estar a derecho a los herederos demandados. A tales fines, publíquense edictos conforme lo dispuesto en el art. 73 del CPCC. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura M. Alessio (Jueza) Dra. Susana C. Carletti (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y para ser exhibidos en el hall del Juzgado. Fdo: Dra. Susana C. Carletti (Secretaria). San Justo, 29 de febrero de 2024. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.

$ 100 516921 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6° Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: MOULIN, ZUNILDA ELIDA Y OTROS s/ Declaratoria de Herederos” CUIJ Nº 21-02043661-9, año 2023, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. MOULIN, ZUNILDA ELIDA, DNI N° F 2.415.900; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. ABAD - Juez. Santa Fe, Febrero de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ra. Inst. Civil, Com. y Lab. de Distrito Nº 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), Secretaría a mi cargo, se cita y emplaza a los herederos, y a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de Don ORLANDO LUIS QUINTANA, DNI Nº 22.144.472, fallecido en Esperanza (Santa Fe) el 19/01/2024, a los efectos de que para que comparezcan a estar a derecho en el término por el término de ley, bajo apercibimientos de rebeldía, en autos caratulados: "13 DE AGOSTO SRL C/ HEREDEROS DE QUINTANA, ORLANDO LUIS S/ PAGO POR CONSIGNACIÓN - LABORAL" (CUIJ Nº 21-26304925-7).- El decreto en su parte pertinente ordena: “ESPERANZA, 19 de Febrero de 2024. Cítase a los herederos, y a todas aquellas personas que se consideren con derecho a percibir sumas de dinero derivadas de la muerte de Orlando Luis QUINTANA, notificándoselos en el último domicilio del causante y por edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación, debiendo fijarse las notificaciones que se practiquen por edictos en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, para que comparezcan a estar a derecho en el término por el término de ley, bajo apercibimientos de rebeldía. Fdo.: Dra. Julia Fascendini, Secretaria y Dra. Virginia Ingaramo, Jueza.”-

$ 100 517298 Abr. 08 Abr. 09

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS en trámite, y autos radicados en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ma Nominación de esa ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados NUÑEZ NESTOR HUGO S/ SUCESORIO CUIJ N° 21-02044155-8, se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores del Sr. NUÑEZ NESTOR HUGO L.E 7.890.051, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A sus efectos publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL, y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad de Santa Fe. SANTA FE, ...DE...DE 2024.

$ 45 Abr. 08

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados "Cuffia Néstor Lorenzo s/ Sucesorio" "Cuffia Nestor Lorenzo s/ Sucesorio CUIJ 21-26304798-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Néstor Lorenzo Cuffia, DNI Nº 6.245.190, fallecido el día 17 de diciembre del año 2023 en la localidad de Progreso con domicilio al momento de su fallecimiento en calle Sarmiento N° 42 de la localidad de Progreso, provincia de Santa Fe, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días. Publíquese en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (Art. 67 CPCC). Esperanza, de marzo de 2024. Fdo. Dra. Julia Fascendini – Secretaria.

$ 45 Abr. 08

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación) de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de la Sra. MANZON, Gladys Haydeé, D.N.I. Nº 03.739.371, para que dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “MANZON, GLADYS HAYDEE S/ SUCESORIO” CUIJ Nro. 21-02043888-3. Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial.- Firmado Dra. Claudia Sánchez – Secretaria.- SANTA FE,….DE ABRIL DE 2024.-

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 1era Nominación), en autos caratulados: “GOSPARO, ROSARIO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ. 21- 02040091-6) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de: Rosario GOSPARO, DNI: 2.348.688 y María Magdalena AIMARO, LC: 1.527.037, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. FDO: Dra. Claudia Sanchez, Secretaria. Santa Fe, … de abril de 2024.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la ciudad de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación Nominación), en los autos caratulados ROLDAN, CLYDE CARMEN RAMONA Y OTROS S/ PROTOCOLIZACIÓN TESTAMENTO 21-02042689-3 se llama, cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideran con derecho a los bienes de la herencia de DON ALBERTO SALVADOR IOCCA DNI N° 6.229.224 y de DOÑA CLYDE CARMEN RAMONA ROLDAN DNI 2.406.505 para que comparezcan a hacerlo valer, dentro del término y bajo apercibimientos de ley fijándose fecha de audiencia a los fines del articulo 677 CPCC para el día 25 de abril de 2024 a las 10: 00 hs. A tales efectos, publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Asimismo, cíteselos bajo expresos apercibimientos de ley. Se transcribe decreto: SANTA FE, 27 de Marzo de 2024 Téngase presente lo manifestado. Fíjese nueva fecha de audiencia prevista en el art. 677 CPCC, con citación al Sr. Agente Fiscal, cítese a los herederos ab instestato y/o a quienes se consideren con derecho a la herencia, a la audiencia del día 25 de abril de 2024 a las 10: 00 hs. A tales efectos, publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Notifíquese.- DR. CARLOS FEDERICO MARCOLIN Juez a/c.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación), de esta Ciudad, en autos caratulados: “ESCOBAR, RAUL RUBEN Y OTROS S/ SUCESORIO”; CUIJ 21-02045138-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. RAÚL RUBÉN ESCOBAR, DNI 11.234.572 y SILVIA ESTHER GARCÍA, DNI 11.453.846, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Jueza A/C.

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios ( Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial - 11° Nominación -Secretaría Única, San Jerónimo 1551), Santa Fe – (3000) SANTA FE, en autos caratulados “FLAMINI, HECTOR DANTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02044818-8”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de FLAMINI HECTOR DANTE , DNI 13.333.137 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL .- Firmando: DRA. ANA ROSA ALVAREZ- Jueza.

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de esta ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados “VARELA, HERMENEGILDA S/ SUCESORIO” CUIJ Nº 21-02041721-5 se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores de la Sra. HERMENEGILDA VARELA D.N.I Nº F6.121.808 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A sus efectos publíquese en el BOLETIN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el Hall de Planta Bajo de los Tribunales de esta Ciudad.

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Por disposición de la Sra. Juez de tramite del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), en los autos caratulados “ Expte. CUIJ nro 21-26304726-2 año 2023- Velo Silvia Graciela S/SUCESORIO se llama cita y emplaza a todo los que consideren con derecho a los bienes relictos del causante: Silvia Graciela Velo DNI: 11.954.799 para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacerlo valer. Lo que se publique a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales . Dra Julia Fascendini ( Secretaria ) Dra Virginia Ingaramo ( Jueza ).

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Por disposición de la Oficina de Proceso Sucesorios (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CUARTA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña CLELIA IRMA NALESO, D.N.I. Nº 4.700.276 – “NALESO, CLELIA IRMA S/ SUCESORIO 21- 02042924-8 – para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia.- Firmante: DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN (JUEZ A/C) Santa Fe, de Abril de 2024.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación), en autos caratulados “PEREZ, RAMON S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-02042632-9, se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de RAMÓN PEREZ, D.N.I 12.401.712, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Firmado Dra. Claudia Sánchez, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Santa Fe, en los autos caratulados “KUXHAUS, MATIAS FEDERICO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26304420-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante, Sr. MATIAS FEDERICO KUXHAUS, DNI N° 38.723.260 para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días. A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin en sede Judicial (Art. 67 CPCC), lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Esperanza, de Marzo de 2023.- Secretaria.

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), en autos “MONTU ALDO ENRIQUE S/SUCESORIO”- CUIJ 21-26304874-9 - Año 2024, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MONTU ALDO ENRIQUE, D.N.I. Nº 10.246.177, con último domicilio en zona rural s/n Pujato Norte, Provincia de Santa Fe, fallecido en zona rural- San Wendelino (Sta. Fe) el 8 de Enero de 2024, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que es exhibido en el Hall de Tribunales (art. 67 mod. del C.P.C. modificado por Ley 11.287). Esperanza …. de Marzo de 2024.-

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 19, de la ciudad de Esperanza, Dra. Virginia Ingaramo, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, doña LIONELA ANDREA BOTALI, DNI 35.289.148, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: “BOTALI, LIONELA ANDREA S/SUCESORIO” CUIJ 21-26304652-5, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Esperanza, de MARZO de 2024.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación) en autos caratulados “GONZALEZ, SERGIO GUILLERMO S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-02041759-2) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de González, Sergio Guillermo, Cuit 23-17.904.197-9 DNI: 17.904.197 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Ana Rosa Álvarez. (Jueza).

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de radicación de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “SANCHEZ, CLARA MARTA S/ SUCESORIO”, Cuij N° 21-02043280-9, se cita y llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doña CLARA MARTA SANCHEZ (DNI N° 4,942.895), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Firmado: DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN (Juez).- Santa Fe, de Abril de 2024.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe), en autos caratulados: COUDANNES, JOSE MARIA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-02044480-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don José María Coudannes, L.E. N° 2.369.316, y de doña Yolanda Cecilia Fischer, LC. N° 1.536.833, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se consideren con derecho a la herencia de Don Nicolás Bufálica, D.N.I: 05.887.673 para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “BUFALICA, NICOLAS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” C.U.I.J. 21-02045141-3 que tramitan por ante esta Secretaría. Santa Fe, de abril de 2024.- Firmado: Dra. Claudia SÁNCHEZ (Secretaria). -

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial de la Ciudad de Santa Fe, (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación), en autos caratulados “MARESCA MARIA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. 21-02045421-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. MARESCA MARIA ROSA, DNI 4.967.672, fallecida en la localidad de San Jerónimo Norte, Provincia de Santa fe, el día 29/03/2012, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Publíquese los edictos por el termino de ley en el Boletín Oficial y en el hall de tribunales. Dr. Gabriel Abad. Juez.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Primera Circunscripción Judicial de la Ciudad de Santa Fe, (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación), en autos caratulados “ACUÑA CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ. 21-02045496-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ACUÑA CARLOS ALBERTO, DNI 25.063.231, fallecido en la Ciudad de Gálvez, Provincia de Santa fe, el día 12/11/2023, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de la ley. Publíquese los edictos por el termino de ley en el Boletín Oficial y en el hall de tribunales. Dra. María Romina Kilgelmann. Jueza a Cargo.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe, Juzgado de Séptima Instancia en lo Civil y Comercial de la Septima Nominación de esta ciudad; en estos autos caratulados: “RUIZ DIAZ, JULIO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEEROS S/ 21-02043378-4” se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Julio Alberto RUIZ DIAZ – DNI 13.163.130, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- FIRMADO: Claudia Sanchez – Secretaria. Santa Fe, marzo 2024.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación) en autos caratulados “GONZALEZ, SERGIO GUILLERMO S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-02041759-2) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de González, Sergio Guillermo, Cuit 23-17.904.197-9 DNI: 17.904.197 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Ana Rosa Álvarez. (Jueza)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Juzgado de radicación de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “SANCHEZ, CLARA MARTA S/ SUCESORIO”, Cuij N° 21-02043280-9, se cita y llama y emplaza a todos losherederos, acreedores y legatarios de Doña CLARA MARTA SANCHEZ (DNI N.º 4,942.895), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Firmado: DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN (Juez).-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial – Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la Ciudad de Santa Fe , sito en calle San Jerónimo 1551 de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “TABORDA RAUL JUSTO S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02044023-3), , Se cita, llama y emplaza a los herederos,acreedores y legatarios don Raúl Justo Taborda, jubilado, nacido el día 21 de Enero de 1942 en San Javier- Provincia de Santa Fe, y fallecido en la ciudad de Santa Fe, el día 21 de Noviembre de 2022, con último domicilio en calle Edmundo Rosas 8309 de la Ciudad de Santa Fe,- Prov. de Santa Fe, D.N.I 6.351.591, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valersus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de tribunales (art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 CPCC). Santa Fe, de de 2024- Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez- Jueza.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados “ANDREONE, OSCAR RUBEN S/ Declaratoria de Herederos” (Expte. CUIJ. Nro. 21-02044782-3), se ha dispuesto llamar, citar y emplazar a herederos, legatarios, acreedores y a todos quienes se crean con derechos sobre el acervo hereditario del causante, OSCAR RUBEN ANDREONE, D.N.I. Nro.11.555.285, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletin Oficial.- Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria.-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: “MILL CLAUDIO MARCELO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02045434-9), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos,acreedores y legatarios de MILL, CLAUDIO MARCELO, D.N.I. 20.584.057, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez a/c).-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “PICCINI, RONALDO JORGE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-02044845-5), se cita, llama y emplaza a todos los herederos y legatarios de Ronaldo Jorge Piccini (DNI. M 5.858.204), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a esos efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de estos Tribunales.” Fdo. Dr. GABRIEL ABAD (Juez).-

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “MACEDO, CELESTEMARISEL S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-02044603-7) se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CELESTE MARISEL MACEDO, documento de identidad Nº 36.011.762, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fd. Dr. GABRIEL ABAD (Juez).- Santa Fe, ABRIL de 2024.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Juan Carlos CUELLO, DNI Nº 6.228.930, y de doña Gladys Nelli CAVALLO, DNI Nº 3.958.059 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, todo así ordenado en autos: “CUELLO, JUAN CARLOS Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02044894-3 - Año 2024.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: DR. CARLOS F. MARCOLIN (JUEZ)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “COSENTINO, IVANGABRIEL S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02044113-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de IVAN GABRIEL COSENTINO, D.N.I. Nº 24.536.290, para que comparezcan ahacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “RODRIGUEZ, GLORIA RAQUEL S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02042965-5), “se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores ylegatarios de GLORIA RAQUEL RODRIGUEZ, DNI 16.523.114 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial”.- DR. GABRIEL ABAD (JUEZ)

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “CIVAROLO, RUBEN LUIS IGNACIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02042816-0), se cita y emplaza a herederos, legatarios,acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don Rubén Luis Ignacio CIVAROLO, Documento de Identidad M 8.433.846, con domicilio en calle San Luis 2760, Dpto. 3, de la ciudad de Provincia de Santa Fe, fallecido el 10/08/2023 en esa misma ciudad, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el Boletín Oficial y en la Sede Judicial respectiva.

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS en trámite, y autos radicados en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ma Nominación de esa ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados NUÑEZ NESTOR HUGO S/ SUCESORIO CUIJ N° 21-02044155-8, se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores del Sr. NUÑEZ NESTOR HUGO L.E 7.890.051, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo losapercibimientos de ley. A sus efectos publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL, y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad de Santa Fe.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distritoen lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: “GOMEZ DEOLINDO ALBERTO S/SUCESIONES- INSC TARDIAS- SUMARIAS- VOLUNT. CUIJ 21-02044943-5 que tramita por ante OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS SEC. UNICA a cargo delJuzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial PRIMERA Nominación de Santa Fe se cita se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Deolindo Alberto GOMEZ, DNI Nº6.245.039, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y HALL DE TRIBUNALES.- Dr.CARLOS FEDERICO MARCOLIN, Juez a/C. Santa Fe, de Abril de 2024.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, Secretaría Única (Juzg. de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 10ma. Nom.), en los autos caratulados “BASSAGA, JUAN S/ SUCESORIO 21-02044646-0, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Juan BASSAGA, DNI 10.178.024, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término ybajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann Jueza. Santa Fe, Abril de 2024

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Por disposición de la oficina de Procesos Sucesorios ( Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial - 11° Nominación -Secretaría Única, San Jerónimo 1551), Santa Fe – (3000) SANTA FE, en autos caratulados “FLAMINI, HECTOR DANTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02044818-8”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de FLAMINI HECTOR DANTE , DNI 13.333.137 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.- Firmando: DRA. ANA ROSA ALVAREZ- Jueza

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N.° 19 en lo Civil y Comercial y Laboral- Esperanza- Secretaría Única, en los autos caratulados: “MADOERY LINA BEATRIZ Y OTROS S/SUCESORIO” CUIJ 21-26304166-3, año 2023, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr.: VEGETTI BARTOLO BAUTISTA D.N.I N.º 6.253.418, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. La que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall del Juzgado. DRA. MARINA BORSOTTI. SECRETARIA. DRA.VIRGINIA INGARAMO. JUEZA

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N.° 19 en lo Civil y Comercial y Laboral- Esperanza- Secretaría Única, en los autos caratulados: “MADOERY LINA BEATRIZ Y OTROS S/SUCESORIO” CUIJ 21-26304166-3, año 2023, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra.: MADOERY, LINA MADOERY D.N.I N.º 4.620.925, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. La que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall del Juzgado. DRA. MARINA BORSOTTI. SECRETARIA. DRA.VIRGINIAINGARAMO. JUEZA

$ 45 Abr. 08

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de esta ciudad); en estos autos caratulados: “CAMPAGNOLO, JORGE ALBERTO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-02043498-5; se cita, llama y emplaza a todos los herederos acreedores y legatarios de CAMPAGNOLO JORGE ALBERTO, D.N.I N° 13.589.421, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial (Fdo. DR. JOSE IGNACIO LIZASOAIN. Juez) SANTA FE

$ 45 Abr. 08

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “TORRES, FRANCISCO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – CUIJ Nº 21-02045360-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de FRANCISCO TORRES, L.E. Nº 7.585.320, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dr. Lucio A. Palacios (Juez).

$ 45 Abr. 08

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Por disposición de la Señora Jueza de 1ª Instancia de Distrito nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Javier Augusto CASALI, D.N.I. n° 28.580.444 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos caratulados “Casali, Javier Augusto s/ Sucesorio” C.U.I.J. n° 21-26325499-3. Villa Ocampo (Santa Fe),04 de Abril de 2024

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la GQuinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: "ALMIRON, Angel Gil s/Sucesorio" (Expte. - CUIJ n° 21 01988141-2,), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señior Angel Gil ALMIRON, D.N.J. n° 2.374.651, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del témino y bajo apercibimientos legales.- Lo que se publica a sUs efectos en el Boletiín Oficial y Hall del Juzgado.- Santa Fe, a los dias del mes de abril de 2024.- Firmado: Mercedes Dellamonica -Secretaria

$ 45 Abr. 08


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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, Dr. Daniel Marzo Zoso, Juez, Julián David Tailleur, Secretario, en autos caratulados “COMUNA DE LANDETA C/ CICETTI HORACIO NELSO Y O S/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES 21-26265126-3, se ha dispuesto: “SAN JORGE, 23 de Febrero de 2023. Por presentado y en el carácter invocado, en mérito al Poder Especial adjuntado. Acuérdesele la participación legal que por derecho corresponde. Por iniciada DEMANDA DE APREMIO (Ley 5066) contra HORACIO NELSO CICETTI y/o quien resulte propietario de los inmuebles rurales que refiere (Dominio: T° 181P F000285 Número 006010 Fecha 02/02/88 Partida Inmobiliaria Nº 121000-168696/0001-7 y Dominio: T° 181I F° 00194 Número 006009, Fecha 13/01/1988) tendiente al cobro de la suma de $2.068.983,50.-con más intereses y costas. Previo a todo trámite, acompañe documental original a los efectos de su cotejo y certificación por el Actuario de la copia agregada a autos, reintegrándose luego la misma a la actora, con cargo de depositario judicial, debiendo conservarla a disposición del Juzgado y reintegrarla en el momento que le sea solicitada. Cítese de remate a los demandados bajo apercibimientos de que si dentro M término de ocho días no oponen excepción legítima alguna se mandará llevar adelante la ejecución. A efectos de la citación a los demandados no individualizados publíquense edictos en el Boletín Oficial, por el término de ley (Art. 28 Ley citada). Respecto a las medidas cautelares peticionadas, individualice y/o aclare. Notifiquen los empleados Alesio y/o Pividori. Notifíquese. Julián D. Tailleur, Secretario.

$ 52,50 517320 Abr. 8

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Por así haberlo dispuesto S.S. Juez de 1ra. Instancia de Distrito N° 11 en lo civil, Comercial y Laboral de San Jorge (S.F.) en autos: RECANATESI JUAN CARLOS C/CAUDANA SIMON Y OTROS S/JUICIOS ORDINARIOS - PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, 21-26265332-0; Se hace saber que el señor Juez, cita, emplaza a estar a derecho bajo apercibimientos de ley a los demandados, Simón caucana, DNI 2.442.397 y Carlos Caudana, DNI 2.437.757 y/o quien resulte jurídicamente propietario/s y/o se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, identificados con las partidas inmobiliarias Nº 121200-170708/0000-5 /170707/0000-6 y 170706/0000-7 inscripción dominial al Tomo 104 Par, Folio 516 - N° 43062 - Año 1.960 y Tomo 201 Impar- Folio 644 -N° 58571 - Año 1994 Registro de Propiedad Inmueble de Santa Fe, ubicados en el distrito de Pueblo Casas.- (Fdo.) Dr. Ma. Milagros de La Torre, Secretaria. Dr. Daniel Marcelo Zoso. Otro decreto: SAN JORGE, 14 de Marzo de 2024 - Proveyendo escrito cargo N° 234: Téngase presente lo manifestado. Procédase a recaratular los presentes como “RECANATESI JUAN CARLOS. Suscríbanse nuevos edictos, con el apellido consignado correctamente. Notifíquese. (Fdo.) Dr. Ma. Milagros de la Torre, Secretaria. Dr. Daniel Marcelo Zoso. Lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 19 de Marzo de 2024.

$ 33 517391 Abr. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial Nº 11 de San Jorge (S.F.), en los autos: “BORGOGNO, Desiderio Altieri y GERLERO, Luisa s/SUCESORIO” (CUIJ 21- 26266512-4 - Año 2023) se cita, llama y emplaza a los Herederos, Acreedores y/o Legatarios de los causantes Desiderio Altieri BORGOGNO D.N.I Nro. 6.280.871 y Luisa GERLERO L.C. Nro. 1.539.787; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- SAN JORGE,

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MAITINI DARIO JAVIER, Documento Tipo: DNI Número: 20.507.912 , en los autos caratulados “MAITINI DARIO JAVIER S/ SUCESORIO cuij Nro... 21-26266682-1 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- San Jorge, de 04 de abril de 2024.-

$ 45

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil - Comercial y del Trabajo de la ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, Dr. Jorge Alberto Da Silva Catela - Secretaria a cargo de la Dra. Viviana Gorosito Palacios, en los autos caratulados: “MAERO IGNACIO Y OTROS C/ AGUIRRE ROSA PETRONA Y OTRO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (CUIJ N° 21-17430751-9 Año. 2023) se ha dispuesto lo siguiente: “Ceres, 26 de Febrero de 2024. Por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, y en mérito al poder especial acompañado, acuérdaseles la participación que por derecho corresponda. Por denunciado correo electrónico. Por iniciada demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, la que se le imprimirá el TRAMITE ORDINARIO, contra los Sres. Rosa Petrona Aguirre con domicilio en Córdoba y/o Francisco Aguirre con domicilio en Coronda y/o Carlos Paulo Aguirre o Carlos Pablo Aguirre con domicilio en San Andrés de Giles (Bs. As.) y/o Lucia Demetria Aguirre con domicilio en Ceres y/o Eusebio Aguirre con domicilio en Rosario y/o Carlos Aguirre sin domicilio conocido y/o Manuel Aguirre con domicilio en Ceres y/o Carmen Aguirre con domicilio en Arroyo Seco (Sta. Fe) y/o Edith Haydee Peña con domicilio en Ceres y/o Tiburcio Peña sin domicilio conocido y/o Juan Paulino Aguirre con domicilio en Santa Fe y/o Héctor Agustín Aguirre sin domicilio conocido y/o sucesores de todos ellos y/o quienes resulten propietarios y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado con partida de impuesto inmobiliario N° 07-01-00034353/0000-2. Cítese a los demandados para que comparezcan a estar a derecho, dentro del término de 20 días bajo apercibimientos de ley. Cítese y emplácese por edictos a publicarse en los Estrados de estos Tribunales y BOLETÍN OFICIAL (art. 67 del C.P.C.yC.), a los que se consideren con derecho al inmueble indicado, para que hagan valer sus derechos, por el término de 20 días y bajo apercibimientos de ley. Asimismo cítase a la Municipalidad de Ceres y a la Provincia de Santa Fe para que dentro del término de 20 días comparezcan a estar a derecho, si hubiere interés fiscal comprometido, bajo apercibimientos de ley. Procédase a la inscripción como litigioso el inmueble objeto de la presente acción (art. 1905, CCyCN), oficiándose a sus efectos al Registro General, autorizándose al peticionante -y/o profesional del derecho que éste indique- para intervenir en el diligenciamiento. Agréguese la documental acompañada. Autorícese a notificar conforme el art. 66 del CPCYCSF, a los fines solicitados. Notifiquen indistintamente los empleados de este Juzgado u Oficial de Justicia. Notifíquese.- Fdo. Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria); Dr. Jorge A. Da Silva Catela (Juez).” En consecuencia, quedan todos notificados del decreto que antecede recaído en autos. Y de la iniciación del Juicio de Prescripción Adquisitiva - del inmueble ubicado en Zona Rural - Distrito Ceres - Dpto. San Cristóbal - Provincia de Santa Fe, Superficie: 3 Hs.- 06 As. - 20 Cs. 55 dm2.- el que según Mensura para Adquisición de Dominio por Posesión - Duplicado de Plano 527 - Dpto. San Cristóbal - inscripto en fecha 21.08.2014- en el S.C.I.T, de la provincia de Santa Fe, se individualiza como Lote 35- Polígono A.B.C.D.E.F.G.A., Partida Impuesto Inmobiliario N° 07-01-00-03435310000-2. Todo lo que se publica a sus efectos legales, por el término de Ley. Ceres, Marzo de 2024. Fdo. Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria).

$ 170 517299 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez Dr. Jorge A. Da Silva Catela a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N°10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única, de la ciudad de CERES, en autos caratulados "EXP. CUIJ 21- 17428082-4 - GRAZIOLl MARIA DEL CARMEN JULIA SI SUCESION TESTAMENTARIA" se dispuso lo siguiente en su parte pertinente: "CERES, 20 de diciembre de 2023 ...Estando acreditado el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN GRAZIOLl, L.C.4.786.421 con la partida de defunción acompañada, declárese abierto su JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO según escritura pública N"106 de fecha 17/11/2023 efectuada por la Escribana Adriana Rut Cerutti, titular del registro notarial N°873 de la ciudad de San Guillermo . publíquense los edictos por el término de ley (Art. 2340 - 2do. Párrafo- C. CyC.) en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de ley (art. 2340 CCyC) citando a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que comparezcan a hacer valer sus derechos ....Notifíquese.- -Fdo: Dr. Jorge A. Da Silva Catela Juez. Dra. Viviana Gorosito Palacios Abogada Secretaria".- CERES, de MARZO de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral W 10 de la ciudad de Ceres, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos aquellos que , se creyeren con derecho sobre los bienes relictos dejados por el causante Sr. Jorge Alcides Molina, D.N.!. W 16.252.003, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de ley en los autos caratulados: "MOLlNA, JORGE ALCIDES SI SUCESORIO" - CUIJ W 21- 17430721-8 - Año 2023. Iniciado con patrocinio letrado de la Dra. Valeria A. Gerchen.- Jorge A. Da Silva Catela, Juez. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria. Ceres, 2024.

$ 45 Abr. 08

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL,COMERCIAL

DEL TRABAJO


En los autos caratulados: “BULACIO JOSE LUIS s/Quiebra CUIJ Nº21-26138966-2”que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N°10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, se pone de manifiesto el siguiente decreto: SAN CRISTÓBAL, 28 de Febrero de 2024 Proveyendo escrito cargo N0694/2024: Advertido en este estado el proveyente que la regulación de honorarios de fecha 23/02/2024 (fs. 117/117 vto.) se realizó fijando como masa regulable un salario de Secretario de Primera Instancia no comprendido en la política salarial correspondiente y debiendo adecuarse los honorarios regulados tomando como masa regulable el monto actual de un salario de Secretario de Primera Instancia ($1.781.429,91), déjese sin efecto la regulación practicada en fecha 23/02/2024 y, en consecuencia, regúlanse los honorarios profesionales de la CPN MARÍA ROSA LÓPEZ en la suma de pesos un millón sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta y siete con 95/100 ($1.068.857,95). Regúlanse los honorarios profesionales del Dr. ESTEBAN CATTANEO en la suma de pesos setecientos doce mil quinientos setenta y uno con 96/100 ($712.571,96). Córrase vista a las cajas respectivas. Oportunamente y en estado, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones sirviendo este proveído de atenta nota de remisión (art. 272 de la ley 24.522). Hágase conocer el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado en la fecha, como así también el presente proveído, con transcripción íntegra de las mencionadas actuaciones, publíquense edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado, pudiendo la fallida y los acreedores formular observaciones dentro de los diez días siguientes a la última publicación, bajo apercibimientos de ser aprobado, en caso de corresponder y proceder conforme lo dispone el art. 221 de la Ley 24.522.

1.- El Informe Final

En tal sentido y siguiendo el orden previsto por el texto legal citado, informo lo siguiente, remitiendo en cada caso a las respectivas actuaciones y comprobantes agregados en estos autos:

I.- Rendición de cuentas.

Como es de conocimiento de VS el presente proceso se inició el 20/04/2017 fecha en que el Sr. Bulacio solicitara su propia quiebra.

Declarada la misma en fecha 06 de mayo de 2019, la suscripta fue sorteada el 12/06/2019 aceptando el cargo, una vez notificada el día 26/09/2019, comenzando su actuación e instando a partir de entonces el proceso de liquidación.

Inmediatamente después de haber asumido la administración y representación legal de la fallida como consecuencia de la quiebra decretada, esta sindicatura procedió a realizar las siguientes gestiones:

I.2) Conservación y custodia de los bienes de la fallida:

Después de decretada la quiebra se procedió a materializar el desapoderamiento del fallido. En esa instancia, se puso en conocimiento de la Sindicatura que el inmueble ocupado por el fallido es alquilado. Los bienes muebles constatados en el lugar resultaron ser exclusivamente aquellos indispensables para la vida cotidiana del fallido y su familia y, por lo tanto, inembargables.

Así, no se localizaron bienes del fallido susceptibles de ser desapoderados e incautados en los términos del art. 106, sgtes y cdtes. LCyQ

1.2) Correspondencia de la fallida

Se procedió a la recepción y apertura de la correspondencia interdicta de la fallida, clasificando la misma según su origen y objeto, contestando aquella que las circunstancias lo aconsejaban (requerimientos impositivos, reclamos de pago de deudas, etc.)

1.3) Expediente principal e incidentes

Se diligenciaron oportunamente los exhortos y oficios ordenados por VS en la resolución de quiebra.

Se evacuaron en tiempo y forma las vistas y traslados corridos a esta sindicatura en este expediente principal, así como también el único incidente promovido en autos a saber “NUEVO BANCO DE SANTA FE SA c/ BULACIO JOSE LUIS s/ INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA CUIJ 21-26139389-9”, que a la fecha se encuentra pendiente de resolución.

Tal como resulta de las constancias de autos, tempestivamente no concurrieron acreedores a solicitar verificación de sus créditos.

Respecto del incidente de verificación tardía mencionado más

arriba, según constancia de tales autos, fue promovido en fecha Oportunamente, se presentó el informe general (art. 39 LCyQ). 1.4) Documentación y libros de la fallida.

No se incautaron al momento del desapoderamiento, según las constancias obrantes en estas actuaciones, papeles y documentación comercial relativos a las actividades de la fallida.

1.5) Realización de los bienes:

1.5.1) Tal como lo manifestara más arriba, no se incautaron bienes susceptibles de ser liquidados en autos.

1.5 .2)Sin embargo, y en virtud de las retenciones sobre haberes, se encuentran disponibles para su distribución en autos los fondos que obran depositados en la cuenta judicial nº 966687 abierta a la orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Cristóbal. Se acompaña informe de saldo extendido por el Nuevo Banco de Santa Fe, que da cuenta del saldo por $285.826.76 más el saldo del depósito a plazo dijo efectuado el 30/11/22 por $905.263.32 (saldo al 30/11/23) del que se deberá solicitar al banco la no renovación del mismo y depósito.- Que asimismo, corresponde en esta instancia se oficie al Nuevo Banco de Santa Fe para que proceda a cancelar el plazo fijo constituido a nombre de autos y deposite el saldo en la cuenta judicial abierta a nombre de estos autos y a la orden de este Tribunal.

1.6.- Fondos de la quiebra.

La totalidad de los fondos habidos en la quiebra fueron depositados en la cuenta judicial abierta en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., mencionada en el apartado 1.5.2) anterior que arroja al día de la fecha un saldo de $285.826.76 más $905.263.32 (saldo PF al 30/11/23) más los intereses que hayan generado.

II. - RESULTADO DE LA REALIZACION DE BIENES

Tal como resulta de las constancias obrantes en autos y se mencionara en el texto de este informe, NO HUBO EN AUTOS LIQUIDACION Y/O REALIZACION DE BIENES.

III. – ENUMERACION DE BIENES NO ENAJENADOS Y CREDITOS NO COBRADOS

111.1) Bienes no enajenados

Como se mencionara antes, en el presente proceso no se incautaron bienes susceptibles de ser enajenados

111.2) Créditos no cobrados

Tal como se mencionó más arriba, no existían créditos a favor de la fallida a cobrar a la fecha de la quiebra

Iv.- PROYECTO DE DISTRIBUCION

De conformidad con lo dispuesto por el inc. 40) del primer párrafo del art. 218 LCyQ, se agrega a continuación el Proyecto de Distribución de Fondos, según las rendiciones de cuentas practicadas en autos.

A todo evento, advierto al tribunal que el presente proyecto de distribución tiene el carácter de provisorio atento a que se distribuyen los fondos que en parte se encuentran depositados en la cuneta judicial y en otra parte se encuentran depositados a plazo fijo , y que según el informe del banco glosado en fecha 28/11/2023 alcanzaban a $ 905.263.32, siendo su vencimiento el 11/1/2023.

Consecuente, luego de regularse los honorarios y al presentar la adecuación del proyecto de distribución prevista por el art. 218 in fine LCyQ deberá considerarse los intereses que se devengaron desde el vencimiento antes mencionado ( 1/11/2023) y hasta la fecha de la adecuación:

IV. 1)En el Proyecto de distribución, se incluyen los gastos de justicia, que en el caso, solamente comprenden a las reposiciones fiscales liquidadas conforme las disposiciones de la LIA, con las modificaciones introducidas por la ley 14244, recientemente publicada en el B.O. Santa Fe.

En cuanto a las reposiciones fiscales, no habiéndose liquidado bienes, son liquidadas de acuerdo a lo dispuesto por el art. 35 inc. c) y 36 ley impositiva en 200 y 100 módulos tributarios) respectivamente, lo que totaliza la suma de $ 1.260.- (Ley 14.244).

IVA- A todo evento y según., constancias de las presentes, no concurrió en autos acreedor alguno a insinuar sus acreencias.

S/C 517277 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 de Familia, sito en Avda. de los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de la ciudad de San Cristóbal, departamento homónimo, de la provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: “RODRIGUEZ, DELIA SUSANA c/SUCESORES DE GIOVANNINI ANDRES Y OTROS s/Filiación” - EXPTE. C.U.I.J. N° 21-23806297-4 AÑO 2023 que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: “San Cristóbal, 08 de Marzo de 2024. Previa certificación, agréguese constancia de publicación de edictos. No habiendo comparecido el codemandado LUIS GIOVANINI o LUIS GIOVANNINI a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado háganse efectivos los apercibimientos de ley y en consecuencia decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. Asimismo, no habiendo comparecido los eventuales herederos de Andrés Giovanini o Giovannini, decláreselos rebelde. A fin de la notificación, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de ley.Notifíquese”. Fdo. : Dra. Cecilia V. Tovar - Secretaria. Dr. Guillermo. A. Vales - Juez a/c.

$ 45 517502 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición de la Sra. Secretaria del Juzgado de Primera instancia de Distrito N° 10, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Dra. Cecilia V. Tovar, en autos caratulados: “DIAZ, PATRICIA ALEJANDRA Y OTRO c/ FERRERO, LIDIA NATALINA Y/U OTROS s/ Ordinario (1. D. Y P.)“ (EXPTE. N°801 - 2005) CUIJ N°21-26125181-4, se cita, llama y emplaza a la SRA. PACORICONA ALFARO, DIBIA hZ, D.N.I. N° 29.814.538, ARGENTINA, CLASE: 1983, FEMENINA, MEDICA DE PROFESIÓN, CON DOMICILIO LEGAL EN CALLE HERNANDARIAS N° 151, CIUDAD DE CERES, DEPARTAMENTO SAN CRISTOBAL, PROVINCIA DE SANTA FE, para que comparezcan a estar a derecho en el expediente de la referencia de tramite en el Juzgado indicado supra, en el término y bajo apercibimiento de ley.-

San Cristóbal,1/3/24.

$ 45 517352 Abr. 8 Abr. 12

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VERA

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JUZGADO CIVIL,COMERCIAL

Y TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 13, a cargo Dr. José Luis Freijo, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Carina Navarro, de Vera (S. Fe), hace saber en los autos caratulados: “VIANO HERNAN HUGO c/ GONZALEZ EMILIO SEFERINO s/ Juicios Ejecutivos, CUIJ 21-23048420-9”, lo siguiente: “VERA, 20 de Marzo de 2024.- Habiéndose cumplimentado con el decreto que antecede, agréguese sellado acompañado y completando el escrito cargo actuarial N° 445: Por iniciada formal demanda de JUICIO EJECUTIVO por cobro de pesos contra EMILIO SEFERINO GONZALEZ domiciliado donde se indica y por el cobro de la suma de Pesos: Un Millón doscientos Mil ($1.200.000,,00) con más sus intereses y costas desde que dicha suma es debida y hasta el momento de su efectivo pago. Cítese y emplácese a los herederos del demandado EMILIO SEFERINO GONZALEZ, atento a la partida de defunción acompañada, a comparecer a estar a derecho por medio de Edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de tres (03) días bajo apercibimientos de ley. Agréguese fotocopia de la documental acompañada en autos. Presentada la demanda en forma electrónica con digitalización de la documental fundante de la acción y de la personería invocada, designase al profesional interviniente como depositario judicial de dicha documental, con las formalidad y obligaciones de ley (arts. 261 y 263 del Código Penal) e impóngase el deber de custodia y de presentación de la misma por Mesa de Entradas a los fines de la certificación de copias. A tales fines, téngase como domicilio de depósito al procesal constituido en autos. Al punto 4) Aclare lo peticionado. Al punto 5) Por introducida Cuestión Federal. A lo demás, oportunamente. Conforme los arts. 21 y 693 del CPCyC, agréguese el siguiente párrafo que deberá transcribirse en la cédula de notificación: Se ha iniciado en su contra un juicio de cobro de pesos y antes de los tres (03) días hábiles (contados a partir del día siguiente a la recepción de la cédula), podrá presentarse para participar del mismo y conocer que se le reclama. Si no lo hace, será declarado rebelde y la causa seguirá sin su comparecencia. NOTIFÍQUESE. Notifiquen Alegre ó Dolzani martes y viernes por Secretaría.- Fdo. Dr. JOSE LUIS FREIJO. JUEZ - Dra. CARINA NAVARRO. Secretaria. 22 de marzo 2024.

$ 33 517301 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Familia de Primera Instancia de la Ciudad de Vera Santa Fe, Secretaria Única, se hace saber que en autos caratulados: SANTILLAN, GABRIELA MARÍA LUZ c/ ACOSTA, CARLOS MARTIN s/ Alimentos 2123639014-1, se notifica por edictos, por el termino y bajo apercibimientos de ley, al Sr. CARLOS MARTIN ACOSTA DNI 26335301, con domicilio actual desconocido, haciéndole saber que el Sr. Juez ha dispuesto lo siguiente: JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA.DE FAMILIA Vera, 06 de Marzo de 2024. A lo solicitado: oportunamente. Atento la imposibilidad material de efectuar la notificación al demandado en su domicilio real: 1.- Exímase a las partes de la realización del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria. 2.- Téngase por promovida DEMANDA SUMARÍSIMA DE ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS por la Sra. GABRIELA MARÍA LUZ SANTILLÁN -progenitora- respecto de su hija menor de edad INDIANA EMILY ACOSTA SANTILLÁN, contra el progenitor de la misma, Sr. CARLOS MARTÍN ACOSTA. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de diez días conteste la demanda, ofrezca pruebas y oponga excepciones, con apercibimientos de ley. Notifíquese.- Dr. JORGE TESSUTTO: Secretario .Dr. CONRADO CHAPERO: Juez.

$ 33 516940 Abr. 8 Abr. 12

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL,COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial de la Primera Nominación, secretaría única, ha resuelto publicar la siguiente resolución: “RAFAELA/ 06/03/2024. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Declarar la conclusión de concurso preventivo de José Angel Albicocco con los efectos previstos en el art. 59 primera parte de la ley 24.522. 2) Disponer el cese de las restricciones previstas en los art. 15 y 16 de la ley 24.522 que pesen sobre la concursada, librándose oficio ley 22172 a los organismos competentes con autorizaciones de ley, levantándose la inhibición concursal y dándose consecuentemente por finalizado el trámite concursal, comunicando lo pertinente al Registro de Procesos Universales y oficiándose a sus efectos a los registros en los que se hallare anotada. 3) Declarar el cumplimiento del acuerdo homologado en autos con los efectos previstos en el art. 59 de la ley 24.522. 4) Tener por concluida la intervención de la Sra. Sindica C.P.N. Concepción Vasquez. 5) Ordenar la publicación de la presente resolución mediante edictos en el Boletín Oficial y el diario La Opinión de esta ciudad, por el término de un día. 6) Advirtiendo la existencia de fondos en la cuenta judicial abierta a la orden de este Juzgado y para los presentes autos, se restituyan los mismos a los herederos de la concursada y/o a su apoderada en forma indistinta, quien/es deberá/n denunciar datos de cuenta, bancaria a los fines de su transferencia por Secretaría. Fecho, se disponga el cierre de la citada cuenta judicial. Hágase saber, archívese el original y expídase copia. FDO: SANDRA INES CERLIANI (Abogada - secretaria) - MATIAS RAUL COLON (Abogado - Juez)“, lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y Diario La Opinión de Rafaela. Rafaela, de marzo de 2023. SANDRA INES CERLIANI (Abogada - secretaria) - MATIAS RAUL COLON (Abogado -Juez).Rafaela, 25/3/2024.

$ 60 517348 Abr. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial de la Primera Nominación, de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados: “Expte. CUIJ N° 2123922777-2 - ANNIBALI LUIS DANIEL c/ PIOVANO ROBERTO ROQUE y otros s/ USUCAPION’, se ha dictado sentencia “RAFAELA, 26-09-2023.......Y VISTOS:

RESULTA: ...... RESUELVO: 1- Hacer lugar a la demanda promovida por la parte actora, declarando operada a su favor el 8 de septiembre de 2017 la prescripción adquisitiva respecto de la mitad parte indivisa (50%) del inmueble inscripto al T° 77 Par, Folio 669 vto., N° 16525, Año 1963, partida de impuesto inmobiliario n° 08-24-02051478/0000-9, plano de mensura n° 557 del Departamento Castellanos de la provincia de Santa Fe, ordenándose la inscripción de la restante parte indivisa a nombre del Sr. Luis Daniel Anníbali. 2- Costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.), con la salvedad de lo dispuesto con relación al Defensor de Ausentes. 3- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto los interesados estimen la base regulatoria (art. 8 Ley 12.851). 4-Firme que quede la presente, hágase entrega por Secretaría de la documental presentada en autos. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Notifíquese, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y sede judicial.-Rafaela,25 de marzo de 2024.Fdo: Dra. Cerliani (Sria) Dr. Colon (Juez).

$ 52,50 517376 Abr. 8

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En los autos caratulados: “KRAUEL, LORENA VANINA s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21-24193383-8) de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, a cargo del Dr. Guillermos A. Vales (Juez A/C) y la Dra. Verónica Carignano (Secretaria), se ha dispuesto hacer saber que se han modificado los honorarios regulados en autos quedando fijados en $542.585,19, los cuales se distribuyen 80% para la Síndica CPN Nélida Mokdasy y el 20% en favor de la Dra. Patricia Trotti.

Rafaela, de Marzo de 2024.

S/C 517395 Abr. 8 Abr. 9

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Se hace saber que en los autos caratulados: “GAUNA, ROBERTO CARLOS c/ AGROTOTAL SERVICIOS AGROPECUARIOS S.R.L. Y OTROS s/ Cobro De Pesos Laboral” (CUIJ N° 21-23697213-2), en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de 20 Nominación de Rafaela, sito en calle Alvear N° 214 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, mediante resolución de fecha 19/10/2023 se ha dispuesto citar a los herederos y/o sucesores del Sr. ROBERTO CARLOS GAUNA, D.N.I. N° 23.274.915, para que comparezcan a tomar la intervención que por derecho les corresponda, con las formalidades, en el término y bajo apercibimientos de ley. El proceso en cuestión es de carácter laboral por lo que-se encuentran exentos de abonar cualquier tipo de arancel y/o sellados por estar así dispuesto en las leyes laborales (art. 19 C.P.L.).9 de noviembre 2023.

S/C 516981 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de Rafaela (Santa Fe), en los autos caratulados: “Expte. CARAVARIO MARIA DEL CARMEN Y OTROS c/ PALMERO, RICARDO ANTONIO Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios -CUIJ: 21-24200802-9”, se notifica por edicto al Sr. Eugenio Torricelli DNI 27.563.213, con domicilio actual desconocido, la declaración de rebeldía decretada en fecha 02 de marzo de 2022. EDO.— Dra. Natalia Carinelli, Secretaria.Rafaela 01 de febrero de 2024.

$ 50 516937 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza al Sr. Daniel Ismael STÉFANO, DNI 37.451.966, progenitor de Betania Leguizamón Stéfano, para que se notifique de los decretos dictados dentro de los autos caratulados LEGUIZAMON BRIANA NARELA Y OTROS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - CUIJ 21-27895778-8, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, los que a continuación se transcriben: “Rafaela, 20 de Diciembre de 2023.- Atento al excesivo tiempo transcurrido, intímese a la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia - Delegación Oeste a cumplimentar con lo requerido en el proveído de fecha 31-08-23 (fs. 15) en el término de tres días y bajo apercibimiento de remitir copias de lo actuado al Ministerio Público de la Acusación ante la posible desobediencia de un mandato judicial. Por otro lado, proveyendo escritos cargos N° 27653/4/5: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele participación de ley. Téngase por solicitado Control de Legalidad de Prórroga de Medida de Protección Excepcional de Derechos y Solicitud de Notificación en relación a Briana Narela Leguizamón, Betania Leguizamón Stefano y Eva Angelina Leguizamón respecto de sus progenitores Micaela Ayelén Leguizamón y Daniel Ismael Stefano. Agréguese a autos la documental que se adjunta. Notifíquese a la Sra. Asesora de Menores. Acredite notificación de la Disposición Administrativa 089/2023. Notifíquese electrónicamente.- Fdo: Dra. Liza Báscolo Ocampo — Juez - Dra. Daniela G. Piazzo — Secretaria. A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados de Tribunales, conforme Ley 11.287. Rafaela, 22 de marzo de 2024. Daniela G. Piazzo, Secretaria.

S/C 517478 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito de Familia de la ciudad de Rafaela (Santa Fe), en los autos caratulados: “Expte. FERNANDEZ KAREN ISABEL Y OTROS S/GUARDA - CUIJ: 211-23628487-2”, se cita y emplaza al Sr. Carlos Fabián Maldonado DNI 25.651.414 a los fines que en el término de diez días comparezca, conteste la demanda y ofrezca pruebas relativa al presente juicio de guarda y solicitud de prorroga de guarda en relación a su hija Yuliana Sofía Maldonado. A sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y Sede Judicial. Fdo: Dra. Juliana Foti, Secretaria - Dra. Lisa Báscolo Ocampo, Juez.

Rafaela, 12 de diciembre de 2023.

$ 50 516933 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación con asiento en Rafaela, en la causa: “COLASSO, MARISA ALEJANDRA s/CONCURSO PREVENTIVO” CUIJ 21-24205529-9, tramitada por ante éste, S.S. ha ordenado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días haciendo saber, en cumplimiento del art. 27 de la Ley 24.522, que en fecha 11 de marzo de dos mil veinticuatro, mediante Resolución N° 83 Año 2024, se estableció: “1) Declarar abierto el Concurso Preventivo de Marisa Alejandra Colasso, DNI. N°16.795.461, CUIT N° 27-16795461-3, con domicilio real en calle Suiza 334 y,- domicilio legal constituido en calle Gandhi 637, ambos de la ciudad de Rafaela. 2) Fijar el día 15 de marzo de 2024, a las 10:00 horas para que tenga lugar la audiencia de sorteo del Síndico que actuará en esta causa, con comunicación previa al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 3) Fijar el día 19 de abril de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación acompañando los títulos justificativos de sus créditos; 4) Ordenar la publicación de edictos, en la forma prevista por los arts. 27 y 28 de la Ley de Concursos y Quiebras, en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en el diario “La Opinión” de Rafaela, dentro de los cinco días de dictada la presente; 5) Exhortar y/u oficiar, según corresponda, haciéndose saber la apertura del presente proceso universal a los fines del cumplimiento del Art. 21 de la Ley 24.522, suspendiendo a partir de la publicación de edictos, los actos de ejecución forzada; 6) Ordenar la anotación del presente concurso en el Registro de Procesos Concursales de la ciudad de Santa Fe, oficiándose, y requerirle informe, sobre la existencia de otros Concursos anteriores de la deudora; 7) Disponer la toma de razón de la inhibición general para realizar o gravar bienes de la deudora en el Registro General de la Provincia de Santa Fe y en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, librándose a sus efectos los oficios respectivos; 8) Intimar a la deudora para que dentro del término de tres días de notificada la presente resolución, deposite en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Rafaela, a nombre de autos y orden de este Juzgado, la suma de $ 80.000 (pesos ochenta mil para gastos de correspondencia; 9) Fijar el día 31 de mayo de 2024 para que el Síndico presente el Informe Individual del los créditos y el día 12 de julio de 2024 para la presentación del Informe General; 10) Fijar el día 30 de agosto de 2024 a las 9:00 horas para que tenga lugar la audiencia informativa prevista en el inc. 10) del art. 14 de la Ley 24.522; 11) Hacer saber a la concursada que no podrá viajar al exterior sin la previa autorización de este Juzgado, en el marco de lo dispuesto en el Art. 25 L.C.; 12) Encuadrar el presente proceso en la categoría de Pequeño Concurso (Art. 288 de la L.C.Q.); 13) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito de estos Tribunales sobre la iniciación y redicación de causas contra la concursada, a su efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra ésta a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 21 LC. Asimismo exhórtese a dichos fines al Juzgado de Circuito y Juzgados Laborales de esta ciudad. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. Fdo.: Agostina Silvestre, Secretaria; Guillermo A. Vales, Juez. Secretaría, 12 de Marzo de 2024.

S/C 517142 Abr. 8 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, Prosecretaria a cargo de la Dra. Gisela Guntern y Juez a cargo Dr. Matías Raúl Colon; en autos principales: “ULRRICH, HUMBERTO SILVESTRE Y OTROS C/BERNARDI, REMO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, CUIJ 21-24202878-0” y su acumulados: GALLINGER CARMEN AURELIA Y OTROS C/BERNARDI REMO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, CUIJ 21-24205146-4”; se ha dispuesto lo siguiente: “RAFAELA, 23 de febrero de 2024. Proveyendo escrito cargo N° 584/2024: Téngase presente lo manifestado. Agréguese el edicto acompañado. Teniendo en cuenta la acumulación efectuada y que el edicto fue publicado con anterioridad, publique nuevos edictos comunicando la acumulación de los autos y la radicación por ante este Juzgado. Atento a la cesión de derechos y acciones obrante en autos, recaratúlense las presentes actuaciones. Sin perjuicio de ello, exhiba por mesa de entradas el original de la misma. Asimismo, cumplimente íntegramente el proveído de fecha 25/8/2022 y acompañe certificado precatastral. Fecho, se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese. Firmado: Dra. GISELA GUNTERN, Prosecretaria y Dr. MATIAS RAUL COLON, Juez. En consecuencia queda/n Ud/s. debidamente notificado. Rafaela, 8 de Marzo de 2024. Sandra Cerliani, Secretaria.

$ 52,50 517211 Abr. 8

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Por disposición del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expte. CUIJ N2 21-24066469-8 MANZO JOSE GREGORIO SANTOS C/ PAVON EUSTAQUIA CIRILA y otros 5/ USUCAPION, se ha dispuesto la publicación del presente a fin de notificar a los Sres. MARIA HAYDEÉ CAPURALETTI DE PAVON, NORBERTO PAVON; LEONILDA JUANA PAVON y RAFAEL PAVON. El decreto que se ha ordenado en la causa: “Rafaela, 07 de marzo de 2024.- Por recibido, agréguese el exhorto diligenciado acompañado (Clave: 3755). Atento a lo informado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad, corresponde integrar la litis con los herederos del codemandado Rafael M. Pavón: MARIA HAYDEÉ CAPURALETTI DE PAVON, NORBERTO PAVON; LEONILDA JUANA PAVON y RAFAEL PAVON. De conformidad con lo dispuesto por el art. 597 y 73 del CPCC cítese y emplácese, a MARIA HAYDEÉ CAPURALETTI DE PAVON, NORBERTO PAVON; LEONILDA JUANA PAVON y RAFAEL PAVON por edictos que se publicarán 3 veces, en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados de estos Tribunales, bajo apercibimientos de que, si dentro del término de 5 días, contados a partir de la última publicación, no lo hicieren, serán declarados rebeldes. Recaratúlese la presente causa, tomándose debida razón en el Sistema Informático de Mesa de Entradas. Notifíquese. Fdo. Dr. Guillermo A. Vales (Juez) Dra. Agostina Silvestre (Secretaria). Rafaela, 11 de Marzo de 2024. Frana Guillermina, Prosecretaria.

$ 45 517254 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE RAFAELA C/GAGLIARDO ERMINDO ESTEBAN Y OTROS S/APREMIO FISCAL MUNICIPAL - CUIJ 21-16525526-4, se cita y emplaza a los herederos y/ legatarios de GAGLIARDO TULIO JUAN DNI 6.194.270, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. Fdo.: Agostina Silvestre - Secretaria; Guillermo A. Vales - Juez. Rafaela, 17 de Octubre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Delfina B. Nasetta, Prosecretaria.

S/C 517271 Abr. 8 Abr. 10

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En los autos caratulados “KRAUEL, LORENA VANINA S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-24193383-8) de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, a cargo del Dr. Guillermos A. Vales (Juez A/C) y la Dra. Verónica Carignano (Secretaria), se ha dispuesto hacer saber que se han modificado los honorarios regulados en autos quedando fijados en $542.585,19, los cuales se distribuyen 80% para la Síndica CPN Nélida Mokdasy y el 20% en favor de la Dra. Patricia Trotti. Rafaela, de Marzo de 2024.

S/C 517395 Abr. 08 Abr. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos caratulados “Expte. CUIJ 21-24207026-4 DUTTO, IDA S SUCESORIO”, se cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante IDA DUTTO , argentina, LC 6.096.840, fallecida en Rafaela (Santa Fe) el día 17/06/2020; con último domicilio real en calle Sarmiento Nro 1145 Pilar (Santa Fe); para que acrediten su carácter dentro del término de ley y a tales fines se publica en el Boletín Oficial y en Sede Judicial (art. 67 CPCC)- Fdo. Dra. Verónica Carignano (Abogada - Secretaria) Dr. Guillermo A. Vales (Juez a/c) Rafaela,...... de marzo de 2024.

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera  Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “CUIJ Nº 21-24205512-5 - Año 2.023 – CAUSSA GLADIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, iniciado por la Dra. Melisa L. Morra, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CAUSSA GLADYS, D.N.I. F6.097.625, fallecida el 28 de Junio de 2020, con último domicilio en Jaime Ferre 1054 de Rafaela, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos legales. Dra. VERONICA CARIGNANO – SECRETARIA. Dra. ANA LAURA MENDOZA - JUEZA Rafaela,  8 de ABRIL de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra Nominación, Secretaría única, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “KLOSTER, ENRIQUETA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-24200259-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña KLOSTER, ENRIQUETA, DNI Nº 03.612.606, fallecida en la ciudad de Rafaela en fecha 17 de noviembre de 2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza) – Dra. Carolina Castellano (Secretaria). Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, 8 de abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial, 3ª Nominación de Rafaela, en autos caratulados “GIRARDOTTI MIRTA LUCIA s/ Sucesorio -CUIJ Nº 21-24206052-8”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por la causante GIRARDOTTI MIRTA LUCIA, DNI N° 5.141.509, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley. Carignano Verónica (Abogada – Secretaria) - Guillermo A. Vales (Juez A/C). Rafaela, 8 Abril de 2024.- $ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación, Secretaría Única de la ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes relictos dejados por el causante Sr. Reinaldo Carlos Faudone, D.N.I. N° 06.287.066, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de ley en los autos caratulados: “FAUDONE, REINALDO CARLOS S/ SUCESORIO” - CUIJ N° 21-24206212-1 - Año 2023, iniciado con patrocinio letrado de la Dra. Valeria A. Gerchen.- Guillermo A. Vales, Juez A/C. Verónica Carignano, Secretaria. Rafaela, 5 de abril de 2024.- $ 45 Abr. 08

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la Ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos “Expte CUIJ N°21-24196411-3 VIGLIANCO, ESTHER DOMINGA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ESTHER DOMINGA VIGLIANCO, DNI N° F8.213.754 con ultimo domicilio en MAIPU 42, fallecida en Rafaela en fecha 13 de Marzo de 2020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Rafaela, 05 de  ABRIL de 2024. Fdo. Dra. Carolina Castellano - Secretaria Dra. Ana Laura Mendoza - Jueza

$ 45 Abr. 08


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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así ordenado en los autos caratulados: “PASSARINO STELLA MARIS C/RICARDO MODENA Y/O SUS SUCESORES Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CUIJ 21-25031241-2 “, de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - Segunda Nominación— de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a RICARDO MODENA (quien también era conocido como Juan Bautista Mazza) Y/O VINCENZA PINZA DE PAVÓN Y/O SUS SUCESORES de los siguientes decretos: “RECONQUISTA, 12 de Octubre de 2023. Por presentados, domiciliados, en el carácter que invocan, acuérdaseles la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de usucapión contra Vincenza Pinza de Pavón y/o sus sucesores y/o Ricardo Modena y/o sus sucesores. Cítese y emplácese a los demandados y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Notifíquese en el domicilio denunciado y publíquense edictos de ley conforme art. 67 C.P.C.. A los fines de una mayor publicidad, deberá colocarse en el inmueble -en un lugar visible sobre la vía pública- un cartel de dimensiones adecuadas (por ejemplo 1,50 mts largo x 1 metro de alto) haciendo saber: la existencia de este expediente, fecha de inicio de/juicio, fecha de inicio de la posesión adquisitiva pretendida, CUIJ, Juzgado de radicación (dirección, números de teléfono y correos electrónicos de contacto), datos de inscripción registral del inmueble e individualización del titular dominial. De igual manera deberá publicitarse en (al menos) dos (2) inmobiliarias de la ciudad de Reconquista a elección de la parte actora, por (al menos) el término de 10 días (Art. 540 CPC, Art. 1893, 1900, 1902 CCC). Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Reconquista (SF), para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en esta causa. Previo a todo trámite, acompañe acta final del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria y el sellado fiscal correspondiente y reponga los sellados fiscales faltantes (Sellado especial de justicia -Código 82095-, Tasa de Actuación -Código 82095- e Impuesto de sellos -Código 12152-). Únanse por cuerda los presentes a los autos “Passarino Stella Maris c/Modena Ricardos y Otros s/Medida Previa Ordinario” Expte. CUIJ N° 21-25029245-4. Tome razón SISFE y Mesa de Entradas. Notifíquese. Notifiquen: Empleados del Juzgado. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini Juez. Dra. Janina Yoris, Secretaria. Otro decreto: Reconquista, 23 de Noviembre de 2023. Agréguese y téngase presente los sellados acompañados. Asistiéndole razón a los peticionantes, revóquese parcialmente el proveído que antecede únicamente en la parte que requiere el acta de mediación prejudicial obligatoria. En su lugar, prosiga la causa según su estado. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini, Juez - Dra. Janina Yoris, Secretaria. Reconquista, 14 de Marzo de 2024. Dr. Alexis Marega, Prosecretario.

$ 600 517381 Abr. 8 Abr. 10

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: CORTI MARIA SILVIA DE JESUS s/Quiebra, C.U.I.J. N° 21-25023050-5, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista,26/08/202 1. - Y VISTOS: Estos caratulados: “CORTI MARIA SILVIA DE JESUS S/QUIEBRA”, C.U.I.J. N° 21-25023050-5, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; CONSIDERANDO:… RESUELVO: Tener presente el informe final y proyecto de distribución confeccionado por el Síndico. Regular los honorarios del CPN Fernando Miguel Altare y de los apoderados de la fallida, Dr. Marcelo Ricardo P. Venetucci y Dra. Ivana Carolina Fernández, según lo estipulado en los Considerandos. Ordenar la publicación de ley mediante edictos. Dese vista de las regulaciones al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Fecho, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de su revisión (Art. 272, Ley 24.522). Procédase a efectuar el sellado de justicia, dándose intervención a la A.P.I. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo. Dr. José. María Zarza, Juez a/c – Dra. Susana C. Carletti, Secretaria Subr. Reconquista (SF), 21 de Marzo de 2024. Laura C. Cantero, Secretaria.

S/C 517169 Abr. 8 Abr. 9

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: FOGAR ISABEL ROSA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA, CUIJ 21-25028759-0, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Dr. Dra. Fabián Lorenzini. Juez a cargo. Paola Milazzo, Secretario, se hace saber a usted/es por 02 (DOS) días publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución de manifiesto por el término de ley. (art. 218 LCQ). Se transcribe el decreto que así ordena: “Reconquista, 01 de septiembre de 2023 Téngase presente el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo normado en el art. 218 LCQ. A tal fin, requiérase como valiosa colaboración al apoderado del fallido y/o al síndico designado, que acompañe proyecto para su rúbrica por el Actuario. Una vez acreditada la publicación de edictos, pasen autos a despacho para la regulación de honorarios. Notifíquese. Dra. Fabián Lorenzini, Juez a cargo. Paola Milazzo, Secretaria. Reconquista (SF), 2 de Noviembre de 2023.

S/C 517257 Abr. 8 Abr. 9

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4, en lo Civil y Comercial Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: “LOPEZ NORA LIA Y OTROS C/ BARAGIOLA LUIS MELCHOR S/Prescripción Adquisitiva” - CUIJ 21-25031218-8, se ha dictado la siguiente providencia: “Reconquista, 12 de Octubre de 2023. [...] Por promovida demanda de usucapión contra Luis Melchor Baragiola y/o sus sucesores y/o titular registral del inmueble inscripto bajo el N° 6934, F° 146 y T° 66. Cítese y emplácese a los demandados y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. [...] Fdo.: Dr. Fabián Lorenzini - Juez; Dra. Janina Yoris – Secretaria. Reconquista, 19 de Marzo de 2024.

$ 150 517270 Abr. 8 Abr. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de CELIA MARTINA CASCO (DNI F2.412.144), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: "CASCO CELIA MARTINA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25031291-9. Firmado: DR. RAMIRO AVILE CRESPO, Juez a cargo.- Reconquista, 04 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de MARIO DANIEL JONES (DNI 21.721.733), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: "JONES MARIO DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25031713-9. Firmado: DR. JUAN MANUEL RODRIGO, Juez a cargo; DR. GUILLERMO D. ANGARAMO, Secretario.- Reconquista, 04 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de BONIFACIA RETAMOZO(LC 6.467.081) y CARLOS CLEMENTINO SEGOVIA (LE 2.465.298), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: "RETAMOZO BONIFACIA Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25030949-7. Firmado: DR. FABIAN LORENZINI, Juez a cargo; DRA. PAOLA C. MILAZZO, Secretaria Subrogante.- Reconquista, 05 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “BARRIOS MARINO BRUNO CEFERINO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-25031438-5, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. MARINO BRUNO CEFERINO BARRIOS, DNI N° 17.847.934 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 08 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “SILVA CELSO ELISEO S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25031876-3, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. CELSO ELISEO SILVA, DNI N° 7.878.669 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 08 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “ARAUJO, GLADIS GLORIA S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25031635-3, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por la Sra. GLADIS GLORIA ARAUJO, DNI N° 6.224.968 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 08 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “LUGO MARIA LUISA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-25030985-3, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. GUILLERMO ALCIDES MARTINEZ, DNI N° 6.331.045 y la Sra. LUGO MARIA LUISA, DNI N° 3.965.342 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 08 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados SERAFINI AMARO JOSE ANTONIO s/SUCESORIO" CUIJ N° 21-25031622-1, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. AMARO JOSE ANTONIO SERAFINI DNI N° 13.126.690 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer.

$ 45 Abr. 08

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Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados "LEGUIZA, LUIS RAIMUNDO S/ SUCESORIO" CUIJ N°21-02041861-0, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. LEGUIZA LUIS RAIMUNDO DNI N° 12.882.752 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer.

$ 45 Abr. 08

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “BENITEZ, MARCOS FRANCISCO S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25030607-2, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. MARCOS FRANCISCO BENITEZ, DNI N° 6.354.941, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 08 de Abril de 2024.-

$ 45 Abr. 08