picture_as_pdf 2024-12-23

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ROSARIO

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CÁMARA DE APELACIÓN


En autos caratulados: STIVAL, NESTOR EDUARDO s/Ausencia Con Presuncion De Fallecimiento; (CUIJ 21-01126749-9) que tramita por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Sala IV) de la ciudad de Rosario (Santa Fé) a cargo del Dr. Juan J. Bentolila, Pte. de Cámara; Secretaria de la Dra. Ma. Laura Gervasoni, se ha ordenado hacer saber que se ha dictado el siguiente Acuerdo: N° 269 - ROSARIO, 11 de Septiembre de 2024. Por ello, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación deducido a fs. 361 por la defensora de oficio, contra la Sentencia N° 770, de fecha 18.11.2021, obrante a fs. 353 y ss., con costas. II) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. III) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: STIVAL, Néstor Eduardo s/Ausencia con presunción de fallecimiento, Expte. N° 305/20229 CUIJ N° 21-01126749-9). Fdo. Dres. Juan J. Bentolila, Marcelo J. Molina y Gerardo F. Muñoz (art. 26 LOPJ), camaristas, Dra. Ma. Laura Gervasoni, secretaria. Dra. Ana Paula Barthaburu, prosecretaria.

$ 50 529695 Dic. 23

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JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia Laboral de la Sexta Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Patricia L. Otegui, Jueza y dentro de los autos caratulados FERNANDEZ JUAN R. C. c/MANTOANI RAUL s/COBRO DE PESOS, RUBROS LABORALES, CUIJ N° 21-04181848-1, se ha ordenado citar a los herederos del demandado MANTOANI RAUL, DNI N° 6.015.691, por edictos que se publicaran en el Boletín Oficial y se exhibirán dentro del Tribunal por el término de 3 días, conforme el siguiente decreto. Rosario, 25 de Noviembre de 2024. Agréguense las constancias acompañadas. Cítese a los herederos del demandado RAÚL MANTOANI por edictos que se publicarán en el B.O. y se exhibirán dentro del Tribunal en lugar habilitado para tal fin por el término de 3 días venciendo el plazo 3 días después de la última publicación, a los fines de comparecer a estar a Derecho conforme lo dispuesto en los arts. 597 CPCC -todo ello a los fines de integrar debidamente la litis- y 45 CPL. Acompañe despachos a sus efectos. Fecho, se proveerá lo que por derecho corresponda. Secretaria: Dra. ANALIA SUÁREZ MÓNACO, Secretaria. Rosario, 16 de Diciembre de 2024.

S/C 533357 Dic. 23 Dic. 27

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En virtud de haber sido ordenado dentro de los autos caratulados: MINISTERIO DE TRAB. Y SS P.S.FE c/SUCESION DE VIDELA AMALIA s/APREMIOS; CUIJ N° 21-04169278-9 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Sexta Nominación de esta ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Patricia Liliana Otegui, Secretaría de la Dra. Marina Arp, se ha dispuesto citar a los herederos de Amalia Videla por edictos que se publicarán en el B.O. y se exhibirán dentro del Tribunal en lugar habilitado para tal fin por el término de 3 días venciendo el plazo 3 días después de la última publicación, a los fines de comparecer a estar a Derecho conforme lo dispuesto en los arts. 597 CPCC, todo ello a los fines de integrar debidamente la litis. Fdo. Dr. Germán A. Battistoni, (Prosecretario). Rosario, 22 de Noviembre de 2023.

$ 50 533308 Dic. 23 Dic. 27

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2ª Nominación de Rosario, en autos caratulados ZAPATA, SILVANA DANIELA c/SAGARDUY, JUAN IGNACIO SEBASTIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ 2I-11889186-1, se ha ordenado notificar la rebeldía del demandado: Rosario, 14 de Noviembre de 2024. Atento que el demandado SAGARDUY, JUAN IGNACIO SEBASTIAN no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado según edicto publicado y acompañado en escrito cargo N° 30761/2024, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR EDICTO. Fdo. Dr. EDGARDO BONOMELLI, Juez; Dra. MAYRA IBAÑEZ, Secretaria. Rosario, 2 de Diciembre de 2024.

$ 50 533334 Dic. 23 Dic. 2

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia 3ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. CAMPANELLA, Secretaria del Dr. FUSTER dentro de los autos caratulados MARTIN, AMARU NATALI c/LIPARI, JUAN CRUZ s/DIVORCIO; CUIJ 21-11434158-1, se ha ordenado notificar por edictos al demandado Sr. Juan Cruz Lipari DNI 37.572.641 lo que a continuación se transcribe: Rosario, 12/12/2024; SENT. DIVORCIO Tomo: 2024 Folio: Resolución: 21 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO QUE ... A mérito de lo expuesto precedentemente y la normativa citada, RESUELVO: 1) Declarar el divorcio de los cónyuges AMARU NATALI MARTIN (D.N.I. Nº 37.572.626) y JUAN CRUZ LIPARI (D.N.I. Nº 37.572.641). 2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 30 de mayo de 2022. 3) Costas por su orden. 4) Tener presente lo expresado por la peticionante con respecto a la propuesta reguladora. 5) Regular los honorarios de tos Dres. María Natalia Delsoglio y Damián Iesari, en función de lo dispuesto por los arts. 4to., 5to., y 12 in fine de la ley 6767 y sus modificatorias, en la suma de $ 861.359,90, más IVA si correspondiere equivalente a la cantidad de 10 Jus, en proporción de ley. Dicha suma deberá ser cancelada dentro del plazo de 30 días corridos desde su notificación. Ejecutoriada esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del articulo 32 de la ley 6767 (Unidad Jus), sino que devengará, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa activa capitalizada del Banco de la Nación Argentina (articulo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Hacer saber a las profesionales que deberán autogestionar sus boletas de aportes en las cajas profesionales. 6) Firme que quede la presente, y cumplidos en su caso Integramente con las obligaciones del art. 34 de la Ley 6767, líbrense los despachos al Registro Civil. 7) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. JULIETA BIANCARDI Prosecretaria; Dra. MARIA JOSÉ CAMPANELLA Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL Y HALL DE TRIBUNALES. Rosario, 7 de Diciembre de 2024. Fdo. secretario.

$ 50 533362 Dic. 23 Dic. 27

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El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de Rosario ha dictado la Resolución N° 1729 de fecha 06 de diciembre de 2024 diponiendo: Y VISTO:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: I) Proceder a la destrucción de toda la documental, radiografías, pliegos interrogatorios y de absolución de posiciones correspondientes a causas que se encuentran archivadas y a aquellas que no han registrado actividad procesal alguna durante al menos dos años. II) Fijar como fecha tope para que los interesados concurran a requerir la entrega de las mismas el día 21 de febrero de 2025, a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. El horario para el retiro será de lunes a viernes de 7:30 a 9:00 hs. III) Proceder a la publicación dando a conocer la parte resolutiva de la presente por medio de Edictos en el Boletín Oficial en tres oportunidades durante veinte días y dos avisos en el Diario "La Capital" a publicarse un miércoles y un domingo, comunicando la fecha hasta la cual los interesados podrán retirar los sobres. IV) Remitir copia de la presente a la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial y a la Excma. Corte Suprema de Justicia, a sus efectos. V) Requerir a la Excma. Corte Suprema de Justicia las partidas dinerarias necesarias a los fines de las publicaciones referidas. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Analia Mazza, (Jueza); Dr. Horacio Allende Rubino, (Juez); Dr. Ignacio Aguirre, (Juez); Dra. María Guadalupe Gordillo, (Secretaria); Dra. María Laura Ruani, (Secretaria); Dr. Mariano H. Novelli, (Secretario).

S/C 533352 Dic. 23 Dic. 27

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Rosario, dentro de los presentes autos donde se pretende suprimir el apellido paterno "DURANTE" del Sr. SANTIAGO DURANTE DNI N° 42.557.998 y reemplazarlo por el apellido materno "LAVIANO", se ha ordenado publicar el presente edicto en el Boletín Oficial una vez por mes en el lapso de dos meses, a fin de que se formulen las observaciones haciendo constar que podrá formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación. A los efectos legales se publican edictos en el Boletín Oficial y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en sede de éstos Tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 67 del CPCC, reformado por la ley 11.287. Autos caratulados "DURANTE, SANTIAGO S/ SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO" CUIJ 21-02985867-2, que tramitan por ante el juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Ira Nominación de Rosario, a cargo de Juez Ricardo Alberto Ruiz. FDO. Dr. Ricardo Alberto Ruiz (Juez), Dr. Arturo Audano (Secretario).- Rosario 18 de Septiembre de 2024.-.

$ 50 531420 Dic. 23

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na Nominación de Rosario, dentro de los presentes autos donde se pretende suprimir el apellido paterno "GONZALEZ" del Sr. GONZALEZ LAVIANO AGUSTÍN OMAR DNI N° 43.491.963 y dejar solo el apellido materno "LAVIANO", y suprimir el segundo nombre "OMAR", dejando solo su primer nombre "AGUSTÍN", se ha ordenado publicar el presente edicto en el Boletín Oficial una vez por mes en el lapso de dos meses, a fin de que se formulen las observaciones haciendo constar que podrá formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación. A los efectos legales se publican edictos en el Boletín Oficial y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en sede de éstos Tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 67 del CPCC, reformado por la ley 11.287. Autos caratulados "GONZALEZ LAVIANO AGUSTÍN OMAR S/ SUPRESIÓN DE APELLIDO - CAMBIO DE NOMBRE" CUIJ 21-02986932-1, que tramitan por ante el juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na Nominación de Rosario, a cargo de la Jueza DRA. MARÍA FABIANA GENESIO. FDO. DRA. MARÍA FABIANA GENESIO (Jueza). DRA. VERÓNICA A. ACCINELLI (Secretaria).- Rosario de Octubre de 2024.-.

$ 50 531419 Dic. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados MAZZOLENI, ROCIO BELEN c/CERCHIARA, MATIAS EMANUEL s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ 21-02981762-3, ha ordenado la siguiente providencia: Rosario, 24 de mayo del 2024. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, con patrocinio letrado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por vía del juicio Sumarísimo. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y a ofrecer prueba, por el término y bajo los apercibimientos de ley. De la misma vista al Sr. Agente Fiscal y al Asesor del Registro Civil. Publíquense edictos en el Boletín Oficial una vez por mes durante dos meses. A la testimonial, fíjese audiencia a tal fin para el día 28 de junio de 2024, a las 10:00 horas. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas ya la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifiquese por cédula. Fdo. Dra. SUSANA SILVINA GUEILER, Jueza; Dra. PATRICIA BEADE, Secretaria. Públiquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL SIN CARGO, en virtud del patrocinio ejercido por el Sr. Defensor General. Rosario.

S/C 533336 Dic. 23 Dic. 27

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Por Disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. NICOLÁS VILLANUEVA, se hace saber que en los autos caratulados: ROSALES, CLAUDIA MARIA c/ZONING SRL Y OTROS s/USUCAPIÓN; CUIJ N° 21-02864921-2, se ha dictado el siguiente Decreto: ROSARIO, 03 de diciembre de 2024. A lo solicitado, oportunamente. Informando verbalmente la Actuaría que MIGUEL ANGEL y SILVIA CARMEN MARÍA GIANNELLI y ZONTEPONTE -hijos del codemandado fallecido Nazareno Giannelli- no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificados, decláraselos rebelde y siga el juicio sin su participación. En cuanto al Defensor de Oficio, a fin de unificar representación y evitar mayores dilaciones, hágase saber que será designada a tal fin la Dra. ROBERTI, ALEJANDRA MABEL, quien ya se encuentra ejerciendo el cargo en relación al codemandado. Comparezca la mencionada a aceptar la extensión del cargo en cualquier día y hora hábil de audiencia. Notifíquese por cédula y publíquense los edictos respectivos. Fdo. Dr. NICOLÁS VILLANUEVA, Juez; Dra. DANIELA A JAIME, Secretaria. Rosario, 10 de Diciembre de 2024. Dra. DANIELA A JAIME, Secretaria.

$ 100 533378 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, Dr. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA en los caratulados BORGHI, WILLIAM HECTOR s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21-02837360-8, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 22 de noviembre de 2024. (...) Asimismo, y sin perjuicio del presente comparendo y de la declaratoria de herederos acompañada, atento el fallecimiento del coheredero GUILLERMO ANGEL BORHI cítese y emplácese a sus herederos mediante edictos en los términos del Art. 597 CPCCSF y bajo apercibimientos de ley (...). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de GUILLERMO ANGEL BORGHI (DNI 10.069.327), para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley (Fdo. Ma. Karina Arreche, (Secretaria Subrogante). Rosario, 13 de Diciembre de 2024.

$ 50 533344 Dic. 23 Dic. 27

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En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISEE (CSJSF, Acta Nº 14 del 13/05/20 pto. XV)-28/11/2024; Informando verbalmente la Actuaria en este acto que los herederos de los codemandados LISANDRO DE LA TORRE, CARLOS WAUTERS Y TOMAS R. CULLEN, no han comparecido a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláreselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelación a los fines del sorteo de Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos, Autos: GARCIA, CRISTIAN ARIEL s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA; Expte. CUIJ Nº 21-01638965-7. Fdo. Dra. María Florencia Di Rienzo, secretaria; Dra. María Silvia Beduino, Jueza. Dr. Hernán Aguzzi, Prosecretario.

$ 50 533332 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Señora Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de la ciudad de Arroyo Seco, se notifica al Señor GUSTAVO ARIEL RAMOS, lo siguiente: ARROYO SECO, 25 de Noviembre de 2024; Agréguese la cédula que en copia digitalizada acompaña. Informando verbalmente la actuaria que el demandado RAMOS, ARIEL GUSTAVO, no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y siga el Juicio sin su representación. Notifiquese. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez; Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria. Autos caratulados STORTI OSCAR ALBERTO c/VIANI AMILCAR GONZALO Y OTROS s/JUICIOS EJECUTIVOS; CUIJ 21-22767780-2. Arroyo Seco, 5 de Diciembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VARGAS MARGARITA s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768472-8, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1559. Arroyo Seco, 22/09/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.122,65 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.561,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. VARGAS MARGARITA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007078-00, LOTE 046, MANZANA 001, RUTA 20. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 03 OCT 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532865 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TENAGLIA FULVIO s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768471-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1520. Arroyo Seco, 21/09/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.965,70 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.965,70 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. TENAGLIA FULVIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006904-00, LOTE 017, MANZANA H, RUTA 38. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 3 de Diciembre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532864 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SALGADO MARIA S. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768475-2, se ha dictado lo siguiente: N° 1525. Arroyo Seco, 21/09/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 26.219,15 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.109,05 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6, Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. SALGADO MARIA S. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0009949-00, LOTE 020, MANZANA 001, RUTA 52. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 3 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532863 Dic. 23 Dic. 27

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Por dispoición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MOZO AURORA DE s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768473-6, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1547. Arroyo Seco, 22/09/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptarel domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.260,06 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.260,06 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se íntima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. MOZO AURORA DE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007333-00, LOTE 016A, MANZANA T, RUTA 37. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 3 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532862 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SUR DISTRIBUCIONES S.A. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21 22768529-5, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1653. Arroyo Seco, 5/10/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.041,34 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.520,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se íntima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. SUR DISTRIBUCIONES S.A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005425-00, LOTE 013, MANZANA D, RUTA 49. (art.28 ley 5066). Arroyo Seco, 15 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532861 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CHIAPELO JOSE s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768265-2, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 1193. Arroyo Seco, 16/08/2023. VISTA: la constancia acompañada y la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Agregar Boleta de Iniciación de Juicio que en copia simple acompaña, admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato que en copia digitalizada acompaña y que se le agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 42.993,21 en concepto de capital, con más la suma de $ 21.496 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Hacer saber que la original de la documental será requerida por el tribunal para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sres. CHIAPELO JOSE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001636-00, LOTE 001, MANZANA A, RUTA 02. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 15 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532860 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MOREJON RICARDO Y OT. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768739-5, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1283. Arroyo Seco, 23/08/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.034,83 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.517,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los sres. MOREJON RICARDO y/o CAROLINA SARA MACCAGNI DE MOREJON y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006897-00, LOTE 014, MANZANA N, RUTA 37. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 15 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532859 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la dudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SUR DISTRIBUCIONES S.A. s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22768540-6, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1832. Arroyo Seco, 31/10/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Agregar la Boleta Colegial que en copia digitalizada acompaña, admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.704,10 en concepto de capital, con más la suma de $ 25.704,10 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 9. Hacer saber que la original de la documental será requerida por el tribunal para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; Dra. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SUR DISTRIBUCIONES S.A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005434-00, LOTE 023, MANZANA D, RUTA 49. (art. 28 ley 5066). Arroyo Seco, 15 de Octubre de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 532858 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LIANA DEL PAZO (DNI 2.756.662) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DEL PAZO, LIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02987939-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Dr. Marcelo Quiroga (Juez).

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SIXTO RAUL LOPEZ D.N.I. Nº13.543.756, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días.- Autos caratulados: “LOPEZ SIXTO RAUL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” Cuij Nº21-02988418-5.- Fdo.: Dra. Lucrecia Mantello (Jueza en suplencia) Dra. Maria Alejandra Crespo (Secretaría Subrogante)

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Graciela Angela Filippone (DNI 13.449.332) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FILIPPONE, GRACIELA ANGELA S/ SUCESORIO C Y C 16” (CUIJ N°21-02988463-0). Fdo. Prosecretaria"

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16 Nominación de la ciudad de Rosario, en tramite por la Oficina de Procesos Sucesorios se ha ordenado Cítar por edicto que deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por el causantes Sr. LOSTUMBO LUCIANO NELSON RICARDO, con DNI 18.340.692 para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “LOSTUMBO, LUCIANO NELSON RICARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ: 21-02986574-1”- Secretaria de la actuante Rosario, 2024

$ 45 Dic. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juvenal Alberto SILEONI (DNI 10.535.364) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SILEONI, JUVENAL ALBERTO S/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-02989042-8). Fdo.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13 nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BARRAZA ANSELMO, LE: 6.005.663 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BARRAZA, ANSELMO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 13" (CUIJ: 21-02987944-0).

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FERREYRA CLYDE ANGELA (D.N.I. 3.627.211), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FERREYRA CLYDE ANGELA S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02959965-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BARAZZUOL, HECTOR FRANCISCO D.N.I. 6.052.865 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BARAZZUOL, HECTOR FRANCISCO S/ SUCESORIO C Y C 1" CUIJ 21-02988898-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante "GERARDO RAMON CARDOZO (DNI 8.478.586) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CARDOZO, GERARDO RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-02980447-5). Fdo. Dra. Virginia Arfeli (Prosecretaria).

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJANDRO MIGUEL CORRADI, D.N.I. 22.395.118, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "CORRADI, ALEJANDRO MIGUEL S/ SUCESORIO" CUIJ 21-02988943-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante AMOR FERNANDO, DNI N°: 5.994.148 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "AMOR FERNANDO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS"CUIJ N° 21-02987678-6.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra., Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PASOTTI JULIO VICTOR, DNI: 6.058.681, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: "PASOTTI JULIO VICTOR s/SUCESORIO", (CUIJ.: 21- 02989031-2), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TIONE, MARIA DEL VALLE D.N.I. 4.850.007 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "TIONE, MARIA DEL VALLE S/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02988739-7). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.

$ 45 Dic. 23

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or disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Solveig Ingird HÖGNER, D.N.I 5.528.158, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "HOGNER, SOLVEIG INGRID S/ SUCESORIO CYC 10" (CUIJ N° 21-02988754-0). Fdo.: Dra.: Fernanda I. Virgolini (Prosecretaria).

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ZULEMA BEATRIZ PUCHETTA (DNI 5.988.656) por un día para que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos caratulados "PUCHETTA, BEATRIZ ZULEMA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (EXPTE CUIJ N° 21-02988835-0) de trámite por ante la oficina de Procesos Sucesorios de Rosario

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEDRO MIGUEL ANGEL LORENZI (D.N.I. 11.858.392) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "LORENZI, PEDRO MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 6 (CUIJ 21-02988724-9). Fdo. Prosecretaría

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MOISES MARCOS SIRKES D.N.I. 6.023.987 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MOISES MARCOS SIRKES S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02986704-3). Fdo. Dra. Vanina C. Grande (Secretaria).-

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FLORENZA OMAR RAMÓN (DNI 6.025.310) y ALSINA NOEMI ROSA (DNI 4.242.364) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "FLORENZA OMAR RAMÓN Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02988436-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Dic. 23

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 16 de Firmat, se hace saber a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Nicasio Zabalo, lo resuelto dentro de los autos caratulados: VIVAS HORACIO RAMON Y/U OTRA c/ZABALO NICASIO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; EXPTE. N° 1315/16 CUIJ 21-26411006-5; N° 1960 Tomo: 2024 Folio: Firmat 01 de noviembre de 2024, Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO.... FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia, declarar operada la prescripción adquisitiva, del lote de terreno con todo lo en el clavado, plantado y edificado en el, situado en el pueblo de Melincué, Departamento General López, provincia de Santa Fe, que según el plano oficial confeccionado por el Agrimensor Pablo Sabbatini es designado como lote 6A de la manzana designada con las letras An mide doce metros sesenta centímetros de frente al Sud-Oeste sobre calle Alberdi por treinta y siete metros once centímetros de fondo, el cual tiene por sus otros rumbos las siguiente medidas, superficie y linderos, treinta y siete metros once centímetros al Sud-Este por donde linda con propiedad de AMORES Jorge G., doce metros sesenta centímetros al Nord-Este, por donde linda con propiedad de AMORES Enrique C., treinta y siete metros once centímetros Nord-Oeste, por donde linda con propiedades de AMORES Enrique C. Stolfi Fernando y Vivas Horacio Ramón y otra. Encierra una superficie total de mil cuatrocientos sesenta y siete metros cincuenta y nueve centímetros cuadrados. Dicho inmueble se encuentra empadronado en el SCIT a nombre de Nicasio Zabalo e inscripto ante el Registro General de la Propiedad de Rosario, tomo 38, folio 8, Nº 225, de fecha 25/09/1925, Departamento General López, por prescripción adquisitiva por más de 20 años en la posesión del mismo.- Con costas al actor. Publíquense edictos de ley 2) Firme que se encuentre la presente, previo trámites de rigor, abonados que se encuentren los impuestos, tasas que correspondieren y los aportes de ley a las Cajas Profesionales, inscríbase el plano de mensura acompañado en autos Plano archivado bajo el N° 1273 GL confeccionado por el Agrimensor Pablo Sabbatini, Departamento Topográfico de fecha 25 de enero de 2016, oficiándose al S.C.I.T a tales efectos. 3) Córrase vista a la Administración Provincial de Impuestos conforme art. 16 del Código Fiscal. 4) Oportunamente, inscríbase el dominio en el Registros General de Rosario a nombre del actor, si eso fuera material y registralmente posible. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dra. LAURA BARCO, (Juez); Dr. FEDERICO J. SOLSONA, (Secretario). Firmat, 25 de Noviembre de 2024. Fdo. Dr. Federico J. Solsona (Secretario).

$ 300 532952 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a cualquier otra persona que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante, VIVIANA PATRICIA CARLETTI, D.N.I.Nº 14.567.853, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL conforme Art. 2340 C.C.C. (Autos: CARLETTI VIVIANA PATRICIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ 21-26424262-9).

$ 45 Dic. 23

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación del Distrito Judicial Nº 7 - Casilda, en los autos: DINAMICA EVENTOS SRL s/QUIEBRA PEDIDA POR ACREEDOR; CUIJ 21-25863779-5, mediante Resolución Nº 1684 de fecha 10/12/2024, se ha dictado auto ampliatorio de la Sentencia de quiebra N° 1307, de fecha 30/09/2024, disponiendo que procedan los acreedores a presentar a la sindicatura dentro del plazo que vencerá el día 05 de marzo de 2025, las peticiones de verificación y los títulos pertinentes. Asimismo, fijar para la presentación del informe individual por parte de la sindicatura el día 21/04/2025, y para la presentación del Informe General el día 02/06/2025 según lo previsto en los artículos 35, 39 y concordantes de la ley concursal. Se hace saber que la Sindicatura está a cargo del CPN Guillermo FeliX Spiller Mat. 3101, con domicilio legal en calle Lisandro de la Torre N° 4520, de la ciudad de Casilda, siendo su horario de atención de Lunes a Viernes de 08 a 16 hs., y asimismo en calle Juan José Paso N° 3248 de Santa Fe en horario de 09 a 17 hs., en mismos días. Publicación sin cargo. Casilda, 11 de diciembre de 2024. Fdo. Dra. Viviana M. Guida.

$ 1 533092 Dic. 23 Feb. 03

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Por Disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación del Distrito Nº 7 Casilda, a cargo de la Dra. CLELIA CARINA GOMEZ, Secretaria de la Autorizante, conforme Art. 597 del CPCCSF, se ha ordenado citar por edictos, a los herederos de don ALBERTO HORACIO LANDREIN, por el plazo de ley para que comparezcan en los autos caratulados: LICERA, PABLO DANIEL c/LANDREIN, ALBERTO HORACIO Y OTROS s/OTRAS DILIGENCIAS; CUIJ Nº 21-258640214. Fdo. Dra. VIVIANA M. GUIDA, Secretaria. Casilda, 16 de Diciembre de 2024.

$ 100 533282 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEDRO RAIMUNDO OLGUIN DNI N°6.137.648. Por un dia para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados 21-25863544-9 (411/2023 OLGUIN PEDRO RAIMUNDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS).Fdo Dra Aracelis Rosenburt Secretaria.

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEDRO PRIMO BALEANI DNI N°6.121.822. Por un día para que lo acrediten dentro de los treinta dias. Autos caratulados BALEANI PEDRO PRIMO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-25865157-7 (569/2024). Fdo. Dra Aracelis Rosenburt Secretaria

$ 45 Dic. 23

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 6 de la ciudad de Cañada de Gómez se hace saber que en los autos caratulados ALLARÁ ALEJANDRO JESUS Y OTROS c/RONCHESE ANTONIO s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; CUIJ 21-26024329-9, se ha dictado la siguiente sentencia: Cañada de Gómez, 03/06/24; AUTOS... RESUELVO: 1) Hacer lugar a demanda y en consecuencia, declarar operada la prescripción adquisitiva en favor de los Sres. Alejandro Jesús Allara y Yanina Paola Scaloni a partir del 01.12.1979 y con relación al 50% de los inmuebles identificados en el plano de mensura inscripto ante el Dpto. Topográfico de La Dirección General de Catastro, bajo el N° 227949 de fecha 11.02.2020, y descriptos como: Lote A1, ubicado en la manzana 25, se encuentra ubicado en calle Guillermo Benitz entre Belgrano y Santa Fe de Las Rosas a los 20m de la primera hacia el Este y sus medidas y linderos son los siguientes: Lado Norte AB: 8,00m, lindando con Pozzi Oscar A y Ot PII N° 176533/0011, Lado Este BC: 17,14 m, lindando con Lote A3 del mismo plano, CD 2,77, lindando con Lote A3 del mismo plano y ED 10,66 m lindando con lote A3 del mismo plano. Lado Sur FE 10,77m lindando con calle G. Benitz. Lado Oeste FA 27.80 m, lindando con Zamponi Jorgelina María PII N° 176533/0003 y Pozzi Oscar A y Ot PII N° 176533/0011. Los ángulos de 90° 0 270°. Encierra una superficie de 251,92 m2. Partida Inmobiliaria N° 130200-176533/0001-6. Y Lote designado como A3, se encuentra ubicado en la manzana 25 en la calle Guillermo Benitz entre Belgrano y Santa Fe a los 30,77m de la primera hacia el Este de Las Rosas y sus medidas y linderos son los siguientes: Lado Norte BG 8,00 m lindando con Pozzi Oscar A y Ot PII N° 176533/011. Lado Este GH 27,80 m lindando con Allara María mes y ot PII N° 176532/0000. Lado Sur HE 5,23 m lindando con calle G. Benitz. Lado Oeste ED 10,66 m lindando con Lote A3 del mismo plano; DC 2,77 Lindando con Lote A3 del mismo plano y CB 17,14 m lindando con Lote A3 del mismo plano. Los ángulos de 90° a 270°. Encierra una superficie de 192,87 m2. Partida Inmobiliaria N° 130200-176533/0005-2; 3) Imponer las costas del presente trámite a la vencida (cfr. Art. 251° CPCCSF), con excepción de los honorarios, aportes y gastos devengados por la intervención del Defensor Ad Hoc de marras, los que serán a cargo de la actora. 4) Firme la presente, y cumplimentados los recaudos de ley, oficiese al Registro General de la Propiedad Inmueble a tales fines. 5) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese, déjese copia en autos, y hágase saber. Dr. MARIANO JESUS NAVARRO, (secretario); Dra. MARIA LAURA AGUAYA, (juez).

$ 525 533147 Dic. 23 Feb. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación a cargo de la Dra. Maria Laura Aguaya, Secretaria a cargo del Dr. Mariano Navarro, se póne en conocimiento por iniciada acción con sustento en lo dispuesto por los Art. 64 último párrafo y Art. 69 inc c) y a los fines de la supresión del apellido paterno "DALMAN", dejándose constancia que quien lo considere podrá formular oposición dentro del plazo, de 15 días hábiles desde la última publicación del presente, según lo establecido en el Art. 70 del Código Civil y Cometcial de la Nación en los autos caratulados: DALMAN LAURA s/SUMARIA INFORMACION; CUIJ 21-26033103-2. en consecuencia quedan debidamente notificados de lo precedente.

$ 52,50 533034 Dic. 23 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1era Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nom. del Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, en los caratulados “JUÁREZ, LILIANA MIRIAN EDIT s/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-26033553-4), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LILIANA MIRIAN EDIT JUÁREZ (DNI N° 12.197.973), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.-

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 6, en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación, de la ciudad de Cañada de Gómez; Secretaria Única a cargo de la Dra. Carolina Kauffeler ; se cita, y emplaza a todos los que se crean con derecho a los bienes dejados por el causante Don MARIN HECTOR ANTONIO para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "MARIN HECTOR ANTONIO S/ SUCESORIO"- Expte. CUIJ Nº 21-26033507-7.- Publíquese los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Cañada de Gomez de Diciembre de 2024. Fdo. Dra, Dra. Carolina Kauffeler, secretaria; Dra. Julieta Gentile, juez.-

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito Nº 6 de Cañada de Gómez, Dra. Julieta Gentile (Jueza), dentro de los autos caratulados: "GOVENATORE, HECTOR JOSE S/ SUCESORIO" CUIJ. Nº 21-26033439-2, ha dispuesto que se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don Héctor José GOVENATORE por un día y bajo apercibimientos de ley, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, de Diciembre de 2024.- Dra. Carolina L. Kauffeler (Secretaria)

$ 45 Dic. 23

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "DI LUPIDIO JOSEFA ALICIA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ: 21-26033386-8, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JOSEFA ALICIA DI LUPIDIO (DNI 2.312.123) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.- Cañada de Gómez, ..............

$ 45 Dic. 23

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "MARTINEZ ROSA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ N° 21-26033462-7, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ROSA MARTINEZ por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Cañada de Gómez, 20 de Diciembre de 2024.- 

$ 45 Dic. 23

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SAN LORENZO

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JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: ROTELA CONTRERAS G Y E s/MEDIDA DEFINITIVA - LEY 12.967 - 21-27880338-1, se notifica -de forma gratuita- al Sr. Oscar Julio Contreras, la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: N° 2068. San Lorenzo, 08/10/24. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar el acto administrativo tal lo sostiene la Disposición N° 38/2024 del 30 de mayo de 2024, respecto de G. G. y E. A. C. R. y designar como su tutora a la Sra. Raquel Vanesa Rotela, DNI N° 28.108.049, la que deberá aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia, por Secretaría. 2) Privar de la responsabilidad parental al Sr. Oscar Julio Contreras, DNI N° 36.369.404, al que se notificará por edictos. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. SAN LORENZO, 10 de Diciembre de 2024. Venidos los autos en la fecha, se provee: Cítese al Sr. Oscar Julio Contreras, sin domicilio conocido, a comparecer a estar a derecho -con el debido patrocinio letrado-, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación -cuyo control de legalidad se efectuó mediante resolución N° 2068 y/o la Privación de la Responsabilidad Parental -en los términos del art 700 inc d del CCCN-, debiendo en caso de considerarlo ofrecer prueba, dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación; todo ello conforme art 66 bis ley 13237 modif de la ley 12967. Fijar -en caso de oposición a la resolución de mención- fecha de audiencia a los fines de lo normado por el art 609 inc b del CCCN para el día 20/02/25 a las 11:30 hs. Notifiquese. Fecho, córrase vista a la Sra Asesora de Menores, a sus efectos.

S/C 533044 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Familia del Distrito N° 12 de San Lorenzo, Dr. Marcelo Escola Secretaria de la autorizante, en autos CASAFU DEBORA c/VILLALBA GONZALO s/ALIMENTOS PLAN DE PARENTALIDAD; CUIJ 21-23843757-9, se hace saber que a fin de notificar al Sr. GONZALO EDUARDO VILLALBA, DNI Nº 31.331.245, se ha dictado el decreto que a continuación se transcribe: SAN LORENZO, 22 de Noviembre de 2024; Agréguese la constancia acompañada. Téngase presente lo manifestado. Procédase a imprimir trámite a los presentes, conforme lo peticionado: Por iniciada la acción que expresa a la que se le imprimirá el tramite sumarísimo (art. 413 del CPCC). Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 10 días conteste la demanda y ofrezca la prueba que creyere pertinente, bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite. Notifíquese por cédula. De no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Notifíquese con copia de la demanda y en caso de pluralidad de demandados notifiquese de manera individual a cada persona. Fdo. Dr. Marcelo Escola, Juez; Dra. Monica Muchiutti, Secretaria.

$ 52,50 533012 DIC. 23 Dic. 27

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado publicar edictos. San Lorenzo, 18 de octubre de 2024. De lo peticionado por el Sr. Agente Fiscal: publíquense edictos en los estrados y en el boletín oficial una vez por mes, por el lapso de dos meses, pudiendo el interesado formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios a fin de que informen si el Adolescente posee medidas cautelares a su nombre o si posee algún bien a su nombre. Atento que la supresión del apellido del padre generaría que se rectifiquen partidas, títulos y asientos registrales, dese intervención a la Asesoría Letrada del Registro Civil. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, (Secretaria); Dr. Alejandro Marcos Andino, (juez): Autos: RIOS ALEJANDRO c/RIOS MARCELO TEÓFILIO s/OTRAS DILIGENCIAS - CIVIL CUIJ Nº 21-27881107-4.

$ 33 533026 Dic. 23

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POR DISPOSICION DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 1ª NOMINACION DE SAN LORENZO, SE HA ORDENADO NOTIFICAR EL SIGUIENTE AUTO AL SR. DAVID ANTONIO GIANONNE: TOMO 2024, PROTOCOLO 1480, SAN LORENZO, 13 de Agosto de 2024. Por presentada, domiciliada, en el carácter expresado, a mérito del poder acompañado que se agrega. Por iniciada la presente medida de Secuestro Prendario conforme art. 39 Ley 12962. Agréguese la documental acompañada en formato digital. Ordénase el secuestro del bien prendado y su entrega al acreedor, librándose el despacho respectivo a sus efectos. Téngase presente las autorizaciones conferidas. VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/GIANNONE, DAVID ANTONIO Y OTROS s/EJECUCIÓN PRENDARIA 21-25445511-0. Dra. LUZ MARIA GAMST, SECRETARIA; Dr. ALEJANDRO M. ANDINO, JUEZ. SAN LORENZO, DE 2024. Dra. Nadia M. Aronne, Prosecretaria.

$ 33 533313 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de San Lorenzo, dentro de los caratulados ROCCA ELIO CARLOS c/HACHEBE SA. Y OTROS s/DEMANDA LABORAL; (21-17056170-5), ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo 25 de Noviembre de 2024. Agréguense las cédulas acompañadas. Previo a todo trámite y atento a lo dispuesto por el art. 597 del CPCC, cítese y emplácese a los herederos del actor Elio Carlos Rocca DNI 12.748.458, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley. Diligenciamiento gratuito. San Lorenzo. Dra. Gabriela A. Forlini, Secretaria.

$ 33 533314 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, dentro de los caratulados CATTANEO PABLO HUGO Y OTROS c/CATTANEO JUAN CARLOS s/USUCAPION; (21-23400263-2), se ha ordenado lo siguiente: SAN LORENZO, 12 de Noviembre de 2024. Proveyendo escrito cargo N° 12864/2024: agréguese publicación de edictos acompañada. Informándose verbalmente por secretaría en este acto que los accionados citados y emplazados a comparecer a derecho, -en rigor: quienes revistieren el carácter de herederos del Sr. JUAN CARLOS CATTANEO DNI 6.179.729 titular registral del inmuble objeto de los presentes inscripto en el Registro General bajo el Tomo 133 P Folio 680 N° 13616 Departamento San Jerónimo y la cónyuge supérstite del accionado Sra. Rosa Gladys Farias, no han comparecido a estar a Derecho decláraselos rebeldes. Para sorteo de Curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio de los herederos rebeldes y de eventuales personas inciertas que se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de los presentes, fijase audiencia para el día 20/02/2025 a las 9:00 horas. Notifiquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. San Lorenzo. Dra. Jimena Muñoz, Secretaria Subrogante.

$ 52,50 533317 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Primera instancia Civil y Comercial de la 1era Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NAVARRO JOSE ALBERTO D.N.I. : 6.180.815 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: NAVARRO JOSE ALBERTOS/SUCESORIO CUIJ: 21-25445862-4 Juez: Dr. Alejandro Marcos Andino - Secretaria: Dra. Luz Maria Gamst. –

$ 45 Dic. 23

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Inst. de DISTRITO N° 14 Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Villa Constitución, JUEZ EN SUPLENCIA en los autos caratulados: PICCHIO ATILIO JUAN CARLOS s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; 21-25656386-7, hace saber lo siguiente: Villa Constitución, 27 de Noviembre de 2024. Atento lo informado por Mesa de Entradas, no habiendo comparecido la demandada a estar a derecho dentro del término de ley, pese a encontrarse debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifiquese. Villa Constitución, 9 de Diciembre de 2024. Secretarío, Dr. Darío Malgeri, Secretario.

$ 50 533104 Dic. 23 Feb. 10

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El Sr. Juez del Juzg. de 1ª Inst. de Circuito N° 14 de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos MONZA LEONARDO c/NIETO GONZALEZ FERNANDO s/JUICIO EJECUTIVO; Expte. CUIJ N° 21-23488081-8, ha resuelto: VILLA CONSTITUCION, 06 de Diciembre de 2024. Ante la insuficiencia de datos, el desconocimiento del domicilio actual del demandado y las constancias de autos, notifíquense los proveídos de autos por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C. Fdo. Dr. Diogenes Drovetta, (Juez); Dra. Analía N. Vicente, (Secretaria). Villa Constitución, 06/09/2024. Por presentado, con domicilio legal constituido, por su propio derecho y con patrocinio letrado. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (03) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguense las copias de los pagarés que se adjuntan digitalizadas. Hágase saber al actor que deberá acompañar sus originales en sobre para reservar en Secretaria al momento de solicitar la citación de remate, debiendo retirase firme que se encuentre la Sentencia. Trábese el embargo solicitado sobre los haberes y/o indemnizaciones que perciba el demandado, en proporción de ley nacional Y-0132 (antes ley 9511), hasta cubrir la suma de $ 134.040 en concepto de capital con más la suma de $ 79.214,90, estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficio a la empleadora haciéndole saber que los fondos retenidos deberán depositarse en una cuenta del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Villa Constitución, que abrirá el profesional -conforme Circular N° 33122 (de fecha 14/03/2022)- para estos autos y cuya CBU se le indicará en el referido oficio. Al pedido de sentencia, en su oportunidad, si correspondiere y previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula que firmará la Actuaría (Art. 25 inc 3) CPCC). Hágase saber al actor que deberá consignar en la notificación la clave de acceso al expediente a fin que el demandado pueda ingresar al sistema de autoconsulta de expedientes a través de la página web https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poderjudicial/inicio/sistema-de-autoconsultade-expedientes-del-poder-judicial-de-santa-fe/. (Clave: 8215). Fdo. Dr. Diogenes Drovetta, (Juez); Dra. Analia N. Vicente, (Secretaria).

ARTICULO 73. Si el domicilio fuese desconocido o la persona incierta, el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación.

$ 100 533387 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de. Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se ha ordenado notificar a CELESTE LARA REYNOSO y MIRNA ANABEL REYNOSO el auto interlocutorio dictado en los autos caratulados: OLIVERA ESTELA Y OTROS c/BRUSELARIO MARIA SOL ISABEL Y OTS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUJ 21-05015658-0. Tomo: 95 Folio: 427 Resolución: 1162. Villa Constitución, 23 de noviembre de 2024. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: RESUELVO: 1. Rechazar la revocatoria. 2. Conceder, en relación y con efecto suspensivo, el recurso de apelación subsidiariamente introducido. Previas formalidades de ley elévense, sirviendo la presente de atenta nota. Insértese y hágase saber. Villa Constitución, 2 de Octubre de 2024.

$ 33 533311 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se ha ordenado notificar a CELESTE LARA REYNOSO y MIRNA ANABEL REYNOSO la regulación de honorarios dictada en los autos caratulados: OLIVERA ESTELA Y OTROS c/BRUSELARIO MARIA SOL ISABEL Y OTS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUJ 21-05015658-0. Tomo: 93 Folio: 484 Resolución: 317. Villa Constitución, 26 de abril de 2021. Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Regular los honorarios profesionales del perito Ingeniero Mecánico José Luis Mucheinizar en la suma de pesos ochenta y ocho mil diecisiete con sesenta centavos ($ 88.017,60), equivalente a 15,25 unidades jus. Determinar que los intereses a aplicar a los mismos, se calcularán en el 8% anual desde la notificación de la regulación hasta el efectivo pago. Insértese agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. Agueda M. Orsaria, (Juez); Dr. Alejandro Danino, secretario. Villa Constitución, 2 de Octubre de 2024.

$ 33 533312 Dic. 23 Dic. 27


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Por disposición del Juez de Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se ha ordenado notificar a CELESTE LARA REYNOSO y MIRNA ANABEL REYNOSO lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario en los autos caratulados: OLIVERA ESTELA Y OTROS c/BRUSELARIO MARIA SOL ISABEL Y OTS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUJ 21-05015658-0. Rosario, 09 de mayo de 2022. Por recibidos. Advirtiéndose del análisis de las actuaciones que no se han notificado los Autos Nº 317/21 (fs. 647) y 1162/21 (fs. 661) a la codemandada rebelde El Repartidor S.R.L y que las actoras Mirna Anabel Reynoso y Celeste Lara Reynoso han alcazado la mayoría de edad, vuelvan los autos al Juzgado de origen a fin subsanario y practicar nuevas planilla en forma. Sirva el presente de atenta nota. Fdo: Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu (Prosecretaria). Villa Constitución, 2 de Octubre de 2024. Dr. Alejandro Danino, Secretario.

$ 33 533307 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se ha ordenado citar a CELESTE LARA REYNOSO y MIRNA ANABEL REYNOSO y emplazarlas a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: OLIVERA ESTELA Y OTROS c/BRUSELARIO MARIA SOL ISABEL Y OTS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUJ 21-05015658-0. Fdo. Dra. Agueda M. Orsaria (Juez), Dr. Alejandro Danino, secretario. Villa Constitución, 2 de Octubre de 2024. Dr. Alejandro Danino, Secretario.

$ 33 533309 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución Dra. AGUEDA M ORSARIA (Santa Fe), en autos CLAUSEN WALDEMAR LUIS Y OTRO c/SUCESORES DE GUILLERMO A CASTELLO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. N° 233/15; CUIJ N° 21-25576349-8, se hace saber que se ha declarado rebeldes a las herederos del Sr. WALDERMAR LUIS CLAUSEN quien fuera titular del D.N.I. N° 3.170.914 que no han comparecido en autos, continuándose el proceso sin su participación. Se transcribe en su parte pertinente la providencia que asilo ordena: CLAUSEN WALDEMAR LUIS y otros c/SUC. DE GUILLERMO A. CASTELO y otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-25576349-8 Juzg. 1ª Inst. Civil Comer. 1ª Nom. En la ciudad de Villa Constitución, en la fecha asignada por el sistema de gestión SISEE (Acuerdo CSJSF N° 14 del 13/05/2020, punto 2 - XV) Previo al dictado de lo providencia de autos: ... 5) Atendiendo a los edictos publicados en Boletines Oficiales de las provincia de Santa Fe y Córdoba así como a las cédulas cursadas, declárese REBELDES a los herederos de Waldemar Clausen que no han comparecido en autos. Continúe el proceso sin su participación. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. AGUEDA M. ORSARIA, (Jueza); Dr. ALEJANDRO DANINO, secretario. Villa Constitución, 02 de Diciembre de 2024.

$ 100 533093 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de las autos cratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ALBARRACIN JUAN Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487848-1, se cita al Sr. ALBARRACIN JUAN CARLOS, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 148189, calle BOLIVAR Nº 255 (BIS) DPTO. F PISO 1, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532831 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/LUCANIA KUZMUK DIEGO Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487216-5, se cita al Sr. LUCANIA KUZMUK DIEGO DAVID, DNI 31.243.889, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 60764, calle H. SIVORI Nº 667, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho dias y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532830 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ROMANELLO ROBERTO Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ Nº 21-23485774-3, se cita al Sr. ROMANELLO ROBERTO, DNI 6.119.947, y/o PEREYRA SOLANGE, DNI 43.840.749, y/o PEREYRA ROXANA, DNI 24.832.020, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 84921, calle N.A. DE SAN LUIS Nº 4893, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es Sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532829 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/SUAREZ PABLO Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487695-0, se cita al Sr. SUAREZ PABLO ANDRES, DNI 24.859.245, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 122986, calle M. QUINTANA Nº 1353, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532828 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ALZUETA JUAN Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487707-8, se cita al Sr. ALZUETA JUAN CARLOS, DNI 25.204.928, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 84186, calle J. LUZURIAGA Nº 1237, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias, Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532827 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/ARIZAGA FRANCISCO Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487850-3, se cita al Sr. ARIZAGA FRANCISCO, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 72363, calle GUEMES Nº 1112, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532826 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de las autos cáratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/CABRERA LUIS Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487490-7, se cita al Sr. CABRERA LUIS, DNI 5.994.952, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 82859, calle E. MITRE Nº 672, ciudad de Villa Constitución, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532825 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia. de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/TURCATO ENRIQUE Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487836-8, se cita al Sr. TURCATO ENRIQUE ATILIO, DNI 5.497.801, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 83782, calle N. A. DE SAN LUIS Nº 7484, ciudad de Villa Constituion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532824 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos ca±atulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/QUADRINI JOSE Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23486979-2, se cita al Sr. QUADRINI JOSE, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 17020, calle MENDOZA Nº 45, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtudde la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532822 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos- caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/GUILLEN JULIO Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487845-7, se cita al Sr. GUILLEN JULIO CESAR, DNI 22.202.645, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón númeto 90084, calle F. MENA Nº 4828, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532821 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/GUAL JUAN Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487844-9, se cita al Sr. GUAL JUAN MARCELO, DNI 27.415.683, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 34983, calle DR. C. S. BEGNIS Nº 999, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532820 Dic. 23 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nª 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCION c/BENITEZ MARISA Y OTROS s/APREMIOS; Expte. CUIJ N° 21-23487853-8, se cita a la Sra. BENITEZ MARISA ESTER, y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón número 130294, calle GUEMES Nº 2671, ciudad de Villa Constitucion, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 29 de Noviembre de 2024. Dra. Analia N. Vicente, Secretaria.

S/C 532819 Dic. 23 Dic. 27


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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, Secretaría de la Dra. Lucía Belén Ciarpella (subrogante), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MONTOTO FERNANDO RAUL para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos:

MONTOTO FERNANDO RAUL S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. - 21-26474067-0 Melincue, 20/12/2024. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Secretaria Subrogante)

$ 45 Dic. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, Dr. Alejandro Lanata, Secretaría de la Dra. Lucía Belén Ciarpella (subrogante), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de PARED LUCIO para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: "PARED LUCIO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT"Expte. CUIJ N.º 21-26473715-7. Melincue, 29/11/2024. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Secretaria Subrogante)

$ 45 Dic. 23