picture_as_pdf 2024-12-19

MINISTERIO DE ECONOMÍA


MINISTERIO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA


MINISTERIO DE EDUCACIÓN



RESOLUCION N.º 737



SANTA FE, 16 DIC. 2024


VISTO:


EI expediente Nº 00321-0000564-5 y su agregado N° 00108-0016487-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional N° 07/2024 para la “PROVISIÓN DE LICENCIAS DE FIREWALL PARA CONTROL DE SITIOS WEB Y PLATAFORMA CENTRALIZADA DE LOGGING Y ANÁLISIS PARA LA RED WIFI PUBLICO EN BARRIOS POPULARES DE LAS CIUDADES DE SANTA FE Y ROSARIO” con destino al Programa Santa Fe + Conectada, y;


CONSIDERANDO:


Que por Resolución Conjunta N° RESCONJ-2024-00000688-APPSF-PE#MEC, de fecha 17/10/2024, se aprobaron los documentos licitatorios para la Licitación Pública Nacional N° 07/2024 y se estableció como fecha de apertura de ofertas el día 07/11/2024, en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía;


Que se efectuaron publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia y en medios de prensa provincial, nacional y en la página web de la provincia de Santa Fe;


Que en la fecha prevista para ello se realizó el “Acto de Apertura de Ofertas”, recibiéndose dos ofertas conforme el siguiente detalle: Oferta N° 1: empresa DRUIDICS SOLUCIONES INFORMATICAS S.R.L. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 (US$ 113.265,00), y Oferta N° 2: empresa DATCO S.A. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SIETE CON 00/100 (US$ 156.407,00);


Que la Comisión Evaluadora de Ofertas, según consta en su Acta N° 1, se abocó a efectuar la revisión general de la documentación que conforman las ofertas presentadas, en un todo de acuerdo a lo establecido por en el CAPITULO 5 - CONTENIDO Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - Cláusula 5.1 del PByCP;


Que, luego de llevar a cabo la revisión de los requisitos formales y confirmar que los oferentes cumplen con las exigencias establecidas, el 07/11/2024 la Comisión Evaluadora de Ofertas redactó el Acta N° 1 en la cual se recomienda adjudicar la LPN N°07/2024 a la empresa DRUIDICS SOLUCIONES INFORMATICAS S.R.L. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 (US$ 113.265,00);


Que el presupuesto vigente contempla los créditos presupuestarios específicos para afrontar el presente gasto, utilizándose a los efectos de la imputación preventiva del gasto, el tipo de cambio vendedor (billete) del BNA vigente al cierre de las operaciones del día 22/11/2024;


Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y Subdirección General de Programación y Coordinación Administrativa de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) del Ministerio de Economía, han tomado debida intervención en el ámbito de sus competencias;


Que el Coordinador de Gestión de Proyectos de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) en su carácter de Coordinador Operativo de la UG– Decreto N° 0040/2024, considera pertinente la presente gestión y aconseja la prosecución del trámite;


Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, la Ley Nº 14.054 de Endeudamiento y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión y su modificatorio Decreto N° 0040/2024;


POR ELLO:


EL MINISTRO DE ECONOMÍA,

EL MINISTRO DE GOBIERNO E INNOVACIÓN PÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

EN SU CARÁCTER DE COORDINADORES GENERALES

DE LA UNIDAD DE GESTIÓN – DECRETO 0040/2024


RESUELVEN:


ARTÍCULO 1º: Apruébese lo actuado por la Unidad de Gestión - Decreto Nº 0246/2021 y su modificatorio Decreto N° 0040/2024, y por la Comisión Evaluadora de Ofertas creada por Resolución Conjunta N° RESCONJ-2024-00000688-APPSF-PE#MEC de fecha 17/10/2024, en relación a la Licitación Pública Nacional N° 07/2024 para la “Provisión de Licencias de Firewall para Control de Sitios Web y Plataforma Centralizada de Logging y Análisis para la Red Wifi Público en Barrios Populares de las Ciudades de Santa Fe y Rosario” en el marco del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, que forma parte de las presentes actuaciones.

ARTICULO 2º: Adjudíquese la Licitación Pública Nacional N° 07/2024 para la “Provisión de Licencias de Firewall para Control de Sitios Web y Plataforma Centralizada de Logging y Análisis para la Red Wifi Público en Barrios Populares de las Ciudades de Santa Fe y Rosario”, en el marco del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, a la firma DRUIDICS SOLUCIONES INFORMATICAS S.R.L. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 (US$ 113.265,00).

ARTICULO 3º: Suscríbase el correspondiente contrato con la empresa DRUIDICS SOLUCIONES INFORMATICAS S.R.L. previa constitución de la garantía de fiel cumplimiento prevista por el Art. 7.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

ARTICULO 4º: Restitúyanse las Garantías de Oferta a las empresas oferentes.

ARTICULO 5º: Impútese el presente gasto al Presupuesto vigente en el Carácter 1 – Administración Central, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 08 – Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Subprograma 20.8 – Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, Proyecto Específico 1 – Expansión de la Red Provincial de Datos, Obra 53 – Conectividad a Barrios Populares, Inciso 4 – Bienes de Uso, Partida Principal 8 – Activos Intangibles, Fuente de Financiamiento 111 – Tesoro Provincial por la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 23.253.304,50) y Fuente de Financiamiento 846 - "Santa Fe +Conectada"- CAF - Ley 14054 por la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES TRECE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO ($ 93.013.218,00), cifras previstas a invertir en el presente ejercicio.

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 44970 Dic. 19 Dic. 23

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SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0577


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17/12/2024


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras en el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores y Excepciones; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con las Resoluciones SCYGB N.º 686/22 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores y Excepciones, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente a las siguientes firmas: AGENCIA DC DE PUBLICIDAD SA CUIT N.º 30-71544074-8; DIFUSORA AMERICANA SRL CUIT N.º 30-64485678-6; SYK SRL CUIT N.º 30-70940198-6; TROPPER ERIC CUIT N.º 20-27663963-4 y VEGLIO SILVIA SUSANA CUIT N.º 23-14780853-4.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 44965 Dic. 19 Dic. 20

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RESOLUCIÓN Nº 0576


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17/12/2024

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: FERIOLI ECO SRL CUIT N.º 30-71604150-2 y STEVENS GARCIA MARIO RODRIGO CUIT N.º 23-26545702-9.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe,por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: C&C MEDICAL’S SA CUIT N.º 30-70717470-2; D’ANGELO FERNANDO JOEL CUIT N.º 20-37336038-5; DOLAN JUAN MARTIN CUIT N.º 20-26694600-8; GAETANO BRUNO OMAR CUIT N.º 20-30489153-0 y OCP TECH SA CUIT N.º 30-70714639-3.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 44966 Dic. 19 Dic. 20

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN


NOTIFICACION


Por encontrarse así dispuesto en los autos “Dirección Gral Rec Humanos Coord Auditor s/informe auditoría: Ausencias Olmedo Adriana (Art. 1º Inc 1 Ap C) y 44º Dec 4597/83”, se hace saber a la Señora Olmedo Adriana Guadalupe, D.N.I Nº 21.818.636, que esta instrucción cumple en dirigirse a Ud. para su conocimiento y notificación, que en el expediente Nº00401-0345956-9 caratulado: “Dirección Gral Rec Humanos Coord Auditor s/informe auditoria: Ausencias Olmedo Adriana (Art. 1º Inc 1 Ap C) y 44º Dec 4597/83)”, del registro de este Ministerio, me ha sido encomendado el seguimiento de la Instrucción del Sumario Administrativo ordenado por Disposición Nº 152/24, emanada de la Delegación Regional de Educación - Región IV. La presente se cursa de conformidad con el art. 3 del Decreto N° 7249/50 “Reglamento de Sumarios” a los fines de la recusación prevista en el art. 35 del citado reglamento que reza: “El Instructor no podrá ser recusado sino con justa causa acreditada. El sumariado tendrá derecho a solicitar que aquel sea excluido dentro del término de tres (3) días de tomar conocimiento de su intervención, debiendo fundar, por nota, su pedido ante el Director de Asuntos Jurídicos del Magisterio, que resolverá después de oír al interesado, desestimándolo sin más trámite, o haciendo lugar a la misma, designando al reemplazante”. Del mismo modo se pone en su conocimiento que de conformidad a lo establecido por el art. 21 de la Ley N° 10.290 (Régimen de disciplina para el personal docente), “el docente tendrá derecho a ser asistido por un profesional del Derecho a partir de la primera notificación”. En consecuencia de lo que antecede queda Ud. debidamente notificada. Firmado: Dra. María Pía Mollerach. Inspectora Sumariante. Dirección General de Asuntos Jurídicos. Ministerio de Educación”.-

S/C 44978 Dic. 19 Dic. 20

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DELEGACIÓN REGIONAL I DE EDUCACIÓN


EDICTO


Por orden de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, se notifica a la Señora Daiana Luján Insaurralde D.N.I. Nro.37.209.991, titular de 2 (dos) horas de carpintería, ID SARH 763452, de la Escuela Nro. 1389 “José Eulogio Morales” de Villa Minetti - Departamento 9 de Julio - Región I -, que no constando en esa Dirección Escolar la causa legal por la que inasiste al cargo mencionado de ese establecimiento, toda vez que inasiste en forma injustificada desde el 09/02/2024 razón por la cual se lo INTIMA para que en el término de 72 horas se reintegre al cargo y/o justifique sus inasistencias por otra causal. Vencido dicho lapso, sin haberse satisfecho lo requerido, no podrá reintegrarse al cargo, iniciándose los trámites de cesantía por abandono de servicios, según lo establece el artículo 14 de la ley 10290..

S/C 44969 Dic. 19 Dic. 20