DECRETO N.º 2819
SANTA FE, 16 DIC. 2024
VISTO:
El Expediente N° 00301-0074417-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes iniciado por la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE), relacionado con la aprobación de la Modificación N°1 al Contrato de Préstamo No. CAR1035 01 K firmada entre la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N° 14247, para el financiamiento del Proyecto de Biodiversidad para la Acción Climática de la provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que el Proyecto de "Biodiversidad para la Acción Climática de la provincia de Santa Fe", iniciado en el año 2022, se enmarca en la Ley de Acción Climática N° 14019 y su Decreto Reglamentario N° 0246/23, sentando las bases para avanzar hacia el Plan Provincial de "Respuesta al Cambio Climático" incluyendo estrategias y medidas de adaptación y mitigación con el objetivo de proteger a la población de los efectos del cambio climático y coadyuvar al desarrollo sustentable, en concordancia con el artículo N° 41 de la Constitución Nacional y los acuerdos internacionales suscritos por nuestro país, las demás normativas nacionales, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS);
Que en fecha 4 de enero de 2024, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, sanciona la Ley N° 14247 que autoriza al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) hasta la suma de Sesenta y Cinco Millones de Euros (EUR 65.000.000), o su equivalente en otra moneda, con más los intereses y accesorios correspondientes, para el financiamiento del Proyecto Biodiversidad para la Acción Climática;
Que en fecha 20 de febrero de 2024, se firma el Contrato de Préstamo N° CAR 1035 01 K entre la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y la Provincia de Santa Fe, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 12 de marzo de 2024, bajo el N° 14.281, al folio 151, Tomo XXX, con el fin de concretar el Proyecto Biodiversidad para la Acción Climática;
Que por mail de fecha 25 de setiembre de 2024, el Encargado de Proyectos de la Agencia Francesa de Desarrollo propone adaptar la cláusula 3.4.1 del contrato de préstamo en lo relativo a la tasa de cambio de pesos argentinos a euros a aplicar a la solicitud de refinanciamiento, en el objetivo de emplear la tasa de cambio del día de pago de las facturas del contrato y no del día de la solicitud del desembolso;
Que por nota fechada el 17 de octubre de 2024 del Director Ejecutivo Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) en su carácter de miembro de la Coordinación Ejecutiva de la Unidad de Gestión para la ejecución del Proyecto “Biodiversidad para la acción climática" Decreto N° 0780/24, dirigida a la Directora en Argentina de la AGENCE FRANÇAISE DE DÉVELOPPEMENT – Agencia de Buenos Aires, le solicita que se gestione un cambio en la CLÁUSULA 3.4.1 del contrato de la referencia, de modo que la tasa de cambio ARS/EUR a aplicar a la solicitud de refinanciamiento, sea la tasa de cambio del día de pago de las facturas del contrato y no del día de la solicitud de desembolso;
Que motivaba dicho pedido el hecho de que durante el período comprendido, establecido por el contrato para el reembolso de gastos Elegibles, el proceso inflacionario sufrido en Argentina determina que, de ajustarse los montos de los certificados de la manera prevista, el monto obtenido sería significativamente menor al que representaría el valor invertido en la obra a moneda corriente;
Que en fecha 23 de octubre de 2024, mediante nota 2024/AML/Buenos Aires/Nro. 58, se procedió a la firma de la Modificación N° 1 del Contrato de Préstamo No. CAR1035 01 K entre la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, en la cláusula 3.4.1 Refinanciación de gastos pagados por el Prestatario, del referido contrato, en relación a que se convertirá el monto de los Gastos Elegibles en un monto equivalente en Euros aplicando el tipo de cambio del Euro a la fecha de pago de la factura correspondiente;
Que han tomado intervención en la presente gestión los organismos técnicos y legales de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo, de la Secretaría de Política Económica y de la Secretaría Legal y Técnica del Ministerio de Economía;
Que ha tomado debida intervención la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe, en los aspectos de su incumbencia;
Que el presente se encuadra en los alcances del Artículo 5 y del Artículo 72 inciso 12 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe y en las disposiciones de la Ley Provincial N° 14247 que da autorización al financiamiento;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Apruébase la Modificación N°1 al Contrato de Préstamo No. CAR1035 01 K firmada entre la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo (ACEFE) del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N° 14247 , para el financiamiento el Proyecto Biodiversidad para la Acción Climática de la provincia de Santa Fe, cuya copia en idioma inglés y su respectiva traducción al español se adjunta como Anexo Único y forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º: Refréndese por el Ministro de Economía, por el Ministro de Desarrollo Productivo y por el Ministro de Ambiente y Cambio Climático.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PULLARO
Puccini Gustavo José
Olivares Pablo Andrés
Estevez Enrique Eloy
		
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