REGISTRADA BAJO EL N.º 14357
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1 - Institúyese con carácter de Fiesta Provincial a la "Fiesta Provincial de la Moto y el Auto Clásico y Antiguo", que anualmente se realiza en el mes de mayo en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, con la organización de la Municipalidad de Santa Fe y la Escudería Santafesina de Automóviles Antiguos.
ARTÍCULO 2 - Declárase a la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, como sede permanente de la "Fiesta Provincial de la Moto y el Auto Clásico y Antiguo".
ARTÍCULO 3 - Facúltase al Poder Ejecutivo a asignar una partida presupuestaria a efectos de cubrir las erogaciones que el evento demande.
ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
MARÍA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N.º 2660
SANTA FE, 09 DIC. 2024
VISTO:
La aprobación de la ley que antecede N.º 14357 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PULLARO
Bastía Fabián Lionel
44868