picture_as_pdf 2024-12-12

REGISTRADA BAJO EL N.º 14339


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Declárase Patrimonio Histórico y Cultural de la provincia de Santa Fe, al edificio que constituye la sede de la sociedad ítalo Argentina, situado en calle Francisco Angeloni N° 2276 de la ciudad de San Justo, departamento San Justo, y que se corresponde con los siguientes datos catrastrales y dominiales: 1) Inmueble identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario N° 06-11-00-028564/0000, inscripto en el Registro General al Tomo 57, Folio 0091, Número 015186 del departamento San Justo, superficie del terreno: 185 m2, superficie de edificio: 119 m2, manzana 0261, parcela 0017, Plano N 012806; y 2) Inmueble identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario N° 06-11-00-028565/0000, Inscripto en el Registro General al Tomo 57, Folio 0091, Número 015186 del departamento San Justo, superficie del terreno: 1390, 18 m2, superficie de edificio: 119 m2, manzana 0261, parcela 0014, Plano S/P.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a que, a través de los organismos pertinentes, arbitre los medios necesarios a los fines de preservar la estructura edilicia del inmueble de referencia.

ARTÍCULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

CLARA GARCIA

PRESIDENTA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

MARÍA PAULA SALARI

SECRETARIA PARLAMENTARIA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

AGUSTÍN C. LEMOS

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N.º 2612


SANTA FE, 09 DIC. 2024


VISTO:

La aprobación de la ley que antecede N.º 14339 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA


Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PULLARO

Bastía Fabián Lionel

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