REGISTRADA BAJO EL N.º 14325
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Establécese que a partir del día 2 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 deberá agregarse en toda la membretería oficial de la provincia de Santa Fe, de sus tres Poderes, de sus sociedades, de sus entes autárquicos, de sus Ministerios y de todo organismo y/o repartición dependiente del Estado provincial, la leyenda "ANO 2025 - 210 años del Congreso de los Pueblos Libres".
ARTÍCULO 2.- Dicha leyenda también deberá incluirse en todas las cartas, esquelas, notas, páginas web de todas las dependencias de la Provincia y en los correos electrónicos de las entidades a que hace referencia el artículo 1. Obligatoriamente, las del Sr. Gobernador de la Provincia, la Sra. Vice-gobernadora de la Provincia y los funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo, deberán incluir la leyenda a la que hace referencia esta ley.
También deberá figurar la leyenda en todos los correos electrónicos y escritos que envíen los Sres. Diputados y Senadores provinciales y en las páginas web de ambas Cámaras de la Legislatura provincial, así como también en los documentos y página web de la Suprema Corte de Justicia y de la Procuración de la Provincia.
ARTÍCULO 3.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a los postulados de esta ley.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCÍA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS Y
DIPUTADOS
GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
MARÍA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS Y
DIPUTADOS
AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO Nº 2596
SANTA FE, 05 DIC 2024
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 14325 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PULLARO
Bastía Fabián Lionel
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