picture_as_pdf 2024-11-28

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN Nº 0064


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 22 NOV 2024


VISTO:

el Expediente Nº 00201-0268899-9 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Gobernador Crespo suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL (SiJ.A.I.), y;


CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 0019/16 aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial, entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial por Resolución Nº 0027/16 implementa el uso del Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones (Si.J.A.I.) como instrumento para la unificación de la información provincial de antecedentes de tránsito, la administración y juzgamiento de infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual se en su artículo 5º dispone un Sistema de “JUZGAMIENTO REGIONAL” por la cual cada una de las localidades habilitadas en el marco del Si.J.A.I., podrán a través de sus Juzgados de Faltas intervenir en el juzgamiento de todas las actas de infracción al tránsito y la seguridad vial que se labren en toda la extensión de la Región a la cual pertenecen, con excepción de los casos de prórroga previstos en la Ley Provincial y de otros supuestos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que tiendan a facilitar el ejercicio del derecho de defensa por parte de los presuntos infractores;

Que en este marco, el citado Organismo provincial en uso de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando las tareas de prevención y fiscalización y/o juzgamiento y/o ejecución de sanciones firmes de multas por infracciones de tránsito y seguridad vial en el marco de la implementación del nuevo Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones, en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos, suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial;

Que la Comuna de Gobernador Crespo celebró el respectivo Convenio en fecha 04 de Junio de 2024, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 14.666 Folio N.º 142, Tomo XXXI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que asimismo, por Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se estableció que a los fines de la efectiva implementación de las tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes;

Que se ha verificado el cumplimiento por parte de la Comuna de Gobernador Crespo de los requerimientos establecidos por la normativa aplicable;

Que habiendo tomado intervención las áreas pertinentes de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y en el marco de las facultades conferidas por la Ley provincial Nº 13.133.

POR ELLO:


EL SECRETARIO DE LA AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:


ARTICULO 1º: Habilitar a la COMUNA DE GOBERNADOR CRESPO para realizar las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y la citada COMUNA el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 14.666, Folio Nº 142, Tomo XXXI y en el marco de lo previsto en el artículo 5º de la Resolución Nº 0027/16 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 2º: El período de habilitación para la ejecución de las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución, conforme lo establecido en las clausulas del convenio citado ut-supra, todo ello en la forma y las condiciones dispuestas en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTICULO 3º: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorías, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Por el incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento previstas en la Ley Provincial N.º 13.169, Ley Provincial N.º 13.133, modificatorias y las que en el futuro se pudieran dictar.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto oportunamente con la Comuna y/o Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 44678 Nov. 28 Dic. 02

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN


DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS


NOTIFICACIÓN


Por encontrarse así dispuesto en los autos “Dirección Gral Rec Humanos Coord Auditor s/informe auditoría: Ausencias Olmedo Adriana (Art. 1º Inc 1 Ap C) y 44º Dec 4597/83”, se hace saber a la Señora Olmedo Adriana Guadalupe, D.N.I Nº 21.818.636, que esta instrucción cumple en dirigirse a Ud. para su conocimiento y notificación, que en el expediente Nº00401-0345956-9 caratulado: “Dirección Gral Rec Humanos Coord Auditor s/informe auditoria: Ausencias Olmedo Adriana (Art. 1º Inc 1 Ap C) y 44º Dec 4597/83)”, del registro de este Ministerio, me ha sido encomendado el seguimiento de la Instrucción del Sumario Administrativo ordenado por Disposición Nº 152/24, emanada de la Delegación Regional de Educación - Región IV. La presente se cursa de conformidad con el art. 3 del Decreto N° 7249/50 “Reglamento de Sumarios” a los fines de la recusación prevista en el art. 35 del citado reglamento que reza: “El Instructor no podrá ser recusado sino con justa causa acreditada. El sumariado tendrá derecho a solicitar que aquel sea excluido dentro del término de tres (3) días de tomar conocimiento de su intervención, debiendo fundar, por nota, su pedido ante el Director de Asuntos Jurídicos del Magisterio, que resolverá después de oír al interesado, desestimándolo sin más trámite, o haciendo lugar a la misma, designando al reemplazante”. Del mismo modo se pone en su conocimiento que de conformidad a lo establecido por el art. 21 de la Ley N° 10.290 (Régimen de disciplina para el personal docente), “el docente tendrá derecho a ser asistido por un profesional del Derecho a partir de la primera notificación”. En consecuencia de lo que antecede queda Ud. debidamente notificada. Firmado: Dra. María Pía Mollerach. Inspectora Sumariante. Dirección General de Asuntos Jurídicos. Ministerio de Educación”.-

S/C 44697 Nov. 28 Nov. 29

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HOSPITAL PROVINCIAL DE NIÑOS ZONA NORTE

DR. ROBERTO M. CARRA


CONVOCA


EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL HOSPITAL PROVINCIAL DE NIÑOS ZONA NORTE “DR. ROBERTO M. CARRA” en cumplimiento de la Ley 10.608, Decreto Nº1427/91, Resolución Nº 725/00 del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe y Disposición N°001/2024 de la Secretaría de Participación Social en Salud, convoca a las entidades intermedias con personería jurídica que cumplan con los requisitos estipulados en la normativa citada, a participar en el proceso eleccionario del Representante de las Organizaciones Institucionalizadas de la Comunidad para integrar el Consejo de Administración del nosocomio. El acto eleccionario se efectuará el día 22/02/25. A tal fin, las instituciones interesadas en participar del mismo y/o proponer postulante al cargo, deberán acompañar la documentación correspondiente desde el día 23/12/2024 durante cinco (5) días hábiles administrativos. Retirar instructivo días hábiles en Av. De los Trabajadores Nº1331 de 8 a 12 hs. Oficina de Despacho.

S/C 44695 Nov. 28 Dic. 02

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S/C 44640 Nov. 28