picture_as_pdf 2024-07-08

DIRECCIÓN GENEAL DE AUDITORIA MEDICA


ESTABLECIMIENTO DE CALLE SIMÓN DE IRINDO N.º 426

Recreo – Santa Fe


Hágase saber a la Sra. Cecilia familiar y/o responsable de la paciente Norma Ilda Botta DNI 3.964.746, Vanesa Buratti familiar y/o responable del paciente Alberto Buratti, Monica Rivera familiar y/o responsable del paciente Carlos Rivera DNI 6.228.821, José familiar y/o responsable de la paciente Alicia Luciani DNI 13.190.413, Rosa familiar y/o responsable de la paciente Esther Caletti DNI 3.959.701, Oscar familiar y/o responsable del paciente José Miguel Grisetti DNI 12.348.728, Marcelo Brandolini familiar y/o responsable del paciente Luis Brandolini DNI 5.261.352, Gabriela familiar y/o responsable de la paciente Mirta Puttero DNI 3.793.098, Laura Duarte familiar y/o responsable de la paciente Nilda Alvarez DNI 3.597.405, Erika familiar y/o responsable de la paciente Vida Zimpazer DNI 94.107.534, Nanci familiar y/o responsable de la paciente Fullana Nélida DNI 1.530.760, Cristina Lescano familiar y/o responsable del paciente Tomas Lisso DNI 10.065.487, Alicia familiar y/o responsable de la paciente Rita Tallarico DNI 1.910.308, Mirta familiar y/o responsable del paciente José Ruiz Díaz DNI 8.322.538, Mónica familiar y/o responsable de la paciente de la paciente María Angelica Siri DNI 4.571.385 y a la Sra. Mariel familiar y/o responsable de la paciente Josefina Gannuso DNI 3.597.465, a los fines de poner en conocimiento, sobre la clausura del Establecimiento de calle Simón de Iriondo N.º 426 de la ciudad de Recreo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; por Orden N.º 66 del 31/05/2.023 dispuesta por al Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud.

S/C 43244 Jul. 08 Jul. 10

__________________________________________


GERIÁTRICO CASA REAL III


Calle Colón N.º 2137


Rosario – Santa Fe


Hágase saber al Sr. Sergio Suarez y/o responsable de la paciente Lidia Lieberman, Carmen Fussi familiar y/o responable de la paciente Ersilia Mercuri, Bibiana Biscigliani familiar y/o responsable de la paciente Lidia Bezoj, Cristian Montenegro familiar y/o responsable de la paciente Beti Nora Savioli, Luciano Marinelli familiar y/o responsable de la paciente Clotilde Marinelli, María Ester Olivia familiar y/o responsable de la paciente Remedios Romero, Sebastián familiar y/o responsable de la paciente Ester Prioto, Gustavo Isabella familiar y/o responsable del paciente Miguel Isabella; a los fines de poner en conocimiento, sobre la clausura del “Geriátrico Casa Real III”, establecimiento de calle Colón N.º 2137 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; por Orden N.º 23 del 26/01/2.020 dispuesta por al Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud.

Santa Fe, 07 de Junio de 2024

S/C 43245 Jul. 08 Jul. 10

__________________________________________


ESTABLECIMIENTO DE CALLE FRAY

LUIS BELTRÁN N.º 265


Roldán – Santa Fe


Hágase saber a la Sra.Verónica Gil familiar y/o responsable del paciente Ricardo Gil, María Ramallo familiar y/o responable de la paciente Carmen Paira, Andrea Faguada familiar y/o responsable de la paciente Nelly Silva, Jorgelina familiar y/o responsable del paciente Alejandro Rodríguez, Silvina Ferla familiar y/o responsable de la paciente Jovammette; a los fines de poner en conocimiento, sobre la clausura del Establecimiento de calle Fray Luis Beltrán N.º 265 de la localidad de Roldán, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe; por Orden N.º 55 del 11/05/23, dispuesta por al Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud.

Santa Fe, 04 de Julio de 2.024

S/C 43248 Jul. 08 Jul. 10

__________________________________________


SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0254


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 04/07/2024


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la renovación de antecedentes de varias firmas proveedoras; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BOCCANELLI MARISA CUIT N.º 27-17849031-7; CABRAL CARLOS MARTIN CUIT N.º 20-28524557-6; CEBALLOS JUAN MANUEL CUIT N.º 20-30232416-7; CRIAR S.R.L. CUIT N.º 30-65923106-5; GRANJAS CARNAVE S.A. CUIT N.º 30-70710102-0; GRIENSU S.A. CUIT N.º 30-52649846-8; HARDWARD S.A. CUIT N.º 30-69831216-1; IMG TEXTIL SRL CUIT N.º 30-71715132-8 y MALATINI JAVIER CUIT N.º 20-24851511-3.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: SEGRUP ARGENTINA SRL CUIT N.º 33-70633739-9.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 43251 Jul. 08 Jul. 10

__________________________________________


SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0256


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 05/07/2024


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: DASCANI MANUEL CUIT N.º 20-42483361-5.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ABRAHAM MATIAS ENZO CUIT N.º 20-27292894-1; CONSTRUCCIONES TRES S.R.L. CUIT N.º 30-70985875-7; DEMARCHI ELECTRONICA S.R.L. CUIT N.º 30-71199308-4; DROGUERIA COMARSA S.A. CUIT N.º 30-70708588-2; JUAN CARLOS LENTA E HIJOS S.R.L. CUIT N.º 30-66919393-5; MORALES CRISTIAN DIEGO CUIT N.º 20-21041183-7; SAJEL S.A. CUIT N.º 30-70841784-6 y TRUCCO GABRIEL ANDRES CUIT N.º 23-33038809-9.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 43253 Jul. 08 Jul. 10

__________________________________________


MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO


RESOLUCION N° 206


SANTA FE, “Cuna de la constitución Nacional”, 28 JUNIO DE 2024


VISTO:

El expediente N° 02101-0034038-6 y su agregado N° 02101-0024628-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes: y


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 149/2024 se habilitó la caza comercial de la liebre europea Lepus euro paeus en los departamentos General López, Caseros y Constitución de la Provincia de Santa Fe;Que según la Secretaría de Biodiversidad surge necesaria la extensión del periodo de caza hasta el 05/08 del corriente, tal como hubiera sido resuelto en el año 2021 por Resolución N° 179/21;Que asimismo, se requiere la rectificación del Artículo 7º relativo al arancel de fiscalización y certificación de la liebre atento a una inconsistencia en relación a la redacción de dicho artículo con respecto a la base imponible para el cobro del mismo -unidad o kilogramo-, proponiendo el mismo criterio de las resoluciones Nº 124/21, 177/22 y 246/23;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático insta la correspondiente rectificación, en los términos del Artículo 21º Decreto Nº 916/08;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectificase el Artículo 1° de la Resolución N° 149/2024, del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

Habilitar la Caza Comercial de la liebre europea, Lepus euro paeus en los departamentos General López, Caseros y Constitución de la provincia de Santa Fe, en el período comprendido entre el 03 de Junio de 2024 al 05 de Agosto de 2024 reservándose el Ministerio de Ambiente Y: Cambio Climático la facultad de suspender la temporada o modificar los Departamentos como el cupo máximo de extracción donde se permitirá la caza de está especie, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente, si las circunstancias y/o condiciones así lo aconsejan.

ARTICULO 2º.- Rectificase el Artículo 7º de la Resolución N° 149/2024 del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

Fijar el arancel de fiscalización y certificación de la liebre, por unidad extraída en la temporada 2024 en pesos setenta y ocho ($ 78), cuando los ejemplares de esta especie sean extraídos dentro del territorio santafesino y procesados en establecimientos industriales ubicados en el mismo.

Los ejemplares extraídos en nuestra jurisdicción que sean procesados fuera del territorio provincial tendrán un valor de $ 194 (pesos ciento noventa y cuatro) por unidad faenada”.

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.


Enrique Eloy Estevez

Ministro de Ambiente

y Cambio Climático

S/C 43242 Jul. 8 Jul. 11