picture_as_pdf 2019-04-25

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

AMERICO ALBERTO CONTRERA


La Sra. Juez del Juzgado de Circuito de la 15 Nominación Arroyo Seco Pcia. de Santa Fe, dispuso y la Secretaría comunica que en los autos MUNICIPALIDAD De ARROYO SECO c/OTRO s/Apremio. Expte. 705/2011, CUIJ: 21-22758990-3, que el Martillero Americo Alberto Contrera (Mat.1382-C-142), CUIT 20-10064745-2, subastará el día 08 de Mayo de 2019 o el día inmediato posterior si aquel resultare feriado a las 11 hs. en las puertas del Juzgado y por ante la Actuaría, el inmueble embargado en autos: 1 Lote de Terreno, con lo clavado, plantado y edificado, Lote 12, Manzana E, Plano Nº 67428/1975, superficie 360 m2, sito en Arroyo Seco, Pcia de Sta. Fe, arranque a los 36 mts de calle publica hacia el norte, lindando al N con lote 11, al S con lote 13, al E con calle pública, al O con lote 19, tomo 401 B folio 465, Nº 110011. Embargo: Orden este Juzgado y estos autos, monto: $ 1.835,25, Oficio Nº 254 de fecha 27/03/2018; otro embargo: orden este Juzgado, Expte. 234/2006, Oficio Nº 349 de fecha 19/04/2018, monto $ 3.662,96. El inmueble saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal ($ 416,20). Dicho valor es neto y libre de todo gravamen o deuda que pese sobre el inmueble a subastar (impuestos, tasas, servicios de luz, gas, teléfono, etcétera). Caso de existir tales deudas, los respectivos eventuales acreedores deberán ocurrir al juicio para hacer valer sus derechos sobre el producido de la subasta, si correspondiere. Si transcurridos quince (15) minutos desde la iniciación del acto no hubiere postores, saldrá a la venta con una retasa del 25 % menos sobre el avalúo y si, transcurridos otros quince (15) minutos persistiere la falta de postores, saldrá seguidamente Sin Base, adjudicándose al ultimo y mejor postor. El adjudicatario deberá abonar en el acto mismo de la subasta, en efectivo o con cheque certificado, el diez por ciento (10%) del precio de venta y la comisión del tres por ciento (3%) al martillero actuante. Hasta tanto la subasta no se perfeccione con el pago de dichos porcentajes efectuado por el comprador al martillero actuante, éste no deberá permitir que los dos últimos ofertantes anteriores al comprador se retiren del acto a efectos de adjudicar la operación si este último no satisface las condiciones de compra. El saldo del precio deberá ser abonado posteriormente dentro de los veinte (20) días hábiles contados desde la notificación al comprador de la aprobación judicial de las operaciones de subasta, bajo apercibimiento de caer automáticamente la venta y de ser responsable el adquirente de los daños que ello produzca. Caso de lo que corresponda abonar (10%, 3% o saldo del precio referidos) alcanzare un precio superior a treinta mil pesos ($30.000), éste deberá ser abonado vía transferencia bancaria en cuenta a abrirse al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Arroyo Seco, para estos autos y a la orden de este Juzgado (conf. Comunicaciones A 5147 y A 5212 del BCRA y disposición de la CSJSF). En caso de que la compra se efectúe en comisión, deberá el adjudicatario denunciar en el acto los datos identificatorios del comitente, debiendo éste aceptar formalmente la compra en autos en el término de diez (10) días, bajo apercibimiento de tenerse al adjudicatario como adquirente. Hágase saber que el comprador deberá hacerse cargo de los tributos y demás cargas inherentes al inmueble a partir de la fecha de la subasta, así como de los costes relativos al proceso de perfeccionamiento de la adquisición del dominio.-Hágase saber también que los títulos de propiedad o constancias de autos, en su caso, se encuentran a disposición de los interesados para ser examinados y que los lidiadores deberán conformarse con ellos. Después del remate, no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de los mismos. La subasta del bien se hará en las condiciones de ocupación que constan en autos. Habilítase la visita del inmueble en los tres días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 10 a 12 hs. Anúnciese el remate mediante edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL, con las previsiones de los art. 67 y 494, CPC, por el término y bajo los apercibimientos de ley, dejando copia de los mismos en el transparente del Juzgado y reservando los autos en Secretaría. Autorízase la realización de la publicidad adicional propuesta, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. Fdo. Dra.: Mariana Alvarado, Juez. Dra.: Mariana Cattani, secretaria. Expte. 705/2011. Arroyo Seco. 17 de Abril de 2019.

S/C 388244 Abr. 25 Abr. 29


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