picture_as_pdf 2019-07-15

ARGENTINA CLEARING

Y REGISTRO S.A.


ESTATUTO


Cumplimentando las disposiciones legales vigentes, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 11 de diciembre de 2018 se decidió aprobar la Escisión del Patrimonio de Argentina Clearing S.A., sin reducción del capital social, para la constitución de una nueva sociedad de nominada Argentina Clearing y Registro S.A.: ESTATUTO SOCIAL ARGENTINA CLEARING Y REGISTRO S.A. Denominación - Domicilio - Plazo - Objeto: Artículo 1: Bajo la denominación "ARGENTINA CLEARING y REGISTRO S.A." (referida en adelante como la "Sociedad"), se constituye una sociedad anónima, que se regirá por el presente Estatuto y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Su domicilio se establece en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina, pudiendo establecer dentro o fuera de la República sucursales, agencias o representaciones. Artículo 2: Su duración es de noventa y nueve años, contados desde la fecha de inscripción del presente Estatuto en el Registro Público de Comercio. Artículo 3: La Sociedad tiene por objeto: Actuar como Cámara Compensadora en los términos de la Ley 26.831, y sus modificatorias y complementarias, con el fin de registrar, liquidar, compensar y/o garantizar operaciones sobre valores negociables, productos de inversión colectiva o cualquier otro producto o instrumento, cualquiera fuera su forma de negociación y plazo de liquidación desarrollando las funciones de contraparte central cuando se trate de operaciones garantizadas (en adelante denominadas las "Operaciones"), y llevar a cabo actividades afines y complementarias a ese fin, siempre que sean compatibles con el objeto principal para la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, podrá actuar como mandataria de personas autorizadas a intermediar en la oferta pública de valores negociables, o a celebrar transacciones sobre valores negociables, bienes o productos susceptibles de negociación secundaria en mercados autorizados a fin de liquidar las Operaciones que celebren entre sí, y como agente de registro y pago de fondos líquidos y de valores negociables, y desarrollar actividades afines y complementarias a ese fin. Actuar como administrador y prestar el servicio de registración de activos o cualquier producto o instrumento en un sistema electrónico mediante anotaciones en cuenta, pudiendo en consecuencia desempeñar las actividades inherentes según las leyes y normas argentinas que lo regulan. A tal fin la Sociedad desarrollará por sí o asociada a terceros, entre otras, las siguientes actividades: a) Administrar y custodiar los fondos, los valores negociables u otros bienes de terceros, transferidos a esta en propiedad fiduciaria para garantizar las Operaciones que registre, celebradas en los Mercados o entidades similares creadas o a crearse, que se adhieran a la Sociedad b) Administrar y liquidar diariamente, hasta el cierre o el vencimiento de los Contratos registrados, los Márgenes de Garantía y las Reposiciones diarias que surjan de los mismos conforme sus términos y condiciones, y las demás normas aplicables. c) Dictar y reformar los Reglamentos, Código de Conducta y demás normas que regirán las actividades de sus agentes y demás participantes, regulando, entre otros aspectos, las condiciones financieras, operativas y otras que deberán cumplir quienes soliciten autorización para actuar como agentes o participantes, así como las medidas aplicables en caso de incumplimientos a la normativa vigente, conforme las atribuciones conferidas por la Comisión Nacional de Valores. d) Desarrollar estudios, proyectos, dictámenes, asesoramiento, investigaciones, estadísticas, informes, programas de promoción y análisis de todo tipo de mercados del ámbito nacional e internacional, pudiendo utilizar servicios informáticos, de procesamiento de datos y de comunicaciones interactivas de cualquier tipo. e) Realizar todo tipo de operaciones financieras legalmente admitidas tendientes a facilitar la concertación de Operaciones sobre valores negociables a efectos de la financiación de las actividades, operaciones y negocios que realice. f) Establecer cualquier forma asociativa con terceros, constituir Uniones Transitorias de Empresas, Joint Ventures y cualquier otro tipo de emprendimientos legalmente aceptados. g) Prestar servicios de consultoría sobre sistemas de clearing y administración de riesgo. h) Prestar servicios informáticos sobre sistemas de clearing y administración de riesgo. i) Constituir el fondo de garantía obligatorio en los términos del artículo 45° de la Ley 26.831 y modificatorias y complementarias, que podrá organizarse bajo la figura fiduciaria o cualquier otra modalidad que apruebe la Comisión Nacional de Valores, destinado a hacer frente a los compromisos no cumplidos por los agentes y demás participantes, originados en operaciones garantizadas; asimismo, podrá constituir fondos de garantía con fondos aportados por los agentes y demás participantes y/u otros fondos de garantía que se establezcan en su Reglamento; celebrar contratos de fideicomiso, pudiendo actuar en calidad de fiduciante, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario. j) Actuar bajo las categorías de agente registrado en los términos de la Ley 26.831 y normas modificatorias y complementarias, siempre que sean compatibles para la Comisión Nacional de Valores, y celebrar toda clase de acuerdos con otros Agentes registrados y/o sujetos o entidades del mercado de capitales, nacionales o extranjeros, y en general celebrar, en cumplimiento de su objeto, todos los contratos reales o personales y actos jurídicos que se requieran a juicio del Directorio para el desarrollo del mercado de capitales. k) Liquidar los fondos y/o valores negociables custodiados, o los fondos de garantía en caso de incumplimiento de los agentes y demás participantes, de acuerdo con el Reglamento Interno, Normas Internas, y disposiciones legales vigentes l) Emitir valores negociables, obligaciones negociables, contraer empréstitos, librar, aceptar y endosar documentos y celebrar todo género de operaciones con entidades bancarias y financieras. m) Actuar como intermediario en la liquidación de operaciones sobre valores negociables y/o cualquier otro producto y/o instrumento, que implique la entrega de mercadería. n) Determinar la forma en que se registrarán los valores negociables. ñ) Otorgar Membresías a los agentes y demás participantes, sin requerir en ningún caso la acreditación de la calidad de accionista para actuar ante la Sociedad. o) Establecer los derechos y aranceles por los servicios, los que podrán ser diferenciados según la clase de instrumentos, el carácter de pequeñas y medianas empresas de las emisoras o la calidad de pequeño inversor. p) Realizar convenios con otras Cámaras Compensadoras; Mercados; Bolsas; Agentes de Depósito Colectivo y demás Agentes registrados, y en general, con entidades de similar objeto, nacional y/o extranjera.

q) Gestionar las inversiones de los activos de los fondos de garantías con base en las decisiones de los agentes y demás participantes sin obligación de garantizar rendimiento y con derecho a recupero de gastos. r) El Directorio, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 12 del presente, tendrá, además, las siguientes facultades: transigir o someter a la decisión del Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Rosario u otros Tribunales de Arbitraje institucionales, en forma permanente todas las acciones derivadas de la Ley General de Sociedades y sus modificatorias, incluso las demandas de impugnación de resoluciones de los órganos sociales y las acciones de responsabilidad contra sus integrantes o contra otros accionistas, así como las acciones de nulidad de cláusulas de los estatutos o reglamentos. En todos los casos, los accionistas e inversores para optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Las reglamentaciones que se dicten, aplicables a la creación y funcionamiento de los tribunales arbitrales, deberán ser sometidas a la previa aprobación de la Comisión Nacional de Valores; administrar los fondos sociales, dar préstamos con garantía prendaria, hipotecaria o fianza o sin dichas garantías, en la forma y oportunidades que resuelva el Directorio, y realizar todo tipo de operaciones financieras legalmente admitidas, excepto las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. s) La enumeración que antecede es simplemente enunciativa y no limitativa de las facultades del Directorio, el que podrá realizar todos los demás actos y contratos que estime necesarios para la dirección, administración y cumplimiento de los fines de la Sociedad. Queda facultado el Directorio para delegar cuestiones ejecutivas de las operaciones sociales en uno o más directores delegados o en uno o más comités ejecutivos, que serán elegidos entre los miembros del Directorio, a los que deberá asignar funciones específicas, precisando el límite de sus facultades. También podrá designar otros comités integrados por directores y gerentes, con funciones consultivas y podrá delegar funciones ejecutivas en el Gerente General, conforme a lo previsto en el artículo 270 de la Ley General de Sociedades. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, o por este Estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la Sociedad entre las sociedades regladas por el inciso 4 del artículo 299 de la Ley General de Sociedades. En todo momento la Sociedad adecuará su funcionamiento a la normativa vigente en la materia de su objeto. Capital: Artículo 4: El capital de la Sociedad es de pesos ciento dos millones quinientos mil ($102.500.000) representado por cuarenta y un mil (41.000) acciones ordinarias, escriturales, de valor nominal pesos dos mil quinientos ($ 2.500). El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley General de Sociedades. Acciones: Artículo 5: Las acciones son ordinarias, escriturales, con derecho a un voto cada acción. Artículo 6: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la Ley General de Sociedades. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. Artículo 7: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el artículo 193 de la Ley General de Sociedades. Administración y Representación: Artículo 8: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio, compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de tres (3) y un máximo de nueve (9) en número impar, debiendo designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores duran tres ejercicios en sus funciones. Los directores deben permanecer en su cargo hasta que asuman sus reemplazantes y podrán ser reelegidos indefinidamente. La asamblea fijará la remuneración del Directorio. Artículo 9: Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente, un Vice-presidente y un Secretario. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vice Presidente en su caso. El Vice-presidente reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Director Secretario tendrá como atribuciones el analizar con el Presidente o quién lo reemplace, los instrumentos públicos o privados que haya de suscribir la sociedad, sin perjuicio de la representación que ejerce el Presidente del directorio y de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley General de Sociedades, y tiene a su cargo el libro de Actas del Directorio y de las Asambleas, que firmará conjuntamente con el Presidente. Artículo 10: El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto. Las reuniones del Directorio podrán celebrarse por modalidad de videoconferencia, siempre que: a) se desarrolle la reunión en la sede social, b) se cuente con un hardware y software que garantice técnicamente la interacción entre los participantes presenciales, y los que asistan vinculados, utilizando medios de transmisión simultánea de sonidos, imágenes y palabras c) el Director “a distancia” notifique con antelación a la reunión que asistirá “vinculado”. En este caso el quórum se computará sobre los Directores presentes y vinculados y la mayoría para la toma de decisiones se computará sobre la totalidad de los Directores, presentes y vinculados. Las reuniones de Directorio se transcribirán en un Libro de Actas que se llevará al efecto el cual será suscrito por los participantes presenciales y vinculados con las formalidades y plazos que las leyes dispongan, dejándose constancia en actas el nombre de los directores que participan de la reunión “a distancia” y el medio por el cual se conectaron. Los directores vinculados, podrán designar por escrito o con documento usando firma electrónica, previamente a la reunión del Directorio, un Director como apoderado para suscribir el acta en su nombre. El Síndico dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas. Artículo 11: Cada director, como aval de su gestión deberá constituir una garantía mínima de $20.000 (pesos veinte mil), o la suma que establezca la normativa vigente, de acuerdo a lo dispuesto por la Sindicatura; la garantía podrá consistir en sumas de dinero en moneda nacional o extranjera o valores negociables, depositadas en entidades financieras o depositarias a la orden de la Sociedad; fianzas o avales bancarios; seguro de caución o seguro de responsabilidad civil en favor de la Sociedad. El costo deberá ser soportado por el Director. Artículo 12: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y artículo 9 del decreto ley 5965/63. Puede en consecuencia, entre otros actos: a) Celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; entre ellos operar con toda clase de bancos, compañías o entidades financieras o crediticias, oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultades de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. b) Dictar los Reglamentos de acuerdo con este Estatuto, las disposiciones legales y regulaciones vigentes, como así las modificaciones que estime pertinentes y que someterá previamente a su entrada en vigencia a la Comisión Nacional de Valores para su autorización. En casos de extrema urgencia, el Directorio podrá disponer las medidas que considere necesarias para el mejor desenvolvimiento de la Sociedad, debiendo comunicarlas dentro de las 24 horas a la Comisión Nacional de Valores para que se expida sobre las mismas. c) Emitir resoluciones en ejercicio de las facultades que le confieren este Estatuto y las regulaciones aplicables. d) Determinar los valores negociables que serán objeto de registro y pago, a través de la Sociedad así como la forma en la cual se prestará dicho servicio, y resolver sobre cualquier modificación en sus términos y condiciones. e) Determinar las Operaciones sobre valores negociables objeto de registro y/o compensación y liquidación a través de la Sociedad, así como la forma se prestará dicho servicio, y resolver sobre cualquier modificación en sus términos y condiciones. f) Establecer los requisitos que deben los agentes y demás participantes, y controlar su cumplimiento. g) Transferir y/o cerrar posiciones abiertas registradas en las respectivas Cuentas de los agentes y demás participantes. h) Proponer a la CNV la creación de categorías de agentes y/o participantes por productos, segmento o división o por características de los agentes o participantes. Los agentes y demás participantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento y demás normas internas, así como abonar el canon y los mantenimientos que establezca el Directorio. i) Dictar las normas que establezcan en qué casos y bajo qué condiciones garantizará por sí o por terceros el cumplimiento de las Operaciones que se realicen y registren, y si no se garantizan, expedir el certificado - título ejecutivo - a favor del agente o participante perjudicado por el incumplimiento de la contraparte, que lo solicite de acuerdo al artículo 41 de la Ley 26.831 y sus modificatorias y complementarias. Cuando la Sociedad garantice tales operaciones, su forma de liquidación quedará sujeta a las disposiciones que en general o en particular establezca el Directorio, no pudiendo otorgar ningún otro tipo de garantías o avales que puedan afectar su patrimonio por este tipo de operaciones. j) La Sociedad estará facultada para liquidar toda clase de Operaciones que tuviese pendiente un agente y/o participante en caso de que aquel se encontrara en concurso preventivo o haya sido declarado en quiebra. Si de la liquidación resultara un saldo en favor del concursado o fallido, la Sociedad lo depositara en el juicio respectivo. k) Establecer los sistemas de compensación y liquidación electrónicos, los cuales deberán garantizar la plena vigencia de los principios de protección al inversor, equidad, eficiencia, transparencia, no fragmentación, reducción del riesgo sistémico e interconexión con los sistemas de negociación, liquidación y compensación de otros Mercados y/o Cámaras Compensadoras, nacionales y/o del exterior. Dichos sistemas deberán contar con la previa autorización de la Comisión Nacional de Valores o del organismo competente. Fiscalización: Artículo 13: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de un Síndico Titular y un Síndico Suplente, sujeto a los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades que establecen los artículos 285 y 286 de la Ley General de Sociedades. El Síndico suplente reemplazará al titular en caso que ello sea necesario según lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley General de Sociedades. La elección del Síndico Titular y Suplente se realizará por asamblea ordinaria de accionistas y su mandato durará tres ejercicios, pudiendo ser reelegido indefinidamente. El Síndico tendrá las obligaciones especificadas en las disposiciones de la Ley General de Sociedades y estará sujeto a las mismas. Asambleas: Artículo 14: Toda Asamblea deberá ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por la primera parte del artículo 237 de la Ley General de Sociedades, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La Asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera. Artículo 15: Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley General de Sociedades, según la clase de Asamblea, convocatoria y materias que se traten. La Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. Ejercicio social - Liquidación de la Sociedad: Artículo 16: El ejercicio económico de la Sociedad cierra el día 30 de junio de cada año. A esa fecha se confeccionan los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Los beneficios líquidos y realizados se distribuirán, con arreglo a las normas aplicables, de la siguiente manera: a) 5% como mínimo al Fondo de Reserva Legal, hasta alcanzar el 20% del capital suscripto. b) los montos que como mínimo determine la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores, a la constitución del Fondo de Garantía establecido por el artículo 45 de la Ley 26.831 y modificatorias y complementarias; Las sumas acumuladas en este Fondo que excedan el capital suscripto de la Sociedad, podrán ser capitalizadas por resolución de la Asamblea. c) la suma que la Asamblea fije para la remuneración del Directorio y Síndico. d) El saldo, en todo o en parte, a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reservas facultativas o de previsión o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del plazo establecido por las normas aplicables y prescriben a favor de la Sociedad a los tres años contados desde la fecha que fueron puestos a disposición de los accionistas. Artículo 17: La liquidación de la Sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea, bajo la vigilancia del Síndico si existiere. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones. Cláusula Adicional. Suscripción e Integración del capital social: El capital social quedará fijado e integrado con el patrimonio escindido de Argentina Clearing S.A. en la suma de $ 102.500.000, y ACyR emitirá 41.000 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $2.500 cada una y un voto por acción, las que serán suscriptas a favor de los accionistas de Argentina Clearing S.A. en idéntica cantidad y proporción a sus respectivas tenencias accionarias en dicha sociedad a la Fecha Efectiva de Escisión.

$ 397 395752 Jul. 15

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LAS NENAS S.A.


AUMENTO DE CAPITAL


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente al aumento de capital de LAS NENAS S.A., según acta de Asamblea Ordinaria de fecha 22 de abril de 2019, por unanimidad los accionistas resuelven aprobar aumentar el capital social de Las Nenas S.A. de pesos novecientos treinta y siete mil quinientos ($ 937.500,00) a pesos un millón ochocientos mil con 00/100 ($ 1.800.000,00), emitiéndose 862.500 acciones nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción a nombre del Sr. Miguel Ángel Verino, DNI Nº 11.467.817.

4 45 395948 Jul. 16

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AGROPECUARIA G Y G S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados AGROPECUARIA G Y G S.A. s/Designación de Autoridades, de trámite por ante el RP de Santa Fe, se hace saber:

El Directorio designado por Acta de Asamblea General Ordinaria N° 15 del 18 de Octubre de 2018, para integrar el Directorio por un período de tres (3) ejercicios, a los señores Brouet Abel Osmar, DNI: 6.248.369, argentino, domiciliado en calle 13 de Diciembre 4470 de la ciudad de Santo Tome; y Bandini Gerardo Lucas, DNI: 25.205.711, argentina, domiciliada en Zona Rural de la ciudad de Calchaquí, quedando el Directorio integrado de la siguiente forma:

Presidente y Director titular: Brouet Abel Osmar. Director Suplente: Bandini Gerardo Lucas.

Santa Fe, 31 de mayo de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

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AGRO SERVICIOS

MESOPOTAMICOS S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario (art. 10 L.S.C) se ordena publicar lo siguiente: 1) Socios: Oromes Marcelo Gerardo, argentino, casado en primeras nupcias con Marisa Sandra Rodas, comerciante, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de la ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, nacido el 03 de Noviembre de 1960, titular de D.N.I. 13.937.330, CUIT 20-13937330-9 y Oromes Lautaro, argentino, soltero, comerciante, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de la ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, nacido el 02 de diciembre de 1987, titular de D.N.I. 33.422.839, CUIT 20-33422839-9; 2) Fecha del Instrumento: 03 días del mes de Julio de 2019; 3) Denominación Social: AGRO SERVICIOS MESOPOTAMICOS SRL 4) Domicilio: Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe. Sede Social en calle Montevideo 1598 piso 3 dpto a de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; 5) a) Renuncia al cargo de gerente: Primero: El señor Lautaro Oromes manifiesta que renuncia al cargo de gerente, a todos sus derechos y aun a los beneficios sobre ejercicios anteriores. Segundo: Oromes Marcelo Gerardo y Oromes Lautaro, en carácter de únicos integrantes de la sociedad, aceptan la renuncia presentada por el señor Gerente Lautaro Oromes aprobando las gestiones realizadas hasta la fecha.b) Designación de gerentes: Se designa como Gerente de la sociedad a Oromes Marcelo quien se desempeñará de acuerdo a lo establecido en el Artículo Quinto del Contrato Social. Quien acepta el cargo de conformidad en el presente acto.

$ 48 395893 Jul. 15

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AGROPECUARIA

REGIONAL S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario (art. 10 L.SC) se ordena publicar lo siguiente: 1) En la ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, a los 13 días del mes de Junio, de 2019 se reúnen los señores: Oromes Marcelo Gerardo, de nacionalidad argentino, D.N.I. 13.937.330, CUIL 20-13937330-9, nacido el día 03 de Noviembre de 1960, de estado civil casado, en primeras nupcias con Rodas Marisa Sandra, de profesión comerciante, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de San Pedro (Prov. De Buenos Aires), el señor Oromes Lautaro de nacionalidad argentina, D.N.I. 33.422.839, CUIL 20-33422839-9, nacido el 02 de Diciembre de 1987, de estado civil soltero, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de San Pedro (Prov. De Buenos Aires), de profesión comerciante; Gonzales Wilson David, de nacionalidad argentina, D.N.I. 46.804.275, CUIL 20-46804275-5, nacido el 18 de Septiembre de 1999, de estado civil soltero, domiciliado en calle David Chavez E/ 11 y 12 234 - Villa Aberastain de la ciudad de Pocito (Prov. De San Juan), de profesión comerciante; y Gonzales Jose Manuel, de nacionalidad argentina, D.N.I. 46.804.274, CUIL 20-46804274-7 nacida el 16 de Mayo de 1997, de estado civil soltero, domiciliado en calle David Chavez E/ 11 y 12 234 - Villa Aberastain de la ciudad de Pocito (Prov. De San Juan), de profesión comerciante todos mayores de edad, y hábiles para contratar. 2) Fecha del Instrumento de Constitución: 13 días del mes de Junio de 2019; 3) Denominación Social: AGROPECUARIA REGIONAL S.R.L. 4) Domicilio: Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe. Sede Social en calle Juan José Paso 5222 de la ciudad Rosario, Pcia. de Santa Fe; 5) Cesión de cuotas: Oromes Marcelo Gerardo: Cede, vende y transfiere sus cuotas sociales que a la fecha son doscientos ochenta que a su valor de pesos mil ($1.000) cada una, totalizan un capital de doscientos ochenta mil ($ 280.000) a Gonzales Wilson David. La venta, cesión y transferencia se realiza en la suma total de pesos doscientos ochenta mil ($ 280.000) en dinero en efectivo. El cedente recibe en este acto de plena conformidad el 25% sirviendo el presente de suficiente Recibo y carta de pago. El 75% restante se hará en 24 cuotas consecutivas y mensuales de igual valor. Oromes Lautaro: Cede, vende y transfiere sus cuotas sociales que a la fecha son ciento veinte que a su valor de pesos mil ($ 1.000) cada una, totalizan un capital de ciento veinte mil ($ 120.000) a Gonzales Jose Manuel. La venta, cesión y transferencia se realiza en la suma total de pesos ciento veinte mil ($ 120.000) en dinero en efectivo que el cedente recibe en este acto de plena conformidad el 25 %, sirviendo el presente de suficiente Recibo y carta de pago. El 75% restante se hará en 24 cuotas consecutivas y mensuales de igual valor de este modo el capital social que es actualmente de cuatrocientas (400) cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una, es decir, pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) queda así conformado: Gonzales Wilson David, doscientas ochenta (280) cuotas de capital social de mil pesos ($ 1.000) cada una, es decir, doscientos ochenta mil pesos ($ 280.000); y Gonzales Jose Manuel ciento veinte (120) cuotas de capital social de mil pesos ($ 1.000) cada una, es decir ciento veinte mil pesos ($ 120.000). Los socios de común acuerdo, pactan que la presente cesión se realiza en un todo conforme lo establecido, la cláusula séptima “Cesión de cuotas” del contrato social de la sociedad, y estando todos los socios presentes los mismos manifiestan prestar consentimiento a la cesión y eximiendo a la cedente de cursar las comunicaciones a que se refiere la cláusula séptima del contrato social. La señora Rodas Marisa casada en primeras nupcias con Marcelo Gerardo Oromes presta la conformidad a la cesión de cuotas efectuadas, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 482 del Código Civil y Comercial de la Nación. Por consiguiente la cláusula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente forma: Articulo cuarto: Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). Este capital está representado por cuatrocientas (400) cuotas de pesos un mil ($ 1000) cada una, que los socios suscriben totalmente de la siguiente manera: Gonzales Wilson David, doscientas ochenta (280) cuotas de pesos un mil ($ 1000) cada una, o sea un capital de Pesos doscientos ochenta mil ($ 280.000); y Gonzales Jose Manuel, ciento veinte (120) cuotas de Pesos un mil ($ 1000) cada una, o sea un capital de Pesos ciento veinte mil ($ 120.000). 6) Designar como socio gerente a Gonzales Jose Manuel. Los socios de común acuerdo, aceptan por unanimidad aprobar la designación de socio Gerente a Gonzales Jose Manuel, teniendo en consideración que conforme lo determinan las disposiciones legales con debida anticipación se repartió la documentación a considerar, de acuerdo con las prescripciones contenidas en las leyes vigentes. En este mismo acto se acepta el cargo.

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ARGENTINA CLEARING S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Cumplimentando las disposiciones legales vigentes, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 11 de diciembre de 2018 se decidió aprobar la Escisión del Patrimonio de Argentina Clearing S.A., sin reducción del capital social, para la constitución de una nueva sociedad de nominada Argentina Clearing y Registro S.A. En consecuencia, Argentina Clearing S.A. ha modificado su estatuto social. Entre los principales cambios podemos destacar que ha cambiado su denominación social a AC Inversora S.A., se ha modificado su objeto social, se eliminaron las clases de acciones, y se modificó la composición y la duración del directorio que tendrá un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) directores y durarán tres (3) ejercicios en sus funciones.

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ARRAGA AGRO S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1º Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: ARRAGA AGRO SRL s/Constitución, Expte. Nro. 202/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 19 de JUNIO de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Solanille Matias Ezequiel, argentino, nacido el 23 de Febrero de 1988 con D.N.I. N°: 33.488.031, CUIT 20-33488031-2, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Rivadavia 1210 de la localidad de San Gregorio, provincia de Santa Fe; Solanille Diego Emanuel, argentino, nacido el 17 de Julio de 1997, con D.N.I. N°: 40.365.798, CUIT 20-40365798-1, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Rivadavia y Ameghino 1210 de la localidad de San Gregorio, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 10 de abril de 2019.

3) Denominación Social: ARRAGA AGRO S.R.L.

4) Domicilio Social: España 266 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Servicios de labranza, siembra, cosecha, trasplante y cuidados culturales. 2) Cultivo de cereales, excepto los de uso forrajero.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10), que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Solanille Matias Ezequiel suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Solanille Diego Emanuel suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. En este acto se designa gerente al señor Solanille Matias Ezequiel, argentino, nacido el 23 de Febrero de 1988 con D.N.I. N°: 33.488.031, CUIT 20-33488031-2, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Rivadavia 1210 de la localidad de San Gregorio, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesion de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 03 de julio de 2019.

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A4 INDUMENTARIA S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


1- Fecha del Contrato Social: 1 de diciembre de 2018.

2- La administración y representación legal estará a cargo de la socia, Maria Florencia Arabian, argentina, nacida el 20 de marzo de 1987 , D.N.I: 32.968.780, CUIL: 27-32968780-0, divorciada, con domicilio en calle Amenabar número 1078 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante que es designada como gerente en fecha 3 de noviembre de 2018 por Acta N° 1.

3- La Fiscalización estará a cargo de las socias , Maria Florencia Arabian, argentina, nacida el 20 de marzo de 1987, D.N.I: 32.968.780, CUIL: 27-32968780-0, divorciada, con domicilio en calle Amenabar número 1078 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante; y Patricia Stefania Arabian, argentina, nacida el 26 de marzo de 1994, D.N.I: 37.573.447, CUIT: 27-37573447-3, soltera, con domicilio en calle Amenabar número 1078 de la ciudad de Rosario, comerciante.

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BIOENERGIAS AGROPECUARIAS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público, Reconquista, Dr. José María Zarza, ha ordenado la publicación siguiente en los autos: BIOENERGIAS AGROPECUARIAS S.A. s/Designación de Autoridades ( Expte. N° 156/2019), según lo siguiente:

Presidente: César Augusto Tomasín, D.N.I. N° 7.878.104, C.U.I.T. N° 20-07878104-2, nacido el 15 de Agosto de 1945, de 73 años de edad, productor agropecuario, argentino, casado, domiciliado en Zona Rural de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado de la provincia de Santa Fe; Vicepresidente: German José Bosch, D.N.I. N° 33.105.739, C.U.I.T. N°20-33105739-9, nacido el 8 de mayo de 1987, de 32 años de edad, Asesor Empresarial argentino, soltero, domiciliado en Avda. San Martín 1744 de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado de la Provincia de Santa Fe; Secretario: David Alberto Marega, D.N.I. N° 16.722.342, C.U.I.L. N° 20-16722342-8, nacido el 8 de marzo de 1964, de 55 años de edad, empleado, argentino; casado, domiciliado en Dr. Jorge Garro 1345 de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado de la Provincia de Santa Fe; Director Suplente: Olga Elizabeth Sanchez, D.N.I. N° 20.088.048, C.U.I.T. N° 27-20088048-5, nacida el 20 de febrero de 1968, de 51 años de edad, médico, argentina, divorciada, domiciliada en Rivadavia 1169 de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado de la Provincia de Santa Fe - Director Suplente: Juan Carlos Masin, D.N.I. N° 16.143.996, C.U.I.T. N° 20-16143996-8, nacido el 5 de julio de 1963, de 55 años de edad, Productor Agropecuario, argentino, casado, domiciliado en Urquiza n° 1729- de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Sindicatura: quedará integrada de la siguiente forma: Síndico Titular. Dr. Sebastián Pucciariello, D.N.I. N° 26.375.608, C.U.I.T. N° 20-26375608-9, nacido el 8 de diciembre de 1977, de 41 años de edad, abogado, argentino, soltero, domiciliado en Morrison 8938 de la ciudad de Rosario, departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe - Síndico Suplente: CPN Sergio Oscar Masín, D.N.I. N° 20.808.294, C.U.I.T. N° 23-20808294-9, nacido el 8 de octubre de 1969, de 49 años de edad, Contador Público, argentino, casado, domiciliado en Mariano Moreno 1509 de la ciudad de Villa Ocampo, departamento General Obligado de la Provincia de Santa Fe.

Secretaria: Mirian Graciela David. Reconquista, 04 de julio de 2019.

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BREA RECTIFICACIONES S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1º Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: BREA RECTIFICACIONES SRL s/Constitución, Expte. Nro. 197/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 19 de junio de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Corzo Luis Omar, argentino, nacido el 09 de Septiembre de 1957 con D.N.I. N°: 12.907.722, CUIL 20-12907722-1, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Uruguay 181 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; Velazquez Pedro Daniel, argentino, nacido el 22 de Marzo de 1958, con D.N.I. N°: 11.917.334, CUIL 20-11917334-6, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Avellaneda 1431 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 05 de abril de 2019.

3) Denominación Social: BREA RECTIFICACIONES S.R.L.

4) Domicilio Social: 12 de octubre 475 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Rectificaciones de motores en general y venta de repuestos.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10), que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Corzo Luis Omar suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Velazquez Pedro Daniel suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. En este acto se designa gerente al señor Velazquez Pedro Daniel, argentino, nacido el 22 de Marzo de 1958, con D.N.I. N°: 11.917.334, CUIL 20-11917334-6, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Avellaneda 1431 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesión de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 03 de julio de 2019.

$ 462 395650 Jul. 15

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BERKLEY INTERNATIONAL SEGUROS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Según lo resuelto en la Asamblea General Ordinaria del 20/05/19, se incorpora un nuevo miembro al órgano de administración de la Sociedad como Director Idependiente en razón de la entrada en vigencia de la Resolución N° 1.119/2018 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. La asamblea resolvió la incorporación de un nuevo integrante que se suma al Directorio que fuera elegido en la Asamblea Ordinaria de Accionistas realizada el 25/09/2018, (Inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario el 09/01/2019 en el T° 100, F° 179 y N° 34 de Estatutos). El número de integrantes se eleva a 6.

El nuevo director es el Carlos Federico Cristini,, DNI 12.788.292, CUIT 20-12788292-5, quien permanecerá en su cargo hasta la próxima Asamblea de Accionistas que trate la designación de autoridades.

$ 45 395856 Jul. 15

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BAMAR S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que por instrumento de fecha 11 de Junio de 2018 de BAMAR S.A. se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando integrado el mismo de la siguiente manera: Presidente: Adrian Anibal Aimola, DNI Nº 25.161.295; Vicepresidente: Cristian Javier Bruni, DNI Nº 24.322.521; Director Suplente: Pablo Ariel Bruni, DNI Nº 25.524.233. Todos los mencionados aceptan el cargo para los que fueron designados, fijando así mismo de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, último párrafo de la ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores: calle Juan Manuel de Rosas Nº 1018 Piso 6, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 395884 Jul. 15

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CABLETEL S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Mediante Asamblea N° 18 llevada a cabo en el local social de la firma el día 05/03/18, en base al punto quinto del Orden del Día, se procedió a designar nuevo Directorio por un período de dos ejercicios, según el siguiente detalle:

Presidente: Sr. Norberto Omar Bertero, casado con Gloria Monforte Adan, con domicilio en Belgrano 1109 de la localidad de Arequito, con DNI 13.479.807, CUIT 20-13479807-7, argentino, comerciante, nacido el 26/06/1959.

Vicepresidente: Sra. María Beatriz Alessandría, viuda, con domicilio en Av. Colón 934 de la localidad de San José de la Esquina, con DNI 10.989.014, CUIT 27-10989014-1, argentina, comerciante, nacida el 26/08/1953.

Director suplente: Sra. Flavia Margarita Grau, viuda, con domicilio en lo de Mayo 725 de la localidad de Arequito, con DNI 20.478.583, CUIT 27-20478583-5, argentina, comerciante, nacida el 01/08/1969.

A los efectos de lo determinado por la Ley de Sociedades Comerciales, los Directores fijan sus domicilios en los detallados más arriba.

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C & A CORREDORA DE

CEREALES S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que en los autos C & A CORREDORA DE CEREALES S.A.S. s/Constitución de sociedad (Expte. N° 1084/2019), que se tramitan ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber:

1) Socios: Marcelo Ariel Conde, DNI 23.691.562, CUIT 20-23691562-0, nacido el 10 de enero de 1974, casado, contador público nacional, con domicilio en calle Ameghino n° 239, Gálvez, Santa Fe.

2) Fecha del instrumento de constitución: Estatuto del 25 de marzo de 2019.

3) Denominación: C & A CORREDORA DE CEREALES S.A.S.

4) Domicilio: 9 de julio n° 1650 de Gálvez, dpto. San Gerónimo, provincia de Santa. Fe.

5) Objeto Social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades:

1- Corretaje de granos: Desarrollar la actividad de corretaje de granos, cereales y oleaginosas y sus subproductos y toda forma de intermediación entre la compra y la venta de cereales, oleaginosas e insumos agropecuarios, su importación, exportación y la de topo tipo de frutos y productos del país.

2- intermediación: Desarrollar actividades en la órbita del Mercado de Capitales regulados por la ley n° 26.831. Desempañando funciones en alguna de las categorías comprendidas en la ley, sus modificaciones y las que en el futuro puedan suscitarlas en tanto no sean incompatible conforme a la normativa vigente sus modificatorias y complementarias.

3- Industriales: La fabricación, producción, tercenzación, compra y venta de: harinas, aceites y otro derivados de las semillas oleaginosas, selección, clasificación, acondicionamiento y procesamiento de distintas semillas, el procesamiento y elaboración de subproductos de cereales, oleaginosas, forrajeras y de cualquier otro producto de origen o uso primario, y la fabricación, diseño y producción de los distintos envases y packaging necesarios para los distintos productos.

4- Producción primaria: la producción y cultivo de toda clase de productos agrícolas, forestales y de todo tipo de bienes primarios. La crianza de toda clase de ganado, y todo otro bien que sea producto de explotación primaria de la naturaleza.

En caso de ser necesario se contratarán profesionales con incumbencia en cada área que lo requiera.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones ejercer lo actos que no sean prohibidas por las leyes o por este estatuto, quedando excluidas las actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera concurso yio ahorro público, se excluyen las actividades comprendidas en la Ley Provincial N° 13.154.

6) Plazo de duración: Noventa y nueve años a partir de su inscripción en el Registro Público.

7) Capital Social: El capital social es de $ 1.600.000 (pesos un millón seiscientos mil), representado por 160.000 acciones de $ 10 (pesos diez).

8) Director Titular: Marcelo Ariel Conde, DNI N° 23.691.562, domicilio en calle 9 de julio n° 1650, Gálvez, Dpto. San Gerónimo, Santa Fe.

Director Suplente: María Cecilia Paz, DNI N° 27.747.862, domicilio en calle 9 de julio n° 1650, Gálvez, Dpto. San Gerómmo, Santa Fe.

9) Representación Legal: Será e, r ida por el presidente.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 3 de enero de cada año.

$ 165 395808 Jul. 15

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CONSTRUCTORA CYA

SOCIEDAD POR ACCIONES

SIMPLIFICADA


ESTATUTO


A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 02 de julio de 2019, se ha resuelto constituir una sociedad por acciones simplificada que girará bajo la denominación de CONSTRUCTORA CYA S.A.S. cuyo socio único es el Sr. Juan Hernán Peñaloza, argentino, nacido el 6 de noviembre de 1978, titular del DNI 26.973.078, CUIT 20-26973078-2, de profesión arquitecto, de estado civil divorciado, domiciliado en calle Juan José Paso 6853, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Su plazo de duración es de 18 meses, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, tanto en el país o en el exterior a la refacción y construcción de viviendas, depósitos, locales comerciales y galpones, aún bajo el régimen de propiedad horizontal; ejecución de obras de ingeniería y arquitectura públicas y privadas; construcción de establecimientos industriales; a la adquisición, venta, permuta de inmuebles urbanos, compra y venta de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación; subdivisiones y divisiones por el régimen de propiedad horizontal, brindar asesoramiento a terceros en materia inmobiliaria; en ningún caso la sociedad intermediará en la actividad inmobiliaria; a la compraventa, consignación, distribución y representación de elementos, productos, materiales para la construcción y decoraciones, tanto familiares como industriales; al desarrollo de proyectos inmobiliarios, y arquitectónicos, dirección de obra; al ejercicio de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de productos y servicios del país o del exterior. Especialmente, la sociedad podrá celebrar contratos de Fideicomiso, cualquiera sea su objeto con excepción de los fideicomisos financieros, en las distintas calidades previstas por la Ley 24.441 y/o sus modificatorias, ya sea en carácter de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria.

Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier acto jurídico y/o contrato con personas humanas y/o jurídicas a fin de lograr el objeto social; asimismo podrá presentarse en licitaciones o efectuar contrataciones directas para cubrir las actividades y/o servicios arriba mencionados. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país y/o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.

El capital social es de pesos veinticinco mil ($ 25.000), representado por veinticinco mil (25.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, de valor nominal pesos uno ($ 1) cada una. La administración de la Sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) miembros, los que durarán en sus funciones tres (3) años, o el plazo máximo de duración de la sociedad en caso de ser este último menor a tres años, pudiendo ser reelegidos. Se hace saber que se han designado Un Administrador Titular y Un Administrador Suplente, eligiéndose para dichos cargos: Como Administrador Titular: Juan Hernán Peñaloza, argentino, nacido el 6 de noviembre de 1978, titular del DNI 26.973.078, CUIT 20-26973078-2, de profesión arquitecto, de estado civil divorciado, domiciliado en calle Juan José Paso 6853, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Como Administrador Suplente: a la señora Natacha Aparecida Ferreira, brasilera, nacida el 21 de octubre de 1983, titular del DNI 95.850.583, CUIL: 27-95850583-9, de profesión arquitecta, de estado civil soltera, domiciliada en calle Paysandú 616 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. La representación legal de la sociedad corresponde al Administrador Titular. De acuerdo a lo establecido por el art. 284 último párrafo de la ley 19.550, se ha prescindido de la sindicatura, pudiendo los socios ejercer el contralor que prevé el art. 55 de la misma ley. El ejercicio económico de la Sociedad cierra el día 31 de octubre de cada año. En relación a la sede social, la misma ha sido fijada en calle Juan José Paso Nro. 6853 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 51 395760 Jul. 15

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CARNES AGUILERA SOCIEDAD S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en Autos Caratulados, CARNES AGUILERA SOCIEDAD S.A.S. s/Constitución de sociedad, Expte N° 1209, F° Año 2019, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe; se hace saber que los integrantes de la entidad: Don Aguilera Diego David, Argentino, de 31 años de edad, nacido en fecha 26 de septiembre de 1987, comerciante, D.N.I. N° 33.216.689, C.U.I.T. N° 20-33216689-2, con domicilio en calle Doctor Zavalla 1791 de la ciudad de Santa Fe, Provincia Santa Fe, soltero; y Sra Melania Aguilera, argentina, de 28 años de edad, nacido en la fecha 02 de diciembre de 1990, soltera, comerciante, DNI N° 35.653.791, CUIT N° 27-35653791-8, con domicilio en la calle 1 de Mayo 9449 de la ciudad de Santa Fe, Provincia Santa Fe, han resuelto lo siguiente:

Socios: Aguilera Diego David, Argentino, de 31 años de edad, nacido en fecha 26 de septiembre de 1987, comerciante, D.N.I. N° 33.216.689, C.U.I.T. N° 20-33216689-2, con domicilio en calle Doctor Zavalla 1791 de la ciudad de Santa Fe, Provincia Santa Fe, soltero; y Sra Melania Aguilera, argentina, de 28 años de edad, nacido en la fecha 02 de diciembre de 1990, soltera, comerciante, DNI N° 35.653.791, CUIT N° 27-35653791-8, con domicilio en la calle 1 de Mayo 9449 de la ciudad de Santa Fe, Provincia Santa Fe.

Fecha de Constitución: 28 de mayo de 2019.

Denominación: Carnes Aguilera Sociedad por Acciones Simplificada.

Duración: 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Domicilio Legal: Doctor Zavalla N° 1791 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: Ventas al por mayor y por menor de carnes rojas, derivados y cría de ganado. Capital Social: El capital social es de $ 100.000 pesos (pesos cien mil), representados por 100.000 acciones de un (1) peso, valor nominal cada una El capital puede ser aumentado por desición de los socios conforme artículo 44, ley 27.349.

Administración: La administración estará a cargo de uno o dos personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quien reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos un administrador suplente mientras la sociedad carezca de un órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes.

Órgano de Gobierno: La reunión de socios es el órgano de Gobierno. Se celebraran siempre que alguno de los administradores lo requiera mediante notificación fehaciente, pudiendo convocarse por medios electrónicos siempre que se asegure la recepción. Se celebrarán en la sede social pero pueden llevarse a cabo fuera de la sede social o por videoconferencia, o sistema similar que garantice la comunicación simultanea entre los participantes.

Integración de Órgano de Administración: Los accionistas presentes resuelven designar por unanimidad el primer Órgano de Administración, el que estará integrado de la siguiente forma: Administrador Titular: Señor Aguilera Diego David, C.U.I.T. Nº 20-33216689-2 con domicilio especial constituido (art. 256 LSC) en calle Doctor Zavalla 1791 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Administrador Suplente: Sra. Aguilera Melania, CUIT: 27-35653791-8, con domicilio especial constituido (art. 256 LSC) en calle 1 de Mayo 9449, de la ciudad de Santa Fe, de la provincia de Santa Fe, quienes aceptan sus designaciones y prestan su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del presente para cubrir dichos cargos.

Santa Fe, 26 de junio de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 130 395749 Jul. 15

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CARDIFF CAMBIO S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 20 días del mes de diciembre de 2017 se reunieron en Asamblea Ordinaria la totalidad de los socios de Cardiff Cambio S.A. que representan el 100% del capital social, presidida por su presidente el Sr. Jorge Giacomotti, habiéndose decidido por unanimidad: 1) que el monto total de los aportes irrevocables que se encontrabañ registrados a nombre del Sr. Horacio Gabriel Ángeli por la suma de $ 4.179.816 queden registrados, a partir del día de la fecha, en la contabilidad de la sociedad de la siguiente manera: a) el Sr. Jorge Daniel Giacomotti, la suma de $ 2.131.706 de dichos aportes irrevocables; y b) el Sr. Arturo Víctor Trini, la suma de $ 2.048.110 de dichos aportes irrevocables. 2) un aumento de capital dentro del quíntuplo, sin prima de emisión, mediante la capitalización de dichos aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital social, que se encontraban en cuenta/s contable/s a nombre del anterior accionista Horacio Gabriel Ángeli, por la suma de $ 4.179.816. De esta manera se llevó el capital social a la suma total de $ 8.371.816 (pesos ocho millones trescientos setenta y un mil ochocientos dieciséis). Asimismo, se procedió a la emisión de 4.179.816 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 y de 1 voto por acción, las que fueron suscriptas e integradas de la siguiente manera: a) 2.131.706 fueron suscriptas por el Sr. Jorge Daniel Giacomotti (quien a dichos fines ejerció su derecho de preferencia) y las integró en su totalidad ($ 2.131.706) mediante la capitalización del aporte irrevocable por dicho monto registrado a su nombre en virtud de lo resuelto en esta misma Asamblea; y b) 2.048.110 fueron suscriptas por el Sr. Arturo Víctor Trini (quien a dichos fines ejerció su derecho de preferencia) y las integró en su totalidad ($ 2.048.110) mediante la capitalización del aporte irrevocable por dicho monto registrado a su nombre en virtud de lo resuelto en esta misma Asamblea. 3) Dispuso que el Directorio de la sociedad emita los siguientes títulos representativos de las acciones provenientes del aumento de capital social: a) Título Nro. 3, representativo de 2.131.706 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 y de 1 voto por acción, por un valor total de $ 2.131.706 a nombre de Jorge Daniel Giacomotti. Este título Nro. 3 incluirá las acciones desde la número 4.192.001 y hasta la número 6.323.706; y b) Título Nro. 4, representativo de 2.048.110 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 y de 1 voto por acción, por un valor total de $ 2.048.110 a nombre de Arturo Víctor Trini. Este título Nro. 4 incluirá las acciones desde la número 6.323.707 y hasta la número 8.371.816.

$ 85 395750 Jul. 15

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CONSULTAS MEDICAS 24 S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se realiza la publicación del ítem exigido en Decreto con respecto a la constitución de CONSULTAS MEDICAS 24 S.R.L.

1. Domicilio de la sociedad: Córdoba 1285 Dpto. 1 - Funes - Provincia de Santa Fe.

$ 45 395871 Jul. 15

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DISTRIBUIDORA FÉNIX S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del señor juez del juzgado de primera instancia de distrito n° 4 en lo civil y comercial a cargo del registro publico de Reconquista, provincia de Santa Fe, Dr. José Maria Zarza, conforme lo ordenado en autos caratulados: Distribuidora Fénix S.R.L. s/Contrato y designacion de autoridades, (expte n° 415/2018), según lo siguiente:

Lugar y Fecha del Contrato: Avellaneda, departamento General Obligado- Santa Fe, a los 19 días del mes de Octubre de 2018.

Nombre de los Socios: Juan Marcelo Foschiatti, argentino, soltero, mayor de edad, empresario, DNI N° 33.175.830, CUIT N° 20-33175830-3, nacido el 11/03/1988, domiciliado en calle 28 Nº 655 de Avellaneda-Sta. Fe; Juana Rosario Muñoz, argentina, casada, mayor de edad, empleada, DNI 12.590.521, CUIT 27-12590521-3, nacida el 21/05/1958, domiciliada en calle 28 N°645 de Avellaneda-Santa Fe y Maria Soledad Foschiatti, argentina, casada, abogada, DNI N° 26.694.196, CUIT N° 27-26694196-5, mayor de edad, nacida el 04/01/1979, domiciliada en calle 3 Nº 906 de Avellaneda (Santa Fe).

Denominación y Domicilio: Distribuidora Fenix Sociedad de Responsabilidad Limitada o Distribuidora Fenix S.R.L. Con domicilio social y legal en calle 28 N° 435 de la ciudad de Avellaneda, provincia de Santa Fe.

Duración: Cincuenta (50) años a partir de la fecha de inscripción en el registro público.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: Comerciales: comercialización, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación, elaboración, importación y exportación al por mayor y al por menor de productos alimenticios, bebidas, frutas, legumbres y verduras. Agropecuarias: La explotación de la actividad agrícola, ganadera y forestal en todas sus formas, Transporte automotor de hacienda. Desarrollo de todo tipo de operaciones financieras relacionadas con la actividad agropecuaria. Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería. Transporte de carga: Transporte de carga en general, mercaderías, productos alimenticios, bebida, frutas, legumbres y hortalizas; con vehículos propios o de terceros y todas sus actividades complementaria.

Capital: El Capital Social se fija en la suma de pesos un millón ($1.000.000), divididos en 10.000 cuotas sociales de cien pesos ($ 100), valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: Juan Marcelo Foschiatti: 4.000 cuotas sociales, en bienes y dinero en efectivo. Juana Rosario Muñoz: 3.000 cuotas sociales de $ 100, valor nominal cada una. totalmente en dinero en efectivo y María Soledad Foschiatti: 3.000 cuotas sociales, de $ 100 valor nominal cada una, totalmente en efectivo.

Administración, Representación y Fiscalización: La Admionistración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indistinta, socio o no. Se designa Gerente al socio Juan Marcelo Foschiatti, mayor de edad, soltero, DNI 33.175.830, CUIT 20-33175830-3, nacido el 11 de Marzo de 1988, empresario, con domicilio en calle 28 N°655 de Avellaneda SF. La Fiscalización está a cargo de los socios.

Ejercicios y Balances: El ejercicio comercial cerrará el día 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se realizará un Balance General.

Reconquista- Santa Fe, 02 Julio de 2019, Dra. Miriam Graciela David- Secretaria.

$ 150 395819 Jul. 15

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DELFIN S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Según lo resuelto e Asambleas Ordinaria del 03/05/2019 (Acta N°145) el órgano de administración de la Sociedad ha quedado conformado de la siguiente manera:

Presidente: Ignacio Azum, DNI Nro. 5.975.821, CUIT 24-05975821-3.

Vicepresidente: Francisco Hugo Zicari, DNI 6.025.803, CUIT 20-06025803-2.

Directores Titulares: Ernesto Azum, DNI Nro. 6.022.044, CUIT 2006022044-2; Ricardo Tadeo Musa, DNI Nro. 6.012.134, CUIT 20-06012134-7 y Emilio Enrique Radice, DNI Nro. 6.011.364, CUIT 20-06011364-6.

Duración del mandato: Un (1) ejercicio social.

$ 60 395853 Jul. 15

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EMPRENDIMIENTOS

COMERCIALES S.A.S.


ESTATUTO


1) Denominación: EMPRENDIMIENTOS COMERCIALES S.A.S.

2) Socia: Graciela Patricia Arroyo, de nacionalidad argentina, nacida el 28 de noviembre de 1964, de profesión comerciante, estado civil casada, domiciliado en calle Ituzaingo Nro 1263 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, documento de identidad DNI 16.961.213, CUIT 27-16961213-2.

3) Fecha de constitución: 28 de junio de 2019.

4) Domicilio Legal: Avda de las Libertades Nro 1704, de la Localidad de Roldan, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros, dentro y fuera del país, de las siguientes actividades: A) Servicios: Servicios de Bar, confitería, minutas y comidas rápidas, restaurante, delivery, espectáculos musicales, y/o todo tipo de actividad gastronómica en general, como así también la organización de eventos y shows en vivo, y alquiler temporal de salones para eventos. B) Comercial: Compra y venta, al por mayor y menor de artículos de librería y papeles, juguetes, artículos de bazar, regalería, cotillón y descartables, la importación y exportación de todos ellos.

6) Plazo: 20 años, contados desde la fecha de inscripción en el registro Público.

7) Capital: $ 300.000 representado en 3.000 acciones de $ 100.

8) Administración: La administración estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se designa como Administrador titular a Graciela Patricia Arroyo (DNI: 16.961.213), y como Administrador Suplente a Sol Herrera (42.704.236).

9) Fiscalización: Se prescinde del órgano de fiscalización.

10) Fecha de Cierre del ejercicio económico: 31 de mayo de cada año.

$ 60 395767 Jul. 15

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ESTABLECIMIENTO LA

CATA S.A.S.


ESTATUTO


1- Administradores Titulares: Bonafede Diego Martin, argentino, D.N.I. 26.657.233, CUIT 24-26657233-2, nacido el veinticuatro de agosto de mil novecientos setenta y ocho, soltero, masculino, comerciante, domiciliado en Bv. Ovidio Lagos 3405 de Casilda, y Administradora Suplente: Eliana Amelia Bonafede, argentina, D.N.I. 24.915.605, CUIT 27-24915605-7, nacida el doce de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, soltera, femenina, docente, domiciliada en Bv. Ovidio Lagos 3417 de Casilda.

2- Fecha del instrumento de constitucion: 29 de mayo de 2019.

3- Denom1nacion social: ESTABLECIMIENTO LA CATA S.A.S.

4- Domicilio social: Bv. Ovidio Lagos 3405 de Casilda.

5- Objeto social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, de las siguientes actividades: a) Servicios de Transportes: Explotación de transportes de cargas generales y de mercaderías a granel, ya sea con vehículos propios y/o de terceros; b) Servicios Agropecuarios: Servicios de fumigación y fertilización, siembra, cosecha, roturación y movimientos de suelos, con máquinas propios y/o de terceros. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6- Plazo de duración: 40 años.

7- Capital social: $ 500.000 (quinientos mil pesos) representados por 5.000 (cinco mil) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 100 ( pesos cien) valor nominal cada una.

8- Organos de administracion y representacion: La administración estará a cargo de un Organo de Administración de uno a cinco personas humanas, socios o no, y un administrador su plente. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en sus cargos hasta que se designen sus reemplazantes. Se designa para integrar el Organo de Administración: Titular: Bonafede Diego Martín, DNI 26.657.233 y Suplente: Bonafede Eliana Amelia, DNI 24.915.605.

9- Organización de la representación legal: La representación legal de la sociedad corresponde al Organo de Administración.

10- Fecha de cierre del ejercicio: treinta de abril de cada año.

$ 99.66 395682 Jul. 15

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ELNATAM S.A.S.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Conforme lo dispuesto en el art. 10 de la LGS, se hace saber la siguiente publicación de ley:

En fecha 3 de julio de 2019, el Sr. Mariano Córdoba, único accionista de ELNATAM S.A.S. ha resuelto la modificación de la denominación social y reforma del artículo 1 de los estatutos sociales, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

1- La sociedad se denomina ELNATAM S.A.S. y tiene su domicilio legal en la ciudad de San Jerónimno Sud, departamento San Lorenzo, provincia de Santa Fe.

$ 45 395818 Jul. 15

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EDICAM S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que por decisión unánime tomada en Asamblea General Ordinaria de fecha 4 de julio de 2019 se ha designado nuevo Directorio Para los cargos mencionados y por el término de tres ejercicios se eligió como Director Titular a Omar Francisco Isern, DNI 28.566.850, argentino, mayor de edad soltero, CUIT 20-28566850-7, de profesión comerciante, nacido el 29 de enero de 1981, con domicilio en calle Rodriguez Nro. 16 de Rosario y como Director suplente: Juan Antonio Camiscia, DNI 10.726.269, argentino, casado, mayor de edad, CUIT 20-10726269-6, de profesión Ingeniero Químico, nacido el 3 de abril de 1953, con domicilio en calle San Nicolás 307 de Rosario. Ambos constituyen domicilio especial en cumplimiento a lo dispuesto por el Art 256 LGS en calle Montevideo 745 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 395776 Jul. 15

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ESTABLECIMIENTO LA

ESMERALDA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1.- Domicilio: Se fija el nuevo domicilio de la sede social en Av. Cándido Carballo 112 piso 14 depto. C de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

2.- Plazo de duración: El término de duración de la sociedad se fija en veinte (20) años a partir de la inscripción de la reconducción social en el Registro Público de Comercio.

$ 45 395814 Jul. 15

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EXPERT - LUB S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados EXPERT - LUB S.R.L. s/Constitucíón de Sociedad, Expediente 2834/2019, Año 2019 de trámíte por ante el Registro Público de Comercio de Rosario, se hac saber: Roberto Jose Prialis, nacido el seis de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, de apellido materno Peyronel, DNI N° 12.452.409, CUIT N° 24-12452409-8, casado en primeras nupcias con María Cristina Ferrari, argentino, comerciante y empresario, domiciliado en calle San Juan 856 de Maciel; Javier Alejandro Prialis nacido el dieciocho de agosto mil novecientos ochenta y tres, de apellido materno Ferrari, DNI N° 29.934.984, CUIT N° 20-29934984-3, casado en primeras nupcias con Mariana Echaguibel, argentino, comerciante, domiciliado en calle San Juan 856 de Maciel y Ariel Roberto Prialis, nacido el nueve de diciembre de mil novecientos ochenta, apellido materno Ferrari, DNI N° 27.862.964, CUIT N° 20-27862964-4, casado en primeras nupcias con María Daniela Gaggiottini, argentino, comerciante, domiciliado en calle Jujuy 807 de Maciel: resuelven de común acuerdo constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Socios: Roberto José Prialis, nacido el seis de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, de apellido materno Peyronel, DNI N° 12.452.409, CUIT N° 24-12452409-8, casado en primeras nupcias con María Cristina Ferrari, argentino, comerciante y empresario, domiciliado en calle San Juan 856 de Maciel; Javier Alejandro Prialis nacido el dieciocho de agosto mil novecientos ochenta y tres, de apellido materno Ferrari, DNI N° 29.934.984, CUIT N° 20-29934984-3, casado en primeras nupcias con Mariana Echaguibel, argentino, comerciante, domiciliado en calle San Juan 856 de Maciel y Ariel Roberto Prialis, nacido el nueve de diciembre de mil novecientos ochenta, apellido materno Ferrari, DNI N° 27.862.964, CUIT N° 20-27862964-4, casado en primeras nupcias con María Daniela Gaggiottini, argentino, comerciante, domiciliado en calle Jujuy 807 de Maciel.

Fecha de Constitución: 27 de Junio de 2019.

Denominación: EXPERT - LUB S.R.L.

Domicilio: Ruta 11 Km 365, Maciel, Santa Fe.

Objeto: 1- Venta por mayor y menor y distribución de: lubricantes; combustibles de todo tipo; cubiertas y neumáticos nuevos, usados o recapados; repuestos, partes, piezas y accesorios para automotores, motocicletas y maquinaria pesada; 2- Servicios de mecánica general, cambio o mantenimiento de repuestos, partes, piezas y accesorios para automotores, motocicletas y maquinaria pesada; 3- Servicios administrativos y empresariales. 4-Importación y exportación que sea necesaria para el desarrollo de la normal actividad de la sociedad. 5- Servicio de transporte general de cargas nacional y/o internacional. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Plazo de Duración: noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000) dividido en trescientas cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: Roberto José Prialis, cien cuotas (100) de pesos mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000) en efectivo; Ariel Roberto Prialis, cien cuotas (100) de pesos mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000) en efectivo; Javier Alejandro Prialis, cien cuotas (100) de pesos mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000) en efectivo. Los socios en este acto integran el veinticinco por ciento del capital suscripto en efectivo a saber: Roberto José Prialis la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000), Ariel Roberto Prialis la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000), Javier Alejandro Prialis la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000). Los socios se obligan a integrar el saldo dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Composición del Órgano de Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de Roberto José Prialis, Ariel Roberto Prialis y Javier Alejandro Prialis quienes asumen el carácter de socios gerente.

Representación Legal: El uso de la firma social estará a cargo de Roberto José Prialis, Ariel Roberto Prialis Y Javier Alejandro Prialis, quienes pueden actuar en forma conjunta y/o en forma indistinta, siendo suficiente su firma personal y el sello de la denominación social.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de las Ley 19550.

Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Julio de cada año.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.

$ 135 395830 Jul. 15

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GRUPO PORCEL ASESORES DE SEGUROS S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Se hace saber que con fecha 30 de Abril del 2019, reunidos los Sres: Porcel Jorge Alberto, argentino, nacido el 18 de Diciembre de 1947, divorciado, de profesión Productor Asesor de Seguros, DNI: 6.076.372, CUIT: 20-06076372-1, domiciliado en San Lorenzo 1932 Dpto 4 de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe; y la Srta. Porcel Daiana Milagros, argentina, nacida el 11 de Agosto de 1989, soltera, de profesión Productor Asesor de Seguros, DNI: 34.770.504, CUIT: 27-34770504-2, domiciliada en Garzón 1652 de Rosario, Pcia de Santa Fe, únicos socios de GRUPO PORCEL ASESORES DE SEGUROS S.R.L inscripta en el Registro Público de la ciudad de Rosario, en la sección Contratos, en fecha 02 de marzo del 2018, al Tomo 169, Folio 1421, Número 341; deciden modificar el domicilio de la sede social de la sociedad fijándolo en calle Avenida Pellegrini 5988 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 395888 Jul. 15

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GRUPO TERC S.R.L.


DISOLUCIÓN


Acta N° 4: En la ciudad de Rosario, departamento Rosario, provincia de Santa Fe, a los 24 día del mes de Septiembre de 2018 se encuentran reunidos en la sede social de GRUPO TERC S.R.L., calle Zuviria N° 6.719 de la ciudad de Rosario, CUIT: 33-71576764-9, Inscripta en Libros Contratos-Rosario, Tomo 168, Folio 29.099, N° 1.753 el dia 21 de septiembre de 2017, en reunión legalmente convocada los señores socios Juan Pablo Piemonte, argentino, nacido el 29/09/1982, empresario, casado en primera nupcias con la señora Vanesa Sione, con domicilio en calle Zuviria N° 6719 de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 29.683.607, CUIT: 23-29683607-9, no siendo persona políticamente expuesta; Diego Martin Rivero, argentino, nacido el 19/09/1975, empresario, soltero, con domicilio en Camilo Aldao N° 180bis de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 24.668.804, CUIT: 20-24668804-5, no siendo persona políticamente expuesta; Juan Pablo Salerno, argentino, nacido el 26/01/19829 empresario, soltero, con domicilio en calle Rioja N° 3536 de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 29.348.582, CUIT: 20-29348582-9, no siendo persona políticamente expuesta y Claudio German Anastasio, argentino, nacido el 02/12/1982, empresario, casado en primeras nupcias con la señora Yanina Natalia Travaini, con domicilio en Santiago N° 1528 de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 29.928.507, CUIT: 20-29928507-4, no siendo persona politicamente expuesta para tratar el siguiente Orden del Día:

1°: Elección de dos socios para que redacten y firmen el acta de asamblea.

2°: Considerar la disolución de la sociedad y nombramiento del liquidador.

Toma la palabra el Sr. Socio Juan Pablo Piemonte, quien manifiesta que hallándose presente la totalidad del capital y los votos posibles, la reunión adquiere el carácter de Asamblea Unánime. Puesto a consideración el primer punto del orden del día, resultan electo por unanimidad a los señores Juan Pablo Salerno y Diego Martin Rivero, para redactar y firmar el Acta de Asamblea. Puesto a consideración el segundo punto del orden del día: analizan la situación del presente societario y luego de una larga y extenso intercambio de opiniones se decide disolver la sociedad y nombra como liquidador al señor socio Juan Pablo Piemonte, argentino, nacido el 29/09/1982, empresario, casado en primera nupcias con la señora Vanesa Sione, con domicilio en calle Zuviria N° 6719 de la localidad de Rosario, con D.N.I. N° 29.683.607, CUIT: 23-29683607-9, no siendo persona políticamente expuesta.

$ 90 395790 Jul. 15

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GONFER S.R.L.


CONTRATO


1) Fecha de instrumento constitutivo: 05/07/2019.

2) Integrantes de la sociedad: Gonzalez Ferraris Pilar, argentina, nacida el 24 de Enero de 2000, D.N.I. 42.325.163, CUIT 27-42325163-3, soltera, de profesión empresaria, domiciliada en calle De las Acacias 215 Country C. Pellegrini de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Gonzalez Ferraris Manuela, argentina, nacida el 22 Enero de 1998, D.N.I. 41.194.455, CUIT 27-41194445-2, soltera, de profesión empresaria, domiciliada en calle De las Acacias 215 Country C. Pellegrini de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe

3) Denominación Social: GONFER S.R.L.

4) Domicilio: De las Acacias 215, Country C. Pellegrini de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa fe.

5) Duración: Noventa y nueve (99) años contados desde la fecha de su inscripción.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior la siguiente actividad: Comercialización, importación, exportación, consignación, representación y distribución de amueblamientos de oficina, cocina, living, interiores de placares y vestidores incluidos sus equipamientos y los elementos y en seres incorporados a los mismos.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000).

8) Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios gerentes socios o no. A tal efecto usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Estará a cargo del socio Manuela Gonzalez Ferraris, DNI 41.194.455.

9) Fiscalización: Por todos los Socios.

10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.

$ 50 395816 Jul. 15

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77 HOTEL S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Se hace saber que dentro de los autos caratulados: FONZO, GRACIELA ESTELA s/Sucesión, Expte. Nro. 88/2014, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a. Nominación de Rosario, se ha ordenado inscribir la transferencia a favor de Raúl Enrique, Jorgelina Indiana y Luciano José Muñoz, herederos declarados de la causante, 1875 cuotas sociales de capital que pertenecen al Sr. Raúl Enrique Muñoz, DNI 6.049.423, CUIT 20-06049423-2 y 2250 cuotas sociales que pertenecen a Graciela Estela Fonzo, DNI 6.210.964, CUIT 27-6210964-0 en la sociedad 77 Hotel S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 122, Folio 4646 Nro. 1484. Las referidas cuotas de capital deberán ser transferidas de la siguiente manera: De las 3750 cuotas sociales de capital que pertenecen al Sr. Raúl Enrique Muñoz, transferir 938 cuotas a favor de Jorgelina Indiana Muñoz, argentina, DNI 20.704.237, CUIT 23-20704237-4, divorciada, con domicilio real en calle Catamarca 1656 Piso 8 de Rosario, y transferir 937 cuotas de capital a favor de Luciano José Muñoz, argentino, DNI 25.959.577, CUIT 24-25959577-7 soltero, con domicilio en calle Salta 1777 Piso 4 de Rosario. Y de las 2.250 cuotas sociales de capital que pertenecen a la Sra. Graciela Estela Fonzo, transferir 1125 cuotas de capital a favor de Raúl Enrique Muñoz, DNI 6.049.423, CUIT 20-06049423-2, viudo en primeras nupcias de la Sra. Graciela Estela Fonzo, con domiciliado en calle Salta 1171 de Rosario, transferir 562 cuotas de capital a favor de Jorgelina Indiana Muñoz, argentina, DNI 20.704.237, CUIT 23-20704237-4, divorciada, con domicilio real en calle Catamarca 1656 Piso 8 de Rosario, y transferir 563 cuotas de capital a favor de Luciano José Muñoz, argentino, DNI 25.959.577, CUIT 24-25959577-7 soltero, con domicilio en calle Salta 1777 Piso 4 de Rosario. Se hace constar que la declaratoria de herederos fue dictada el 13-06-2014 mediante Auto Nro. 899 y en su parte resolutiva expresa: Resuelvo: Declarar, en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Graciela Estela Fonzo, le suceden en calidad de únicos y universales herederos, su cónyuge supérstite Raul Enrique Muñoz y sus hijos Jorgelina Indiana y Luciano Jose, ambos de apellido Muñoz y Fonzo. Firmado: Dr. Pedro A. Boasso (Juez) - Dra. María Sol Sedita (Secretaria).

Rosario, 04 de julio de 2019.

$ 90 395753 Jul. 15

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ILUSIONES S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Se informa que el 15 de marzo de 2019 se efectuaron las siguientes modificaciones al Contrato Social.

Cesión de cuotas: (a) Ricardo Manuel Moreno, cede gratuitamente cuatrocientos noventa y ocho (498) cuotas sociales que a su valor de pesos cien ($ 100) cada una, totalizan un capital de pesos de cuarenta y nueve mil ochocientos ($ 49.800), que representan el 20% del Capital Social, a Fernando Gastón Moreno, argentino, nacido el 3 de noviembre 1971, de apellido materno Buratti, D.N.I. 22.244.964, con domicilio en calle Juan B. Justo 9498 dé la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. (b) Ricardo Manuel Moreno, cede gratuitamente un mil doscientos cuarenta y cinco (1.245) cuotas sociales que a su valor de pesos cien ($ 100) cada una, totalizan un capital de pesos ciento veinticuatro mil quinientos ($ 124.500), que representan el 50% del Capital Social, a Estefanía María Magali Moreno, argentina, nacida el 05 de marzo de 1991, de apellido materno Buratti, D.N.I. 35.704.712, con domicilio en calle Juan B. Justo 9498 de la ciudad de Rosario.

$ 45 395788 Jul. 15

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JIJ PROPIETA S.A.


ESTATUTO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, a ordenado la siguiente publicación respecto del Contrato Social de JIJ PROPIETA S.A., a saber:

1) Integrantes: José Luis Borgiani, argentino, mayor de edad, nacido el trece de abril de mil novecientos sesenta y siete, comerciante, divorciado, D.N.I. 18.107.869, CUIT 20-18107869-9, con domicilio en calle Pedro Bruno 2623 de la ciudad de Casilda, Jorge Gabriel Ramón Marani, argentino, mayor de edad, nacido el treinta y uno de agosto de mil novecientos sesenta y seis, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Silvina Patricia Gaggiotti, D.N.I. 17.905.227, CUIT 20-17905227-0, con domicilio en calle Buenos Aires 2545 de la ciudad de Casilda e Iván Victor Gaggiotti, argentino, mayor de edad, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Andrea Valeria Bussi, D.N.I. 21.620.263, CUIT 20-21620263-6, con domicilio en calle Gobernador Aldao 240 de Ceres, provincia de Santa Fe.

2) Razón social y domicilio: JIJ PROPIETA SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio en calle Pedro Bruno 2623 Casilda, Santa Fe.

3) Fecha de constitución: 15/04/2019.

4) Plazo de duración: 99 años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

5) Objeto social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a; a) Inversiones Inmobiliarias; Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas en el régimen de propiedad horizontal del Código Civil y Comercial de la Nación, el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas, urbanización, clubes de campo, campos y parques industriales. Podrá realizar inclusive todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes, incluyendo la participación en fideicomisos, exceptuándose las operaciones financieras previstas en el artículo 299 de la Ley 19.550, pudiendo la sociedad realizar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto. Las actividades enunciadas en este apartado se desarrollaran con bienes propios. b) Agropecuarias; Explotación directa o indirecta, por sí o por terceros de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, fruti horticolas, granjeros, apícolas y forestales, siembra, cuidado y cosecha de todo tipo de granos, frutos y demás productos de la tierra, cría, invernación, engorde, mestización y compraventa de hacienda de todo tipo, explotación de tambo, forestación y reforestación. c) Financierá: Otorgar préstamos y/o aportes y/o inversiones de crédito en general con cualquiera de las garantías de la legislación vigente - hipotecaria, prendaria, común o sin ellas, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general, podrá también tomar participaciones en otras sociedades mediante la compra, venta y permuta al contado o a plazos, de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse, o celebrar contratos de colaboración reciproca empresaria tipificados en la Ley de Sociedades Comerciales. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de entidades financieras, todas aquellas que requieren el concurso del ahorro público y la realización de intermediación. Las actividades enunciadas en este apartado se desarrollaran con fondos propios. Capacidad: Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6) Capital social: El capital social es de Pesos Seiscientos mil ($ 600.000) representado por seis mil (6.000) acciones de pesos cien ($ 100,00) cada una de ellas, valor nominal de cada una.

7) Administración y uso de la firma social: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios y son reelegibles. Primer Directorio; Presidente Directorio: Jorge Gabriel Ramón Marani. Vicepresidente Directorio: José Luis Borgiani. Director titular: Jorge Gabriel Ramón Marani. Director titular: José Luis Borgiani. Director suplente: Iván Victor Gaggiotti.

8) Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los accionistas.

9) Representación legal: A cargo del Presidente del Directorio o su vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero.

10) Fecha cierre ejercio: 31 de octubre de cada año.

Casilda, 05 de julio de 2019.

$ 200 395877 Jul. 15

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JACARANDAES S.R.L.


RECONDUCCIÓN


Por estar así dispuesto en los autos de referencia, mediante instrumento privado de fecha 26 de Marzo de 2019, sus socios manifiestan que habiendo vencido el contrato social el 15 de Octubre de 2018, acuerdan reconducir la sociedad.

1.- Socios: Hugo Oscar Dovis, D.N.I. 11.670.394, C.U.I.T. 20-11670394-8, argentino, comerciante, nacido el 22-05-1955, casado, domiciliado en Zona Urbana de la localidad de Cayastá, departamento Garay, Provincia de Santa Fe; Evelina de los Milagros Trevisani, D.N.I. 13.633.035, C.U.I.T 27-13633035-2, argentina, comerciante, naciada el 09-05-1960, casada, domiciliada en Zona Urbana de la localidad de Cayasta, departamento Garay, Provincia de Santa Fe; Ignacio Raul Dovis, DNI 28.875.494, CUIT 20-28875494-3, argentino, comerciante, nacido el 06-07-1981, divorciado, domiciliado en Zona Urbana de la localidad de Cayastá, departamento Garay, Provincia de Santa Fe; Jorgelina Maria Dovis, DNI 27.826.448, CUIT 27-27826448-9, argentina, comerciante, nacida el 29-06-1980, casada, domiciliada en Gral Lopez 591, de la localidad de Cayasta, Departamento Garay y Maria Selene Dovis DNI 34.745.419, C.U.I.T 27-34745419-8, argentina, profesional, nacida el 31-08-1989, en unión convivencial, domiciliada en Pasaje Publico s/n de la localidad de Cayastá, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe. Fecha del instrumento de reconducción: 26-03-2019.

2.- Razón social: JACARANDAES S.R.L.

3.- Domicilio: Teofilio Madrejón S/N de la localidad de Cayasta, Departamento Garay.

4.- Duración: veinte años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público.

Santa Fe, 05 de Julio de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 45 395900 Jul. 15

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KOZACA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En asamblea ordinaria del 28 de febrero de 2019 (acta Nº 1) el Directorio de la Sociedad ha quedado integrado de la siguiente manera:

Presidente: Rocío María Suarez Ordoñez, DNI N° 32.078.481, CUIT Nº 27-32078481-1.

Directora Titular: Ivonne Villavicencio, DNI Nº 26.871.338, CUIT Nº 27-226871338-2.

Director Suplente: Patricio Andrés Donnely Kehoe, argentino, DNI N° 31.787.089, CUIT Nº 20-31787089-3.

Duración del mandato tres (3) períodos hasta la asamblea que trate el balance cerrado al 31 de octubre de 2021.

$ 45 395855 Jul. 15

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LUMAGE S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados LUMAGE S.A. s/Constitución de sociedad - CUIJ 21-05200571-7, que se tramitan por ante el Registro Público Del Juzgado De la 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Santa Fe se hace saber por un día el siguiente edicto:

1- SOCIOS: Luis Alejandro Gorostiaga, DNI 17.401.812, nacido el 30/09/1964, argentino, casado en segundas nupcias con Analía Cristina Torres (DNI 22.832.569), de profesión comerciante, CUIT 20-17401812-0, con domicilio real en Barrio 3, manzana 7, lote 16 s/n - Complejo Aires del Llano de la ciudad de Santo Tomé (CP 3016), Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, German Diego Medina, DNI 22.080.789, nacido el 18/3/1971, argentino, soltero, de profesión comerciante, CUIT 20-22080789-5, con domicilio real en Juan del Campillo 786 de la ciudad de Santa Fe (CP 3000), Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe y Martin Dario Porreca DNI 23.029.877, nacido el 21-nov-72, argentino, divorciado, de profesión comerciante CUIT 20-23029877-8, con domicilio real en Barrio Los Boulevares, manzana 6, lote 7 s/n - Aires del Llano de la ciudad de Santo Tomé (CP 3016), - Provincia de Santa Fe.

2- Constitución: 02 de mayo de 2019.

3- Denominacion: LUMAGE S.A.

4- Domicilio: Juan del Campillo 786 - Santa Fe - Departamento La Capital - Provincia de Santa Fe.

5- Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: A) La explotación de servicios de cursos de capacitación en materias relacionadas con la gastronomía, computación, estética corporal, arte y diseño: B) Compra-venta de material de estudio, relacionados con la actividad de capacitación realizada por la sociedad. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos, todo ello conducente al cumplimiento del objeto social. En su caso y según la materia se recurrirá a contratar profesionales de la matrícula con incumbencia.

6- Plazo de duración: 10 (diez) años.

7- Capital social: $ 120.000 (ciento veinte mil pesos), en acciones de $ 10 cada una.

8- Administración y representación: Director Titular al socio Medina Germán Diego, DNI 22.080.789, nacido el 18/3/1971, argentino, soltero, de profesión comerciante, CUIT 20-22080789-5, con domicilio real en Juan del Campillo 786 de la ciudad de Santa Fe (CP3000), Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, quien ocupará el cargo de Presidente; y como Director Suplente al socio Martin Dario Porreca, DNI 23.029.877, nacido el 21-nov-72, argentino, divorciado, de profesión comerciante, CUIT 20-23029877-8, con domicilio real en Barrio Los Boulevares, manzana 6, lote 7 s/n - Aires del Llano de la ciudad de Santo Tomé (CP 3016), Provincia de Santa Fe.

9- Fecha de cierre del ejercicio: 31 e octubre de cada año.

Santa Fe, 02 de Julio de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 150 395655 Jul. 15

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LEDCON S.R.L.


DISOLUCIÓN


En la ciudad de Rosario a los 09 días del mes de mayo de dos mil diecinueve se reúnen en la sede social de la empresa, la señorita María Ledwith, DNI N° 34.238.807 (CUIL 27-34238807-3) y el señor Alberto Patricio Ledwith, DNI N° 12.112.673 (CUIT 20-12112673-8), en carácter de socios de LEDCON SRL, inscripta en el Registro Público de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, al Tomo 164 folio 28384 nro. 1804 (28/10/2013), representando el 100% del capital social y resuelven por unanimidad lo siguiente

Primero. Cese de la actividad de la sociedad: Los socios expresan y confirman el cese del ejercicio de la actividad del objeto social de la sociedad LEDCON SRL.

Segundo. Disolución de la sociedad: Los socios expresan y confirman la decisión de disolver la sociedad LEDCON SRL, que ellos conforman.

Tercero. Designación Liquidador: Los socios acuerdan en designar como liquidador al Sr. Alberto Patricio Ledwith, DNI N° 12.112.673 (CUIT 20-12112673-8). El Sr. Alberto Patricio Ledwith acepta su cargo.

$ 45 395889 Jul. 15

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LÁRDONE MAYORISTA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que Lardone Mayorista S.A., por Asamblea General Ordinaria, Acta N° 28 de fecha 28 de Junio de 2019 y por Reunión de Directorio, Acta N° 137 de fecha 29 de Junio de 2019, ha conformado el Directorio de la siguiente manera: Presidente: Lardone María Alejandra, DNI 16.957.158, CUIT 2746957158-4, nacida el 24 de Febrero de 1965, argentina, casada, empresaria, domiciliada en Av. Perón 3529, Rosario. Vicepresidente: Lardone Reynaldo Antonio, DNI 6.166.921, CUIT 20-06166921-4, nacido el 16 de Septiembre de 1932, argentino, casado, empresario, domiciliado en Av. Perón 3529, Rosario. Director Suplente: Cattaneo Ana María, DNI 3.801.597 y CUIT 23-03801597-4, nacida el 16 de Marzo de 1940, argentina, casada, empresaria, domiciliada en Av. Perón 3529, Rosario. Director Suplente: Lardone Jorge Reynaldo, DNI 14.612.482, CUIT 20-14612482-9, nacido el 30 de Octubre de 1962, argentino, casado, empresario, domiciliado en Av. Perón 3529, Rosario. Los directores constituyen domicilio especial en calle Avenida Perón 3529 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 395896 Jul. 15

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MELQUISEDEC S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1a Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: MELQUISEDEC SRL s/Constitución, Expte. Nro. 561/2018, según lo dispuesto en resolución de fecha 27 de mayo de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Rodriguez Viviana Elisabet, argentina, nacida el 14 de agosto de 1986, con D.N.I. N°: 32.500.635, CUIL 27-32500635-3, soltera, de profesión comerciante, con domicilio en calle Corrientes 436 de la ciudad de Venado Tuerto; Rodriguez Jesica Romina, D.N.I. 33.561.482, CUIL 27-33561482-3, argentina, soltera, nacido el 18 de enero de 1988, comerciante, domiciliada en perillo 685 de la ciudad de Venado Tuerto provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 19 de octubre de 2018.

3) Denominación Social: MELQUISEDEC S.R.L.

4) Domicilio Social: San Martín 2937 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Construcciones de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado; a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de ingeniería o arquitectura.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10) que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Rodriguez Viviana Elisabet suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000), y Rodriguez Jesica Romina suscribe doce mil quinientas (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. En este acto se designa gerente al señor Rodriguez Miguel Angel, D.N.I. N° 14.710.254, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en San Martin 2937 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesión de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152.- Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 03 de julio de 2019.

$462 395649 Jul. 15

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MANOGASTA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1º Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: MANOGASTA SRL s/Constitución, Expte. Nro. 185/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 19 de junio de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Ponce Delfor Sebastian, argentino, nacido el 08 de Febrero de 1979 con D.N.I. N°: 26.921.587, CUIT 23-26921587-9, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Pte. Perón 736 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; Rafaelli Irineo Jose Ramon, argentino, nacido el 05 de septiembre de 1986, con D.N.I. N°: 32.711.993, CUIL 20-32711993-2, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Tucumán 520 depto. B de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 26 de marzo de 2019.

3) Denominación Social: MANOGASTA S.R.L.

4) Domicilio Social: Pte. Perón 736 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.


5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Construcciones de estructuras metálicas o de hormigón, realizar obras civiles e industriales; a través de contrataciones directas o de licitaciones.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: Doscientos Cincuenta Mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10), que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Ponce Delfor Sebastian suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Rafaelli Irineo Jose Ramon suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. En este acto se designa gerente al señor Ponce Delfor Sebastian, argentino, nacido el 08 de Febrero de 1979 con D.N.I. N°: 26.921.587, CUIT 23-26921587-9, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Pte. Perón 736 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesión de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

$ 462 395652 Jul. 15

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MÜLLER-ELEKTRONIK GMBH & CO KG SOCIEDAD EXTRANJERA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que por resolución Nro. 642 de fecha 14-05-2019 (Expediente N° 02009-0002827-0), aclarada por resolución Nro. 686 de fecha 22-05-2019 (Expediente N° 02009-0002500-0) emanadas de la Inspección General de Personas Jurídicas, se designó a la Sra. Camila Justina Livingston, argentina, casada, abogada, DNI 25.096.171, CUIT 27-25096171-0, nacida el 24 de diciembre de 1975, domiciliada en calle Córdoba 628 de Bigand, Provincia de Santa Fe, representante legal de la sociedad extranjera Müller-Electronik GmbH & CO KG con domicilio en la República Argentina en calle Alvear 764 de Rosario, Provincia de Santa Fe (con domicilio en la ciudad de Salzkotten, estado de Renania del Norte Westfalia Alemania, inscripta de conformidad con el artículo 123 de la Ley General de sociedades en el Registro Público al Tomo 10, Folio 545, Número 6 de fecha 10 de junio de 2010).

Rosario, 04 de julio de 2019.

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MANANTIALES INMUEBLES S.A.S.


ESTATUTO


1. Fecha del instrumento: 22/05/2019.

2. Integrantes de la sociedad: Ricardo Eduardo Yrigaray, argentino, divorciado segú sentencia N° 539, de fecha 17/09/1991, del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, nacido el 03/12/1942, corredor inmobiliario, con domicilio en Av. Pellegrini 63 de Rosario, DNI 6.047.841, CUIT 20-06047841-5; Maria Virginia Yrigaray, argentina, casada con Alejandro Florencio Pochettino, corredon inmobiliaria, con domicilio en Av. Pellegrini 63 de Rosario, DNI 25.007.610, CUIT 27-25007610-5; Carolina Yrigaray, argentina, soltera, corredora inmobiliaria, con domicilio en Av. Pellegrini 63 de Rosario, DNI 27.725.010, CUIT 27-27725010-7.

3. Denominación : MANANTIALES INMUEBLES S.A.S.

4. Sociedad original: MANANTIALES SOCIEDAD CIVIL, CUIT 30-71543970-7, actualmente vigente, constituida por contrato según Escritura Pública N° 53, de fecha 11 de abril de 1997 pasada ante el Registro Notarial N° 528 de Rosario, a cargo del Escribano Eduardo Vercelli, cuyo mandato obra inscripto al Tomo 56 R, folio 63, N° 325674 de Representaciones.

5. Domicilio de la sociedad: Ciudad de Rosario, Depto.Rosario, Provincia de Santa Fe.

6. Sede social: Córdoba 1330, PB, Local 5 de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe.

7. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento, operaciones de leasing y administración de propiedades inmuebles urbanas o rurales propios-excepto la intermediación inmobiliaria, construidas o en obra, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal. La sociedad no realizará las operaciones previstas en el artículo 299 de la ley general de sociedades y procederá dentro de lo autorizado por el artículo 30 y los límites establecidos por el artículo 31 de la misma. A tal fin tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y el Estatuto Social.

8. Duración: 30 (treinta) años a partir de la inscripción en el Registro Publico de Comercio.

9. Capital social: $ 140.000 (pesos ciento cuarenta mil), representado por 140000 (ciento cuarenta mil) acciones de $ 1 (un peso) de valor nominal cada una ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto. El socio Ricardo Eduardo Yricaray suscribe 105000 (ciento cinco mil) acciones Nominativas no endosables, Valor Nominal $ 1 (un peso) ordinarias con derecho a un voto cada una, que representan un monto de capital suscripto de $ 105000 (pesos ciento cinco mil); la socia Maria Virginia Yrigaray suscribe 17500 (diecisiete mil quinientas) acciones Nominativas no endosables, Valor Nominal $ 1 (un peso) ordinarias con derecho a un voto cada una, que representan un monto de capital suscripto de $ 17500 (pesos diecisiete mil quinientos); y la socia Carolina Yrigaray suscribe 17500 (diecisiete mil quinientas) acciones Nominativas no endosables, Valor Nominal $ 1 (un peso) ordinarias con derecho a un voto cada una, que representan un monto de capital suscripto de $ 17500 (pesos diecisiete mil quinientos). El capital social se haya totalmente integrado por el Patrimonio neto de Manantiales Sociedad Civil.

10. Administracion y representacion: La administración de la sociedad estará a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización.

La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo hasta que se designe sus reemplazantes. El primer órgano de administración está integrado por el Sr. Ricardo Eduardo Yrigaray como Titular y la Sra. María Virginia Yrigaray como Suplente.

11. Fiscalización: a cargo de todos los socios, prescindiéndose de la sindiatura conforme art. 284, ley 19550.

12. Fecha de cierre de ejercicio: 30 de abril de cada año.

$ 130 395758 Jul. 15

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M & N REGARGAS S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


1) Fecha del instrumento: 29 (veintinueve) de abril de 2019.

2) Razón social: M & N RECARGAS S.R.L.

3) Datos Registrales: Contrato de fecha 02 de Diciembre de 2016 al tomo 167 Folio 34642 N° 2088.

4) Cesión de Cuotas Por este acto y a título de venta, el cedente, cede y transfiere, a los cesionarios, la totalidad de las cuotas sociales suscriptas e integradas a los cesionarios que a continuación se detallan: Cantidad, Valor Nominal. Roxana Raquel Payer, 150 cuotas, $ 150.000,00. José Nicolás Roteta, 150 cuotas, $ 150.000,00. Venden, ceden y transfieren las cuotas sociales indicadas en cada caso a favor de los señores: Cantidad/Valor Nominal, Luciano Daniel Killer, 30 cuotas, $ 30.000,00. Gustavo Roberto Lavenia, 270 cuotas, $ 270.000,00.

5) Capital : Como consecuencia de la cesión de cuotas de la sociedad, ha sido modificada la siguiente cláusula del respectivo contrato social quedando en definitiva redactada como a continuación se enuncia quinta: Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 300.000,00 (pesos trescientos mil), representado por 300 (treinta) cuotas sociales de $1.000 (pesos trescientas mil) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: el Sr. Luciano Daniel Killer, 30 cuotas sociales representativas de $ 30.000,00 (Pesos treinta mil) y el Sr. Gustavo Roberto Lavenia, 270 cuotas sociales representativas de $ 270.000,00 (pesos doscientos setenta mil).

6) Designacion de gerente; José Nicolás Roteta Renuncia en forma expresa a su cargo de Gerente acto seguido a cesión de cuotas se decide:

1- Designar como socio gerente a Luciano Daniel Killer.

2- Los socios de común acuerdo, aceptan por unanimidad aprobar la designación de socio Gerente a Luciano Daniel Killer teniendo en consideración que conforme lo determinan las disposiciones legales con debida anticipación se repartió la documentación a considerar, de acuerdo con las prescripciones contenidas en las leyes vigentes. En este mismo acto se acepta el cargo.

7) Establecer el nuevo domicilio social: En la calle Córdoba 3028 PB de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 60 395791 Jul. 15

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MOLINOS SOLDINI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


1- Fecha del Contrato Social: 1 de septiembre de 2018.

2- La administración y representación legal estará a cargo del socio Ruben Omar Ferracuti, argentino, nacido el 6 de abril de 1944 , D.N.I: 6.049.568, CUIL: 20-06049568-9, casado en primeras nupcias con Isolina María De Paul, con domicilio en calle Estanislao López número 1.935 de la localidad de Soldini, Provincia de Santa Fe, industrial quien es designado gerente mediante acta de fecha 4 de septiembre de 2018.

3- La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios Ruben Omar Ferracuti, argentino, nacido el 6 de abril de 1944, D.N.I: 6.049.568, CUIL: 20-06049568-9, casado en primeras nupcias con Isolina María De Paul, con domicilio en calle Estanislao López número 1935 de la localidad de Soldini, Provincia de Santa Fe, industrial; y Carina Mariel Ferracuti, argentina, nacida el 17 de mayo de 1972, D.N.I: 22.261.645, CUIT: 27-22261645-5, soltera, con domicilio en calle Estanislao López número 1935 de la localidad de Soldini, Provincia de Santa Fe, industrial.

$ 45 395763 Jul. 15

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PARPAL SEGURIDAD

INDUSTRIAL S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial, Primera nominación a cargo del Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber en los autos caratulados: Exp. Nro. 1283/2019. PARPAL SEGURIDAD INDUSTRIAL S.R.L. s/Modificación al contrato social. En la ciudad de Santa Fe, a los 13 días del mes de Junio de 2019 se reúnen los señores Parpal Cesar Raúl, C.U.I.T 20-20167198-2, argentino, divorciado, nacido el 19 de diciembre de 1968, D.N.I. 20.167.198, de profesión comerciante, domiciliado en calle Obispo Gelabert 3087, de la ciudad de Santa Fe; Parpal Marcelo Gabriel, C.U.I.T. 20-21411399-7, argentino, casado, nacido el 25 de Agosto de 1970, D.N.I. 21.411.399, de profesión comerciante, domiciliado en calle Obispo Gelabert 3087 de la ciudad de Santa Fe; Parpal Carlos Alberto, C.U.I.T. 20-23738365-7, argentino, casado, nacido el 22 de mayo de 1974, D.N.I. 23.738.365, de profesión comerciante, domiciliado en calle Obispo Gelabert 3087, de la ciudad de Santa Fe; y Parpal Maximiliano Martin, C.U.I.T. 20-32371151-9, argentino, casado, nacido el 23 de Julio de 1986, D.N.I. 32.371.151, de profesión comerciante, domiciliado en calle Obispo Gelabert 3087, de la ciudad de Santa Fe; a los efectos de tratar las modificaciones del contrato social de PARPAL SEGURIDAD INDUSTRIAL S.R.L. inscripta en el Registro Público comercio bajo el Nro. 1329 Folio 319 del Libro 15 de S.R.L. el día 09 de agosto de 2004 y sus modificaciones inscripta en este mismo registro bajo el N° 60 Folio 13 del Libro 17 de S.R.L. el día 02 de Julio de 2009. Las modificaciones al contrato social son las siguientes:

1. La capitalización de resultados no asignados, a los efectos de fijar el nuevo capital social en la suma de $ 300.000 (trescientos mil pesos) y establecer las nuevas participaciones societarias.

2. La transferencia a título gratuito de 1.000 (mil) cuotas societarias de la firma PARPAL SEGURIDAD INDUSTRIAL S.R.L.; propiedad del Señor Parpal Marcelo Gabriel; renunciando expresamente a los derechos que le pudieran corresponder sobre las mismas; a favor del Señor Parpal Maximiliano Martin. Los Señores Parpal Cesar Raul y Parpal Carlos Alberto dan su: consentimiento sobre la cesión de cuotas otorgadas a favor de Parpal Maximiliano Martin.

3. El plazo de duración de la vigencia del Contrato social.

La sociedad se regirá por las disposiciones de la ley 19550 y sus modificatorias y por las cláusulas que a continuación se detallan:

Artículo 1: La sociedad girará bajo la denominación de PARPAL SEGURIDAD INDUSTRIAL S.R.L, con domicilio en calle Pasaje Rodríguez 3541 de la ciudad de Santa Fe.

Artículo 2: La sociedad tendrá por objeto realizar la actividad de Servicio de Mantenimiento a Equipos Extintores, cargas, venta de elementos de protección industrial y personal, pudiendo comprar, vender, fabricar, tomar y dar en consignación los productos que comercialice.

Artículo 3: La duración de la sociedad será de treinta y cinco años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse por la voluntad de los socios, previa inscripción en dicho Registro.

Artículo 4: El capital social se fija en la suma de $ 300.000 (pesos trecientos mil) representado por 3.000 (tres mil ) cuotas de valor nominal de $ 100 (pesos cien) cada una; suscripta e integradas de la siguiente manera: 1.000 (mil) cuotas de valor $ 100 (pesos cien) cada una por Parpal Cesar Raúl, 1.000 (mil) cuotas de valor $ 100 (pesos cien) cada una por Parpal Maximiliano Martin, y 1.000 (mil) cuotas de valor $ 100 (pesos cien) cada una por Parpal Carlos Alberto.

Artículo 5: La Dirección y Administración de la sociedad, estará a cargo de los señQres socios, Parpal Cesar Raúl, Parpal Carlos Alberto y Parpal, Maximiliano Martin, quienes en este acto quedan designados en carácter de gerentes de la misma, teniendo indistintamente el uso de la firma social, quienes permanecerán en sus cargos por el plazo de duración de la sociedad, pudiendo celebrar en nombre de la misma toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; quienes aceptan en este acto los cargos para los que fueron designados.

Artículo 6: El ejercicio social cierra el 31 de marzo de cada año.

Fiscalización: A cargo de los socios.

Santa Fe, 02 de julio de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 238 395676 Jul. 15

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ROSARIO PLANES S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


De conformidad con lo resuelto en la Asamblea Ordinaria de Accionistas del 23 de Noviembre de 2018 se informa la designación de autoridades de Rosario Planes S.A.

Presidente: Armin Pablo Reutemann; D.N.I. N° 10.569.132; C.U.I.T. N° 20-10569132-8; Nacionalidad: argentina; Nacido el: 24 de octubre de 1952; Profesión: comerciante; Estado civil: casado; Domicilio: 3 de Febrero 2369 - Rosario - Santa Fe.

Vicepresidente: Fernando Alberto Caffaratti; D.N.I. N° 23.428.859; C.U.I.T N° 20-23428859-9; Nacionalidad: argentina; Nacido el 12 junio de 1973; Profesión: Contador Público; estado civil: casado, Domicilio: Vieytes 1370 - Pueblo Esther - Santa Fe.

Directora Suplente: María Del Carmen Oviedo Bustos; D.N.I. n° 14.888.636; C.U.I.T N° 2714888636-4; Nacionalidad: argentina; Nacido el: 3 de agosto de 1962; Profesión: comerciante; Estado civil: casada; Domicilio: 3 de Febrero 2369 - Rosario - Santa Fe.

$ 45 395832 Jul. 15

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ROSARIO ABRASIVOS S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Se hace saber que dentro de los autos caratulados: FONZO, GRACIELA ESTELA s/Sucesión, Expte. Nro. 88/2014, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a. Nominación de Rosario, se ha ordenado inscribir la transferencia a favor de Jorgelina Indiana y Luciano José Muñoz, herederos declarados de la causante, doscientas cuotas sociales de capital que pertenecen al Sr. Raúl Enrique Muñoz, DNI 6.049.423, CUIT 20-06049423-2, viudo en primeras nupcias de la Sra. Graciela Estela Fonzo, con domicilio en calle Salta 1171 de Rosario, en la sociedad Rosario Abrasivos S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 129, Folio 4406 Nro. 1605. Las referidas cuotas de capital deberán ser transferidas a favor de los hijos del Sr. Raúl Enrique Muñoz y la causante, de la siguiente manera: cien cuotas de capital a favor de Jorgelina Indiana Muñoz, argentina, DNI 20.704.237, CUIT 23-20704237-4, divorciada, con domicilio real en calle Catamarca 1656 Piso 8 de Rosario, y cien cuotas de capital a favor de Luciano José Muñoz, argentino, DNI 25.959.577, CUIT 24-25959577-7 soltero, con domicilio en calle Salta 1777 Piso 4 de Rosario. Se hace constar que la declaratoria de herederos fue dictada el 13-06-2014 mediante Auto Nro. 899 y en su parte resolutiva expresa: Resuelvo: Declarar, en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Graciela Estela Fonzo, le suceden en calidad de únicos y universales herederos, su cónyuge supérstite Raul Enrique Muñoz y sus hijos Jorgelina Indiana y Luciano Jose, ambos de apellido Muñoz y Fonzo. Firmado: Dr. Pedro A. Boasso (Juez) - Dra. María Sol Sedita (Secretaria).

$ 60 395756 Jul. 15

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AGRICOLA G.J.O.J.J. S.A.


TRANSFORMACIÓN


a) Fecha de la Resolución Social que aprobó la transformación: Acta Unánime de Transformación de fecha 10 de Septiembre de 2018 y Adecuación de fecha 02 de Junio de 2019.

b) Fecha del Instrumento de Transformación: Estatuto de fecha 02 de unió de 2019.

c) Razón Social anterior y la adoptada: La anterior razón social DON JAIME V S.R.L. y la nueva razón social es AGRICOLA G.J.O.J.J. S.A. que es continuadora jurídica de la mencionada en primer término.

d) Socios y capital que representa: Guillermo Gabriel Aran, doscientos cuarenta (240) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una de ellas con derecho a un voto por acción: Jaime Manuel Aran, doscientas cuarenta (240) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una de ellas con derecho a un voto por acción; Oro María José Aran doscientas cuarenta (240) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una con derecho a un voto por acción; José Antonio Alberto Aran doscientas cuarenta (240) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una de ellas con derecho a un voto por acción y Juan Manuel Aran doscientas cuarenta (240) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una de ellas con derecho a un voto por acción.

e) Objeto Social: a)Explotación establecimientos ganaderos, tamberos y todo otro tipo de explotación agropecuaria incluida la explotación granjera en toda sus formas, producción de semillas, la explotación de la agricultura en todas sus formas, la compra, venta, comercialización, fraccionamiento y distribución de todo tipo de productos agropecuarios con inclusión de semillas. b) El arrendamiento de inmuebles rurales. La explotación directa, o con intervención de terceras personas físicas o jurídicas, de toda clase de establecimientos rurales, entre otros agrícolas, ganaderos o de otro tipo, de propiedad de la sociedad o de terceras personas, pudiendo realizar operaciones de compra, cría, invernada, tambo, venta, cruza de todo tipo, recepción y entrega de hacienda a pastaje, siembra, cosecha, producción de cereales o semillas, arrendamientos de inmuebles rurales.

f) Organización de la Representación Social: El directorio tiene a cargo la Representación Social.

g) Composición de los Organos de Administración y Fiscalización: Se designa para integrar el Directorio: Presidente. José Antonio Alberto Aran, argentino, ingeniero agrónomo soltero, nacido el 10 de Diciembre de 1983, apellido materno Benamú, D.N.I. N° 30.374.846, CUIT Nº 20-30374846-7, domiciliado en calle Buenos Aires 1851 piso 5 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Pcia. de Santa Fe. Director Titular: Guillermo Gabriel Aran, argentino, productor agropecuario, de apellido materno Benamú, casado, D.N.I. N°20.737.560, CUIT N° 20-20737560-9, domiciliado en calle Bv.Argentino n° 1050 de la ciudad de Galvez, Departamento San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe y Jaime Manuel Aran, argentino, productor agropecuario, nacido el 07 de diciembre de 1977, de apellido materno Benamú, casado, D.N.I. N° 26.320.466, C.U.I.T N° 20-26320466-3, domiciliado en calle Bv. Argentino N°1050 de la ciudad de Galvez, departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe. Director Suplente: Oro María José Aran, argentina, médica, soltera, nacida el 16 de Junio de 1982, de apellido materno Benamú, D.N.I. N° 29.006.098, CUIT N° 27-29006098-8, domiciliada en Bv. Argentino N°1050 de la ciudad de Galvez, Departamento San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, y Juan manuel Aran, argentino, estudiante, soltero, nacido el 13 de Julio de 1987, de apellido materno Benamú, D.N.I. N° 33.153.305, CUIT N° 20-33153305-0, domiciliado en calle Bv. Argentino N° 1050 de la ciudad de Galvez, Departamento San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe.

Galvez, 03 de Julio de 2019.

$ 165 395840 Jul. 15

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