picture_as_pdf 2019-04-17

RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

CARLOS ZURBRIGGEN


La Sra. Jueza de 1º INSTANCIA DISTRITO C. y Comercial, 3º Nom., Rafaela, Secretaría autorizante, en autos FERRERO CALLERI, Diego Marcelo c/ OTRA ( FORMTEXT FORMTEXT DNI: 17.160.472) s/ EJECUTIVO, CUIJ. Nº: 21-24018571-4, (Expte.: 264/16); ha dispuesto que el Martillero Carlos ZURBRIGGEN, CUIT. N°: 20- 21536770- 4, proceda a VENDER en PUBLICA SUBASTA el día 02 de Mayo de 2019, 10,30 hs. o hábil siguiente, misma hora y lugar si aquel fuese inhábil en el Hall de los Tribunales locales, SIN BASE y AL MEJOR POSTOR; EL 50% INDIVISO DE UN AUTOMOVIL: Dominio: NIW-208, Marca: CHEVROLET, Año: 2013, Tipo: SEDAN 4 Ptas., Modelo: DP - CLASSIC 4P LS A+D SPIRIT 1,4N, Marca Motor: CHEVROLET, N° de Motor: T85154051, Marca Chasis: CHEVROLET, N° de Chasis: 8AGSC1950DR191808. INFORMES: REGISTRO AUTOMOTOR: FORMTEXT Al 08/04/19: Subsiste el dominio a nombre del demandado, No registra Inhibiciones, ni Prendas; sí DOS (02) Embargo/s: 1º): Fecha: 11/01/16: Autos: SANTA, Federico c/ Otros s/ Ejec., Expte: 1548/15, JUZGADO: Dist. C. y C., 1º Nom., Rafaela; Monto: $48.000, Intereses: $24.000 y 2º): Para estos autos: fecha: 27/04/16, Monto/s: $16.454,71, Intereses: $8.227,35; POLICIA PROVINCIAL (Dpto. Operaciones D3) SANTA FE: (fs. 72 y ss.) Al 8/10/18: No presenta pedido de secuestro y sin novedad; URI Nº 5 (Sustracción Automotores): (fs. 90 y ss.) Al 13/11/18: No presenta anomalía alguna en sus guarismos y consultado el Sistema DNRPA, resulta: Sin novedad para dicho dominio; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA: (fs. 85 y ss.) Al 3/12/18: Secc. Patentamiento: Patente inexistente; Tribunal Municipal de Faltas: al 5/12/18: registra una infracción de tránsito, cancelada por convenio nº: 163958 y se adeudan 7 de 10 cuotas; CONSTATACION: (fs. 92 y ss.) la Sra. Oficial de Justicia, informa: En … Rafaela, a los 06 días … de Noviembre de 2018, … me constituí … en calle Aguado 150 de esta ciudad … fui atendida por … Romina Heideggen … DNI: 32503034 … procedo a constatar el vehículo: ... Dominio: NIW-208 …: a) Detalles Externos: Paragolpe trasero lado izquierdo y derecho fuera de lugar, abollado y rayado. Puerta derecha delantera sin vagueta y la trasera rayada. Paragolpe delantero fuera de lugar. Cubiertas en regular estado y la delantera derecha desinflada. El estado general externo es regular. b) Detalles Internos: … el estado general de su interior es bueno. … al no contar con la llave correspondiente no se pudo poner en funcionamiento como así también verificar su kilometraje. No siendo para mas se dio por terminado el acto ... Fdo.: ANTUNES. CONDICIONES DE VENTA: El que resulte comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% del precio de su compra más la comisión de ley del martillero, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A): al aprobarse la subasta o B): a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En el caso de que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b): si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. FORMTEXT Déjase constancia en los edictos a publicarse que los impuestos nacionales, provinciales y/o municipales que se adeuden por el automotor, serán a cargo del comprador desde el remate en adelante, debiendo también realizar a su costo los trámites inherentes a la toma de posesión e inscripción de dominio; así también se le podrá exigir al comprador la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10160). Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, en esta Sede Judicial. INFORMES: Secretaría Juzgado y/o Martillero: 0342- 4526989 o Cel.: 342-4-395152, 18 a 20 hs. Fdo.: Dra. CASTELLANO – Secretario/a. RAFAELA, 15/04/2019.-

$ 283,80 387757 Abr. 17 Abr. 23

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