picture_as_pdf 2019-04-11

Tribunal Colegiado


Por disposición del Jueza Trámite, Dra. Susana Romero, en los autos caratulados “SDNAF C/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA)” Expte. CUIJ 21-10713639-5, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber al Sr. Teodoro Mendoza, D.N.I. Nº 7.879.272, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 27 de Febrero de 2019. Con los autos "SDNAF c/ GONZALEZ JUAN CANDIDO Y ABOLI MARIA RITA s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (PEIDO DE AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA)" (CUIJ NRO 21-10703452-5 – PRIMERA SECRETARIA); "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (CONTROL DE LEGALIDAD)" (CUIJ NRO 21-10710357-8 – PRIMERA SECRETARIA) y "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - RESOLUCIÓN DEFINITIVA" (CUIJ NRO 21-10708154-9 – PRIMERA SECRETARIA) a la vista y proveyendo: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado; acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Téngase por interpuesta demanda de FORMAL NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la MEDIDA de PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa Nro. 000151 de fecha 10.12.2018 respecto de los niños Lucas Francisco Mendoza y Juan Ignacio González. Cítase y emplázase a María Rita Aboli, a Teodoro Mendoza -progenitor de Lucas- y a Juan Cándido González -progenitor de Juan Ignacio- a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de ley 12.967 (ref. por ley 13.237), por el presente se ordena que el diligenciamiento, notificación y la realización de todo acto impulsorio y procedimental pertinente estará a cargo del organismo administrativo compareciente. Téngase presente la propuesta sugerida referente a la privación de responsabilidad parental y declaración de adoptabilidad de los niños LucasFrancisco Mendoza y Juan Ignacio González. Hágase saber que ha sido designada transitoriamente Jueza de Trámite Susana María Romero (art. 543 del CPCC). Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. En atención a las constancias de los autos conexos (fs. 163/vta y 164/vta - CUIJ NRO 21-10708154-9), como asimismo, de las presentes actuaciones –v. fs. 96/vta y 107- notifíquese por edictos (art. 67 del CPCC).-.- Fdo.: Dra. Susana María ROMERO. Juez- Dr. Adolfo J.M DREWANZ Secretario.-

Santa Fe, 03 de Abril de 2019.-

S/C 28216 Abr. 11 Abr. 15

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Por disposición del Jueza Trámite, Dra. Susana Romero, en los autos caratulados “SDNAF C/ ELLEMBERGER, YANET KAREN S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12967” CUIJ: 21-10706077-1, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber a la Yanet Karen Ellemberger, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 08/02/2019. Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Declarar el estado de adoptabilidad del niño Bayron Yutiel Ellemberger, D.N.I.: 56.021.941 y solicitar la remisión de legajos al R.U.A.G.A a fin de otorgarle la guarda pertinente a la familia que correspondiere, conforme resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional dictada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, registrada bajo el Nro. 000015 de fecha 05.03.2018. 2) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente, archívese.Fdo.: LOZA (SECRETARIA); ROMERO (JUEZA) OTRO DECRETO: OTRO DECRETO: SANTA FE, 13 de Marzo de 2019. Agréguese. Téngase presente. Autorízase a la notificación mediante edictos, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 del CPCC. Notifíquese. Fdo.: Dr. Adolfo J. M. DREWANZ (SECRETARIO).-

Santa Fe, 05 de abril de 2019.-

S/C 28215 Abr. 11 Abr. 15

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Por disposición del Jueza Trámite, Dra. Susana Romero, en los autos caratulados “SDNAF C/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA)” Expte. CUIJ 21-10713639-5, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber al Sr. Juan Candido Gonzalez, D.N.I. Nº 10.516.439, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 27 de Febrero de 2019. Con los autos "SDNAF c/ GONZALEZ JUAN CANDIDO Y ABOLI MARIA RITA s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (PEIDO DE AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA)" (CUIJ NRO 21-10703452-5 – PRIMERA SECRETARIA); "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (CONTROL DE LEGALIDAD)" (CUIJ NRO 21-10710357-8 – PRIMERA SECRETARIA) y "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - RESOLUCIÓN DEFINITIVA" (CUIJ NRO 21-10708154-9 – PRIMERA SECRETARIA) a la vista y proveyendo: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado; acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Téngase por interpuesta demanda de FORMAL NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la MEDIDA de PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa Nro. 000151 de fecha 10.12.2018 respecto de los niños Lucas Francisco Mendoza y Juan Ignacio González. Cítase y emplázase a María Rita Aboli, a Teodoro Mendoza -progenitor de Lucas- y a Juan Cándido González -progenitor de Juan Ignacio- a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de ley 12.967 (ref. por ley 13.237), por el presente se ordena que el diligenciamiento, notificación y la realización de todo acto impulsorio y procedimental pertinente estará a cargo del organismo administrativo compareciente. Téngase presente la propuesta sugerida referente a la privación de responsabilidad parental y declaración de adoptabilidad de los niños LucasFrancisco Mendoza y Juan Ignacio González. Hágase saber que ha sido designada transitoriamente Jueza de Trámite Susana María Romero (art. 543 del CPCC). Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. En atención a las constancias de los autos conexos (fs. 163/vta y 164/vta - CUIJ NRO 21-10708154-9), como asimismo, de las presentes actuaciones –v. fs. 96/vta y 107- notifíquese por edictos (art. 67 del CPCC).-.- Fdo.: Dra. Susana María ROMERO. Juez- Dr. Adolfo J.M DREWANZ Secretario.-

Santa Fe, 03 de Abril de 2019.-

S/C 28214 Abr. 11 Abr. 15

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Por disposición del Jueza Trámite, Dra. Susana Romero, en los autos caratulados “SDNAF C/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL (RESOLUCION DEFINITIVA)” Expte. CUIJ 21-10713639-5, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber a la María Rita Abolí, D.N.I. Nº 33.312.049, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 27 de Febrero de 2019. Con los autos "SDNAF c/ GONZALEZ JUAN CANDIDO Y ABOLI MARIA RITA s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (PEIDO DE AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA)" (CUIJ NRO 21-10703452-5 – PRIMERA SECRETARIA); "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA Y OTROS s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (CONTROL DE LEGALIDAD)" (CUIJ NRO 21-10710357-8 – PRIMERA SECRETARIA) y "SDNAF c/ ABOLI MARIA RITA s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - RESOLUCIÓN DEFINITIVA" (CUIJ NRO 21-10708154-9 – PRIMERA SECRETARIA) a la vista y proveyendo: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado; acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Téngase por interpuesta demanda de FORMAL NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la MEDIDA de PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD de CONTROL DE LEGALIDAD dictada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe mediante Disposición Administrativa Nro. 000151 de fecha 10.12.2018 respecto de los niños Lucas Francisco Mendoza y Juan Ignacio González. Cítase y emplázase a María Rita Aboli, a Teodoro Mendoza -progenitor de Lucas- y a Juan Cándido González -progenitor de Juan Ignacio- a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Agréguese la documental acompañada. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de ley 12.967 (ref. por ley 13.237), por el presente se ordena que el diligenciamiento, notificación y la realización de todo acto impulsorio y procedimental pertinente estará a cargo del organismo administrativo compareciente. Téngase presente la propuesta sugerida referente a la privación de responsabilidad parental y declaración de adoptabilidad de los niños LucasFrancisco Mendoza y Juan Ignacio González. Hágase saber que ha sido designada transitoriamente Jueza de Trámite Susana María Romero (art. 543 del CPCC). Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. En atención a las constancias de los autos conexos (fs. 163/vta y 164/vta - CUIJ NRO 21-10708154-9), como asimismo, de las presentes actuaciones –v. fs. 96/vta y 107- notifíquese por edictos (art. 67 del CPCC).-.- Fdo.: Dra. Susana María ROMERO. Juez- Dr. Adolfo J.M DREWANZ Secretario.-

Santa Fe, 03 de Abril de 2019.-

S/C 28213 Abr. 11 Abr. 15

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados “ACUÑA, Mariano Miguel s/Quiebra” (CUIJ Nº 21-01984561-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez a Cargo y Dra. Verónica Toloza, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 52.713,13 y Dra. Fabiana G. Sosa Fanoni $ 22.591,34 (Art. 218 LCQ).

Santa Fe, 18.de Marzo de 2019. - Dra. Natalia Gerard – Prosecretaria

S/C 385202 Abr. 11 Abr. 12

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Por disposición del Señor Juez en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, Secretaria Única, con sede en la ciudad de Santa Fe, en autos: COLMAN, GISELA IVANA s/Quiebra (Hoy Concurso Preventivo) (CUIJ Nº 21-02002959-2) mediante Resolución n° 203, f° 71, t° 47 de fecha 01/04/2019 se ha resuelto declarar abierto el concurso preventivo de Gisela Ivana Colman, Argentina, DNI: 33.859.941, con domicilio real en calle Mendoza 244 de la localidad de Nelson, y legal en calle Francia n°: 1538 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la Provincia de Santa Fe. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de CPN para el día 17.04.19 a las 10 hs. Fijar hasta el 15/05/19 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado la fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico. Fijar el día 29.05.19 o el día hábil inmediato posterior si resultara feriado como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Fijar los días 27/06/19 o el día hábil inmediato posterior si resultara feriado para la presentación de los informes individuales y el día 23/08/19 o el día hábil inmediato posterior si resultara feriado para la presentación del informe general. Fijar el día 28/10/19 o el día hábil inmediato siguiente si resultare feriado para la audiencia informativa a las 11 hs, a realizarse por ante este juzgado a los fines previstos por el art. 45. Dicha audiencia deberá ser notificada a los trabajadores de la deudora en la forma dispuesta en el inc. 10 del art. 14 de la LCQ... Hágase saber, insértese el original, agréguese copia... Fdo.: Dr. Silvestrini, Secretario. Dr. Marcolin, Juez

S/C 386968 Abr 11 Abr 17

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