picture_as_pdf 2019-03-20

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Segunda Nominación de esta ciudad de Santa Fe en autos caratulados: “LONGONI CARLOS ALBERTO c/PATAGONIA SUR INDUSTRIAL E INS. s/COBRO DE PESOS LABORALES” (CUIJ 21-04623720-7), el Sr. Juez, ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 06 de Diciembre de 2018. Para que tenga lugar la audiencia de trámite proscripta por el art. 51 de la Ley 13.039, fíjase el día 22/03/19 a las 10.00 hs. Comparezcan personalmente las partes, bajo apercibimientos de aplicación de la multa correspondiente, debiendo en la misma oportunidad absolver posiciones el actor y las demandadas, a quienes se cita a ese efecto, bajo apercibimientos de tenerlos por confesos, conforme a lo dispuesto por el art. 66 de la ley citada precedentemente. Hágase saber a las partes que deberán comparecer provistas de sus respectivos documentos de identidad. Asimismo, y a los fines previstos por el art. 56 de la Ley 13.039, convocase a las partes a la audiencia del día 06/02/19 a las 11.30 hs. En caso excepcionales de imposibilidad material de concurrir a la audiencia, las personas físicas deberán hacerse representar en la conciliación por apoderado especial con instrucciones y mandato suficientes. Notifíquese por cédula a las partes en los domicilios real y legal. Fdo.: Dr. David Marcelo Suasnabar (Juez) - Dr. Diego Romero - Secretario. Santa Fe, 1 de Marzo de 2019.

S/C 383421 Mar. 20

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Laboral de la Cuarta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, con asiento en la ciudad de Santa Fe Capital, se comunica: “Santa Fe, 05 de Febrero de 20] 9. Agréguese el edicto diligenciado. Atento lo peticionado, haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Para que tenga lugar el sorteo de un Defensor Ad-hoc (art. 45 - Ley 7.945), fijase la audiencia del día 25/02/19 a las 10 horas. Firme que se encuentre el presente, precédase a enviar correo electrónico a la Oficina de sorteos de peritos, martilleros y síndicos, conforme Acordada de la Corte Suprema de Justicia de fecha 05/12/17. Notifíquese por edicto. Notifíquese. Fdo.: Dra. Silvina P. Melchiori (Secretaria); Dra. María Victoria Acosta (Jueza). Autos caratulados; “TRONCOSO, SERGIO ARIEL c/TRANSPALLETS SRL s/Cobro de pesos - Rubros laborales” (CUIJ Nº 21-0477146-8). Santa Fe, 21 de Febrero de 2019. Dra. Melchiori, Secretaria.

S/C 383403 Mar. 20 Mar. 22

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado N° 3 - Secretaria Segunda, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe), en los autos caratulados: CEIRANO, PATRICIO TELEMACO s/Divorcio (CUIJ N° 21-10704841-0), se notifica a la Sra. Giselle Soledad Cabrera D.N.I. N° 25.969.593, que en los autos de referencia, V.S ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 11/02/2019. Vistos: Los presentes descritos en el acápite en trámite por ante la Secretaría 2da. este Tribunal, en los que Patricio Telémaco Ceirano, solicita que se declare su divorcio vincular contra Giselle Soledad Cabrera, fundado en el Art. 437 y Conc. Del Código Civil y Comercial y manifiestan respecto a la propuesta reguladores que no han adquirido bienes, que el domicilio donde se asentó el hogar conyugal no es de titularidad de ninguna de las partes y que no propone plan de parentalidad ya que no poseen hijos en común (fs. 2/3). La accionada no contestó la demanda, pese a estar debidamente notificada (fs. 32/33). Y Considerando: El peticionante es cónyuge de la demandada, lo que le confiere suficiente legitimación para un proceso de la naturaleza del presente (Conf. fs. 1/vto. - Art. 289 Inc. b, 423, 435 inc. c, 437 C.C y C.) y la demanda reúne los reuiditos contemplados por la legislación civil y comercial, por lo que corresponde acoger pretensión divorcista. Por lo expuesto y la normativa citada; Resuelvo: El divorcio de Patricio Telémaco Ceirano y Giselle Soledad Cabrera, matrimonio celebrado en Santa Fe 2da. Sección, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el día 17 de Abril de 2009, Según Acta N° 91, Tomo I, Año 2009. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo.: Dr. Fabio Della Siega (Juez) - Dra. Gabriela Suárez (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibidor del Hall de la Planta Baja de los Tribunales (Art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287). El presente es tramitado por la Defensoría General Civil N° 3, razón por la cual reviste el carácter de gestión sin cargo (Art. 138, inc. 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, 25 de Febrero de 2019. Luciana Bonnin, prosecretaria.

S/C 383479 Mar. 20 Mar. 22

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Por disposición del señor Juez a cargo del Tribunal Colegiado de Familia N° 5. 1ra. Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Dr. Alejandro Azvalinsky, se hace saber que en los autos caratulados: FLEITAS EDITH ESTELA SUSANA s/Reconocimiento de Sentencia Extranjera; (Exp. N° 1369/2013), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 04 de Febrero de 2019. Agréguese. En este estado, pasen autos a resolución. Notifíquese por edicto, el que se publicará en el BOLETIN OFICIAL y sede de este Tribunal. Notifíquese. Fdo: Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez; Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria. A efectos de la notificación publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en la sede del Tribunal de esta ciudad. Santa Fe, 21 de Febrero de 2019. Carlos Molinari, secretaria.

$ 45 383480 Mar. 20 Mar. 26

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por orden del Juez de Dist N° 1 CC, 3ra. Nom. de Sta. Fe, en autos: CÓRDOBA ALEJANDRO ERNESTO s/Concurso Preventivo 21-02003806-0, se abrió el concurso preventivo del Alejandro Ernesto Córdoba, argentino, D.N.I. N° 27.237.018, con domicilio real en calle La Rioja 1339 P.A. de la ciudad de Santo Tomé, pudiendo los acreedores verificar ante la Sindica la CPN Marcela Beatriz Maldonado, en calle Vieytes 2231 de la ciudad de Santa Fe e 17:00 hs a 20:00 hs, de lunes a viernes hasta el 8/4/2019. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 25 de Febrero de 2019.

S/C 383401 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “TAQUINI, RAÚL FRANCISCO y Otro c/Conde, Amelia Sara del Carmen s/Ejecución hipotecaria” (CUIJ 21-00884147-8), se cita y emplaza a los herederos y/o sucesores de Doña Amelia Sara del Carmen Conde, DNI F 2.836.721, que comparezcan a estar a derecho, dentro del término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía, de conformidad a las prescripciones del art. 597 del C.P.C.C. de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, el que se exhibirá en el hall de Planta Baja de los Tribunales. Santa Fe, 26 de Febrero de 2019. Dr. Hrycuk, Secretario.

$ 33 383390 Mar. 20 Mar. 22

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Por orden del Juez de Dist. N° 1 CC, 2da. Nom. de Sta. Fe, en autos: OJEDA, JESÚS ALEJANDRO s/QUIEBRA - HOY CONCURSO PREVENTIVO - CUIJ 21-02000155-8, se abrió el concurso preventivo del OJEDA, JESÚS ALEJANDRO, argentino, D.N.I. 30.166.433, de apellido materno Ceballos, casado, con domicilio real en calle Córdoba 3906 de la ciudad de Santa Fe, pudiendo los acreedores verificar ante la Sindica la CPN GRACIELA MONICA D´AMICO domiciliada legalmente en calle Irigoyen Freyre 2347 2° Piso Dpto. B de la ciudad de Santa Fe de 9hs a 13hs y de 16hs a 20hs, de lunes a viernes hasta el

13/03/2019. Fdo: Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 22 de Febrero de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.

S/C 383400 Mar. 20 Mar. 26

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Por así estar dispuesto en los autos “VÁZQUEZ MARÍA DE LOS ANGELES s/Quiebra (EXPTE. CUIJ Nº 21-02003788-9) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 01 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; 1) Declarar la quiebra de Vázquez María de los Angeles, argentina, de apellido materno “Zalazar”, D.N.I. N° 33.296.504, CUIL N° 27-33296504-8, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Juan del Campillo N° 4207, y legal en calle Obispo Gelabert N° 2574 -Oficina I-, ambos de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/02/19 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 25/04/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 13/05/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 10/06/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 07/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria - Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 01 de Marzo de 2019 para estos autos, resultó sorteada Sindica la C.P.N. MARIA LUCIA ADUR, con domicilio en calle Juan de Garay Nº 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 383383 Mar. 20 Mar. 26

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Por así estar dispuesto en los autos “LÓPEZ RAÚL IGNACIO s/Quiebra (Expte. Nº 21-02004853-9)“ la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 01 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de López Raúl Ignacio, apellido materno Doldan, argentino, D.N.I. Nº 16.818.003, CUIL Nro. 23-16818003-9, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Hermanos Madeo 1326, de esta ciudad de Santa Fe y legal en calle General López 2840 Piso 4 Oficina 14 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/02/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 25/04/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 13/05/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 10/06/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 07/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el. BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Sindico el CPN Ignacio Pacheco Huber en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena – Jueza.

S/C 383380 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “FARIAS, MARÍA GABRIELA s/Quiebra” (CUIJ Nº 21-02002003-9), atento lo ordenado en fecha 04 de Diciembre de 2018, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de María Gabriela Parias, D.N.I. Nº 22.168.410, de apellido materno Albini. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 09 de Abril de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Ricardo Pedro Melini, con domicilio en calle Urquiza N° 2295, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marin - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 Ley 24.522). Santa Fe, 28 de Febrero de 2019. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 383389 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “PONCE, MARÍA ROSA s/Quiebra” (CUIJ No 21-02002563-5), atento lo ordenado en fecha 05 de Diciembre de 2018 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de María Rosa Ponce, D.N.I. No 9.970.379, de apellido materno Ríos. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 09 de Abril de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico a la C.P.N. Sandra Del Carmen Cerino, con domicilio en calle Moreno Nº 2407, Planta Alta, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 - Ley 24522). Santa Fe, 28 de Febrero de 2019. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 383388 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: ERMACORA, LILIANA MARIA LETICIA c/BERNARDO, GRACIELA BEATRIZ y Otros s/Ejecución Hipotecaria; Expte. CUIJ N° 21-01990957-0. Se cita y emplaza a la deudora y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que, dentro de cinco días contados desde la última publicación, paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimados u opongan excepción, bajo apercibimiento de dictarse sentencia en rebeldía, sin más trámite y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha, en relación al inmueble que les corresponde a los demandados Graciela Beatriz Ramona Bernardo de Rosillo, DNI N° 16.022.132, de apellido materno Quesada, domiciliada en calle Bernardo de Irigoyen N° 6549 de esta ciudad de Santa Fe; Guillermo Alejandro Bernardo, DNI N° 17.222.613, de apellido materno Quesada, domiciliado en calle Larguia N° 6615 de esta ciudad de Santa Fe; y, Alberto Ceferino Bernardo, DNI N° 21.905.422, de apellido materno Quesada, domiciliado en calle Crespo N° 7447 de esta ciudad de Santa Fe. Según resulta del respectivo testimonio inscripto el 06/03/2008 bajo el Nro. 22905, Folio 1297, Tomo 722 Par Sección Propiedades del Departamento La Capital del Registro General. El derecho real de hipoteca inscripto el 11 de Mayo de 2016 bajo el Nro. 58561 al Folio 269, Tomo 232 del Departamento La Capital del Registro de Gravámenes del Registro General constituido para garantizar la suma de $ 79.955. Lo que se hace saber a sus efectos. Edictos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 20 de Febrero de 2019. Fdo.: Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario.

$ 165 383463 Mar. 20 Mat. 26

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Autos: CARDOZO OMAR ORFILIO s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. N° 21-01977823-9), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos Cincuenta y Dos Mil Setecientos Trece con 13/100 ($ 52.713,13) (con más aportes - 10% - e IVA - 21%); Honorarios apoderado fallido: Pesos Veintidós Mil Quinientos Noventa y Uno con 34/100 ($ 22.591,34) (corresponderá adicionar el 13% de aportes profesionales). Santa Fe, 26 de Febrero de 2019. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 383472 Mar. 20 Mar. 21

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Autos: BALESTRA HÉCTOR EGIDIO s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. N° 21-01978501-4), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos Cuarenta y Siete Mil Novecientos Veinte 60/100 ($ 47.920,60) (con más aportes - 10% - e IVA - 21%); Honorarios apoderado fallido: Pesos Veinte Mil Quinientos Treinta y Siete con 40/100 ($ 20.537,40) (corresponderá adicionar el 13% de aportes profesionales). Santa Fe, 26 de Febrero de 2019. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 383471 Mar. 20 Mar. 21

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De acuerdo a lo dispuesto en Decreto de fecha 21 de Febrero de 2019 y en Resolución de fecha 14 de Diciembre de 2018 por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en autos caratulados: LUGO, ANA MARÍA s/Quiebra, CUIJ 21-01975026-1, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución Final, y se regularon los honorarios de primera instancia, ordenándose la publicación de edictos por dos días conforme lo exige el art. 218 de la L.C.Q. El Decreto que ordena la presente medida, en lo pertinente dice: Santa Fe, 21 de Febrero de 2019. Proveyendo escrito cargo N° 1169/19: Téngase presente lo manifestado. Por formulado proyecto de distribución acompañado a fs. 77/78. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza - Juez - Dra. Mariana Nelli - Secretaria. La Resolución de regulación de honorarios, en lo pertinente dice: “Santa Fe, 14 de Diciembre de 2018. Vistos: ... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de S 75.304,47, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 52.713,13 (pesos cincuenta y dos mil setecientos trece con trece centavos centavos) para el CPN Daniel F. Piumetti y 2°) $ 22.591,34 (pesos veintidós mil quinientos noventa y uno con treinta y cuatro centavos) (9,4807672 jus), para la Dra. María Inés Maiorano. Vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Expídase copia, insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Iván Gustavo Di Chiazza - Juez - Dra. Mariana Nelli - Secretaria. Santa Fe, 28 de Febrero de 2019. Dra. Lusardi, Prosecretaria.

S/C 383423 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: “ROJAS, ALEJANDRO RAÚL s/SOLICITUD PROPIA DE QUIEBRA” (Expte. CUIJ: 21-02006469-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 06/03/2019. 1°) Declarar la quiebra de Alejandro Raúl Rojas, argentino, mayor de edad, D.N.I. 26.020.675, domiciliado realmente en calle República de Sarmiento Nº 31 - Arroyo Aguíar, de Santa Fe y con domicilio procesal en 9 de Julio Nº 2238, Piso 2, Oficina 259/260, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 06 de Marzo de 2019 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 04 de Abril de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 8 de Mayo de 2019, para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 05 de Junio de 2019 para la presentación de los informes individuales; y el 24 de Julio de 2019, para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao - Juez -Secretario a/c. Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 383350 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: “CARIGNANO, MARÍA DEL CARMEN s/Solicitud propia de quiebra” (Expte. CUIJ: 21-02002937-1), se ha dispuesto en la resolución de fecha 06/03/2019: 1°) Declarar la quiebra de Maria del Carmen Carignano, argentina, mayor de edad, D.N.I. 5.622.548, domiciliada realmente en calle Sarmiento Nº 2154 - Coronda, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en Córdoba Nº 3499 de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 06 de Marzo de 2019 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 04 de Abril de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 08 de Mayo de 2019 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 05 de Junio de 2019, para la presentación de los informes individuales; y el 24 de Julio de 2019, para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao – Juez. Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 383349 Mar. 20 Mar. 26

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El Señor Juez a cargo del Juzgado de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial 7ma. Nominación, con sede en San Gerónimo 1551 de Santa Fe, en los autos caratulados FIORANO MIGUEL EDUARDO s/Quiebra de su patrimonio (CUIJ 21-00941083-7), Expediente N° 522/2000, cita y emplaza a los herederos y sucesores de Miguel Eduardo Fiorano (L.E. Nº 6.306.023), por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y exhibirán en los Estrados del Tribunal, para que comparezcan a los autos dentro del plazo de ley a tomar la intervención que les corresponda conforme los términos del art. 73 del Cód. Proc. Civil y Com. Secretaría, 1 de Marzo de 2019. Dr. Gómez, Secretario.

S/C 383352 Mar. 20 Mar. 26

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Número Uno de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “MILESI CARLOS NICOLAS s/Sucesorio”, CUIJ 21-02005110-5, se cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante CARLOS NICOLÁS MILESI, D.N.I. N° 33.015.059, quién falleció en la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe) el día 16 de Octubre de 2018, para que comparezcan hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 6 de Marzo de 2019. Fdo.: López Busto, Secretaria. Dr. Beltramo, Secretario. Dr. Beltramo, Secretario.

$ 45 383412 Mar. 20

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En los autos caratulados: “ARNOLFO, MARCELO CEFERINO s/Quiebra” CUIJ 21-01983210-1, Expediente que se tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución (art. 218 LC y Q) regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes: para el CPN Daniel Francisco Piumetti la suma $ 52.713,13 (pesos cincuenta y dos mil setecientos trece con trece centavos) y para la Dra. Gisela Verónica Moreno, $ 22.591,34 (pesos veintidós mil quinientos noventa y uno con treinta y cuatro centavos) que se publica a los efectos del art. 218 L.C y Q. N° 24.522. Fdo. Juez Dr. Di Chiaza - Dra. Nelli (Secretaria). Santa Fe, 28 de Febrero 2019. Dra. Lusardi, Prosecretaria.

S/C 383425 Mar. 20 Mar. 21

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados “BLANK, ENRIQUE ISRAEL s/Sucesorio” CUIJ Nº 21-02002663-1 se cita, se llama; y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ENRIQUE ISRAEL BLANK, D.N.I. Nº 6.254.972, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 28 de Febrero de 2019. Fdo.: Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria).

$ 45 383372 Mar. 20

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: SOÑEZ, ANGÉLICA s/Declaratoria de Herederos (CUIJ 21-02004187-8 - Año 2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ANGÉLICA SOÑEZ, L.C. N° 1.532.211, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de la Planta Baja de los Tribunales. Fdo. Dra. Estela C. López Bustos -Secretaria. Santa Fe, 27 de Febrero de 2019.

$ 45 383347 Mar. 20 Abr. 3

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Por disposición de la oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: PUENTE, JOSÉ VÍCTOR s/Sucesorio, CUIJ 21-02003438-3 se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de José Víctor Puente, D.N.I. 6.230.285, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Hugo Raúl Beltramo (Secretario). Santa Fe, 22 de Febrero de 2019. Dr. Beltramo, Secretario.

$ 45 383351 Mar. 20 Abr. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, en autos caratulados “SIMBRON, FRIDA HURÍ s/Declaratoria de herederos” (Expte. 841/2016), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la señora FRIDA HURÍ SIMBRON, LC: 01.536.594, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 05 de Febrero de 2019. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 383377 Mar. 20 Abr. 3

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Por disposición de la oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la D Décima Nominación de esta ciudad de Santa Fe,) en autos caratulados: GOSALBEZ CRISTINA ROSA s/Sucesorio (O.T.S.), Expte. CUIJ. 21-02004257-2 - Año 2019, se cita llama y emplaza, a todos los herederos, acreedores y legatarios de CRISTINA ROSA GOZALBEZ, Doc. Ident. N° F.6.287.752, para que comparezcan a hacer vales sus derechos dentro de término y bajo apercibimientos de legales. Lo que se publica los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL de esta ciudad de Santa Fe, a los 27 días del mes de Febrero de 2019. Dra. Bustos, Secretaria.

$ 45 383381 Mar. 20 Abr. 3

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 30 de la ciudad de Sastre (Provincia de Santa Fe) dentro de los autos caratulados: “OCCELLI, HÉCTOR JUAN c/ACUÑA, MAURO s/Ejecutivo” (Expte. N° 228/2017) se ha dispuesto lo siguiente: “Sastre, 22 FEB 2018. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MAURO ACUÑA por el capital reclamado ($2.410) con más los intereses establecidos en el considerando precedente. 2) Imponer las costas a la parte demandada. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta el momento de practicar la liquidación. 4) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Archívese. Firmado: María Laura Savignano (Secretaria). Dra. C. Patricia González Broin (Jueza). Otro Decreto: “Sastre, 28 de septiembre de 2018. Proveyendo escrito cargo N° 1871: Téngase presente lo manifestado. Publíquense edictos conforme las previsiones del/art. 73 del CPCC. Notifíquese. Firmado: María Laura Savignano (Secretaria) Dra. C. Patricia González Broin (Jueza). Sastre, 14 de Noviembre de 2018.

$ 33 383348 Mar. 20

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo C.C. de la 11a. Nominación de los Tribunales de la ciudad de Santa Fe, en los caratulados GENTINA, HECTOR SECUNDINO s/Declaratoria de Herederos; Expte. CUIJ 21-01990781-0, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren como herederos, acreedores y/o legatarios, del señor Héctor Secundino Gentina, DNI 6.216.359, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, de Febrero de 2.019. Fdo. Dr. Walter Hrycuk, Secretario; Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza.

$ 45 383385 Mar. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaria a cargo de la autorizante y con relación a los autos: UGARTE ORLANDO LORENZO s/Sucesorio; CUIJ 21-01996236-6 del año 2.018, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor Orlando Lorenzo Ugarte, D.N.I. M 5.408.404, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL, y se fija en exhibidor dispuesto por la Corte Suprema. Santa Fe, 21 de Febrero de 2019. María Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

$ 45 383424 Mar. 20 Abr. 3

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: MUDA, PATRICIA BEATRIZ s/Sucesorio; (CUIJ 21-02002879-0), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Patricia Beatriz Muda, DNI 13.854.538, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria). Santa Fe, 15 de Febrero de 2019.

$ 45 383422 Mar. 20 Abr. 3

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados PIUMETTI, FRANCISCO ISIDRO s/Sucesorio; Expte. N° CUIJ 21-17427415-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, sucesores, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con derechos sobre los bienes del/los causante/es; Piumetti, Francisco Isidro DNI N° 6.289.736, para que comparezca a hacerlos valer en juicio, en el término y bajo apercibimiento de ley. Ceres, 18 de Febrero de 2019. Viviana Gorosito Palacio, secretaria.

$ 45 383411 Mar. 20 Abr. 3

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3º Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellana Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. De Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/GOMEZ ROQUE s/Apremio 440/2015, se notifica al demandado Gómez Roque (DNI N° 20415075) de la siguiente resolución: Rafaela, 30 de Octubre de 2018. Rafaela, Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: I)- Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos treinta y cinco mil trescientos treinta y siente con 24/100 ($ 35.337,24), la que se discrimina de la siguiente forma: a) ($ 24.360,60) en concepto de capital, intereses e IVA s/intereses; ($ 1.328,16) en concepto de gastos; b) y el Dr. Silvio Fontanini se haga íntegro cobro de la suma ($ 9.648,48) en concepto de honorarios, IVA sobre honorarios y aportes a cargo del demandado, conforme liquidación aprobada en el principal, con mas el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su electivo pago, más el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios. II)- Imponer las costas a la parte demandada vencida. III)- Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el Art. 7 de la ley 12.851 y tomando como base el capital reclamado mas los intereses al día de la fecha, según sentencia, se regulan en la suma de $ 15.012,01 equivalente a 6,3 unidades jus los honorarios del Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el Art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. Art. 77 CPCC de Santa Fe. Rafaela, 7 de Noviembre de 2018. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Rafaela, 27 de Noviembre de 2019. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez.

$ 137 383359 Mar. 20 Mar. 22

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nom., a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe). En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/BRAVO PABLO EDUARDO s/Apremio; 1180/2014, se notifica al demandado Bravo Pablo Eduardo (DNI N° 33231088) de la siguiente resolución: Rafaela, 5 de Marzo de 2018. Téngase presente la liquidación practicada, teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por el Art. 7° de la ley 6767 resulta aplicable la cantidad de 4,88 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlanse en la suma de $ 9.152 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Cristian Canello, por los trabajos realizados en autos. En caso de mora, y a tenor de lo normado por el Art. 32 que prevé un doble sistema de repotenciación, los mismos devengarán un interés equivalente a la tasa activa que publica el Banco de la Nación Argentina, para operaciones de descuento de documentos a treinta días. Córrase vista a la Caja Forense, formúlense aportes de ley. Acredite en autos, situación ante AFIP. Notifíquese por cédula. Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días Art. 77 CPCC de Santa Fe. Mauro García, prosecretario.

$ 52,50 383361 Mar. 20 Mar. 22

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ta. Nom., a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo Secretaria; Dr. María José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados: BAZAR AVENIDA S.A. c/FILIPPI JOSÉ SAVERIO s/Ordinario 687/2011, se notifica al demandado Filippi José Saverio (DNI Nº 21782681 de la siguiente resolución: Rafaela, 12 DE MAYO DEL 2011. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, del cual se agrega fotocopia certificada por el actuario, restituyéndose el original al interesado, acuérdesele participación de ley. Por iniciada la presente demanda ordinaria contra Filippi José Saverio, por la suma $1787,33 con más intereses pactados desde que dicha suma es adeudada, hasta el efectivo pago, IVA sobre intereses y costas. Resérvese en Secretaría la documental detallada en el cargo del escrito que aquí se provee. Cítese y emplácese a la parte demandada, para que dentro del término de 20 días, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente, a demás de los oficiales notificadores, los empleados Schereter, Silvestre, Castellano y/o Regís. Notifíquese. Firmado: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria a/c; Dra. Susana Rebaudengo, Juez a/c.” Art. 73 C.P.C.. Otro Decreto: “Rafaela, 07 de Febrero de 2018. ...Atento al domicilio inexistente del demandado y de conformidad contó dispuesto por el art. 73 del C.P.C. cítese y emplácese a José Saverio Filippi por edictos que se publicarán 3 veces, en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados de estos Tribunales, bajo apercibimientos de que, si dentro el término de 5 días, contados a partir de la última publicación, no lo hiciere, será declarado rebelde. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez a/c.. Rafaela, 11 de Abril de 2018. Dra. Silvestre, Prosecretaria.

$ 52,50 383362 Mar. 20 Mar. 22

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito Nº 4, Tercera Nominación, se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores de la Señora MOKES IMES ORSILIA, D.N.I. N° 6.479.610, (Expte. Nº 256/2018), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Reconquista, 18 de de Febrero de 2019. Dra. Margarita A. Cismondi, Jueza. - Dra. María Martina Ballario, Secretaria.

$ 45 383375 Mar. 20

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