picture_as_pdf 2019-06-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JULIO OSCAR M. CABAL


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia Laboral de la Cuarta Nominación de Santa Fe en autos: POSTIGO, GEORGINA DANIELA c/VANNI, JOSÉ LUIS s/Demanda de Extensión de Responsabilidad. CUIJ: 21-04770962-5, (CUIT 20-05261519-5), el Martillero Público Julio Oscar M. Cabal - Mat. 153, CUIT. 20-06220901-2, procederá a vender en pública subasta el día 28 de Junio de 2019, a las diecisiete (17) horas, la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros, calle 9 de Julio 1426 de esta ciudad o en él día hábil posterior si aquel resultare inhábil en igual lugar y horario, la parte indivisa (50%) de la propiedad del Dominio: T° 538 I., F° 237, Nº 1843, Año 1992, Dep. La Capital, ubicada en calle San Juan 2602, esquina La Rioja. La venta se hará sobre la base del avalúo fiscal (proporcional) $ 5.590,60 y si no hubiere postores con la retasa del 25% $ 4.193.01 y en el caso de persistir la falta de los mismos nuevamente saldrá a la venta sin Base y al Mejor Postor. Se encuentra prohibida la compra en comisión. Descripción s/Título: El Señor Carlos Ramiro Faure, en el carácter que comparece y representación que ejerce a título de venta Transfiere a los esposos Errante - Vanni el siguiente inmueble: Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, ubicada en calle San Juan, hoy Nº 2602, esquina La Rioja de la Ciudad de Santa Fe, designada como fracción N° 2 en el plano de subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Luciano T. Gervasoni, inscripto en la Dirección de Obras Públicas bajo el N° 1330, que cita el título, compuesto de 12,63 m de frente al Sud sobre calle Rioja; 12,73m de contrafrente al Norte; por 7,61 m de fondo y frente; al Oeste sobre calle San Juan y 7,82 m de contrafrente, al Este y linda; al Sud calle La Rioja, al Norte con fracción 1 adquirida por Antonio Duran Heras; al Oeste calle San Juan y al Este con la fracción N° 3, lo que forma una superficie total, deducida la ochava correspondiente que mide 4,80 m por calle San Juan, de 84,33 m2.

Registro: (Fs.180/181): a nombre del demandado; - Hipoteca: No registra; - Embargos: (Fs. 182) Fecha 05/04/17, Aforo 043471, $ 661.344,84, estos autos; Inhibiciones: No registra; Observaciones: Parte Indivisa; Informan: Archivo de Protocolos: (Fs. 186/7) Escritura N° Uno de fecha 01/01/1992. Catastro: Avalúo Total $ 10.894,50, Certificado Catastral (110) Sup. Terreno 84,33 m2, Sup. Edificada 75 m2; API (Fs.191) partida I.I. 10-11-02 101500/0001-5, adeuda $ 569,95 al 16/05/2019; Municipalidad: (Fs. 193) adeuda $ 1.368,49 período Oct. 2018 a Jun. 2019; Aguas Santafesinas: (194/5) adeuda $ 1.200,45 al 23/04/ 2019; Aguas Provinciales de Santa Fe: (Fs.196/7). No adeuda. AFIP: Fs.(198) Constancia de Opción del Martillero categoría B.

Constatación: (Fs. 177/8): Constato que el inmueble está construido de manipostería de ladrillo y se compone de un salón, oficina, baño y entrepiso. La oficina mide 3m x 1,60m (aprox.). El baño mide 3 m x 1,20 m (aprox.) que se utiliza de depósito. El salón tiene forma irregular y la superficie del inmueble es de (42 m2, errase), es 84,33 m2. El piso es calcáreo. El entrepiso está a 2 m (aprox.) del piso y a 2,50m (aprox.) del techo. El inmueble tiene 7,50m (aprox.) sobre calle La Rioja; 7 m (aprox.) en la ochava y 3 m (aprox.), con frente sobre calle San Juan. En el frente (ochava) hay una puerta y dos ventanas vidrieras.

Sobre calle La Rioja hay una persiana con balcón. El inmueble tiene agua corriente, cloacas y luz. En el barrio hay gas natural. El inmueble no tiene conexión a la red de gas. Las calles circundantes están apartadas e iluminadas. La vivienda está a 200m al Oeste, errase, es al Este de Avda. Freyre, en la zona del Parque Garay. El inmueble lo utiliza el propietario como taller y depósito. El estado general es malo. Falta mantenimiento en general. En la zona hay colegios, parque, comercios y hospitales. Santa Fecha 08/05/2019. Condiciones: Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de remate el diez por ciento (10%) a cuenta del precio más el tres por ciento (3%) de comisión del martiliero (ley 7547, art.63, inc. 1°, punto 1.1.) todo en dinero efectivo en moneda nacional. El saldo deberá abonarse dentro de los cinco días de que adquiera ejecutoría el auto aprobatorio de la subasta, de conformidad con lo establecido en el art.499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código aplicable supletoriamente. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasados 30 días posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma, a dicho saldo se le aplicará un interés del 36% anual desde el referido acto de subasta y hasta su efectivo pago. El adquirente tendrá a su cargo los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha del auto aprobatorio de subasta y además serán a su cargo la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales, incluidos el IVA de corresponder que resultare de la operación. Asimismo, y debido a la falta de entrega de títulos quien resulte comprador deberá estarse a las constancias de autos sin reclamo alguno posterior por falta o insuficiencia de los mismos. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el panel que se encuentra situado en el Primer Piso de este Tribunal Laboral conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (ley 11287). Hágase saber al martillero actuante que deberá acreditar su situación fiscal ante la AFIP, circunstancia que deberá constar en los edictos. Autorizase la confección de 2.000 volantes de propaganda, y una publicación en el Diario El Litoral, todo con oportuna rendición de cuentas, así como la transcripción del presente proveído en la página web del Colegio de Martilleros y Corredores públicos. Téngase presente la liquidación aprobada el día 21.11.2018 (f. 151) a los fines previstos en el art. 495 CPCC-145 CPL. Efectuada la subasta, líbrese oficio a los Juzgados que hubieren trabado embargos o inhibiciones posteriores, si los hubiere, a los efectos (art.506 in fine del C.P.C.C.). Notifíquese por cédula en el domicilio legal y real. Proveyendo escrito cargo 6919: estese a lo dispuesto precedentemente, inciso 11) El plano de la propiedad a subastarse se encuentra caduco, el comprador tendrá a su cargo la confección del mismo. Mayores informes en Secretaria del Juzgado y/o al Martillero, Cel. 342-156-114990 - Notifíquese. Fdo. Dra. M. Victoria Acosta, Juez; Dra. Silvina Melchiori, Secretaria.

S/C 393544 Jun. 18 Jun. 21