picture_as_pdf 2019-03-15

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

JÓSE LUIS NEBOZUK


Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Décima Sexta Nominación Rosario, autos: “CONSORCIO EDIFICIO BINIAN XIII c/OTRO s/Juicio Ejecutivo”, CUIJ N° 21-02868012-8, (Demandado D.N.I. Nº 6.069.562), Martillero José Luis Nebozuk, (C.U.I.T. Nº 20-24252418-8), venderá en pública subasta, el día 26 de Marzo de 2019, a las 15 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, Rosario, siguiente inmueble: Consorcio de Propietarios Edificio Binian XIII, sito San Martín 530/532/534/536; Rosario, Provincia de Santa Fe, entre las de Urquiza y San Lorenzo, a los 43,72 m. de la calle Urquiza hacia el Sur y a los 92,83 m. de la calle San Lorenzo hacia el Norte. Sección Catastral Municipal N° 1°, Manzana N° 079, Gráfico N° 009, s/d 117. Unidad 117, 08-03. Ubicada en octavo piso. Inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el N° 88703/1976. Unidad ubicada en el tercer cuerpo, destinada a Vivienda Familiar, con acceso por la entrada común de calle San Martín N° 534, comunicada por un palier de bien común y de uso común que sirve a este departamento y a otro más de dicha planta, con tres ascensores y escaleras. Se compone de “hall, estar comedor, dos dormitorios con sus respectivos placares y baño, cocina, lavadero y un baño para servicio; todos de propiedad exclusiva y un balcón de bien común pero de uso exclusivo. Tiene una superficie de propiedad exclusiva de 73,87 m2, de ambientes y una superficie de bienes comunes de 43,07 m2, incluidos en esta superficie la del referido balcón de 9,03 m2, asignándole un valor proporcional del 1,15% con relación al conjunto del inmueble y votos de representación en las Asambleas. Dominio inscripto al Tomo 421, Folio 425, Nº 125958, PH, Dto. Rosario. - Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del demandado. Hipotecas e Inhibiciones: no posee. Embargos: al T° 126 E, F° 2972, Nº 382449 de fecha 04/10/17, monto $ 31.781,56, por los autos que se ejecutan. 1) Hágase saber que la propiedad saldrá a la venta con carácter DESOCUPADO, con una base de $ 2.200.000 (Son pesos dos millones doscientos mil), retasa 25%, o sea, $ 1.650.000 (Son pesos un millón seiscientos cincuenta mil) y últimsa base del 30% del valor de la primera base, o sea, $ 660.000 (Pesos seiscientos sesenta mil). Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1) Los impuestos y tasas que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (I.T.I.) y provinciales (L.I.A.), quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que gravan la transferencia, asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Asimismo, se hace saber que el acto de subasta se encuentra gravado por el impuesto previsto en el art. 19 inc. 4 d) L.I.A., el que resultará también a cargo del adquirente. Deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar asi como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 2) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco dfas para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 3) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión al martillero. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate mere inferior a la suma de $ 30.000 podrá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior podrá completarse el monto mediante cheque certificado y/o cheque cancelatorio, o mediante depósito efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, con anterioridad al acto de remate, debiendo agregarse al acta la correspondiente constancia emitida por el Banco Municipal de Rosario. En tal caso, si resultare excedente a favor del comprador, el mismo podrá requerir su devolución dentro de los dos días de efectuada la subasta. Hágase saber al martillero actuante que la suma percibida en concepto de seña deberá ser depositada en su totalidad en la cuenta que deberá abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, a nombre de este Tribunal y para los presentes autos, no pudiendo retenerse suma alguna en concepto de “gastos realizados” los cuales serán oportunamente abonados aprobada que fuere la planilla respectiva. 4) Asimismo, el martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. 5) El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 2° del C.P.C. 6) Para el supuesto que no existan oferentes por la suma fijada sin retasa, el bien será retirado de la venta. Hágase saber que previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General Rosario, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón marginal de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Asimismo, el expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del C.P.C. y permanecerá en Secretaría. Más informes al Martillero al Tel. 0341-155-311386. Se hace saber a efectos legales. Secretaria, Rosario, 11 de marzo de 2019

María Sol Sedita, Secretaria.

$ 750 383836 Mar. 15 Mar. 19

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POR

MIGUEL ANGEL MERCERAT


Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Civil Comercial Decimoprimera Nominación Rosario, en autos: “VOLKSWAGEN S.A. c/OTRO s/EJECUCION PRENDARIA”, Expte. 21-01448050-9, (demandado CUIL 20-23283967-9), el Martillero Miguel Angel Mercerat, (CUIT 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 19 de marzo de 2019 a las 17 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, con la base de $ 32.261,57, y de no haber postores saldrá a la venta con retasa del 25% como última base, un automotor marca VOLKSWAGEN, tipo sedán 5 puertas, modelo GOL 1.4 L, dominio LOQ 513, año 2012, motor marca Volkswagen N° CNB043044, chasis marca Volkswagen N° 9BWCF05W5DP019350; inscripto en el Registro de la Propiedad del Automotor N°6 de Rosario. Prenda: $ 21.237,66 de fecha 02/08/2012 (reinscripta en fecha 30/06/2017), en primer grado y a favor de la actora. Inhibición: $ 41.940,04 de fecha 31/07/2018, orden Juez estos autos. Embargo: $41.940,04 de fecha 04/02/2019, orden Juez estos autos. El comprador abonará en el acto de remate la totalidad del precio alcanzado más el 10% de comisión al martillero. Para el caso de que el precio de venta supere la suma de $ 30000,-, el comprador abonará en el acto de remate la suma de $ 30000,- a cuenta del precio alcanzado, más la comisión del martillero, todo en efectivo y/o cheque certificado, y el saldo de precio deberá abonarse dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta en el Banco Municipal de Rosario Sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, bajo apercibimientos en caso de incumplimiento de perder el importe entregado. Si el saldo de precio llegara a superar la suma de $ 30.000,- deberá realizarse por transferencia interbancaria. El bien se subasta en el estado y condiciones en que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores de ninguna naturaleza; y la entrega se hará una vez acreditado el pago total del precio de compra. Las deudas por impuestos, patentes y multas, gastos e impuestos de transferencia y radicación, gastos por retiro y traslado, serán a cargo exclusivo del comprador. El rodado será exhibido los días 15 y 18 de marzo de 2017 de 11 a 13 hs., en el local sito en calle Laprida 2946 de esta ciudad de Rosario. Autos a disposición de los interesados. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 01 de marzo de 2019. Dr. Gonzalez, Secretario.

$ 350 383556 Mar. 13 Mar. 15

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