picture_as_pdf 2019-06-14

DECRETO N° 1348


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

06 JUN 2019


VISTO:

El expediente N° 00321-0000491-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la construcción y financiamiento de las obras de pavimentación de las Rutas Provinciales N° 3, N° 31, N° 32, N° 36 y N° 39 - Provincia de Santa Fe” y;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia viene trabajando en un plan de mejoramiento vial que implica la recuperación, repavimentación y construcción de nuevas rutas, todo ello tendiente a mejorar la transitabilidad y seguridad vial, y consolidar una infraestructura de conectividad que permita mejorar el desarrollo productivo y social del norte provincial;

Que en dicho marco y con el fin de mejorar la transitabilidad vial y en la conectividad norte-sur y este-oeste, se ha decidido concretar la pavimentación de la Rutas Provinciales:

RP N° 3 — Tramo I “Los Tábanos/Cañada Ombú”, Tramo II “Cañada Ombú/Los Amores” y Tramo III “Los Amores/Paralelo 28 -Limite con la Provincia de Chaco” — Dpto. Vera.

RP N° 31 — Tramo “Ejido urbano de la Localidad de Tartagal, hasta la Ruta Provincial N° 3, en las proximidades de Intiyaco, - Departamento Vera.

RP N° 32 — Tramo “Intersección con la RP N° 31, en la localidad de “Tres Bocas” hasta la intersección con la calle 25 de Mayo de la localidad de “Villa Ana” — Departamento General Obligado.

RP N° 36 — Tramo entre “Colonia Sager y la Ruta Nacional N° 11”. Departamentos San Javier y Vera.

RP N° 39 - Tramo “Límite departamental San Cristóbal/San Justo) (Río Salado) y la R.P. N° 2” — Departamento San Cristóbal.

Que la Dirección Provincial de Vialidad del Ministerio de Infraestructura y Transporte elaboró los proyectos ejecutivos de cada una de las rutas a licitarse, y que implican en cada caso el mejoramiento del terraplén; el mejoramiento del drenaje pluvial en sentido longitudinal y transversal con el reemplazo y ejecución de alcantarillas; el mejoramiento de la subrasante; y la ejecución de un paquete estructural conformado por sub-base, base y la carpeta de rodamiento de concreto asfáltico en caliente, todo ello en las dimensiones acordes a las cargas que circularán por cada una de las citadas rutas;

Que el Presupuesto Oficial al mes de mayo 2019, discriminado por cada ruta a pavimentarse asciende:

Ruta RP. N° 3 a la suma de PESOS MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($.1.512.610.824,28.), con un plazo de ejecución de 24 meses,

Ruta RP N° 31 a la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CATORCE CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 591.773.214,84), con un plazo de ejecución de 15 meses,

Ruta RP. N° 32 a la suma de PESOS SEISCIENTOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 614.851.241,61), con un plazo de ejecución de 15 meses,

Ruta RP. N° 36 a la suma de PESOS QUINIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 502.410.684,46), con un plazo de ejecución de 12 meses, y

Ruta RP. N° 39 a la suma PESOS MIL TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON VEINTIUN CENTAVOS ($ 1.037.607.194,21), con un plazo de ejecución de 24 meses;

Que mediante Nota de fecha 06/05/2019 la Dirección Provincial de Vialidad informa que no se dispone de financiamiento específico para dicha obra y que, atento a la necesidad de una rápida solución a la problemática de conectividad y seguridad vial, sugiere como alternativa viable para la concreción de estas obras, que cada oferente sea quien proponga el financiamiento respectivo en forma concomitante con su oferta económica, conformando la oferta económica y la propuesta de financiamiento una propuesta única e inescindible;

Que, por lo tanto, al incorporarse a la ejecución de estas obras su financiamiento específico mediante una fuente financiera aportada a través del mismo contratista (a procurarse mediante la presente licitación), se solicitó a la Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos del Ministerio de Economía que la licitación y ejecución de estas obras de pavimentación se gestione mediante una Unidad de Gestión ad-hoc;

Que en tal sentido y conforme a las pautas indicadas por la Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos, se han establecido condiciones en cuanto a porcentaje de financiamiento (no inferior al 70% del monto de la obra), plazo de amortización (no menor a 5 años contados a partir del plazo de gracia), período de gracia que oscilará entre 18 y 24 meses (en función de los plazos de obra), moneda del endeudamiento (dólares estadounidenses), entre otras condiciones, y que han sido contempladas en la documentación licitatoria;

Que la Dirección Provincial de Vialidad remitió los documentos técnicos correspondientes – Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares y documentación gráfica- de cada una de las obras en cuestión;

Que en virtud de dichos documentos, el Ministerio de Infraestructura Transporte (MIyT) y el Ministerio de Economía (ME) elaboraron el documento de licitación, integrado por el Pliego Único de Bases y Condiciones, el Pliego Complementario de Bases y Condiciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Anexos y Planos, todos ellos necesarios para efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional;

Que atento a que el financiamiento de la obra será atendido con uso del crédito público, resulta necesaria la sanción de la ley que autorice el endeudamiento y la aprobación del Gobierno Nacional (Artículo 25 — Ley 25.917 y modif.);

Que dada la importancia en la concreción de estas obras y en función de los plazos involucrados en las aprobaciones antes mencionadas, resulta necesario avanzar en la etapa licitatoria, condicionando la adjudicación de la misma a las autorizaciones legislativa y del gobierno nacional, antes citadas;

Que hasta tanto se obtenga la autorización a contraer el endeudamiento, resulta conveniente asignar transitoriamente la coordinación y ejecución de este proceso a la Unidad de Gestión creada por Decreto N° 1.366/15;

Que de acuerdo a lo informado por las oficinas técnicas del Ministerio de Economía, los plazos necesarios para llevar adelante el proceso licitatorio, permiten estimar que el inicio de los trabajos de cada una de estas obras se producirá a finales del presente año 2019;

Que atento a lo anterior, resulta necesario modificar la Estructura Programática del presupuesto vigente, incorporando el Proyecto Específico 46 — Pavimentación de Rutas Provinciales N.º 3, N.º 31, N.º 32, N.º 36 y N° 39, Obras N° 51 — RP N° 3 - Tramos I, II y III - Dpto. Vera; N° 52 — RP N° 31- Tramo Tartagal - RP N° 3 - Dpto. Vera, N° 53 — RP N° 32 - Tramo Tres Bocas-Villa Ana - Dpto. General Obligado; N° 54 — RP N° 36 - Tramo Colonia Sager y la RN N° 11 - Dptos. San Javier- Vera y N° 55 — RP N° 39 - Tramo Límite Depto. S. Cristóbal/S. Justo - RP N° 2 - Dpto. San Cristóbal, dentro de la Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 8, Programa 20, Subprograma 01 — Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico Provincial;

Que como consecuencia de lo expuesto y a fin de disponer de crédito presupuestario específico en el presente ejercicio, se hace necesario realizar una modificación presupuestaria compensada entre la Jurisdicción 91 — Obligaciones a cargo del Tesoro y la Jurisdicción 36 — Ministerio de Economía;

Que como se señalara, es requisito que los oferentes de la obra sean responsables de proponer el financiamiento de dicho proyecto, situación que se considera excluyente entre las reglas licitatorias, cuya adjudicación estará supeditada a la sanción de la ley que autorice al Poder Ejecutivo Provincial a contraer endeudamiento y a suscribir los convenios correspondientes, así como a la autorización del Gobierno Nacional en orden al plexo normativo vigente, por lo cual se autoriza a imputar la obra con cargo al Presupuesto vigente y el remanente, con cargo a futuras planificaciones y al financiamiento que resulte de la operatoria descripta;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos ha tomado la debida intervención en el ámbito de su competencia, no efectuando observaciones al respecto;

Que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos del Ministerio de Economía (ME), consideran pertinente la presente gestión y aconsejan la prosecución del trámite;

Que la presente gestión se encuadra en la Ley N° 5.188 de Obras Públicas y sus correspondientes modificatorios y se ajusta a las disposiciones contenidas en el artículo 28° Incisos g) de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, y en la Ley N° 13.871 de Presupuesto 2019;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Modifícase la Estructura Programática del Presupuesto vigente en el Carácter 1 — Administración Central, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 8, Programa 20, Subprograma 01 — Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico Provincial, incorporando el Proyecto Específico N° 46 — “Pavimentación Rutas Provinciales N° 3, N° 31, N° 32, N° 36 y N° 39”, Obras 51 — R.P. N° 3 — Tramos I, II y III — Dpto. Vera; 52 — R.P. N° 31 — Tramo Tartagal/R.P. N° 3 — Dpto.Vera; 53 — R.P. N° 32 — Tramo Tres Bocas/Villa Ana — Dpto. Gral. Obligado; 54 — R.P. N° 36 — Tramo Colonia Sager/R.N. N° 11 — Dptos. San Javier y Vera y 55 — R.P. N° 39 — Tramo Límite Dpto. San Cristóbal/San Justo — R.P. N° 2 — Dpto. San Cristóbal.

ARTICULO 2°: Modifícanse las Erogaciones y la Programación Financiera y Física de los Proyectos de Inversión del Presupuesto vigente en el Carácter 1 — Administración Central, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 8, Programa 20, Subprograma 01 Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico Provincial, Fuente de Financiamiento 111 — Tesoro Provincial por la suma de $ 3.646.000,00 (PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL) — AMPLIACIÓN Y Carácter 1 — Administración Central, Jurisdicción 91 — Obligaciones a cargo del Tesoro por la suma de $ 3.646.000,00 (PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL) — REDUCCIÓN, según detalle obrante en los Anexos “A” y “B” que forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 3°: Apruébanse las Programaciones Financiera y Física de los Proyectos de Inversión SAF 8 — Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, según detalle obrante en los Anexos “C” y “D” que forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 4°: Apruébase el Pliego de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 01/2019 para la ejecución y financiamiento de las obras identificadas “Pavimentación Rutas Provinciales N° 3, N° 31, N° 32, N° 36 y N° 39 - Provincia de Santa Fe”, que forma parte de las presentes actuaciones.

ARTICULO 5°: Llámase a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 01/2019 para contratar la ejecución y el financiamiento de las obras “Pavimentación Rutas Provinciales N° 3, N° 31, N° 32, N° 36 y N° 39 - Provincia de Santa Fe” con un Presupuesto Oficial a valores del mes de mayo 2019, de:

Ruta RP. N° 3: PESOS MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 1.512.610.824,28.), con un plazo de ejecución de 24 meses,

Ruta RP N° 31: PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CATORCE CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 591.773.214,84), con un plazo de ejecución de 15 meses,

Ruta RP. N° 32: PESOS SEISCIENTOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 614.851.241,61), con un plazo de ejecución de 15 meses,

Ruta RP. N° 36: PESOS QUINIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 502.410.684,46), con un plazo de ejecución de 12 meses, y

Ruta RP. N° 39: PESOS MIL TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON VEINTIÚN CENTAVOS ($ 1.037.607.194,21), con un plazo de ejecución de 24 meses;

ARTICULO 6°: Fíjase el día 30 de julio de 2019 o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuera, a las 10.00 hs., para el Acto de Apertura de las Ofertas en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno, sito en calle 3 de Febrero 2649 — Ciudad de Santa Fe — Provincia de Santa Fe - República Argentina.

ARTICULO 7°: Autorízase la publicación del anuncio de llamado a licitación en un diario de la ciudad de Santa Fe y en uno de amplia circulación nacional, en dos (02) oportunidades en cada uno, en medios de comunicación internacional electrónicos y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 8°: Asígnase transitoriamente la coordinación y ejecución de este proyecto a la Unidad de Gestión creada por Decreto N° 1366/15, hasta tanto se disponga de la autorización legislativa correspondiente.

ARTÍCULO 9°: El gasto que demande la presente gestión será imputado al Presupuesto Año 2019, en el carácter 1, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 08, Programa 20, Subprograma 01 — Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico Provincial, Proyecto Específico N° 46 — “Pavimentación Rutas Provinciales N° 3, N° 31, N° 32, N° 36 y N° 39”, Obras 51 — R.P. N° 3 — Tramos I, II y III — Dpto. Vera; 52 — R.P. N° 31 — Tramo Tartagal/R.P. N° 3 — Dpto. Vera; 53 — R.F. N° 32 — Tramo Tres Bocas/Villa Ana — Dpto. Gral. Obligado; 54 — R.P. N° 36 — Tramo Colonia Sager/R.N. N° 11 — Dptos. San Javier y Vera; y 55 — R.P. N° 39 — Tramo Límite Dpto. San Cristóbal/San Justo — R.P. N° 2 — Dpto. San Cristóbal, Fuente de Financiamiento 111 — Tesoro Provincial, Inciso 4 — Bienes de Uso por la suma de $ 3.646.000,00 (Pesos TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL), y el remanente con cargo a futuras planificaciones y al financiamiento que resulte del proceso licitatorio, conforme a los mecanismos y requisitos excluyentes tendiente a la atención de la presente obra.

ARTICULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LIFSCHITZ

Lic. Gonzalo Miguel Saglione

Nota: Se publica sin los Anexos, pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

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