picture_as_pdf 2019-04-08

UNIDAD EJECUTORA

CORREDOR VIAL N° 4 RUTA PCIAL N° 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL N° 4 RUTA PCIAL N° 18 PCIA DE STA FE CONSORCIO PÚBLICO, se notifica a los Sres. FACUNDO JOSÉ RUBIO y RAFAEL ALEJANDRO RUBIO, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, la RESOLUCIÓN Nº CC 002/19: Santa Teresa, 24 de enero de 2019.

RESOLUCIÓN Nº CC 012/19. Y VISTOS: Los autos caratulados: “Rubio, Rafael Alejandro y Otro s/ Infracción” (Acta de Constatación de Infracción N° 412). Y CONSIDERANDO: Que en fecha 24 de mayo de 2018 a las 10:15 hs., se labra el Acta de Constatación de Infracción Nº 412, por el cual se comprueba que camión marca Renault, dominio chasis FRH-031, dominio acoplado LUU-206, conducido por el Sr. RAFAEL ALEJANDRO RUBIO, titular del D.N.I. 23.067.353, transportaba una carga cuyo peso excedia en cuatro mil ochocientos kilogramos (4.800 kg.) el limite máximo permitido por la normativa vigente. Que dicha infracción sería pasible de ser sancionada mediante la aplicación de una multa equivalente a dos mil trescientos cincuenta y dos (2.352) Unidades Fijas. Que el Acta de Constatación de Infracción Nº 412 ha sido labrada en estricto cumplimiento del procedimiento administrativo estipulado por la legislación vigente, haciendo plena fe de su existencia material. Que las balanzas marca HAENNI WL 103 N° 3348 y 3349, con las cuales se constató la infracción cometida, funcionaban y fueron utilizadas de manera correcta, habiendo sido las mismas homologadas y entregadas en comodato a esta Unidad Ejecutora por la Dirección Provincial de Vialidad. Que el Sr. FACUNDO JOSÉ RUBIO, titular del D.N.I. 41.821.825, revestía el carácter de transportista de la carga contenida en el camión de referencia al momento de constatarse el exceso en el pesaje de la misma. Que según lo reglamentado por el articulo 11 de la Ley Provincial Nº 12.354, cuando la carga se encuentra en el camión y los controles se realizan en rutas provinciales o caminos distritales; el conductor, el transportista y el cargador responden solidariamente por multas y daños ocasionados por la extralimitación en el peso permitido. Que el Acta de Constatación de Infracción Nº 412 fue debidamente notificada a los Sres. Rafael Alejandro Rubio y Facundo José Rubio, quienes conocían la posibilidad de acogerse al beneficio del pago voluntario, o bien, de ejercer su legitimo derecho de defensa. Que esta Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Prov. N° 18 Prov. de Santa Fe Consorcio Público resulta competente para entender dentro de las presentes actuaciones en virtud de lo proscripto Acta Acuerdo de Renegociación y Prórroga del Contrato de Conservación, Convenio Nº 27.987, en el marco del régimen proscripto por la Ley 24.449, sus modificatorias y Decretos reglamentarios Nº 779/95 y 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 y Decreto Reg. 2311/99, y Ley Provincial Nº 12.354 y demás normativa aplicable. Que ninguno de los responsables solidarios respecto del pago de la multa se acogió en legal tiempo y forma al beneficio del pago voluntario, ni ejerció su derecho de defensa, por lo que el juzgamiento de la infracción constatada tramitó en rebeldía. Que se encuentran garantizados los derechos de defensa y de debido proceso tutelados por la Constitución Nacional, Constitución Provincial, Leyes Nacionales y Provinciales. Las demás consideraciones expuestas en el dictamen emitido por el Departamento Jurídico, las cuales deben tenerse por reproducidas en la presente. Por todo lo expuesto el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE: 1) Condenar solidariamente al Sr. Rafael Alejandro Rubio, en su carácter de conductor y al Sr. Facundo José RubiO, en su carácter transportista, al pago de una MULTA equivalente a la cantidad de dos mil trescientos cincuenta y dos (2.352) Unidades Fijas, en virtud de lo prescripto por Ley Nacional Nº 24.449, Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. Nº 79/98, Ley Provincial Nº 13.133 Decreto Prov. N° 2.311/99, Ley Prov. Nº 12.354/04 y Decreto 1.314/05. 2) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad. 3) Hágase saber. Firmado: Mónica Villegas (Vicepresidente) - Néstor Cantoni (Secretario) - Gerardo Porfiri (Presidente). A fin de hacer uso de su derecho de defensa, Ud/s. podrá/n recurrir la presente ante el Poder Ejecutivo, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir su notificación en el transcurso en que se notificó esta resolución, la situación hubiese sido regularizada, por favor comuniqúese para dejar la presente sin efecto. “De no regularizarse su situación se procederá a ejecutar la deuda judicialmente para penalizar esta contravención, en concordancia con la legislación Nacional, Provincial y local.

Independientemente de ingresar dicha infracción al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT). Una (1) UF, equivale al menor precio de venta al público de un (1) litro de nafta fijado por el ACA en esta localidad.

$ 150 386152 Abr. 8

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COMUNA DE VILLA MUGUETA


NOTIFICACIÓN


La Comuna de Villa Mugueta informa que instruye Usucapión Administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno integrante de una mayor parte, ubicado en la manzana 15 de la zona urbana del distrito Villa Mugueta del departamento San Lorenzo designado como lote 5 con frente al Nordeste sobre Calle Carlos Pellegrini, entre calle Moreno y calle Rivadavia, a los 40.00 metros dé calle Moreno haciael Sudeste, poligonal cerrada de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos-son los siguientes: el lado A - B mide 10.00 metros, linda con PII 1515007148490042 DELL ARCIPRETE FRANCO; el lado B - C mide 37.78 metros, linda con PII 1515007144900001 RESTOVICH MATEO; el lado C - D mide 10.00 metros, linda con calle Carlos Pellegrini; el lado D - A mide 37.78 metros, linda con PII 1515007144910000 MATEUCCI MARCOS y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 90°00’00” vértice B: 90°00’00” vértice C: 90°00’00” vértice D: 90°00’00” Encierra una superficie de 377,80 metros cuadrados. Está empadronado bajo la PII 151500-714490/0002-3, existiendo antecedentes dominiales a favor de Miguel Mugueta, Inscripto al Tomo 18 Folio 115 N° 248, Sección Propiedades del Departamento San Lorenzo, del Registro general de Rosario.

Quienes aleguen derecho sobre dicho lote, podrán deducir oposición en la sede de la Comuna de Villa Mugueta, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe 252 de dicha localidad, de lunes a viernes de 8 a 12,30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación.

$ 145,80 386215 Abr. 8 Abr. 10

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NOTIFICACIÓN


La Comuna de Villa Mugueta informa que instruye Usucapión Administrativa en los términos de la Ley Nacional Nº 24320, respecto de una fracción de terreno, ubicado en la manzana 16 de la zona urbana del distrito Villa Mugueta del departamento San Lorenzo designado como lote 21 con frente al Sudoeste sobre Calle Carlos Pellegrini, entre Calle Moreno y Calle Rivadavia, a los 40.00 metros de Calle Rivadavia hacia el Nordoeste, poligonal cerrada de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A - B mide 10.00 metros, linda con calle Carlos Pellegrini; el lado B - C mide 50.00 metros, linda con 1515007145090000 BERON GERARDO; el lado C - D mide 10.00 metros, linda con 1515007145000000 DE BENEDETTI SAMANTA; el lado D - A mide 50.00 metros, linda con PII 1515007145040000 FICHERA CARMELO y PII 1515007145070000 PERONJA ANTONIA y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 90°00’00” vértice B: 90°00’00” vértice C: 90°00’00” vértice D: 90°00’00” Encierra una superficie de 500.00 metros cuadrados. Está empadronado bajo lqa PII 151500-714508/0000-7, existiendo antecedentes dominiales a favor de Miguel Mugueta, Inscripto al Tomo 18 Folio 115 Nº 248, Sección Propiedades del Departamento San Lorenzo, del Registro general de Rosario. Quienes aleguen derecho sobre dicho lote, podrán deducir oposición en la sede de la Comuna de Villa Mugueta, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe 252 de dicha localidad, de lunes a viernes de 8 a 12,30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación.

$ 145,80 386216 Abr. 8 Abr. 10

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NOTIFICACIÓN


La Comuna de Villa Mugueta informa que instruye Usucapión Administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno, ubicado en la manzana 17 de la zona urbana del distrito Villa Mugueta del departamento San Lorenzo designado como lote 16 con frente al Sudeste sobre Calle Rivadavia, entre Calle General Mitre y Avenida Independencia, a los 40.00 metros de Calle General Mitre hacia el Nordeste, poligonal cerrada de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A - B mide 40.00 metros, linda con PII 1515007145220000 CHIESSA JUAN y PII 1515007145250000 VERDINELLI OMAR; el lado B - C mide 10.00 metros, linda con PII 1515007145260000 CHIESSA JUAN; el lado C - D mide 40.00 metros, linda con PII 1515007145200001 VALLESCIANI ROGELIO; el lado D - A mide 10.00 metros, linda con calle Rivadavia y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 90°00’00” vértice B: 90°00’00” vértice C: 90°00’00” vértice D: 90°00’00” Encierra una superficie de 400.00 metros cuadrados. Está empadronado bajo la PII 151500-714521/0000-8, existiendo antecedentes dominiales a favor de Miguel Mugueta, Inscripto al Tomo 18 Folio 115 N° 248, Sección Propiedades del Departamento San Lorenzo, del Registro general de Rosario.

Quíenes aleguen derecho sobre dicho lote, podrán deducir oposición en la sede de la Comuna de Villa Mugueta, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe 252 de dicha localidad, de lunes a viernes de 8 a 12,30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación.

$ 145,80 386219 Abr. 8 Abr. 10

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COMUNA DE LUIS PALACIOS


OFRECIMIENTO PÚBLICO Nº 01/2019


La Comuna de Luis Palacios, Departamento San Lorenzo, provincia de Santa Fe, invita a presentar ofertas en el marco del Ofrecimiento Público N° 1/2019 con el objeto de concretar la cesión onerosa de derechos y acciones posesorias sobre del Lote “H” de la Manzana N° 3 de nuestra localidad.

1) Precio: base mínima por cada lote: $ 290.000 (Pesos doscientos cincuenta mil).

2) Forma de Pago: Pago contado efectivo, cheque certificado o transferencia bancaria

3) Consultas: Desde el día 03/04/19 hasta el 10/04/19 a las 10:00 Hs.

4) Recepción de ofertas: Hasta las 10:00 Hs. del día 11/04/19.

5) Apertura de Sobres: Hora 12:00 del día 12/04/19.

$ 90 386250 Abr. 8 Abr. 9

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